1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR
INSTITUTO PEDAGÓGICO “JOSÉ MANUEL SISO MARTINEZ”
DIPLOMADO DOCENCIA UNIVERSITARIA
MÓDULO: MEDIOS INSTRUCCIONALES
Participantes:
Maryori Cadamo
MC.- 6.825.097
Maria Escalona
ME.- 21.148.269
Pedro Escalona
PE.- 6.416.047
Facilitador:
Marcos Viñas.Cúa, Enero/2017
2.
3. Donde se
establecen?
Dentro de la Ley Orgánica del Trabajo
de los Trabajadores y Trabajadoras.
En los Artículos que van del 141 al
145.
4. Nuevo Cálculo para Prestaciones Sociales
(Retroactividad de las Prestaciones Sociales)
SEGÚN EL ARTÍCULO 142 DE LA LOTT
a) El patrono depositará a cada trabajador por concepto de prestaciones
sociales el equivalente a quince (15) días cada trimestre calculado con el
último salario devengado.
b) Después del primer año de servicio, el patrono depositará a cada
trabajador dos (2) días de salario por cada año, hasta con un máximo de
treinta (30) días.
c) De culminar la relación laboral, se le calcularan en base a 30 días por
cada año de servicio, o fracción superior a 6 meses, calculados al último
salario devengado por el trabajador
d) El trabajador recibirá por concepto de prestaciones sociales, el monto
que sea mayor entre lo depositado según los puntos a y b, y el cálculo
efectuado en el punto c.
e) Si por cualquier causa termina la relación de trabajo antes de los tres
(3) primeros meses, el trabajador tendrá derecho a cinco (5) días de
salario por cada mes trabajado o fracción.
f) El pago de las prestaciones sociales debe hacerse dentro de los cinco
(5) días siguientes a la terminación de la relación laboral.
5. EJEMPLO DE CALCULOS DE PRESTACIONES SOCIAL
FECHA DE INGRESO 17/08/2015
FECHA DE EGRESO 13/05/2016
1ER DEPOSITO
TRIMESTRAL
2DO DEPÓSITO
TRIMESTRAL
3ER DEPOSITO
TRIMESTRAL
17 08 2015 17 12 2015 17 03 2016
17 09 2015 17 01 2016 17 04 2016
17 10 2015 17 02 2016 13 05 2016
17 11 2015