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1
REGLAMENTO INTERNO Y
MANUAL DE CONVIVENCIA
2018 - 2020
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INDICE
PRINCIPALES FUNDAMENTOS LEGALES DEL REGLAMENTO INTERNO
Presentación 04
TITULO PRIMERO
1.1.- Fundamento 05
1.2.- Marco Legal 07
TITULO SEGUNDO
2.- Propósito, Alcance y Objetivos del Reglamento Interno 08
TITULO TERCERO
3.- Normativa referida a los alumnos y Alumnas Colegio Cervantes 10
3.1.- Consideraciones Preliminares 10
3.2.- Perfil del Alumno(a) Cervantino 10
3.3.- De la Jornada Escolar 11
3.4.- De las Normas Generales de Índole Técnico Pedagógico 12
3.5.- De las Ausencias a la Jornada Escolar 14
3.6.- Retiro de alumnos durante de la Jornada Escolar 15
3.7.- De la Asistencia a Clases y Puntualidad 16
3.8.- Presentación Personal del Alumno y Alumna Cervantino 17
TITULO CUARTO
4.- Normativa Referida a los Apoderados 19
4.1.- Consideraciones Preliminares 19
4.2.- Obligaciones con el Colegio 21
4.3.- Obligaciones con su pupilo(a) 22
4.4.- Obligaciones con Directivos y profesores(as) 23
4.5.- Derechos de los apoderados 23
II PARTE
Manual de Convivencia Colegio Particular Subvencionado Cervantes de
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La Serena
1.- PRESENTACION 25
1.1.- Del Comité de Convivencia Escolar 25
TITULO PRIMERO
2.2.- Encargado de Convivencia Escolar 26
TITULO SEGUNDO
3.1.- Objetivos del Manual de Convivencia Escolar 27
3.2.- Deberes y Derechos del Colegio 27
1) Deberes del colegio 27
2) Derechos del colegio 29
TITULO TERCERO
4.- Reglamento de los alumnos(as) 30
A. Derechos de los alumnos(as) cervantinos 31
B. Deberes de los alumnos(as) cervantinos 32
C. Del Cumplimiento de la Jornada Escolar (los horarios) 34
D. Los Atrasos 35
E. Los Certificado Médicos en Clases Educ. Física 36
F. Horario de Almuerzos 36
G. Sobre el libro de clases 37
H. Ausencia por viajes 37
I. Ausencia a la jornada escolar 37
J. Relacionado con el porcentaje de inasistencias 37
K. Por razón de seguridad sobre uso de bicicletas en el colegio
L.
37
4.1.- Del retiro del alumno(a) durante la jornada escolar 38
4.2..- Cuidado del Material Didáctico e Infraestructura del Establecimiento 38
TITULO CUARTO
5.0.- Sanciones Disciplinarias. 39
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4
1) De las amonestaciones y sanciones 39
2) Será motivo de llamado de atención o sanción menor 39
3) Será motivo de Trabajo Comunitario 40
4) Se consideran faltas de carácter grave 40
5) Se consideran faltas de carácter muy graves 41
6) Suspensión de clases por unos, dos o tres días 42
7) Suspensión indefinida con asistencia solo a dar pruebas 42
8) Advertencia de condicionalidad al apoderado 42
9) Carta compromiso o condicionalidad de matricula 42
10) La cancelación de la matricula 43
11) Plan de Intervención ante una condicionalidad 43
12) De la aplicación de las sanciones 44
13) De las investigaciones sumarias 44
14) Solicitud de apelación 44
5.1.- Otras Sanciones de Aspecto Generales 45
A. Bullyng
 ¿Como enfrentarlo?
 ¿Qué hacer en estos casos?
45
B. De las alumnas en situación de embarazo y maternidad 47
TITULO QUINTO
6.0.- compromiso como apoderado del Colegio Cervantes 48
6.1.- Derecho de los padres y apoderados 49
6.2.- Normas de prevención, higiene y seguridad
 Normas de prevención
 Normas de higiene y seguridad
 En Relación al suministro de Medicamentos
49
6.3.- Plan de contingencias y/o evaluación 51
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6.4.- Recomendaciones generales 53
6.5.- Ley Zamudio: Ley Anti discriminación 54
6.6.- Normas sobre ética y probidad en el trabajo de los docentes 54
PRESENTACIÓN
El artículo 46, letra f), del Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 2009, Ministerio de Educación,
indica que uno de los requisitos para obtener reconocimiento oficial es que todo establecimiento
educacional debe contar con un Reglamento Interno y Manual de Convivencia que regule las
relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar.
El reglamento interno, deberá incorporar políticas de prevención, medidas pedagógicas,
protocolos de actuación y diversas conductas que constituyen falta a la buena convivencia
escolar, graduándolas de acuerdo a su menor o mayor gravedad. De igual forma, establecerá las
medidas disciplinarias correspondientes a tales conductas, que podrán incluirse desde la medida
pedagógica hasta la cancelación de la matrícula. En todo caso, en la aplicación de dichas
medidas deberá garantizarse en todo momento el justo procedimiento, el cual deberá estar
establecido en el reglamento.
Por tanto, el presente Reglamento Interno y Manual de Convivencia del Colegio Particular
“Cervantes”, en concordancia con el Proyecto Educativo Institucional, entrega las normas que
regirán la vida diaria de los Directivos, profesores, profesoras, asistentes de la educación,
alumnos y alumnas, padres, madres y apoderados.
El presente Reglamento Interno y Manual de Convivencia Escolar, ha sido concebido como un
conjunto de normas y disposiciones que regulan la convivencia armónica de un grupo humano
que se encuentra relacionado al Colegio Cervantes de La Serena, donde todos ellos aceptan y
comparten los mismos valores y objetivos definidos en el PEI
El Reglamento Interno, se dicta en cumplimiento a la normativa legal vigente, es un instrumento
técnico – pedagógico y administrativo, que permite armonizar los recursos humanos, materiales y
técnico, para el logro de una educación de calidad, basados en los principios y valores que
entrega nuestra familia Cervantina en su diario quehacer
Desde el momento de su matrícula, el alumno/Alumna, adquiere la condición de “Alumno
Regular” del Colegio y titular de todos los derechos que esta calidad le otorga en conformidad al
Contrato de Prestación de Servicios Educacionales, el presente Reglamento Interno de
Convivencia Escolar y la normativa aplicable.
TITULO PRIMERO
1.1.-FUNDAMENTO
Art. 1.- Ficha Técnica del Establecimiento
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Nombre del establecimiento COLEGIO PARTICULAR CERVANTES
Domicilio Avda Arauco N° 5394 Villa La Florida
Región Coquimbo
Comuna La Serena
Teléfono 51-2272350 // 09 9 64960965
Pagina Web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com
Email cervantesltda@hotmail.com
Modalidad Particular
Rol Base de dato 13.574-7
Tipo de enseñanza Pre-Básica, Básica y Media
Régimen Semestral
Sostenedor Centro de Educación, Capacitación y
Formación Laboral Cervantes Ltda
Rut 77.970.070-4
Rector y Representante Legal Gastón Erasmo Godoy Olivares
Inspector General Jaime Andrés Godoy Guerrero
Jefe Unidad Técnico Pedagógica Patricia Alejandra Figueroa Lagomarsino
Coordinador Pedagógico Sebastián Andrés Rivera Herrera
Encargado de convivencia escolar Jaime Andrés Godoy Guerrero
Presidenta del Centro General de Padres y
Apoderados
Klaudia Sanhueza Aguirre
Art. 2.- El Colegio Particular Cervantes de La Serena, posee una infraestructura de calidad,
arquitectónica y considera óptimas condiciones de seguridad para sus alumnos y alumnas,
distribuidos en 14 cursos que van desde Pre-kinder a 4° Medio.
Art. 3.- El establecimiento cuenta actualmente con 16 salas de clases, (para un total de 14
cursos) Un pabellón de Oficinas Administrativas Dirección, Inspector General, Coordinador
Pedagógico Oficina de Unidad Técnico Pedagógica, Oficina de Psicólogo, Oficina de Portería y
Recepción, Pabellón de sala de clases, baños y patios individuales para Pre-Kinder, Kinder,
Educación Básica y Educación Media, 5 Baños para Profesores y Administrativos y/o Asistentes
de La Educación, Sala de Computación, Biblioteca CRA, Laboratorio de Ciencias, Comedor,
Casino y Sala de Profesores, además cuenta con Gimnasio Techado, Furgón de Pasajeros para
traslado de delegaciones, patios y áreas verdes, toda las dependencia mencionadas son de
construcción nueva y sólida, según las normativas vigentes y recepcionado por Departamento de
Obras I. Municipalidad de La Serena.
Art. 4.- Fue autorizado su funcionamiento por Resolución Exenta Nº 00922, del Ministerio de
Educación, Región Coquimbo y que reconoce oficialmente a contar del inicio del año escolar de
2005. Sus Planes y Programas de estudios son los emanados desde la Secretaría Regional
Ministerial de Educación.
Art. 5.- El Proyecto Educativo Institucional (en adelante el PEI) que sustenta al Colegio, es el
principal instrumento orientador de la gestión del establecimiento y tiene como finalidad el
mejoramiento progresivo de los procesos de aprendizaje de los alumnos, su formación valórica e
integral.
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Art. 6.- El presente Reglamento Escolar Interno (en adelante el Reglamento Interno), ha sido
concebido como un conjunto de normas y disposiciones que regulan la convivencia armónica de
un grupo humano facilitando con ello la formación integral de los alumnos y alumnas del Colegio,
pues todos ellos aceptan y comparten los mismos valores y objetivos definidos en el PEI del
establecimiento, las cuales buscan los siguientes objetivos:
 Estimular un ambiente educativo efectivo, seguro y grato.
 Promover valores como la responsabilidad, honradez, respeto, tolerancia, lealtad,
compañerismo, solidaridad, puntualidad, autonomía, e iniciativa.
 Cautela el cuidado del ambiente educativo en general y el desarrollo de conductas que
favorezcan los valares que el Colegio promueve y que se encuentren explícitos en estas
normas.
 Propender a la participación, flexibilidad, autonomía, coherencia, capacidad de reflexión,
desarrollo de las habilidades sociales en los alumnos y alumnas como también de los
funcionarios, padres y/o apoderados
Art. 7.- EL Reglamento Interno del Colegio Particular “Cervantes”, de La Serena, tiene como
función primordial procurar el orden social e individual del establecimiento y a la vez, ayudar en la
formación integral de cada uno de los alumnos.
Art. 8.- El presente reglamento considera además un conjunto de normas y procedimientos que
regulan los derechos y deberes de todos los alumnos y alumnas-en sus diversos niveles de
educación- por tanto, los estudiantes están sujetos al cumplimiento de normas, deberes y
obligaciones, tanto al ordenamiento del Colegio como a la legislación vigente.
Art. 9.- En el marco de la Actual Reforma Educacional de Inclusión-promulgada el 2015- (Ley N°
20.845 De inclusión escolar que regula la admisión de los y las estudiantes , elimina el
financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben
aportes del estado) y operativa a contar del 01 de marzo del 2016; todos los alumnos, alumnas,
padres, madres y apoderados y comunidad educativa tiene derecho a las mismas oportunidades,
como así mismo deberán cumplir con las normas y reglas estipulada en el presente reglamento.
En este contexto la igualdad de oportunidades se promoverá mediante:
a) La no discriminación arbitraria por razón de nacionalidad, enfermedad, raza, género, nivel
social, convicciones políticas o religiosas; así como por cualquier otra condición o
circunstancia personal o social.
b) La disposición de medidas compensatorias que garanticen la igualdad real y efectiva de
oportunidades.
c) A las alumnas que se encuentren en estado de embarazo, el colegio dará las garantías y
facilidades para que puedan finalizar su año escolar.
Art.10.- Como principio fundamental para nuestra unidad educativa, es el respeto a cada persona
independiente del rolo o función que cumpla dentro de la organización. Por tal razón es de vital
importancia que, quienes ejerzan la patria potestad (padres, madres y/o apoderado o tutor), no
importando su constitución legal, conozcan y acepten las normas indicadas en el Presente
Reglamento Interno y Manual de Convivencia, las cuales regulan el funcionamiento del colegio,
de tal manera que al momento de efectuar su matrícula se asume libremente su incorporación a
esta comunidad educativa
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Art. 11.- Cada miembro integrante de esta comunidad escolar, desde su ingreso al Colegio,
reconocen la existencia y toman conocimiento del presente Reglamento, el cual deberá ser
cumplido en todas sus partes para garantizar el buen funcionamiento en nuestro establecimiento
educacional y de sus respectivos aprendizajes. Por lo tanto, desde la fecha de incorporación a
este Establecimiento, se entenderá que tanto el alumno(a) como su padre, madres y/o
apoderado y la comunidad escolar toda, se encuentran en pleno conocimiento de las
disposiciones de este Reglamento, debiendo hacer expresa en el formulario de matrícula,
de su conocimiento y su obligación de cumplirla. Cabe destacar que este Reglamento es el
resultado de la reflexión, análisis y participación de toda la comunidad escolar, modalidad
elegida para su actualización con el fin de lograr la adhesión de todos los actores.
Por tanto, en el caso de no cumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas en este
Reglamento, por parte del alumno, de su padre, madre y/o apoderado u otro miembro de la
comunidad escolar, la Dirección podrá disponer de amonestaciones verbales y/o escritas, según
lo contempla este documento.
Art. 12.- Se considera la convivencia escolar como eje articulador del Proyecto Educativo
Institucional, por lo cual existe un Comité de Convivencia el que es dirigido por un Encargado de
Convivencia de acuerdo a la ley de violencia escolar Nº20.536, que tiene la función de velar por la
sana convivencia dentro del colegio, establecer estrategias para promover e implementar
medidas de restauración cuando sea necesario. Este Comité está liderado por el Rector quien
debe velar por su buen funcionamiento y el cumplimiento de su propósito.
Frente a la recepción de una denuncia de un caso de violencia escolar el Comité de Convivencia
tendrá la facultad de aplicar el “Procedimiento de Detección y Gestión de Violencia Escolar”
1.2.- DEL MARCO LEGAL
Art. 13.- En la determinación de estos reguladores del comportamiento, están presentes tanto la
legislación vigente como los principios declarados en el Proyecto Educativo Institucional.
Art. 14.- La Política de presente Reglamento, se fundamenta en un conjunto de normas y
principios legales vigentes en la República de Chile, entre las que destacan como más
importantes las siguientes:
I. Constitución Política de la República de Chile 1980
II. Ley General de Educación, Ley 20370/99
III. Estatuto de los Profesionales de la Educación, Ley N° 19070/91 y sus modificaciones
IV. Reglamento de la Ley 19070
V. Bases Curriculares para Educación Parvularia
VI. Marco Curricular 2009 (Decreto 256/1999), que determina los Objetivos Fundamentales y
contenidos Mínimos para Educación Básica y Media.
VII. Bases Curriculares 1º a 6º Básico (Decreto 439/2012).
VIII. Decreto 220/1998 Enseñanza Media.
IX. Decreto 511/97 sobre Evaluación y Promoción Escolar de Enseñanza Básica.
X. Decreto 158/99. Modificación a Decretos 511 y 112 de Evaluación y Promoción Escolar.
XI. Decreto 83/2001 sobre Calificación y Promoción de alumnos y alumnas de 3º y 4º Medio.
XII. Decreto 112/1999 sobre Evaluación y Promoción de alumnos y alumnas de Enseñanza
Media.
XIII. Decreto 565/90 sobre Reglamento General de Centro de Padres y Apoderados.
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XIV. Ley 19304/94 sobre Ley de Menores.
XV. Decreto 313/73 sobre Accidentes Escolares.
XVI. Circular 782/79 sobre Operación DEYSE
XVII. Ley N° 19.638 sobre igualdad de culto y libertad de consciencia
XVIII. Ley 16744 sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.
XIX. Ley N° 20.422 Establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de
personas con discapacidad.
XX. Ley N°n 20.501. calidad t Equidad de la educación.
XXI. Ley N° 20.529. sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación
Parvularia, Básica y Media y su fiscalización
XXII. Ley N° 20.529. sobre violencia escolar.
XXIII. Ley 18620/87 Código del Trabajo.
XXIV. Decreto 056/84 sobre Reglamento Interno para Establecimientos Educacionales Región
de Coquimbo.
XXV. Manual de Procedimientos.
XXVI. Marco para la Buena enseñanza.
XXVII. Declaración Universal de los derechos humanos
XXVIII. Convención sobre los derechos del niño
XXIX. NUEVA LEY DE INCLUSION N° 20.845 (vigente a contar del 01-03-2016)
TÍTULO SEGUNDO
2.- PROPÓSITO, ALCANCES y OBJETIVOS DEL REGLAMENTO
Art. 15.- Este reglamento interno, intentará recoger el conjunto de normas que regulan el
funcionamiento de nuestra escuela y garantiza la adecuada coordinación de todos los estamentos
y personas que formaran esta comunidad educativa.
Se podrán encontrar aquí las normas generales, técnico pedagógicas, administrativas, de
prevención de riesgo y de higiene y seguridad.
Art. 16.- El presente Reglamento tiene como objetivo asegurar el normal desarrollo de las
actividades estudiantiles dentro del recinto y lugares en que éstas se realicen, además de velar
por el desarrollo integral de toda la Comunidad Escolar.
Art. 17.- En el marco de la LGE y Ley de Inclusión N° 20.845, todos los alumnos y alumnas tienen
derecho a las mismas oportunidades de acceso a los distintos niveles de enseñanza. Los
educandos tendrán sólo las limitaciones derivadas de su laboriosidad o de sus aptitudes. (LGE
Art. 6)
Art. 18.- En este contexto, la igualdad de oportunidades se promoverá mediante:
a) La no discriminación arbitraria por razón de nacionalidad, enfermedad (VIH u otra), raza,
género, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas; así como por o cualquier
otra condición o circunstancia personal o social.
b) La disposición de medidas compensatorias que garanticen la igualdad real y efectiva de
oportunidades.
c) A las alumnas que se encuentran en estado de embarazo, el Colegio dará las garantías y
facilidades para que puedan finalizar su año escolar.
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10
d) Del mismo modo que las embarazadas, las alumnas puérperas recibirán la orientación
especializada con el objeto que puedan asumir su nueva condición de la mejor forma
posible, y a la vez concluir con su formación educativa.
Art. 19.- Los objetivos del reglamento son:
I. Diseñar una adecuada estructura administrativa y pedagógica del establecimiento, que
permita satisfacer las exigencias de la comunidad a fin de entregar un servicio educativo
de la mejor calidad.
II. Determinar la estructura y funciones de los diversos estamentos y actores que participan
en el establecimiento, para el logro de los objetivos propuestos en el PEI.
III. Crear conciencia y cautelar los derechos y deberes de cada integrante de la unidad
educativa en un ambiente motivador y de confianza que favorezca su desarrollo personal y
social.
IV. Fortalecer las relaciones entre establecimiento y la comunidad, que va en beneficio de la
educación y protección de los alumnos
Art. 20.- Las siguientes disposiciones forman parte del presente Reglamento Interno y Manual de
convivencia:
a) Título Primero: Antecedentes generales.
b) Título Segundo: Propósito y alcances del Reglamento
c) Título Tercero: Normativas referidas a los alumnos.
d) Título Cuarto: Normativas referidas a los apoderados.
e) Título Quinto: Disposiciones de orden y disciplina.
f) Título Sexto: Disposiciones referidas a la postulación, matrícula y aranceles.
g) Título Séptimo: Disposiciones referidas al uso de los recursos materiales.
h) Título Octavo: Disposiciones referidas a uniformes y uso del comedor.
i) Título Noveno: Disposiciones referidas a la seguridad y salud.
j) Título Décimo: Disposiciones aplicables a la relación de los apoderados con el
colegio.
k) Título Décimo Primero: Disposiciones para las ceremonias, premios y reconocimientos
l) Título Décimo Segundo: Protocolos de Actuación frente a: Convivencia escolar, Admisión,
Hostigamiento escolar, violencia escolar, abuso sexual, embarazo, maternidad y
paternidad, consumo y tráfico de drogas, accidentes escolares, plan de emergencia,
clases de educación física, salidas pedagógicas, entrada y salida del colegio, entrevistas y
reuniones de apoderados, seguridad e higiene en los párvulos, uso servicios higiénicos,
uso biblioteca Cra, laboratorio de Computación y seguridad en uso laboratorio de ciencias
m) Título Décimo Tercero: los Reglamentos de: Evaluación, Becas, Centro de alumnos,
centro de padres, de padres y apoderados, del consejo escolar, de giras de estudios, sala
de informática, y biblioteca CRa
n) Título Décimo Cuarto: Los Planes de Acción: Orientación vocacional, alcohol y drogas,
seguridad escolar, convivencia escolar, educación sexual, consejo escolar, y deportes y
recreación.
TÍTULO TERCERO
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11
NORMATIVAS REFERIDAS A LOS ALUMNOS
3.1. CONSIDERACIONES PRELIMINARES.
Art. 21.- Pertenecer a la Comunidad Educativa Cervantina requiere del conocimiento y adhesión
a los principios de su Proyecto Educativo Institucional.
Art. 22.- La Rectoría del Colegio promueve en toda su comunidad una relación armónica y
constructiva entre sus miembros, y espera una respuesta positiva y permanente al cumplimiento
de sus fines y normas.
Art. 23.- El Colegio es un lugar de convivencia, estudio, enseñanza y aprendizaje, dentro de un
marco de búsqueda de la verdad, de libertad, creatividad, responsabilidad y trascendencia.
