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¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD
       SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA?




  "Yo calculaba sin embargo que la imagen de tantos
  males con que estos Pueblos habían sido y aun eran
  afligidos, habría preparado el espíritu de ellos para
  abrazar con gusto a sus Heroicos Defensores. Y a la
 verdad, apenas di mis primeros pasos de este lado de
    la Cordillera que divide el Llano de los terrenos
  quebrados, limítrofes con la Provincia de Casanare,
  cuando oí resonar delante de mi las bendiciones de
  unos hombres que esperaban mis Armas con todo el
   entusiasmo de la Libertad, como un remedio a las
calamidades e infortunios que les habían llevado hasta
          el último grado de la exasperación”

                               SIMON BOLIVAR
                     Edición extraordinaria de "El Correo del Orinoco"

                                Gaceta Extraordinaria de Guayana

                           Del domingo 19 de septiembre de 1819 - 9o.
                          “Correo del Orinoco” Edición Facsimilar,
          Gerardo Rivas Moreno. Editor, Bogotá 1999, Pág. 157, edición extraordinaria.


            http://www.simon-bolivar.org/bolivar/correo_del_orinoco.html




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      “Nosotros los soldados nos convertimos en actores
     fundamentales del proceso revolucionario, y ustedes
    deben sentirse orgullosos de estar viviendo un tiempo
    en revolución y de tener las armas de una revolución”

                                 Hugo Chávez
Salutación de fin de año a los integrantes de la Fuerza Armada Bolivariana, pronunciado
    1l 28 de diciembre de 2006 desde el patio de la Academia Militar de la República
                                 Bolivariana de Venezuela




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                                INDICE

NOTA INTRODUCTORIA…………………………………………..……………………7

I – GENERALIDADES SOBRE LA SEGURIDAD SOCIAL…………….…………… 7

      DEFINICION DE LA SEGURIDAD SOCIAL…………………………………. 7

      ORIGENES…………………………………………………………………..…….. 7

II - COMPONENTES DE LA SEGURIDAD SOCIAL (SISTEMATIZACION DE LA
     PRESTACION……………………………………….……………………………… 8

III - PERTINENCIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL GÉNERO HUMANO
     INMERSO EN SOCIEDAD………..…………………………………………… 10

     LA SOCIEDAD……………………………….…………… ………………………. 10

     Características de las sociedades………………………………………………………………11

     GRUPO MILITAR COMO INTEGRANTE DE LA SOCIEDAD…………                 12

     a.-   Rol básico de las Fuerzas Armadas en la sociedad….……………………...12

     b.-   Caracterización de la Fuerza Armada Bolivariana… ………………………. 12

           Elemento histórico………………………….……………….………………………… 12

           Elemento político……………………….……………………………………………….15

IV – APROXIMACIÓNES……………….…………………………………………….. 17

V - DERECHO COMPARADO………….……………………………………………… 18

     NORMAS SOBRE SEGURIDAD SOCIAL EN LAS FUERZAS ARMADAS DE
     VARIOS PAISES IBEROAMERICANOS……………………………………… 18

VI - BREVE RECORRIDO HISTORICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA
    FUERZA ARMADA……………………………….……………………………….. 26

VII – CONCLUSION………………………………….……………….......................29

BIOGRAFIA…………………………………….……………………...………………...31


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      ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL
RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA
         LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA?




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                            NOTA INTRODUCTORIA


       Venezuela vive un proceso histórico de transformación de su modelo político
y social, ésta transformación comenzó con la promulgación de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela en el año 1999, aprobada por el Pueblo
Venezolano mediante referendo; siendo “la Refundación de la República”, el medio
idóneo para lograr el cambio y la transformación de las instituciones a fin de
adecuarlas al nuevo Estado democrático y social de Derecho y de Justicia.

       La Fuerza Armada Bolivariana, heredera del “Ejército Libertador”, se ha
venido ajustando al modelo político contenido en la Constitución, que en su
artículo 328 diseña una Fuerza Armada, caracterizada por la Unidad y por el
Servicio exclusivo a la Nación, es decir, a los Supremos Intereses del Pueblo
Venezolano, comprometida con la integración Latinoamérica y bajo la inspiración
de la Doctrina de “Simón Bolívar”, el Libertador; hacia esa nueva fuerza armada
estamos transitando. En ese nuevo modelo de Estado contenido en la Constitución
Bolivariana, la Fuerza Armada Bolivariana constituye un bastión y está llamada a
ser actor protagónico del proceso de cambio que hoy vive la República.

       La Ley Habilitante constituye el instrumento político que permitirá a la
Fuerza Armada Bolivariana avanzar en dirección de las transformaciones que vive
la república; dentro del producto de la Ley Habilitante, subyace la norma
relacionada con el bienestar de sus integrantes, lo cual constituye un elemento
vital para el pueblo en uniforme, como lo es su estado de bienestar para el
cumplimiento de su misión dentro del nuevo modelo político.

       El presente documento realiza una aproximación que procura ratificar el
espíritu del constituyente del año 99, el cual, sin lugar a dudas, en reconocimiento
de las circunstancias que aquí se desarrollan, elevó a rango constitucional el
“REGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA
NACIONAL”, que se encontraba disperso a través del tiempo en un sin número de
normas jurídicas que son constancia de la existencia previa de dicho régimen
especial.




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¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD
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        Para afianzar la existencia del régimen de seguridad social integral propio de
la Fuerza Armada Bolivariana de Venezuela, se deben apreciar las diferentes
variables que de una u otra forma inciden en la conformación del sistema nacional
de seguridad social de la República. Considerando tales variables, se desarrolló una
metodología de investigación documental con un método deductivo, práctico y
sencillo que aportó las conclusiones para fortalecer el diseño actual y mejorarlo
buscando el modelo viable con fundamento en el marco histórico, filosófico,
político, social, ético y pragmático, en cual se haya inmersa la sociedad venezolana
hoy día, como efecto de la transformación del modelo capitalista hacia un modelo
socialista de muy particulares características, denominado “Socialismo del siglo
XXI”.

I – GENERALIDADES SOBRE LA SEGURIDAD SOCIAL.

DEFINICION DE LA SEGURIDAD SOCIAL

        Seguridad Social, es el conjunto de medidas previsivas que conducen a
garantizar a los habitantes de un país los diversos medios para lograr las
condiciones mínimas de salud, educación y recreación necesarias al hombre
civilizado y las providencias contra una serie de riesgos inherentes a la vida
moderna, tales como, el desempleo, la enfermedad profesional o de otro origen, la
invalidez total o parcial, la ancianidad, la educación y los derivados de la muerte
del jefe de familia. (Tomado de la Tesis de grado para optar al Titulo de Magíster
en Seguridad Social de la UCV del Cnel (Ej) Reinaldo Zerpa Torres, año 1982.

ORIGENES

        Los orígenes de la Seguridad Social se remontan a la Edad Media (período
comprendido entre los siglos V y XV después de Cristo), con el Cristianismo.
Movimiento considerado como precursor de la asistencia médica de los enfermos y
de la ayuda humana a los necesitados, basándose en el sentimiento de caridad
cristiana que caracterizó la época de la Edad Media.

       A finales de dicho período comienzan a surgir manifestaciones laicas de
ayuda mutua. Entre estas manifestaciones están las primitivas corporaciones
conocidas como GUILDAS que constituyeron una institución medieval, cuya
existencia es indiscutible para el siglo IX, y para el siglo XI las Guildas ya son
asociaciones, aunque con tinte religioso, pero gremiales. Las GUILDAS alcanzaron
un gran desarrollo en la Edad Media, y constituyeron la forma característica del
Seguro en aquella etapa de la Historia. Las Guildas fueron, prácticamente,
mutualidades de personas que se unían para indemnizarse solidariamente de las
pérdidas que pudieran sufrir en sus propiedades. Hay ya un principio de interés
común, que es la fuerza motriz de estas asociaciones: la inseguridad de todos. En


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la Edad Media había "guildas" para costar gastos funerarios, cubrir perjuicios por
robo, incendio, granizo, para auxiliar a los enfermos incurables, y en general, para
indemnizar a sus asociados de los muchos riesgos que surgían cotidianamente.

II - COMPONENTES DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Sistematización de la
acción protectora)

       La Seguridad Social ha jugado un papel trascendental a lo largo de la
historia. Éste es un mecanismo destinado a proteger integralmente a los
habitantes de un país a través de prestaciones de dinero, atención médica y otros
beneficios. Pero al mismo tiempo, como mecanismo social, institucionalizado desde
distintos organismos, ha adquirido distintas expresiones a través de la historia
contemporánea, reciente algunas de las cuales tienen explicación propia.

       Según Cabanellas (1998) la Seguridad Social es un concepto que se separa
en dos vertientes: El de Seguridad y el de lo Social. El de Seguridad, sumamente
amplio que abarca las ideas de exención, peligro, daño o mal, así como también
las ideas de confianza y garantía; mientras que el de lo Social abarca en la
actualidad a toda la sociedad.

        En la época contemporánea se han suscitado acontecimientos sociales,
políticos y jurídicos que han incidido sobre la creación de la idea de Seguridad
Social. Paralelamente, con la aparición de la Seguridad Social han existido un
conjunto de factores sociales y políticos que han aparecido en el decurso de la
historia de la humanidad derivados de la Revolución Industrial y de la Revolución
Francesa que han influido en el surgimiento del Estado Social o Estado de
Bienestar. Dichos conceptos en los albores del nacimiento de la República, Simón
Bolívar importó directamente de los textos nacidos de la Revolución Francesa en su
recorrido por el viejo continente y que hoy día fueron recuperados en el texto
constitucional (Art. 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela)

      La Seguridad Social, es el antecedente de la existencia del Estado de
Bienestar.

       La constitución de la República Bolivariana de Venezuela sin la intención de
delimitar el alcance de la seguridad social, elabora una lista a titulo enunciativo de
los elementos que constituyen la acción protectora de la Seguridad Social, a saber:

Salud,
Protección en contingencias de maternidad,
Paternidad,
Enfermedad,
Invalidez,
Enfermedades catastróficas,


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Discapacidad,
Necesidades especiales,
Riesgos laborales,
Pérdida de empleo,
Desempleo,
Vejez,
Viudedad,
Orfandad,
Vivienda,
Cargas derivadas de la vida familiar y
Cualquier otra circunstancia de previsión social

     En ese mismo orden de idea, la Constitución caracteriza la seguridad social
de la siguiente forma: “… un sistema de seguridad social universal,
integral,…, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas
o indirectas...”

       De lo anterior se desprende que el espíritu de la Constitución apunta al
desarrollo de la seguridad social dentro de un sistema universal que logre integrar
los diferentes elementos de la Seguridad social, es decir los que refieren la acción
protectora propiamente dicha, la coexistencia de regimenes de prestación de
beneficios (Entendiéndose como régimen al conjunto de normas que gobiernan o
rigen una cosa o una actividad.), agrupados de acuerdo a su naturaleza, como
pudiera mencionarse el de salud, de pensiones y otros.

        Desde otra arista se integran al sistema, aquellos otros elementos que si
bien aún no están regulados expresamente, se infiere del mismo texto
constitucional que el sistema debe concretar su integración, como es lo relativo a
la solidaridad del financiamiento, la no exclusión de la protección de la personas
por la ausencia de la capacidad contributiva. De manera que estaríamos hablando
de un régimen contributivo y otro no contributivo, el primero de ellos, a los efectos
de prestaciones contributivas están incluidos en el Sistema de la Seguridad Social
todos los ciudadanos que residan o se encuentren legalmente en Venezuela,
cualquiera que sea su sexo, estado civil, profesión u oficio y ejerzan normalmente
su actividad en territorio nacional y que solidariamente coticen al sistema; el
régimen no contributivo se refiere a todos los ciudadanos que residen o se
encuentren legalmente en Venezuela cualquiera que sea su sexo, estado civil y que
no tengan capacidad contributiva y por ende no lo hagan.

       Nótese como el Estado buscando la eficiencia de la acción protectora tiende
a sistematizar la seguridad social estructurándolo en regimenes separados.




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III - PERTINENCIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL GÉNERO HUMANO
     INMERSO EN SOCIEDAD

       El Estado de Bienestar o Estado Social de Derecho está destinado a la
materialización de los derechos humanos y especialmente de los derechos
económicos, sociales y culturales que tienen un rango de normas internacionales y
constitucionalmente se encuentran consagrados en las Cartas Políticas de las
Naciones; y para el aseguramiento de los derechos económicos, sociales y
culturales, el Estado tiene que someterse al principio de legalidad y servirse de
elementos como la planificación, el desarrollo organizacional, la eficacia, eficiencia
y efectividad en la gestión publica; la Seguridad Social, tiene la función de hacer
operativa la Política Social del Estado, a través de un sistema que permita
eficientemente, otorgar los beneficios económicos a la población del país sin
exclusión.

      De manera que resulta evidente la congruencia para el genero humano la
coherencia y coordinación de las políticas sociales y económicas, con la finalidad
de dar prioridad a la Seguridad Social, desde el punto de vista integral

LA SOCIEDAD

       El hombre es un ser social que está inmerso en la sociedad, desde que nace
hasta que muere. Pero resulta difícil dar una definición exacta de la sociedad, en
tal sentido se citan definiciones extraídas de algunos diccionarios:

Sociedad. (Del lat. sociĕtas,-ātis). f. Reunión mayor o menor de personas, familias,
pueblos o naciones. || 2. Agrupación natural o pactada de personas, que
constituyen unidad distinta de cada uno de sus individuos, con el fin de cumplir,
mediante la mutua cooperación, todos o alguno de los fines de la vida. DRAE

"Reunión permanente de personas, pueblos o naciones que conviven y se
relacionan bajo unas leyes comunes.” DICCIONARIO ILUSTRADO DEL CONOCIMIENTO
NORMA,

"Agrupación de individuos con el fin de cumplir las finalidades de la vida mediante
la cooperación mutua" LAROUSE,

"Es un gran número de seres humanos que obran conjuntamente para satisfacer
sus necesidades sociales y que comparten una cultura común" Diccionario de la
lengua española

"Sistema o conjunto de relaciones que se establecen entre los individuos y grupos
con la finalidad de constituir cierto tipo de colectividad, estructurada en campos
definidos de actuación en los que se regulan los procesos de pertenencia,


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adaptación, participación, comportamiento, autoridad, burocracia, conflicto y otros"
Fichter.

