Este documento trata sobre el contrato de trabajo. Explica las partes del contrato, los requisitos de validez, las diferentes modalidades como fijos, temporales, formativos, y jornadas especiales. También cubre temas como comunicación del contrato, permisos, vacaciones y otros derechos de los trabajadores.
El Contrato Administrativo de Servicios constituye una modalidad especial de contratación laboral, privativa del Estado. Se regula por su normativa especial, no se encuentra sujeto a la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, el régimen laboral de la actividad privada ni a otras normas que regulan carreras administrativas especiales. El Régimen Laboral Especial según precisión expresa del Decreto Legislativo 1057 tiene carácter transitorio.
ESTA PRESENTACION ES PARA LOS ESTUDIANTES DE CONTADURIA PUBLICA DEL ITFIP, ES UN REPASO CORTO Y PRACTICO SOBRE EL TEMA DE LA LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES.
Coincidencia de viralidad
La adición de más información (descripción, etiquetas, categoría, etc.) facilita al resto de usuarios la búsqueda de su contenido. Las coincidencias aumentan a medida que se añaden elementos.
El D.S Nro. 003-97-TR, TUO del Decreto Legislativo Nro. 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, no define qué es un periodo de prueba, limitándose a señalar que el periodo de prueba es de tres meses, a cuyo término el trabajador alcanza derecho a la protección contra el despido arbitrario, estableciendo la posibilidad a que se puedan pactar periodos mayores.
Jornada de trabajo, horario y trabajo en sobretiempoKarina Linares SA
¡Atención a todos los trabajadores! La Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo es un tema importante que afecta directamente tus derechos laborales y tu bienestar en el trabajo.
Es fundamental conocer tus derechos y deberes como trabajador en cuanto a la jornada de trabajo, horario y trabajo en sobretiempo. La ley protege tus derechos laborales y te permite tener un horario adecuado y condiciones de trabajo justas.
Además, es importante tener en cuenta que el trabajo en sobretiempo debe ser remunerado de manera adecuada y respetando las leyes laborales.
Si eres un trabajador, es fundamental que conozcas tus derechos laborales y sepas cómo hacerlos valer. La Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo son temas importantes que afectan tu bienestar y tus derechos laborales.
Recuerda que tus derechos laborales son importantes y debes hacerlos valer en todo momento. ¡Infórmate sobre tus derechos y deberes en cuanto a la jornada de trabajo, horario y trabajo en sobretiempo y garantiza un ambiente de trabajo justo y saludable para ti y tus compañeros de trabajo! #derechoslaborales #jornadadetrabajo #horariode trabajo #trabajoen sobretiempo #empresaresponsable.
El Contrato Administrativo de Servicios constituye una modalidad especial de contratación laboral, privativa del Estado. Se regula por su normativa especial, no se encuentra sujeto a la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, el régimen laboral de la actividad privada ni a otras normas que regulan carreras administrativas especiales. El Régimen Laboral Especial según precisión expresa del Decreto Legislativo 1057 tiene carácter transitorio.
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El D.S Nro. 003-97-TR, TUO del Decreto Legislativo Nro. 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, no define qué es un periodo de prueba, limitándose a señalar que el periodo de prueba es de tres meses, a cuyo término el trabajador alcanza derecho a la protección contra el despido arbitrario, estableciendo la posibilidad a que se puedan pactar periodos mayores.
Jornada de trabajo, horario y trabajo en sobretiempoKarina Linares SA
¡Atención a todos los trabajadores! La Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo es un tema importante que afecta directamente tus derechos laborales y tu bienestar en el trabajo.
Es fundamental conocer tus derechos y deberes como trabajador en cuanto a la jornada de trabajo, horario y trabajo en sobretiempo. La ley protege tus derechos laborales y te permite tener un horario adecuado y condiciones de trabajo justas.
Además, es importante tener en cuenta que el trabajo en sobretiempo debe ser remunerado de manera adecuada y respetando las leyes laborales.
Si eres un trabajador, es fundamental que conozcas tus derechos laborales y sepas cómo hacerlos valer. La Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo son temas importantes que afectan tu bienestar y tus derechos laborales.
Recuerda que tus derechos laborales son importantes y debes hacerlos valer en todo momento. ¡Infórmate sobre tus derechos y deberes en cuanto a la jornada de trabajo, horario y trabajo en sobretiempo y garantiza un ambiente de trabajo justo y saludable para ti y tus compañeros de trabajo! #derechoslaborales #jornadadetrabajo #horariode trabajo #trabajoen sobretiempo #empresaresponsable.