Art. 24.- Los(as) alumnos(as) deberán velar por su integridad física manteniendo una conducta
responsable y de autocuidado, respetando las normas de seguridad del Colegio, para su propia
protección y la de terceros.
3.2. DEL PERFIL DEL ALUMNO.
Art. 25.- De acuerdo a los artículos 9 y 10 de la LGE, el Perfil del Alumno que deseamos
consolidar durante su permanencia en nuestro Colegio es el siguiente:
Los egresados del Colegio Particular “CERVANTES”, formados con una visión y misión
humanista y global, se caracterizaran por:
“Ser personas con una sólida formación en una o más áreas del conocimiento, con gran sentido
analítico, ético y de responsabilidad social, con una amplia capacidad de participación en debates
sociales, foros comunitarios, investigaciones e internet, emprendedores y gestores de su propio
desarrollo, que afrontan eficientemente los desafíos, competentes en la comunicación con su
propia lengua, al mismo tiempo de poder expresarse, en un nivel básico, en inglés en situaciones
cotidianas.
Por tanto, el Perfil del Alumno que deseamos consolidar durante su permanencia en nuestro
Colegio es el siguiente:
a) Alumnos que desarrollen habilidades socioemocionales y éticas, que les permitan
escuchar, tomar perspectiva y resonar con las emociones de los otros, adoptando
una actitud respetuosa hacia la diversidad y resolviendo los conflictos a través del
diálogo y la búsqueda del bien común.
b) Estudiantes que desarrollen sus destrezas y habilidades, potencien la creatividad y
el espíritu crítico y generen la capacidad de adaptarse al cambio personal, social y
ambiental.
c) Personas que se caractericen por ser capaces de desarrollar responsablemente su
propia voluntad, fijándose metas ambiciosas y realizando acciones para su
consecución. Esforzándose por vencer sus temores y asumiendo con coraje y
optimismo la búsqueda de su felicidad.
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d) Alumnos que desarrollen la autonomía a lo largo de los procesos educativos,
curiosos del conocimiento, críticos, constructivos y reflexivos, buscando expresar
su opinión y participando activamente para realizar mejoras en la Comunidad.
e) Personas con consciencia ecológica, que velen por el cuidado del medio ambiente
y el uso eficiente y sustentable de los recursos, realizando acciones que permitan
solucionar y disminuir el impacto ambiental.
3.3. DE LA JORNADA ESCOLAR.
Art. 26.- En general, las dependencias administrativas del Colegio permanecerán abiertas
durante todo el año escolar respectivo, de lunes a jueves entre las 08:00 y 17:30 hrs., viernes de
08:00 a 15:30 hrs. con excepción de los feriados legales.
Art. 27.- La asistencia de los alumnos y alumnas al establecimiento se rige por la Jornada Escolar
Completa, que se determina en base a nuestro Programa Pedagógico, el que comprende el
calendario anual escolar para los distintos niveles y el horario semanal de cada curso del Colegio.
Art. 28.- Al inicio de cada año lectivo, se informará a la comunidad educativa y sus diversos
actores el Calendario Anual Escolar e Institucional y el horario semanal de cada curso, de
acuerdo a lo aprobado por el Ministerio de Educación.
Art. 29.- Las horas de clases establecidas en dicho calendario, serán consideradas para el
cálculo del porcentaje de asistencia anual de cada alumno(a).
Art. 30.- El Colegio asume que los apoderados y alumnos(as) conocen el calendario y el horario
establecido desde el momento de su publicación en los medios oficiales de comunicación del
Colegio. (1ra reunión de padres y apoderados, diarios mural, pag web del colegio)
Art. 31.- Durante la Jornada Escolar el Colegio velará por promover un modelo de sana
convivencia al interior del recinto, basado en el respeto, la integración y la solidaridad.
Art.32.- El Colegio “Cervantes” de La Serena, es un establecimiento de financiamiento particular,
de Enseñanza Pre-Básica, Básica y Media, cooperador de la función educacional del Estado. El
colegio se administrará en forma particular y funcionará como unidad educativa acorde a las
normas emanadas del Ministerio de Educación, en lo relacionado a lo Técnico Pedagogico y
Disposiciones contenidas en este reglamento.
Art. 33.- Las relaciones laborales se regirán por las normas establecidas en este reglamento,
además por el Código del Trabajo y Reglamento Interno de Funciones y Procedimientos para el
Personal Docente y No Docente.
Art. 34.- El colegio se financiará con recursos que se obtengan a través del aporte por conceptos
de cuotas de escolaridad mensuales que cancelarán los padres, madres y/o apoderados.
3.4.- DE LAS NORMAS GENERALES DE INDOLE TECNICO PEDAGOGICO
Art. 35.- De la concepción Curricular.
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13
Aplicación de metodología activa y participativa que despierten el interés del alumno hacia el
aprendizaje, para el desarrollo de sus capacidades y potencialidades intelectuales, artísticas y
manuales, y la formación de hábitos, actitudes y valores deseables.
Art 36.- Del Funcionamiento:
Antecedentes Generales
Ubicación Geográfica: Avda Arauco Nº 5394 villa La Florida, La Serena.
Niveles que atiende. Pre-Básica, Básica y Educación Media
Número de Jornadas: Jornada Escolar Completa
Horario de Clases: (los horarios se conforman de la siguiente forma, pudiendo
sufrir modificaciones)
CURSOS LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES
Pre Kinder a
8º Básico
08:00 a 15:30 08:00 a 15:30 08:00 a 15:30 08:00 a 15:30 08:00 a 13:00
1º a 4º Medio 08:00 a 17:00 08:00 a 13:45 08:00 a 16:15 08:00 a 16:15 08:00 a 13:45
Como aspiración y política se pretende atender un número limitado de alumnos por curso, lo que
permitirá una atención más personalizada y alcanzar mejor calidad en el logro de aprendizajes.
 Primer Nivel de Transición 15 alumnos por curso
 Segundo Nivel de Transición 30 Alumnos
 Primero Básico a Cuarto Medio 30 a 35 alumnos por curso
La Planta de profesionales y asistentes de la educación, para el año 2018 está compuesta como
se señala a continuación, pudiendo experimentar cambios mínimos considerando las necesidades
del establecimiento educacional.
Nº FUNCIONES Nº FUNCIONES
Docentes Directivos 4 Director, Inspector General,
Coordinador General, Jefe
UTP.
Administrativ
os
2 Secretaria, Encargado
Mantención, Inspector
Patio,
Educadora de
Párvulos
2 Educadoras de Aula Auxiliares 2 Auxiliares de Servicio
Psicólogo 1 Asistencia a comunidad
escolar
Asistentes 2 Asistentes de Párvulos
Abogado 1 Asistencia a comunidad
escolar
Total 6
Docentes Básica 5 Docentes de Aula
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Docentes Media HC 12 Docentes de Aula
Total 25
De acuerdo con el artículo del Reglamento de la Ley 19070, se establece la docencia de aula y
las actividades curriculares no lectivas para los docentes con una jornada de 30 o 44 horas
semanales.
Art. 36.- De los Planes y Programas
En el aspecto Curricular, el Colegio Cervantes de adscribe a los Planes y Programas de estudio
emanados del Decreto 220/1998, Marco Curricular 2009 (Decreto 256/1999), Bases Curriculares
2012 (Decreto 439/2012) y Bases Curriculares para la Educación Parvulario.
Plan de Estudios: Es el documentos de carácter normativo que señala para cada curso, los
sectores de aprendizaje, asignaturas, actividades y el horario semanal, los que están indicados en
el Proyecto Educativo y Proyecto Curricular
Programa de Estudio. Es el documento de carácter normativo que expone los objetivos
fundamentales y los contenidos mínimos que deben aplicarse de acuerdo al Plan de Estudio para
cada nivel Pre- Básico, Básico y Educ. Media.
En relación a los objetivos fundamentales podemos distinguir dos clases de objetivos:
 Objetivos Fundamentales Transversales: Están orientados al desarrollo personal y a la
conducta moral y social de los alumnos, los que a partir de las nuevas Bases Curriculares
reciben el nombre de Objetivos de Aprendizaje Transversales.
 Objetivos Fundamentales Verticales: Son aquellos que se aplican a determinados cursos y
niveles y los tipos de aprendizajes que corresponden a lograr a los largo de la progresión
de cursos, de acuerdo con la matriz curricular básica, los que a partir de las nuevas Bases
Curriculares se denominan Objetivos de Aprendizajes.
Los Planes y Programas de estudios que se aplicaran durante el año 2015 al 2017 son los
establecidos por El Ministerio de Educación para cada uno de los respectivos niveles de
enseñanza (Planes y Programas Oficiales, según los respectivos decretos)
Planes complementarios: Se entregará una adecuada asistencia educativa a través del Programa
Complementario de Orientación, tales como:
 Plan de acción de gestión institucional
 Plan de acción deporte y recreación
 Plan de acción Orientación Educativa y Orientación Vocacional
 Plan de acción Anual de Trabajo del Consejo Escolar
 Plan de acción integral de seguridad (PISE)
 Plan de acción y protocolo de Gestión para una Buena Convivencia Educacional
 Plan de acción y protocolo de Alcoholismo y Drogadicción.
 Plan de acción y Protocolo de Educación Sexual
 Plan y Protocolo Integral de Seguridad Escolar
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 Apoyo al Plan de Orientación Académica y Profesional. (POAP)
 Integración de la Familia al Proceso Educativo.
 Protocolo y Programas especiales para Manejo del Bullyng (Ley Zamudio)
 Programa de Salud Escolar (COMISE)
 Programa de Seguridad Escolar y Defensa del Medio Ambiente.
 Variados protocolos de actuación.
3.5. DE LAS AUSENCIAS A LA JORNADA ESCOLAR
Art. 37.- Se tomará la asistencia al inicio de cada Jornada Escolar, como asimismo, al inicio de
cada hora de clases, las cuales quedarán registradas en el Libro de Clases respectivo, pues
consideramos que la asistencia regular de un alumno(a) es vital para obtener el éxito académico.
Velar porque el alumno(a) mantenga una asistencia regular requiere de un esfuerzo de alumnos,
apoderados y profesores. El alumno que falta regularmente pierde la interacción social, la
instrucción, formación y discusión pedagógica que entrega el Colegio.
Art. 38.- La ausencia a la Jornada Escolar de un(a) alumno(a), deberá ser justificada
presencialmente y por escrito por el apoderado titular, tutor, padre y/o madre, el mismo día que el
alumno(a) se reintegre al Colegio, quedando el registro en “Libro de Inasistencias y Atrasos”
Art. 39.- Las inasistencia a clases, nivelaciones o actividades extraescolares, deberán ser
justificadas en inspectoría, personalmente por el apoderado al momento de reintegrarse a clases
el estudiante. Inspectoría otorgará el pase de ingreso correspondiente.
Art. 40.- Los estudiantes que no justifiquen debidamente sus inasistencias junto a su apoderado,
no serán aceptados en clases, hasta el momento en que el apoderado se presente a realizar
dicho trámite.
Art. 41.- La ausencia prolongada por más de 3 días por razones de enfermedad del (de la)
estudiante, además de la justificación escrita, el apoderado, requerirá de la presentación del
Certificado Médico respectivo. (Libro de Inasistencias y Atrasos)
Art. 42.- La ausencia de clases como consecuencia de alguna enfermedad contagiosa, obliga al
apoderado (padre, madre y/o tutor) a comunicar este hecho al Profesor Jefe o Coordinador de
Ciclo correspondiente y/o Inspector General dentro de las 24 horas siguientes al diagnóstico de la
misma, permaneciendo el (la) alumno(a) sin asistir al Colegio hasta que cuente con una
certificación médica que indique el alta respectiva.
Art.43.- La inasistencia prolongada de un alumno(a) (más de tres días) y que afecten alguna
evaluación sumativas y/o formativa, deberán ser justificada con certificado médico. Posterior a
ello, el apoderado podrá solicitar a Dirección, UTP o Evaluación, una readecuación en el
calendario escolar de evaluaciones para su pupilo. En caso contrario las evaluaciones serán
tomadas en el momento en que el alumnos(a) se reincorpore a clases.
Art. 44.- Todas las inasistencias inmediatamente anteriores o posteriores a un periodo de
vacaciones y/o feriados y festivos, serán consideradas injustificadas. Cualquier excepción a esta
norma, se exige la aprobación previa de Dirección.
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Art. 45.- Realizar viajes de carácter personal durante el año escolar corresponde a una actividad
no contemplada y que no se ajusta a la planificación académica del Colegio, por lo que son de
exclusiva responsabilidad del (de la) alumno(a) y su apoderado. La inasistencia podría incidir en
su promoción. El alumno (a) que supere el 15% de inasistencia, No Podrá ser Promovido de
Curso.
Art. 46.- El apoderado del alumno o alumna que se ausente por razones de carácter personal,
tendrá la obligación de dejar constancia por escrito en Inspectoría General, a lo menos con una
semana de anticipación a su realización, con el objeto de poder proceder acorde a nuestro
Reglamento de Evaluación.
Art. 47.- Aquellos(as) alumnos(as) que realicen viajes de carácter personal durante el año lectivo,
deberán cumplir con todos los trabajos y evaluaciones que le han sido encargados (a nivel
profesor y compañeros), antes y después de realizado el viaje.
Art. 48.- El (la) alumno(a) que como consecuencia de su ausencia a clases deje de rendir una
evaluación programada, deberá regularizar su situación de acuerdo a lo previsto en el
Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar del Colegio.
3.6.- RETIRO DE ALUMNOS DURANTE LAJORNADAESCOLAR
Art. 49.- Los estudiante podrán ser retirados por el apoderado titular, padre y/o madre, (nunca se
autorizará el retiro de alumnos por terceras personas no autorizadas) durante la jornada de clases
sólo en caso de real emergencia (salud o duelos).. Además:
 Sólo se autorizará el retiro de los alumnos, en caso de emergencia o cuando presente
problemas de salud, debidamente verificados por la encargada de enfermería del Colegio,
quien se comunicará vía telefónica con el apoderado.
 El retiro del alumno lo hará personalmente su apoderado o un apoderado suplente en
forma presencial, presentando carnet de identidad y dejando registro por escrito el Libro
de Retiro.
 No se autorizará el retiro de ningún alumno vía agenda o vía telefónica.
 Los alumnos sólo podrán ser retirados del colegio en horario de recreo para evitar
interrumpir el desarrollo normal de la clase.
 Las visitas rutinarias al dentista y/o médico deben programarse en lo posible después de
las horas de clases
Art.50.- Los alumnos y alumnas, deberán traer todos sus materiales de trabajo al inicio de las
clases, no se permitirá la interrupción de clases o jornadas escolar para entregar materiales,
trabajo o colaciones.
Art. 51.- Los mensajes telefónicos para los alumnos (as) deberán ser de carácter urgente o de
justificada relevancia (salud o accidentes); no se permite la interrupción de clases con recados
personales que pueden ser entregados en forma oportuna en el hogar respetivo.
3.7. DE LA ASISTENCIA A CLASES Y PUNTUALIDAD.
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Art. 52.- Los alumnos(as) tienen la obligación de asistir regular y puntualmente a sus clases, así
como de participar en todas las actividades de carácter educativo y cultural que se desarrollen
dentro y fuera del establecimiento.
Art. 53.- El alumno debe ingresar puntualmente al Colegio, a sus clases e incorporarse de la
misma forma a todas y cada una de sus actividades escolares, sea dentro o fuera del Colegio. La
puntualidad desarrolla el sentido de la responsabilidad y respeto por los compromisos, por lo que
los alumnos deberán estar en el establecimiento a la hora indicada como inicio de cada jornada,
así también respetar el ingreso a cada clase o actividad escolar en los horarios correspondientes.
Art. 54.- Cada vez que un alumno(a) ingrese a clases después del horario establecido para cada
jornada, deberá ser registrado en inspectoría, al cumplir tres atrasos se citará al apoderado por
medio de la agenda escolar, para que este tome conocimiento de la situación y asuma
personalmente las responsabilidad de dar solución dicho problema firmando el Libros de
Inasistencias y atrasos. Por tanto, el Colegio adoptará las siguientes medidas para todos aquellos
alumnos que lleguen atrasados a sus actividades escolares:
 Los alumnos que ingresen después de 08:10, deberán esperar en Biblioteca y/o sala de
electivos del establecimiento hasta 08:45.
 Los alumnos que ingresen después de las 08:45 serán autorizados a ingresar solo si lo
hacen acompañados de su apoderado y podrán ingresar después del recreo de las 09:30,
De no ser así los alumnos permanecerán trabajando en biblioteca CRA, hasta la presencia
y/o justificación del apoderado titular.
 El ingreso de los alumnos atrasados será permitido sólo por un pase timbrado por
inspectoría.
Art.55.- Quien complete más de tres atrasos deberá presentarse a justificar con el apoderado.
Mientras ello no ocurra el alumno estará impedido de ingresar a clases y deberá permanecer en
biblioteca CRA. Además:
 Serán sancionados con una Permanencia aquellos alumnos pertenecientes al 1er ciclo
que acumulen 7 atrasos al inicio de la jornada.
 Los alumnos de 2do Ciclo y Enseñanza media que acumulen 5 atrasos al inicio de la
jornada serán sancionados con una Permanencia y desarrollarán Trabajos Comunitarios (
se entenderá por tal el aseo y ornato de salas de clases u otras dependencias del
establecimiento educacional)
 Alumnos que lleguen atrasados a una evaluación deberán esperar que termine la
evaluación para hacer ingreso a su sala de clases, esta evaluación deberá rendirla
durante el periodo estipulado para pruebas pendientes con un 60% de exigencia.
 Estas medidas serán aplicadas para alumnos que ingresen atrasados tanto al inicio de la
Jornada, como en horas intermedias.
Art.56.- El profesor admitirá en su respectiva clase al alumno(a) cuando esté presente una
autorización timbrada por Inspectoría, sin perjuicio de ello el profesor NO permitirá el ingreso de
alumno(a) atrasado al 2° o 3er bloque de clases, como tampoco se autoriza el ingreso de
alumnos sólo a la jornada de la tarde.
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Art. 57.- Un atraso a clases, luego de un recreo, es considerado un atraso más, por lo tanto, se
seguirá el mismo procedimiento de registro señalado anteriormente. El estudiante ingresará a
clases con un documento firmado y timbrado, denominado “pase”.
Sin perjuicio de lo anterior, este hecho será considerado como una falta cuyo tratamiento se
describe a continuación: (Ver Manual de Convivencia, relacionado con los atrasos)
Art. 58.- La obligación de asistencia a clases también involucra que el alumno(a) concurra
debidamente preparado para ello, con sus tareas debidamente confeccionadas, provisto de los
útiles y materiales de trabajo que sean necesarios.
Art. 59.- Se espera que los alumnos(as) asistan a clases y otras actividades escolares en las
condiciones físicas adecuadas para realizar su rol de estudiante tales como un apropiado nivel de
descanso y alimentación, así como la ausencia de la ingesta de alcohol o drogas ilícitas.
Art. 60.- En caso de acudir bajo los efectos del alcohol o drogas ilícitas o consumir al interior del
colegio, se impedirá el ingreso a clases y se mantendrá bajo la supervisión de personal del
colegio, procediendo a comunicarse con su apoderado titular, tutor, padre o madre para que lo
retire; posteriormente se aplicarán las medidas disciplinarias que correspondan. (Ver protocolo de
actuación sobre consumo y tráfico de drogas)
Art. 61.- De acuerdo a lo estipulado por el Ministerio de Educación, se espera que el alumno
cumpla como mínimo con un 85% de asistencia para ser promovido a un curso superior.
Art. 62.- Como una medida de autocuidado, todos los alumnos(as) deben ingresar al Colegio
inmediatamente después de su arribo al mismo.
Art. 63.- El Colegio velará por el cuidado integral de sus miembros, por lo cual cada vez que un(a)
alumno(a) llegue al Colegio en un estado de salud deficiente, será mantenido en la sala de
profesores y/o inspectoría hasta que sea retirado por su apoderado.
3.8.- PRESENTACION PERSONAL DEL ALUMNAY ALUMNACERVANTINO
Art. 64.- Los Alumnos y alumnas del colegio, deben presentarse cada día con el uniforme
correspondiente completo el que es de uso obligatorio en todas las actividades formativas
programadas y contempladas dentro del plan Anual; la vestimenta reglamentaria y/o autorizada,
proyectará siempre pulcritud y decoro, estando ordenada, limpia y en buen estado y no debe ser
de ninguna manera provocativa u obscena. En aquellos casos particulares donde por razones
estrictamente económicas, no tiene una parte del uniforme, debe, el apoderado, dar aviso a
Inspectoría General, quien le dará las facilidades hasta que logre solucionar el problema. En
particular no se permite la cintura desnuda ni pantalones a media cadera y camisas rasgadas o
con leyendas inapropiadas. El calzado lustrado, en buen estado, cómodo, protector y apropiados
para uniformes. Sin prejuicio de lo anterior el uniforme del colegio será:
DAMAS: Jumper (4 dedos sobre la rodilla), Camisera blanca, corbata, Chaqueta y/o Chaleco gris
bordado con insignia del colegio, calceta y/o pantys rojas italiano, zapatos negros, pelo tomado.
Para el uso diario deben tener cotona y/o delantal blanco. No se permiten las damas con
accesorios y utilizar algún tipo de maquillaje.
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El pelo de las alumnas puede ser cualquier largo, sin tinturas, ordenado de cualquier manera que
no oculte la cara, no entorpezca su trabajo escolar ni desmerezca su presentación personal. No
se aceptarán cortes estrafalarios.