Características de las sociedades:

a)      "Las personas de una sociedad constituyen una unidad demográfica, es
decir, pueden considerarse como una población total"

b)     "La sociedad existe dentro de una zona geográfica común"

c)      "La sociedad está constituida por grandes grupos que se diferencian entre sí
por su función social". Función social, en su sentido más estricto, papel que
desempeñan los individuos o grupos en el seno de una sociedad. En toda
colectividad existe la división de funciones entre personas o grupos, de modo que
cada cual realice una contribución específica al conjunto de la sociedad.

d)     "La sociedad se compone de grupos de personas que tienen una cultura
semejante" Estructura social, conjunto de formas en que grupos e individuos se
organizan y relacionan entre sí y con los distintos ámbitos de una sociedad. En
sociología, la estructura es un instrumento para analizar la realidad social. Ocupan
en ella un lugar especial y propio en el que actúan con vistas a un fin común.

e)    "La sociedad debe poderse reconocer como una unidad que funciona en
todas partes"

f)     "Finalmente, la sociedad debe poderse reconocer como unidad social
separada"

       A manera de conclusión en cuanto al punto se refiere, se señala que
sociedad tiene que ver con: "Un gran número de seres humanos que obran
conjuntamente para satisfacer sus necesidades sociales y que comparten una
cultura común".

       Que constituye una unidad demográfica, y existe dentro de una zona
geográfica común, constituida por grupos humanos que se diferencian entre sí por
la función social que prestan, se compone de grupos de personas que tienen una
cultura semejante, así mismo debe poderse reconocer como una unidad que
funciona en todas partes, y reconocerse como unidad social separada.

       Que por estructura social entendemos: el orden u organización por la cual
los miembros de una sociedad ocupan en ella un lugar particular y propio en el que
actúan con vistas a un fin común.




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        Que por función social entendemos: lo que la sociedad por grupo social,
está llamada a realizar para el bien de las personas, y que algunas funciones son
genéricas y otras específicas.

       Las sociedades equilibradas se distinguen entre sí más por sus diferentes
culturas que por sus diferentes estructuras o funciones, independientemente de la
particularidad de las funciones de cada grupo.

       Los elementos que integran el sistema sociedad, son subsistemas
interdependientes, que cumplen funciones sociales necesarias para el
funcionamiento, regularidad y estabilidad de todo el sistema. Cada subsistema
cumple una función.

GRUPO MILITAR COMO INTEGRANTE DE LA SOCIEDAD

a.-     Rol básico de las Fuerzas Armadas en la sociedad

       El rol primordial de toda fuerza armada en sociedad está relacionado
estrechamente con su principal función en la misma y ella, como se recoge en el
documento ¿Cuál es la Misión de las Fuerzas Armadas? Anexo 1, tomado de la
pagina electrónica: http://www.resdal.org/atlas/atlas-fuerzas-a.html, el día 28 de
febrero 2007 (Red de seguridad y defensa de América latina), que hace mención a
las misiones de las diferentes Fuerzas Armadas de Latinoamérica; se observa que
el patrón común, no es otro que el que tiene que ver con la administración de la
violencia, el uso de las armas y demás afines con la finalidad de generar
seguridad, bienestar y paz, como producto del grupo en y para sus sociedades.

b.-     Caracterización de la Fuerza Armada Bolivariana

      Pretendiendo elaborar una aproximación a la caracterización de la Fuerza
Armada Bolivariana, es imprescindible echar mano al elemento histórico y con él
abordar el elemento político.

        Elemento histórico

     Para hacer mención del elemento histórico y con la intención de evitar obviar
algún detalle, se va utilizar como referencia las conclusiones aportadas por
LÓPEZ SÁNCHEZ, ROBERTO en Laureano Vallenilla Lanz y la guerra de
independencia venezolana, Universidad del Zulia. Facultad Experimental de
Ciencias, Departamento de Ciencias Humanas, Maracaibo, Venezuela
cruzcarrillo2001@yahoo.com, publicado en la Revista de Artes y Humanidades
UNICA Año 6 Nº 12 / Enero-Abril 2005, pp. 39 – 64 Universidad Católica Cecilio
Acosta ISSN: 1317-102X. El autor de dicho artículo, realiza un análisis crítico de la



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obra de Laureano Vallenilla Lanz y su apreciación de la guerra de independencia
venezolana, haciendo abstracción del interés político del citado por él y señala:


      “La idea central que expone Vallenilla consiste en caracterizar
      a la Guerra de Independencia venezolana como una guerra
      civil, una explosión social, una rebelión popular cuyas
      consecuencias en la estructura socioeconómica y los
      regímenes políticos serán determinantes durante el siguiente
      siglo. La independencia abrió las compuertas a un proceso de
      participación política por parte de sectores sociales que
      Vallenilla ubica como pertenecientes a un nivel inferior de
      "civilización". Esa caracterización de los llaneros obviamente
      no la compartimos, y ponemos en duda que alguien defienda
      semejantes ideas en la actualidad. Por ello no hacemos
      particular énfasis en refutarla. Ya otros la han refutado en el
      pasado.
      Lo que valoramos en la obra de Vallenilla es su énfasis en los
      cambios sociales que se produjeron debido a la forma
      particular como se desarrolló nuestra guerra de
      independencia. Aunque el autor parte de considerar a las
      masas populares como poseedoras de las más bajas pasiones,
      promotores de la anarquía social y de multitud de actos de
      bandidaje -reconociendo, no obstante, que la valentía de estos
      hombres en el combate fue la causa principal del triunfo
      militar de los ejércitos patriotas-, el destacar esta
      circunstancia nos permite las herramientas para entender
      realmente el proceso histórico venezolano.
        La fatalidad que Vallenilla entiende en la implantación
      igualitarista surgida de la independencia, es en realidad una
      circunstancia favorable, una consecuencia que ha permitido
      sostener     en   Venezuela     principios   democráticos     de
      participación popular que no se han desarrollado en el resto
      de países de América Latina. El carácter popular de nuestras
      fuerzas armadas, por ejemplo, en las cuales un ciudadano
      nacido en el barrio más humilde del pueblo más apartado
      puede llegar a ser General de División o Ministro de la
      Defensa, es evidentemente una virtud democrática, que países
      como Argentina, Chile o Colombia no poseen. Y ese carácter
      popular proviene exclusivamente de esa insurgencia popular
      ocurrida en la guerra de independencia y que, en los hechos,
      continuó durante buena parte del siglo XIX. La debilidad de
      los prejuicios y discriminaciones raciales en la escena política



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      venezolana también es una consecuencia directa de la guerra
      social del siglo XIX.
        La guerra de independencia fue una guerra civil. Esa es la
      conclusión que hace pasar a la posteridad a Laureano
      Vallenilla Lanz. Aunque tengamos que ubicarlo en el campo de
      los enemigos del pueblo, lo acertado de su análisis histórico
      refuta los velos ideológicos de una historiografía burguesa
      que ve en el proceso emancipador simplemente una lucha
      entre patriotas y realistas. Vallenilla nos hace ver que los
      realistas (Boves) eran en cuanto a composición e intereses en
      la lucha, tan venezolanos como los patriotas que seguían a
      Bolívar, y que había multitud de realistas en los pretendidos
      patriotas que terminan dirigiendo la República a partir de
      1830, usurpando los beneficios de una independencia a la cual
      no sólo no contribuyeron, sino que se opusieron por todos los
      medios posibles. Es el análisis profundo de un proceso
      complejo.
        La tesis del Gendarme Necesario es la conclusión lógica de
      quién está tratando de resolver el problema del poder desde la
      perspectiva de la clase dominante en lo económico y político.
      Por supuesto, no es ninguna disculpa. Es simplemente la
      comprensión de los intereses de clase que se manifiestan en la
      obra de cualquier historiador. Al pueblo insurrecto sólo puede
      controlarlo, mediante la mano dura, alguien que provenga del
      mismo pueblo, un caudillo popular y militar que enrumbe el
      país. No es simplemente la justificación de la dictadura
      gomecista; es la explicación de lo acontecido en Venezuela
      desde Páez hasta Castro. Es el reconocimiento de la quiebra
      de la estructura de dominación que existía durante la Colonia,
      y de la inexistencia de una sólida clase dominante capaz de
      consolidar su poder.
        El gendarme de Vallenilla no es un representante de las
      refinadas elites descendientes de los mantuanos coloniales; es
      un hombre de pueblo, semianalfabeto (por lo menos al inicio
      de su carrera política), de considerables éxitos militares,
      capaz de controlar a los "bárbaros" porque proviene de ellos y
      los conoce perfectamente.
        El gendarme -a la luz de los acontecimientos posteriores- no
      explica solamente el pasado, no es simplemente José Antonio
      Páez o Juan Vicente Gómez. Es también Marcos Pérez
      Jiménez, y Pedro Carmona Estanga. Es la recurrente necesidad
      de la burguesía internacional de recurrir a la dictadura para
      impedir, una vez más, que la gesta justiciera de Boves, de
      Páez o de Zamora, recorra el territorio venezolano.


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       Es el miedo a que se haga realidad la pardocracia, término
      que -traducido al siglo XXI- no es más que revolución
      popular.” (Resaltado nuestro.)

     Ante la claridad del autor del artículo, no queda más que ratificar, que así
como el estrato popular del ejército libertador permitió una liberación igualitaria
(hasta 1830), la esencia y sustancia popular de la Fuerza Armada Bolivariana
digna heredera del Ejercito Libertador, permitió a la republica reasumir el sendero
de justicia igualitaria secuestrado ya en varias oportunidades desde 1830.

Elemento político

   Con ocasión a los cambios políticos experimentados en Venezuela el año 1999,
la Fuerza Armada asumió constitucionalmente nuevas caracterizaciones
enmarcadas en rol político social que sus miembros reasumían en reconocimiento
de sus antecedentes históricos, tales caracterizaciones están recogidas en el Titulo
VII “De la Seguridad de La Nación, Capitulo III De la Fuerza Armada Nacional”,
que modeló a la Institución militar en los términos siguientes:

     1. Institución esencialmente profesional, sin militancia política.
     2. Organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la
         Nación y asegurar la integridad del espacio geográfico. (Misión)
     3. La defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y
         la participación activa en el desarrollo nacional, son medios para cumplir la
         misión.
     4. La responsabilidad de la planificación, ejecución y control de las operaciones
         militares requeridas para asegurar la defensa de la Nación.
     5. La conducción de las operaciones exigidas para el mantenimiento del orden
         interno del país.
     6. En el cumplimiento de sus funciones, está al servicio exclusivo de la Nación
         y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna.
     7. Sus pilares fundamentales son la disciplina, la obediencia y la subordinación.
     8. Integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional, que
         funcionan de manera integral dentro del marco de su competencia para el
         cumplimiento de su misión.
     9. Con un régimen de seguridad social integral propio, según lo establezca su
         respectiva ley orgánica.
     10. Ejerce actividades de policía administrativa y de investigación penal que le
         atribuye la ley.
     11. Los o las integrantes de la Fuerza Armada Nacional en situación de actividad
         tienen derecho al sufragio.
     12. Los ascensos militares son competencia exclusiva de la Fuerza Armada.




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              “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD
        SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA?

     13. Reglamenta y controla la fabricación, importación, exportación,
         almacenamiento, tránsito, registro, control, inspección, comercio, posesión y
         uso de otras armas, municiones y explosivos.

    Este enfoque constitucional actual de la Fuerza Armada Nacional,
definitivamente reconoce el rol que la misma ha desempeñado a través de la
historia, como actor social de primer orden en el tránsito de la República de
democracias representativas a participativas, buscando retomar nuevos escenarios
igualitarios. A lo largo de todo estos acontecimientos la Fuerza Armada Bolivariana,
ha vivido un proceso de transformación en el que la profesionalización se ha
sumado como un factor influyente en su quehacer institucional con impacto social
tal, que abrió la oportunidad de un replanteamiento ideológico mediante el debate
la discusión y la incorporación de enfoques y teorías, que movilizaron el
pensamiento critico y comprometido de la gran mayoría de sus integrantes a
partir de mediados de la década de los años setenta. De tal forma que se puede
inferir que la Fuerza Armada Bolivariana, al igual que el país nacional, se encuentra
en las mejores condiciones para asumir la transición política que estamos viviendo,
más aún, con los nuevos riesgos externos e internos que se presentan y que la
misma Constitución devela cuando desarrolla en su artículo 326 el principio de la
Corresponsabilidad de la Seguridad de la Nación, en los siguientes términos:

      Artículo 326. °
      La seguridad de la Nación se fundamenta en la
      corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil, para dar
      cumplimiento a los principios de independencia, democracia,
      igualdad, paz, libertad, justicia, solidaridad, promoción y
      conservación ambiental y afirmación de los derechos
      humanos, así como en la satisfacción progresiva de las
      necesidades individuales y colectivas de los venezolanos y
      venezolanas, sobre las bases de un desarrollo sustentable y
      productivo de plena cobertura para la comunidad nacional. El
      principio de la corresponsabilidad se ejerce sobre los ámbitos
      económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y
      militar.

