La AFIP oficializó los planes de facilidades de pago para quienes tengan deudas con el Fisco vencidas al 31/3 y la ampliación de los planes de facilidades de pago para deuda corriente mediante la publicación en el Boletín Oficial de las resoluciones generales 3630 y 3631, respectivamente.
A continuación se procede a analizar puntualmente la resolución general 3630, en sus aspectos normativos y operativos, relacionados únicamente con los Recursos de la Seguridad Social.
Profundizando en la reforma fiscal; tratamos de explicar el nuevo tratamiento tras la reforma fiscal de los planes de pensiones, la regularización de las pensiones procedentes del extranjero, las transmisiones realizadas por personas mayores de 65 años y la dación en pago de la vivienda habitual.
Aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributariaLima Innova
* Artículo N° 36 del Código Tributario.
* Resolución de Superintendencia N° 199-2004/SUNAT - “Reglamento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la Deuda Tributaria”
* Resolución de Superintendencia N° 060-2008/SUNAT - “Modifican el Reglamento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la Deuda Tributaria” aprobado por la R.S. N° 199-2004/SUNAT y R.S. N° 176-2007/SUNAT
* Resolución de Superintendencia N° 080-2008/SUNAT- “Amplían plazos máximos para el aplazamiento o aplazamiento con fraccionamiento de la deuda tributaria”.
La AFIP oficializó los planes de facilidades de pago para quienes tengan deudas con el Fisco vencidas al 31/3 y la ampliación de los planes de facilidades de pago para deuda corriente mediante la publicación en el Boletín Oficial de las resoluciones generales 3630 y 3631, respectivamente.
A continuación se procede a analizar puntualmente la resolución general 3630, en sus aspectos normativos y operativos, relacionados únicamente con los Recursos de la Seguridad Social.
Profundizando en la reforma fiscal; tratamos de explicar el nuevo tratamiento tras la reforma fiscal de los planes de pensiones, la regularización de las pensiones procedentes del extranjero, las transmisiones realizadas por personas mayores de 65 años y la dación en pago de la vivienda habitual.
Aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributariaLima Innova
* Artículo N° 36 del Código Tributario.
* Resolución de Superintendencia N° 199-2004/SUNAT - “Reglamento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la Deuda Tributaria”
* Resolución de Superintendencia N° 060-2008/SUNAT - “Modifican el Reglamento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la Deuda Tributaria” aprobado por la R.S. N° 199-2004/SUNAT y R.S. N° 176-2007/SUNAT
* Resolución de Superintendencia N° 080-2008/SUNAT- “Amplían plazos máximos para el aplazamiento o aplazamiento con fraccionamiento de la deuda tributaria”.
La Provincia dio a conocer el proyecto que será tratado en la legislatura. Recortes en haberes altos y subas en la jubilación mínima. Armonización con la Nación.
Estimados todos, me pongo a sus órdenes con los productos de la financiera en la cual soy ejecutivo comercial, contamos con excelentes opciones. Saludos Daniel García Cano. 5534990175 5515076534
La Provincia dio a conocer el proyecto que será tratado en la legislatura. Recortes en haberes altos y subas en la jubilación mínima. Armonización con la Nación.
Estimados todos, me pongo a sus órdenes con los productos de la financiera en la cual soy ejecutivo comercial, contamos con excelentes opciones. Saludos Daniel García Cano. 5534990175 5515076534
Análisis del fallo "Deprati", de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que abre la posibilidad de solicitar el reajuste por movilidad a los beneficiarios que cobran una renta vitalicia previsional.
Información General - Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciu...Ximena Ponce León
Comparto con ustedes información general sobre la Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana para la Reconstrucción y Reactivación de las Zonas Afectadas por el Terremoto de 16 de abril de 2016
Argentina: Impuesto a las ganancias y bienes personales. Percepcion por compr...Raul Horacio Moreno
Argentina: Percepción en el Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales por compras de bienes o servicios en el exterior y por adquisición de moneda extranjera.
Índigo Energía e Industria No. 16 |Tradicionalmente, las estaciones de servicio han sido vistas sólo como puntos de suministro de combustible para vehículos. Sin embargo, en la actualidad, estos espacios experimentan una transformación significativa hacia la sostenibilidad y la incorporación de tecnologías verdes.
En este ejemplar también encontrarás:
#Entrevistas
Ignacio Contreras Andrade, director del área oil and gas de Vicer
Carlos León Martín, presidente de Onexpo Puebla
Oscar Del Cueto, presidente de CPKC México.