VARONES: Pantalón plomo de colegio (no pitillo), Chaqueta y/o Chaleco gris con insignia del
colegio bordada, camisa blanca, corbata del colegio, zapatos negros, pelo corto sobre el cuello
de la camisa. Uso de cotona blanca es obligatorio durante todas las horas de permanencia en el
colegio.
El pelo de los varones debe presentar un corte tradicional mediano, que no rebase el cuello de la
camisa, que no oculte la cara, sin accesorios ni tinturas. No se aceptarán cortes estrafalarios. No
se aceptará el corte rapado y correctamente afeitados cada día de clases.
Para la temporada de invierno, y como medida de protección a las condiciones climáticas, se
autorizará a los alumnos(as) usar Chaquetas y/o polar más gruesos y abrigados de color gris,
azul marino y/o negro (preferentemente colores oscuros). En ningún caso se autorizará el uso de
polerones de colores claro, fluorescentes y/o con estampados
 De igual forma y producto de condiciones climáticas adversas (lluvia o bajas temperatura)
se autorizará el uso de gorros de lanas y bufandas de color gris, azul marino y/o negras.
 Se considera ajeno y prohibitivo al uniforme escolar el uso de joyas, aros colgantes, todo
tipo de pirsin y espansores en el cuerpo, adornos artesanales, cadenas, pulseras, etc,
tanto en varones como en damas.
 Todos los útiles y prendas de vestir de los alumnos deberán estar debidamente marcados
con indicación de sus nombres completos y visibles. (preferentemente en los alumnos(as)
de los cursos P-kinder a 8° Básico)
 Los alumnos deben responsabilizarse por el cuidado y resguardo de sus materiales y
prendas de vestir, debiendo retirarlas al término de la jornada escolar. No se permitirá el
ingreso de alumnos o apoderados a buscar materiales de estudio u otros elementos luego
de finalizado el horario de clases.
 El correcto uso del uniforme escolar, incluida la cotona diaria, y la presentación personal
del alumnado serán controlados a diario por profesores jefes, profesores asignaturitas,
inspectores y/o funcionarios del colegio. El uso de lentes ópticos es de responsabilidad de
cada estudiante.
 En las clases de Educación Física, Actividades Deportivas, Talleres Deportivos, los
alumnos(as) participantes deberán usar el equipo deportivo del colegio consistente en: Un
buzo deportivo con los colores del colegio, insignia y polera piqué manga corta, se
autorizan también las calzas rojas para las damas y short plomo o gris para los varones.
 Las zapatillas para ambos sexos, deben ser colores neutros (blanco o negro) no se
permite zapatillas de colores llamativos y/o fluorescentes
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 Los alumnos(as) no podrán asistir a clases con ropa deportiva cuando corresponda el uso
de uniformes.
 Ambos sexos, deberán mantener las uñas cortas limpias y sin pintura, el cabello limpio y
los zapatos lustrados. Los varones deben asistir afeitados, no con barbas incipientes o
completas.
De acuerdo a lo señalado en el Decreto N° 215,de 2009, del Ministerio de educación, los
directores de establecimientos educacionales podrá, con acuerdo del centro de padres y
Apoderados y Consejo de profesores, establecer el USO OBLIGATORIO DE UNIFORME
ESCOLAR
Art.65.- Los objetos tecnológicos solo deben ser usados con fines académicos y es el alumno(a)
el único responsable por su resguardo y cuidado. En caso de pérdida o extravío, el colegio no se
hace responsable de su reposición.
Art. 66.- Los objetos extraviados deben ser recogidos y entregados en el lugar que la
administración del colegio establezca para estos efectos. El colegio no se responsabilizará ni
repondrá el valor material de los objetos o prendas que se extravíen en el establecimiento.
TITULO CUARTO
4.- NORMATIVA REFERIDA A LOS APODERADOS (Ver Reglamento de padres y
Reglamento del Centro general de padres y apoderados)
4.1.- CONSIDERACIONES PRELIMINARES
Art 67.- Derecho a Ser Informado: los padres madres, apoderados y/o tutor de los alumnos(as),
los respectivos informes de notas, de personalidad o cualquier otro documentos relacionado con
la situación escolar de su hijo podrán ejercer el derecho a ser informados , solicitando mediante
los conductos formales establecidos por la institución educativa.
Art. 68.- Tendrá derecho a ser informados sobre el reglamento interno y su modificaciones, así
como también a conocer el manual de convivencia y de evaluación (DFLN° 2 de 1998 Minedu)
Art. 69.- Los padres y madres, o quienes gocen de la TUICIÓN o tengan la representación legal
del alumno(a), de preferencia deben designar a una persona para que ejerza este derecho en el
establecimiento educacional, de conformidad a las disposiciones que la institución educativa
(Colegio Cervantes de La Serena) contemple en este Reglamento Interno, sin perjuicio de que, en
aquellos casos en que no se formalice esta designación, ambos puedan ejercerlo indistintamente.
Art. 70.- Derecho a ser escuchados: puede realizarse directamente en establecimiento
educacional, en las reuniones de padres y apoderados, solicitar reuniones en casos puntuales, en
el centro de padres apoderados.
Art. 71.- Respecto al derecho del padre o madre que tiene la tuición: los establecimientos
educacionales no pueden restringir los derechos a cualquiera de los padres “por el sólo hecho de
no tener el cuidado personal de sus hijos, a menos que exista una resolución judicial que lo
ordene” (Art.224 del código civil)
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Art. 72.- Finalmente el Padre o madre, aunque no sean apoderados titulares y no tengan el
cuidado personal de sus hijos, están obligados a garantizar y respetar:
 Su derecho a asociarse y a participar en las organizaciones de padres y apoderados
(Centro de padres)
 Su derecho a participar en reuniones de padres y apoderados.
 Su derecho a tener acceso a los informes educativos del alumno de la misma forma que el
padre o madre que esta como apoderado ante el establecimiento.
 Su derecho a participar en actividades extraescolares, fiestas de fin de curso, paseos,
primeras comunicaciones, día del padre o de la madre.
Art. 73.- En el momento de la matricula se deberá definir –en caso de existir- alguna restricción
de carácter legal y dictada por un tribunal competente, si existe restricción alguna sobre uno u
otro de los progenitores, caso contrario ambos padres tendrá igualdad de derechos sobre la
educación de sus hijos.
Art. 74.- Al momento de matricular se deberá establecer un sostenedor financiero del educando,
quien asumirá las obligaciones pecuniarias derivadas de la suscripción del contrato de prestación
de servicios educacionales y del respectivo pagare.
Art. 75.- Ningún apoderado, en circunstancia alguna, podrá ingresar a las dependencias del
establecimiento para amenazar, increpar, reprender o agredir verbal o físicamente a un miembro
de nuestra comunidad educativa, sea alumno, apoderado o funcionario, lo cual será considerado
una Falta Gravísima.
Art.76.- Los padres y apoderados deben canalizar objetiva y responsablemente sus inquietudes a
través de las instancias y conductos regulares, según el siguiente orden:
a) Profesor jefe de curso
b) Profesor de asignatura
c) Coordinador de Ciclo
d) Inspector General o de Convivencia, según corresponda.
e) Rector
Art. 77.- En el evento que un Apoderado no dé cumplimiento a las normas previstas en este
Reglamento, facultará al Colegio para exigir el cambio de Apoderado.
Art. 78.- En el evento que un apoderado y/o sostenedor económico infrinja en forma grave lo
dispuesto en este reglamento, facultará al Colegio para reservarse el derecho de ingreso al
establecimiento de esa persona. Esta medida sólo podrá ser adoptada por el Rector del Colegio,
el cual notificará por escrito al afectado haciéndose efectiva la medida por parte del personal
encargado de Portería. Asimismo, el Rector puede levantar esta medida, cuando lo estime
prudente.
Art. 79.- Los apoderados deben apoyar decididamente la labor del Colegio, resguardando su
prestigio y fomentando su prosperidad integral, considerándoseles como parte fundamental de la
labor educativa que éste realiza. Es por ello que, si algún apoderado presenta conductas que
faltan el respeto a Directivos, profesores y/o asistentes de la educación o atentan contra la
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convivencia de la comunidad y de los principios establecidos en el PEI, en cualquier forma, sea
verbal escrita o digital, el Consejo de Profesores presidido por el Rector del Colegio, evaluará la
situación pudiendo adoptar en casos muy calificados la medida de no renovar la matrícula de
un(a)alumno(a) por esta causa, teniendo en consideración que la aplicación de esta medida
extrema sólo debe perseguir el favorecer a la comunidad escolar en su conjunto.
Art. 80.- Todo apoderado debe cumplir con el protocolo de ingreso instituido para tal efecto en el
colegio, que busca resguardar la seguridad de los alumnos y alumnas. No se permitirá el ingreso
de los apoderados a las zonas académicas o zonas de alumnos sin la debida autorización y
respetando los protocolos establecidos.
Art. 81.- En caso de existir un conflicto al interior del colegio entre un(a) alumno(a) y otro miembro
de la comunidad educativa, el apoderado debe seguir el conducto regular de comunicación
establecido en el presente Manual de Convivencia.
4.2.- OBLIGACIONES CON EL COLEGIO
Art. 82.- Los apoderados son colaboradores directos de la acción educativa del colegio y, como
tales, deberán asegurarse que sus pupilos(as) cumplan con las obligaciones que les competen
como alumnos(as).
No está permitido tomar fotografías ni realizar grabaciones de clases u otras actividades internas
en forma visual y/o auditiva, sin consentimiento del equipo directivo, docentes o alumnos, con el
fin de respetar el derecho a la intimidad y como medida precautoria del uso y difusión de
imágenes dentro y fuera del colegio que atenten contra la dignidad de cualquier miembro de la
comunidad.
Art. 83.- Al firmar los documentos referidos a la matrícula, asumiendo la cancelación oportuna y
puntual de los valores asignados por concepto de escolaridad (mensualidades), además el
apoderado se hace responsable solidario de los daños materiales ocasionados por el (la)
alumno(a), en situaciones debidamente calificadas por la Rectoría del Colegio.
Art. 84.- Los padres, apoderados y representantes legales de los(as) alumnos(as) serán
responsables civiles en los términos previstos en las leyes. En caso necesario la Sociedad
Educacional Cervantes Ltda se reservará el derecho de realizar una demanda civil a los padres
y/o apoderados del (la) alumno(a) o a su representante legal.
Art. 85.- Es deber del apoderado asistir a las reuniones a las que es citado. De no hacerlo deberá
justificar su ausencia y acordar una nueva fecha de entrevista dentro de la semana siguiente, a la
que se compromete a asistir. En caso de no cumplimiento de esta disposición, el colegio está
facultado para aplicar la condicionalidad al apoderado.
Art. 86.- Debe verificar periódicamente y en forma personal, la marcha del proceso educativo de
su pupilo(a), canalizando objetiva y responsablemente sus inquietudes a través de las instancias
y conductos regulares.
Art. 87.- Cuidar que sus pupilos(as) cumplan con la obligación de asistir a clases y llevar los útiles
adecuados, pues está estrictamente prohibida la entrega durante el horario de clases de útiles,
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objetos olvidados en casa y almuerzos. Lo anterior, para evitar riesgos y velar por la integridad,
así como desarrollar la responsabilidad de los alumnos(as).
Art. 88.- Cuidar que sus pupilos den un trato correcto a las instalaciones, equipos y, en general, a
los recursos del Colegio. Los daños y destrozos al interior del colegio, serán asumidos por el
apoderado quien deberá reponer, reparar y/o cancelar el valor total de lo dañado por su pupilo y/o
pupila.
Art. 89.- Recoger a sus pupilos a más tardar, dentro de la media hora inmediatamente siguiente
al término de la Jornada Escolar. El Colegio no se hace responsable de los alumnos posteriores
al horario establecido, por tanto, se llamará al apoderado, caso contrario el alumno será dejado
en Delegación de Carabineros del sector.
Art. 90.- Comprometerse con el proceso de aprendizaje de su hijo(a), apoyándolo y brindándole
las condiciones adecuadas para su desarrollo, estableciendo una relación de colaboración con
sus profesores y directivos.
Art. 91.- Efectuar la renovación de matrícula dentro de los plazos establecidos, de lo contrario
podrán perder su vacante.
Art. 92.- Los apoderados deberán retirar a sus pupilos(as) cuando éstos se encuentren
enfermos(as), a solicitud del personal del establecimiento.
Art. 93.- Mantener actualizados sus datos personales referidos a: números telefónicos (fijos y
móviles), dirección particular, correo electrónico y otros. Cualquier modificación al respecto debe
informarla a la Secretaria, profesor Jefe y/o Inspectoría del Colegio.
Art.94.- El Colegio dará orientación a los Padres o Apoderados en cuestiones pedagógicas
generales o específicas de cada materia, así como permitirá la consulta de lineamientos y
disposiciones, a través de un horario de reuniones con los Profesores Jefes, docentes de
asignatura, Inspectores o Directivos, según corresponda.
Art. 95.- En las reuniones de Padres y Apoderados se tratarán los temas generales vinculados al
curso, mientras que los temas específicos que se vinculen a un alumno en particular, se tratarán
en reuniones privadas con el Profesor Jefe, Coordinador del Ciclo respectivo, y/o de ser necesario
Inspector General o Director.
4.3. OBLIGACIONES CON SU PUPILO(A).
Art. 96.- Inculcar y desarrollar normas y valores orientados al respeto, cuidado incondicional de
las personas y de sí mismo, favoreciendo una convivencia escolar armónica.
Art. 97.- Identificar y aceptar sus capacidades y competencias a desarrollar, favoreciendo el
reconocimiento de su propia identidad.
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Art. 98.- Orientar y apoyar el cumplimiento de sus obligaciones y responsabilidades, estimulando
una actitud autónoma en la realización de tareas y trabajos.
Art. 99.- Evaluar su desarrollo integral y el proceso escolar, a través del esfuerzo y compromiso
de su pupilo/a, cautelando el resultado en sus evaluaciones y fortaleciendo la seguridad en sí
mismo(a).
Art. 100.- Aplicar medidas justas, motivadoras y oportunas con la finalidad de obtener un mejor
desempeño.
Art. 101.- Aceptar y valorar las indicaciones del Colegio, así como adoptar las medidas
correspondientes en el caso que su pupilo(a) no cumpla con las normas de rendimiento y/o
comportamiento del establecimiento.
Art. 102.- Cumplir oportunamente con las indicaciones de derivaciones y tratamientos externos
solicitados por el colegio, presentando los informes correspondientes en los tiempos establecidos.
El no cumplimiento de esta normativa, podría generar la advertencia de condicionalidad o la
medida superior en caso de tener una advertencia o condicionalidad previa.
4.4. OBLIGACIONES CON DIRECTIVOS Y PROFESORES(AS)
Art. 103.- Aceptar la idoneidad profesional del personal docente del Colegio, y asumir que la labor
de ellos es fundamental en la formación de su pupilo.
Art. 104.- Reconocer que la visión que el profesor o directivo tenga de un(a) alumno(a) puede ser
diferente a la de sus padres, pues se relaciona con ellos en un entorno diferente.
Art. 105.- El apoderado se compromete y debe participar en el proceso formativo-valórico de su
pupilo(a), promoviendo la coherencia entre el PEI y el proceso de aprendizaje.
Art. 106.- El apoderado debe mantener interés permanente por la formación conductual,
académica socio-afectiva y ética de su pupilo, para la consecución de su desarrollo integral.
Art. 107.- Los apoderados que en sus relaciones con el personal del establecimiento educacional
tuvieran actuaciones impropias al rol que les corresponde, no podrán continuar como
representantes de su pupilo(a), si la Rectoría del Colegio una vez calificado el caso, así lo
dispusiere.
4.5 DERECHOS DE LOS APODERADOS.
Art. 108.- Conocer el PEI y otros instrumentos institucionales como el Manual de Convivencia y
Reglamento Escolar Interno y el Reglamento de Evaluación y Promoción.
Art. 109.- Participar en proyectos, programas y acciones en que el Colegio les invite.
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Art. 110.- Ser informado permanentemente del rendimiento escolar y comportamiento de su
pupilo(a).
Art. 111.- Ser escuchado en lo concerniente a cualquier situación de convivencia diaria en el
establecimiento educacional.
Art. 112.- Poder reunirse en dependencias del Colegio cuando dichas reuniones tengan por
objeto poder desarrollar Proyectos de alumnos y/o apoderados, previamente aprobados por el
Equipo Directivo
II.- PARTE
MANUAL DE CONVIVENCIA COLEGIO PARTICULAR
CERVANTES DE LA SERENA
I.- PRESENTACIÓN: (ver protocolo de actuación frente a la convivencia escolar)
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La Convivencia Escolar corresponde a la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad
educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento
de los objetivos en un clima que propicie el desarrollo integral de los estudiantes
El Ministerio de Educación tiene la misión de orientar las acciones educativas en función del
desarrollo integral de los y las estudiantes, tanto en su crecimiento educacional como un su
integración activa y participativa en la sociedad; en este contexto, la convivencia escolar adquiere
especial relevancia, en tanto ejercita a los y las estudiantes en cómo vivir y relacionarse
armónicamente con los de más den los diversos espacios de interacción.
La convivencia escolar debe estar presente en los distintos espacios formativos; el aula, la salidas
a terreno, los recreos, los talleres, los actos ceremoniales, la biblioteca, así como también en los
espacios de participación, en el consejo escolar, centro de padres, centro de alumnos consejo de
profesores, reuniones de padres y apoderados.
El Manual de Convivencia del Colegio Particular Cervantes de La Serena, es un conjunto
ordenado de normas técnicas y administrativas que reglan la estructura, el funcionamiento y
vinculaciones de los distintos estamentos del establecimiento educacional, y los derechos y
deberes de sus integrantes, con la finalidad expresa de mejorar la calidad, con equidad, del
proceso educativo que en él se desarrolla.
Cumplir con las funciones de promoción de la buena convivencia escolar y prevenir toda forma de
violencia física o psicológica, agresiones u hostigamiento, es uno de los principales cometido que
posee este Reglamento interno y manual de Convivencia escolar, el que tiene su sustento legal
en: Ley 20609 de No discriminación. Circular N°1: establecimientos educacionales
Subvencionados Municipales y Particulares (20-03-2013); Circular N° 2: Establecimientos
educacionales particulares pagados (22-03-2013); Ley sobre Violencia escolar, Ley 20370
general de educación; normativa que regula los reglamentos internos de los establecimientos
educacionales; Ley N° 20.084 de responsabilidad penal adolescente; Ley N° 20201 sobre
necesidades educativas especiales de carácter transitorio.
1.1.- Del Comité de Convivencia Escolar
Este comité, tendrá como objetivo estimular y canalizar la participación de la comunidad educativa
en el proyecto educativo, promover la buena convivencia escolar y preventiva toda forma de
violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos, conforme a lo establecido en el
párrafo 3° del Decreto con fuerza de Ley N° 2°, de 2009, del Ministerio de Educación , y en las
demás áreas que estén dentro de la esfera de sus competencias
El Establecimiento Educacional Colegio Cervantes de La Serena, para el periodo 2018 – 2020
cuenta con un Comité de Convivencia Escolar el que será renovado y/o confirmado para el
siguiente periodo, este está formado por:
a) Rector
b) Inspector General
c) Encargado de Convivencia
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d) Psicólogo del establecimiento
e) Representante de sociedad educacional sostenedora
f) Representante de Consejo de profesores
g) Representante del Centro de padres
h) Representante del Centro de alumnos
i) Representante de los asistentes de la educación
El Comité u órgano similar tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:
 Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima
escolar sano;
 Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del
Establecimiento.
TITULO PRIMERO
II.- Encargado de Convivencia Escolar: (Inspector General y Encargado de Convivencia):
Encargado de Convivencia Escolar: Profesional cuya responsabilidad se centra en la mantención
de climas propicios para el aprendizaje en las dependencias colectivas del Colegio. Debe velar
además por el manejo de la disciplina y hacer respetar el Manual de Convivencia Escolar en el
marco del PEI, a fin de permitir el adecuado cumplimiento de los objetivos en un clima que
propicie el desarrollo integral de los estudiantes
Funciones:
 Fortalecer la comprensión de la dimensión formativa de la convivencia escolar en todo el
sistema educativo y resituarla como el componente central de la gestión institucional.
 Fortalecer la enseñanza de los conocimientos, habilidades, actitudes y valores propuestos
en los objetivos transversales, como en los aprendizajes básicos para el ejercicio de la
convivencia escolar.
 Promover el compromiso y la participación de la comunidad educativa, en la construcción
de un proyecto institucional que tenga como componente central la convivencia escolar, y
el ejercicio de los derechos y deberes de cada uno de los actores.
 Fomentar en todos los actores sociales y de la comunidad educativa, una comprensión
compartida de la prevención, la resolución de conflictos y la violencia escolar, incluido el
acoso sistemático o bullyng, desde una perspectiva formativa.
 Promover una comprensión formativa de la convivencia escolar en las estrategias y
acciones preventivas que implementa el intersector u otras instituciones en las
comunidades educativas.
TITULO SEGUNDO
3.1.- Objetivos del Manual de Convivencia Escolar:
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 Regular las relaciones de convivencia como herramienta educativa y pedagógica que
garantice el ejercicio y cumplimiento de los deberes y derechos.
 Ordenar la estructura, las funciones e interrelaciones de los distintos estamentos de la
institución escolar, con el propósito de lograr la consecución de los objetivos propuestos por el
establecimiento en su Proyecto Educativo.
