El documento resume la evolución del régimen laboral en la administración pública en Perú desde 1821 hasta la actualidad. Ha habido tres regímenes de contratación de personal desde la década de 1990. La Ley Marco del Empleo Público de 2004 estableció principios como legalidad y transparencia. Decretos legislativos posteriores crearon la Autoridad Nacional del Servicio Civil y normas sobre capacitación, evaluación de rendimiento y contratación administrativa de servicios. Se requiere aprobar una ley general del empleo público para avanzar
El Contrato Administrativo de Servicios constituye una modalidad especial de contratación laboral, privativa del Estado. Se regula por su normativa especial, no se encuentra sujeto a la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, el régimen laboral de la actividad privada ni a otras normas que regulan carreras administrativas especiales. El Régimen Laboral Especial según precisión expresa del Decreto Legislativo 1057 tiene carácter transitorio.
RÉGIMEN DEL SERVICIO CIVIL, LEY Nº 30057: Ideas Generales e complementación P...JOSE LUIS JARA BAUTISTA
La Ley Nº 30057, pretende incorporar un régimen unico y exclusivo en el Estado, a este le ha denominado Régimen del Servicio Civil, el mismo que a través de una complementación progresiva pretende ordenar el empleo público, surgiendo varias preguntas ¿Estaremos frente a un tránsito voluntario?, ¿Que pasa si como servidor público decido quedarme en mi régimen?.
Somos testigos que algunos Títulos de esta Ley ya se han puesto en vigencia, y por tanto resultan exigibles independientemente de que en la actualidad no exista ningún entidad en la que se haya implantado el régimen en mención.
El Contrato Administrativo de Servicios constituye una modalidad especial de contratación laboral, privativa del Estado. Se regula por su normativa especial, no se encuentra sujeto a la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, el régimen laboral de la actividad privada ni a otras normas que regulan carreras administrativas especiales. El Régimen Laboral Especial según precisión expresa del Decreto Legislativo 1057 tiene carácter transitorio.
RÉGIMEN DEL SERVICIO CIVIL, LEY Nº 30057: Ideas Generales e complementación P...JOSE LUIS JARA BAUTISTA
La Ley Nº 30057, pretende incorporar un régimen unico y exclusivo en el Estado, a este le ha denominado Régimen del Servicio Civil, el mismo que a través de una complementación progresiva pretende ordenar el empleo público, surgiendo varias preguntas ¿Estaremos frente a un tránsito voluntario?, ¿Que pasa si como servidor público decido quedarme en mi régimen?.
Somos testigos que algunos Títulos de esta Ley ya se han puesto en vigencia, y por tanto resultan exigibles independientemente de que en la actualidad no exista ningún entidad en la que se haya implantado el régimen en mención.
Gestión Pública. Administración Pública. Gobierno. Perú. Sistemas Administrativos. Gestión Presupuestal. Sistema Nacional de Control. Sistema de Planeamiento Estratégico. Giancarlo Merino Alama. 2013. 2020. 2021
https://orcid.org/0000-0002-2470-4542
Material utilizado para el SEMINARIO-TALLER “Taller sobre mapeo de puestos"
Fuente: Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) / Editado por: ProGobernabilidad
El Gobierno Regional de La Libertad, con la asistencia técnica de ProGobernabilidad, realizó con éxito el “Taller sobre mapeo de puestos” el pasado 13 y 14 de enero, como parte de la implementación del proceso de tránsito al nuevo régimen del Servicio Civil, en el marco de modernización de la gestión pública al 2021.
El taller reunió a funcionarios y funcionarias del gobierno regional y tuvo como objetivo la aplicación de la primera herramienta, mapeo de puestos, que las entidades deben aplicar al iniciar el proceso de tránsito, con la finalidad de identificar los puestos y recursos humanos existentes.
