La Central Unitaria de Trabajadores (CUT) entrega este pliego de peticiones de los gremios de la Mesa del Sector Público (MSP) , los cuales en permanentes reuniones, donde participa Asemuch, entregan este documento al Gobierno de turno.
Cuasas de la terminacion colectiva de las relaciones de trabajoSick Gabo
Este documento resume las causas de terminación de las relaciones laborales colectivas según la ley federal del trabajo de México. Identifica varias causas permanentes de terminación como el cierre de empresas, la reducción definitiva de trabajadores debido a la tecnología, la incapacidad física o muerte del patrón, la incosteabilidad de la explotación, el agotamiento de la materia prima explotada, el vencimiento del plazo de explotación de minas, y la quiebra legalmente declarada de la empresa. Explica cada causa
Mapa conceptual autonomia del derecho mercantilhely_ollarves
Este documento presenta un mapa conceptual sobre el Derecho Mercantil. Brevemente: 1) Explica que el Derecho Mercantil es autónomo y se rige por su propia normativa, aunque recurre al Código Civil en casos vacíos; 2) Describe los principios fundamentales del Derecho Mercantil como la intención de lucro y la autonomía de voluntad; 3) Resume las teorías sobre los actos de comercio y la naturaleza de los comerciantes.
El documento trata sobre el sindicalismo en Venezuela. Explica que el sindicalismo es una asociación formada para defender los intereses laborales de los trabajadores asalariados. Señala que las organizaciones sindicales se crearon formalmente después de la muerte del general Juan Vicente Gómez en 1935 y que a partir de 1936 hubo una campaña para sindicalizar a los trabajadores.
El documento describe las etapas de la celebración de un tratado internacional: 1) La negociación, donde los representantes de los estados acuerdan el contenido del tratado. 2) La adopción del texto, que puede ser por unanimidad o mayoría de dos tercios. 3) La autenticación, que establece el texto definitivo a través de la firma o rúbrica. 4) La prestación del consentimiento, donde los estados deciden si quieren ser parte del tratado.
Para comprender que es la sociedad internacional, es ineludible, primero, diferenciar entre los conceptos de sociedad y comunidad. Tomando como referencia las definiciones otorgadas por la RAE (2020), sociedad es la “Agrupación natural o pactada de personas, organizada para cooperar en la consecución de determinados fines”; mientras que comunidad es el “Conjunto de personas vinculadas por características o intereses comunes”. En el contorno de las relaciones internacionales, la comunidad internacional es aquella que ve más allá de los objetivos individuales, identificando intereses comunes y colectivos (Soto, 2016).
El documento describe las fuentes y principios del derecho internacional privado. Explica que 1) las fuentes incluyen leyes nacionales, tratados internacionales, convenciones particulares, costumbres, jurisprudencia y doctrina, y 2) los principios generales son la personalidad de la ley, lex rei sitae, y locus regit actum. También analiza factores de conexión como nacionalidad y domicilio, y la aplicación de la ley de derecho internacional privado venezolana.
Cuasas de la terminacion colectiva de las relaciones de trabajoSick Gabo
Este documento resume las causas de terminación de las relaciones laborales colectivas según la ley federal del trabajo de México. Identifica varias causas permanentes de terminación como el cierre de empresas, la reducción definitiva de trabajadores debido a la tecnología, la incapacidad física o muerte del patrón, la incosteabilidad de la explotación, el agotamiento de la materia prima explotada, el vencimiento del plazo de explotación de minas, y la quiebra legalmente declarada de la empresa. Explica cada causa
Mapa conceptual autonomia del derecho mercantilhely_ollarves
Este documento presenta un mapa conceptual sobre el Derecho Mercantil. Brevemente: 1) Explica que el Derecho Mercantil es autónomo y se rige por su propia normativa, aunque recurre al Código Civil en casos vacíos; 2) Describe los principios fundamentales del Derecho Mercantil como la intención de lucro y la autonomía de voluntad; 3) Resume las teorías sobre los actos de comercio y la naturaleza de los comerciantes.
El documento trata sobre el sindicalismo en Venezuela. Explica que el sindicalismo es una asociación formada para defender los intereses laborales de los trabajadores asalariados. Señala que las organizaciones sindicales se crearon formalmente después de la muerte del general Juan Vicente Gómez en 1935 y que a partir de 1936 hubo una campaña para sindicalizar a los trabajadores.
El documento describe las etapas de la celebración de un tratado internacional: 1) La negociación, donde los representantes de los estados acuerdan el contenido del tratado. 2) La adopción del texto, que puede ser por unanimidad o mayoría de dos tercios. 3) La autenticación, que establece el texto definitivo a través de la firma o rúbrica. 4) La prestación del consentimiento, donde los estados deciden si quieren ser parte del tratado.
Para comprender que es la sociedad internacional, es ineludible, primero, diferenciar entre los conceptos de sociedad y comunidad. Tomando como referencia las definiciones otorgadas por la RAE (2020), sociedad es la “Agrupación natural o pactada de personas, organizada para cooperar en la consecución de determinados fines”; mientras que comunidad es el “Conjunto de personas vinculadas por características o intereses comunes”. En el contorno de las relaciones internacionales, la comunidad internacional es aquella que ve más allá de los objetivos individuales, identificando intereses comunes y colectivos (Soto, 2016).
El documento describe las fuentes y principios del derecho internacional privado. Explica que 1) las fuentes incluyen leyes nacionales, tratados internacionales, convenciones particulares, costumbres, jurisprudencia y doctrina, y 2) los principios generales son la personalidad de la ley, lex rei sitae, y locus regit actum. También analiza factores de conexión como nacionalidad y domicilio, y la aplicación de la ley de derecho internacional privado venezolana.
Este documento describe el derecho procesal de trabajo en México. Explica la naturaleza jurídica del derecho procesal laboral, las autoridades competentes como las Juntas de Conciliación y Arbitraje y los Tribunales de Trabajo. También define conceptos como los conflictos de trabajo, las acciones, excepciones, pruebas y el procedimiento ordinario laboral ante las juntas.
Este documento presenta la Ley del Régimen Prestacional de Empleo en Venezuela. Establece regulaciones para atender a personas desempleadas, asegurar prestaciones a trabajadores dependientes e independientes desempleados, y establecer el Instituto Nacional de Empleo. También describe sanciones para empleadores y funcionarios por incumplimiento de la ley, como no afiliar trabajadores, no pagar cotizaciones, o proveer información falsa.
La teoría de la justicia de Rawls y sus críticosPaco Gracia
Este trabajo se va a ocupar de explicar la teoría de la justicia formulada por John Rawls,
que puso en el centro del debate a la justicia como pilar fundamental para la
construcción de la sociedad. Su obra se ha convertido en el punto de referencia de las
teorías más actuales, ya sea por oposición (libertarios, comunitaristas) o por superación
(Amartya Sen). A su vez, veremos que Rawls se opone al utilitarismo imperante en su
época, por lo que también dedicaremos unas líneas a los conceptos de utilidad.
Uno o varios sindicatos, patronos o patronas pueden solicitar al Ministerio del Trabajo la convocatoria de una Reunión Normativa Laboral para negociar una convención colectiva de trabajo para una rama de actividad. La solicitud debe incluir la rama de actividad, alcance territorial, lista de afiliados y proyecto de convención. El Ministerio convocará la reunión si los solicitantes representan a la mayoría de trabajadores y patronos de esa rama. La reunión busca uniformar las condiciones laborales de una rama econó
Nociones del Derecho Internacional Privadonohemivargas
El documento trata sobre el Derecho Internacional Privado. 1) Presupone la existencia de diferentes ordenamientos jurídicos nacionales y resuelve conflictos entre ellos. 2) Tiene como objetivo determinar la nacionalidad de personas y los derechos de extranjeros. 3) Establece qué leyes son aplicables a situaciones jurídicas internacionales sin determinar su contenido.
Este documento introduce conceptos básicos sobre derecho y justicia. Define derecho como un conjunto de normas que regulan la conducta social de manera bilateral, externa, heterónoma y coercible. Explora diferentes acepciones como derecho objetivo, subjetivo, vigente y positivo. Define justicia como dar a cada uno lo suyo, distinguiendo entre justicia conmutativa que rige relaciones equivalentes, y distributiva que asigna bienes comunes de manera proporcional a las contribuciones.
El derecho comparado estudia las similitudes y diferencias entre los sistemas jurídicos de diferentes países con el fin de mejorar el entendimiento y el sistema jurídico de un país en particular. Aristóteles realizó uno de los primeros estudios comparativos de constituciones griegas para determinar la mejor forma de gobierno. Montesquieu también utilizó la comparación de leyes para establecer principios comunes para un buen gobierno. El derecho comparado analiza múltiples sistemas jurídicos para compararlos, identificar analogías y mejorar el conocimiento
El documento habla sobre el derecho corporativo y cómo provee normas jurídicas que estructuran una empresa, incluyendo procesos de recursos humanos, marketing, ventas y contratos. Una estructura jurídica integral consiste en brindar herramientas de prevención dentro de la empresa para evitar litigios que pongan en riesgo el negocio, ayudando a prevenir, controlar y resolver problemas de manera integrada.
El documento trata sobre la libertad sindical en Venezuela. En 3 oraciones resume:
1) La Constitución venezolana y la Ley Orgánica del Trabajo reconocen el derecho de los trabajadores a organizarse sindicalmente y protegen a los sindicatos de injerencias.
2) La libertad sindical incluye tanto el derecho individual de afiliarse o no a sindicatos, como el derecho colectivo de los sindicatos a organizarse y administrarse de forma autónoma.
3) Los convenios 87 y 98 de la OIT también tutelan la libert
El documento trata sobre varios temas relacionados con el derecho constitucional internacional y la adquisición de soberanía sobre territorios. Explica conceptos como el reconocimiento de estados y gobiernos, la ocupación, conquista, cesión, prescripción y coparticipación en la Antártica y la Luna.
El documento define y distingue entre capacidad procesal y legitimación. La capacidad procesal se refiere a la aptitud legal para intervenir en un proceso, mientras que la legitimación requiere que el acto impugnado afecte directamente los intereses del demandante. Solo aquellos con capacidad procesal de acuerdo con la ley y un interés legítimo y directo en el asunto tienen legitimación para demandar.
Finanzas Públicas y el Derecho Económico como instrumento de la política fisc...Mitzi Linares Vizcarra
El documento presenta una introducción al concepto de finanzas públicas. Explica que las finanzas públicas se refieren al estudio y gestión de los instrumentos fiscales que utiliza el Estado para desarrollar sus actividades, incluyendo los impuestos, gastos públicos, préstamos y cuentas públicas. También clasifica las finanzas en públicas y privadas, y describe que las finanzas públicas comprenden los bienes, rentas y deudas de la nación administrados por el Estado para poder realizar sus funciones y necesidades a través de recursos ob
El documento describe el sistema registral venezolano, que consiste en registrar bienes de manera manual o electrónica en folios reales o personales para mantener la tradición de los bienes. También explica que la función notarial implica dar fe y forma jurídica a contratos y actos legales, así como archivar documentos y cumplir otros deberes establecidos por la ley.