 Crear conciencia y cautelar los derechos y deberes de los integrantes de la comunidad
escolar, promoviendo su desarrollo personal y social.
 Contribuir a crear las condiciones técnico – pedagógico y administrativas que propicien un
clima organizacional adecuado a las necesidades del establecimiento, con el fin de favorecer
el desarrollo del proceso educativo.
 Formular las bases fundamentales desde lo preventivo y formativo para la convivencia pacífica
atendiendo y promoviendo las condiciones que favorezcan el desarrollo humano.
 Guiar los procedimientos para resolver oportuna y justamente los conflictos individuales o
colectivos, incluyendo instancias de diálogo y concertación.
 Fomentar en la comunidad la cultura ciudadana para a convivencia con espíritu crítico y
capacidad de reconocer y corregir los errores
 Definir los estímulos y sanciones, incluyendo el derecho a la defensa y al debido proceso.
3.2.- Deberes y Derechos del Colegio:
1.- Deberes del Colegio
Articulo Nº 1
Corresponden al Colegio Particular Cervantes de La Serena
A. En general, las dependencias administrativas del colegio permanecerán abiertas durante
el año escolar de lunes a jueves entre las 08:00 y 17:30 hrs, viernes desde las 080:00 hrs
a 15:30 hrs con excepción de los feriados legales. Periodo estival y de vacaciones de
calendarizaran según requerimientos los horarios de funcionamiento de la dependencia
administrativas
B. Sin embargo, la asistencia de los alumnos y alumnas al establecimiento educacional se
rige por la Jornada Escolar Completa y que se determina en nuestro proyecto pedagógico,
la cual comprende calendario anual y los horarios para cada curso.
C. Al inicio del año escolar lectivo, se informará a la comunidad el calendario anual
institucional de acuerdo a lo aprobado por el Ministerio de Educación.
D. Atender la formación integral de cada uno de los alumnos, de acuerdo a las metas y a las
orientaciones profesionales dictadas por los Planes y Programas del Ministerio.
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E. Orientar individualmente a cada alumno(a) en todos aquellos aspectos que lo requieran,
tanto su desarrollo personal como las necesidades del proceso educativo a que esta
afecto.
F. Mantener informado a los padres y apoderados acerca del estado alcanzado por el
proceso formativo del alumno(a), de su rendimiento personal y del comportamiento
relacionado con los objetivos y normas del colegio.
G. Citar, oportunamente y por escrito y/o telefónicamente a los padres y/o apoderados a
reuniones individuales o generales del colegio. Ya sea por felicitaciones, mal
comportamiento, mal rendimiento, continuas inasistencias y atrasos, problemas
conductuales o de responsabilidad u otras razones.
H. Establecer procedimientos administrativos eficaces que permitan a los padres y
apoderados comunicarse y cumplir con todos sus compromisos contraídos con el colegio.
I. Confeccionar informes parciales, semestrales de notas, y entregarlos a cada apoderado.
J. Informar al apoderado, ya sea en reunión o en citación, de la obligatoriedad de la
asistencia de su pupilo a reforzamiento. Solo se le informaría por escrito, en caso de que
se suspenda dicha actividad.
K. Atender consultas e inquietudes de los padres y apoderados relacionado con la situación
escolar del alumno y orientar el comportamiento familiar.
L. Respetar a los alumnos tanto psicológicamente como físicamente.
M. Cumplan con los planes y programas de estudios dispuestos por el Ministerio de
Educación.
N. Brindar a los alumnos(as) la oportunidad de desarrollarse en otras áreas o habilidades,
apoyándolos, acompañándolos y creándoles ocasiones de participación y/o competencia.
O. Realizar simulacros de sismos, incendios o catástrofes naturales.
P. Proporcionar atención de primeros auxilios básicos en caso de caídas y rasmilla duras (se
prohíbe estrictamente a funcionarios el suministro de medicación alguna a menores del
establecimiento educacional) y/o su derivación al Servicio Médico con el formulario de
Accidente Escolar.
Q. Finalmente el Colegio asume que los padres, apoderados, alumnos y alumnas conocen el
calendario escolar y los respectivos horarios de clases establecidos e informados a
principio del año escolar, por tanto, los alumnos(as) deben cumplir y acatar con esmero sin
necesidad de otras instancias.
2.- Derechos del Colegio
Articulo Nº 2
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Corresponde al Colegio Cervantes de La Serena
a) Reservase el derecho de matrícula de los alumnos(as) para cada año escolar, según
las normativas incluidas en este Manual de Convivencia.
b) Exigir el cumplimiento de las normas reglamentarias del Colegio, establecidas en el
presente reglamento.
c) Sancionar y aplicar medidas disciplinarias a las faltantes e infracciones de las normas
establecidas, cometidas por el alumno y la falta de colaboración manifiesta de los
padres y apoderados.
d) Por motivos conductuales graves y/o recurrentes del alumno(a), el establecimiento
puede solicitar a la Secretaria Ministerial de Educación la aplicación de la cancelación
de la matrícula.
e) Notificar por carta Certificada de la Condicionalidad o Cancelación de Matricula, en los
casos de que el apoderado no asista a la atención de Apoderados.
f) Fomentar trato respetuoso y deferente de parte del apoderado y de los alumnos(as) a
los directivos, docentes y personal asistentes de la educación que laboral en el
establecimiento educacional.
g) Requerir el pago oportuno de las mensualidades y otros compromisos financieros
adquiridos con el establecimiento. En caso del atraso y no cumplimiento aplicar multas
por interés por mora de los valores adeudados que consistirá en un 10% de interés
sobre el valor adeudado.
h) Exigir que sean padre, madre, apoderados o tutor del alumno(a) (no familiares, ni
amistades) quien formule reclamos y/o sugerencias, ante el estamento educacional,
siguiendo estrictamente el siguiente conducto: Primero con la persona afectada; luego
Profesor Jefe; Inspector General y Encargado de Convivencia y/o Departamento que
corresponda y como última instancia ante la Dirección del colegio.
i) Requerir al apoderado que vele por una impecable presentación personal de su pupilo
(uso correcto del uniforme oficial del establecimiento educacional)
j) Exigir el uso del uniforme y ropa deportiva oficial del colegio a todos los alumnos. Así
como materiales, útiles escolares, instrumentos musicales y cualquier material que
sirva de apoyo en su proceso de enseñanza aprendizaje.
k) No es responsabilidad del colegio la pérdida de prendas del uniforme, ropa deportiva,
útiles escolares y/o artículos de valor (celulares, MP3, joyas, Tablet, notbook, etc) que
los escolares dejen olvidados en sus dependencias.
l) Exigir la asistencia de padres y apoderados a reuniones, citaciones o entrevistas
notificadas por cualquier estamento del colegio.
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m) Solicitarle a los apoderados que se abstenga de concurrir a reuniones de apoderados
y/o charlas con sus hijos pequeños. Por su seguridad personal, estos no pueden
permanecer ni en el patio, ni en ninguna otra dependencia del colegio, mientras se
desarrolla la reunión ya que no se cuenta con personal para su cuidado por tratarse de
reuniones fuera del norma horario de funcionamiento del colegio
n) Solicitar por escrito al apoderado que manifieste si autoriza o no, al personal
encargado para proporcionar medicamentos a su hijo(a) en caso de que este
enfermará en horario de clases.
o) El colegio no se hace responsable, si el apoderado no presenta Certificados médicos
que acrediten que su pupilo puede o no participar en la clase Educación Física y
actividades deportivas u academias.
p) Exigir a los padres y apoderados que no realice reuniones extraordinarias dentro del
establecimiento educacional, sin la compañía o supervisión de del profesor jefe o
encargado.
q) Exigir la confirmación o rechazo de matrícula, a través de la entrega extraordinaria del
respectivo formulario y en la fecha estipulada, de lo contrario el colegio determinará el
uso de esa vacante, para el año escolar próximo.
TITUTLO TERCERO
4.- REGLAMENTO DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS
El Reglamento Interno y Manual de Convivencia de los alumnos y alumnas del Colegio Particular
“Cervantes”, de La Serena, será mejorado y perfeccionado cada año, con la participación activa
de la comunidad educativa, es decir, de los alumnos matriculados en el colegio, el que ira variado
en la medida que el establecimiento crezca en infraestructura y matricula de alumnos, sin
perjuicio de lo anterior, este reglamento tiene como finalidad: “ Ayudar a la formación integral de
cada uno de los alumnos y alumnas, empleando la disciplina y un ambiente de sana convivencia,
como un medio formativos de la responsabilidad, del respeto por los demás y estimulando la
autonomía personal, la iniciativa y la participación”
Para el logro de estos objetivos, los alumnos /as tendrán sus propios derechos y deberes en la
diaria convivencia escolar:
A. Derechos de los Alumnos y Alumnas Cervantinos:
Articulo Nº 3
Nuestros estudiantes podrán hacer uso de los siguientes derechos:
 Tendrán derecho a recibir una educación según el Plan de estudios acorde a la normativa
que fija el Ministerio de Educación
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 Tendrán derecho a recibir una educación acorde con los objetivos del Proyecto Educativo
Institucional del Colegio “Cervantes”.
 Ser evaluado objetivamente conforme a las normas contenidas en el respectivo
reglamento.
 Los alumnos /as tienen derecho a conocer sus calificaciones y a recibir sus pruebas
dentro de un plazo tope de dos semanas (días).
 Los alumnos y alumnas, tendrán derecho a rendir pruebas atrasadas en caso de
enfermedad, previa presentación del respectivo certificado médico.
 El alumno/a que presente alguna dificultad de aprendizaje y esté respaldado por informes
de especialistas, tiene derecho a solicitar evaluación diferenciada a la dirección. Solicitar
nivelación, en caso de tener problemas de rendimiento o si desea subir sus calificaciones
dentro del horario que ofrece el establecimiento para estos fines.
 Tendrán derecho a concurrir a la Biblioteca y/o Laboratorio de Computación en los recreos
y horas libres, como así mismo en momentos que requieran para el normal desarrollo de
sus labores y tares escolares, siempre en horario de funcionamiento del colegio, bajo la
supervisión de los respectivos encargado de dependencias.
 Los alumnos y alumnas tienen derecho a conocer sus observaciones tanto negativas
como positivas que sean consignadas en el libro de clases; como también podrán pedir la
información necesaria respecto a su desarrollo como persona.
 Tendrán derecho los alumnos /as a sentirse acogidos en el colegio y a ser tratados con
respeto por todo el personal que trabaja en el establecimiento, de manera que se sienta
en su propia casa y motivados en la tarea educativa formativa.
 Tendrán derecho a recibir orientación y atención espiritual y vocacional por parte del
colegio, como así mismo recibir orientación en la educación y prevención en el desarrollo
de la Sexualidad y Embarazos Adolescentes.
 Tendrán derecho a ser atendidos con motivo justificado por el Director, Jefe Unidad
Técnico Pedagógico, Inspector General y Docentes para ser escuchados y atendidos de
acuerdo a sus necesidades.
 Tendrán derecho a ser escuchados y protegidos por Director, Inspector General, Jefe
UTP, Profesores y Asistentes de la Educación, frente a situaciones de denuncia de
maltrato escolar, entre pares o de adultos de la comunidad escolar, a fin de que ellos
tengan la claridad de la forma como se abordará su problemática.
 Tendrán derecho a ser protegidos de toda acción que constituya acoso escolar, además
tendrá derecho a NO vivenciar ningún tipo de acción u omisión constitutiva de agresión u
hostigamiento reiterado, realizado fuera o dentro del establecimiento educacional por
estudiante que, en forma individual o colectiva , atente en contra suyo.
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 Tendrán derecho los alumnos y alumnas a no verse enfrentados a situaciones de
superioridad o de indefensión por parte de algún otro estudiante, que provoque en este
algún síntoma de maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal
carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta
su edad y condición.
 Los alumnos/as podrán participar activamente en todo aquello que les ayude a crecer en
su formación integral, especialmente en los valores morales, espirituales y de la propia
cultura.
 Los alumnos y alumnas, tendrán derecho a inasistir a clases con motivo justificado, ya sea
por enfermedad de él o algún familiar consanguíneo directo, por duelo familiar y/o viajes
en delegaciones representativas del colegio.
 Tendrán derecho a participar en concursos culturales y/o deportivos con fines
competitivos y de recreación.
 Tendrán derecho a organizar y ejecutar actividades sociales, culturales, recreativas, previa
presentación, aprobación y autorización por escrito del estamento correspondiente.
(Dirección e Inspectoría General)
 Los alumnos y alumnas tendrán derecho a hacer uso del seguro escolar en caso de
accidente sea este producido dentro de las dependencias del colegio, trayecto del colegio
a la casa y viceversa y/o en accidentes ocasionados en momentos en que se encuentre
en actividades extra programáticas fueras de las dependencias del colegio pero que el
alumno se encuentre en representación oficial del mismo.
 Tendrán derecho a aquello que les señala expresamente la Declaración de los Derechos
del Niño.
B. Deberes de los Alumnos y Alumnas Cervantinos:
Articulo Nº 4 Del Cumplimiento de Perfil Alumno Cervantino
 Los alumnos y alumnas que pertenezcan a la comunidad cervantina (oficialmente
matriculados) deberán tener conocimiento y adhesión a los principios estipulado en
nuestro Proyecto Educativo Educacional
 El Colegio es un lugar de convivencia, estudio, enseñanza y aprendizaje, dentro de un
marco de búsqueda de la verdad, de libertad, creatividad, responsabilidad y
trascendencia; por tanto, los alumnos y alumnas cervantino deberán promover y contribuir
el cumplimiento de esta normativa
 La asistencia de los alumnos y alumnas al establecimiento se rige por la Jornada Escolar
Completa, que se determina en base a nuestro Programa Pedagógico, el que comprende
el calendario anual escolar para los distintos niveles y el horario semanal de cada curso
del Colegio.
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 Deben presentarse cada día con el uniforme correspondiente completo el que es de uso
obligatorio; la vestimenta reglamentaria y/o autorizada, proyectará siempre pulcritud y
decoro, estando ordenada, limpia y en buen estado y no debe ser de ninguna manera
provocativa u obscena. En particular no se permite la cintura desnuda ni pantalones a
media cadera y camisas rasgadas o con leyendas inapropiadas, cortes de pelos
estrafalarios y tinturados. El calzado lustrado, en buen estado, cómodo, protector y
apropiados para uniformes.
 De acuerdo a lo señalado en el Decreto N° 215,de 2009, del Ministerio de educación, los
directores de establecimientos educacionales podrá, con acuerdo del centro de padres y
Apoderados y Consejo de profesores, establecer el USO OBLIGATORIO DE UNIFORME
ESCOLAR
Sin prejuicio de lo anterior el uniforme del colegio será:
DAMAS: Jumper (4 dedos sobre la rodilla), Camisera blanca, corbata, Chaqueta y/o
Chaleco gris bordado con insignia del colegio, calceta y/o pantys rojas italiano, zapatos
negros, pelo tomado. Para el uso diario deben tener cotona y/o delantal blanco. No se
permiten las damas con accesorios y utilizar algún tipo de maquillaje.
El pelo de las alumnas puede ser cualquier largo, sin tinturas, ordenado de cualquier
manera que no oculte la cara, no entorpezca su trabajo escolar ni desmerezca su
presentación personal. No se aceptarán cortes estrafalarios.
VARONES: Pantalón Gris tradicional, Chaqueta y/o Chaleco gris con insignia del colegio
bordada, camisa blanca, corbata del colegio, zapatos negros, pelo corto sobre el cuello de
la camisa. Uso de cotona blanca es obligatorio durante todas las horas de permanencia en
el colegio.
El pelo de los varones debe presentar un corte tradicional mediano, que no rebase el
cuello de la camisa, que no oculte la cara, sin accesorios ni tinturas. No se aceptarán
cortes estrafalarios y/o rapados y correctamente afeitados cada día de clases.
 El correcto uso del uniforme escolar, incluida la cotona diaria, y la presentación personal
del alumnado serán controlados a diario por profesores jefes, profesores asignaturitas,
inspectores y/o funcionarios del colegio. El uso de lentes ópticos es de responsabilidad de
cada estudiante.
 Se considera ajeno y prohibitivo al uniforme escolar el uso de joyas, aros colgantes, todo
tipo de pirsin y espansores en el cuerpo, adornos artesanales, cadenas, pulseras, etc,
tanto en varones como en damas.
 En las clases de Educación Física, Actividades Deportivas, Talleres Deportivos, los
alumnos(as) participantes deberán usar el equipo deportivo del colegio consistente en: Un
buzo deportivo con los colores del colegio, insignia y polera piquet manga corta, se
autorizan también las calzas rojas para las damas y short plomo o gris para los varones.
 Los alumnos(as) no podrán asistir a clases con ropa deportiva cuando corresponda el uso
de uniformes.
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 Ambos sexos, deberán mantener las uñas cortas limpias y sin pintura, el cabello limpio y
los zapatos lustrados. Los varones deben asistir afeitados, no con barbas incipientes o
completas.
C.- Del Cumplimiento de la Jornada Escolar (Los horarios)
 Los alumnos(as), deberán respetar los horarios de entrada y salidas de clases según los
horarios asignados por curso a inicio del año escolar.
 Para los alumnos/as del establecimiento educacional el timbre de inicio de la jornada de
se tocará a la 8:00 horas, momento en que los alumnos y alumnas cervantino deberán
ingresar a las respectivas sala de clases, junto al profesor de turno en cada nivel y/o ciclo.
 Los alumnos y alumnas cervantinos, deberán ingresar responsable y puntualmente a sus
respectivas salas de clase al momento que el Timbre y/o Campana, indique el comienzo
de una nueva jornada de clases, estos horarios serán como sigue: (Los horarios en
general se conforman de la siguiente forma, pudiendo sufrir modificaciones dependiendo
de la realidad del momento
Horarios Toques
Timbre
Pre-Básica 1er ciclo Básico
(1° a 4° Básico)
2° Ciclo Básico
(5° a 8° Básico)
Educación Media
(1° a 4° Medio
Inicio Jornada
escolar
08:00 hrs 08:00 hrs 08:00 hrs 08:00 hrs
Primer Recreo 09:30 hrs 09:30 hrs 09:30 hrs 09:30 hrs
Jornada
Segundo recreo 11:15 hrs 11:15 hrs 11:15 hrs 11:15 hrs
Inicio Jornada 11:30 hrs 11:30 hrs 11:30 hrs 11:30 hrs
Horario
Almuerzo
13:00 hrs 13:00 hrs 13:00 hrs 13:45 hrs
Recreo 13:30 hrs 13:30 hrs 13:30 hrs 14:30 hrs
Horario Salida 15:30 hrs 15:30 hrs 15:30 hrs 17:20 hrs
Horario Salida
D.- Los Atrasos
 La coordinación de convivencia (Inspectoría General) registrará la fecha y
número de atrasos, los cuales tendrán su proceso de seguimiento para
corregir la acción o sancionarla, según pauta siguiente:
1º atraso: Profesor Jefe realiza conversación con el estudiante.
2° atraso: Profesor Jefe realiza conversación con el estudiante
3º atraso: Se informa vía agenda al apoderado, el cual firma su recepción.
4º atraso: Se registra el hecho en el libro de clases y plataforma mateo
5º atraso: Se registra el hecho en la hoja de vida.
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6º atraso: Se cita al apoderado a conversar con el profesor jefe, registrándose en hoja
de vida.
7º atraso: El hecho se registra nuevamente en hoja de vida.
8º atraso: se cita nuevamente al apoderado para una entrevista con el coordinador de
convivencia y el estudiante, registrándose en hoja de vida
9º atraso: se informa al apoderado del aviso de condicionalidad de matrícula al
estudiante.
10º atraso: se informa al apoderado de la condicionalidad de matrícula al estudiante.
11º atraso: citación al apoderado y estudiante con director, profesor jefe, coordinador de
convivencia para acordar compromisos.
12º atraso: se informa al apoderado del aviso de caducidad de matrícula al estudiante.
13º atraso: se informa al apoderado de la caducidad de matrícula al estudiante para el
año siguiente.
 Los alumnos de 2do Ciclo y Enseñanza media que acumulen 5 atrasos al inicio de la
jornada serán sancionados con una Permanencia y desarrollarán Trabajos Comunitarios (
se entenderá por tal el aseo y ornato de salas de clases u otras dependencias del
establecimiento educacional)
 Alumnos que lleguen atrasados a una evaluación deberán esperar que termine la
evaluación para hacer ingreso a su sala de clases, esta evaluación deberá rendirla
durante el periodo estipulado para pruebas pendientes con un 60% de exigencia.
 Estas medidas serán aplicadas para alumnos que ingresen atrasados tanto al inicio de la
Jornada, como en horas intermedias
 Un atraso a clases, luego de un recreo, es considerado un atraso más, por lo tanto,
se seguirá el mismo procedimiento de registro señalado anteriormente. El
estudiante ingresará a clases con un documento firmado y timbrado, denominado
“pase”.
 Ningún alumno(a) podrá salir del colegio durante el horario de clases sin la debida
autorización de Inspectoría, excepto si lo solicitase en forma personal el apoderado titular,
quien deberá firmar el Libro de Registro de Salida de Inspectoría.
 Los alumnos no pueden ingresar al colegio en horarios que no les corresponde asistir. El
colegio no se hace responsable de aquellos alumnos(as) que asistan sin ser citados.
 Toda inasistencia, deberá ser justificada personalmente por el apoderado en Inspectoría.
 De acuerdo a la reglamentación vigente del Ministerio de Educación, un alumno/a para ser
promovido/a necesita el 85% de asistencia.