     Proyectándonos al futuro, es evidente que el devenir político apunta al
compartimiento del rol militar primordial en toda sociedad, en lo que a la defensa
de la nación se refiere, por el pueblo uniformado (Fuerza Armada Bolivariana)
para combatir las agresiones externas e internas desde los primeros momentos y
con el pueblo sin uniforme (Reserva, Guardia territorial, Pueblo en general), el
tiempo que sea necesario, bajo cualquier circunstancia, hasta alcanzar la victoria.




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              “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD
        SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA?

IV - APROXIMACIÓNES:

1. Los sistemas de seguridad social, independientemente del modelo político del
   Estado, se han venido estructurando a través de la historia para prestar más
   eficientemente la acción protectora a sus nacionales, universalizados y
   sistematizados mediante regimenes autónomos integrados entre si, entre otros
   por los siguientes:
   Regimenes prestacionales de acuerdo al tipo de prestación;
   Regimenes contributivos;
   Regimenes no contributivos;
   Regimenes generales;
   Regimenes especiales, de acuerdo al grupo social.

2. La Fuerza Armada posee caracteres que la ubican dentro de cualquier sociedad,
   en el liderazgo de la protección de lo que representa para tales sociedades, el
   fundamento de su existencia, como resulta ser la permanencia a través del
   tiempo, mediante el mantenimiento del Estado, garantizando su independencia
   y soberanía, la integración del territorio y la protección interna de sus
   integrantes.
3. Las mismas sociedades, han entendido que para que la Fuerza Armada asuma
   tal liderazgo, requiere condiciones especiales, como actualmente se encuentran
   desarrolladas en nuestra constitución:

     Sin militancia política.
     En el cumplimiento de sus funciones, está al servicio exclusivo de la Nación.
     Sus pilares fundamentales son la disciplina, la obediencia y la subordinación.

4. El liderazgo y condiciones de alguna forma influyen naturalmente a los
   miembros de la sociedad venezolana, que forman parte del grupo social de la
   Fuerza Armada, entre otros aspectos se mencionan:

        La profesión militar implica un riesgo de vida cierto y permanente, que
     pocas actividades poseen.

         La exclusividad de la profesión militar al servicio del Estado, limita al militar
     el desarrollo personal en otras áreas privadas.

         Otro aspecto típico de la profesión militar, que cabe destacar, es la edad
     máxima para el pase a situación de retiro. En virtud de las exigencias de la
     actividad militar, tanto con respecto a la integridad física como a la aptitud
     mental y sicológica, existen edades límites que implican el pase obligatorio y
     automático a situación de retiro, de aquellos que alcancen la edad impuesta en
     la legislación. Esto implica, que militares con condiciones físicas e intelectuales
     plenas, se vean obligados a abandonar la actividad en forma prematura, no


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¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD
               SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA?

            obstante, tratarse de una edad en la que es casi imposible insertarse
            nuevamente dentro del mercado laboral.

                Se produce así una situación dicotómica, obligando a ingresar en situación
            de pasividad a personas, que de acuerdo a la normativa vigente para otros
            sistemas de seguridad social, aún están en condiciones de desempeñar tareas
            en actividad civil (pública o privada), y a su vez para ingresar a éstas, se
            encuentra excedido en los parámetros cronológicos.

                Muchas veces se intentó definir el retiro militar por la vía de la analogía con
            la jubilación civil. Se puede sostener que ambos implican una cesación en la
            prestación de servicios. Sin embargo, a diferencia de la jubilación, cuya única
            consecuencia es la percepción del haber de pasividad (percepción de ingreso
            económico); en el retiro militar, el cumplimiento o no de ciertos requisitos
            genera diferentes derechos y obligaciones, entre los cuales se incluye la
            posibilidad o no, de gozar íntegramente del haber de pasividad.

       5. La Fuerza Armada Bolivariana por su origen de estrato popular, está destinada
          a seguir manteniendo el rol protagónico en los cambios políticos del Estado.

       V - DERECHO COMPARADO

            NORMAS SOBRE SEGURIDAD SOCIAL EN LAS FUERZAS ARMADAS DE
                        VARIOS PAISES IBEROAMERICANOS

                                                              ORGANOS QUE
                  NORMAS DE
                                        NORMAS DE             GESTIONAN O
                  SEGURIDAD
PAIS                                    SEGURIDAD              PRESTAN LA              BENEFICIOS
                    SOCIAL
                                      SOCIAL MILITAR           SEGURIDAD
                   NACIONAL
                                                                 SOCIAL

                1. Real Decreto       1.- El Real Decreto    El Instituto Social    Contingencias y
                Legislativo           Legislativo 1/2000,    de las Fuerzas         Prestaciones en
                1/1994, de 20 de      de 9 de junio, de la   Armadas (ISFAS) se     general:
                Junio, Texto          Ley sobre              encarga de la          Contingencias
                Refundido de la       Seguridad Social de    gestión del            Protegidas
                Ley General de        las Fuerzas            Régimen Especial      1) Asistencia Sanitaria
ESPAÑA          Seguridad Social.     Armadas.               de la Seguridad       2) Incapacidad
                                                             Social de las            temporal por: a)
                2.- Ley 24/1997,      2.- Real Decreto       Fuerzas Armadas.         Enfermedad
                del 15 de Julio, de   2330/1978, de 29                                común o
                Consolidación y       de septiembre, del                              profesional, b)
                Recomendación         Reglamento                                      Accidente común o



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            SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA?

            del Sistema de      General de la                               en actos de
            Seguridad Social.   Seguridad Social de                         servicio o como
                                las Fuerzas                                 consecuencia de
                                Armadas.                                    el.
                                                                         3) Inutilidad para el
                                3.- Instrucción                             servicio por las
                                163/2005, del 19                            mismas causas
                                de Octubre de                               anteriores.
                                2005, de la                              4) Cargas familiares
                                Secretaría General                        Prestaciones:
                                Gerente del                              1) Asistencia sanitaria
                                Instituto Social de                      2) Subsidio por
                                las Fuerzas                                 incapacidad
                                Armadas, por lo                             temporal, en el
                                que se regulan las                          caso de
                                prestaciones                                funcionarios
                                sociales del ISFAS.                         civiles.
                                                                         3) Prestaciones
                                                                            económicas y
                                                                            recuperadoras, en
                                                                            su caso, por
                                                                            inutilidad para el
                                                                            servicio, e
                                                                            indemnización por
                                                                            lesiones,
                                                                            mutilaciones o
                                                                            deformidades.
                                                                         4) Servicios Sociales.
                                                                         5) Asistencia Social.
                                                                         6) Prestaciones
                                                                            Sociales por hijo a
                                                                            cargo minusválido.
                                                                             Subsidio especial
                                                                             por maternidad
                                                                             en caso de parto
                                                                             múltiple.
            Ley 100 de 1993,    1.- Decreto Nro.      Los beneficios son  En área de salud:
            de Colombia, Ley    1794 DE 2000, por prestados por          1) El     Servicio    de
            de la Seguridad     el cual se establece medio de Entidades     sanidad inherente
            Social Integral.    el régimen salarial y Descentralizadas      a las operaciones
COLOMBIA
                                prestacional para el adscritas al Sector    militares
                                personal de           Defensa,           2) Brindar el servicio
                                soldados              denominadas:          integral de salud
                                profesionales de las                        en la enfermedad


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                 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD
        SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA?

                      Fuerzas Militares.     En el área de             general             y
                      2.- Decreto Nro.       Salud:                    maternidad, en las
                      1795 de 2000 (Del                                áreas              de
                      Sistema de Salud       Hospital Militar          promoción,
                      de las Fuerzas         Central.                  prevención,
                      Militares y de la      Que es parte el           protección,
                      Policía Nacional).     Sistema de Salud          recuperación        y
                      3.- Decreto Nro.       de las Fuerzas            rehabilitación del
                      1796 de 2000 que       Militares y de la         personal afiliado y
                      regula aspectos        Policía Nacional.         sus beneficiarios.
                      sobre                                            Asistencia médica,
                      incapacidades,         En el Aérea               quirúrgica,
                      indemnizaciones,       Pensional:                odontológica,
                      pensión por                                      hospitalaria,
                      invalidez de los       a.- Caja de Retiro        farmacéutica        y
                      miembros de la         de las Fuerzas            demás       servicios
                      Fuerza Pública.        Militares.                asistenciales      en
                      4.- Decreto Nro.       b.- Club Militar.         hospitales.
                      2070 del               c.- Caja Promotora
                      25/07/2003, por        de Vivienda Militar.    En el área Pensional:
                      medio del cual se                              Regula los derechos
                      reforma el régimen                             a las prestaciones
                      pensional propio de                            económicas, que
                      las Fuerzas                                    comprende:
                      Militares y de la
                      Policía Nacional.                             1) Asignación de
                      5.- Decreto 4433 de                              Retiro.
                      2004, por medio                               2) Pensión de
                      del cual se fija el                              invalidez y su
                      régimen pensional                                sustitución.
                      y de asignación de                            3) Pensión de
                      retiro de los                                    sobreviviente.
                      miembros de la
                      Fuerza Pública.
                      6.- Decreto Nro.
                      2192 de 2004,
                      régimen de
                      pensiones de
                      invalidez y
                      sobrevivencia del
                      personal de
                      soldados
                      profesionales de las
                      Fuerzas Militares.


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           “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD
            SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA?


                                                                              Prestaciones Básicas:
            1.- Código de        Ley Orgánica de las     COSSMIL.            1) Régimen de Salud,
            Seguridad Social.    Fuerzas Armadas         Corporación del     2) Régimen de Vejez,
            2.- Ley de           de la Nación            Seguro Social          invalidez y riesgos
            Pensiones.           (artículos 123 al       Militar, que es una    profesionales,
            3.- Ley del Seguro   125). Del Régimen       Institución Pública 3) Régimen de
            Universal Materno    Social Militar.         Descentralizada del    Sobrevivencia.
            Infantil.                                    Estado, regida por   Prestaciones
            4.- Decreto                                  ley.                 complementarias:
            Supremo Nro.                                                     1) Régimen de retiro,
BOLIVIA
            27331, del                                                       2) Régimen de capital
            31/01/2004, que                                                     asegurado y
            crea la red de                                                      muerte.
            protección social.                                                Prestaciones
                                                                              especiales:
                                                                             1) Régimen de
                                                                                vivienda.




            1.- Ley de           1.- Ley Orgánica        Instituto de         Prestaciones que
            Seguridad Social     del Ejército y          Seguridad Social de otorga:
            para los             Fuerza Aérea            las Fuerzas         1) Haber de retiro,
            servidores           Mexicanos, del          Armadas Mexicanas 2) Pensión,
            públicos del         26/12/1986.             (ISSFAM).           3) Compensación,
            Estado y             2.- Ley Orgánica de                         4) Pagas de
            Municipios, del      la Armada de                                   defunción,
            19/10/1994.          México, del                                 5) Ayuda para gastos
            2.- Ley del          30/12/2002.                                    de sepelio,
            Instituto de         3.- Ley del Instituto                       6) Fondo de Trabajo,
            Seguridad y          de Seguridad Social                         7) Fondo de Ahorro,
            Servicios Sociales   de las Fuerzas                              8) Seguro de Vida,
MEXICO
            de los               Armadas                                     9) Seguro colectivo
            Trabajadores del     Mexicanas.                                     de retiro,
            Estado, del 27 de                                                10)Venta de Casas y
            Diciembre de                                                        departamentos,
            1983.                                                            11)Ocupación
            3.- Ley General                                                     temporal de casas
            de Salud, del                                                       y departamentos,
            7/2/1984.                                                           mediante cuotas
            4.- Ley de                                                          de recuperación.
            Asistencia Social,                                               12)Prestamos


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                 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD
           SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA?

           del 2/9/2004.                                             Hipotecarios y a
                                                                     corto plazo,
                                                                  13)Tiendas, granjas y
                                                                     centros de servicio,
                                                                  14)Servicios
                                                                     Turísticos,
                                                                  15)Casas Hogar para
                                                                     retirados,
                                                                  16)Centros de
                                                                     Bienestar infantil,
                                                                  17)Servicio Funerario,
                                                                  18)Becas y Créditos
                                                                     de capacitación
                                                                     científica y
                                                                     tecnológica,
                                                                  19)Centros de
                                                                     capacitación,
                                                                     desarrollo y
                                                                     superación para
                                                                     derechohabientes,
                                                                  20)Centros deportivos
                                                                     y de recreo,
                                                                  21)Orientación Social,
                                                                  22)Servicio médico
                                                                     integral, y,
                                                                  23)Farmacias
                                                                     económicas.
           1.- Ley Nro.         1.- Ley Orgánica de   CAPREDENA   1. Cubre riesgos
           18933, del           la Caja DFL Nº 31                    durante la carrera
           12/02/1990, crea     de 1953,                             profesional
           la                   2.- Ley Nro.                         (accidentes,
           Superintendencia     18.948, de 1.990,                    enfermedades
           de Instituciones     Orgánica                             invalidantes,
           de Salud             Constitucional de                    fallecimiento en
           Previsional (Las     las Fuerzas                          actos del servicio).
CHILE      prestaciones son     Armadas.                          2. Pensión de Retiro
           otorgadas por        NOTA: En Chile                       a partir de los
           ISAPRE).             existe un sistema                    veinte años de
           2.- El 17/03/2006,   previsional propio                   servicio.
           se creo el Consejo   de las Fuerzas                    3. Préstamos
           Asesor               Armadas, que es de                   habitacionales y de
           Presidencial para    reparto con aportes                  auxilio.
           la reforma           de los militares
           previsional,         activos, de los


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               “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD
            SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA?

            mediante Decreto   pensionados y del
            Nro. 336.          Estado.
            1.- Ley de         Ley de Seguridad    Instituto de         Prestaciones que
            Seguridad Social   Social de las       Seguridad Social de concede:
            del 2001-55,       Fuerzas Armadas     las Fuerzas
            30NOV2001.                             Armadas (ISSFA). 1) Seguro de retiro,
                                                                          invalidez y muerte,
            2.- Ley de                                                 2) Seguro de
            Creación del                                                  Cesantía,
            Fondo de                                                   3) Seguro de
            Solidaridad del                                               Enfermedad y
            24/03/1995 y su                                               Maternidad,
            reglamento.                                                4) Seguro de
                                                                          Mortuoria,
                                                                       5) Seguro de Vida y
                                                                          Accidentes
ECUADOR                                                                   Profesionales, y,
                                                                       6) Fondo de Reserva.