Este documento describe las características principales del derecho del trabajo. Explica que regula las relaciones entre empleadores y trabajadores, y que está compuesto por normas adjetivas y sustantivas. También destaca que es autónomo, de gran fuerza expansiva e imperativo. Finalmente, resalta su importancia económica y jurídica dado que rige las relaciones laborales de muchas personas.
El documento trata sobre los conceptos y fundamentos históricos del derecho del trabajo. Explica que el derecho del trabajo surge como consecuencia del desequilibrio entre trabajadores y patrones, así como la desigual impartición de justicia en conflictos laborales. También define la palabra "trabajo" y explica que el derecho del trabajo busca lograr el equilibrio entre trabajadores y empleadores.
Este documento define el derecho tributario y describe sus principales características. En primer lugar, define el derecho tributario como el conjunto de normas jurídicas referidas a los tributos. Luego, describe el contenido del derecho tributario, incluyendo la parte general y especial. También discute la autonomía del derecho tributario y los principales principios del derecho tributario como la legalidad, generalidad, igualdad y progresividad.
El documento habla sobre los sindicatos en Venezuela según la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT). Describe los principios de libertad y autonomía sindical, y prohíbe prácticas antisindicales. Explica que los sindicatos deben registrarse a nivel nacional o regional/estatal, y los requisitos mínimos de afiliados para constituir diferentes tipos de sindicatos. También detalla los documentos requeridos para el registro, incluyendo el acta constitutiva, estat
El documento define el matrimonio como una institución social que permite la creación de un vínculo entre dos cónyuges, reconocido social y legalmente. Explica que el matrimonio hace legítima la filiación de los hijos y describe características como ser monogámico, disoluble y basado en el consentimiento. También cubre requisitos formales como la manifestación esponsalicia, su publicación y la celebración solemne del matrimonio ante un funcionario.
138583073 pliego-de-reclamos-sutep-minedu-04-2013Sute VI Sector
El documento presenta un pliego de reclamos del Sindicato Unitario de Trabajadores de la Educación del Perú (SUTEP) que incluye demandas sobre derechos económicos, condiciones de trabajo, profesionales y democráticos de los maestros, así como derechos reivindicativos para estudiantes y padres de familia. Entre las demandas se encuentran el establecimiento de un salario mínimo del 60% de la unidad impositiva tributaria, mejoras a la jubilación y seguridad social, respeto
La educabilidad se refiere a las capacidades y disposiciones que permiten a una persona construir su conocimiento a lo largo de las etapas de desarrollo. Está relacionada con el aprendizaje porque las personas construyen su propio conocimiento y aprenden en su vida diaria. La escuela influye en el proceso de educabilidad a través del docente y el entorno escolar, que ayudan al alumno a relacionar sus conocimientos previos con nueva información. Las principales hipótesis sobre el fracaso escolar masivo incluyen la falta
Este documento describe el derecho procesal de trabajo en México. Explica la naturaleza jurídica del derecho procesal laboral, las autoridades competentes como las Juntas de Conciliación y Arbitraje y los Tribunales de Trabajo. También define conceptos como los conflictos de trabajo, las acciones, excepciones, pruebas y el procedimiento ordinario laboral ante las juntas.
Este documento presenta la Ley del Régimen Prestacional de Empleo en Venezuela. Establece regulaciones para atender a personas desempleadas, asegurar prestaciones a trabajadores dependientes e independientes desempleados, y establecer el Instituto Nacional de Empleo. También describe sanciones para empleadores y funcionarios por incumplimiento de la ley, como no afiliar trabajadores, no pagar cotizaciones, o proveer información falsa.
La teoría de la justicia de Rawls y sus críticosPaco Gracia
Este trabajo se va a ocupar de explicar la teoría de la justicia formulada por John Rawls,
que puso en el centro del debate a la justicia como pilar fundamental para la
construcción de la sociedad. Su obra se ha convertido en el punto de referencia de las
teorías más actuales, ya sea por oposición (libertarios, comunitaristas) o por superación
(Amartya Sen). A su vez, veremos que Rawls se opone al utilitarismo imperante en su
época, por lo que también dedicaremos unas líneas a los conceptos de utilidad.
Uno o varios sindicatos, patronos o patronas pueden solicitar al Ministerio del Trabajo la convocatoria de una Reunión Normativa Laboral para negociar una convención colectiva de trabajo para una rama de actividad. La solicitud debe incluir la rama de actividad, alcance territorial, lista de afiliados y proyecto de convención. El Ministerio convocará la reunión si los solicitantes representan a la mayoría de trabajadores y patronos de esa rama. La reunión busca uniformar las condiciones laborales de una rama econó
Nociones del Derecho Internacional Privadonohemivargas
El documento trata sobre el Derecho Internacional Privado. 1) Presupone la existencia de diferentes ordenamientos jurídicos nacionales y resuelve conflictos entre ellos. 2) Tiene como objetivo determinar la nacionalidad de personas y los derechos de extranjeros. 3) Establece qué leyes son aplicables a situaciones jurídicas internacionales sin determinar su contenido.
Este documento introduce conceptos básicos sobre derecho y justicia. Define derecho como un conjunto de normas que regulan la conducta social de manera bilateral, externa, heterónoma y coercible. Explora diferentes acepciones como derecho objetivo, subjetivo, vigente y positivo. Define justicia como dar a cada uno lo suyo, distinguiendo entre justicia conmutativa que rige relaciones equivalentes, y distributiva que asigna bienes comunes de manera proporcional a las contribuciones.
El derecho comparado estudia las similitudes y diferencias entre los sistemas jurídicos de diferentes países con el fin de mejorar el entendimiento y el sistema jurídico de un país en particular. Aristóteles realizó uno de los primeros estudios comparativos de constituciones griegas para determinar la mejor forma de gobierno. Montesquieu también utilizó la comparación de leyes para establecer principios comunes para un buen gobierno. El derecho comparado analiza múltiples sistemas jurídicos para compararlos, identificar analogías y mejorar el conocimiento
El documento habla sobre el derecho corporativo y cómo provee normas jurídicas que estructuran una empresa, incluyendo procesos de recursos humanos, marketing, ventas y contratos. Una estructura jurídica integral consiste en brindar herramientas de prevención dentro de la empresa para evitar litigios que pongan en riesgo el negocio, ayudando a prevenir, controlar y resolver problemas de manera integrada.
El documento trata sobre la libertad sindical en Venezuela. En 3 oraciones resume:
1) La Constitución venezolana y la Ley Orgánica del Trabajo reconocen el derecho de los trabajadores a organizarse sindicalmente y protegen a los sindicatos de injerencias.
2) La libertad sindical incluye tanto el derecho individual de afiliarse o no a sindicatos, como el derecho colectivo de los sindicatos a organizarse y administrarse de forma autónoma.
3) Los convenios 87 y 98 de la OIT también tutelan la libert
El documento trata sobre varios temas relacionados con el derecho constitucional internacional y la adquisición de soberanía sobre territorios. Explica conceptos como el reconocimiento de estados y gobiernos, la ocupación, conquista, cesión, prescripción y coparticipación en la Antártica y la Luna.
El documento define y distingue entre capacidad procesal y legitimación. La capacidad procesal se refiere a la aptitud legal para intervenir en un proceso, mientras que la legitimación requiere que el acto impugnado afecte directamente los intereses del demandante. Solo aquellos con capacidad procesal de acuerdo con la ley y un interés legítimo y directo en el asunto tienen legitimación para demandar.
Finanzas Públicas y el Derecho Económico como instrumento de la política fisc...Mitzi Linares Vizcarra
El documento presenta una introducción al concepto de finanzas públicas. Explica que las finanzas públicas se refieren al estudio y gestión de los instrumentos fiscales que utiliza el Estado para desarrollar sus actividades, incluyendo los impuestos, gastos públicos, préstamos y cuentas públicas. También clasifica las finanzas en públicas y privadas, y describe que las finanzas públicas comprenden los bienes, rentas y deudas de la nación administrados por el Estado para poder realizar sus funciones y necesidades a través de recursos ob
El documento describe el sistema registral venezolano, que consiste en registrar bienes de manera manual o electrónica en folios reales o personales para mantener la tradición de los bienes. También explica que la función notarial implica dar fe y forma jurídica a contratos y actos legales, así como archivar documentos y cumplir otros deberes establecidos por la ley.
Este documento describe las características principales del derecho del trabajo. Explica que regula las relaciones entre empleadores y trabajadores, y que está compuesto por normas adjetivas y sustantivas. También destaca que es autónomo, de gran fuerza expansiva e imperativo. Finalmente, resalta su importancia económica y jurídica dado que rige las relaciones laborales de muchas personas.
El documento trata sobre los conceptos y fundamentos históricos del derecho del trabajo. Explica que el derecho del trabajo surge como consecuencia del desequilibrio entre trabajadores y patrones, así como la desigual impartición de justicia en conflictos laborales. También define la palabra "trabajo" y explica que el derecho del trabajo busca lograr el equilibrio entre trabajadores y empleadores.
Este documento define el derecho tributario y describe sus principales características. En primer lugar, define el derecho tributario como el conjunto de normas jurídicas referidas a los tributos. Luego, describe el contenido del derecho tributario, incluyendo la parte general y especial. También discute la autonomía del derecho tributario y los principales principios del derecho tributario como la legalidad, generalidad, igualdad y progresividad.
El documento habla sobre los sindicatos en Venezuela según la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT). Describe los principios de libertad y autonomía sindical, y prohíbe prácticas antisindicales. Explica que los sindicatos deben registrarse a nivel nacional o regional/estatal, y los requisitos mínimos de afiliados para constituir diferentes tipos de sindicatos. También detalla los documentos requeridos para el registro, incluyendo el acta constitutiva, estat
El documento define el matrimonio como una institución social que permite la creación de un vínculo entre dos cónyuges, reconocido social y legalmente. Explica que el matrimonio hace legítima la filiación de los hijos y describe características como ser monogámico, disoluble y basado en el consentimiento. También cubre requisitos formales como la manifestación esponsalicia, su publicación y la celebración solemne del matrimonio ante un funcionario.