"Cualquiera sea su forma o denominación, siempre que una persona física se obligue a realizar actos, ejecutar obras o prestar servicios en favor de la otra y bajo la dependencia de esta, durante un período determinado o indeterminado de tiempo, mediante el pago de una remuneración".( Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744)
Este es un ejercicio escolar. No es un sitio financiero ni oferta de servicios bancarios no invierta ni utilice esta página. Esta es una competencia escolar.
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdfsandradianelly
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestr
Today is Pentecost. Who is it that is here in front of you? (Wang Omma.) Jesus Christ and the substantial Holy Spirit, the only Begotten Daughter, Wang Omma, are both here. I am here because of Jesus's hope. Having no recourse but to go to the cross, he promised to return. Christianity began with the apostles, with their resurrection through the Holy Spirit at Pentecost.
Hoy es Pentecostés. ¿Quién es el que está aquí frente a vosotros? (Wang Omma.) Jesucristo y el Espíritu Santo sustancial, la única Hija Unigénita, Wang Omma, están ambos aquí. Estoy aquí por la esperanza de Jesús. No teniendo más remedio que ir a la cruz, prometió regresar. El cristianismo comenzó con los apóstoles, con su resurrección por medio del Espíritu Santo en Pentecostés.
1. EL CONTRATO DEEL CONTRATO DE
TRABAJOTRABAJOTRABAJOTRABAJO
Módulo 3: Gestión auxiliar de personal
2. CONTENIDOS
- Requisitos
- Partes del contrato: trabajador y empresario
- Forma del contrato
- Validez
- Modalidades de contratos- Modalidades de contratos
- Obtención de los modelos de contratos y
cumplimentación por medios informáticos
- Comunicación de las modalidades de
contratación laboral
- La jornada de trabajo
4. EXCLUIDOS DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL E.T.
Funcionarios públicos, que se regulará por el Estatuto de la Función Pública
Prestaciones personales obligatorias.
Mero desempeño del cargo de consejero o miembro de los órganos de
administración en las empresas.
Trabajos realizados a titulo de amistad, benevolencia o buena vecindad.
Trabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariados.
Personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o
más empresarios, que respondan personalmente del buen fin de la operación.
Personas prestadoras del servicio de transporte al amparo de autorizaciones
administrativas de las que sean titulares, realizada con vehículos comerciales de
servicio público de su propiedad.
En general, todo trabajo que se efectúe en desarrollo de relación distinta de
la que define el artículo 1.1 del E.T.
5. RELACIONES LABORALES DE CARÁCTER ESPECIAL
Personal de alta dirección (que no sean meros consejeros o miembros de los
órganos de administración en las empresas)
Servicio del hogar familiar.
Penados en las instituciones penitenciarias.
Deportistas profesionales.
Artistas en espectáculos públicos.
Personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o
más empresarios sin asumir el riesgo y ventura.
Trabajadores minusválidos que presten servicios en los centros especiales de
empleo.
Estibadores portuarios en sociedades estatales o en los puertos gestionados
por las Comunidades Autónomas.
Cualquier otro trabajo que sea expresamente declarado como relación laboral
de carácter especial por una Ley
7. - Manifestación de la voluntad
de las partes de celebrar un
acuerdo o contrato
- Es nulo el consentimiento
prestado con violencia,
CONSENTIMIENTO
prestado con violencia,
intimidación o dolo, o si lo
prestan personas sin capacidad
legal para darlo
- El consentimiento puede
expreso (verbal o por escrito) o
tácito
8. - Es el trabajo prestado en ciertas
condiciones (personal,
voluntario, por cuenta ajena y
dependiente) a cambio de un
salario
OBJETO
salario
- El objeto ha de ser posible,
lícito y determinado
9. - La razón por la cual se
concierta el contrato. En el
trabajo consiste en la voluntad
de intercambiar trabajo por
CAUSA
de intercambiar trabajo por
salario
- La causa debe ser lícita y
cierta
10. NULIDAD DEL CONTRATO
El contrato de trabajo puede resultar nulo por inexistencia o vicio del
consentimiento, imposibilidad o ilicitud del objeto, inexistencia o
ilicitud de la causa o por infracción de las normas laborales
TIPO Y EFECTO DE LA NULIDAD EJEMPLOS DE NULIDAD
Nulidad parcial. Si resulta nula una
parte del contrato, se mantiene su
parte válida y se sustituye la parte
nula por lo establecido en la norma o
En el contrato se establece un salario
de 900 € al mes y en el convenio
colectivo de 1000 € al mes. Será nula
la cláusula del contrato relativa alnula por lo establecido en la norma o
convenio colectivo aplicable.
la cláusula del contrato relativa al
salario y quedará sustituida por lo
establecido en el convenio aplicable.