José Luis del Corral, vp ejecutivo de STRACON y director de operaciones en Dumas.
#Opinión
Dra. Alicia Zazueta Payán, presidenta de la AMPES
Dr. Leonardo Ramos, subgerente operativo de anteproyectos hidroeléctricos de la CFE
Por Julio Zugasti, asociado senior de Hogan Lovells
Coberturas
BYD SHARK: potente, eficiente y amigable con el medio ambiente
IV Foro de Biogás fomentan el uso de Biometano
Takeda celebra 60 años de presencia en México con inauguración del ICC
AMID presenta decálogo para mejorar la salud y la economía de México
#Noticias
CFE adquiere crédito para desarrollar la primera central solar flotante de Latam
Sempra Infraestructura dona 7 mdp a la Cruz Roja Mexicana
Histórica multa de COFECE a gasolineras
Mantenimiento garantiza el óptimo funcionamiento de estaciones de servicio: Petrogas
Destacada participación de AMPES en UNITI Expo 2024
Gilbarco mostrará equipos y soluciones en los GVR Tech Days
2. Objeto
Regularizar deudas por:
Trabajadores autónomos: Aportes.
Monotributistas: Cotizaciones previsionales.
Derechohabientes previsionales del trabajador fallecido.
Condiciones:
Devengadas hasta el mes de diciembre de 2003
Que no puedan acceder a otros regímenes de regularización
vigentes.
Acceder a las prestaciones:
Básica universal.
Compensatoria.
Por fallecimiento.
Adicional por permanencia.
Por edad avanzada.
4. Proceso
ACOGIMIENTO:
Tener la edad para acceder a la prestación que
solicite.
Tener CUIT o CUIL y Clave Fiscal.
Calcular la deuda.
Regularizar la deuda:
Contado
Plan de pagos
Cancelar la primera cuota.
La ANSES realizará evaluaciones patrimoniales o
socioeconómicas.
5. Calculo de la deuda
Los trabajadores autónomos deberán considerar los importes:
Deudas Anteriores a octubre de 1993: El del aporte del mes de junio de1994.
Deudas desde octubre de 1993 hasta diciembre de 2003: El del aporte a la fecha de
vencimiento.
Deberá tenerse en cuenta la categoría mínima obligatoria en la que debió encuadrarse.
Los Monotributistas determinarán su deuda considerando los valores de las
cotizaciones previsionales fijas vigentes para cada período, más los intereses
resarcitorios.
Los trabajadores autónomos: la deuda incluirá el capital omitido más los intereses
resarcitorios, al valor vigente a la fecha de origen de cada una de las deudas
reducida en un 50%. Idéntico tratamiento se aplicará a los monotributistas a partir de
la vigencia del Monotributo.
En ningún supuesto el importe total de los intereses podrá superar el 30% del capital
que se cancela.
Se determinará ingresando al sistema de liquidación de deudas denominado
“SICAM”
6. Plan de pagos
Hasta 60 cuotas,
Los importes se adecuarán semestralmente
mediante la aplicación del índice de movilidad.
La tasa de interés de financiamiento será del
1,35% mensual
Las cuotas siguientes serán detraídas por
ANSES de los importes de las prestaciones.
El importe mínimo de cada cuota es de $150.-
7. Evaluación patrimonial
Límite de Ingresos brutos percibidos
Cuyo promedio supere a los límites para el derecho a la percepción de la
asignación por hijo. ($5.300 a $30.000).
La percepción de ingresos por todo concepto de un importe superior a $15.000.- por
parte de al menos uno de los integrantes del grupo familiar, excluye del cobro de
asignaciones familiares.
Límite Patrimonial
En Bienes Personales supere 4 veces el importe anualizado del límite de
ingresos.
En Registros Automotor y Créditos Prendarios supere 1,5 veces el importe
anualizado del límite de ingresos.
Cualquier bien en Administración Nacional de Aviación Civil,
En Prefectura Naval Argentina: tenencia de embarcaciones de más de 9 metros
de eslora.
Límite de Gastos y/o consumos
En tarjetas de crédito o débito superen en más del 30% los ingresos calculados.
8. Condiciones
El beneficio previsional que se otorga resulta
incompatible con el goce de otra prestación
previsional, salvo en el caso en que la única
prestación que el titular percibe a la fecha de
solicitud fuera contributiva y su importe no
supere el del haber previsional mínimo vigente
a la fecha de solicitud de la prestación.