138583073 pliego-de-reclamos-sutep-minedu-04-2013Sute VI Sector
El documento presenta un pliego de reclamos del Sindicato Unitario de Trabajadores de la Educación del Perú (SUTEP) que incluye demandas sobre derechos económicos, condiciones de trabajo, profesionales y democráticos de los maestros, así como derechos reivindicativos para estudiantes y padres de familia. Entre las demandas se encuentran el establecimiento de un salario mínimo del 60% de la unidad impositiva tributaria, mejoras a la jubilación y seguridad social, respeto
La educabilidad se refiere a las capacidades y disposiciones que permiten a una persona construir su conocimiento a lo largo de las etapas de desarrollo. Está relacionada con el aprendizaje porque las personas construyen su propio conocimiento y aprenden en su vida diaria. La escuela influye en el proceso de educabilidad a través del docente y el entorno escolar, que ayudan al alumno a relacionar sus conocimientos previos con nueva información. Las principales hipótesis sobre el fracaso escolar masivo incluyen la falta
El documento habla sobre la negociación colectiva en el derecho laboral. Explica que un contrato colectivo contiene elementos como su objeto y contenido. El objeto es establecer las condiciones de trabajo y el contenido incluye aspectos como salarios, beneficios y procedimientos para resolver disputas laborales.
La Convención Colectiva de Trabajo es aquella que se celebra entre uno o varios sindicatos o federaciones o confederaciones sindicales de trabajadores, de una parte, y uno o varios patronos o sindicatos o asociaciones de patronos, de la otra, para establecer las condiciones conforme a las cuales se debe prestar el trabajo y losderechos y obligaciones que correspondan a cada una de las partes.
El documento describe una herramienta para llevar el registro de las acciones del personal como descansos, permisos y vacaciones para mantener la nómina en equilibrio y registrar el ausentismo. El sistema implantado facilita la sistematización del registro y control de incidencias del personal, permitiendo a las dependencias tomar decisiones informadas y cumplir con los requerimientos. El control verifica que las actividades se ajusten a lo planificado y mantiene a la organización en el camino correcto.
La UGT es un sindicato de clase que defiende los derechos laborales de los trabajadores y lucha por un modelo social basado en la igualdad, la justicia social y la solidaridad. Ofrece representación sindical, negociación colectiva, formación, servicios y prestaciones para mejorar la situación laboral de los trabajadores.
El documento describe un mapa mental sobre un convenio colectivo entre representantes de una empresa y trabajadores. El convenio colectivo regula las condiciones de trabajo y productividad a través de negociaciones y establece obligaciones mutuas entre las partes para lograr paz laboral bajo la dirección de los trabajadores.
El documento presenta información sobre un empleado de nombre Néstor Ferreira con cédula de identidad 18.897438 que trabaja en el Instituto Universitario de Tecnología Antonio José de Sucre en Barquisimeto, Venezuela. El documento cubre temas como las condiciones de trabajo, las relaciones laborales, el contrato y las normativas aplicables.
Resolución 60 unjbg reposición de trabajadores mandato judicialGuido Cahuana
Este documento resume una resolución judicial que rechaza un recurso de reposición presentado por el rector de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann en contra de una resolución anterior que ordenó la reincorporación de siete demandantes. La resolución determina que no existe evidencia de que el mandato haya sido cumplido completamente y que la intención original era una reincorporación permanente, no temporal, basándose en resoluciones anteriores. El recurso de reposición es declarado infundado.
Este documento trata sobre la legislación laboral venezolana, en particular la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT). Discute los sujetos del derecho laboral colectivo como sindicatos, federaciones y confederaciones. También cubre temas como la negociación colectiva, la naturaleza jurídica de los convenios colectivos y la protección del derecho a la organización sindical.
Este documento resume los principales aspectos de las convenciones colectivas de trabajo en Costa Rica. Estas convenciones son acuerdos entre sindicatos de trabajadores y asociaciones de empleadores para establecer las condiciones laborales y los derechos y obligaciones de ambas partes. Tienen efecto legal y sus términos se convierten en parte de los contratos individuales de trabajo. La ley establece procedimientos como la mediación y la junta de conciliación para resolver disputas laborales que puedan surgir.
Administración de Recursos Humanos en Sistemas de SaludEnrique Guillen
El documento habla sobre la administración de recursos humanos en sistemas de salud. Explica que hay diversidad de profesionales con objetivos distintos y que es complejo realizar descripciones de puestos y evaluaciones de desempeño. También señala que el personal médico a veces no se identifica con los objetivos institucionales y que el personal asistencial y administrativo tienen expectativas diferentes. Finalmente, resalta factores como la variedad de profesiones, la importancia de roles, y criterios como experiencia y trabajo en equipo que deben considerarse.
Este documento presenta la composición de un grupo de trabajo y proporciona información sobre las relaciones laborales y los sindicatos. En resumen:
1) Se lista a cinco integrantes de un grupo de trabajo. 2) Se definen las relaciones laborales y los tipos de contratos, incluidos los contratos colectivos. 3) Se explica que los sindicatos representan a los trabajadores para negociar con los empleadores sobre salarios y condiciones laborales.
Este documento resume los principales artículos de la Ley Federal de Trabajo de México relacionados con el estado, los trabajadores, los patrones, las relaciones laborales individuales y colectivas. En menos de 3 oraciones, el documento establece que la ley federal protege el derecho al trabajo y establece normas sobre jornadas laborales, salarios, sindicatos, contratos colectivos y otras condiciones laborales.
El sindicato de venezuela segun el lotttDiana Albert
Este documento describe el concepto, objetivos y tipos de sindicatos. Explica que un sindicato es una organización de trabajadores que defiende sus intereses laborales. Sus objetivos principales son obtener salarios justos, mejores condiciones de trabajo, empleo estable y mejorar las reivindicaciones sociales y económicas de los trabajadores a través de la negociación colectiva. También describe los diferentes tipos de sindicatos como de empresa, profesionales, de industria y sectoriales, así como las federaciones y confederaciones sindical
Este documento proporciona consejos para mejorar las relaciones laborales y manejar conflictos en el equipo. Describe diferentes tipos de enfado y cómo lidiar con ellos, así como el chantaje emocional y diferentes tipos de jefes difíciles. También analiza posibles causas de conflictos en el equipo como desacuerdos en política interna, luchas de poder o rivalidades entre grupos, y ofrece soluciones como reunir al equipo, fomentar objetivos comunes y cambiar a miembros clave cuando sea necesario.
Este documento presentado por la CUT contiene todos los elementos recogidos en la Mesa del Sector Público donde participan los gremios de dicha área. En este se encuentra representado Asemuch con la participación del compañero Manuel Bravo Muñoz
Este documento presenta las demandas de la Mesa del Sector Público para la negociación colectiva con el gobierno. Pide un reajuste real de las remuneraciones de un 7% para los que ganan menos de $801.000 y de un 5% para los que ganan más. También solicita mejorar los beneficios económicos como aguinaldos, bonos y vacaciones. Finalmente, propone avanzar hacia un nuevo sistema previsional público, solidario y sin fines de lucro que garantice una pensión digna.
Mesa del Sector Público 2014 Pliego de peticiones CUTNelson Leiva®
Pliego de Peticiones del Sector Público CUT documento presentado al gobierno y que contiene las demandas salariales.
Este pliego de peticiones representa el sentir de todos los FF.PP y Municipales.
NEGOCIACIÓN COLECTIVA DEL SECTOR PÚBLICO, CENTRALIZADO Y DESCENTRALIZADO DICI...vidasindical
MESA DE NEGOCIACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO
PROPUESTA DE REAJUSTE Y MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES LABORALES
NEGOCIACIÓN COLECTIVA DEL SECTOR PÚBLICO, CENTRALIZADO Y DESCENTRALIZADO
DICIEMBRE 2013 – NOVIEMBRE 2014
Este documento presenta el proyecto de ley de presupuesto del sector público para el año 2015 enviado por la Presidenta de la República a la Cámara de Diputados. El presupuesto tiene un enfoque reactivador para impulsar la economía, con un aumento del 27,5% en inversión pública y un gasto social que alcanza el 68% del total. Además, se destinarán recursos a educación, salud, protección social y proyectos de inversión para generar empleos.
Mensaje de la Presidenta Michelle Bachelet donde se encuentran los contenidos del Reajuste 2014-2015 del Sector Publico y Municipal, el cual refleja lo acordado y publicado anteriormente en el Acuerdo de Protocolo.
Proyecto de reajuste 16 de noviembre 2016Marcos Roa
Este documento presenta un proyecto de ley que otorga un reajuste salarial del 3.2% al sector público chileno a partir del 1 de diciembre de 2016. El proyecto de ley explica las consideraciones económicas y fiscales para fijar este reajuste. También establece excepciones para autoridades de alto rango y trabajadores con salarios sobre $4,400,000 líquidos. Finalmente, concede un bono especial de hasta $114,000 para trabajadores de bajos ingresos.
Proyecto de ley reajuste remuneraciones del sector público 2015vidasindical
Este documento presenta un proyecto de ley que otorga un reajuste salarial del 6% a los trabajadores del sector público chileno a partir del 1 de diciembre de 2014, así como aguinaldos de Navidad y Fiestas Patrias. El proyecto también aumenta los sueldos mínimos de auxiliares, administrativos y técnicos entre un 16-19%. El objetivo es mejorar las condiciones laborales de los funcionarios públicos y avanzar hacia una mayor equidad salarial.
Este documento presenta una iniciativa de reforma fiscal ante el Congreso de la Unión Mexicano. Propone varias medidas para promover el ahorro y la inversión, incluyendo aumentar los límites de deducciones personales para el ahorro de largo plazo, permitir deducciones inmediatas de inversiones para pequeñas empresas y sectores estratégicos, y otorgar incentivos fiscales para inversiones en energías renovables. También busca clarificar el tratamiento fiscal de la industria eléctrica y establecer créditos fiscales temporales para la rein
El documento discute la importancia de los tratados de libre comercio para consolidar la apertura económica comercial de un país. Explica que los tratados crean un área de libre comercio que amplía el mercado para oferentes y compradores, permitiendo acceso a bienes de mayor calidad y menor precio. También describe algunos aspectos clave de los acuerdos de integración económica, como el acceso a mercados, normas de origen y solución de diferencias. Finalmente, concluye que los tratados benefician a la sociedad
Este documento describe los efectos negativos de la crisis económica en los trabajadores y jubilados en España. Pide al gobierno que abra negociaciones para mejorar las condiciones laborales de los empleados públicos, incluyendo la recuperación del empleo perdido, aumentos salariales para compensar la pérdida de poder adquisitivo, y fortalecer los servicios públicos a través de mayores inversiones. Las organizaciones sindicales UGT y CCOO buscan ampliar un acuerdo previo para mejorar el empleo públic
Novedades laborales plan de igualdad y igualdad retributiva entre hombres y m...EvaFerrn
Resumen de las disposiciones que se han aprobado en el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los Planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre el registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre de igualdad retributiva entre hombres y mujeres.