                                                                        Otros Servicios
                                                                        Sociales que otorga:
                                                                       1) Educación,
                                                                       2) Subsistencia,
                                                                       3) Vivienda,
                                                                       4) Crédito,
                                                                       5) De funerales,
                                                                       6) Albergue,
                                                                       7) Guardería,
                                                                       8) Capacitación,
                                                                       9) Readaptación, y,
                                                                       10)Recreación.
            Ley Nro. 16.713,   Decreto Ley         El Servicio de       Prestaciones del
            del 03/09/1995,    Orgánica de las     Retiros y Pensiones SRPFFAA.
            Nuevo Régimen      Fuerzas Armadas.    de las Fuerzas       El Servicio de
            de Seguridad                           Armadas.             Seguridad Social, que
            Social.                                                     comprende:
                                                                       1. El Servicio de
URUGUAY                                                                    Viviendas,
                                                                       2. El Servicio de
                                                                           retiros y pensiones
                                                                           militares.
                                                                       3. El Servicio de
                                                                           Tutela Social.



    24
                “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD
            SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA?


            Decreto Nro. 927,   1.- Ley Orgánica de     Instituto de           Prestaciones que
            del 23/12/1996,     la Fuerza Armada        Previsión Social de    otorga el Instituto:
            Ley del Sistema     del El Salvador.        la Fuerza Armada.     1. Pensiones de
            de Ahorro para                                                        invalidez,
            Pensiones.          2.- Ley del Instituto                         2. Pensiones de
                                de Previsión Social                               retiro,
                                de la Fuerza                                  3. Pensiones de
                                Armada.                                           sobrevivientes,
                                                                              4. Fondo de retiro,
                                                                              5. Seguro de vida
                                                                                  solidario,
                                                                              6. Auxilio de Sepelio,
                                                                               Otras prestaciones:
                                                                              1. Rehabilitación-
                                                                                  centros
                                                                                  asistenciales.
                                                                              2. Indemnización-
                                                                                  subsidio.
                                                                              3. Programas adulto
                                                                                  mayor.
                                                                              4. Programas de
   EL
                                                                                  recreación.
SALVADOR
                                                                               Beneficios que otorga
                                                                               el Instituto:
                                                                              1. Préstamos
                                                                                  hipotecarios.
                                                                              2. Préstamos
                                                                                  personales.
                                                                              3. Préstamos
                                                                                  educativos.
                                                                               Otros beneficios:
                                                                                   Préstamos para
                                                                                   microempresas (a
                                                                                   los afiliados que
                                                                                   hubieren quedado
                                                                                   inválidos en actos
                                                                                   del servicio o
                                                                                   consecuencia de
                                                                                   los mismos).




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                “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD
              SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA?

              1.- Decreto Nro.    1.- Ley Constitutiva   Instituto de  Prestaciones que
              295, del 30 de      del Ejército de la     Previsión Militar.
                                                                       otorga a los afiliados:
              Octubre de 1946,    República de                        1. Jubilación,
              Ley Orgánica del    Guatemala (Titulo                   2. Prestación por
              Instituto           XI. Arts. 119 al                        retiro obligatorio,
              Guatemalteco de     134).                               3. Pensión por
              Seguridad Social.                                           invalidez o
                            2.- Ley Orgánica                              incapacidad,
          2.- Decreto Nro.  del Instituto de                          4. Seguro Dotal por
          42.2001, de la    Previsión Militar.                            jubilación con 30
          Ley de Desarrollo                                               años de servicio.
          Social.           3.- Reglamento                             Prestaciones que
                            General de                                 otorga a los
                            Prestaciones y                             beneficiarios:
GUATEMALA
                            Beneficios del                            1. Pensión por
                            instituto de                                  fallecimiento.
                            Previsión Militar.                        a. Viudez,
                                                                      b. Orfandad (hijos
                                                                          menores),
                                                                      c. Orfandad (hijos
                                                                          mayores inválidos
                                                                          e incapacitados).
                                                                      d. Para los Padres.
                                                                      2. Socorro por
                                                                          fallecimiento,
                                                                      3. Seguro Dotal por
                                                                          fallecimiento del
                                                                          afiliado en activo.
          Ley Nro. 24.241,  1.- Ley Nro.         Instituto de Ayuda    El Instituto
          del 13/10/1993,   22.919, del          Financiera para       contribuye con el
          Ley Nacional del  Instituto de Ayuda   pago de Retiros y     Estado a financiar:
          Sistema Integrado Financiera para      Pensiones Militares. 1. Los haberes de
          de Jubilaciones y pago de Retiros y                             retiro,
          Pensiones.        Pensiones Militares.                      2. Los haberes
                            2.- Decreto                                   indemnizatorios, y
                            Reglamentario de la                       3. Los haberes de
ARGENTINA
                            Ley Nro. 3.019/83,                            pensión
                            del Instituto de
                            Ayuda Financiera
                            para para pago de
                            retiros y pensiones
                            militares.




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                  “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD
          SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA?



          Ley No. 24-1979      Ley de Seguridad
CUBA      de Seguridad         Social de las
          Social.              Fuerzas Armadas
                               Revolucionarias.



          Se infiere del cuadro comparativo, la constatación que la existencia de
  autonomía en los regimenes de pasividades militares, constituyen un fenómeno
  generalizado en distintos países iberoamericanos, idependientemente del modelo
  político de estado.
          La protección especial al grupo social que tiene a su cargo la seguridad y
  defensa como función primordial de dicho grupo (Fuerzas Armadas), es evidente
  en los países consultados.

  VI - BREVE RECORRIDO HISTORICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA
      FUERZA ARMADA

         “El sistema de Gobierno más perfecto, es aquel que produce
        mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad
        social, y mayor suma de estabilidad política”… Simón Bolívar.

         En este fragmento del discurso del Libertador Simón Bolívar, pronunciado el
  15 de febrero de 1819, en el Congreso de Angostura, hoy Ciudad Bolívar,
  encontramos el ideal de un sistema de gobierno, en el cual concurren tres
  aspectos fundamentales para una sociedad, la mayor suma de felicidad, seguridad
  social y estabilidad política. Este pensamiento bolivariano es el que va estar
  presente en el modelo de sociedad que se pretendía construir y que quedó
  plasmado en los proyectos constitucionales desarrollados desde 1813 hasta 1830
  por el propio Simón Bolívar y donde encontramos por primera vez en Venezuela, la
  expresión “seguridad social”. Sin duda, tomado por el Libertador en su formación
  secular e ideológica, en el viejo continente.

        En el siglo diecinueve, se procuraba la protección de las familias de los
  llamados Patriotas, quienes morían por la libertad e independencia de la nación
  oprimida por las potencias extranjeras y por los caudillos internos. En ese tiempo
  nace también la ayuda o el paliativo incipiente al desvalído y al caído en el
  combate, pero con la particularidad que estas dadivas estaban condicionadas sólo
  por causas de la guerra.

        El 24 de abril de 1839 se promulga la Reforma a la Ley de Invalidez en la
  que se estipulan, sueldos para los militares y especialistas que se inutilicen para el


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               “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD
        SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA?

servicio y otras desgracias, como las enfermedades incurables causadas por
heridas o por efectos del servicio prestado y quien quedare totalmente inútil para
la carrera de las armas, sin poder procurarse por si mismo, la subsistencia y la de
su familia, le era cancelado el sueldo integro, sin importar el tiempo de servicio,
fuera oficial o sargento de tropa.

    Con la promulgación la Ley Especial de pensiones civiles, jubilaciones y retiros
militares, sancionada durante el régimen de Juan Vicente Gómez, se inicia el
régimen de jubilaciones y pensiones, para lo cual era necesario haber permanecido
treinta años de servicio en actividad prestados a la patria.

        El 24 de Julio de 1944 con la promulgación de la Ley Orgánica del Ejercito y
la Armada, donde se recogen las normas sobre la estructura, organización e
ingreso a la carrera de las armas, se vislumbran algunas disposiciones dispersas
que pretenden brindar ayuda y protección social al militar, lo cual se hace más
notable en el año 1947, cuando se crea todo un capitulo en la Ley de Orgánica de
las Fuerzas Armadas Nacionales, dedicado a las pensiones y a la previsión social,
no sólo del Militar visto como individuo, sino con su entorno familiar. Allí nace la
figura de la pensión de montepío, de la asignación especial por muerte y por
fallecimiento en actos del servicio, entendiéndose esta, cuando el militar cae en
combate producto de un conflicto interno o una confrontación de carácter
internacional, y que por ello recibía hasta honores, por cuenta de la nación. Se
buscaba entonces, atender las contingencias y las necesidades de los deudos del
militar.

        Mediante la referida Ley se crea también, un sistema de auxilio mutuo y de
ahorro, con un fin netamente social, destinado a brindar facilidades de préstamos,
para resolver situaciones derivadas de la vida familiar y con miras a satisfacer el
problema de la adquisición y mejoramiento de vivienda del militar y su familia. Esta
institución se denominó “Caja de Previsión Social de la Fuerza Armada”, hoy
convertida no solo en un eficiente y completo sistema de protección social, sino
que se consolidó y convirtió en el Instituto de previsión de la Institución militar,
conocido como el IPSFA.

       Se puede decir, que la seguridad y el bienestar social del militar se remonta
por los años 1819, en las luchas patrióticas organizadas con los ejércitos populares
del libertador, que se sustenta en la ayuda que estos recibían, finalizados los
combates, bienestar que posteriormente se fue ampliando, organizando y
sistematizando hasta constituirse como régimen especial de protección para la
Fuerza Armada.

       Cuando se promulga la primera Ley Orgánica de Seguridad Social de las
Fuerzas Armadas en el año 1977, se recogen e integran todas las normas que se
hallaban dispersas en otros instrumentos, relativas al Bienestar y a la seguridad


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            “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD
        SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA?

social del sector militar, se consolida el Régimen de Seguridad Social de la Fuerza
Armada, propiamente dicho. Es en esta Ley donde se crea el sistema de protección
del Cuidado Integral de la Salud, se homologan las Pensiones de cualquier
naturaleza otorgadas con anterioridad a los militares, y se incorporan otras
prestaciones a cargo del Estado, como la Asignación de Antigüedad. Se brinda
atención a todo el personal militar sin distinción alguna, oficial, suboficial, tropa,
reenganchados y guardias nacionales, estos últimos pasan a formar parte de este
sistema de protección y se les dan por abonadas las cotizaciones.

        Este Régimen de Seguridad Social de la Fuerza Armada y para la Fuerza
Armada como sistema de protección social, se ha venido perfeccionando a lo largo
de la historia, materializadas en las reformas que ha sido objeto la Ley de
Seguridad Social hasta hoy, llegando a convertirse en un sistema integral con
características muy particulares y propias, inherentes a este grupo social que le
corresponde atender, por la naturaleza del servicio y la misión que realiza el
ciudadano de uniforme, desde antes de la época de independencia, que no es otra
que la administración de la violencia y el uso de las armas en defensa de la
República. La Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela como modelo
o proyecto de país, ha diseñado una política que garantiza a toda persona sin
distinción alguna, el derecho a la seguridad social, salud, protección en
contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades
catastróficas, discapacidad y en general, en toda circunstancia de previsión social.
Para el cumplimiento de este derecho, ha creado un sistema único y universal de
seguridad social, por sistemas y regímenes prestacionales y dentro de este sistema
universal, se encuentra un régimen de seguridad social especial que es el de la
Fuerza Armada, delimitado en el artículo 328.




29
             “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD
        SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA?


VII - CONCLUSION

       La institución militar ha venido transitando un proceso de transformación,
no solo en el aspecto organizacional sino también en el aspecto social como parte
integrante y activa de la nación, todo ello producto del crecimiento y progreso
tecnológico e incluso en la nueva concepción de la guerra en esta época
contemporánea, caracterizada por la complejidad de los sistemas de armas, a ser
operados en la guerra convencional y asimétrica contra el enemigo externo e
interno. En este escenario en un supuesto de inminente confrontación bélica, más
que nunca, corresponde a la Fuerza Armada ejercer la función de defensa
juntamente con la sociedad organizada y bajo el principio de corresponsabilidad
entre el Estado y Sociedad Civil, para preservar la soberanía e integridad territorial.
Por ello, se hace necesario y en el marco del Plan Estratégico 2007 2013 el
fortalecimiento del Régimen de Seguridad Social de la Fuerza Armada.

