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Reglamento interior de trabajo
1. UNIVERSIDAD POPULAR AUTONOMA DEL ESTADO DE PUEBLA
ALUMNA: SOFIA CRUZ MARTINEZ
SEMANA 4.
TEMA: REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO
2. INTRUDUCION
Los seres humanos tenemos diversas actitudes, creencias, pensamientos, cultura, deseos y ,modo de vivir
la vida, sin embargo; es necesario para las empresas poner en común a un grupo de personas que
independientemente de sus interés personales puedan contribuir al desarrollo de su organización. Por lo
tanto, al interrelacionarse las personas pueden surgir conflictos y falta de coordinación por ello en las
empresas es necario crear reglas que puedan orientar a los trabajadores para realizar eficazmente su
trabajo.
3. ¿ QUE ES EL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO?
El reglamento interno de trabajo es un documento de suma importancia en toda empresa, debido a que se
convierte en norma reguladora de las relaciones interna de la empresa con el trabajador. Siempre que no
afecte los derechos mínimo del trabajador, es una herramienta indispensable para resolver los conflictos
que se llegaran a presentar dentro de la empresa, y es tan importante que si no existiera, seria muy difícil
sancionar a un trabajador por algún acto impropio, puesto que no habría ninguna sustentación normativa o
regulatoria que ampare una decisión sancionatoria.
4. ¿ QUE DEBE CONTENER EL REGLAMENTO INTERNO DE
TRABAJO?
• Horas de entrada y salida de los trabajadores.
• Tiempo destinado para las comidas y periodos de reposo durante la jornada.
• Lugar y momento en que deben comenzar y terminar las jornadas de trabajo.
• Días y horas fijados para hacer la limpieza de los establecimientos, maquinaria, aparatos y útiles de
trabajo.
• Días y lugares de pago. Normas para el uso de los asientos o sillas para la prestación del trabajo.
5. Normas para prevenir los riesgos de trabajo e instrucciones para prestar los primeros auxilios.
• Labores insalubres y peligrosas que no deben desempeñar los menores y la protección que
deben tener las trabajadoras embarazadas.
• Tiempo y forma en que los trabajadores deben someterse a los exámenes médicos, previos o
periódicos, y a las medidas profilácticas que dicten las autoridades.
• Permisos y licencias.
• Disposiciones disciplinarias y procedimientos para su aplicación: La suspensión en el trabajo,
como medida disciplinaria, no podrá exceder de 8 días. El trabajador tendrá derecho a ser oído
antes de que se aplique la sanción.
• Las demás normas necesarias y convenientes de acuerdo con la naturaleza de cada empresa o
establecimiento, para conseguir la mayor seguridad y regularidad en el desarrollo del trabajo.
6. NORMATIVIDAD DEL REGLAMENTO INTERNO DEL TRABAJO
La normatividad del reglamento interior de trabajo aparece en nuestro país a nivel nacional en la ley
federal de trabajo de 1931, la que en su articulo 101 indicaba que:
“ reglamento interior de trabajo es el conjunto de disposiciones obligatorios para trabajadores y patronos
en los labores de una negociación”.
En la ley federal de trabajo de 1970 la definición del reglamento no cambia en los sustancial, si bien
resulta mucho mas precisa. Así en el articulo 422 se dispone que:
“ reglamento interior de trabajo es el conjunto de disposiciones obligatorias para trabajadores y patrones
en el desarrollo de los trabajos en una empresa o establecimiento”.
7. En la ley de 1931 se disponía “ que el reglamento se hará de acuerdo con lo que prevengan los contratos
colectivos o en su defecto, por una comisión mixta de representantes de los trabajadores y el patrón.
En la ley 1970 la vinculación en primer termino del reglamento interior de trabajo con el contrato colectivo
de trabajo desaparece.
8. OBJETO
Establecer peculiaridades del desarrollo del trabajo, sus normas son obligatorias para TRABAJADORES Y
PATRONES (Art 422).
Articulo 422 reglamento interior de trabajo es el conjunto de disposiciones obligatorias para trabadores y
patrones en el desarrollo de los trabajos en una empresa o establecimiento, no son materia del reglamento,
las normas de orden técnico y administrativo que formulen directamente las empresas para ejecución de los
trabajo.
9. FINALIDAD
Esta puede confundirse con la finalidad que el ART 386 dispone para el contrato colectivo:
“ establecer las condiciones según las cuales debe presentarse el trabajo”
Pero cuando el articulo 422,habla de disposiciones obligatorias en el desarrollo de los trabajos en una
empresa o establecimiento, la ley concretiza mas la aplicación de la norma, en tanto que el contrato se
refiere a una o mas empresas o establecimiento.