Este documento presenta un proyecto de ley para reformar la legislación laboral en Argentina. Propone medidas para regularizar el empleo no registrado, combatir la evasión laboral, modificar las relaciones laborales, y mejorar la capacitación y el empleo de los trabajadores. Algunas de las iniciativas clave incluyen: 1) Un régimen de regularización para trabajadores no registrados. 2) Mayor lucha contra la evasión de la seguridad social. 3) Modificaciones a la registración laboral y a las indemnizaciones por despido
El documento presenta un proyecto de ley para reformar las leyes laborales en Argentina. Propone medidas para regularizar el empleo no registrado, luchar contra la evasión laboral, modificar el marco normativo de las relaciones laborales, y promover la capacitación y el empleo de los jóvenes. Algunas de las iniciativas clave incluyen un régimen de regularización del empleo no registrado, nuevas obligaciones de comunicación para combatir la evasión de la seguridad social, y modificaciones a las indemnizaciones por despido para des
El documento describe las negociaciones entre el sindicato y el ayuntamiento. Resume los logros del sindicato como mejoras en el convenio colectivo, estabilidad laboral y derechos sociales. También propone objetivos futuros como una nueva Relación de Puestos de Trabajo, eliminar conceptos retributivos extra y defender la gestión directa de los servicios municipales frente a las privatizaciones.
Este documento resume las reformas fiscales de 2013-2014 en México, incluyendo la creación del nuevo Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y la eliminación del anterior Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS). Explica las ventajas e inconvenientes de ambos regímenes, y cómo el RIF presentó desafíos para los pequeños negocios debido a sus complejidades tecnológicas y administrativas.
Este documento presenta un proyecto de ley que otorga un reajuste salarial del 4% a los trabajadores del sector público chileno a partir del 1 de diciembre de 2015. También concede un aguinaldo de Navidad de $51.372 para trabajadores con salarios menores a $686.400 y de $27.174 para salarios mayores. Además, otorga un aguinaldo de Fiestas Patrias para 2016 y establece normas sobre el financiamiento de estos beneficios.
¿Causas económicas o INSUFICIENCIA PRESUPUESTARIA en el Grupo Tragsa?CGT Tragsatec
El documento discute las causas económicas que justificarían despidos colectivos en la empresa pública Tragsa. Argumenta que solo se considerarían causas económicas válidas una insuficiencia presupuestaria persistente que impida financiar los servicios públicos, no una mera decisión política de asignar menos recursos. También requiere que en el presupuesto del año anterior hubiera déficit y se hayan tomado medidas correctivas de acuerdo con la ley de estabilidad presupuestaria.
Similar a Pliego Peticiones Mesa Sector Público 2016 (20)
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021Nelson Leiva®
En el día de hoy Miércoles 22 de Diciembre se publicó en el Diario Oficial de Chile la Ley N° 21405, la que "Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del Sector Público , concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales"
En la antesala de la publicación de la Ley N° 21405 en el Diario Oficial, que se realizaría mañana Lunes 20 de Diciembre probablemente, se emite el presente decreto por parte del Ministerio de Hacienda
La Cámara de Diputados y Diputadas envía este boletín con fecha 06.Dic.2021, el cual contiene el reajuste a las remuneraciones del Sector Público y concede aguinaldos y bonos
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022Nelson Leiva®
Este documento resume un acuerdo entre el gobierno chileno y sindicatos del sector público sobre reajustes salariales y beneficios para 2022. El acuerdo incluye un reajuste salarial del 6.1%, pagos de bonos especiales, y el mantenimiento de varios beneficios existentes. También establece una agenda de trabajo para fortalecer la función pública y mejorar las condiciones laborales.
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021Nelson Leiva®
La Contraloría General de la República determinó que el marco normativo vigente no contempla una autorización para que las municipalidades puedan vender gas. Las municipalidades gozan de autonomía pero esta se encuentra limitada por la Constitución y las leyes, las cuales no habilitan expresamente la venta de gas. Solo podrían desarrollar actividades empresariales si una ley de quórum calificado las autoriza.
La ciudad de San Felipe nacida en el año 1740, siempre ha tenido una trascendencia destacada en la historia de Chile desde sus albores,
Este interesante trabajo de José Antonio Mora revela la inserción e influencia que ha tenido en la génesis de nuestro país la querida Tres veces heroica ciudad de San Felipe de Aconcagua
Este estudio realizado por Hazbún Abogados Asociados analiza el Dictamen E156769 del 17.11.2021, indicando cuales son las nuevas razones para desvincular a dichos funcionarios, el cual recoge los distintos pronunciamientos de los Tribunales de Justicia
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021Nelson Leiva®
Esta propuesta constitucional para una nueva institucionalidad en las municipalidades ha sido editada por la Asociación de Municipalidades de Chile (AMUCH) como contribución y apoyo al cambio y fortalecimiento del rol ciudadano en el nuevo municipio chileno.
Este instructivo ha sido emitido por la Contraloría General de la República con la finalidad de incorporar y recopilar los distintos fallos de los Tribunales Superiores de Justicia
La I. Municipalidad de San Felipe tiene este formato para quienes desean comenzar una actividad comercial, industrial, profesional o de alcoholes, obtener su patente CIPA, la cual puede ejercer en la jurisdicción comunal de San Felipe, en la parte posterior se encuentran los requisitos y documentación exigida.
Seminario Nacional de Municipalidades Las CondesNelson Leiva®
En la comuna de Las Condes se reunirán más de medio millar de funcionarios y funcionarias municipales provenientes de todos los municipios del país.
Este evento organizado por Asemuch comienza el 24 de Abril y finaliza este Viernes 27 de Abril del 2018
Este manual diseñado para el Deco Magic TV que contiene el sistema de canales HD de los canales afiliados a Anatel Chile.
Cabe señalar que en este sistema solo cancelas el valor del equipo y no tiene ningún cobro adicional, ni mensualidades, con una nitidez y sonido más avanzado que los de la TV paga.
Modernización Municipal Propuesta Nueva ArquitecturaNelson Leiva®
Este documento elaborado por dos expertos en políticas públicas de la UC, muestra un serio trabajo sobre el tema de la modernización municipal y la forma de construirla
Circular N° 0031 Nueva denominación de RegionesNelson Leiva®
Esta circular del Ministerio del Interior señala lo principal, que a contar de esta fecha las regiones se denominarán solo por su nombre y no por número.
Este Dictamen señala que para efectos de la confección del escalafón, tratándose de períodos discontinuos de desempeño, debe considerarse como fecha de ingreso al municipio respectivo la que corresponda a la primera designación del funcionario de que se trate.
Dictamen N°6400 del 02.03.2018 Caso ContratasNelson Leiva®
Este Dictamen aclara y modifica todos los puntos sobre la tratativa de el personal a contrata, clarifica este tema que ha sido sancionado por la Corte Suprema recientemente.
Soluciones Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinar...Juan Martín Martín
Criterios de corrección y soluciones al examen de Geografía de Selectividad (EvAU) Junio de 2024 en Castilla La Mancha.
Soluciones al examen.
Convocatoria Ordinaria.
Examen resuelto de Geografía
conocer el examen de geografía de julio 2024 en:
https://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/2024/06/soluciones-examen-de-selectividad.html
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARIS”. Esta actividad de aprendizaje propone el reto de descubrir el la secuencia números para abrir un candado, el cual destaca la percepción geométrica y conceptual. La intención de esta actividad de aprendizaje lúdico es, promover los pensamientos lógico (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia y viso-espacialidad. Didácticamente, ésta actividad de aprendizaje es transversal, y que integra áreas del conocimiento: matemático, Lenguaje, artístico y las neurociencias. Acertijo dedicado a los Juegos Olímpicos de París 2024.
La Unidad Eudista de Espiritualidad se complace en poner a su disposición el siguiente Triduo Eudista, que tiene como propósito ofrecer tres breves meditaciones sobre Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote, el Sagrado Corazón de Jesús y el Inmaculado Corazón de María. En cada día encuentran una oración inicial, una meditación y una oración final.
La vida de Martin Miguel de Güemes para niños de primaria
Pliego Peticiones Mesa Sector Público 2016
1. MESA DEL SECTOR PÚBLICO
PROPUESTA DE REAJUSTE Y MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES LABORALES
NEGOCIACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO, CENTRALIZADO Y DESCENTRALIZADO
AGOSTO 2016
2. Las 15 organizaciones abajo firmantes, todas debidamente identificadas, representantes de los/as Trabajadores/as del
Estado, tanto del sector centralizado como descentralizado, afiliadas a la Central Unitaria de Trabajadores, la que
coordina y dirige el Proceso de Negociación que cada año se instala con el Ejecutivo sobre condiciones laborales, reajuste
de remuneraciones y otras materias, vienen en presentar el siguiente petitorio de carácter nacional.
El presente Pliego de Negociación contiene las demandas económicas y laborales, de nivelación y universalización de
derechos y beneficios, así como aquellas que resultan transversales al conjunto de los/as trabajadores/as del Estado. En
consecuencia, las organizaciones firmantes han concordado en definirlas como ámbito exclusivo de negociación y
resolución de la Mesa del Sector Público, para su implementación a nivel de la propia Mesa o en formatos sectoriales,
cuando así se concuerde.
I . UNA NEGOCIACIÓN DE LOS/AS TRABAJADORES/AS DEL ESTADO PARA AVANZAR EN EQUIDAD
La Negociación del año 2015, constituyó un complejo punto de inflexión en la relación del gobierno con las
organizaciones integrantes de la Mesa del Sector Público. La imposición, por parte del gobierno, de una Ley de Reajuste
General que, de forma inédita, contó con el desacuerdo de las 15 federaciones y confederaciones representativas de
los/as trabajadores/as del Estado, constituye un precedente nefasto y cuyos alcances es necesario analizar.
La Ley de Reajuste General del Sector Público del año pasado, tuvo como efecto concreto e indesmentible, la imposición
a los/as funcionarios/as públicos/as de una reducción de su poder adquisitivo, materializando una política fiscal
restrictiva, que descargó sobre los/as trabajadores/as los costos de la desaceleración económica. Es imposible reconciliar
las visiones economicistas y neoliberales que dicha decisión evidencia, con los compromisos de superar la escandalosa
inequidad que persiste en nuestro país, que el programa de gobierno de la Nueva Mayoría comprometió con la
ciudadanía. La Mesa del Sector Público ha expresado por años, y ante gobiernos de distinto signo, que el Reajuste de
Remuneraciones de los/as trabajadores/as del Estado es una variable salarial y de justicia social, y no una variable de
ajuste macroeconómico, como parecen comprenderlo los economistas más conservadores y de corte neoliberal.
