2. • I. Introducción
• II. Resumen y análisis de las iniciativas
• III. Impacto regulatorio
• IV. Conclusiones
3. • Mantener la propiedad de la Nación sobre los
hidrocarburos
• Modernizar y fortalecer a PEMEX y CFE
• Planeación y control del sistema eléctrico nacional
• Mayor abasto de energéticos a mejores precios
• Impulsar el desarrollo con responsabilidad social y
protegiendo al medio ambiente
• Atraer inversión al sector energético mexicano para
impulsar el desarrollo del país
4.
5. • Reglamentaria de los artículos 25 párrafo cuarto;
27 párrafo séptimo y 28 párrafo cuarto de la
Constitución.
6. • Regulación de la industria de
los hidrocarburos.
– Reconocimiento y exploración
superficial
– Exploración y extracción
– Tratamiento y refinación de
petróleo y procesamiento de gas
natural
– Transporte, almacenamiento,
distribución y expendio al
público de Gas LP
– Transporte, almacenamiento,
distribución, expendio al público,
procesamiento, compresión,
licuefacción, descompresión y
regasificación de Gas Natural
– Transporte, almacenamiento,
distribución y expendio al
público de Petrolíferos
– Transporte por ducto y
almacenamiento vinculado a
ductos de petroquímicos
7. Asignaciones
• Otorgadas por SENER
• Acto jurídico administrativo emitidos en
favor de PEMEX o empresas productivas
del Estado
• Previa justificación del mecanismo más
adecuado en términos de producción y
garantía de abasto
• Otorgamiento de un derecho exclusivo
para realizar actividades de exploración y
extracción de hidrocarburos en el área de
asignación, por una duración específica
• Arts. 6 – 10.
Contratos
• Celebrados por el Estado Mexicano, por
conducto de la Comisión Nacional de
Hidrocarburos
• Acto jurídico celebrado con PEMEX, con
cualquier otra Empresa Productiva del
Estado o cualquier otra persona moral
• Adjudicaciones a través de licitaciones
(principio de máxima transparencia)
• Se conviene la exploración y extracción de
hidrocarburos en un área contractual y por
una duración específica
• Arts. 11 – 31.
8. • Exclusión de los servicios para las actividades de la
industria de los hidrocarburos
• Excepción de Sociedades navieras que prestan servicios
para las actividades reguladas en la Ley de
Hidrocarburos
9. • El carácter preferente de las actividades (mineras) no
tendrá efectos frente a las actividades de exploración y
extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos, así
como frente al servicio público de transmisión y
distribución de energía eléctrica.
10. • Los esquemas de asociación (APPs) regulados en la Ley
son opcionales y pueden utilizarse en relación con
actividades cuya legislación específica previa la libre
participación del sector privado.
11.
12. • El nuevo diseño permite la
apertura a la inversión privada
en la generación de energía
eléctrica
– Diversificación
– Flexibilidad en la ejecución
• Creación y operación de
nuevas plantas en manos de
particulares.
• Esquema de obligaciones a
los usuarios calificados y a las
empresas de suministro
eléctrico para la adquisición
de certificados de energías
limpias.
13. • Industria eléctrica:
– Actividades de generación,
transmisión, distribución y
comercialización de la energía
eléctrica
– Planeación y control del Sistema
Eléctrico Nacional
• Certificado de Emisiones
Contaminantes
• Certificado de Energías Limpias
• Contrato de Cobertura Eléctrica
• Derechos financieros de
transmisión
• Seguridad de Despacho
• Servicios Conexos
14. • Obligaciones en materia de
calidad, confiabilidad,
continuidad y seguridad (art.
28)
• Obligación de interconexión
de transportistas y
distribuidores (arts. 33 – 35)
• Comercialización de energía
eléctrica (arts. 45 – 58)
• Usuarios calificados (arts. 59
– 64)
• Mercado eléctrico mayorista
(arts. 82 – 100)
• Obligaciones de servicio
universal (arts. 101 – 104)
• Obligaciones de energías
limpias (arts. 108 – 111)
15.
16. • Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH)
• Comisión Reguladora de Energía (CRE)
– Personalidad jurídica propia, autonomía técnica y de gestión
– Autosuficiencia presupuestaria, a través de un fideicomiso
público
– Atribuciones
• Emitir regulación en las materias de su competencia
• Supervisar actividades reguladas e imponer sanciones
17. • Comisión Nacional de
Hidrocarburos
– Responsable de la promoción,
licitación y suscripción de los contratos
para la exploración y extracción de
hidrocarburos
– Administración técnica de las
asignaciones y contratos para la
exploración y extracción de
hidrocarburos
– Elevar el índice de recuperación y la
obtención del volumen máximo de
hidrocarburos
• Comisión Reguladora de Energía
– Regular y promover el desarrollo
eficiente del transporte,
almacenamiento, distribución,
compresión, licuefacción y
regasificación, expendio al público del
petróleo, gas natural y gas LP
– Transporte por ducto de
biocombustibles
– Regular el transporte, almacenamiento,
distribución y expendio al público de
bioenergéticos
– Generación de electricidad, los
servicios públicos de transmisión y
distribución eléctrica y comercialización
18.