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 Los(as) alumnos(as) deberán velar por su integridad física manteniendo una conducta
responsable y de autocuidado, respetando las normas de seguridad del Colegio, para su
propia protección y la de terceros.
 Los alumnos que no asisten a las evaluaciones en fechas fijadas y programadas, ya sea
por problemas médicos, previa presentación del certificado respectivo; deberán rendir
dicho exámenes pendiente en una fecha determinada por el departamento de evaluación y
UTP.
 Deben traer su agenda todos los días al colegio; en ella deben estar consignados todos
los datos personales y la firma del apoderado. A través de la Agenda Escolar se
comunicaran los apoderados con el colegio y viceversa.
E.- Los certificados médicos relacionados con Educación Física u otra asignatura que impida
al alumno /a rendir regularmente, deben ser entregados oportunamente en Inspectoría del
Colegio, por su parte Jefe UTP y Evaluación, serán los encargado de agendar una nueva fecha
para las respectivas evaluaciones y/o cumplimientos de los deberes escolares por parte del
alumno(a). Sin perjuicio de lo anterior, el alumno que presenta certificado médico por reposo u
otro está obligado a rendir las respectivas evaluaciones una vez que este se reincorpore
nuevamente a sus respectivas clases. Importante es mencionar que cada certificado médico debe
ser por el especialista competente y según la sintomatología que se presente (Ej. Si es por
Problemas de salud un Médico General, Problemas de Depresión el Neurólogo, psicólogo o
psiquiatra, etc)
Los alumnos/as permanecerán en el establecimiento, desde el inicio y hasta el término de la
jornada correspondiente según el horario señalado. Por causa justificada podrán ser retirados del
Colegio por el apoderado o por quién esté autorizado por escrito. Los que regresen solos a sus
casas deberán presentar al Inspector del Colegio la respectiva autorización de sus padres o
apoderados.
F.- El almuerzo será en el Colegio, no podrá salir del mismo, salvo excepciones por salud o
convivencia familiar que será justificada por escrito. Deberán traer la colación de su casa en
termo caliente, caso contrario, por motivos de orden, podrán traérsela hasta las 12:30 horas.
Almorzarán por turno con su respectivo profesor. No se calentará almuerzo en el colegio. Sin
perjuicio de lo anterior, y considerando que algunos alumnos(as) viven en los alrededores del
establecimiento educacional y así lo estipulen sus padres y/o apoderados mediante un
documento escrito, estos podrán asistir a almorzar a sus respectivos hogares, siendo ellos los
absolutos responsables de cualquier problema fuera de las dependencias del colegio, como así
mismo serán ellos los responsables de que sus alumnos regresen a la siguiente jornada escolar,
caso contrario y no asisten por la tarde, el alumno quedará ausente y deberá al día siguiente
presentarse con su apoderados antes de las 08:00hrs a justificar dicha inasistencia, si no se
cumple con esta regla el colegio estará facultado para llamar al apoderado y avisarle de la
suspensión de su hijo(a) hasta que este se presente en Inspectoría general para cumplir con el
trámite de la respectiva justificación.
G.- El libro de clases es de uso exclusivo del profesor, cualquier alumno(a) que sea
sorprendido manipulado, adulterando, destrozando y/o realizando algún uso indebido de este
COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350
email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com
38
libro, será causal de suspensión de clases, condicionalidad de matrícula, llamado de atención y
notificación inmediata al respectivo padre y/o apoderado.
H.- La ausencia por viajes durante el año escolar comprende una actividad que no se ajusta a
la planificación académica del Colegio, por lo tanto, son de exclusiva responsabilidad del
alumno(a) y apoderado. La ausencia de los alumnos(as) por viajes durante el año escolar lectivo
deberán cumplir con todos los trabajos que le han sido encargado (a nivel de profesores y
compañeros) antes o después de realizar dicho viaje. El apoderado del alumno(a) que viaje,
tendrá la obligación de dejar CONSTANCIA por escrito en la Dirección del Colegio y/o UTP o
Encargado de Convivencia, a lo menos con una semana de antelación, a la fecha que se
ausentará el estudiante (no se aceptan mensajes informales por redes sociales tales como:
wasapp, correo electrónicos, llamado telefónicos, otros). La ausencia prolongada por 1,2 y/o más
meses debe ser justificada con el Documento medico respectivo que acredite problemas de salud
de carácter grave (operación, hospitalizaciones, accidentes etc..) no somos responsable por
ausencia prolongado de viaje sin una causal justificada por especialista.
I.- La ausencia a la jornada escolar, como al inicio de cada hora escolar quedarán, registrada
en libro de clases, respectivo. Así mismo la ausencia por más de un Día deberás ser justificada
personalmente por el apoderado y con el respectivo certificado de atención médica, único
documento que dará la posibilidad de dar algún examen pendiente. La ausencia prolongada
de un alumno(as) por “MOTIVOS PERSONALES”, se considera ausencia, sin justificación y en
caso de prueba pendiente se evaluará con nota mínima.
J.- La asistencia anual mínima es equivalente al 85% de las horas lectivas determinada por el
Ministerio de educación y se considera como uno de los factores de promoción. Ningún alumno
que ha faltado más del 15% de las horas lectivas, podrá ser promovido al curso superior, salvo
excepciones debidamente sancionadas en el reglamento de Evaluación.
K.- Por razones de seguridad y de convivencia social, no deberán traer: autos, motos,
bicicletas, dinero, joyas, adornos, celulares, mp3, ordenadores portátiles u otros objetos de
valor; el colegio no se responsabiliza ante cualquier pérdida, hurto y/o deterioro, dentro o fuera del
establecimiento educacional. Estos aparatos en la eventualidad que desconociendo la normativa
los alumnos los porten, deberán permanecer apagados, si llegan a emitir un ruido o sonido, serán
confiscado por el profesor de turno y devueltos al padre y/o apoderado únicamente en la próxima
reunión de apoderados, además de recibir la prohibición por el resto del año escolar para ingresar
con dicho elemento.
4.1.- Del Retiro de alumnos(as) durante la Jornada Escolar
a) Ningún alumno podrá retirarse del Colegio durante la jornada de clases, salvo petición
presencial de su apoderado. En circunstancia muy especiales el Profesor Jefe o
Inspectoría (Encargado de Convivencia), en ausencia de ellos la Dirección del Colegio
podrá autoriza, mediante solicitud escrita del apoderado en la cual justifique claramente
los motivos para otorgar esta autorización. (No se considera la frase “MOTIVOS
PERSONALES”, por ser considerada amplia, impersonal y NO aclaratoria).
b) Este retiro del alumno se hará efectivo solo al término de una hora de clase o durante los
recreos, con el objeto de no interrumpir el normal desarrollo de la actividad académica
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Reglamento interno y manul de convivencia 2018 2020

  • 1. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 1 REGLAMENTO INTERNO Y MANUAL DE CONVIVENCIA 2018 - 2020
  • 2. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 2 INDICE PRINCIPALES FUNDAMENTOS LEGALES DEL REGLAMENTO INTERNO Presentación 04 TITULO PRIMERO 1.1.- Fundamento 05 1.2.- Marco Legal 07 TITULO SEGUNDO 2.- Propósito, Alcance y Objetivos del Reglamento Interno 08 TITULO TERCERO 3.- Normativa referida a los alumnos y Alumnas Colegio Cervantes 10 3.1.- Consideraciones Preliminares 10 3.2.- Perfil del Alumno(a) Cervantino 10 3.3.- De la Jornada Escolar 11 3.4.- De las Normas Generales de Índole Técnico Pedagógico 12 3.5.- De las Ausencias a la Jornada Escolar 14 3.6.- Retiro de alumnos durante de la Jornada Escolar 15 3.7.- De la Asistencia a Clases y Puntualidad 16 3.8.- Presentación Personal del Alumno y Alumna Cervantino 17 TITULO CUARTO 4.- Normativa Referida a los Apoderados 19 4.1.- Consideraciones Preliminares 19 4.2.- Obligaciones con el Colegio 21 4.3.- Obligaciones con su pupilo(a) 22 4.4.- Obligaciones con Directivos y profesores(as) 23 4.5.- Derechos de los apoderados 23 II PARTE Manual de Convivencia Colegio Particular Subvencionado Cervantes de
  • 3. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 3 La Serena 1.- PRESENTACION 25 1.1.- Del Comité de Convivencia Escolar 25 TITULO PRIMERO 2.2.- Encargado de Convivencia Escolar 26 TITULO SEGUNDO 3.1.- Objetivos del Manual de Convivencia Escolar 27 3.2.- Deberes y Derechos del Colegio 27 1) Deberes del colegio 27 2) Derechos del colegio 29 TITULO TERCERO 4.- Reglamento de los alumnos(as) 30 A. Derechos de los alumnos(as) cervantinos 31 B. Deberes de los alumnos(as) cervantinos 32 C. Del Cumplimiento de la Jornada Escolar (los horarios) 34 D. Los Atrasos 35 E. Los Certificado Médicos en Clases Educ. Física 36 F. Horario de Almuerzos 36 G. Sobre el libro de clases 37 H. Ausencia por viajes 37 I. Ausencia a la jornada escolar 37 J. Relacionado con el porcentaje de inasistencias 37 K. Por razón de seguridad sobre uso de bicicletas en el colegio L. 37 4.1.- Del retiro del alumno(a) durante la jornada escolar 38 4.2..- Cuidado del Material Didáctico e Infraestructura del Establecimiento 38 TITULO CUARTO 5.0.- Sanciones Disciplinarias. 39
  • 4. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 4 1) De las amonestaciones y sanciones 39 2) Será motivo de llamado de atención o sanción menor 39 3) Será motivo de Trabajo Comunitario 40 4) Se consideran faltas de carácter grave 40 5) Se consideran faltas de carácter muy graves 41 6) Suspensión de clases por unos, dos o tres días 42 7) Suspensión indefinida con asistencia solo a dar pruebas 42 8) Advertencia de condicionalidad al apoderado 42 9) Carta compromiso o condicionalidad de matricula 42 10) La cancelación de la matricula 43 11) Plan de Intervención ante una condicionalidad 43 12) De la aplicación de las sanciones 44 13) De las investigaciones sumarias 44 14) Solicitud de apelación 44 5.1.- Otras Sanciones de Aspecto Generales 45 A. Bullyng  ¿Como enfrentarlo?  ¿Qué hacer en estos casos? 45 B. De las alumnas en situación de embarazo y maternidad 47 TITULO QUINTO 6.0.- compromiso como apoderado del Colegio Cervantes 48 6.1.- Derecho de los padres y apoderados 49 6.2.- Normas de prevención, higiene y seguridad  Normas de prevención  Normas de higiene y seguridad  En Relación al suministro de Medicamentos 49 6.3.- Plan de contingencias y/o evaluación 51
  • 5. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 5 6.4.- Recomendaciones generales 53 6.5.- Ley Zamudio: Ley Anti discriminación 54 6.6.- Normas sobre ética y probidad en el trabajo de los docentes 54 PRESENTACIÓN El artículo 46, letra f), del Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 2009, Ministerio de Educación, indica que uno de los requisitos para obtener reconocimiento oficial es que todo establecimiento educacional debe contar con un Reglamento Interno y Manual de Convivencia que regule las relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar. El reglamento interno, deberá incorporar políticas de prevención, medidas pedagógicas, protocolos de actuación y diversas conductas que constituyen falta a la buena convivencia escolar, graduándolas de acuerdo a su menor o mayor gravedad. De igual forma, establecerá las medidas disciplinarias correspondientes a tales conductas, que podrán incluirse desde la medida pedagógica hasta la cancelación de la matrícula. En todo caso, en la aplicación de dichas medidas deberá garantizarse en todo momento el justo procedimiento, el cual deberá estar establecido en el reglamento. Por tanto, el presente Reglamento Interno y Manual de Convivencia del Colegio Particular “Cervantes”, en concordancia con el Proyecto Educativo Institucional, entrega las normas que regirán la vida diaria de los Directivos, profesores, profesoras, asistentes de la educación, alumnos y alumnas, padres, madres y apoderados. El presente Reglamento Interno y Manual de Convivencia Escolar, ha sido concebido como un conjunto de normas y disposiciones que regulan la convivencia armónica de un grupo humano que se encuentra relacionado al Colegio Cervantes de La Serena, donde todos ellos aceptan y comparten los mismos valores y objetivos definidos en el PEI El Reglamento Interno, se dicta en cumplimiento a la normativa legal vigente, es un instrumento técnico – pedagógico y administrativo, que permite armonizar los recursos humanos, materiales y técnico, para el logro de una educación de calidad, basados en los principios y valores que entrega nuestra familia Cervantina en su diario quehacer Desde el momento de su matrícula, el alumno/Alumna, adquiere la condición de “Alumno Regular” del Colegio y titular de todos los derechos que esta calidad le otorga en conformidad al Contrato de Prestación de Servicios Educacionales, el presente Reglamento Interno de Convivencia Escolar y la normativa aplicable. TITULO PRIMERO 1.1.-FUNDAMENTO Art. 1.- Ficha Técnica del Establecimiento
  • 6. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 6 Nombre del establecimiento COLEGIO PARTICULAR CERVANTES Domicilio Avda Arauco N° 5394 Villa La Florida Región Coquimbo Comuna La Serena Teléfono 51-2272350 // 09 9 64960965 Pagina Web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com Email cervantesltda@hotmail.com Modalidad Particular Rol Base de dato 13.574-7 Tipo de enseñanza Pre-Básica, Básica y Media Régimen Semestral Sostenedor Centro de Educación, Capacitación y Formación Laboral Cervantes Ltda Rut 77.970.070-4 Rector y Representante Legal Gastón Erasmo Godoy Olivares Inspector General Jaime Andrés Godoy Guerrero Jefe Unidad Técnico Pedagógica Patricia Alejandra Figueroa Lagomarsino Coordinador Pedagógico Sebastián Andrés Rivera Herrera Encargado de convivencia escolar Jaime Andrés Godoy Guerrero Presidenta del Centro General de Padres y Apoderados Klaudia Sanhueza Aguirre Art. 2.- El Colegio Particular Cervantes de La Serena, posee una infraestructura de calidad, arquitectónica y considera óptimas condiciones de seguridad para sus alumnos y alumnas, distribuidos en 14 cursos que van desde Pre-kinder a 4° Medio. Art. 3.- El establecimiento cuenta actualmente con 16 salas de clases, (para un total de 14 cursos) Un pabellón de Oficinas Administrativas Dirección, Inspector General, Coordinador Pedagógico Oficina de Unidad Técnico Pedagógica, Oficina de Psicólogo, Oficina de Portería y Recepción, Pabellón de sala de clases, baños y patios individuales para Pre-Kinder, Kinder, Educación Básica y Educación Media, 5 Baños para Profesores y Administrativos y/o Asistentes de La Educación, Sala de Computación, Biblioteca CRA, Laboratorio de Ciencias, Comedor, Casino y Sala de Profesores, además cuenta con Gimnasio Techado, Furgón de Pasajeros para traslado de delegaciones, patios y áreas verdes, toda las dependencia mencionadas son de construcción nueva y sólida, según las normativas vigentes y recepcionado por Departamento de Obras I. Municipalidad de La Serena. Art. 4.- Fue autorizado su funcionamiento por Resolución Exenta Nº 00922, del Ministerio de Educación, Región Coquimbo y que reconoce oficialmente a contar del inicio del año escolar de 2005. Sus Planes y Programas de estudios son los emanados desde la Secretaría Regional Ministerial de Educación. Art. 5.- El Proyecto Educativo Institucional (en adelante el PEI) que sustenta al Colegio, es el principal instrumento orientador de la gestión del establecimiento y tiene como finalidad el mejoramiento progresivo de los procesos de aprendizaje de los alumnos, su formación valórica e integral.
  • 7. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 7 Art. 6.- El presente Reglamento Escolar Interno (en adelante el Reglamento Interno), ha sido concebido como un conjunto de normas y disposiciones que regulan la convivencia armónica de un grupo humano facilitando con ello la formación integral de los alumnos y alumnas del Colegio, pues todos ellos aceptan y comparten los mismos valores y objetivos definidos en el PEI del establecimiento, las cuales buscan los siguientes objetivos:  Estimular un ambiente educativo efectivo, seguro y grato.  Promover valores como la responsabilidad, honradez, respeto, tolerancia, lealtad, compañerismo, solidaridad, puntualidad, autonomía, e iniciativa.  Cautela el cuidado del ambiente educativo en general y el desarrollo de conductas que favorezcan los valares que el Colegio promueve y que se encuentren explícitos en estas normas.  Propender a la participación, flexibilidad, autonomía, coherencia, capacidad de reflexión, desarrollo de las habilidades sociales en los alumnos y alumnas como también de los funcionarios, padres y/o apoderados Art. 7.- EL Reglamento Interno del Colegio Particular “Cervantes”, de La Serena, tiene como función primordial procurar el orden social e individual del establecimiento y a la vez, ayudar en la formación integral de cada uno de los alumnos. Art. 8.- El presente reglamento considera además un conjunto de normas y procedimientos que regulan los derechos y deberes de todos los alumnos y alumnas-en sus diversos niveles de educación- por tanto, los estudiantes están sujetos al cumplimiento de normas, deberes y obligaciones, tanto al ordenamiento del Colegio como a la legislación vigente. Art. 9.- En el marco de la Actual Reforma Educacional de Inclusión-promulgada el 2015- (Ley N° 20.845 De inclusión escolar que regula la admisión de los y las estudiantes , elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del estado) y operativa a contar del 01 de marzo del 2016; todos los alumnos, alumnas, padres, madres y apoderados y comunidad educativa tiene derecho a las mismas oportunidades, como así mismo deberán cumplir con las normas y reglas estipulada en el presente reglamento. En este contexto la igualdad de oportunidades se promoverá mediante: a) La no discriminación arbitraria por razón de nacionalidad, enfermedad, raza, género, nivel social, convicciones políticas o religiosas; así como por cualquier otra condición o circunstancia personal o social. b) La disposición de medidas compensatorias que garanticen la igualdad real y efectiva de oportunidades. c) A las alumnas que se encuentren en estado de embarazo, el colegio dará las garantías y facilidades para que puedan finalizar su año escolar. Art.10.- Como principio fundamental para nuestra unidad educativa, es el respeto a cada persona independiente del rolo o función que cumpla dentro de la organización. Por tal razón es de vital importancia que, quienes ejerzan la patria potestad (padres, madres y/o apoderado o tutor), no importando su constitución legal, conozcan y acepten las normas indicadas en el Presente Reglamento Interno y Manual de Convivencia, las cuales regulan el funcionamiento del colegio, de tal manera que al momento de efectuar su matrícula se asume libremente su incorporación a esta comunidad educativa
  • 8. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 8 Art. 11.- Cada miembro integrante de esta comunidad escolar, desde su ingreso al Colegio, reconocen la existencia y toman conocimiento del presente Reglamento, el cual deberá ser cumplido en todas sus partes para garantizar el buen funcionamiento en nuestro establecimiento educacional y de sus respectivos aprendizajes. Por lo tanto, desde la fecha de incorporación a este Establecimiento, se entenderá que tanto el alumno(a) como su padre, madres y/o apoderado y la comunidad escolar toda, se encuentran en pleno conocimiento de las disposiciones de este Reglamento, debiendo hacer expresa en el formulario de matrícula, de su conocimiento y su obligación de cumplirla. Cabe destacar que este Reglamento es el resultado de la reflexión, análisis y participación de toda la comunidad escolar, modalidad elegida para su actualización con el fin de lograr la adhesión de todos los actores. Por tanto, en el caso de no cumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas en este Reglamento, por parte del alumno, de su padre, madre y/o apoderado u otro miembro de la comunidad escolar, la Dirección podrá disponer de amonestaciones verbales y/o escritas, según lo contempla este documento. Art. 12.- Se considera la convivencia escolar como eje articulador del Proyecto Educativo Institucional, por lo cual existe un Comité de Convivencia el que es dirigido por un Encargado de Convivencia de acuerdo a la ley de violencia escolar Nº20.536, que tiene la función de velar por la sana convivencia dentro del colegio, establecer estrategias para promover e implementar medidas de restauración cuando sea necesario. Este Comité está liderado por el Rector quien debe velar por su buen funcionamiento y el cumplimiento de su propósito. Frente a la recepción de una denuncia de un caso de violencia escolar el Comité de Convivencia tendrá la facultad de aplicar el “Procedimiento de Detección y Gestión de Violencia Escolar” 1.2.- DEL MARCO LEGAL Art. 13.- En la determinación de estos reguladores del comportamiento, están presentes tanto la legislación vigente como los principios declarados en el Proyecto Educativo Institucional. Art. 14.- La Política de presente Reglamento, se fundamenta en un conjunto de normas y principios legales vigentes en la República de Chile, entre las que destacan como más importantes las siguientes: I. Constitución Política de la República de Chile 1980 II. Ley General de Educación, Ley 20370/99 III. Estatuto de los Profesionales de la Educación, Ley N° 19070/91 y sus modificaciones IV. Reglamento de la Ley 19070 V. Bases Curriculares para Educación Parvularia VI. Marco Curricular 2009 (Decreto 256/1999), que determina los Objetivos Fundamentales y contenidos Mínimos para Educación Básica y Media. VII. Bases Curriculares 1º a 6º Básico (Decreto 439/2012). VIII. Decreto 220/1998 Enseñanza Media. IX. Decreto 511/97 sobre Evaluación y Promoción Escolar de Enseñanza Básica. X. Decreto 158/99. Modificación a Decretos 511 y 112 de Evaluación y Promoción Escolar. XI. Decreto 83/2001 sobre Calificación y Promoción de alumnos y alumnas de 3º y 4º Medio. XII. Decreto 112/1999 sobre Evaluación y Promoción de alumnos y alumnas de Enseñanza Media. XIII. Decreto 565/90 sobre Reglamento General de Centro de Padres y Apoderados.