Pero la complejidad del escenario no se restringe sólo a los criterios macroeconómicos, el lento avance en la agenda de
acuerdos comprometidos en el Protocolo de Acuerdo del año 2014, aún cuando muchos de ellos no tienen efectos en las
finanzas fiscales, muestra un evidente alejamiento de la conducción gubernamental respecto de sus compromisos
programáticos con las mayorías del país.
Hoy, la Mesa del Sector Público viene a presentar un Pliego de Negociación que abarca un conjunto de materias
económicas, salariales, de derechos laborales, sociales y sindicales, que apunta a retornar a un camino que perspective la
superación de las profundas inequidades que marcan a nuestro país. Asimismo, las organizaciones integrantes han
definido adelantar la negociación, con el objetivo de buscar la construcción de un acuerdo, previo a la tramitación de la
Ley de Presupuesto 2017, entendiendo que, tal como expresara el Ministro Valdés, en la reunión final del proceso de
negociación del año 2015, son los parámetros y recursos que fija dicho cuerpo legla, los que rigen finalmente los
2 / 19
3. alcances de la Ley de Reajuste General.
II . CONTINUIDAD DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO DE ACUERDO 2014
La Mesa representa al gobierno que el trabajo desarrollado durante el año para la implementación del Protocolo de
Acuerdo suscrito con el gobierno el año 2014, ha avanzado a un ritmo decepcionante. Y por ello, exige al gobierno tomar
las medidas para acelerar el ritmo de cumplimiento de los mismos.
Ratificamos la voluntad de la Mesa del Sector Público de dar cabal cumplimiento a las materias que aún se encuentran
en desarrollo y requiere al gobierno proyectar, de común acuerdo, un cronograma de trabajo que garantice su total
implementación hasta marzo del año 2017.
Asimismo reiteramos al gobierno que priorice, para su resolución inmediata, y otorgue la mayor urgencia a las
Negociaciones Sectoriales sobre Incentivos al Retiro pendientes, así como a la tramitación legislativa de aquellos que ya
se encuentran concordados por las respectivas organizaciones.
III . COBERTURA UNIVERSAL Y DIRECTA DE LA NEGOCIACIÓN CON FINANCIAMIENTO FISCAL
La Negociación del Sector Público, encabezada por la Mesa del Sector Público y coordinada por la CUT Chile, ha recorrido
un largo camino desde su instauración como práctica anual, a inicios de los años 90 del siglo pasado. Nuestras
organizaciones han requerido insistentemente el garantizar la cobertura universal de los reajustes y beneficios
incorporados en esta negociación, a pesar de lo cual persisten realidades de exclusión y limitaciones a esta premisa
fundamental de nuestro proceso de Negociación. En el marco del Acuerdo alcanzado por la Mesa del Sector Público el
año 2014, se instalaron 3 Mesas de Trabajo para abordar algunas de estas exclusiones, lo que constituye un importante
reconocimiento por parte del Estado de la existencia de estas inequidades, así como de la necesidad de resolverlas.
Es por ello que exigimos que todas las demandas económicas y laborales que se detallan en el presente Proyecto de
Negociación se hagan extensivas a todos los/as funcionarios/as públicos/as, indistintamente del marco laboral que los
rige, sea que laboren en el sector centralizado, descentralizado y en organismos autónomos, estén regidos por Estatutos
sectoriales, el Código del Trabajo o leyes particulares, en el sector público municipal, universidades estatales, servicios
traspasados, colegios particulares subvencionados, administración delegada por Decreto 3166/81, funcionarios regidos
por el artículo 2° Ley 19.464, funcionarios de la administración central de los DAEM/DEM y en jardines infantiles sin fines
de lucro con transferencia JUNJI.
El efectivo alcance universal de los resultados de la negociación que iniciamos con la presentación del presente
documento, y en consecuencia del Proyecto de Ley de Reajuste General que el Ejecutivo remitirá al parlamento, es de
primera prioridad para la Mesa del Sector Público. Rechazamos la persistencia y profundización de criterios de inequidad
3 / 19
4. y discriminación entre funcionarios/as públicos, por el sólo hecho de desempeñarse en instituciones regidas por cuerpos
legales diversos.
Demandamos que, en todos los casos y para todas las medidas, se contemple la transferencia íntegra de los fondos
fiscales que financien el costo global de cada una, incluidas las asignaciones. Demandamos asimismo que las normativas
de derechos laborales que se concuerden contemplen su plena en cobertura en la legislación que se apruebe. Ésta es la
única forma de garantizar el alcance universal de las medidas propuestas y es, por tanto, el criterio inicial que la Mesa del
Sector Público expone.
IV . REAJUSTE DE REMUNERACIONES Y BENEFICIOS ECÓNOMICOS PARA AVANZAR EN CRECIMIENTO Y EQUIDAD
Las y los trabajadores públicos solicitamos un incremento real del orden del 4%, una cifra bastante realista para iniciar un
proceso de negociación con un Gobierno electo con nuestros votos, un Gobierno que nos prometió un Programa que
corregiría el rumbo para así avanzar por un camino de mayor justicia social, el cual hemos esperado por años en uno de
los países más desiguales del mundo. Si la economía de nuestro país crece, entonces los trabajadores debemos
incrementar nuestros ingresos, si la banca, el retail, las AFP, las Isapres mantienen cuantiosas utilidades entonces los
trabajadores también debemos ganar más; si el país no ha invertido más en programas sociales, bajo el argumento de
generar fondos de ahorro para momentos de menor ritmo económico, entonces utilicemos parte de esos fondos para
dinamizar la economía y mejorar la renta de los trabajadores. No resulta comprensible que Gobiernos que se erigen
como progresista terminen rebajando ingresos de los trabajadores, tal cual como ocurrió en la negociación pasada
donde el 0,2% de incremento de renta, por sobre el IPC acumulado, terminó desdibujándose bajo la expropiación del
Bono de Termino sufrida, en diferentes magnitudes, por el conjunto de las y los trabajadores públicos. Si la
desaceleración del ritmo de la economía deben pagarla las y los trabajadores para entregar señales a los grandes
empresarios y al capital internacional, entonces Chile tiene hipotecada su estrategia de desarrollo a la venia de poderes
económicos nacionales e internacionales, si es así entonces no podríamos reconocer diferencia entre un Ministerio de
Hacienda de adscripción neoliberal y uno que se pretende progresista.
4.1 . Reajuste de Remuneraciones.
Reajuste nominal de un 7,5% para el período Diciembre 2016 – Noviembre 2017 para todos los funcionarios y
funcionarias del Sector Público, indistintamente del marco laboral que los rige, sea que laboren en el sector centralizado
o descentralizado, regidos por los Estatutos sectoriales o el Código del Trabajo, en el sector público municipal,
universidades estatales, servicios traspasados, colegios particulares subvencionados, administración delegada decreto
3166, funcionarios regidos por el artículo 2° Ley 19.464, funcionarios de la administración central de los DAEM/DEM y
jardines infantiles sin fines de lucro con transferencia JUNJI. En todos los casos la transferencia de los fondos debe ser
íntegra, incluidas las asignaciones.
4 / 19
5. 4.2 . Remuneraciones Mínimas del Sector Público.
Es deber del Estado asegurar Trabajo Decente, cuyo punto de partida es una remuneración justa y que garantice
condiciones de vida dignas. Existiendo hoy una fijación de estas remuneraciones mínimas para los estamentos auxiliar,
administrativo y técnico, estimamos necesario incorporar al estamento profesional a dicho mecanismo. Para la Mesa del
Sector Público es de suma importancia continuar avanzando en esta dirección, por lo cual demanda que a partir del 1 de
diciembre del año 2016 ningún trabajador/a que se desempeñe en el Sector Público, universo definido anteriormente,
obtenga un ingreso líquido mensual por estamento inferior a:
ESTAMENTOS Ingreso Mínimo
AUXILIARES $380.000
ADMINISTRATIVOS $420.000
TÉCNICOS $450.000
PROFESIONALES $850.000
Para el efecto de lo dispuesto, debe otorgarse al personal referido anteriormente y afecto al sistema remuneraciones
vigentes en el Sector Público, una bonificación mensual de un monto equivalente a la diferencia entre su remuneración
bruta mensual y la cantidad mínima antes establecida, la que irá disminuyendo en la medida que la remuneración bruta
mensual del funcionario se incremente por cualquier causa. Esta bonificación será imponible sólo para salud y pensiones
y no será considerada base de cálculo para determinar cualquier otra clase de remuneraciones ni para ningún otro efecto
legal. Se debe considerar, para los efectos de esta norma, que integran la remuneración bruta mensual respectiva los
estipendios de carácter permanente o habitual, excluyéndose las diversas asignaciones y bonificaciones de zona.
Ante la constatación realizada por la Mesa del Sector Público respecto de la falta de aplicación universal de esta norma,
requerimos la revisión general de la eficacia jurídica y administrativa de esta norma y particularmente el que se
garantice su aplicación para los/as trabajadores/as de la Atención Primaria de Salud, los Asistentes de la Educación y
los/as funcionarios/as de las Universidades Estatales.
4.3 . Valores de Beneficios Diciembre 2016 – Noviembre 2017.
Beneficios Valores Línea de corte Renta Tope
$ 2016-2017 2016-2017
Aguinaldo Navidad alto 57.592 < $ 801.000 Líquido ------
Aguinaldo Navidad bajo 30.464 > $ 801.000 Líquido $ 2.400.000 Bruto
Aguinaldo Fiestas Patrias alto 74.153 < $ 801.000 Líquido ------
5 / 19
6. Aguinaldo Fiestas Patrias bajo 51.474 > $ 801.000 Líquido $ 2.400.000 Bruto
Bono Escolaridad General 72.115 S/línea de corte $ 2.400.000 Bruto
Bono Adicional Escolaridad 30.464 < $ 801.000 Líquido ------
D. Ley 249 Art. 23 (Bienestar) 125.627 S/línea de corte S/ exclusión
Bono Vacaciones (valor único) 200.000 S/línea de corte $ 2.400.000 Bruto
Bono de Término de Neg. 300.000 $ 2.400.000 Bruto
Demandamos la unificación de la Línea de Corte para todos los beneficios en $801.000 líquidos, considerando como
renta líquida el total haberes permanentes menos los descuentos legales. Exigimos asimismo que esta Línea de Corte
excluya las asignaciones y bonificaciones de zona y de zonas extremas, cuyo fin es nivelar los salarios de los
funcionarios públicos que laboran en zonas extremas y aisladas del país y cuya incorporación en su determinación,
distorsiona la entrega de dichos beneficios para este universo de trabajadores del Estado.