     Como efecto del estudio y el análisis acerca del Por qué debe
mantenerse el Régimen de Seguridad Social de la Fuerza Armada, surge
una posición lógica razonada y fundamentada en el presente escrito; la misma
apunta a entender al Régimen de Seguridad Social integral y propio de la Fuerza
Armada Bolivariana, como el conjunto de normas que regulan la tutela de la
atención a las necesidades, derivadas de las contingencias sociales de los militares,
con ocasión a su condición de servicio exclusivo a la nación, proporcionándoles
protección integral, bienestar y seguridad social, para alcanzar la mayor suma de
felicidad posible, de manera que permita a la Fuerza Armada Bolivariana, el
cumplimiento de su misión, asegurar la integridad del espacio geográfico, la
independencia y la soberanía de la nación.




 Coronel Ejercito Bolivariano Rafael María Contreras Acevedo
                             CI. 4208526
Integrante de la Comisión para la revisión y culminación del Proyecto de
   Ley Orgánica de Seguridad Social de la Fuerza Armada Bolivariana
               Resolución No DG-00073 del 14 feb. 2007




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             “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD
        SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA?



BIBLIOGRAFIA

FICHTER, Joseph H., 1993, Sociología Décimo cuarta edición revisada

LÓPEZ SÁNCHEZ, Roberto, 2001, Laureano Vallenilla Lanz y la guerra de
independencia venezolana, Revista de Artes y Humanidades UNICA Año 6 Nº
12 / Enero-Abril 2005, pp. 39 – 64 Universidad Católica Cecilio Acosta ISSN: 1317-
102X.

LUENGO DUQUE, Jesús Ángel, 2004, REPERCUSIONES DE LA INVASIÓN
FRANCESA A ESPAÑA, EN LA INDEPENDENCIA DE
VENEZUELA, Revista de Historia. ISSN: 1316-1369. Año 9. Volumen 9. Nº17.

OCHOA HERNANDEZ, Haydee, 2003, Las Fuerzas Armadas en las Política
social de Venezuela, Revista Política y cultura, Departamento de Policía y
cultura, Universidad autónoma Metropolitana, Unidad Xochimilco, ISSN 0188 –
7742, México.

CASTILLO HERNAN, Domingo Irwwing y otros, 2003, Militares y la Sociedad en
Venezuela, UCAB, Caracas, Venezuela.

CATALA, José Agustín, 1999, Los proyectos constitucionales de Simón
Bolívar el Libertador 1813 – 1830, Fondo Editorial Nacional, Caracas,
Venezuela.

Salcedo González, Ana Mercedes, 2006, La Seguridad Social en la Fuerza
Armada Nacional Edición electrónica.
Texto completo en www.eumed.net/libros/2006/amsg/

Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nacionales, 14 de octubre de 1947.

Ley Orgánica de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Nacionales, 01
julio 1977.

ZERPA TORRES, Reinaldo, 1982, El Fideicomiso de Prestación de Antigüedad
como fundamento de Bienestar económico para el personal militar
profesional. Tesis de grado.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 24 de marzo de
2000.

Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social, 30 de diciembre de 2002.