  • 9. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 9 XIV. Ley 19304/94 sobre Ley de Menores. XV. Decreto 313/73 sobre Accidentes Escolares. XVI. Circular 782/79 sobre Operación DEYSE XVII. Ley N° 19.638 sobre igualdad de culto y libertad de consciencia XVIII. Ley 16744 sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. XIX. Ley N° 20.422 Establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad. XX. Ley N°n 20.501. calidad t Equidad de la educación. XXI. Ley N° 20.529. sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su fiscalización XXII. Ley N° 20.529. sobre violencia escolar. XXIII. Ley 18620/87 Código del Trabajo. XXIV. Decreto 056/84 sobre Reglamento Interno para Establecimientos Educacionales Región de Coquimbo. XXV. Manual de Procedimientos. XXVI. Marco para la Buena enseñanza. XXVII. Declaración Universal de los derechos humanos XXVIII. Convención sobre los derechos del niño XXIX. NUEVA LEY DE INCLUSION N° 20.845 (vigente a contar del 01-03-2016) TÍTULO SEGUNDO 2.- PROPÓSITO, ALCANCES y OBJETIVOS DEL REGLAMENTO Art. 15.- Este reglamento interno, intentará recoger el conjunto de normas que regulan el funcionamiento de nuestra escuela y garantiza la adecuada coordinación de todos los estamentos y personas que formaran esta comunidad educativa. Se podrán encontrar aquí las normas generales, técnico pedagógicas, administrativas, de prevención de riesgo y de higiene y seguridad. Art. 16.- El presente Reglamento tiene como objetivo asegurar el normal desarrollo de las actividades estudiantiles dentro del recinto y lugares en que éstas se realicen, además de velar por el desarrollo integral de toda la Comunidad Escolar. Art. 17.- En el marco de la LGE y Ley de Inclusión N° 20.845, todos los alumnos y alumnas tienen derecho a las mismas oportunidades de acceso a los distintos niveles de enseñanza. Los educandos tendrán sólo las limitaciones derivadas de su laboriosidad o de sus aptitudes. (LGE Art. 6) Art. 18.- En este contexto, la igualdad de oportunidades se promoverá mediante: a) La no discriminación arbitraria por razón de nacionalidad, enfermedad (VIH u otra), raza, género, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas; así como por o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. b) La disposición de medidas compensatorias que garanticen la igualdad real y efectiva de oportunidades. c) A las alumnas que se encuentran en estado de embarazo, el Colegio dará las garantías y facilidades para que puedan finalizar su año escolar.
  • 10. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 10 d) Del mismo modo que las embarazadas, las alumnas puérperas recibirán la orientación especializada con el objeto que puedan asumir su nueva condición de la mejor forma posible, y a la vez concluir con su formación educativa. Art. 19.- Los objetivos del reglamento son: I. Diseñar una adecuada estructura administrativa y pedagógica del establecimiento, que permita satisfacer las exigencias de la comunidad a fin de entregar un servicio educativo de la mejor calidad. II. Determinar la estructura y funciones de los diversos estamentos y actores que participan en el establecimiento, para el logro de los objetivos propuestos en el PEI. III. Crear conciencia y cautelar los derechos y deberes de cada integrante de la unidad educativa en un ambiente motivador y de confianza que favorezca su desarrollo personal y social. IV. Fortalecer las relaciones entre establecimiento y la comunidad, que va en beneficio de la educación y protección de los alumnos Art. 20.- Las siguientes disposiciones forman parte del presente Reglamento Interno y Manual de convivencia: a) Título Primero: Antecedentes generales. b) Título Segundo: Propósito y alcances del Reglamento c) Título Tercero: Normativas referidas a los alumnos. d) Título Cuarto: Normativas referidas a los apoderados. e) Título Quinto: Disposiciones de orden y disciplina. f) Título Sexto: Disposiciones referidas a la postulación, matrícula y aranceles. g) Título Séptimo: Disposiciones referidas al uso de los recursos materiales. h) Título Octavo: Disposiciones referidas a uniformes y uso del comedor. i) Título Noveno: Disposiciones referidas a la seguridad y salud. j) Título Décimo: Disposiciones aplicables a la relación de los apoderados con el colegio. k) Título Décimo Primero: Disposiciones para las ceremonias, premios y reconocimientos l) Título Décimo Segundo: Protocolos de Actuación frente a: Convivencia escolar, Admisión, Hostigamiento escolar, violencia escolar, abuso sexual, embarazo, maternidad y paternidad, consumo y tráfico de drogas, accidentes escolares, plan de emergencia, clases de educación física, salidas pedagógicas, entrada y salida del colegio, entrevistas y reuniones de apoderados, seguridad e higiene en los párvulos, uso servicios higiénicos, uso biblioteca Cra, laboratorio de Computación y seguridad en uso laboratorio de ciencias m) Título Décimo Tercero: los Reglamentos de: Evaluación, Becas, Centro de alumnos, centro de padres, de padres y apoderados, del consejo escolar, de giras de estudios, sala de informática, y biblioteca CRa n) Título Décimo Cuarto: Los Planes de Acción: Orientación vocacional, alcohol y drogas, seguridad escolar, convivencia escolar, educación sexual, consejo escolar, y deportes y recreación. TÍTULO TERCERO
  • 11. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 11 NORMATIVAS REFERIDAS A LOS ALUMNOS 3.1. CONSIDERACIONES PRELIMINARES. Art. 21.- Pertenecer a la Comunidad Educativa Cervantina requiere del conocimiento y adhesión a los principios de su Proyecto Educativo Institucional. Art. 22.- La Rectoría del Colegio promueve en toda su comunidad una relación armónica y constructiva entre sus miembros, y espera una respuesta positiva y permanente al cumplimiento de sus fines y normas. Art. 23.- El Colegio es un lugar de convivencia, estudio, enseñanza y aprendizaje, dentro de un marco de búsqueda de la verdad, de libertad, creatividad, responsabilidad y trascendencia. Art. 24.- Los(as) alumnos(as) deberán velar por su integridad física manteniendo una conducta responsable y de autocuidado, respetando las normas de seguridad del Colegio, para su propia protección y la de terceros. 3.2. DEL PERFIL DEL ALUMNO. Art. 25.- De acuerdo a los artículos 9 y 10 de la LGE, el Perfil del Alumno que deseamos consolidar durante su permanencia en nuestro Colegio es el siguiente: Los egresados del Colegio Particular “CERVANTES”, formados con una visión y misión humanista y global, se caracterizaran por: “Ser personas con una sólida formación en una o más áreas del conocimiento, con gran sentido analítico, ético y de responsabilidad social, con una amplia capacidad de participación en debates sociales, foros comunitarios, investigaciones e internet, emprendedores y gestores de su propio desarrollo, que afrontan eficientemente los desafíos, competentes en la comunicación con su propia lengua, al mismo tiempo de poder expresarse, en un nivel básico, en inglés en situaciones cotidianas. Por tanto, el Perfil del Alumno que deseamos consolidar durante su permanencia en nuestro Colegio es el siguiente: a) Alumnos que desarrollen habilidades socioemocionales y éticas, que les permitan escuchar, tomar perspectiva y resonar con las emociones de los otros, adoptando una actitud respetuosa hacia la diversidad y resolviendo los conflictos a través del diálogo y la búsqueda del bien común. b) Estudiantes que desarrollen sus destrezas y habilidades, potencien la creatividad y el espíritu crítico y generen la capacidad de adaptarse al cambio personal, social y ambiental. c) Personas que se caractericen por ser capaces de desarrollar responsablemente su propia voluntad, fijándose metas ambiciosas y realizando acciones para su consecución. Esforzándose por vencer sus temores y asumiendo con coraje y optimismo la búsqueda de su felicidad.
  • 12. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 12 d) Alumnos que desarrollen la autonomía a lo largo de los procesos educativos, curiosos del conocimiento, críticos, constructivos y reflexivos, buscando expresar su opinión y participando activamente para realizar mejoras en la Comunidad. e) Personas con consciencia ecológica, que velen por el cuidado del medio ambiente y el uso eficiente y sustentable de los recursos, realizando acciones que permitan solucionar y disminuir el impacto ambiental. 3.3. DE LA JORNADA ESCOLAR. Art. 26.- En general, las dependencias administrativas del Colegio permanecerán abiertas durante todo el año escolar respectivo, de lunes a jueves entre las 08:00 y 17:30 hrs., viernes de 08:00 a 15:30 hrs. con excepción de los feriados legales. Art. 27.- La asistencia de los alumnos y alumnas al establecimiento se rige por la Jornada Escolar Completa, que se determina en base a nuestro Programa Pedagógico, el que comprende el calendario anual escolar para los distintos niveles y el horario semanal de cada curso del Colegio. Art. 28.- Al inicio de cada año lectivo, se informará a la comunidad educativa y sus diversos actores el Calendario Anual Escolar e Institucional y el horario semanal de cada curso, de acuerdo a lo aprobado por el Ministerio de Educación. Art. 29.- Las horas de clases establecidas en dicho calendario, serán consideradas para el cálculo del porcentaje de asistencia anual de cada alumno(a). Art. 30.- El Colegio asume que los apoderados y alumnos(as) conocen el calendario y el horario establecido desde el momento de su publicación en los medios oficiales de comunicación del Colegio. (1ra reunión de padres y apoderados, diarios mural, pag web del colegio) Art. 31.- Durante la Jornada Escolar el Colegio velará por promover un modelo de sana convivencia al interior del recinto, basado en el respeto, la integración y la solidaridad. Art.32.- El Colegio “Cervantes” de La Serena, es un establecimiento de financiamiento particular, de Enseñanza Pre-Básica, Básica y Media, cooperador de la función educacional del Estado. El colegio se administrará en forma particular y funcionará como unidad educativa acorde a las normas emanadas del Ministerio de Educación, en lo relacionado a lo Técnico Pedagogico y Disposiciones contenidas en este reglamento. Art. 33.- Las relaciones laborales se regirán por las normas establecidas en este reglamento, además por el Código del Trabajo y Reglamento Interno de Funciones y Procedimientos para el Personal Docente y No Docente. Art. 34.- El colegio se financiará con recursos que se obtengan a través del aporte por conceptos de cuotas de escolaridad mensuales que cancelarán los padres, madres y/o apoderados. 3.4.- DE LAS NORMAS GENERALES DE INDOLE TECNICO PEDAGOGICO Art. 35.- De la concepción Curricular.
  • 13. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 13 Aplicación de metodología activa y participativa que despierten el interés del alumno hacia el aprendizaje, para el desarrollo de sus capacidades y potencialidades intelectuales, artísticas y manuales, y la formación de hábitos, actitudes y valores deseables. Art 36.- Del Funcionamiento: Antecedentes Generales Ubicación Geográfica: Avda Arauco Nº 5394 villa La Florida, La Serena. Niveles que atiende. Pre-Básica, Básica y Educación Media Número de Jornadas: Jornada Escolar Completa Horario de Clases: (los horarios se conforman de la siguiente forma, pudiendo sufrir modificaciones) CURSOS LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES Pre Kinder a 8º Básico 08:00 a 15:30 08:00 a 15:30 08:00 a 15:30 08:00 a 15:30 08:00 a 13:00 1º a 4º Medio 08:00 a 17:00 08:00 a 13:45 08:00 a 16:15 08:00 a 16:15 08:00 a 13:45 Como aspiración y política se pretende atender un número limitado de alumnos por curso, lo que permitirá una atención más personalizada y alcanzar mejor calidad en el logro de aprendizajes.  Primer Nivel de Transición 15 alumnos por curso  Segundo Nivel de Transición 30 Alumnos  Primero Básico a Cuarto Medio 30 a 35 alumnos por curso La Planta de profesionales y asistentes de la educación, para el año 2018 está compuesta como se señala a continuación, pudiendo experimentar cambios mínimos considerando las necesidades del establecimiento educacional. Nº FUNCIONES Nº FUNCIONES Docentes Directivos 4 Director, Inspector General, Coordinador General, Jefe UTP. Administrativ os 2 Secretaria, Encargado Mantención, Inspector Patio, Educadora de Párvulos 2 Educadoras de Aula Auxiliares 2 Auxiliares de Servicio Psicólogo 1 Asistencia a comunidad escolar Asistentes 2 Asistentes de Párvulos Abogado 1 Asistencia a comunidad escolar Total 6 Docentes Básica 5 Docentes de Aula
  • 14. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 14 Docentes Media HC 12 Docentes de Aula Total 25 De acuerdo con el artículo del Reglamento de la Ley 19070, se establece la docencia de aula y las actividades curriculares no lectivas para los docentes con una jornada de 30 o 44 horas semanales. Art. 36.- De los Planes y Programas En el aspecto Curricular, el Colegio Cervantes de adscribe a los Planes y Programas de estudio emanados del Decreto 220/1998, Marco Curricular 2009 (Decreto 256/1999), Bases Curriculares 2012 (Decreto 439/2012) y Bases Curriculares para la Educación Parvulario. Plan de Estudios: Es el documentos de carácter normativo que señala para cada curso, los sectores de aprendizaje, asignaturas, actividades y el horario semanal, los que están indicados en el Proyecto Educativo y Proyecto Curricular Programa de Estudio. Es el documento de carácter normativo que expone los objetivos fundamentales y los contenidos mínimos que deben aplicarse de acuerdo al Plan de Estudio para cada nivel Pre- Básico, Básico y Educ. Media. En relación a los objetivos fundamentales podemos distinguir dos clases de objetivos:  Objetivos Fundamentales Transversales: Están orientados al desarrollo personal y a la conducta moral y social de los alumnos, los que a partir de las nuevas Bases Curriculares reciben el nombre de Objetivos de Aprendizaje Transversales.  Objetivos Fundamentales Verticales: Son aquellos que se aplican a determinados cursos y niveles y los tipos de aprendizajes que corresponden a lograr a los largo de la progresión de cursos, de acuerdo con la matriz curricular básica, los que a partir de las nuevas Bases Curriculares se denominan Objetivos de Aprendizajes. Los Planes y Programas de estudios que se aplicaran durante el año 2015 al 2017 son los establecidos por El Ministerio de Educación para cada uno de los respectivos niveles de enseñanza (Planes y Programas Oficiales, según los respectivos decretos) Planes complementarios: Se entregará una adecuada asistencia educativa a través del Programa Complementario de Orientación, tales como:  Plan de acción de gestión institucional  Plan de acción deporte y recreación  Plan de acción Orientación Educativa y Orientación Vocacional  Plan de acción Anual de Trabajo del Consejo Escolar  Plan de acción integral de seguridad (PISE)  Plan de acción y protocolo de Gestión para una Buena Convivencia Educacional  Plan de acción y protocolo de Alcoholismo y Drogadicción.  Plan de acción y Protocolo de Educación Sexual  Plan y Protocolo Integral de Seguridad Escolar
  • 15. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 15  Apoyo al Plan de Orientación Académica y Profesional. (POAP)  Integración de la Familia al Proceso Educativo.  Protocolo y Programas especiales para Manejo del Bullyng (Ley Zamudio)  Programa de Salud Escolar (COMISE)  Programa de Seguridad Escolar y Defensa del Medio Ambiente.  Variados protocolos de actuación. 3.5. DE LAS AUSENCIAS A LA JORNADA ESCOLAR Art. 37.- Se tomará la asistencia al inicio de cada Jornada Escolar, como asimismo, al inicio de cada hora de clases, las cuales quedarán registradas en el Libro de Clases respectivo, pues consideramos que la asistencia regular de un alumno(a) es vital para obtener el éxito académico. Velar porque el alumno(a) mantenga una asistencia regular requiere de un esfuerzo de alumnos, apoderados y profesores. El alumno que falta regularmente pierde la interacción social, la instrucción, formación y discusión pedagógica que entrega el Colegio. Art. 38.- La ausencia a la Jornada Escolar de un(a) alumno(a), deberá ser justificada presencialmente y por escrito por el apoderado titular, tutor, padre y/o madre, el mismo día que el alumno(a) se reintegre al Colegio, quedando el registro en “Libro de Inasistencias y Atrasos” Art. 39.- Las inasistencia a clases, nivelaciones o actividades extraescolares, deberán ser justificadas en inspectoría, personalmente por el apoderado al momento de reintegrarse a clases el estudiante. Inspectoría otorgará el pase de ingreso correspondiente. Art. 40.- Los estudiantes que no justifiquen debidamente sus inasistencias junto a su apoderado, no serán aceptados en clases, hasta el momento en que el apoderado se presente a realizar dicho trámite. Art. 41.- La ausencia prolongada por más de 3 días por razones de enfermedad del (de la) estudiante, además de la justificación escrita, el apoderado, requerirá de la presentación del Certificado Médico respectivo. (Libro de Inasistencias y Atrasos) Art. 42.- La ausencia de clases como consecuencia de alguna enfermedad contagiosa, obliga al apoderado (padre, madre y/o tutor) a comunicar este hecho al Profesor Jefe o Coordinador de Ciclo correspondiente y/o Inspector General dentro de las 24 horas siguientes al diagnóstico de la misma, permaneciendo el (la) alumno(a) sin asistir al Colegio hasta que cuente con una certificación médica que indique el alta respectiva. Art.43.- La inasistencia prolongada de un alumno(a) (más de tres días) y que afecten alguna evaluación sumativas y/o formativa, deberán ser justificada con certificado médico. Posterior a ello, el apoderado podrá solicitar a Dirección, UTP o Evaluación, una readecuación en el calendario escolar de evaluaciones para su pupilo. En caso contrario las evaluaciones serán tomadas en el momento en que el alumnos(a) se reincorpore a clases. Art. 44.- Todas las inasistencias inmediatamente anteriores o posteriores a un periodo de vacaciones y/o feriados y festivos, serán consideradas injustificadas. Cualquier excepción a esta norma, se exige la aprobación previa de Dirección.
  • 16. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 16 Art. 45.- Realizar viajes de carácter personal durante el año escolar corresponde a una actividad no contemplada y que no se ajusta a la planificación académica del Colegio, por lo que son de exclusiva responsabilidad del (de la) alumno(a) y su apoderado. La inasistencia podría incidir en su promoción. El alumno (a) que supere el 15% de inasistencia, No Podrá ser Promovido de Curso. Art. 46.- El apoderado del alumno o alumna que se ausente por razones de carácter personal, tendrá la obligación de dejar constancia por escrito en Inspectoría General, a lo menos con una semana de anticipación a su realización, con el objeto de poder proceder acorde a nuestro Reglamento de Evaluación. Art. 47.- Aquellos(as) alumnos(as) que realicen viajes de carácter personal durante el año lectivo, deberán cumplir con todos los trabajos y evaluaciones que le han sido encargados (a nivel profesor y compañeros), antes y después de realizado el viaje. Art. 48.- El (la) alumno(a) que como consecuencia de su ausencia a clases deje de rendir una evaluación programada, deberá regularizar su situación de acuerdo a lo previsto en el Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar del Colegio. 3.6.- RETIRO DE ALUMNOS DURANTE LAJORNADAESCOLAR Art. 49.- Los estudiante podrán ser retirados por el apoderado titular, padre y/o madre, (nunca se autorizará el retiro de alumnos por terceras personas no autorizadas) durante la jornada de clases sólo en caso de real emergencia (salud o duelos).. Además:  Sólo se autorizará el retiro de los alumnos, en caso de emergencia o cuando presente problemas de salud, debidamente verificados por la encargada de enfermería del Colegio, quien se comunicará vía telefónica con el apoderado.  El retiro del alumno lo hará personalmente su apoderado o un apoderado suplente en forma presencial, presentando carnet de identidad y dejando registro por escrito el Libro de Retiro.  No se autorizará el retiro de ningún alumno vía agenda o vía telefónica.  Los alumnos sólo podrán ser retirados del colegio en horario de recreo para evitar interrumpir el desarrollo normal de la clase.  Las visitas rutinarias al dentista y/o médico deben programarse en lo posible después de las horas de clases Art.50.- Los alumnos y alumnas, deberán traer todos sus materiales de trabajo al inicio de las clases, no se permitirá la interrupción de clases o jornadas escolar para entregar materiales, trabajo o colaciones. Art. 51.- Los mensajes telefónicos para los alumnos (as) deberán ser de carácter urgente o de justificada relevancia (salud o accidentes); no se permite la interrupción de clases con recados personales que pueden ser entregados en forma oportuna en el hogar respetivo. 3.7. DE LA ASISTENCIA A CLASES Y PUNTUALIDAD.
