El documento define un objeto de aprendizaje virtual (OVA) como información digital que incluye objetivos de aprendizaje, contenido, actividades y mecanismos de evaluación, y que es independiente, reutilizable y puede estar en formatos como HTML, XML, PDF y Flash. Explica que los OVAs deben ser reutilizables, compatibles, estructurados, atemporales, accesibles, interoperables, independientes y generativos.