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¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD
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Página electrónica http://www.resdal.org/ Red de Seguridad y defensa de América
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  • 1. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? "Yo calculaba sin embargo que la imagen de tantos males con que estos Pueblos habían sido y aun eran afligidos, habría preparado el espíritu de ellos para abrazar con gusto a sus Heroicos Defensores. Y a la verdad, apenas di mis primeros pasos de este lado de la Cordillera que divide el Llano de los terrenos quebrados, limítrofes con la Provincia de Casanare, cuando oí resonar delante de mi las bendiciones de unos hombres que esperaban mis Armas con todo el entusiasmo de la Libertad, como un remedio a las calamidades e infortunios que les habían llevado hasta el último grado de la exasperación” SIMON BOLIVAR Edición extraordinaria de "El Correo del Orinoco" Gaceta Extraordinaria de Guayana Del domingo 19 de septiembre de 1819 - 9o. “Correo del Orinoco” Edición Facsimilar, Gerardo Rivas Moreno. Editor, Bogotá 1999, Pág. 157, edición extraordinaria. http://www.simon-bolivar.org/bolivar/correo_del_orinoco.html 3 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 2. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? “Nosotros los soldados nos convertimos en actores fundamentales del proceso revolucionario, y ustedes deben sentirse orgullosos de estar viviendo un tiempo en revolución y de tener las armas de una revolución” Hugo Chávez Salutación de fin de año a los integrantes de la Fuerza Armada Bolivariana, pronunciado 1l 28 de diciembre de 2006 desde el patio de la Academia Militar de la República Bolivariana de Venezuela 4 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 3. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? INDICE NOTA INTRODUCTORIA…………………………………………..……………………7 I – GENERALIDADES SOBRE LA SEGURIDAD SOCIAL…………….…………… 7 DEFINICION DE LA SEGURIDAD SOCIAL…………………………………. 7 ORIGENES…………………………………………………………………..…….. 7 II - COMPONENTES DE LA SEGURIDAD SOCIAL (SISTEMATIZACION DE LA PRESTACION……………………………………….……………………………… 8 III - PERTINENCIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL GÉNERO HUMANO INMERSO EN SOCIEDAD………..…………………………………………… 10 LA SOCIEDAD……………………………….…………… ………………………. 10 Características de las sociedades………………………………………………………………11 GRUPO MILITAR COMO INTEGRANTE DE LA SOCIEDAD………… 12 a.- Rol básico de las Fuerzas Armadas en la sociedad….……………………...12 b.- Caracterización de la Fuerza Armada Bolivariana… ………………………. 12 Elemento histórico………………………….……………….………………………… 12 Elemento político……………………….……………………………………………….15 IV – APROXIMACIÓNES……………….…………………………………………….. 17 V - DERECHO COMPARADO………….……………………………………………… 18 NORMAS SOBRE SEGURIDAD SOCIAL EN LAS FUERZAS ARMADAS DE VARIOS PAISES IBEROAMERICANOS……………………………………… 18 VI - BREVE RECORRIDO HISTORICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA FUERZA ARMADA……………………………….……………………………….. 26 VII – CONCLUSION………………………………….……………….......................29 BIOGRAFIA…………………………………….……………………...………………...31 5 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 4. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? 6 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 5. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? NOTA INTRODUCTORIA Venezuela vive un proceso histórico de transformación de su modelo político y social, ésta transformación comenzó con la promulgación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el año 1999, aprobada por el Pueblo Venezolano mediante referendo; siendo “la Refundación de la República”, el medio idóneo para lograr el cambio y la transformación de las instituciones a fin de adecuarlas al nuevo Estado democrático y social de Derecho y de Justicia. La Fuerza Armada Bolivariana, heredera del “Ejército Libertador”, se ha venido ajustando al modelo político contenido en la Constitución, que en su artículo 328 diseña una Fuerza Armada, caracterizada por la Unidad y por el Servicio exclusivo a la Nación, es decir, a los Supremos Intereses del Pueblo Venezolano, comprometida con la integración Latinoamérica y bajo la inspiración de la Doctrina de “Simón Bolívar”, el Libertador; hacia esa nueva fuerza armada estamos transitando. En ese nuevo modelo de Estado contenido en la Constitución Bolivariana, la Fuerza Armada Bolivariana constituye un bastión y está llamada a ser actor protagónico del proceso de cambio que hoy vive la República. La Ley Habilitante constituye el instrumento político que permitirá a la Fuerza Armada Bolivariana avanzar en dirección de las transformaciones que vive la república; dentro del producto de la Ley Habilitante, subyace la norma relacionada con el bienestar de sus integrantes, lo cual constituye un elemento vital para el pueblo en uniforme, como lo es su estado de bienestar para el cumplimiento de su misión dentro del nuevo modelo político. El presente documento realiza una aproximación que procura ratificar el espíritu del constituyente del año 99, el cual, sin lugar a dudas, en reconocimiento de las circunstancias que aquí se desarrollan, elevó a rango constitucional el “REGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA NACIONAL”, que se encontraba disperso a través del tiempo en un sin número de normas jurídicas que son constancia de la existencia previa de dicho régimen especial. 7 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 6. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? Para afianzar la existencia del régimen de seguridad social integral propio de la Fuerza Armada Bolivariana de Venezuela, se deben apreciar las diferentes variables que de una u otra forma inciden en la conformación del sistema nacional de seguridad social de la República. Considerando tales variables, se desarrolló una metodología de investigación documental con un método deductivo, práctico y sencillo que aportó las conclusiones para fortalecer el diseño actual y mejorarlo buscando el modelo viable con fundamento en el marco histórico, filosófico, político, social, ético y pragmático, en cual se haya inmersa la sociedad venezolana hoy día, como efecto de la transformación del modelo capitalista hacia un modelo socialista de muy particulares características, denominado “Socialismo del siglo XXI”. I – GENERALIDADES SOBRE LA SEGURIDAD SOCIAL. DEFINICION DE LA SEGURIDAD SOCIAL Seguridad Social, es el conjunto de medidas previsivas que conducen a garantizar a los habitantes de un país los diversos medios para lograr las condiciones mínimas de salud, educación y recreación necesarias al hombre civilizado y las providencias contra una serie de riesgos inherentes a la vida moderna, tales como, el desempleo, la enfermedad profesional o de otro origen, la invalidez total o parcial, la ancianidad, la educación y los derivados de la muerte del jefe de familia. (Tomado de la Tesis de grado para optar al Titulo de Magíster en Seguridad Social de la UCV del Cnel (Ej) Reinaldo Zerpa Torres, año 1982. ORIGENES Los orígenes de la Seguridad Social se remontan a la Edad Media (período comprendido entre los siglos V y XV después de Cristo), con el Cristianismo. Movimiento considerado como precursor de la asistencia médica de los enfermos y de la ayuda humana a los necesitados, basándose en el sentimiento de caridad cristiana que caracterizó la época de la Edad Media. A finales de dicho período comienzan a surgir manifestaciones laicas de ayuda mutua. Entre estas manifestaciones están las primitivas corporaciones conocidas como GUILDAS que constituyeron una institución medieval, cuya existencia es indiscutible para el siglo IX, y para el siglo XI las Guildas ya son asociaciones, aunque con tinte religioso, pero gremiales. Las GUILDAS alcanzaron un gran desarrollo en la Edad Media, y constituyeron la forma característica del Seguro en aquella etapa de la Historia. Las Guildas fueron, prácticamente, mutualidades de personas que se unían para indemnizarse solidariamente de las pérdidas que pudieran sufrir en sus propiedades. Hay ya un principio de interés común, que es la fuerza motriz de estas asociaciones: la inseguridad de todos. En 8 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 7. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? la Edad Media había "guildas" para costar gastos funerarios, cubrir perjuicios por robo, incendio, granizo, para auxiliar a los enfermos incurables, y en general, para indemnizar a sus asociados de los muchos riesgos que surgían cotidianamente. II - COMPONENTES DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Sistematización de la acción protectora) La Seguridad Social ha jugado un papel trascendental a lo largo de la historia. Éste es un mecanismo destinado a proteger integralmente a los habitantes de un país a través de prestaciones de dinero, atención médica y otros beneficios. Pero al mismo tiempo, como mecanismo social, institucionalizado desde distintos organismos, ha adquirido distintas expresiones a través de la historia contemporánea, reciente algunas de las cuales tienen explicación propia. Según Cabanellas (1998) la Seguridad Social es un concepto que se separa en dos vertientes: El de Seguridad y el de lo Social. El de Seguridad, sumamente amplio que abarca las ideas de exención, peligro, daño o mal, así como también las ideas de confianza y garantía; mientras que el de lo Social abarca en la actualidad a toda la sociedad. En la época contemporánea se han suscitado acontecimientos sociales, políticos y jurídicos que han incidido sobre la creación de la idea de Seguridad Social. Paralelamente, con la aparición de la Seguridad Social han existido un conjunto de factores sociales y políticos que han aparecido en el decurso de la historia de la humanidad derivados de la Revolución Industrial y de la Revolución Francesa que han influido en el surgimiento del Estado Social o Estado de Bienestar. Dichos conceptos en los albores del nacimiento de la República, Simón Bolívar importó directamente de los textos nacidos de la Revolución Francesa en su recorrido por el viejo continente y que hoy día fueron recuperados en el texto constitucional (Art. 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela) La Seguridad Social, es el antecedente de la existencia del Estado de Bienestar. La constitución de la República Bolivariana de Venezuela sin la intención de delimitar el alcance de la seguridad social, elabora una lista a titulo enunciativo de los elementos que constituyen la acción protectora de la Seguridad Social, a saber: Salud, Protección en contingencias de maternidad, Paternidad, Enfermedad, Invalidez, Enfermedades catastróficas, 9 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 8. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? Discapacidad, Necesidades especiales, Riesgos laborales, Pérdida de empleo, Desempleo, Vejez, Viudedad, Orfandad, Vivienda, Cargas derivadas de la vida familiar y Cualquier otra circunstancia de previsión social En ese mismo orden de idea, la Constitución caracteriza la seguridad social de la siguiente forma: “… un sistema de seguridad social universal, integral,…, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas...” De lo anterior se desprende que el espíritu de la Constitución apunta al desarrollo de la seguridad social dentro de un sistema universal que logre integrar los diferentes elementos de la Seguridad social, es decir los que refieren la acción protectora propiamente dicha, la coexistencia de regimenes de prestación de beneficios (Entendiéndose como régimen al conjunto de normas que gobiernan o rigen una cosa o una actividad.), agrupados de acuerdo a su naturaleza, como pudiera mencionarse el de salud, de pensiones y otros. Desde otra arista se integran al sistema, aquellos otros elementos que si bien aún no están regulados expresamente, se infiere del mismo texto constitucional que el sistema debe concretar su integración, como es lo relativo a la solidaridad del financiamiento, la no exclusión de la protección de la personas por la ausencia de la capacidad contributiva. De manera que estaríamos hablando de un régimen contributivo y otro no contributivo, el primero de ellos, a los efectos de prestaciones contributivas están incluidos en el Sistema de la Seguridad Social todos los ciudadanos que residan o se encuentren legalmente en Venezuela, cualquiera que sea su sexo, estado civil, profesión u oficio y ejerzan normalmente su actividad en territorio nacional y que solidariamente coticen al sistema; el régimen no contributivo se refiere a todos los ciudadanos que residen o se encuentren legalmente en Venezuela cualquiera que sea su sexo, estado civil y que no tengan capacidad contributiva y por ende no lo hagan. Nótese como el Estado buscando la eficiencia de la acción protectora tiende a sistematizar la seguridad social estructurándolo en regimenes separados. 10 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 9. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? III - PERTINENCIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL GÉNERO HUMANO INMERSO EN SOCIEDAD El Estado de Bienestar o Estado Social de Derecho está destinado a la materialización de los derechos humanos y especialmente de los derechos económicos, sociales y culturales que tienen un rango de normas internacionales y constitucionalmente se encuentran consagrados en las Cartas Políticas de las Naciones; y para el aseguramiento de los derechos económicos, sociales y culturales, el Estado tiene que someterse al principio de legalidad y servirse de elementos como la planificación, el desarrollo organizacional, la eficacia, eficiencia y efectividad en la gestión publica; la Seguridad Social, tiene la función de hacer operativa la Política Social del Estado, a través de un sistema que permita eficientemente, otorgar los beneficios económicos a la población del país sin exclusión. De manera que resulta evidente la congruencia para el genero humano la coherencia y coordinación de las políticas sociales y económicas, con la finalidad de dar prioridad a la Seguridad Social, desde el punto de vista integral LA SOCIEDAD El hombre es un ser social que está inmerso en la sociedad, desde que nace hasta que muere. Pero resulta difícil dar una definición exacta de la sociedad, en tal sentido se citan definiciones extraídas de algunos diccionarios: Sociedad. (Del lat. sociĕtas,-ātis). f. Reunión mayor o menor de personas, familias, pueblos o naciones. || 2. Agrupación natural o pactada de personas, que constituyen unidad distinta de cada uno de sus individuos, con el fin de cumplir, mediante la mutua cooperación, todos o alguno de los fines de la vida. DRAE "Reunión permanente de personas, pueblos o naciones que conviven y se relacionan bajo unas leyes comunes.” DICCIONARIO ILUSTRADO DEL CONOCIMIENTO NORMA, "Agrupación de individuos con el fin de cumplir las finalidades de la vida mediante la cooperación mutua" LAROUSE, "Es un gran número de seres humanos que obran conjuntamente para satisfacer sus necesidades sociales y que comparten una cultura común" Diccionario de la lengua española "Sistema o conjunto de relaciones que se establecen entre los individuos y grupos con la finalidad de constituir cierto tipo de colectividad, estructurada en campos definidos de actuación en los que se regulan los procesos de pertenencia, 11 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 10. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? adaptación, participación, comportamiento, autoridad, burocracia, conflicto y otros" Fichter. Características de las sociedades: a) "Las personas de una sociedad constituyen una unidad demográfica, es decir, pueden considerarse como una población total" b) "La sociedad existe dentro de una zona geográfica común" c) "La sociedad está constituida por grandes grupos que se diferencian entre sí por su función social". Función social, en su sentido más estricto, papel que desempeñan los individuos o grupos en el seno de una sociedad. En toda colectividad existe la división de funciones entre personas o grupos, de modo que cada cual realice una contribución específica al conjunto de la sociedad. d) "La sociedad se compone de grupos de personas que tienen una cultura semejante" Estructura social, conjunto de formas en que grupos e individuos se organizan y relacionan entre sí y con los distintos ámbitos de una sociedad. En sociología, la estructura es un instrumento para analizar la realidad social. Ocupan en ella un lugar especial y propio en el que actúan con vistas a un fin común. e) "La sociedad debe poderse reconocer como una unidad que funciona en todas partes" f) "Finalmente, la sociedad debe poderse reconocer como unidad social separada" A manera de conclusión en cuanto al punto se refiere, se señala que sociedad tiene que ver con: "Un gran número de seres humanos que obran conjuntamente para satisfacer sus necesidades sociales y que comparten una cultura común". Que constituye una unidad demográfica, y existe dentro de una zona geográfica común, constituida por grupos humanos que se diferencian entre sí por la función social que prestan, se compone de grupos de personas que tienen una cultura semejante, así mismo debe poderse reconocer como una unidad que funciona en todas partes, y reconocerse como unidad social separada. Que por estructura social entendemos: el orden u organización por la cual los miembros de una sociedad ocupan en ella un lugar particular y propio en el que actúan con vistas a un fin común. 12 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 11. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? Que por función social entendemos: lo que la sociedad por grupo social, está llamada a realizar para el bien de las personas, y que algunas funciones son genéricas y otras específicas. Las sociedades equilibradas se distinguen entre sí más por sus diferentes culturas que por sus diferentes estructuras o funciones, independientemente de la particularidad de las funciones de cada grupo. Los elementos que integran el sistema sociedad, son subsistemas interdependientes, que cumplen funciones sociales necesarias para el funcionamiento, regularidad y estabilidad de todo el sistema. Cada subsistema cumple una función. GRUPO MILITAR COMO INTEGRANTE DE LA SOCIEDAD a.