Gestión Pública. Administración Pública. Gobierno. Perú. Sistemas Administrativos. Gestión Presupuestal. Sistema Nacional de Control. Sistema de Planeamiento Estratégico. Giancarlo Merino Alama. 2013. 2020. 2021
https://orcid.org/0000-0002-2470-4542
Material utilizado para el SEMINARIO-TALLER “Taller sobre mapeo de puestos"
Fuente: Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) / Editado por: ProGobernabilidad
El Gobierno Regional de La Libertad, con la asistencia técnica de ProGobernabilidad, realizó con éxito el “Taller sobre mapeo de puestos” el pasado 13 y 14 de enero, como parte de la implementación del proceso de tránsito al nuevo régimen del Servicio Civil, en el marco de modernización de la gestión pública al 2021.
El taller reunió a funcionarios y funcionarias del gobierno regional y tuvo como objetivo la aplicación de la primera herramienta, mapeo de puestos, que las entidades deben aplicar al iniciar el proceso de tránsito, con la finalidad de identificar los puestos y recursos humanos existentes.
Gestion de recursos humanos en el sector publicoemy lahura
La gestión de recursos humanos contribuye a que los seres humanos que integran dentro de una empresa sea publica o privada y que apoyen al logro de los objetivos.
Los Servicios Públicos Domiciliarios en Colombia, gozan de un régimen especial. aquí e describen parte de lo concepto constitucionales y legales vigentes
1. Régimen Laboral en la
Administración
Pública
EXPOSITOR: LEOPOLDO GAMARRA VILCHEZ
2. Reseña jurídica:
1821 1824 1831 1918 1931
Estatuto Simón Bolívar El Mariscal Con José Pardo La Junta de
Provisional de estableció juicio Agustín Gamarra se expide Ley Gobierno de
José de San sumario y pena atenuó la medida 2760 (1918), la David Samanez
Martín que en capital a los anterior y Ley 2851 que Ocampo, emite
1821 reorganizó funcionarios estableció juicio norma el trabajo el DL 7455 que
la administración públicos que ordinario para de las mujeres; reconoció la
pública. malversaran los culpables que Y el DS de 1918 estabilidad en el
fondos estatales. malversaron de los empleo público.
fondos públicos empleados.
1950 1984 1990 2004 2008
Mediante la Ley Se aprobó el D. Se reglamentó Se aprobó la Se publicaron
11377 se creó el Leg. 276 Nueva del DL 276 por Ley Nº 28175, los Ds.
Estatuto y Ley de Bases de DS 005-90 PCM Ley Marco del Legislativos
Escalafón del la Carrera Empleo Público Nros. 1023,
Servicio Civil. Administrativa y 1024, 1025, 1026
Tuvo vigencia de Remuneración y 1057, sobre el
y derogó la Ley
más de 30 años. Empleo Público.
11377
3. Diagnóstico: desde la década 90’
Tres regímenes de contratación de personal:
- Régimen laboral público (DL 276)
- Régimen laboral privado (DL 728)
- Régimen SNP (Código Civil ).
Falta de transparencia y sinceramiento de
los CAP y de los PAP
Uso desmedido de los servicios no
personales (contratos SNP).
Falta de datos confiables sobre el empleo
público
Desorden en los niveles remunerativos del
sector público
4. LEY Nº 28175, LEY MARCO DEL EMPLEO PÚBLICO
• Promulgada el 18 de febrero de 2004.
– Consolida el pleno desarrollo de los organismos
públicos.
– Determina los principios que deben regir para el empleo
público.
– Crea las condiciones para que las entidades públicas
sean organizaciones eficientes, participativas,
transparentes y honestas.
– Norma las relaciones de trabajo en el empleo público.
5. • PRINCIPIOS: legalidad, transparencia y rendición de
cuentas, modernidad, imparcialidad, eficiencia,
Ley N° probidad y ética pública, mérito y capacidad,
preservación de la continuidad de políticas de Estado
28175 y de provisión presupuestaria.
