¿En qué consisten las modificaciones?
La Reforma Constitucional cubre 4 aspectos: a) Requisitos puntuales que obligan a la autoridad a
mejorar el estandar probatorio para aplicar el arraigo; b) Modificaciones en la Temporalidad;
c) Protección de Derechos Humanos; d) Encaminar la norma hacia la desaparición del arraigo
Congreso Internacional de Derecho y Criminalística: El Principio de LegalidadValentín Soto Llerena
Participación como expositor en el II Congreso Internacional de Derecho y Criminalística organizado por el Taller de Dogmática en Derecho “Orabunt Causas Melius” llevado a cabo el pasado 05 de noviembre.
El tema desarrollado fue "Límites Constitucionales del Poder Punitivo (principios constitucionales del derecho penal)".
Congreso Internacional de Derecho y Criminalística: El Principio de LegalidadValentín Soto Llerena
Participación como expositor en el II Congreso Internacional de Derecho y Criminalística organizado por el Taller de Dogmática en Derecho “Orabunt Causas Melius” llevado a cabo el pasado 05 de noviembre.
El tema desarrollado fue "Límites Constitucionales del Poder Punitivo (principios constitucionales del derecho penal)".
Iniciativa de los diputados Leonel Lira y Nineth Montenegro para reformar el Código Procesal Penal y el Código Penal, en lo concerniente a la prisión preventiva.
Es una reforma que simplifica y ordena al sistema tributario, tapa los huecos fiscales que existían y que
han dado lugar a la desigualdad social, a la evasión y elusión de las obligaciones, a la ampliación de la
informalidad y a un crecimiento mediocre de la economía.
Los Diputados PRI aprobamos la creación del Seguro de Desempleoy el derecho de todos los mexicanos mayores de 65 años a contar con una Pensión Universal
Las Reformas al Código Fiscal de la Federación que los Diputados del PRI aprobamos, simplifica el pago de impuestos con el uso de nuevas tecnologías, busca combatir la evasión fiscal, establece reglas claras y preserva la seguridad jurídica de los contribuyentes.
Los Diputados del PRI consolidamos una Reforma Hacendaria justa que proteje a los sectores mas vulnerables y elimina los privilegios de quienes mas tienen.
Reforma Constitucional para regular la Deuda Pública de Estados y Municipios.
Se modifican los artículos 25, 73, 79, 108, 116 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley
General de Educación y se expiden la Ley del Instituto
Nacional de Evaluación de la Educación y la Ley General del
Servicio Profesional Docente.
Reforma a la Ley Minera para elevar el pago de contribuciones de las empresas mineras en México y crear el Fondo de Aportaciones para el Desarrollo
Regional Sustentable de Estados y Municipios Mineros
La reforma a la Ley del Seguro Social (modica el artículo 27 y deroga el 32) a fin de homologar los criterios que determinan el salario base de cotización ante el Instituto Mexicano del Seguro Social para efectos del pago de las cuotas obrero-patronales, y ante la Secretaría de Hacienda para efectos del pago del Impuesto Sobre la Renta.
La Reforma en Telecomunicaciones logrará, en servicios de radio, telefonía ja y móvil, televisión y acceso a internet de banda ancha: Más Competencia, Mejor Calidad, Menores Costos, Mayor Cobertura y Más Certidumbre, que impulsarán la productividad y el crecimiento económico del país, y mejorarán las oportunidades de vida de las familias mexicanas.
Índigo Energía e Industria No. 16 |Tradicionalmente, las estaciones de servicio han sido vistas sólo como puntos de suministro de combustible para vehículos. Sin embargo, en la actualidad, estos espacios experimentan una transformación significativa hacia la sostenibilidad y la incorporación de tecnologías verdes.
En este ejemplar también encontrarás:
#Entrevistas
Ignacio Contreras Andrade, director del área oil and gas de Vicer
Carlos León Martín, presidente de Onexpo Puebla
Oscar Del Cueto, presidente de CPKC México.
José Luis del Corral, vp ejecutivo de STRACON y director de operaciones en Dumas.
#Opinión
Dra. Alicia Zazueta Payán, presidenta de la AMPES
Dr. Leonardo Ramos, subgerente operativo de anteproyectos hidroeléctricos de la CFE
Por Julio Zugasti, asociado senior de Hogan Lovells
Coberturas
BYD SHARK: potente, eficiente y amigable con el medio ambiente
IV Foro de Biogás fomentan el uso de Biometano
Takeda celebra 60 años de presencia en México con inauguración del ICC
AMID presenta decálogo para mejorar la salud y la economía de México
#Noticias
CFE adquiere crédito para desarrollar la primera central solar flotante de Latam
Sempra Infraestructura dona 7 mdp a la Cruz Roja Mexicana
Histórica multa de COFECE a gasolineras
Mantenimiento garantiza el óptimo funcionamiento de estaciones de servicio: Petrogas
Destacada participación de AMPES en UNITI Expo 2024
Gilbarco mostrará equipos y soluciones en los GVR Tech Days
1. Sensibles a los reclamos de la sociedad civil y de los organismos internacionales
de derechos humanos, se consideró necesario revisar y acotar esta figura.