- Rol básico de las Fuerzas Armadas en la sociedad El rol primordial de toda fuerza armada en sociedad está relacionado estrechamente con su principal función en la misma y ella, como se recoge en el documento ¿Cuál es la Misión de las Fuerzas Armadas? Anexo 1, tomado de la pagina electrónica: http://www.resdal.org/atlas/atlas-fuerzas-a.html, el día 28 de febrero 2007 (Red de seguridad y defensa de América latina), que hace mención a las misiones de las diferentes Fuerzas Armadas de Latinoamérica; se observa que el patrón común, no es otro que el que tiene que ver con la administración de la violencia, el uso de las armas y demás afines con la finalidad de generar seguridad, bienestar y paz, como producto del grupo en y para sus sociedades. b.- Caracterización de la Fuerza Armada Bolivariana Pretendiendo elaborar una aproximación a la caracterización de la Fuerza Armada Bolivariana, es imprescindible echar mano al elemento histórico y con él abordar el elemento político. Elemento histórico Para hacer mención del elemento histórico y con la intención de evitar obviar algún detalle, se va utilizar como referencia las conclusiones aportadas por LÓPEZ SÁNCHEZ, ROBERTO en Laureano Vallenilla Lanz y la guerra de independencia venezolana, Universidad del Zulia. Facultad Experimental de Ciencias, Departamento de Ciencias Humanas, Maracaibo, Venezuela cruzcarrillo2001@yahoo.com, publicado en la Revista de Artes y Humanidades UNICA Año 6 Nº 12 / Enero-Abril 2005, pp. 39 – 64 Universidad Católica Cecilio Acosta ISSN: 1317-102X. El autor de dicho artículo, realiza un análisis crítico de la 13 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 12. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? obra de Laureano Vallenilla Lanz y su apreciación de la guerra de independencia venezolana, haciendo abstracción del interés político del citado por él y señala: “La idea central que expone Vallenilla consiste en caracterizar a la Guerra de Independencia venezolana como una guerra civil, una explosión social, una rebelión popular cuyas consecuencias en la estructura socioeconómica y los regímenes políticos serán determinantes durante el siguiente siglo. La independencia abrió las compuertas a un proceso de participación política por parte de sectores sociales que Vallenilla ubica como pertenecientes a un nivel inferior de "civilización". Esa caracterización de los llaneros obviamente no la compartimos, y ponemos en duda que alguien defienda semejantes ideas en la actualidad. Por ello no hacemos particular énfasis en refutarla. Ya otros la han refutado en el pasado. Lo que valoramos en la obra de Vallenilla es su énfasis en los cambios sociales que se produjeron debido a la forma particular como se desarrolló nuestra guerra de independencia. Aunque el autor parte de considerar a las masas populares como poseedoras de las más bajas pasiones, promotores de la anarquía social y de multitud de actos de bandidaje -reconociendo, no obstante, que la valentía de estos hombres en el combate fue la causa principal del triunfo militar de los ejércitos patriotas-, el destacar esta circunstancia nos permite las herramientas para entender realmente el proceso histórico venezolano. La fatalidad que Vallenilla entiende en la implantación igualitarista surgida de la independencia, es en realidad una circunstancia favorable, una consecuencia que ha permitido sostener en Venezuela principios democráticos de participación popular que no se han desarrollado en el resto de países de América Latina. El carácter popular de nuestras fuerzas armadas, por ejemplo, en las cuales un ciudadano nacido en el barrio más humilde del pueblo más apartado puede llegar a ser General de División o Ministro de la Defensa, es evidentemente una virtud democrática, que países como Argentina, Chile o Colombia no poseen. Y ese carácter popular proviene exclusivamente de esa insurgencia popular ocurrida en la guerra de independencia y que, en los hechos, continuó durante buena parte del siglo XIX. La debilidad de los prejuicios y discriminaciones raciales en la escena política 14 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 13. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? venezolana también es una consecuencia directa de la guerra social del siglo XIX. La guerra de independencia fue una guerra civil. Esa es la conclusión que hace pasar a la posteridad a Laureano Vallenilla Lanz. Aunque tengamos que ubicarlo en el campo de los enemigos del pueblo, lo acertado de su análisis histórico refuta los velos ideológicos de una historiografía burguesa que ve en el proceso emancipador simplemente una lucha entre patriotas y realistas. Vallenilla nos hace ver que los realistas (Boves) eran en cuanto a composición e intereses en la lucha, tan venezolanos como los patriotas que seguían a Bolívar, y que había multitud de realistas en los pretendidos patriotas que terminan dirigiendo la República a partir de 1830, usurpando los beneficios de una independencia a la cual no sólo no contribuyeron, sino que se opusieron por todos los medios posibles. Es el análisis profundo de un proceso complejo. La tesis del Gendarme Necesario es la conclusión lógica de quién está tratando de resolver el problema del poder desde la perspectiva de la clase dominante en lo económico y político. Por supuesto, no es ninguna disculpa. Es simplemente la comprensión de los intereses de clase que se manifiestan en la obra de cualquier historiador. Al pueblo insurrecto sólo puede controlarlo, mediante la mano dura, alguien que provenga del mismo pueblo, un caudillo popular y militar que enrumbe el país. No es simplemente la justificación de la dictadura gomecista; es la explicación de lo acontecido en Venezuela desde Páez hasta Castro. Es el reconocimiento de la quiebra de la estructura de dominación que existía durante la Colonia, y de la inexistencia de una sólida clase dominante capaz de consolidar su poder. El gendarme de Vallenilla no es un representante de las refinadas elites descendientes de los mantuanos coloniales; es un hombre de pueblo, semianalfabeto (por lo menos al inicio de su carrera política), de considerables éxitos militares, capaz de controlar a los "bárbaros" porque proviene de ellos y los conoce perfectamente. El gendarme -a la luz de los acontecimientos posteriores- no explica solamente el pasado, no es simplemente José Antonio Páez o Juan Vicente Gómez. Es también Marcos Pérez Jiménez, y Pedro Carmona Estanga. Es la recurrente necesidad de la burguesía internacional de recurrir a la dictadura para impedir, una vez más, que la gesta justiciera de Boves, de Páez o de Zamora, recorra el territorio venezolano. 15 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 14. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? Es el miedo a que se haga realidad la pardocracia, término que -traducido al siglo XXI- no es más que revolución popular.” (Resaltado nuestro.) Ante la claridad del autor del artículo, no queda más que ratificar, que así como el estrato popular del ejército libertador permitió una liberación igualitaria (hasta 1830), la esencia y sustancia popular de la Fuerza Armada Bolivariana digna heredera del Ejercito Libertador, permitió a la republica reasumir el sendero de justicia igualitaria secuestrado ya en varias oportunidades desde 1830. Elemento político Con ocasión a los cambios políticos experimentados en Venezuela el año 1999, la Fuerza Armada asumió constitucionalmente nuevas caracterizaciones enmarcadas en rol político social que sus miembros reasumían en reconocimiento de sus antecedentes históricos, tales caracterizaciones están recogidas en el Titulo VII “De la Seguridad de La Nación, Capitulo III De la Fuerza Armada Nacional”, que modeló a la Institución militar en los términos siguientes: 1. Institución esencialmente profesional, sin militancia política. 2. Organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la integridad del espacio geográfico. (Misión) 3. La defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional, son medios para cumplir la misión. 4. La responsabilidad de la planificación, ejecución y control de las operaciones militares requeridas para asegurar la defensa de la Nación. 5. La conducción de las operaciones exigidas para el mantenimiento del orden interno del país. 6. En el cumplimiento de sus funciones, está al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna. 7. Sus pilares fundamentales son la disciplina, la obediencia y la subordinación. 8. Integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional, que funcionan de manera integral dentro del marco de su competencia para el cumplimiento de su misión. 9. Con un régimen de seguridad social integral propio, según lo establezca su respectiva ley orgánica. 10. Ejerce actividades de policía administrativa y de investigación penal que le atribuye la ley. 11. Los o las integrantes de la Fuerza Armada Nacional en situación de actividad tienen derecho al sufragio. 12. Los ascensos militares son competencia exclusiva de la Fuerza Armada. 16 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 15. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? 13. Reglamenta y controla la fabricación, importación, exportación, almacenamiento, tránsito, registro, control, inspección, comercio, posesión y uso de otras armas, municiones y explosivos. Este enfoque constitucional actual de la Fuerza Armada Nacional, definitivamente reconoce el rol que la misma ha desempeñado a través de la historia, como actor social de primer orden en el tránsito de la República de democracias representativas a participativas, buscando retomar nuevos escenarios igualitarios. A lo largo de todo estos acontecimientos la Fuerza Armada Bolivariana, ha vivido un proceso de transformación en el que la profesionalización se ha sumado como un factor influyente en su quehacer institucional con impacto social tal, que abrió la oportunidad de un replanteamiento ideológico mediante el debate la discusión y la incorporación de enfoques y teorías, que movilizaron el pensamiento critico y comprometido de la gran mayoría de sus integrantes a partir de mediados de la década de los años setenta. De tal forma que se puede inferir que la Fuerza Armada Bolivariana, al igual que el país nacional, se encuentra en las mejores condiciones para asumir la transición política que estamos viviendo, más aún, con los nuevos riesgos externos e internos que se presentan y que la misma Constitución devela cuando desarrolla en su artículo 326 el principio de la Corresponsabilidad de la Seguridad de la Nación, en los siguientes términos: Artículo 326. ° La seguridad de la Nación se fundamenta en la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil, para dar cumplimiento a los principios de independencia, democracia, igualdad, paz, libertad, justicia, solidaridad, promoción y conservación ambiental y afirmación de los derechos humanos, así como en la satisfacción progresiva de las necesidades individuales y colectivas de los venezolanos y venezolanas, sobre las bases de un desarrollo sustentable y productivo de plena cobertura para la comunidad nacional. El principio de la corresponsabilidad se ejerce sobre los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar. Proyectándonos al futuro, es evidente que el devenir político apunta al compartimiento del rol militar primordial en toda sociedad, en lo que a la defensa de la nación se refiere, por el pueblo uniformado (Fuerza Armada Bolivariana) para combatir las agresiones externas e internas desde los primeros momentos y con el pueblo sin uniforme (Reserva, Guardia territorial, Pueblo en general), el tiempo que sea necesario, bajo cualquier circunstancia, hasta alcanzar la victoria. 17 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 16. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? IV - APROXIMACIÓNES: 1. Los sistemas de seguridad social, independientemente del modelo político del Estado, se han venido estructurando a través de la historia para prestar más eficientemente la acción protectora a sus nacionales, universalizados y sistematizados mediante regimenes autónomos integrados entre si, entre otros por los siguientes: Regimenes prestacionales de acuerdo al tipo de prestación; Regimenes contributivos; Regimenes no contributivos; Regimenes generales; Regimenes especiales, de acuerdo al grupo social. 2. La Fuerza Armada posee caracteres que la ubican dentro de cualquier sociedad, en el liderazgo de la protección de lo que representa para tales sociedades, el fundamento de su existencia, como resulta ser la permanencia a través del tiempo, mediante el mantenimiento del Estado, garantizando su independencia y soberanía, la integración del territorio y la protección interna de sus integrantes. 3. Las mismas sociedades, han entendido que para que la Fuerza Armada asuma tal liderazgo, requiere condiciones especiales, como actualmente se encuentran desarrolladas en nuestra constitución: Sin militancia política. En el cumplimiento de sus funciones, está al servicio exclusivo de la Nación. Sus pilares fundamentales son la disciplina, la obediencia y la subordinación. 4. El liderazgo y condiciones de alguna forma influyen naturalmente a los miembros de la sociedad venezolana, que forman parte del grupo social de la Fuerza Armada, entre otros aspectos se mencionan: La profesión militar implica un riesgo de vida cierto y permanente, que pocas actividades poseen. La exclusividad de la profesión militar al servicio del Estado, limita al militar el desarrollo personal en otras áreas privadas. Otro aspecto típico de la profesión militar, que cabe destacar, es la edad máxima para el pase a situación de retiro. En virtud de las exigencias de la actividad militar, tanto con respecto a la integridad física como a la aptitud mental y sicológica, existen edades límites que implican el pase obligatorio y automático a situación de retiro, de aquellos que alcancen la edad impuesta en la legislación. Esto implica, que militares con condiciones físicas e intelectuales plenas, se vean obligados a abandonar la actividad en forma prematura, no 18 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 17. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? obstante, tratarse de una edad en la que es casi imposible insertarse nuevamente dentro del mercado laboral. Se produce así una situación dicotómica, obligando a ingresar en situación de pasividad a personas, que de acuerdo a la normativa vigente para otros sistemas de seguridad social, aún están en condiciones de desempeñar tareas en actividad civil (pública o privada), y a su vez para ingresar a éstas, se encuentra excedido en los parámetros cronológicos. Muchas veces se intentó definir el retiro militar por la vía de la analogía con la jubilación civil. Se puede sostener que ambos implican una cesación en la prestación de servicios. Sin embargo, a diferencia de la jubilación, cuya única consecuencia es la percepción del haber de pasividad (percepción de ingreso económico); en el retiro militar, el cumplimiento o no de ciertos requisitos genera diferentes derechos y obligaciones, entre los cuales se incluye la posibilidad o no, de gozar íntegramente del haber de pasividad. 5. La Fuerza Armada Bolivariana por su origen de estrato popular, está destinada a seguir manteniendo el rol protagónico en los cambios políticos del Estado. V - DERECHO COMPARADO NORMAS SOBRE SEGURIDAD SOCIAL EN LAS FUERZAS ARMADAS DE VARIOS PAISES IBEROAMERICANOS ORGANOS QUE NORMAS DE NORMAS DE GESTIONAN O SEGURIDAD PAIS SEGURIDAD PRESTAN LA BENEFICIOS SOCIAL SOCIAL MILITAR SEGURIDAD NACIONAL SOCIAL 1. Real Decreto 1.- El Real Decreto El Instituto Social Contingencias y Legislativo Legislativo 1/2000, de las Fuerzas Prestaciones en 1/1994, de 20 de de 9 de junio, de la Armadas (ISFAS) se general: Junio, Texto Ley sobre encarga de la Contingencias Refundido de la Seguridad Social de gestión del Protegidas Ley General de las Fuerzas Régimen Especial 1) Asistencia Sanitaria ESPAÑA Seguridad Social. Armadas. de la Seguridad 2) Incapacidad Social de las temporal por: a) 2.- Ley 24/1997, 2.- Real Decreto Fuerzas Armadas. Enfermedad del 15 de Julio, de 2330/1978, de 29 común o Consolidación y de septiembre, del profesional, b) Recomendación Reglamento Accidente común o 19 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 18. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? del Sistema de General de la en actos de Seguridad Social. Seguridad Social de servicio o como las Fuerzas consecuencia de Armadas. el. 3) Inutilidad para el 3.- Instrucción servicio por las 163/2005, del 19 mismas causas de Octubre de anteriores. 2005, de la 4) Cargas familiares Secretaría General Prestaciones: Gerente del 1) Asistencia sanitaria Instituto Social de 2) Subsidio por las Fuerzas incapacidad Armadas, por lo temporal, en el que se regulan las caso de prestaciones funcionarios sociales del ISFAS. civiles. 3) Prestaciones económicas y recuperadoras, en su caso, por inutilidad para el servicio, e indemnización por lesiones, mutilaciones o deformidades. 4) Servicios Sociales. 5) Asistencia Social. 6) Prestaciones Sociales por hijo a cargo minusválido. Subsidio especial por maternidad en caso de parto múltiple. Ley 100 de 1993, 1.- Decreto Nro. Los beneficios son En área de salud: de Colombia, Ley 1794 DE 2000, por prestados por 1) El Servicio de de la Seguridad el cual se establece medio de Entidades sanidad inherente Social Integral. el régimen salarial y Descentralizadas a las operaciones COLOMBIA prestacional para el adscritas al Sector militares personal de Defensa, 2) Brindar el servicio soldados denominadas: integral de salud profesionales de las en la enfermedad 20 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 19. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? Fuerzas Militares. En el área de general y 2.- Decreto Nro. Salud: maternidad, en las 1795 de 2000 (Del áreas de Sistema de Salud Hospital Militar promoción, de las Fuerzas Central. prevención, Militares y de la Que es parte el protección, Policía Nacional). Sistema de Salud recuperación y 3.- Decreto Nro. de las Fuerzas rehabilitación del 1796 de 2000 que Militares y de la personal afiliado y regula aspectos Policía Nacional. sus beneficiarios. sobre Asistencia médica, incapacidades, En el Aérea quirúrgica, indemnizaciones, Pensional: odontológica, pensión por hospitalaria, invalidez de los a.- Caja de Retiro farmacéutica y miembros de la de las Fuerzas demás servicios Fuerza Pública. Militares. asistenciales en 4.- Decreto Nro. b.- Club Militar. hospitales. 2070 del c.- Caja Promotora 25/07/2003, por de Vivienda Militar. En el área Pensional: medio del cual se Regula los derechos reforma el régimen a las prestaciones pensional propio de económicas, que las Fuerzas comprende: Militares y de la Policía Nacional. 