Nulidad total. Los efectos de la
nulidad se generan desde el momento
de declaración de nulidad.
El trabajador puede exigir la
remuneración por el trabajo que ya se
hubiese prestado.
Un inspector de trabajo descubre que
un trabajador no dispone de la
titulación adecuada para el ejercicio
de la profesión. El contrato será
declarado nulo.
El empresario deberá hacer frente a
las responsabilidades a las que
hubiera lugar y deberá remunerar el
trabajo ya realizado.
11. PARTES DEL CONTRATO
Persona física que voluntariamente
presta sus servicios retribuidos por
cuenta ajena y dentro del ámbito de
organización y dirección de otra persona
denominada empleador o empresario
TRABAJADOR
Persona física o jurídica, o
comunidades de bienes, que reciban
la prestación de servicios de los
trabajadores, así como de las
personas contratadas para ser
cedidas a empresas usuarias por
empresas de trabajo temporal
legalmente constituidas
EMPRESARIO
13. FORMA DEL CONTRATO
DE PALABRA
POR ESCRITO
- Cuando lo exija una disposición legal, y en todo caso:
incumplimiento
- tiempo indefinido
- jornada completa
- Cuando lo exija una disposición legal, y en todo caso:
- prácticas y para la formación y el aprendizaje
- a tiempo parcial, fijos-discontinuos y de relevo
- por obra o servicio determinado
- trabajadores que trabajen a distancia
- trabajadores contratados en España al servicio de empresas
españolas en el extranjero
- duración superior a 4 semanas
- Cuando lo exija cualquiera de las partes
14. FORMA DEL CONTRATO
DE PALABRA
En la práctica, sólo pueden suscribirse de forma verbal dos
modalidades de contrato:modalidades de contrato:
-El contrato eventual por circunstancias de la producción
cuya duración sea igual o inferior a 4 semanas
- El contrato indefinido ordinario
16. DURACIÓN DEL CONTRATO
TIEMPO INDEFINIDO
DURACIÓN DETERMINADA Realización de obra o
servicio determinado
Circunstancias del
mercado, acumulación
de tareas o exceso de
pedidos
Sustitución de
trabajadores con
derecho a reserva del
puesto de trabajo
17. PERÍODO DE PRUEBA
FORMA
DURACIÓN
Por escrito
Fijada en convenio
colectivo
Técnicos titulados:
6 meses
En defecto…
Resto trabajadores:
Empresas -25 trabajadores:
3 meses
Empresas +25 trabajadores:
2 meses
20. MODALIDADES DE CONTRATOS
- Contrato en prácticas
- Contrato para la formación y el
aprendizaje
* Art. 11 del Estatuto de los Trabajadores .* Art. 11 del Estatuto de los Trabajadores .
* RD 488/1998, 27 de marzo, por el que se desarrolla el
artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de
contratos formativos.
* RD 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se
desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se
establecen las bases de la formación profesional dual.
* RD-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo
al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la
creación de empleo.
* Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes
para la reforma del mercado de trabajo.
* Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la
reforma del mercado laboral.
22. COMUNICACIÓN DEL CONTRATO
Los empresarios están obligados a comunicar a los Servicios
Públicos de Empleo, en el plazo de los diez días hábiles
siguientes a su concertación, el contenido de los contratos
de trabajo que celebren o las prórrogas de los mismos,
deban o no formalizarse por escrito
Esta obligación puede realizarseEsta obligación puede realizarse
telemáticamente
En Galicia, desde el año
2011 es obligatorio su uso
para todas las empresas,
excepto para las de menos
de 5 trabajadores, que es
voluntario
23. JORNADA DE TRABAJO
DURACIÓN fijada en…
- convenio colectivo
- contrato de trabajo
JORNADA MÁXIMA SEMANALJORNADA MÁXIMA SEMANAL
40 h. semanales de trabajo
efectivo de promedio en
cómputo anual
24. JORNADA DE TRABAJO
JORNADA
MÁXIMA
9 h/día Salvo…
convenio colectivo
acuerdo empresa
y representantes
trabajadores
MÁXIMA
DIARIA
Menores 18 años 8 h/día
SIEMPRE RESPETANDO DESCANSO ENTRE JORNADAS
25. JORNADA DE TRABAJO
DESCANSO ENTRE JORNADAS
Mínimo 12 horas
Menores 18 años 4 h 30 min/día
6 h/día
DESCANSO
MÍNIMO
15 min
30 min
JORNADA
CONTINUADA
26. JORNADA DE TRABAJO
JORNADAS ESPECIALES
Las jornadas especiales son las que se aplican a determinadosLas jornadas especiales son las que se aplican a determinados
sectores o actividades que, por sus particularidades, requieren que
se amplíe o reduzca el tiempo de trabajo.