  • 17. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 17 Art. 52.- Los alumnos(as) tienen la obligación de asistir regular y puntualmente a sus clases, así como de participar en todas las actividades de carácter educativo y cultural que se desarrollen dentro y fuera del establecimiento. Art. 53.- El alumno debe ingresar puntualmente al Colegio, a sus clases e incorporarse de la misma forma a todas y cada una de sus actividades escolares, sea dentro o fuera del Colegio. La puntualidad desarrolla el sentido de la responsabilidad y respeto por los compromisos, por lo que los alumnos deberán estar en el establecimiento a la hora indicada como inicio de cada jornada, así también respetar el ingreso a cada clase o actividad escolar en los horarios correspondientes. Art. 54.- Cada vez que un alumno(a) ingrese a clases después del horario establecido para cada jornada, deberá ser registrado en inspectoría, al cumplir tres atrasos se citará al apoderado por medio de la agenda escolar, para que este tome conocimiento de la situación y asuma personalmente las responsabilidad de dar solución dicho problema firmando el Libros de Inasistencias y atrasos. Por tanto, el Colegio adoptará las siguientes medidas para todos aquellos alumnos que lleguen atrasados a sus actividades escolares:  Los alumnos que ingresen después de 08:10, deberán esperar en Biblioteca y/o sala de electivos del establecimiento hasta 08:45.  Los alumnos que ingresen después de las 08:45 serán autorizados a ingresar solo si lo hacen acompañados de su apoderado y podrán ingresar después del recreo de las 09:30, De no ser así los alumnos permanecerán trabajando en biblioteca CRA, hasta la presencia y/o justificación del apoderado titular.  El ingreso de los alumnos atrasados será permitido sólo por un pase timbrado por inspectoría. Art.55.- Quien complete más de tres atrasos deberá presentarse a justificar con el apoderado. Mientras ello no ocurra el alumno estará impedido de ingresar a clases y deberá permanecer en biblioteca CRA. Además:  Serán sancionados con una Permanencia aquellos alumnos pertenecientes al 1er ciclo que acumulen 7 atrasos al inicio de la jornada.  Los alumnos de 2do Ciclo y Enseñanza media que acumulen 5 atrasos al inicio de la jornada serán sancionados con una Permanencia y desarrollarán Trabajos Comunitarios ( se entenderá por tal el aseo y ornato de salas de clases u otras dependencias del establecimiento educacional)  Alumnos que lleguen atrasados a una evaluación deberán esperar que termine la evaluación para hacer ingreso a su sala de clases, esta evaluación deberá rendirla durante el periodo estipulado para pruebas pendientes con un 60% de exigencia.  Estas medidas serán aplicadas para alumnos que ingresen atrasados tanto al inicio de la Jornada, como en horas intermedias. Art.56.- El profesor admitirá en su respectiva clase al alumno(a) cuando esté presente una autorización timbrada por Inspectoría, sin perjuicio de ello el profesor NO permitirá el ingreso de alumno(a) atrasado al 2° o 3er bloque de clases, como tampoco se autoriza el ingreso de alumnos sólo a la jornada de la tarde.
  • 18. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 18 Art. 57.- Un atraso a clases, luego de un recreo, es considerado un atraso más, por lo tanto, se seguirá el mismo procedimiento de registro señalado anteriormente. El estudiante ingresará a clases con un documento firmado y timbrado, denominado “pase”. Sin perjuicio de lo anterior, este hecho será considerado como una falta cuyo tratamiento se describe a continuación: (Ver Manual de Convivencia, relacionado con los atrasos) Art. 58.- La obligación de asistencia a clases también involucra que el alumno(a) concurra debidamente preparado para ello, con sus tareas debidamente confeccionadas, provisto de los útiles y materiales de trabajo que sean necesarios. Art. 59.- Se espera que los alumnos(as) asistan a clases y otras actividades escolares en las condiciones físicas adecuadas para realizar su rol de estudiante tales como un apropiado nivel de descanso y alimentación, así como la ausencia de la ingesta de alcohol o drogas ilícitas. Art. 60.- En caso de acudir bajo los efectos del alcohol o drogas ilícitas o consumir al interior del colegio, se impedirá el ingreso a clases y se mantendrá bajo la supervisión de personal del colegio, procediendo a comunicarse con su apoderado titular, tutor, padre o madre para que lo retire; posteriormente se aplicarán las medidas disciplinarias que correspondan. (Ver protocolo de actuación sobre consumo y tráfico de drogas) Art. 61.- De acuerdo a lo estipulado por el Ministerio de Educación, se espera que el alumno cumpla como mínimo con un 85% de asistencia para ser promovido a un curso superior. Art. 62.- Como una medida de autocuidado, todos los alumnos(as) deben ingresar al Colegio inmediatamente después de su arribo al mismo. Art. 63.- El Colegio velará por el cuidado integral de sus miembros, por lo cual cada vez que un(a) alumno(a) llegue al Colegio en un estado de salud deficiente, será mantenido en la sala de profesores y/o inspectoría hasta que sea retirado por su apoderado. 3.8.- PRESENTACION PERSONAL DEL ALUMNAY ALUMNACERVANTINO Art. 64.- Los Alumnos y alumnas del colegio, deben presentarse cada día con el uniforme correspondiente completo el que es de uso obligatorio en todas las actividades formativas programadas y contempladas dentro del plan Anual; la vestimenta reglamentaria y/o autorizada, proyectará siempre pulcritud y decoro, estando ordenada, limpia y en buen estado y no debe ser de ninguna manera provocativa u obscena. En aquellos casos particulares donde por razones estrictamente económicas, no tiene una parte del uniforme, debe, el apoderado, dar aviso a Inspectoría General, quien le dará las facilidades hasta que logre solucionar el problema. En particular no se permite la cintura desnuda ni pantalones a media cadera y camisas rasgadas o con leyendas inapropiadas. El calzado lustrado, en buen estado, cómodo, protector y apropiados para uniformes. Sin prejuicio de lo anterior el uniforme del colegio será: DAMAS: Jumper (4 dedos sobre la rodilla), Camisera blanca, corbata, Chaqueta y/o Chaleco gris bordado con insignia del colegio, calceta y/o pantys rojas italiano, zapatos negros, pelo tomado. Para el uso diario deben tener cotona y/o delantal blanco. No se permiten las damas con accesorios y utilizar algún tipo de maquillaje.
  • 19. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 19 El pelo de las alumnas puede ser cualquier largo, sin tinturas, ordenado de cualquier manera que no oculte la cara, no entorpezca su trabajo escolar ni desmerezca su presentación personal. No se aceptarán cortes estrafalarios. VARONES: Pantalón plomo de colegio (no pitillo), Chaqueta y/o Chaleco gris con insignia del colegio bordada, camisa blanca, corbata del colegio, zapatos negros, pelo corto sobre el cuello de la camisa. Uso de cotona blanca es obligatorio durante todas las horas de permanencia en el colegio. El pelo de los varones debe presentar un corte tradicional mediano, que no rebase el cuello de la camisa, que no oculte la cara, sin accesorios ni tinturas. No se aceptarán cortes estrafalarios. No se aceptará el corte rapado y correctamente afeitados cada día de clases. Para la temporada de invierno, y como medida de protección a las condiciones climáticas, se autorizará a los alumnos(as) usar Chaquetas y/o polar más gruesos y abrigados de color gris, azul marino y/o negro (preferentemente colores oscuros). En ningún caso se autorizará el uso de polerones de colores claro, fluorescentes y/o con estampados  De igual forma y producto de condiciones climáticas adversas (lluvia o bajas temperatura) se autorizará el uso de gorros de lanas y bufandas de color gris, azul marino y/o negras.  Se considera ajeno y prohibitivo al uniforme escolar el uso de joyas, aros colgantes, todo tipo de pirsin y espansores en el cuerpo, adornos artesanales, cadenas, pulseras, etc, tanto en varones como en damas.  Todos los útiles y prendas de vestir de los alumnos deberán estar debidamente marcados con indicación de sus nombres completos y visibles. (preferentemente en los alumnos(as) de los cursos P-kinder a 8° Básico)  Los alumnos deben responsabilizarse por el cuidado y resguardo de sus materiales y prendas de vestir, debiendo retirarlas al término de la jornada escolar. No se permitirá el ingreso de alumnos o apoderados a buscar materiales de estudio u otros elementos luego de finalizado el horario de clases.  El correcto uso del uniforme escolar, incluida la cotona diaria, y la presentación personal del alumnado serán controlados a diario por profesores jefes, profesores asignaturitas, inspectores y/o funcionarios del colegio. El uso de lentes ópticos es de responsabilidad de cada estudiante.  En las clases de Educación Física, Actividades Deportivas, Talleres Deportivos, los alumnos(as) participantes deberán usar el equipo deportivo del colegio consistente en: Un buzo deportivo con los colores del colegio, insignia y polera piqué manga corta, se autorizan también las calzas rojas para las damas y short plomo o gris para los varones.  Las zapatillas para ambos sexos, deben ser colores neutros (blanco o negro) no se permite zapatillas de colores llamativos y/o fluorescentes
  • 20. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 20  Los alumnos(as) no podrán asistir a clases con ropa deportiva cuando corresponda el uso de uniformes.  Ambos sexos, deberán mantener las uñas cortas limpias y sin pintura, el cabello limpio y los zapatos lustrados. Los varones deben asistir afeitados, no con barbas incipientes o completas. De acuerdo a lo señalado en el Decreto N° 215,de 2009, del Ministerio de educación, los directores de establecimientos educacionales podrá, con acuerdo del centro de padres y Apoderados y Consejo de profesores, establecer el USO OBLIGATORIO DE UNIFORME ESCOLAR Art.65.- Los objetos tecnológicos solo deben ser usados con fines académicos y es el alumno(a) el único responsable por su resguardo y cuidado. En caso de pérdida o extravío, el colegio no se hace responsable de su reposición. Art. 66.- Los objetos extraviados deben ser recogidos y entregados en el lugar que la administración del colegio establezca para estos efectos. El colegio no se responsabilizará ni repondrá el valor material de los objetos o prendas que se extravíen en el establecimiento. TITULO CUARTO 4.- NORMATIVA REFERIDA A LOS APODERADOS (Ver Reglamento de padres y Reglamento del Centro general de padres y apoderados) 4.1.- CONSIDERACIONES PRELIMINARES Art 67.- Derecho a Ser Informado: los padres madres, apoderados y/o tutor de los alumnos(as), los respectivos informes de notas, de personalidad o cualquier otro documentos relacionado con la situación escolar de su hijo podrán ejercer el derecho a ser informados , solicitando mediante los conductos formales establecidos por la institución educativa. Art. 68.- Tendrá derecho a ser informados sobre el reglamento interno y su modificaciones, así como también a conocer el manual de convivencia y de evaluación (DFLN° 2 de 1998 Minedu) Art. 69.- Los padres y madres, o quienes gocen de la TUICIÓN o tengan la representación legal del alumno(a), de preferencia deben designar a una persona para que ejerza este derecho en el establecimiento educacional, de conformidad a las disposiciones que la institución educativa (Colegio Cervantes de La Serena) contemple en este Reglamento Interno, sin perjuicio de que, en aquellos casos en que no se formalice esta designación, ambos puedan ejercerlo indistintamente. Art. 70.- Derecho a ser escuchados: puede realizarse directamente en establecimiento educacional, en las reuniones de padres y apoderados, solicitar reuniones en casos puntuales, en el centro de padres apoderados. Art. 71.- Respecto al derecho del padre o madre que tiene la tuición: los establecimientos educacionales no pueden restringir los derechos a cualquiera de los padres “por el sólo hecho de no tener el cuidado personal de sus hijos, a menos que exista una resolución judicial que lo ordene” (Art.224 del código civil)
  • 21. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 21 Art. 72.- Finalmente el Padre o madre, aunque no sean apoderados titulares y no tengan el cuidado personal de sus hijos, están obligados a garantizar y respetar:  Su derecho a asociarse y a participar en las organizaciones de padres y apoderados (Centro de padres)  Su derecho a participar en reuniones de padres y apoderados.  Su derecho a tener acceso a los informes educativos del alumno de la misma forma que el padre o madre que esta como apoderado ante el establecimiento.  Su derecho a participar en actividades extraescolares, fiestas de fin de curso, paseos, primeras comunicaciones, día del padre o de la madre. Art. 73.- En el momento de la matricula se deberá definir –en caso de existir- alguna restricción de carácter legal y dictada por un tribunal competente, si existe restricción alguna sobre uno u otro de los progenitores, caso contrario ambos padres tendrá igualdad de derechos sobre la educación de sus hijos. Art. 74.- Al momento de matricular se deberá establecer un sostenedor financiero del educando, quien asumirá las obligaciones pecuniarias derivadas de la suscripción del contrato de prestación de servicios educacionales y del respectivo pagare. Art. 75.- Ningún apoderado, en circunstancia alguna, podrá ingresar a las dependencias del establecimiento para amenazar, increpar, reprender o agredir verbal o físicamente a un miembro de nuestra comunidad educativa, sea alumno, apoderado o funcionario, lo cual será considerado una Falta Gravísima. Art.76.- Los padres y apoderados deben canalizar objetiva y responsablemente sus inquietudes a través de las instancias y conductos regulares, según el siguiente orden: a) Profesor jefe de curso b) Profesor de asignatura c) Coordinador de Ciclo d) Inspector General o de Convivencia, según corresponda. e) Rector Art. 77.- En el evento que un Apoderado no dé cumplimiento a las normas previstas en este Reglamento, facultará al Colegio para exigir el cambio de Apoderado. Art. 78.- En el evento que un apoderado y/o sostenedor económico infrinja en forma grave lo dispuesto en este reglamento, facultará al Colegio para reservarse el derecho de ingreso al establecimiento de esa persona. Esta medida sólo podrá ser adoptada por el Rector del Colegio, el cual notificará por escrito al afectado haciéndose efectiva la medida por parte del personal encargado de Portería. Asimismo, el Rector puede levantar esta medida, cuando lo estime prudente. Art. 79.- Los apoderados deben apoyar decididamente la labor del Colegio, resguardando su prestigio y fomentando su prosperidad integral, considerándoseles como parte fundamental de la labor educativa que éste realiza. Es por ello que, si algún apoderado presenta conductas que faltan el respeto a Directivos, profesores y/o asistentes de la educación o atentan contra la
  • 22. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 22 convivencia de la comunidad y de los principios establecidos en el PEI, en cualquier forma, sea verbal escrita o digital, el Consejo de Profesores presidido por el Rector del Colegio, evaluará la situación pudiendo adoptar en casos muy calificados la medida de no renovar la matrícula de un(a)alumno(a) por esta causa, teniendo en consideración que la aplicación de esta medida extrema sólo debe perseguir el favorecer a la comunidad escolar en su conjunto. Art. 80.- Todo apoderado debe cumplir con el protocolo de ingreso instituido para tal efecto en el colegio, que busca resguardar la seguridad de los alumnos y alumnas. No se permitirá el ingreso de los apoderados a las zonas académicas o zonas de alumnos sin la debida autorización y respetando los protocolos establecidos. Art. 81.- En caso de existir un conflicto al interior del colegio entre un(a) alumno(a) y otro miembro de la comunidad educativa, el apoderado debe seguir el conducto regular de comunicación establecido en el presente Manual de Convivencia. 4.2.- OBLIGACIONES CON EL COLEGIO Art. 82.- Los apoderados son colaboradores directos de la acción educativa del colegio y, como tales, deberán asegurarse que sus pupilos(as) cumplan con las obligaciones que les competen como alumnos(as). No está permitido tomar fotografías ni realizar grabaciones de clases u otras actividades internas en forma visual y/o auditiva, sin consentimiento del equipo directivo, docentes o alumnos, con el fin de respetar el derecho a la intimidad y como medida precautoria del uso y difusión de imágenes dentro y fuera del colegio que atenten contra la dignidad de cualquier miembro de la comunidad. Art. 83.- Al firmar los documentos referidos a la matrícula, asumiendo la cancelación oportuna y puntual de los valores asignados por concepto de escolaridad (mensualidades), además el apoderado se hace responsable solidario de los daños materiales ocasionados por el (la) alumno(a), en situaciones debidamente calificadas por la Rectoría del Colegio. Art. 84.- Los padres, apoderados y representantes legales de los(as) alumnos(as) serán responsables civiles en los términos previstos en las leyes. En caso necesario la Sociedad Educacional Cervantes Ltda se reservará el derecho de realizar una demanda civil a los padres y/o apoderados del (la) alumno(a) o a su representante legal. Art. 85.- Es deber del apoderado asistir a las reuniones a las que es citado. De no hacerlo deberá justificar su ausencia y acordar una nueva fecha de entrevista dentro de la semana siguiente, a la que se compromete a asistir. En caso de no cumplimiento de esta disposición, el colegio está facultado para aplicar la condicionalidad al apoderado. Art. 86.- Debe verificar periódicamente y en forma personal, la marcha del proceso educativo de su pupilo(a), canalizando objetiva y responsablemente sus inquietudes a través de las instancias y conductos regulares. Art. 87.- Cuidar que sus pupilos(as) cumplan con la obligación de asistir a clases y llevar los útiles adecuados, pues está estrictamente prohibida la entrega durante el horario de clases de útiles,
  • 23. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 23 objetos olvidados en casa y almuerzos. Lo anterior, para evitar riesgos y velar por la integridad, así como desarrollar la responsabilidad de los alumnos(as). Art. 88.- Cuidar que sus pupilos den un trato correcto a las instalaciones, equipos y, en general, a los recursos del Colegio. Los daños y destrozos al interior del colegio, serán asumidos por el apoderado quien deberá reponer, reparar y/o cancelar el valor total de lo dañado por su pupilo y/o pupila. Art. 89.- Recoger a sus pupilos a más tardar, dentro de la media hora inmediatamente siguiente al término de la Jornada Escolar. El Colegio no se hace responsable de los alumnos posteriores al horario establecido, por tanto, se llamará al apoderado, caso contrario el alumno será dejado en Delegación de Carabineros del sector. Art. 90.- Comprometerse con el proceso de aprendizaje de su hijo(a), apoyándolo y brindándole las condiciones adecuadas para su desarrollo, estableciendo una relación de colaboración con sus profesores y directivos. Art. 91.- Efectuar la renovación de matrícula dentro de los plazos establecidos, de lo contrario podrán perder su vacante. Art. 92.- Los apoderados deberán retirar a sus pupilos(as) cuando éstos se encuentren enfermos(as), a solicitud del personal del establecimiento. Art. 93.- Mantener actualizados sus datos personales referidos a: números telefónicos (fijos y móviles), dirección particular, correo electrónico y otros. Cualquier modificación al respecto debe informarla a la Secretaria, profesor Jefe y/o Inspectoría del Colegio. Art.94.- El Colegio dará orientación a los Padres o Apoderados en cuestiones pedagógicas generales o específicas de cada materia, así como permitirá la consulta de lineamientos y disposiciones, a través de un horario de reuniones con los Profesores Jefes, docentes de asignatura, Inspectores o Directivos, según corresponda. Art. 95.- En las reuniones de Padres y Apoderados se tratarán los temas generales vinculados al curso, mientras que los temas específicos que se vinculen a un alumno en particular, se tratarán en reuniones privadas con el Profesor Jefe, Coordinador del Ciclo respectivo, y/o de ser necesario Inspector General o Director. 4.3. OBLIGACIONES CON SU PUPILO(A). Art. 96.- Inculcar y desarrollar normas y valores orientados al respeto, cuidado incondicional de las personas y de sí mismo, favoreciendo una convivencia escolar armónica. Art. 97.- Identificar y aceptar sus capacidades y competencias a desarrollar, favoreciendo el reconocimiento de su propia identidad.
  • 24. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 24 Art. 98.- Orientar y apoyar el cumplimiento de sus obligaciones y responsabilidades, estimulando una actitud autónoma en la realización de tareas y trabajos. Art. 99.- Evaluar su desarrollo integral y el proceso escolar, a través del esfuerzo y compromiso de su pupilo/a, cautelando el resultado en sus evaluaciones y fortaleciendo la seguridad en sí mismo(a). Art. 100.- Aplicar medidas justas, motivadoras y oportunas con la finalidad de obtener un mejor desempeño. Art. 101.- Aceptar y valorar las indicaciones del Colegio, así como adoptar las medidas correspondientes en el caso que su pupilo(a) no cumpla con las normas de rendimiento y/o comportamiento del establecimiento. Art. 102.- Cumplir oportunamente con las indicaciones de derivaciones y tratamientos externos solicitados por el colegio, presentando los informes correspondientes en los tiempos establecidos. El no cumplimiento de esta normativa, podría generar la advertencia de condicionalidad o la medida superior en caso de tener una advertencia o condicionalidad previa. 4.4. OBLIGACIONES CON DIRECTIVOS Y PROFESORES(AS) Art. 103.- Aceptar la idoneidad profesional del personal docente del Colegio, y asumir que la labor de ellos es fundamental en la formación de su pupilo. Art. 104.- Reconocer que la visión que el profesor o directivo tenga de un(a) alumno(a) puede ser diferente a la de sus padres, pues se relaciona con ellos en un entorno diferente. Art. 105.- El apoderado se compromete y debe participar en el proceso formativo-valórico de su pupilo(a), promoviendo la coherencia entre el PEI y el proceso de aprendizaje. Art. 106.- El apoderado debe mantener interés permanente por la formación conductual, académica socio-afectiva y ética de su pupilo, para la consecución de su desarrollo integral. Art. 107.- Los apoderados que en sus relaciones con el personal del establecimiento educacional tuvieran actuaciones impropias al rol que les corresponde, no podrán continuar como representantes de su pupilo(a), si la Rectoría del Colegio una vez calificado el caso, así lo dispusiere. 4.5 DERECHOS DE LOS APODERADOS. Art. 108.- Conocer el PEI y otros instrumentos institucionales como el Manual de Convivencia y Reglamento Escolar Interno y el Reglamento de Evaluación y Promoción. Art. 109.- Participar en proyectos, programas y acciones en que el Colegio les invite.