Reiteramos que el conjunto de los beneficios aquí planteados, incluido el aporte de Bienestar, llegue a todos los/as
funcionarios/as públicos/as representados en esta negociación, ya sea se desempeñen en el sector centralizado,
descentralizado, regidos por los Estatutos sectoriales o el Código del Trabajo en el Sector Público, municipal,
universidades estatales, servicios traspasados, colegios particulares subvencionados y de administración delegada por
decreto 3166-81, funcionarios regidos por en el artículo 2º de la ley Nº19.464, funcionarios de la administración central
de los DAEM/DEM y en jardines infantiles sin fines de lucro con transferencia JUNJI. En todos los casos, demandamos la
transferencia íntegra de los fondos y asignaciones que financien el costo global de esta medida.
V . UN ESTADO EMPLEADOR QUE GARANTICE TRABAJO DECENTE
La Mesa del Sector Público reivindica, para el conjunto de los/as trabajadores/as del Sector Público contar con un empleo
justamente remunerado y en condiciones de libertad, equidad, seguridad y respeto de la dignidad humana durante todo
su ciclo de vida laboral. La plena implementación del Trabajo Decente en el Estado es un objetivo irrenunciable y que
debe movilizar todos los esfuerzos necesarios para que el Estado, en su calidad de empleador, se convierta en un
ejemplo y referente para el sector privado.
Los avances contenidos en el Acuerdo alcanzado por la Mesa del Sector Público el año 2014 constituyen un impulso que
el gobierno ha demostrado ser incapaz de materializar en acuerdo con nuestras organizaciones, y que requiere que el
gobierno acelere la evaluación y las soluciones comprometidas, además de concretar las modificaciones legislativas
necesarias para cerrar las brechas y carencias que persisten.
6 / 19
7. 5.1 . Erradicación del Trabajo Precario en el Estado.
Son múltiples las formas de precarización del empleo que se ha instalado y persisten en el ámbito público. La Mesa del
Sector Público ha demandado insistentemente la regularización de todas ellas, y la incorporación de esos trabajadores/as
a las condiciones generales del empleo público, como un paso inicial para construir Trabajo Decente en todos los ámbitos
del Estado.
En consecuencia, requerimos dar continuidad al proceso de regularización de los empleos permanentes provistos bajo
la modalidad de honorarios, situación que vulnera la ley que expresamente permite el régimen a honorarios, sólo
cuando se trata de “labores accidentales y que no sean las habituales de la institución”. Este proceso debe incorporar a
todas las modalidades existentes, sean a suma alzada (subtítulo 21) o de prestación de servicios (otros subtítulos de
gasto), así como a quienes cumplen jornadas parciales, siendo el único criterio ordenador del proceso el que cumplan
funciones permanentes de las instituciones.
Reiteramos, en el marco del proceso de regularización en marcha este año 2016, nuestra demanda en orden a ampliar
dicho proceso a todos/as los/as trabajadores/as a honorarios, más allá del subtítulo presupuestario por el cuál son
financiadas sus remuneraciones, así como el que dichos traspasos deben realizarse a igual remuneración líquida
promedio, asumiendo el costo de imponibilidad de sus remuneraciones con costo fiscal. De otra forma, se está
imponiendo a los/as trabajadores/as a honorarios una inaceptable reducción de sus ingresos familiares. Este formato de
traspaso, que ha sido planteado en diversas instituciones, no tiene ningún sustento en el marco del mecanismo
progresivo concordado con la Mesa del Sector Público, ya que la progresividad del mecanismo se concordó justamente
teniendo en cuenta el costo fiscal de la medida.
Asimismo, demandamos que al primer semestre del año 2017 se concuerden los marcos e instrumentos que
implementen dicho proceso de regularización de honorarios en las instituciones del sector descentralizado y
desconcentrado.
En concordancia con lo anterior y en el mismo plazo planteado, requerimos se concuerden las iniciativas legislativas
necesarias para establecer una regulación clara y expresa que restrinja la modalidad de contratación a honorarios,
únicamente a las funciones de asesoría y consultoría, definiendo como único modo de contratación por parte del Estado
para el cumplimiento de sus funciones permanentes, las condiciones generales del empleo público.
Nuestra demanda se extiende a aquellos trabajadores/as que se desempeñan en programas u otras figuras
presupuestarias, ya que la evidencia demuestra que, en su gran mayoría, no se trata de funciones esporádicas, ni
acotadas, sino de funciones permanentes de las instituciones que persisten bajo estas figuras. Demandamos también la
regularización de estos/as trabajadores/as en las mismas condiciones mencionadas anteriormente.
Incluso en el caso en que el Estado defina el desarrollo de iniciativas de carácter no permanente, demandamos que se
garanticen condiciones de contratación que aseguren a los/as trabajadores/as derechos sociales y laborales plenos. No
7 / 19
8. existe razón para que el Estado mantenga a miles de ellos en condiciones de precariedad, o sujetos a contratos de
honorarios de mejor o peor calidad, dependiendo de la voluntad de cada institución.
Finalmente, la Mesa del Sector Público estima necesario regular, en función de restringir y acotar, las funciones que el
Estado puede licitar para que sean desarrolladas por empresas privadas, excluyendo expresamente todo ejercicio de
función pública de dicho ámbito. En el intertanto, y ante situaciones reiteradas y evidentes de incumplimiento de
derechos laborales y sindicales por parte de empresas que licitan con el Estado, demandamos que en las labores que el
Estado licita se modifiquen los marcos vigentes de la Ley de Compras Públicas para garantizar que los/as
trabajadores/as que cumplan dichas funciones cuenten con condiciones dignas de trabajo y salarios decentes. Las
normas de control actualmente vigentes establecen mínimos insuficientes sobre esta materia, restringidos
prácticamente al cumplimiento de las obligaciones previsionales y a la exclusión de empresas condenadas por
vulneración de derechos fundamentales, lo que constituye un estándar insuficiente.
5.2 . Estabilidad laboral.
Demandamos estabilidad laboral para el conjunto de trabajadoras y trabajadores públicos, independientemente de los
instrumentos y regímenes que regulen las relaciones contractuales en cada servicio público. Cada año, más allá de las
expresiones de buena voluntad y las definiciones políticas de los gobiernos, queda en evidencia la indefensión de los/as
funcionarios/as públicos/as ante los despidos injustificados.
Es por ello que enfatizamos nuestra demanda de modificación del sistema de empleos a contrata para establecer su
renovación automática al término de su vigencia, a menos que, con una anticipación previamente establecida en la ley,
se notifique de su no renovación, sobre la base de una resolución fundada en la plena aplicación de los mecanismos de
evaluación existentes, como únicos instrumentos para determinar la continuidad laboral y la eliminación de toda forma
de discrecionalidad en su aplicación e implementación. Esta medida transitoria e inicial, concuerda con el compromiso
del programa de gobierno que indica que “en relación al personal a contrata estudiaremos esquemas que ofrezcan
mayor estabilidad a estos trabajadores”.
Asimismo, la Mesa del Sector Público expresa su rechazo a la inestabilidad laboral generada por la Ley SEP, que afecta a
un importante y creciente número de trabajadores/as del ámbito de la educación. En consecuencia demandamos que se
modifiquen los cuerpos legales que rigen a estos/as trabajadores/as para garantizar su estabilidad laboral e impedir que
los mecanismos de financiamiento sean excusa para precarizar el trabajo de los/as trabajadores/as de la educación.
Finalmente, requerimos se tomen las medidas administrativas y legislativas necesarias en función de garantizar empleos
estables para todos/as aquella/os trabajadoras/es contratadas por Proyectos y que se desenvuelven en labores propias
y permanentes de los servicios y entidades públicas.
8 / 19
9. 5.3 . Carrera Funcionaria.
Reivindicamos el derecho a desarrollar una carrera funcionaria, entendida ésta como un sistema integral que promueva
el desarrollo y promoción de las y los funcionarios a través de su vida laboral y que permita alcanzar niveles de
excelencia y calidad de la función pública. Una carrera basada en principios de objetividad, transparencia, fluidez y
justicia, vinculados a los conceptos de trabajo decente, que significa un empleo estable, con seguridad social, con carrera
efectiva y respeto a los derechos laborales. Un carrera sustentada en sistemas de Formación, Capacitación y Certificación
de Competencias que garanticen que la inversión que realizan las instituciones llegue a los/as funcionarios/as,
asegurando su pertinencia y sujeta a mecanismos de participación en su definición e implementación.
En esta línea, valoramos los contenidos del Instructivo Presidencial sobre Buenas Prácticas Laborales en Desarrollo de las
Personas, cuyos contenidos incorporan visiones sobre la materia que compartimos. Sin embargo, y nuevamente en una
materia en que los avances de los acuerdos alcanzados ha sido insuficiente, requerimos consolidar acuerdos que
permitan que esta política de gobierno se proyecte como una Política de Estado, que cuente con un sustento legal y
administrativo que la mantenga y proyecte.
Aspiramos a que el gobierno avance significativamente en dicha materia, de conjunto con nuestras organizaciones, para
terminar con las modalidades altamente discrecionales vigentes y garantizar sistemas de carrera funcionaria para los/as
funcionarios/as públicos/as, basados en procesos conocidos y objetivos, que releven la experiencia y el mérito como
fundamento del desarrollo profesional en el Estado.
Demandamos que a partir de los acuerdos generales que se alcancen en esta materia, su implementación se realice en
espacios sectoriales de negociación que permitan asumir las particularidades de cada sector y organización
representado en la Mesa del Sector Público.
5.4 . Traspaso del personal a contrata a la calidad jurídica de planta o titular.
Exigimos el cumplimiento las normativas legales que limitan el número de funcionarios a contrata de una Institución. De
ésta forma demandamos específicamente, regularizar esta situación por la vía de incrementar los cargos de planta o
de su ingreso a la calidad de titulares, ya sea se trate de trabajadores del sector centralizado, descentralizado, municipal,
servicios traspasados o universidades estatales.
La Mesa del Sector Público valora los avances alcanzados en materia de ampliación y regularización de plantas y de
titularidad en el sector municipal, de profesores y la atención primaria de salud, así como los acuerdos en
implementación en la salud centralizada. Entendemos que esta línea de acción debe ampliarse al conjunto de los
sectores representados en la Mesa del Sector Público, para dotar al conjunto de los/as trabajadores/as del Estado de
empleos basados en titularidad.
9 / 19
10. En términos inmediatos, demandamos que en aquellas instituciones en que existen cargos de planta vacantes, se tomen
las medidas necesarias para que los ascensos y promociones pendientes se lleven a cabo, destrabando el estancamiento
de la carrera, estableciendo así la totalidad de cargos vacantes y éstos sean llamados a concurso para permitir el ingreso
de los funcionarios que hoy se encuentran en la contrata.
Demandamos que a partir de los acuerdos generales que se alcancen en esta materia, su implementación se realice en
espacios sectoriales de negociación que permitan asumir las particularidades de cada sector y organización
representado en la Mesa del Sector Público.