• Reglamentación: • PL. 10877/2004-CR, Carrera
Presentados por Administrativa de los Servidores
Públicos;
el Poder
Ejecutivo por • PL 10878/2004-CR, Ley de los
mandato expreso Funcionarios Públicos y Empleados de
de la Ley Confianza;
• PL 10879/2004-CR, Ley de Gestión del
Empleo Público;
• PL 10880/2004-CR, Ley de las
responsabilidades e
incompatibilidades.
6. DECRETOS LEGISLATIVOS RELACIONADOS CON
EL EMPLEO PÚBLICO: Junio 2008
D. LEG. TÍTULO DE LA NORMA
Crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, Rectora
N° 1023 del Sistema Administrativo.
Crea y regula el cuerpo de Gerentes Públicos.
N° 1024
Aprueba normas de Capacitación y Rendimiento para
N° 1025 el Sector Público.
Establece un Régimen Especial Facultativo para Los
N° 1026 Gobiernos Regionales y Locales que deseen
lmplementar Procesos de Modernización Integral.
Regula el Régimen Especial de Contratación
N° 1057
Administrativa de Servicios.
7. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1023
Creación de la Autoridad Nacional del Servicio
Civil, Rectora del Sistema Administrativo
• Es un organismo técnico especializado, rector del
Sistema Administrativo de Gestión de los Recursos
Humanos del estado, con el fin de contribuir a la
mejora continua de la administración del Estado a
través del fortalecimiento del Servicio Civil.
• Se encuentra adscrito a la Presidencia de Consejo
de Ministros
• Tiene personería jurídica de derecho público interno,
constituyendo un pliego presupuestal.
8. EL SISTEMA ADMINISTRATIVO DE GESTIÓN DEL SERVICIO CIVIL
LA AUTORIDAD
TRIBUNAL
ANSC SERVICIO CIVIL
Consejo Directivo
ANSC
Gerencia
General
Oficina RRHH
Entidades Públicas
Organización Gestión del Desarrollo y Gestión de Gestión Gestión de Resolución de
Planeamient
de trabajo y Empleo Capacitación rendimiento de relaciones controversias
o
distribución compensació humanas
n
9. ATRIBUCIONES DE LA AUTORIDAD (Art. 11)
1 NOIRMATIVA
Supervisora:
Normativa:
Seguimiento de
comprende
acciones en las
Normas técnicas
entidades publicas
y directivas
LA AUTORIDAD
LA AUTORIDAD
Sancionadora:
Resolutiva:
Interventora: En caso de
ejercida a través
En caso de graves incumplimiento
del Tribunal del
irregularidades en la de obligaciones
servicio civil
administración
10. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1024
Crea y regula el cuerpo de Gerentes
Públicos que tiene por objetivo:
a) Convocar profesionales capaces para altos puestos
de dirección y gerencias de mando medio, a través
de procesos transparentes y competitivos;
b) Desarrollar capacidades de dirección y gerencia en
la Administración Pública y asegurar su
continuidad;
c) Profesionalizar gradualmente los niveles más altos
de la Administración Pública; e,
d) Impulsar la reforma del Servicio Civil.
11. REGIMEN LABORAL DE LOS GERENTES PÚBLICOS
(D.Leg. N°1024, art. 10)
Remuneración régimen
especial
CTS
D. Leg. 650
Gastos por traslado
cambio de residencia
Seguridad social en salud
y pensión.
DERECHOS Descanso vacacional
Y (15 días)
BENEFICIOS
Defensa legal
especializada con
recurso de la Autoridad
Jornada de trabajo sin
horas extras
12. DECRETO LEGISLATIVO
Nº 1025
NORMAS DE CAPACITACIÓN Y
RENDIMIENTO PARA EL SECTOR
PÚBLICO
Establecer reglas para la capacitación
y la evaluación del personal al servicio
del Estado, como parte del Sistema
Administrativo de Gestión de Recursos
Humanos.
