El documento presenta información sobre diferentes tipos de instituciones como religiosas, sanitarias, recreativas, educativas, económicas, políticas y jurídicas. Define cada tipo de institución y describe sus características principales, como sus funciones y objetivos. También incluye secciones sobre derecho comparado y su utilidad.
1. Nombres: Yelitza C.
Apellidos: Jaspe S.
C.I.: V-11.921.952
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE EDUCACIÓN SUPERIOR
UNIVERSIDAD “FERMIN TORO”
ESCUELA DE DERECHO
2. LAS INSTITUCIONES
• La institución, de todas formas, no
siempre es un lugar físico. Las normas de
conducta y las costumbres que rigen una
sociedad también se consideran
instituciones. En este sentido, una
institución es una estructura del orden
social que rige el funcionamiento de una
sociedad.
3. INSTITUCIONES RELIGIOSAS
• Se considera que la religión es un fenómeno humano universal que
genera códigos morales que regulan la vida en sociedad. A través de
la religión, se establecen normas para la vida personal, familiar y
social. Como institución social, no se presenta como un ente único,
sino en las diferentes maneras como los miembros de la comunidad
se ubican frente al fenómeno.
4. INSTITUCIONES RELIGIOSAS
Para Spencer, el progreso de las instituciones eclesiásticas ha venido
siendo irregular. Las considera como estructuras y, sobre su
procedencia, explica que no es innata en la naturaleza del hombre. En
las sociedades primitivas encuentra el germen de las religiones como
la necesidad de apaciguar a los espíritus. En estas sociedades
ancestrales militares los curanderos ocupaban un lugar socialmente
más privilegiados que los sacerdotes, (el varón más anciano) ya que
se les atribuía la capacidad de hacer frente a los espíritus. Así se
convertían en los más idóneos para paliar hostilidades entre
sociedades en guerra. Gradualmente la implicación de los sacerdotes
en las guerras se hizo menos frecuente. Estas instituciones se derivan
de dos sentimientos humanos: el respeto y la veneración. En
consecuencia, las sociedades más antiguas apenas distinguían entre
el mundo secular y el sagrado, es decir, no se distinguían iglesia y
estado.
5. INSTITUCIONES SANITARIAS
Son aquellas organizaciones que se ocupan de prestar
servicios de tipo sanitario, entre ellos, hospitales,
profesionales, funcionarios, centros de atención de salud y
los servicios de salud pública y también por aquellos otros
actores, tal es el caso de redes, sectores, ministerios,
instituciones especializadas y organizaciones que ostentan
una concreta y específica función e influencia en el área de
la salud de una nación.
6. INSTITUCIONES RECREATIVAS
Expresivas- Integrativas
Desde el punto de vista personal las actividades recreativas son todas las
actividades realizadas por el sujeto en el tiempo libre elegidas libremente que
le proporcionen placer y desarrollo de la personalidad.
Se considera que desde la perspectiva educativa las actividades recreativas
constituyen el medio principal del proceso de educación del tiempo libre para el
desarrollo de los conocimientos, habilidades, motivos, actitudes,
comportamientos y valores en relación con el empleo positivo del tiempo libre.
7. CARACTERÍSTICAS INSTITUCIONES
RECREATIVAS
• Es voluntaria, no es compulsada.
• Es de participación gozosa, de felicidad.
• No es utilitaria en el sentido de esperar una retribución o ventaja material.
• Es regeneradora de las energías gastadas en el trabajo o en el estudio,
porque produce distensión y descanso integral.
• Es compensadora de las limitaciones y exigencias de la vida
contemporánea al posibilitar la expresión creadora del ser humano a través
de las artes, las ciencias, los deportes y la naturaleza.
• Es saludable porque procura el perfeccionamiento y desarrollo del hombre.
• Es un sistema de vida porque se constituye en la manera grata y positiva
de utilizar el tiempo libre.
• Es un derecho humano que debe ser válido para todos los periodos de la
vida y para todos los niveles sociales.
• Es parte del proceso educativo permanente por el que procura dar los
medios para utilizar con sentido el tiempo libre.
• Es algo que puede ser espontáneo u organizado, individual o colectivo.
8. INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Las instituciones educativas, son aquellas encargadas de
satisfacer la necesidad social básica de socialización y
transmisión de la herencia cultural de los individuos de un
modo formal, en la organización docente de la sociedad.
Las instituciones subsidiarias son: la educación básica,
segundaria diversificada, universitaria, técnica, estudios de
post grado como especializaciones, maestrías y
doctorados, en sí todo el sistema de control y registro
académico.
9. INSTITUCIONES EDUCATIVAS
La escuela como institución educativa ha sido creada por la sociedad
para ofrecer a los niños y niñas, a los jóvenes y a los adultos la
oportunidad de vincularse, directa o indirectamente, al mundo
académico, a los grupos o programas de investigación.
El ambiente en la institución educativa debe construirse en una forma
tal que se den las condiciones mínimas para el desarrollo de los
talentos que las personas poco a poco van constituyendo y
organizando, particularmente los talentos en diferentes áreas del
conocimiento. En la conformación de este ambiente la figura del
educador es fundamental.