5.5 . Escala y estructura de remuneraciones trabajadoras/es públicos.
Solicitamos incluir en la Agenda de Trabajo Gobierno – MSP la revisión de la Estructura de Remuneraciones de las y los
trabajadoras/as públicos caracterizada por una enorme dispersión salarial, inaceptables discriminaciones,
sobrepoblación de haberes que complejizan tanto su comprensión como administración, ello con miras a converger en
una estructura de remuneraciones simplificada, que pague ingresos similares para trabajos, responsabilidades,
funciones, ambientes y calificaciones similares, accediendo a un sistema único de remuneraciones para el conjunto de los/as
Trabajadores/as del Estado.
Esta es una tarea de primera relevancia en términos de avanzar en la superación de las brechas e inequidades que se han
establecido al interior del Estado y que afectan significativamente a importantes segmentos de trabajadores/as.
VI . GARANTIZAR LOS DERECHOS SOCIALES DE LOS/AS TRABAJADORES/AS DEL ESTADO
6.1 . Un Nuevo Sistema Previsional Público, Sin Fines de Lucro, Solidario y de Reparto.
Las y los trabajadores del Sector Público hemos abogado por largos años por la instauración de un sistema previsional
de reparto, de carácter público, solidario, sin fines de lucro, de administración estatal y que garantice una tasa de
remplazo digna de a lo menos un 70%, con participación garantizada de las y los trabajadores y un rol preponderante
del Estado.
Para avanzar en este nuevo sistema previsional resulta imperioso impulsar cambios estructurales al sistema actual, que
aseguren una pensión decente para las trabajadoras y trabajadores chilenos así como una inversión de estos fondos
potenciando el desarrollo nacional en vez de alimentar el lucro de entidades especulativas tanto nacionales como
extranjeras. En consecuencia señalamos que una AFP estatal no es la solución que los trabajadores públicos
demandamos, nuestra reivindicación es terminar definitivamente con el sistema actual de capitalización individual para
instaurar un sistema de reparto que garantice a las y los trabajadores una pensión digna y justa.
Asimismo, a pesar de los compromisos adquiridos en la Negociación del año pasado, el gobierno no ha dado
cumplimiento al requerimiento de la Mesa del Sector Público de exponer y dialogar con el Comité de Ministros,
10 / 19
11. establecido por la Presidenta de la República para definir propuestas en materia previsional. Constatada la opacidad con
la finalmente la Comisión Asesora Presidencial definió sus planteamientos, y la polarización entre actores
comprometidos con la industria de las AFP, respecto de aquellos que visibilizaron las carencias del sistema, no resulta
aceptable que el gobierno vuelva a transitar por el expediente de resolver una propuesta legislativa a puerta cerrada y de
espaldas al mundo del trabajo.
Hoy, cuando la masiva Movilización Social impone en la agenda política la urgencia de transformaciones estructurales en
el ámbito previsional, las organizaciones representativas de los/as trabajadores/as del Estado vuelven a expresar esta
demanda, requiriendo al gobierno que, con máxima urgencia, abra las puertas a un debate en que se ponga en el centro
las demandas y necesidades de los/as trabajadores/as, así como las de los/as pensionados/as, por sobre la voz de los
actores empresariales que buscan mantener el uso espurio que por décadas han dado a las cotizaciones previsionales, en
beneficio de la concentración del poder y la riqueza que ha caracterizado a la sociedad chilena desde la imposición del
sistema de AFP en dictadura.
6.2 . Ampliación del Bono Postlaboral e Incentivos al Retiro.
El programa de gobierno de la Nueva Mayoría plantea que “un empleo decente debe permitir a los funcionarios de mayor
edad, retirarse dignamente de la función pública”, afirmación que recogemos y compartimos plenamente. Es claro que,
debido al daño previsional sufrido por miles de funcionarios/as públicos/as por la subcotización a la que se los sometió,
pero sobre todo por el rotundo fracaso del sistema de AFP, los/as funcionarios/as públicos/as enfrentan a la decisión de
retiro con la perspectiva cierta de reducir drásticamente sus ingresos, sino de caer en la pobreza.
En este contexto, reiteramos al gobierno nuestra demanda de que, en el marco del Acuerdo alcanzado por la Mesa del
Sector Público el año 2014, se otorgue la mayor urgencia a los procesos aún pendientes en esta materia, así como a la
tramitación legislativa de aquellos que ya se encuentran concordados por las respectivas organizaciones.
Adicionalmente, y en función de mejorar las precarias condiciones de retiro que enfrentan los/as trabajadores/as del
Estado, demandamos ampliar el Bono Postlaboral, regido por la Ley 20.305, en el entendido que se trata del único
instrumento vigente que garantiza un incremento permanente de las pensiones. Proponemos que se amplíe su
cobertura, se incremente significativamente su monto y se revisen los criterios de tasa de reemplazo que lo rigen, con
objeto de incrementar los ingresos permanentes de quienes decidan retirarse del sector público. Las condiciones de
acceso al Bono Postlaboral, en estas nuevas condiciones, deben asumir su plena compatibilidad con cualquier otro
instrumento de incentivo al retiro, atendiendo a que se trata de medida una inmediata ante la incapacidad del sistema
previsional vigente de garantizar pensiones dignas, para lo cual no es factible esperar a que las transformaciones
estructurales del sistema, a las que aspiramos, modifiquen esta realidad. Sólo de esta forma comprendemos se puede
avanzar hacia la posibilidad de los/as trabajadores/as del Estado de retirarse dignamente.
11 / 19
12. Reiteramos al gobierno la necesidad de legislar para que aquellos funcionarios/as que por situaciones no imputables a
sus decisiones hayan perdido la posibilidad de postular al Bono Postlaboral, se establezca un plazo especial de
postulación que los habilite a cumplir los requisitos, lo que hemos detectado particularmente respecto de
trabajadores/as de las Universidades Estatales y de la Atención Primaria de Salud.
En concreto, proponemos que: en cuanto a los requisitos establecidos en dicha norma, se modifique la tasa de
reemplazo líquida un 65%; se elimine la pensión de vejez líquida máxima que establece; se elimine el requisito de
tener 20 años de servicio al 5 de diciembre de 2008; en cuanto al beneficio, se incremente el bono mensual a un
monto de $120.000.
6.3 . Seguro de Cesantía.
En el marco de la implementación del Acuerdo alcanzado por la Mesa del Sector Público el año 2014, reiteramos
nuestra demanda de incorporación de los/as funcionarios/as públicos/as representados en esta negociación al Seguro
de Cesantía, en tanto se trata de un derecho laboral y social que debe tener carácter universal para todos/as los/as
trabajadores/as indistintamente del empleador o los marcos laborales que los rijan. Se trata de superar una
discriminación arbitraria que se ha mantenido hacia los/as trabajadores/as del Estado, y que los ha excluido de uno de
los componentes de la seguridad social garantizados para los/as trabajadores/as chilenos/as. El derecho al seguro de
cesantía deberá garantizarse para el conjunto de trabajadoras/es públicos ya sea que estén contratados en régimen de
planta o en calidad de contrata, y deberá operar independientemente de las causales de desvinculación, como un
derecho de protección social universalmente garantizado.
6.4 . Cuidado Infantil de cobertura universal.
Demandamos que todos los/as niños/as, de dos a cuatro años once meses, hijos/as de funcionarios/as públicos/as,
tengan el derecho a la Educación Inicial, considerando la existencia y el acceso a los jardines infantiles, ello dado que
este segmento etario de niños/as hoy no tiene asegurado este derecho fundamental.
Complementariamente, demandamos que se fortalezca la oferta institucional y pública de cuidado infantil con un plan
de inversión que asuma a protección de los/as hijos/as menores de los/as trabajadores/as del Estado que se
desempeñan en sistemas de turnos, por medio de Clubes Escolares o Centros Infantiles donde sean necesarios.
Demandamos asimismo, la ampliación del derecho a Sala Cuna para todos los funcionarios públicos, derecho que hoy
asiste a las mujeres como obligación legal, excluyendo a los hombres.
Ante la realidad de aquellos territorios más aisladas y desfavorecidas de nuestro país, en que persisten comunas que no
cuentan con oferta de cuidado infantil, demandamos legislar para que, en dichos casos, se provean medias alternativas
que garanticen la posibilidad de los/as funcionarios/as públicos de ejercer el derecho a cuidado infantil que les asiste.
12 / 19
13. En todos los casos, requerimos que se asignen o transfieran los recursos necesarios para cumplir esta demanda en los
Presupuestos de los Servicios e Instituciones, y que su provisión sea de costo estatal, de acuerdo a los principios de
Cobertura y Financiamiento de la presente negociación.
Es función de Estado velar por la fiscalización del cumplimiento de la Ley sobre el derecho a salas cunas de las
trabajadoras, bajo este marco solicitamos la implementación de salas cunas y jardines infantiles en todos aquellos
servicios públicos que aún no lo implementan. Asimismo, requerimos dar continuidad al plan de inversión para el
mejoramiento de las condiciones de las salas cunas y jardines infantiles existentes para garantizar, en todos los casos,
una atención de calidad a los/as hijos/as de los/as trabajadores/as del Estado.
6.5 . Aportes de Bienestar.
En el marco de la implementación del Acuerdo alcanzado por la Mesa del Sector Público el año 2014, los que en esta
materia han sido incumplidos por el gobierno, demandamos concordar los mecanismos para la extensión del Aporte
de Bienestar para el conjunto de los/as trabajadores/as públicos/as representados en esta negociación y cuya cobertura
fue definida anteriormente, concordando los plazos y procesos necesarios para su completa realización, instalando
definitivamente las Mesas de Trabajo sobre la materia, fijando un plazo de 3 meses, después de finalizada la negociación,
para la plena implementación de dichos acuerdos.
VII . CONDICIONES DE TRABAJO
7.1 . Asignación Técnico de nivel Superior.
Exigimos el reconocimiento de todos/as los/as funcionarios/as públicos/as con título técnico de nivel superior a través
del pago de una asignación económica, ello en mérito de la culminación de estudios técnicos post secundarios en
entidades debidamente reconocidas por el Estado, cuya duración sea de cuatro o más semestres. Se trata de una
demanda que tiene antecedentes en la ley 19.699, cuyo reconocimiento parcial constituye una discriminación que debe
ser corregida para constituir una Asignación Técnica de carácter universal, ya sea que estas trabajadoras o trabajadores
pertenezcan al sector centralizado, descentralizado, municipal, funcionarios regidos por en el artículo 2º de la ley
Nº19.464, funcionarios de la administración central de los DAEM/DEM, servicios traspasados o universidades estatales,
indistintamente del grado que ostenten.
7.2 . Asignación de Zona y Zonas Extremas.