1) Asignación de 5.- Decreto 4433 de Retiro. 2004, por medio 2) Pensión de del cual se fija el invalidez y su régimen pensional sustitución. y de asignación de 3) Pensión de retiro de los sobreviviente. miembros de la Fuerza Pública. 6.- Decreto Nro. 2192 de 2004, régimen de pensiones de invalidez y sobrevivencia del personal de soldados profesionales de las Fuerzas Militares. 21 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 20. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? Prestaciones Básicas: 1.- Código de Ley Orgánica de las COSSMIL. 1) Régimen de Salud, Seguridad Social. Fuerzas Armadas Corporación del 2) Régimen de Vejez, 2.- Ley de de la Nación Seguro Social invalidez y riesgos Pensiones. (artículos 123 al Militar, que es una profesionales, 3.- Ley del Seguro 125). Del Régimen Institución Pública 3) Régimen de Universal Materno Social Militar. Descentralizada del Sobrevivencia. Infantil. Estado, regida por Prestaciones 4.- Decreto ley. complementarias: Supremo Nro. 1) Régimen de retiro, BOLIVIA 27331, del 2) Régimen de capital 31/01/2004, que asegurado y crea la red de muerte. protección social. Prestaciones especiales: 1) Régimen de vivienda. 1.- Ley de 1.- Ley Orgánica Instituto de Prestaciones que Seguridad Social del Ejército y Seguridad Social de otorga: para los Fuerza Aérea las Fuerzas 1) Haber de retiro, servidores Mexicanos, del Armadas Mexicanas 2) Pensión, públicos del 26/12/1986. (ISSFAM). 3) Compensación, Estado y 2.- Ley Orgánica de 4) Pagas de Municipios, del la Armada de defunción, 19/10/1994. México, del 5) Ayuda para gastos 2.- Ley del 30/12/2002. de sepelio, Instituto de 3.- Ley del Instituto 6) Fondo de Trabajo, Seguridad y de Seguridad Social 7) Fondo de Ahorro, Servicios Sociales de las Fuerzas 8) Seguro de Vida, MEXICO de los Armadas 9) Seguro colectivo Trabajadores del Mexicanas. de retiro, Estado, del 27 de 10)Venta de Casas y Diciembre de departamentos, 1983. 11)Ocupación 3.- Ley General temporal de casas de Salud, del y departamentos, 7/2/1984. mediante cuotas 4.- Ley de de recuperación. Asistencia Social, 12)Prestamos 22 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 21. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? del 2/9/2004. Hipotecarios y a corto plazo, 13)Tiendas, granjas y centros de servicio, 14)Servicios Turísticos, 15)Casas Hogar para retirados, 16)Centros de Bienestar infantil, 17)Servicio Funerario, 18)Becas y Créditos de capacitación científica y tecnológica, 19)Centros de capacitación, desarrollo y superación para derechohabientes, 20)Centros deportivos y de recreo, 21)Orientación Social, 22)Servicio médico integral, y, 23)Farmacias económicas. 1.- Ley Nro. 1.- Ley Orgánica de CAPREDENA 1. Cubre riesgos 18933, del la Caja DFL Nº 31 durante la carrera 12/02/1990, crea de 1953, profesional la 2.- Ley Nro. (accidentes, Superintendencia 18.948, de 1.990, enfermedades de Instituciones Orgánica invalidantes, de Salud Constitucional de fallecimiento en Previsional (Las las Fuerzas actos del servicio). CHILE prestaciones son Armadas. 2. Pensión de Retiro otorgadas por NOTA: En Chile a partir de los ISAPRE). existe un sistema veinte años de 2.- El 17/03/2006, previsional propio servicio. se creo el Consejo de las Fuerzas 3. Préstamos Asesor Armadas, que es de habitacionales y de Presidencial para reparto con aportes auxilio. la reforma de los militares previsional, activos, de los 23 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 22. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? mediante Decreto pensionados y del Nro. 336. Estado. 1.- Ley de Ley de Seguridad Instituto de Prestaciones que Seguridad Social Social de las Seguridad Social de concede: del 2001-55, Fuerzas Armadas las Fuerzas 30NOV2001. Armadas (ISSFA). 1) Seguro de retiro, invalidez y muerte, 2.- Ley de 2) Seguro de Creación del Cesantía, Fondo de 3) Seguro de Solidaridad del Enfermedad y 24/03/1995 y su Maternidad, reglamento. 4) Seguro de Mortuoria, 5) Seguro de Vida y Accidentes ECUADOR Profesionales, y, 6) Fondo de Reserva. Otros Servicios Sociales que otorga: 1) Educación, 2) Subsistencia, 3) Vivienda, 4) Crédito, 5) De funerales, 6) Albergue, 7) Guardería, 8) Capacitación, 9) Readaptación, y, 10)Recreación. Ley Nro. 16.713, Decreto Ley El Servicio de Prestaciones del del 03/09/1995, Orgánica de las Retiros y Pensiones SRPFFAA. Nuevo Régimen Fuerzas Armadas. de las Fuerzas El Servicio de de Seguridad Armadas. Seguridad Social, que Social. comprende: 1. El Servicio de URUGUAY Viviendas, 2. El Servicio de retiros y pensiones militares. 3. El Servicio de Tutela Social. 24 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 23. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? Decreto Nro. 927, 1.- Ley Orgánica de Instituto de Prestaciones que del 23/12/1996, la Fuerza Armada Previsión Social de otorga el Instituto: Ley del Sistema del El Salvador. la Fuerza Armada. 1. Pensiones de de Ahorro para invalidez, Pensiones. 2.- Ley del Instituto 2. Pensiones de de Previsión Social retiro, de la Fuerza 3. Pensiones de Armada. sobrevivientes, 4. Fondo de retiro, 5. Seguro de vida solidario, 6. Auxilio de Sepelio, Otras prestaciones: 1. Rehabilitación- centros asistenciales. 2. Indemnización- subsidio. 3. Programas adulto mayor. 4. Programas de EL recreación. SALVADOR Beneficios que otorga el Instituto: 1. Préstamos hipotecarios. 2. Préstamos personales. 3. Préstamos educativos. Otros beneficios: Préstamos para microempresas (a los afiliados que hubieren quedado inválidos en actos del servicio o consecuencia de los mismos). 25 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 24. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? 1.- Decreto Nro. 1.- Ley Constitutiva Instituto de Prestaciones que 295, del 30 de del Ejército de la Previsión Militar. otorga a los afiliados: Octubre de 1946, República de 1. Jubilación, Ley Orgánica del Guatemala (Titulo 2. Prestación por Instituto XI. Arts. 119 al retiro obligatorio, Guatemalteco de 134). 3. Pensión por Seguridad Social. invalidez o 2.- Ley Orgánica incapacidad, 2.- Decreto Nro. del Instituto de 4. Seguro Dotal por 42.2001, de la Previsión Militar. jubilación con 30 Ley de Desarrollo años de servicio. Social. 3.- Reglamento Prestaciones que General de otorga a los Prestaciones y beneficiarios: GUATEMALA Beneficios del 1. Pensión por instituto de fallecimiento. Previsión Militar. a. Viudez, b. Orfandad (hijos menores), c. Orfandad (hijos mayores inválidos e incapacitados). d. Para los Padres. 2. Socorro por fallecimiento, 3. Seguro Dotal por fallecimiento del afiliado en activo. Ley Nro. 24.241, 1.- Ley Nro. Instituto de Ayuda El Instituto del 13/10/1993, 22.919, del Financiera para contribuye con el Ley Nacional del Instituto de Ayuda pago de Retiros y Estado a financiar: Sistema Integrado Financiera para Pensiones Militares. 1. Los haberes de de Jubilaciones y pago de Retiros y retiro, Pensiones. Pensiones Militares. 2. Los haberes 2.- Decreto indemnizatorios, y Reglamentario de la 3. Los haberes de ARGENTINA Ley Nro. 3.019/83, pensión del Instituto de Ayuda Financiera para para pago de retiros y pensiones militares. 26 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 25. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? Ley No. 24-1979 Ley de Seguridad CUBA de Seguridad Social de las Social. Fuerzas Armadas Revolucionarias. Se infiere del cuadro comparativo, la constatación que la existencia de autonomía en los regimenes de pasividades militares, constituyen un fenómeno generalizado en distintos países iberoamericanos, idependientemente del modelo político de estado. La protección especial al grupo social que tiene a su cargo la seguridad y defensa como función primordial de dicho grupo (Fuerzas Armadas), es evidente en los países consultados. VI - BREVE RECORRIDO HISTORICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA FUERZA ARMADA “El sistema de Gobierno más perfecto, es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social, y mayor suma de estabilidad política”… Simón Bolívar. En este fragmento del discurso del Libertador Simón Bolívar, pronunciado el 15 de febrero de 1819, en el Congreso de Angostura, hoy Ciudad Bolívar, encontramos el ideal de un sistema de gobierno, en el cual concurren tres aspectos fundamentales para una sociedad, la mayor suma de felicidad, seguridad social y estabilidad política. Este pensamiento bolivariano es el que va estar presente en el modelo de sociedad que se pretendía construir y que quedó plasmado en los proyectos constitucionales desarrollados desde 1813 hasta 1830 por el propio Simón Bolívar y donde encontramos por primera vez en Venezuela, la expresión “seguridad social”. Sin duda, tomado por el Libertador en su formación secular e ideológica, en el viejo continente. En el siglo diecinueve, se procuraba la protección de las familias de los llamados Patriotas, quienes morían por la libertad e independencia de la nación oprimida por las potencias extranjeras y por los caudillos internos. En ese tiempo nace también la ayuda o el paliativo incipiente al desvalído y al caído en el combate, pero con la particularidad que estas dadivas estaban condicionadas sólo por causas de la guerra. El 24 de abril de 1839 se promulga la Reforma a la Ley de Invalidez en la que se estipulan, sueldos para los militares y especialistas que se inutilicen para el 27 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 26. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? servicio y otras desgracias, como las enfermedades incurables causadas por heridas o por efectos del servicio prestado y quien quedare totalmente inútil para la carrera de las armas, sin poder procurarse por si mismo, la subsistencia y la de su familia, le era cancelado el sueldo integro, sin importar el tiempo de servicio, fuera oficial o sargento de tropa. Con la promulgación la Ley Especial de pensiones civiles, jubilaciones y retiros militares, sancionada durante el régimen de Juan Vicente Gómez, se inicia el régimen de jubilaciones y pensiones, para lo cual era necesario haber permanecido treinta años de servicio en actividad prestados a la patria. El 24 de Julio de 1944 con la promulgación de la Ley Orgánica del Ejercito y la Armada, donde se recogen las normas sobre la estructura, organización e ingreso a la carrera de las armas, se vislumbran algunas disposiciones dispersas que pretenden brindar ayuda y protección social al militar, lo cual se hace más notable en el año 1947, cuando se crea todo un capitulo en la Ley de Orgánica de las Fuerzas Armadas Nacionales, dedicado a las pensiones y a la previsión social, no sólo del Militar visto como individuo, sino con su entorno familiar. Allí nace la figura de la pensión de montepío, de la asignación especial por muerte y por fallecimiento en actos del servicio, entendiéndose esta, cuando el militar cae en combate producto de un conflicto interno o una confrontación de carácter internacional, y que por ello recibía hasta honores, por cuenta de la nación. Se buscaba entonces, atender las contingencias y las necesidades de los deudos del militar. Mediante la referida Ley se crea también, un sistema de auxilio mutuo y de ahorro, con un fin netamente social, destinado a brindar facilidades de préstamos, para resolver situaciones derivadas de la vida familiar y con miras a satisfacer el problema de la adquisición y mejoramiento de vivienda del militar y su familia. Esta institución se denominó “Caja de Previsión Social de la Fuerza Armada”, hoy convertida no solo en un eficiente y completo sistema de protección social, sino que se consolidó y convirtió en el Instituto de previsión de la Institución militar, conocido como el IPSFA. Se puede decir, que la seguridad y el bienestar social del militar se remonta por los años 1819, en las luchas patrióticas organizadas con los ejércitos populares del libertador, que se sustenta en la ayuda que estos recibían, finalizados los combates, bienestar que posteriormente se fue ampliando, organizando y sistematizando hasta constituirse como régimen especial de protección para la Fuerza Armada. Cuando se promulga la primera Ley Orgánica de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas en el año 1977, se recogen e integran todas las normas que se hallaban dispersas en otros instrumentos, relativas al Bienestar y a la seguridad 28 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 27. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? social del sector militar, se consolida el Régimen de Seguridad Social de la Fuerza Armada, propiamente dicho. Es en esta Ley donde se crea el sistema de protección del Cuidado Integral de la Salud, se homologan las Pensiones de cualquier naturaleza otorgadas con anterioridad a los militares, y se incorporan otras prestaciones a cargo del Estado, como la Asignación de Antigüedad. Se brinda atención a todo el personal militar sin distinción alguna, oficial, suboficial, tropa, reenganchados y guardias nacionales, estos últimos pasan a formar parte de este sistema de protección y se les dan por abonadas las cotizaciones. Este Régimen de Seguridad Social de la Fuerza Armada y para la Fuerza Armada como sistema de protección social, se ha venido perfeccionando a lo largo de la historia, materializadas en las reformas que ha sido objeto la Ley de Seguridad Social hasta hoy, llegando a convertirse en un sistema integral con características muy particulares y propias, inherentes a este grupo social que le corresponde atender, por la naturaleza del servicio y la misión que realiza el ciudadano de uniforme, desde antes de la época de independencia, que no es otra que la administración de la violencia y el uso de las armas en defensa de la República. La Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela como modelo o proyecto de país, ha diseñado una política que garantiza a toda persona sin distinción alguna, el derecho a la seguridad social, salud, protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad y en general, en toda circunstancia de previsión social. Para el cumplimiento de este derecho, ha creado un sistema único y universal de seguridad social, por sistemas y regímenes prestacionales y dentro de este sistema universal, se encuentra un régimen de seguridad social especial que es el de la Fuerza Armada, delimitado en el artículo 328. 29 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 28. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? VII - CONCLUSION La institución militar ha venido transitando un proceso de transformación, no solo en el aspecto organizacional sino también en el aspecto social como parte integrante y activa de la nación, todo ello producto del crecimiento y progreso tecnológico e incluso en la nueva concepción de la guerra en esta época contemporánea, caracterizada por la complejidad de los sistemas de armas, a ser operados en la guerra convencional y asimétrica contra el enemigo externo e interno. En este escenario en un supuesto de inminente confrontación bélica, más que nunca, corresponde a la Fuerza Armada ejercer la función de defensa juntamente con la sociedad organizada y bajo el principio de corresponsabilidad entre el Estado y Sociedad Civil, para preservar la soberanía e integridad territorial. Por ello, se hace necesario y en el marco del Plan Estratégico 2007 2013 el fortalecimiento del Régimen de Seguridad Social de la Fuerza Armada. Como efecto del estudio y el análisis acerca del Por qué debe mantenerse el Régimen de Seguridad Social de la Fuerza Armada, surge una posición lógica razonada y fundamentada en el presente escrito; la misma apunta a entender al Régimen de Seguridad Social integral y propio de la Fuerza Armada Bolivariana, como el conjunto de normas que regulan la tutela de la atención a las necesidades, derivadas de las contingencias sociales de los militares, con ocasión a su condición de servicio exclusivo a la nación, proporcionándoles protección integral, bienestar y seguridad social, para alcanzar la mayor suma de felicidad posible, de manera que permita a la Fuerza Armada Bolivariana, el cumplimiento de su misión, asegurar la integridad del espacio geográfico, la independencia y la soberanía de la nación. Coronel Ejercito Bolivariano Rafael María Contreras Acevedo CI. 4208526 Integrante de la Comisión para la revisión y culminación del Proyecto de Ley Orgánica de Seguridad Social de la Fuerza Armada Bolivariana Resolución No DG-00073 del 14 feb. 2007 30 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 29. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? BIBLIOGRAFIA FICHTER, Joseph H., 1993, Sociología Décimo cuarta edición revisada LÓPEZ SÁNCHEZ, Roberto, 2001, Laureano Vallenilla Lanz y la guerra de independencia venezolana, Revista de Artes y Humanidades UNICA Año 6 Nº 12 / Enero-Abril 2005, pp. 39 – 64 Universidad Católica Cecilio Acosta ISSN: 1317- 102X. LUENGO DUQUE, Jesús Ángel, 2004, REPERCUSIONES DE LA INVASIÓN FRANCESA A ESPAÑA, EN LA INDEPENDENCIA DE VENEZUELA, Revista de Historia. ISSN: 1316-1369. Año 9. Volumen 9. Nº17. OCHOA HERNANDEZ, Haydee, 2003, Las Fuerzas Armadas en las Política social de Venezuela, Revista Política y cultura, Departamento de Policía y cultura, Universidad autónoma Metropolitana, Unidad Xochimilco, ISSN 0188 – 7742, México. CASTILLO HERNAN, Domingo Irwwing y otros, 2003, Militares y la Sociedad en Venezuela, UCAB, Caracas, Venezuela. CATALA, José Agustín, 1999, Los proyectos constitucionales de Simón Bolívar el Libertador 1813 – 1830, Fondo Editorial Nacional, Caracas, Venezuela. Salcedo González, Ana Mercedes, 2006, La Seguridad Social en la Fuerza Armada Nacional Edición electrónica. Texto completo en www.eumed.net/libros/2006/amsg/ Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nacionales, 14 de octubre de 1947. Ley Orgánica de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Nacionales, 01 julio 1977. ZERPA TORRES, Reinaldo, 1982, El Fideicomiso de Prestación de Antigüedad como fundamento de Bienestar económico para el personal militar profesional. Tesis de grado. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 24 de marzo de 2000. Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social, 30 de diciembre de 2002. 31 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”
  • 30. ¿POR QUÉ ES NECESARIO MANTENER EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PROPIO PARA LA FUERZA ARMADA BOLIVARIANA? Página electrónica http://www.resdal.org/ Red de Seguridad y defensa de América latina, Atlas comparativo de Seguridad y defensa de América latina 32 “SEGURIDAD PARA QUIEN BRINDA PROTECCIÓN”