19. • Empresa productiva del Estado
– Con personalidad jurídica y patrimonio propio
– Autonomía técnica, operativa y de gestión, conforme a los principios
constitucionales
• Creación mediante un acto legislativo del Congreso de la Unión
• Régimen específico en materia de contrataciones,
remuneraciones, bienes, presupuesto, deuda, dividendo estatal,
empresas subsidiarias y filiales, así como responsabilidades.
– Régimen en materia de presupuesto y deuda, en una ley específica
20. • Gobierno corporativo conforme a mejores prácticas
• Marco jurídico flexible, bajo principios de derecho privado y de mínima
regulación
– Supletoriedad del derecho civil y mercantil
– Eliminación del régimen de derecho administrativo
• Nuevo modelo de vigilancia y auditoría
– Responsabilidad del Director General, bajo la conducción del Consejo de
Administración
– Función sancionadora, a cargo de un órgano independiente (Unidad de
Responsabilidades)
– Existencia de auditores externos, conforme a las mejores prácticas
21. • Modificaciones a la Ley
Federal de las Entidades
Paraestatales, LAASSP y
LOPSRM.
– Exclusión del ámbito personal
de aplicación de la LAASSP y
LOPSRM.
• Ley de Petróleos Mexicanos
– 104 artículos y 18 transitorios
• Ley de la Comisión Federal de
Electricidad
– 107 artículos y 18 transitorios
28. • Agua geotérmica
– Agua en estado líquido o de vapor que se encuentra a una temperatura
aproximada o superior a 80°C en forma natural en un yacimiento
geotérmico hidrotermal, con la capacidad de transportar energía en forma
de calor, y que no es apta para el consumo humano
• Concesión
– Acto jurídico por el cual el Estado, confiere los derechos para la
explotación de los recursos geotérmicos de un área determinada, para
generar energía eléctrica o para destinarla a usos diversos
29. • Registro de reconocimiento
– Prohibición de efectuar reconocimiento en zonas urbanas, en áreas donde se
localicen instalaciones estratégicas en materia de seguridad nacional y sobre
bienes de uso común
• Permisos de explotación
– Realización de actividades de exploración
– Obligación de informar si existe interferencia con acuíferos adyacentes al
yacimiento geotérmico derivada de los trabajos de exploración realizados.
• Concesiones de explotación
– Vigencia de 30 años, para la explotación del área geotérmica, el derecho de
aprovechamiento y de ejercicio continúo y exclusivo del yacimiento geotérmico
localizado en el área objeto de la concesión.
30.
31. • Regulación de ingresos del Estado Mexicano
– Actividades de exploración y extracción de hidrocarburos
– Garantía de la renta petrolera a favor de la Nación
• Régimen específico
– Ingresos derivados de los contratos de exploración y extracción
de hidrocarburos
– Derechos aplicables a las asignaciones
– Reglas sobre transparencia y fiscalización
34. • Normas para la constitución y operación del Fondo Mexicano del Petróleo
para la Estabilización y el Desarrollo
– Fideicomiso público del Estado
– Fideicomitente: SHCP
– Institución fiduciaria: Banco de México
• Finalidad:
– Recibir, administrar y distribuir los ingresos derivados de las asignaciones
y los contratos a que se refiere el párrafo séptimo del artículo 27 de la
Constitución, con excepción de los impuestos
35. • Asignación de recursos a:
– Fondo para el sistema de pensión universal
– Financiar proyectos de inversión en ciencia, tecnología e innovación
– Energías renovables
– Fondeo de vehículo de inversión especializado en proyectos petroleros
– Proyectos de mejora a la conectividad
– Desarrollo regional de la industria
36.
37. • Regulación del destino de los recursos provenientes del Fondo Mexicano del
Petróleo para la estabilización y el desarrollo (con excepción de los
impuestos entregados a TESOFE)
• Régimen Presupuestario de las Empresas Productivas del Estado
– Operación flexible y eficiente
– Transparencia en el manejo de los recursos
– Naturaleza de entidades paraestatales
– Sujetas al balance financiero y al techo de gasto de servicios personales
– Ejercicio del presupuesto, sin requerir autorización de SHCP
– Posibilidad de autorizar el aumento en el gasto derivado de ingresos excedentes
38. • Los financiamientos que contraten, serán considerados para todos los
efectos legales, como deuda pública
• Las empresas productivas del Estado, enviarán a SHCP, la propuesta global
de financiamiento
– Podrán realizar negociaciones y gestiones para acudir al mercado interno y externo de
dinero y capitales
– Serán responsables de que los financiamientos contratados no excedan su capacidad de
pago, de cumplir con todas las obligaciones que deriven de los mismos
– Las obligaciones constitutivas de deuda pública, en ningún caso concederán a sus
tenedores derechos sobre la propiedad, control o patrimonio de las empresas
productivas del Estados
39.
40. • Disponibilidad de energía a mejores precios (derivada de
los hidrocarburos y la energía eléctrica)
• Especialización en la regulación de protección industrial y
ambiental (a través de la ANSI)
• Régimen de transición, en las asignaciones y contratos
de la industria de hidrocarburos y eléctrica
41.
42. • Implementación del régimen de liberalización y
competencia en la industria de los hidrocarburos e
industria eléctrica en México
• Mecanismos para el desarrollo de energías limpias y
renovables