10. INSTITUCIONES ECONÓMICAS
"En esencia, las instituciones económicas son sistemas durables de reglas
sociales establecidas y e incrustadas y convenciones que estructuran las
interacciones sociales." (Hodgson, 2001).
"Una institución es una regularidad en el comportamiento social acordado por
todos los miembros de la sociedad, especifica el comportamiento en
situaciones especificas recurrentes, y es auto-vigilada o vigilada por alguna
autoridad externa." (Schotter, 1981).
"Las instituciones son las reglas, las características de aplicación de las reglas,
y normas de comportamiento que estructuran la repetida interacción humana."
(North, 1989).
11. INSTITUCIONES ECONÓMICAS
• Instituciones económicas serían las normas, usos y costumbres que rigen las
relaciones sociales y económicas entre los miembros del grupo. El beneficio
de una institución aumenta con la eficiencia que ésta genera en la economía
y con la reducción de sus costes de transacción y de costes de información;
lo que estará en relación directa con la experiencia que acumulen los
agentes económicos y con la transparencia y sencillez de las reglas del
sistema; y en relación inversa con el número de individuos que las ejecutan.
12. • Las instituciones políticas se describen como quienes
regulan y vigilan normas de conducta y costumbres
consideradas importantes para una sociedad, como las
particulares organizaciones formales de gobierno y
servicio público. Como estructuras y mecanismos de
orden social en la especie humana, son uno de los
principales objetos de estudio en las ciencias sociales,
como la antropología, la sociología, la ciencia política, la
economía y la administración entre otras, son también
un tema de estudio central para el derecho, el régimen
formal para la elaboración e implantación de reglas.
13. INSTITUCIONES POLÍTICAS
• Las instituciones políticas son, en su sentido más básico, las reglas que
rigen el juego político y sus interacciones con otros sistemas, como el social
o el económico. Es posible distinguir a grandes rasgos cuatro tipos de
instituciones políticas:
• 1. Un primer tipo necesario para la adopción de decisiones colectivas
vinculantes y, por tanto, generadoras de normas;
• 2. Un segundo tipo necesario para la implementación y la ejecución de
dichas decisiones;
• 3. El tercer tipo vendría definido por aquellas instituciones que vigilan el
cumplimiento de los acuerdos y resuelven los conflictos entre individuos
surgidos a raíz de las normas generadas; y
• 4. Aquellas encargadas de vigilar a los que vulneran las normas, sean o no
miembros de la comunidad.
14. INSTITUCIONES JURÍDICAS
Un conjunto de normas jurídicas complejas, duraderas relacionadas
entre sí que tienen carácter obligatorio que son promulgadas por el
Estado y que regulan la actividad del hombre en su específica
condición humana.
Ej. Las leyes.
Las instituciones jurídicas constituyen el segundo de los elementos
estructurales, conforme la metodología realista que la ciencia del
derecho debe estudiar.
15. CARACTERISTICAS ESPECÍFICAS DE LAS
INSTITUCIONES JURIDICAS
• Las instituciones jurídicas como toda institución social participa en todas las
características de las instituciones sociales pero además tienen características
especificas que nos permiten diferenciar una institución jurídica de una institución
social estas características son:
• a) La coercibilidad: Es la posibilidad logica de que se cumpla la norma jurídica aun en
contra del sujeto obligado.
• b) La sanción jurídica: Consecuencia negativa del incumplimiento de la ley.
• c) La coacción: Es el cumplimiento forzoso de la sanción jurídica.
• d)Bilateralidad:significa que en toda norma jurídica vamos a encontrar dos
sujetos: el sujeto que tiene la obligación de cumplir con lo pautado por la norma
y el sujeto que tiene el derecho de exigir el cumplimiento de lo pautado por la
norma.
• Son impero- atributiva imponen deberes correlativo de derecho, es decir imponen
deberes y conceden derechos.
• e) Son obligatorias: son de cumplimiento obligatorio la violación de una norma
jurídica impone una sanción jurídica.
• f)Son promulgadas por el Estado: a través de sus órganos, ya que para una
norma jurídica obtenga validez formal debe ser establecida por la actividad
competente siguiendo el procedimiento pautado por el ordenamiento jurídico.
16. DERECHO COMPARADO
• Dado que la vida de cualquier sociedad transcurre a través de sus
instituciones, ya sea en lo familiar, social, cultural, económico o político,
resulta evidente que cualquier cambio o evolución de una sociedad, sea o
no estatal, pasa por un cambio o evolución de sus instituciones.
• Es la ciencia o disciplina que tiene como por objeto el estudio comparativo de
instituciones o sistemas jurídicos de diversos lugares o épocas con el fin de
determinar las notas comunes y las diferencias que entre ellas existen y
derivar de tal examen las notas comunes y conclusiones sobre la evolución de
tales instituciones y emitir criterios para su perfeccionamiento y reforma.
17. UTILIDAD DEL DERECHO
COMPARADO
•Es una disciplina auxiliar de las ciencias jurídicas de la filosofía
jurídica.
•Es un instrumento de suma utilidad tanto para el legislador, el
juez, el diplomático, el abogado.
•El derecho comparado tiene una importante utilización para
alcanzar el perfeccionamiento de las legislaciones y la unificación
de los diversos sistemas jurídicos.
•A través del conocimiento del derecho extranjero se logra un
mejor conocimiento de nuestro derecho nacional.