13. EVALUACIÓN ( Art.18 y ss.)
La evaluación del Reglas Mínimas
desempeño es el
PROCESO DE proceso obligatorio
EVALUACIÓN integral, sistemático
y continuo
a). Debe ser aplicado en función de factores
mensurables
b). Abarcar a todo el personal al servicio civil
c). Se realiza con una periodicidad no mayor
de dos años
d). Sus resultados son públicos y se registran
ante la autoridad.
e). La calificación deberá ser notificada al
personal evaluado
Quien se encuentra disconforme podrá solicitar la
calificación ante la Oficina RRHH, quien definirá la
situación de modo recurrible, salvo como personal de
rendimiento sujeto a observación quien podrá recurrir
al Tribunal del Servicio Civil
14. La calificación obtenida en la evaluación
es determinante para la concesión de
estímulos y premios para el personal. PERSONAL DEL
RENDIMIENTO DISTINGUIDO
PERSONAL DE BUEN
RENDIMIENTO
PERSONAL DE RENDIMIENTO
SUJETO A OBSERVACIÓN
PERSONAL DE ENEFICIENCIA
CONSECUENCIAS DE LA COMPROBADA
EVALUACIÓN
15. PROCEDIMIENTO PARA EL CESE ( Art. 20)
Para atender los casos de personal
Plan evaluado en la categoría de
Oficina RR HH capacitación Personal de Rendimiento sujeto a
Observación
( PRSO)
Que garantice un
proceso adecuado de
Si habiendo recibido este formación laboral o
beneficio es evaluado por actualización
segunda vez como Personal
RSO
Será calificada como Configurándose una causa
personal de ineficiencia justificada que da lugar
comprobada extinción del vínculo laboral
o contractual o a la
terminación de la carrera.
16. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1026
Establece un régimen especial facultativo para
los gobiernos regionales y locales que deseen
implementar procesos de modernización
institucional integral
17. OBJETIVOS DE LA MODERNIZACIÓN INSTITUCIONAL
OBJETIVOS
Establecer un
régimen
facultativo de
modernización Establecer las reglas Efectivizar la
institucional para que los transparencia de
integral gobiernos locales y recursos humanos en
regionales puedan el marco de
optar descentralización
19. RÉGIMEN ESPECIAL DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS
FINALIDAD
Garantizar los
principios de
mérito
Profesionalismo
Capacidad,
De la
igualdad de
administración
oportunidades
pública
20. Cuadro comparativo
Régimen laboral común vs régimen CAS
Conceptos Régimen laboral común D. Leg. Nº 1057
Ámbito Laboral Administrativo
Duración Indeterminado y Temporal Temporal
Salario Mínimo Una RMV No contempla
Jornada laboral 8 h x día ó 48 semanales 48 semanales
Vacaciones 30 días por año 15 días por año
Gratificaciones En julio y diciembre No contempla
21. CTS 30 días x año No contempla
sin tope
Despido 45 días x año No contempla
injustificado con tope de 12
años
Régimen de Salud 9% de la 9% de remuneración con
remuneración a tope de 30% de UIT a
cargo del E. cargo del E.
Régimen 12% SPP y 13% Opcional quienes viene
Pensionario SNP prestando servicios y
obligatoria para nuevos
contratados: 12% SPP y
13% SNP
22. PERSPECTIVAS:
• El Congreso debe aprobar Ley General del Empleo
Público para avanzar en la modernización del
Estado
• Debe superarse las condiciones de trabajo y
búsqueda de eficiencia y resultados en los
trabajadores públicos son ejes de reforma del
Estado.
• Los trabajadores involucrados deben participar en
el debate plural y técnico.
• Respeto de los derechos laborales de los
servidores públicos es obligación de un Estado
moderno y de derecho; y condición para tener un
aparato público que sirva a una sociedad
democrática y desarrollada.