El reglamento se ocupa necesariamente de detalles, de peculiaridades, en tanto que el contrato de los
aspectos generales.
10. DOCTRINA
La ley federal del trabajo en México, coloca el reglamento interior de trabajo dentro del titulo séptimo, que
se versa sobre las relaciones colectivas de trabajo, por ello y al decir del maestro de la cueva, el
reglamento de viene en productor de derecho objetivo.
El código de Colombia coloca el reglamento interior dentro del derecho individual del trabajo, y costa rica
dentro de los contratos de trabajo y republica dominicana, dentro de la regulación privada de las
condiciones de contrato de trabajo. En Albania en el capitulo “ disciplina de trabajo”.
En yoguslavia en el Titulo “ reglamento de empleo”.
Esta institución se coloca dependiendo de la naturaleza que del mismo se considere en casa país, en
diversos capítulos.
11. VALIDEZ
Se ha discutido su validez, cuando es el patrón 2uien tiene derecho a dictar
unilateralmente a reglamento de empresa o bien que elaborarlo en unión de sus
trabajadores.
Se ha sostenido que la relación de subordinación del trabajador al patrón le
confiere a este la facultad de andar y el derecho de ser obedecido en todo los
relativo al trabajo contratado y que en consecuencia, patrón o empresario
pueden fijar de acuerdo con su arbitro, las reglas de ejecución que estime mejor
para sus empresas.
En su naturaleza, se ha dicho que el reglamento interior de trabajo deja de ser tal
y se convierte en convenio colectivo, si se pacta de común acuerdo entre
patrones y trabadores.
Por nuestra parte diferimos de dicha opinión ya que entre el contrato colectivo y
el reglamento interior existe muchas diferencias, el primero puede existir sin el
segundo y este sin aquel.
12. REQUISITOS Y FORMALIDADES
En cuanto a su naturaleza jurídica, si bien la ley regula los requisitos y las formalidades del reglamento
interior de trabajo, no surge de la ley ni de la terminación unilateral de los patrones, si no que es producto de
la voluntad o acuerdo entre las partes. El deposito y la publicación son requisitos esenciales de validez, por
lo que cumple con los elementos del acto jurídico.
13. SANCIONES DISCIPLINARIAS
La fracción X del articulo 423 de la ley establece que el reglamento interior de labores deberá contener
disposiciones disciplinarias y procedimientos para su aplicación. La suspensión en el trabajo sin goce de
sueldo como medida disciplinaria, no podrá acceder de 8 días. El trabajador tendrá derecho a ser oído antes
de que se aplique la sanción.
14. FORMULACION DEL REGLAMENTO
Al respecto, el articulo 424 dispone que en la formulación del reglamento deben observarse las normas
siguientes:
I. Se formulara por una comisión mixta de representantes de los trabajadores y del patrón;
II. Si las partes se ponen de acuerdo, con cualquiera de ellas dentro de los ocho días siguientes a su
firma, lo depositara ante la junta de conciliación y arbitraje;
III. No producirán ningún efecto legal las disposiciones contrarias a esta ley, a sus reglamentos y a los
contratos colectivos y contratos ley;
IV. Los trabajadores o el patrón en cualquier tiempo, podrán solicitar de la junta se subsanen las omisiones
del reglamento o se revisen sus disposiciones contrarias a esta ley las demás normas de trabajo.
15. COMISION MIXTA
La comisión mixta estará conformada por igual numero de representantes de los trabajadores y del patrón;
no se establece la intervención de sindicato titular del contrato colectivo de trabajo, aunque la practica,
además de los representantes obreros los sindicatos participan en su formulación sin ser un elemento
esencial.
16. AMBITO DE APLICACION
En una empresa o establecimiento pueden existir reglamento para los trabajadores sindicalizados y los de
confianza o bien una solo; en caso en que el reglamento interior de trabajo no se establezca el ámbito de
aplicación por analogía, puede interpretarse en términos del articulo 396 de la ley “ las estipulaciones del
contrato colectivo se entiende a todas las personas que trabajen en la empresa o establecimiento, aunque
nos sea miembro del sindicato que lo haya celebrado, con las limitación consignada en el articulo 184”
17. ¿QUE SUCEDE SI LAS PARTES NO SE PONEN DE ACUERDO
CON EL CONTENIDO DEL REGLAMENTO?
La parte interesada puede tramitar un procedimiento ordinario para conflictos colectivo jurídicos, con
fundamento en lo establecido en los artículos 870 y siguientes.
ART 870. las disposiciones de este capitulo rige la tramitación y resolución de los conflictos individuales y
colectivos de naturaleza jurídica, que no tengan una tramitación especial en esta ley.