1. Descripción del problema:
Villavicencio es la capital del departamento del Meta y paso obligado para quienes transitan entre el
interior del país, viniendo desde la capital de la república, y se dirigen a los llanos orientales,
específicamente a los municipios del departamento del Meta, Guaviare, Casanare y Vichada. Por
esto, la cantidad de personas que viven, trabajan o simplemente van de paso por la capital del Meta,
pueden contarse por cientos de miles, y todos ellos requieren en algún momento de algún tipo de
servicio de salud.
Si bien la constitución política de Colombia, establece que la salud es un derecho
fundamental de todo colombiano, son muchas familias de escasos recursos que no tienen acceso a
ningún tipo de salud aun cuando por parte del gobierno existe el subsidio en salud a través del
SISBEN y adicionalmente son muchas las falencias que se evidencian por parte de las IPS
(instituciones prestadoras de Salud) al momento de la asignación de citas médicas o de especialistas
para las personas que hacen parte del sistema de salud contributivo. Para no ir más lejos planteo una
pregunta ¿sabía usted que, si está afiliado al SISBEN y se queda sin trabajo y sin poder pagar
seguridad social en salud, su EPS debe aceptarlo en el régimen subsidiado?
Además, aunque suene a frase de cajón, es cierto aquello de que “Sin Salud no hay nada”.
Formulación del problema: Luego de lo expuesto y ante el desconocimiento de la gran
mayoría de personas planteo lo siguiente: ¿Cuáles son las garantías en Colombia y especialmente en
Villavicencio, para que las personas, sea cual sea su situación económica, puedan acceder a los
servicios de salud?
Objetivo General: El principal objetivo es lograr identificar los mecanismos mediante los
cuales las personas en Villavicencio puedan acceder a los servicios de salud sin importar su situación
económica.
Objetivos Específicos: Como Objetivos específicos planteo:
1. Identificar la situación actual del acceso a los servicios de salud de las personas en Villavicencio.
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2. Ilustrar acerca los mecanismos de los que disponen las familias en nuestro municipio, para
acceder a los servicios de salud sin importar cuál sea su situación económica.
3. Contribuir a la disminución del índice de familias que no cuentan con seguridad social en salud,
por desconocimiento de la norma establecida en la Ley 100 de 1993.
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Justificación: La salud, el acceso a los servicio de salud y el aseguramiento en salud, son temas
espinosos en nuestro país desde hace muchos años; incluso desde mucho antes de la promulgación de
la ley 100 de 1993, ya se presentaban problemas con el seguro social en aquel entonces; sin embargo
muchos de estos problemas se registran por el completo desconocimiento de las personas sobre cómo
funciona el sistema y de qué manera se puede obtener un adecuado servicio en salud que logre suplir
las necesidades básicas en esta materia en la población de cada municipio de nuestro país.
El sistema general de seguridad social en salud (SGSSS) asienta sus principios en 4 pilares
fundamentales: las Empresas prestadoras de Salud (EPS), los entes territoriales (Secretarías de Salud
municipales y departamentales), las IPS Instituciones prestadoras de Salud (Clínicas, centros de
atención etc.) y por último los usuarios. Cada pilar cumple su papel y el sistema no se sostiene si uno
de estos pilares falla y si todos fallan tampoco funcionan las cosas.
La base del sistema son los usuarios, entre los cuales predomina el poco interés por mantener un
estado de salud adecuado, dejando de lado los estilos de vida saludable, optando en la mayoría de los
casos por hábitos alimenticios o de movilidad muy precarios lo que desemboca en enfermedades
crónicas no transmisibles, como la diabetes, hipertensión, infarto, cáncer, enfisemas y otras
afectaciones que pueden evitarse con sana alimentación y deporte. Estas enfermedades colapsan a las
IPS, en las áreas de consulta externa, laboratorio y urgencias, mientras que las EPS, se mantienen en
su negocio de afiliar cada vez más personas sin mejorar su red de servicios para brindar una mejor y
más rápida atención y el gobierno encargado de la inspección, control, y vigilancia de las EPS y las
IPS y de garantizar la atención a los población pobre no afiliada, con sus esfuerzos no alcanza a
lograr incentivar al 100% de la población para que se afilien y hagan parte de alguno de los
regímenes de salud.
Como lo mencionaba anteriormente, mucha gente desconoce para que sirve el SISBEN, y muchos
creen que por estar en la base de datos del Sisben ya tiene cobertura médica, y mucho más creen que
si se quedan sin trabajo, en donde le pagaban seguridad social en pensión y salud, su familia queda
desamparada sin derecho a citas médicas o atención en urgencias.
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Todo lo anterior aplica para todo el país, para cada municipio, y sería un gran logro que al menos los
estudiantes de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD, conozcan el sistema y sean
multiplicadores de las ventajas, primero de los EVS (estilos de vida saludables) y segundo los
alcances de la normatividad vigente en cuanto al SGSSS.
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Referencias Bibliográficas
Ley 1438. Congreso de la república de Colombia. 19 de enero de 2011. Recuperado de:
https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/LEY%201438%20DE%202011.pdf
Ley 1122 de 2007. Diario Oficial No. 46.506 de 9 de enero de 2007. Recuperado de:
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1122_2007.html
Decreto 4747 de 2007. Diario Oficial 46835 de diciembre 07 de 2007. Ministerio de Salud y
Protección social de la república de Colombia. Recuperado de:
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27905