Las jornadas especiales están reguladas en el Real Decreto
1561/1995, de 21 de septiembre de 1995
27. JORNADAS ESPECIALES
JORNADA DE TRABAJO
AMPLIACIONES DE JORNADA
-Empleados de fincas urbanas. Guardas y vigilantes no ferroviarios
-Trabajo en el campo
-Comercio y hostelería
-Transportes por carretera
-Transporte ferroviario
-Transporte y trabajos aéreos
LIMITACIONES DE JORNADA
-Trabajos expuestos a riesgos ambientales
-Trabajo en el campo
-Trabajo de interior en minas
-Trabajos de construcción y obras públicas
-Trabajo en cámaras frigoríficas y de congelación
-Transporte y trabajos aéreos
-Trabajo en la mar
-Trabajos en determinadas condiciones específicas (trabajo a turnos, trabajos de puesta
en marcha y cierre de los demás, trabajos en condiciones especiales de aislamiento o
lejanía, trabajos en actividades con jornadas fraccionadas)
29. HORAS EXTRAORDINARIAS
Las que excedan de la duración máxima de la
jornada ordinaria de trabajo
máximo
Salvo…
Prevenir o reparar
siniestros y otros daños
máximo
80/año
Salvo… siniestros y otros daños
extraordinarios urgentes
voluntarias Salvo…
Pactadas por convenio colectivo o en
contrato de trabajo
Retribuidas o compensadas por tiempo de descanso
31. TRABAJO NOCTURNO Y A TURNOS
TRABAJO
NOCTURNO
Realizado entre las 22:00 y las 06:00 horas
Máximo 8 h/día de promedio (período de
referencia 15 días)
No horas extra, salvo…No horas extra, salvo…
TRABAJO A
TURNOS
Máximo 2 semanas consecutivas en turno de
noche, salvo adscripción voluntaria
- ampliaciones de jornada en sectores previstos en el capítulo II del RD
1516/1995
- prevenir y reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes
- irregularidades en el relevo de los turnos por causas no imputables a la
empresa
32. DESCANSOS
Descanso
semanal
mínimo 1 día y medio
Menores 18 años mínimo 2 días
Fiestas
laborales
14 al año
Carácter retribuido y no recuperable
2 son locales
ESTADO Trasladar al lunes los festivos
que caigan entre semana y en
domingo
33. PERMISOS RETRIBUIDOS
Previo aviso y justificación
Matrimonio: 15 días
Nacimiento de hijo: 2 días
Fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización,Fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización,
intervención quirúrgica con reposo domiciliario de pariente, por
afinidad o consanguinidad, hasta 2º grado:
- Sin desplazamiento: 2 días
- Con desplazamiento: 4 días
Traslado de domicilio habitual: 1 día
Cumplimiento deber inexcusable, carácter público y personal: el
tiempo indispensable
34. PERMISOS RETRIBUIDOS
Previo aviso y justificación
Funciones sindicales o de representación del personal: según lo
establecido legal o convencionalmente
Exámenes prenatales o preparación al parto, dentro de la
jornada: el tiempo indispensablejornada: el tiempo indispensable
Lactancia menor de 9 meses (nacimiento, adopción o
acogimiento:
- ausencia jornada: 1 hora o 2 ½ horas
- reducción jornada: ½ hora
Hijos prematuros o que deban permanecer hospitalizados
después del parto: 1 hora
35. REDUCCIONES DE JORNADA Y SUELDO
Guarda legal de menor de 8 años o persona con discapacidad:
reducción jornada y salario entre 1/8 y 1/2
Por ejemplo…
Cuidado de menor, hasta 18 años, afectado por cáncer o otra
enfermedad grave, que implique ingreso hospitalario de larga
duración: reducción jornada y salario, mínimo 1/2
Hijos prematuros o que deban permanecer hospitalizados
después del parto: reducción jornada y salario, máximo 2 horas
36. VACACIONES
El período de vacaciones anuales
retribuidas será el pactado en convenio
colectivo o pacto individual. Mínimo 30 días
naturales
IT derivada de
- embarazo
- parto
Disfrute al finalizar el
período deIT derivada de - parto
- lactancia natural
Suspensión por - maternidad/parternidad
período de
suspensión, incluso
fuera del año natural
IT por otras causas
Disfrute al finalizar el período de
suspensión, siempre que no transcurrieran
más de 18 meses desde el año en que se
generaron