REFORMA CONSTITUCIONAL EN
MATERIA DE ARRAIGO
¿Qué se reforma? ¿Qué es el arraigo?
Es una de las llamadas medidas
cautelares establecidas en la
constitución, que limitan la
libertad de una persona en
proceso de investigación
judicial por la comisión de un
DELITO GRAVE, a fin de evitar
que ésta escape a la acción de la
justicia.
Se modifica el artículo 16 de
nuestra Constitución y el
artículo 11 transitorio del
decreto de reforma
constitucional del 18 de junio de
2008, para acotar la figura conocida
como “arraigo”.
Delitos de Delincuencia Organizada
Secuestro
Delitos de Prisión Preventiva Oficiosa
Delincuencia organizada Trata de personas
Homicidio doloso Delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos
Violación Delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de
la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.
¿Qué delitos ameritan el uso del arraigo?
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El arraigo solo podrá decretarse bajo dos condiciones: a) En
casos de Delincuencia Organizada y los delitos graves establecidos en
el artículo 19 constitucional y, b) La decisión del Juez deberá fundarse en
indicios suficientes que vinculen a los inculpados con delitos de
delincuencia organizada, siempre que con el establecimiento de la
medida se provea de mayors elementos en la investigación, se proteja la
vida e integridad de las personas, bienes jurídicos o se evite que el
indiciado se sustraiga a la acción de la justicia.
Se reduce en más de 50% el periodo de arraigo. Actualmente,
éste puede ser por 40 días prorrogables por 40 días más. Con las
modificaciones, los periodos serán de 20 días prorrogables hasta por 15
días más.
Se prevé la participación de los organismos de protección de
Derechos Humanos establecidos en la Constitución, cuando las
personas sujetas a la medida cautelar, o los sujetos legitimados por la
Ley, así lo soliciten.
Se establecen nuevos plazos para que el Ministerio Público
pueda acreditar delitos graves durante la prisión preventiva, con el
fin de reducir el uso de la figura de arraigo y lograr su eventual
desaparición. Actualmente, el plazo fijado por la Constitución es de 48
horas; sin embargo, si la autoridad judicial autoriza al MP, la retención del
indiciado podrá extenderse hasta por un plazo adicional de 72 horas.
El arraigo fue una figura que se fortaleció en
el marco de una crisis de seguridad pública
que llevó a generar una serie de instrumentos
legislativos, entre los cuales también se
encontraba la extinción de dominio, ejecución
de sentencias y el regimen especial contra la
delincuencia organizada.
No obstante haber sido prevista como una
figura excepcional, el arraigo fue utilizado
excesivamente; al grado de usarse para
sustituir la investigación que debe llevar a
cabo el Ministerio Público con criterios
científicos. Esto afectó los derechos humanos
de personas que posteriormente no fueron
halladas culpables.
El objetivo principal es equilibrar la necesidad
de sancionar delitos cuya acreditación
(prueba) resulta compleja, como los
asociados a delincuencia organizada (y los
delitos graves antes señalados), y la
protección de derechos humanos. En este
último aspecto, es fundamental considerar los
derechos de las víctimas y los derechos de
los inculpados.
El arraigo fue una figura que se fortaleció en
el marco de una crisis de seguridad pública
que llevó a generar una serie de instrumentos
legislativos, entre los cuales también se
encontraba la extinción de dominio, ejecución
de sentencias y el regimen especial contra la
delincuencia organizada.
No obstante haber sido prevista como una
figura excepcional, el arraigo fue utilizado
excesivamente; al grado de usarse para
sustituir la investigación que debe llevar a
cabo el Ministerio Público con criterios
científicos. Esto afectó los derechos humanos
de personas que posteriormente no fueron
halladas culpables.
El objetivo principal es equilibrar la necesidad
de sancionar delitos cuya acreditación
(prueba) resulta compleja, como los
asociados a delincuencia organizada (y los
delitos graves antes señalados), y la
protección de derechos humanos. En este
último aspecto, es fundamental considerar los
derechos de las víctimas y los derechos de
los inculpados.
¿Por qué se reforma la figura del arraigo?
48 72hrs hrs
¿En qué consisten las modificaciones?
La Reforma Constitucional cubre 4 aspectos: a) Requisitos puntuales que obligan a la autoridad a
mejorar el estandar probatorio para aplicar el arraigo; b) Modificaciones en la Temporalidad;
c) Protección de Derechos Humanos; d) Encaminar la norma hacia la desaparición del arraigo.
#EsTiempodeMéxico