Demandamos otorgar el carácter de imponible a las asignaciones de zona, ello con cargo al erario fiscal, dada
la relevancia en la renta que en muchas zonas alcanza, lo que redunda en un considerable menoscabo en los
13 / 19
14. ingresos al pensionarse, ello al no definirse esta asignación como imponible. Proponemos que dicha medida
sea realizada en un proceso gradual de implementación de carácter similar al desarrollado respecto de la
imponibilidad del Bono de Zonas Extremas.
Demandamos extender el beneficio de asignaciones de zona a todas y todos los trabajadores del sector
público, que laboran en localidades que generan este derecho, incorporando así a aquellos funcionarios y
funcionarias que por distintos motivos hoy no la reciben.
Demandamos homologar la base de su cálculo, respecto a las FFAA, para las trabajadoras y trabajadores de las
regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Aysén, Magallanes, las provincias de Chiloé,
Palena y las comunas de Cochamó, Isla de Pascua y Juan Fernández.
Solicitamos que el Bono Zonas Extremas, regido por la ley N°20.313, se extienda a los/as funcionarios/as de la
administración central de Educación Municipal, DAEM, DEM y a la Administración de Educación, salud y
cultura de las Corporaciones Municipales. Junto a lo anterior, requerimos que la extensión del Bono de Zonas
Extremas a los trabajadores de Atacama, así como de las comunas de Calbuco y Lonquimay, que dado su
ubicación geográfica resulta igual su aislamiento que la Isla de Chiloé. Asimismo, demandamos que para la
Provincia de Chiloé, el Bono de zonas extremas se homologue al de la provincia de Palena.
Demandamos la modificación del Bono establecido en la Ley N°20883, Art. 44, de manera que se excluya la
asignación de zona de la base de cálculo de su línea de corte, garantizando que el beneficio sea percibido por un
número mayor de funcionarios/as de las zonas extremas del país, tal como fue anunciado durante al tramitación
legislativa de la referida norma.
Finalmente, requerimos que los estudios y modificaciones de las Asignaciones y Bonificaciones de Zonas que el
gobierno ha anunciado, sean tratadas con la Mesa del Sector Público garantizando que toda implementación en
la materia cuente con la participación y acuerdo de sus organizaciones integrantes.
7.3 . Viáticos.
En el marco del avance parcial concordado en el Acuerdo alcanzado por la Mesa del Sector Público el año 2014,
volvemos a reiterar nuestra demanda en cuanto a establecer un viático único, igualando y nivelando el monto de los
viáticos al tramo más alto, eliminando la diferencia de pago entre grados, que hacen discriminatorio y desigual el pago
de esta prestación a funcionarios y funcionarias de grados inferiores. Dicho proceso de nivelación debe también
incorporar la racionalización de las diversas modalidades de viáticos parciales existentes (parcial, de faena, de
campamento, etc.) para nivelar sus montos con sus objetivos. Asimismo, reiteramos la demanda de extender el derecho
a viático para el conjunto de los/as trabajadores/as públicos. Esto en atención a que dicho pago tiene por fin compensar
las necesidades de alimentación y alojamiento de los/as funcionarios/as que se destina a desarrollar transitoriamente
14 / 19
15. funciones fuera de su lugar habitual de trabajo, ante lo que la diferenciación de monto resulta absolutamente arbitraria y
discriminatoria.
7.4 . Ampliación del Derecho a Colación de los/as funcionarios/as de los Servicios de Salud.
El artículo N°36 de la Ley N° 20.799 del 1° de Diciembre del 2014, otorga derecho a la colación a los/as funcionarios/as
de los Servicios de Salud, consignando lo siguiente: “los Establecimientos de Salud dependientes de los Servicios de
Salud, podrán proporcionar y financiar Alimentación a los funcionarios de Planta y de Contrata, que se desempeñen en
ellos, con excepción de aquellos que laboran en dependencias administrativas de los Servicios de Salud; de conformidad
a lo que establezca el reglamento”.
La instaruación de este derecho beneficia actualmente a cerca de 80.000 funcionarios/as de todas las plantas,
excluyendo lamentablemente a los/as 2.000 trabajadores/as que laboran bajo dependencia directa de los Servicios de
Salud, generando una inequidad arbitraria e incomprensible respecto de este sector.
Es por ello que demandamos la modificación de dicha ley para ampliar la cobertura a dichos funcionarios/as,
restableciendo el espíritu de los acuerdos que condujeron a la referida legislación.
7.5 . Política de Autocuidado y Entornos Saludables.
Demandamos el desarrollo de una Política Nacional de Autocuidado y Entornos Saludables que sea transversal al
conjunto de los/as trabajadores/as públicos, que promueva práctica y focalice recursos en función de que los/as
funcionarios/as públicos/as gocen de espacios de trabajo y entornos laborales que prevengan la degradación de su salud,
y su desempeño en condiciones que permitan una mayor productividad.
VIII . IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
8.1 . Política de Compatibilización de Responsabilidades Familiares y Laborales
Proponemos la instauración de una Política de Compatiblización de Responsabilidades Familiares y Laborales que eleve
los estándares sobre la materia para el conjunto de los/as trabajadores/as del Estado. Dicha política debe reflejarse en
la instauración de normas legales y administrativas que permitan que los/as funcionarios/as públicos que tengan a su
cargo niños, adultos mayores, personas con discapacidad o gravemente enfermas puedan destinar los tiempos
necesarios para su protección y cuidado. En esta dirección, se requiere avanzar en el fortalecimiento de medidas de
flexibilidad horaria, de licencias y permisos que ajusten los formatos de cumplimento de las responsabilidades laborales,
en favor de los funcionarios/as.
15 / 19
16. 8.2 . Código de Buenas Prácticas Laborales.
En el marco de la implementación del Acuerdo alcanzado por la Mesa del Sector Público el año 2014, expresamos la
necesidad de dar un marco legal obligatorio del Código de Buenas Prácticas Laborales, perfeccionado sus contenidos y
aplicación. Su implementación, bajo el formato de instructivo presidencial, tiene un importante valor para nuestras
organizaciones, sin embrago es evidente que resulta imperioso que diversas materias contenidas en el mismo, se reflejen
cabalmente en el ordenamiento jurídico, para dotar de fuerza normativa y obligatoriedad a sus mandatos.
Asimismo, requerimos la continuidad del proceso de participación de las organizaciones sindicales en la implementación
del Instructivo Presidencial, así como a que el gobierno profundice los esfuerzos para garantizar su implementación en
todas las instituciones públicas.
8.3 . Igualdad de Remuneraciones.
Relevamos la necesidad de perfeccionar la Ley Igualdad de Remuneraciones, reconociendo adecuadamente el principio
de Igualdad de Ingresos en Trabajos de Igual Valor, generando incentivos y sanciones adecuadas a la necesidad de
erradicar las brechas de ingresos entre hombres y mujeres causadas por las barreras que enfrentan las mujeres en la
sociedad para desarrollarse en igualdad de condiciones que los hombres.
8.4 . Planes de Igualdad de Oportunidades.
El Estado debe garantizar que un organismo especializado elabore, asesore y evalúe la formulación de los Planes de
Igualdad de Oportunidades (PIO) entre hombres y mujeres a todo nivel, que tenga la capacidad de proponer
modificaciones a éstos y sanciones a las empresas, servicios o instituciones que no cumplan con los planes concordados.
8.5 . Fortalecimiento de los Derechos Maternales
Demandamos que se legisle en función de garantizar los Derechos de Maternidad sin limitaciones y para todas las
trabajadoras del Estado. Particularmente, exigimos que se modifique la normativa en función de que las trabajadoras
que se encuentran sujetas a modalidades contractuales más precarias, gocen del pleno reconocimiento del Fuero
Maternal y los derechos asociados a la maternidad.
IX . LIBERTAD SINDICAL
La profundización de la Libertad Sindical y el fortalecimiento de la Negociación Colectiva son objetivos prioritarios para la
Central Unitaria de Trabajadores y las organizaciones integrantes de la Mesa del Sector Público. En ausencia de una
implementación legislativa, el Estado de Chile ha venido dando cumplimiento al Convenio 151 de la OIT por medio de
16 / 19
17. una “Práctica Nacional”, de la que somos parte integrante, cuyos alcances y formatos deben ser, sin duda, el punto de
partida para todo proceso de cambios que busque ampliar la Libertad Sindical y fortalecer la Negociación Colectiva para
los/as Trabajadores/as del Estado.
Es por ello que venimos a reiterar, en tanto actor representativo para éste diálogo, se establezcan los espacios
necesarios de trabajo con la Mesa del Sector Público, para conocer los alcances que su gobierno asigna al anuncio
sobre “institucionalización de modalidades eficaces de negociación colectiva en el sector público”, así como para
concordar un proceso de discusión que permita arribar a los acuerdos necesarios para ampliar la Libertad Sindical y
fortalecer la Negociación Colectiva para los/as Trabajadores/as del Estado, objetivos que sabemos son comunes al
gobierno y a nuestras organizaciones.
En lo inmediato, insistimos en que resulta indispensable avanzar en materias por largo tiempo discutidas y que
constituyen las reformas mínimas necesarias a la legislación vigente para eliminar las trabas vigentes al ejercicio de la
Libertad Sindical en el Sector Público:
demandamos superar las restricciones al pleno ejercicio de la Libertad Sindical, por parte de los/as
trabajadores/as del Estado, que persisten en nuestro ordenamiento jurídico, tanto a nivel constitucional, como
en los distintos cuerpos legales que rigen a la función pública.
requerimos se cumpla con la obligación que tiene el Estado de Chile de implementar los Convenios 87, 98 y 151
de la OIT, así como con las recomendaciones realizadas por los Órganos de Control de dicha institución, y
demandamos la ratificación e implementación del Convenio 154 de la OIT sobre Negociación Colectiva.
En el marco de la implementación del Acuerdo alcanzado por la Mesa del Sector Público el año 2014, reiteramos la
necesidad de avanzar en la plena incorporación de los/as trabajadores/as públicos/as al procedimiento de Tutela de
Derechos Fundamentales, para otorgar sede judicial a los/as funcionarios/as que vean vulnerados sus derechos, y
particularmente para garantizar la investigación y sanción de las Prácticas Antisindicales y el conjunto de Derechos de
Ciudadanía Laboral que dicho instrumento resguarda.
Por la Central Unitaria de Trabajadores CUT y las 15 Organizaciones que componen la Mesa de Negociación del Sector
Público.
ORGANIZACIONES FIRMANTES
1. COLEGIO DE PROFESORES A.G. JAIME GAJARDO ORELLANA
2. ANEF RAÚL DE LA PUENTE PEÑA
3. ASEMUCH OSCAR YAÑEZ POL
17 / 19