  • 25. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 25 Art. 110.- Ser informado permanentemente del rendimiento escolar y comportamiento de su pupilo(a). Art. 111.- Ser escuchado en lo concerniente a cualquier situación de convivencia diaria en el establecimiento educacional. Art. 112.- Poder reunirse en dependencias del Colegio cuando dichas reuniones tengan por objeto poder desarrollar Proyectos de alumnos y/o apoderados, previamente aprobados por el Equipo Directivo II.- PARTE MANUAL DE CONVIVENCIA COLEGIO PARTICULAR CERVANTES DE LA SERENA I.- PRESENTACIÓN: (ver protocolo de actuación frente a la convivencia escolar)
  • 26. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 26 La Convivencia Escolar corresponde a la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos en un clima que propicie el desarrollo integral de los estudiantes El Ministerio de Educación tiene la misión de orientar las acciones educativas en función del desarrollo integral de los y las estudiantes, tanto en su crecimiento educacional como un su integración activa y participativa en la sociedad; en este contexto, la convivencia escolar adquiere especial relevancia, en tanto ejercita a los y las estudiantes en cómo vivir y relacionarse armónicamente con los de más den los diversos espacios de interacción. La convivencia escolar debe estar presente en los distintos espacios formativos; el aula, la salidas a terreno, los recreos, los talleres, los actos ceremoniales, la biblioteca, así como también en los espacios de participación, en el consejo escolar, centro de padres, centro de alumnos consejo de profesores, reuniones de padres y apoderados. El Manual de Convivencia del Colegio Particular Cervantes de La Serena, es un conjunto ordenado de normas técnicas y administrativas que reglan la estructura, el funcionamiento y vinculaciones de los distintos estamentos del establecimiento educacional, y los derechos y deberes de sus integrantes, con la finalidad expresa de mejorar la calidad, con equidad, del proceso educativo que en él se desarrolla. Cumplir con las funciones de promoción de la buena convivencia escolar y prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamiento, es uno de los principales cometido que posee este Reglamento interno y manual de Convivencia escolar, el que tiene su sustento legal en: Ley 20609 de No discriminación. Circular N°1: establecimientos educacionales Subvencionados Municipales y Particulares (20-03-2013); Circular N° 2: Establecimientos educacionales particulares pagados (22-03-2013); Ley sobre Violencia escolar, Ley 20370 general de educación; normativa que regula los reglamentos internos de los establecimientos educacionales; Ley N° 20.084 de responsabilidad penal adolescente; Ley N° 20201 sobre necesidades educativas especiales de carácter transitorio. 1.1.- Del Comité de Convivencia Escolar Este comité, tendrá como objetivo estimular y canalizar la participación de la comunidad educativa en el proyecto educativo, promover la buena convivencia escolar y preventiva toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos, conforme a lo establecido en el párrafo 3° del Decreto con fuerza de Ley N° 2°, de 2009, del Ministerio de Educación , y en las demás áreas que estén dentro de la esfera de sus competencias El Establecimiento Educacional Colegio Cervantes de La Serena, para el periodo 2018 – 2020 cuenta con un Comité de Convivencia Escolar el que será renovado y/o confirmado para el siguiente periodo, este está formado por: a) Rector b) Inspector General c) Encargado de Convivencia
  • 27. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 27 d) Psicólogo del establecimiento e) Representante de sociedad educacional sostenedora f) Representante de Consejo de profesores g) Representante del Centro de padres h) Representante del Centro de alumnos i) Representante de los asistentes de la educación El Comité u órgano similar tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:  Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano;  Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del Establecimiento. TITULO PRIMERO II.- Encargado de Convivencia Escolar: (Inspector General y Encargado de Convivencia): Encargado de Convivencia Escolar: Profesional cuya responsabilidad se centra en la mantención de climas propicios para el aprendizaje en las dependencias colectivas del Colegio. Debe velar además por el manejo de la disciplina y hacer respetar el Manual de Convivencia Escolar en el marco del PEI, a fin de permitir el adecuado cumplimiento de los objetivos en un clima que propicie el desarrollo integral de los estudiantes Funciones:  Fortalecer la comprensión de la dimensión formativa de la convivencia escolar en todo el sistema educativo y resituarla como el componente central de la gestión institucional.  Fortalecer la enseñanza de los conocimientos, habilidades, actitudes y valores propuestos en los objetivos transversales, como en los aprendizajes básicos para el ejercicio de la convivencia escolar.  Promover el compromiso y la participación de la comunidad educativa, en la construcción de un proyecto institucional que tenga como componente central la convivencia escolar, y el ejercicio de los derechos y deberes de cada uno de los actores.  Fomentar en todos los actores sociales y de la comunidad educativa, una comprensión compartida de la prevención, la resolución de conflictos y la violencia escolar, incluido el acoso sistemático o bullyng, desde una perspectiva formativa.  Promover una comprensión formativa de la convivencia escolar en las estrategias y acciones preventivas que implementa el intersector u otras instituciones en las comunidades educativas. TITULO SEGUNDO 3.1.- Objetivos del Manual de Convivencia Escolar:
  • 28. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 28  Regular las relaciones de convivencia como herramienta educativa y pedagógica que garantice el ejercicio y cumplimiento de los deberes y derechos.  Ordenar la estructura, las funciones e interrelaciones de los distintos estamentos de la institución escolar, con el propósito de lograr la consecución de los objetivos propuestos por el establecimiento en su Proyecto Educativo.  Crear conciencia y cautelar los derechos y deberes de los integrantes de la comunidad escolar, promoviendo su desarrollo personal y social.  Contribuir a crear las condiciones técnico – pedagógico y administrativas que propicien un clima organizacional adecuado a las necesidades del establecimiento, con el fin de favorecer el desarrollo del proceso educativo.  Formular las bases fundamentales desde lo preventivo y formativo para la convivencia pacífica atendiendo y promoviendo las condiciones que favorezcan el desarrollo humano.  Guiar los procedimientos para resolver oportuna y justamente los conflictos individuales o colectivos, incluyendo instancias de diálogo y concertación.  Fomentar en la comunidad la cultura ciudadana para a convivencia con espíritu crítico y capacidad de reconocer y corregir los errores  Definir los estímulos y sanciones, incluyendo el derecho a la defensa y al debido proceso. 3.2.- Deberes y Derechos del Colegio: 1.- Deberes del Colegio Articulo Nº 1 Corresponden al Colegio Particular Cervantes de La Serena A. En general, las dependencias administrativas del colegio permanecerán abiertas durante el año escolar de lunes a jueves entre las 08:00 y 17:30 hrs, viernes desde las 080:00 hrs a 15:30 hrs con excepción de los feriados legales. Periodo estival y de vacaciones de calendarizaran según requerimientos los horarios de funcionamiento de la dependencia administrativas B. Sin embargo, la asistencia de los alumnos y alumnas al establecimiento educacional se rige por la Jornada Escolar Completa y que se determina en nuestro proyecto pedagógico, la cual comprende calendario anual y los horarios para cada curso. C. Al inicio del año escolar lectivo, se informará a la comunidad el calendario anual institucional de acuerdo a lo aprobado por el Ministerio de Educación. D. Atender la formación integral de cada uno de los alumnos, de acuerdo a las metas y a las orientaciones profesionales dictadas por los Planes y Programas del Ministerio.
  • 29. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 29 E. Orientar individualmente a cada alumno(a) en todos aquellos aspectos que lo requieran, tanto su desarrollo personal como las necesidades del proceso educativo a que esta afecto. F. Mantener informado a los padres y apoderados acerca del estado alcanzado por el proceso formativo del alumno(a), de su rendimiento personal y del comportamiento relacionado con los objetivos y normas del colegio. G. Citar, oportunamente y por escrito y/o telefónicamente a los padres y/o apoderados a reuniones individuales o generales del colegio. Ya sea por felicitaciones, mal comportamiento, mal rendimiento, continuas inasistencias y atrasos, problemas conductuales o de responsabilidad u otras razones. H. Establecer procedimientos administrativos eficaces que permitan a los padres y apoderados comunicarse y cumplir con todos sus compromisos contraídos con el colegio. I. Confeccionar informes parciales, semestrales de notas, y entregarlos a cada apoderado. J. Informar al apoderado, ya sea en reunión o en citación, de la obligatoriedad de la asistencia de su pupilo a reforzamiento. Solo se le informaría por escrito, en caso de que se suspenda dicha actividad. K. Atender consultas e inquietudes de los padres y apoderados relacionado con la situación escolar del alumno y orientar el comportamiento familiar. L. Respetar a los alumnos tanto psicológicamente como físicamente. M. Cumplan con los planes y programas de estudios dispuestos por el Ministerio de Educación. N. Brindar a los alumnos(as) la oportunidad de desarrollarse en otras áreas o habilidades, apoyándolos, acompañándolos y creándoles ocasiones de participación y/o competencia. O. Realizar simulacros de sismos, incendios o catástrofes naturales. P. Proporcionar atención de primeros auxilios básicos en caso de caídas y rasmilla duras (se prohíbe estrictamente a funcionarios el suministro de medicación alguna a menores del establecimiento educacional) y/o su derivación al Servicio Médico con el formulario de Accidente Escolar. Q. Finalmente el Colegio asume que los padres, apoderados, alumnos y alumnas conocen el calendario escolar y los respectivos horarios de clases establecidos e informados a principio del año escolar, por tanto, los alumnos(as) deben cumplir y acatar con esmero sin necesidad de otras instancias. 2.- Derechos del Colegio Articulo Nº 2
  • 30. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 30 Corresponde al Colegio Cervantes de La Serena a) Reservase el derecho de matrícula de los alumnos(as) para cada año escolar, según las normativas incluidas en este Manual de Convivencia. b) Exigir el cumplimiento de las normas reglamentarias del Colegio, establecidas en el presente reglamento. c) Sancionar y aplicar medidas disciplinarias a las faltantes e infracciones de las normas establecidas, cometidas por el alumno y la falta de colaboración manifiesta de los padres y apoderados. d) Por motivos conductuales graves y/o recurrentes del alumno(a), el establecimiento puede solicitar a la Secretaria Ministerial de Educación la aplicación de la cancelación de la matrícula. e) Notificar por carta Certificada de la Condicionalidad o Cancelación de Matricula, en los casos de que el apoderado no asista a la atención de Apoderados. f) Fomentar trato respetuoso y deferente de parte del apoderado y de los alumnos(as) a los directivos, docentes y personal asistentes de la educación que laboral en el establecimiento educacional. g) Requerir el pago oportuno de las mensualidades y otros compromisos financieros adquiridos con el establecimiento. En caso del atraso y no cumplimiento aplicar multas por interés por mora de los valores adeudados que consistirá en un 10% de interés sobre el valor adeudado. h) Exigir que sean padre, madre, apoderados o tutor del alumno(a) (no familiares, ni amistades) quien formule reclamos y/o sugerencias, ante el estamento educacional, siguiendo estrictamente el siguiente conducto: Primero con la persona afectada; luego Profesor Jefe; Inspector General y Encargado de Convivencia y/o Departamento que corresponda y como última instancia ante la Dirección del colegio. i) Requerir al apoderado que vele por una impecable presentación personal de su pupilo (uso correcto del uniforme oficial del establecimiento educacional) j) Exigir el uso del uniforme y ropa deportiva oficial del colegio a todos los alumnos. Así como materiales, útiles escolares, instrumentos musicales y cualquier material que sirva de apoyo en su proceso de enseñanza aprendizaje. k) No es responsabilidad del colegio la pérdida de prendas del uniforme, ropa deportiva, útiles escolares y/o artículos de valor (celulares, MP3, joyas, Tablet, notbook, etc) que los escolares dejen olvidados en sus dependencias. l) Exigir la asistencia de padres y apoderados a reuniones, citaciones o entrevistas notificadas por cualquier estamento del colegio.
  • 31. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 31 m) Solicitarle a los apoderados que se abstenga de concurrir a reuniones de apoderados y/o charlas con sus hijos pequeños. Por su seguridad personal, estos no pueden permanecer ni en el patio, ni en ninguna otra dependencia del colegio, mientras se desarrolla la reunión ya que no se cuenta con personal para su cuidado por tratarse de reuniones fuera del norma horario de funcionamiento del colegio n) Solicitar por escrito al apoderado que manifieste si autoriza o no, al personal encargado para proporcionar medicamentos a su hijo(a) en caso de que este enfermará en horario de clases. o) El colegio no se hace responsable, si el apoderado no presenta Certificados médicos que acrediten que su pupilo puede o no participar en la clase Educación Física y actividades deportivas u academias. p) Exigir a los padres y apoderados que no realice reuniones extraordinarias dentro del establecimiento educacional, sin la compañía o supervisión de del profesor jefe o encargado. q) Exigir la confirmación o rechazo de matrícula, a través de la entrega extraordinaria del respectivo formulario y en la fecha estipulada, de lo contrario el colegio determinará el uso de esa vacante, para el año escolar próximo. TITUTLO TERCERO 4.- REGLAMENTO DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS El Reglamento Interno y Manual de Convivencia de los alumnos y alumnas del Colegio Particular “Cervantes”, de La Serena, será mejorado y perfeccionado cada año, con la participación activa de la comunidad educativa, es decir, de los alumnos matriculados en el colegio, el que ira variado en la medida que el establecimiento crezca en infraestructura y matricula de alumnos, sin perjuicio de lo anterior, este reglamento tiene como finalidad: “ Ayudar a la formación integral de cada uno de los alumnos y alumnas, empleando la disciplina y un ambiente de sana convivencia, como un medio formativos de la responsabilidad, del respeto por los demás y estimulando la autonomía personal, la iniciativa y la participación” Para el logro de estos objetivos, los alumnos /as tendrán sus propios derechos y deberes en la diaria convivencia escolar: A. Derechos de los Alumnos y Alumnas Cervantinos: Articulo Nº 3 Nuestros estudiantes podrán hacer uso de los siguientes derechos:  Tendrán derecho a recibir una educación según el Plan de estudios acorde a la normativa que fija el Ministerio de Educación
  • 32. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 32  Tendrán derecho a recibir una educación acorde con los objetivos del Proyecto Educativo Institucional del Colegio “Cervantes”.  Ser evaluado objetivamente conforme a las normas contenidas en el respectivo reglamento.  Los alumnos /as tienen derecho a conocer sus calificaciones y a recibir sus pruebas dentro de un plazo tope de dos semanas (días).  Los alumnos y alumnas, tendrán derecho a rendir pruebas atrasadas en caso de enfermedad, previa presentación del respectivo certificado médico.  El alumno/a que presente alguna dificultad de aprendizaje y esté respaldado por informes de especialistas, tiene derecho a solicitar evaluación diferenciada a la dirección. Solicitar nivelación, en caso de tener problemas de rendimiento o si desea subir sus calificaciones dentro del horario que ofrece el establecimiento para estos fines.  Tendrán derecho a concurrir a la Biblioteca y/o Laboratorio de Computación en los recreos y horas libres, como así mismo en momentos que requieran para el normal desarrollo de sus labores y tares escolares, siempre en horario de funcionamiento del colegio, bajo la supervisión de los respectivos encargado de dependencias.  Los alumnos y alumnas tienen derecho a conocer sus observaciones tanto negativas como positivas que sean consignadas en el libro de clases; como también podrán pedir la información necesaria respecto a su desarrollo como persona.  Tendrán derecho los alumnos /as a sentirse acogidos en el colegio y a ser tratados con respeto por todo el personal que trabaja en el establecimiento, de manera que se sienta en su propia casa y motivados en la tarea educativa formativa.  Tendrán derecho a recibir orientación y atención espiritual y vocacional por parte del colegio, como así mismo recibir orientación en la educación y prevención en el desarrollo de la Sexualidad y Embarazos Adolescentes.  Tendrán derecho a ser atendidos con motivo justificado por el Director, Jefe Unidad Técnico Pedagógico, Inspector General y Docentes para ser escuchados y atendidos de acuerdo a sus necesidades.  Tendrán derecho a ser escuchados y protegidos por Director, Inspector General, Jefe UTP, Profesores y Asistentes de la Educación, frente a situaciones de denuncia de maltrato escolar, entre pares o de adultos de la comunidad escolar, a fin de que ellos tengan la claridad de la forma como se abordará su problemática.  Tendrán derecho a ser protegidos de toda acción que constituya acoso escolar, además tendrá derecho a NO vivenciar ningún tipo de acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizado fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiante que, en forma individual o colectiva , atente en contra suyo.
  • 33. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 33  Tendrán derecho los alumnos y alumnas a no verse enfrentados a situaciones de superioridad o de indefensión por parte de algún otro estudiante, que provoque en este algún síntoma de maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición.  Los alumnos/as podrán participar activamente en todo aquello que les ayude a crecer en su formación integral, especialmente en los valores morales, espirituales y de la propia cultura.  Los alumnos y alumnas, tendrán derecho a inasistir a clases con motivo justificado, ya sea por enfermedad de él o algún familiar consanguíneo directo, por duelo familiar y/o viajes en delegaciones representativas del colegio.  Tendrán derecho a participar en concursos culturales y/o deportivos con fines competitivos y de recreación.  Tendrán derecho a organizar y ejecutar actividades sociales, culturales, recreativas, previa presentación, aprobación y autorización por escrito del estamento correspondiente. (Dirección e Inspectoría General)  Los alumnos y alumnas tendrán derecho a hacer uso del seguro escolar en caso de accidente sea este producido dentro de las dependencias del colegio, trayecto del colegio a la casa y viceversa y/o en accidentes ocasionados en momentos en que se encuentre en actividades extra programáticas fueras de las dependencias del colegio pero que el alumno se encuentre en representación oficial del mismo.  Tendrán derecho a aquello que les señala expresamente la Declaración de los Derechos del Niño. B. Deberes de los Alumnos y Alumnas Cervantinos: Articulo Nº 4 Del Cumplimiento de Perfil Alumno Cervantino  Los alumnos y alumnas que pertenezcan a la comunidad cervantina (oficialmente matriculados) deberán tener conocimiento y adhesión a los principios estipulado en nuestro Proyecto Educativo Educacional  El Colegio es un lugar de convivencia, estudio, enseñanza y aprendizaje, dentro de un marco de búsqueda de la verdad, de libertad, creatividad, responsabilidad y trascendencia; por tanto, los alumnos y alumnas cervantino deberán promover y contribuir el cumplimiento de esta normativa  La asistencia de los alumnos y alumnas al establecimiento se rige por la Jornada Escolar Completa, que se determina en base a nuestro Programa Pedagógico, el que comprende el calendario anual escolar para los distintos niveles y el horario semanal de cada curso del Colegio.
  • 34. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 34  Deben presentarse cada día con el uniforme correspondiente completo el que es de uso obligatorio; la vestimenta reglamentaria y/o autorizada, proyectará siempre pulcritud y decoro, estando ordenada, limpia y en buen estado y no debe ser de ninguna manera provocativa u obscena. En particular no se permite la cintura desnuda ni pantalones a media cadera y camisas rasgadas o con leyendas inapropiadas, cortes de pelos estrafalarios y tinturados. El calzado lustrado, en buen estado, cómodo, protector y apropiados para uniformes.  De acuerdo a lo señalado en el Decreto N° 215,de 2009, del Ministerio de educación, los directores de establecimientos educacionales podrá, con acuerdo del centro de padres y Apoderados y Consejo de profesores, establecer el USO OBLIGATORIO DE UNIFORME ESCOLAR Sin prejuicio de lo anterior el uniforme del colegio será: DAMAS: Jumper (4 dedos sobre la rodilla), Camisera blanca, corbata, Chaqueta y/o Chaleco gris bordado con insignia del colegio, calceta y/o pantys rojas italiano, zapatos negros, pelo tomado. Para el uso diario deben tener cotona y/o delantal blanco. No se permiten las damas con accesorios y utilizar algún tipo de maquillaje. El pelo de las alumnas puede ser cualquier largo, sin tinturas, ordenado de cualquier manera que no oculte la cara, no entorpezca su trabajo escolar ni desmerezca su presentación personal. No se aceptarán cortes estrafalarios. VARONES: Pantalón Gris tradicional, Chaqueta y/o Chaleco gris con insignia del colegio bordada, camisa blanca, corbata del colegio, zapatos negros, pelo corto sobre el cuello de la camisa. Uso de cotona blanca es obligatorio durante todas las horas de permanencia en el colegio. El pelo de los varones debe presentar un corte tradicional mediano, que no rebase el cuello de la camisa, que no oculte la cara, sin accesorios ni tinturas. No se aceptarán cortes estrafalarios y/o rapados y correctamente afeitados cada día de clases.  El correcto uso del uniforme escolar, incluida la cotona diaria, y la presentación personal del alumnado serán controlados a diario por profesores jefes, profesores asignaturitas, inspectores y/o funcionarios del colegio. El uso de lentes ópticos es de responsabilidad de cada estudiante.  Se considera ajeno y prohibitivo al uniforme escolar el uso de joyas, aros colgantes, todo tipo de pirsin y espansores en el cuerpo, adornos artesanales, cadenas, pulseras, etc, tanto en varones como en damas.  En las clases de Educación Física, Actividades Deportivas, Talleres Deportivos, los alumnos(as) participantes deberán usar el equipo deportivo del colegio consistente en: Un buzo deportivo con los colores del colegio, insignia y polera piquet manga corta, se autorizan también las calzas rojas para las damas y short plomo o gris para los varones.  Los alumnos(as) no podrán asistir a clases con ropa deportiva cuando corresponda el uso de uniformes.
  • 35. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 35  Ambos sexos, deberán mantener las uñas cortas limpias y sin pintura, el cabello limpio y los zapatos lustrados. Los varones deben asistir afeitados, no con barbas incipientes o completas. C.- Del Cumplimiento de la Jornada Escolar (Los horarios)  Los alumnos(as), deberán respetar los horarios de entrada y salidas de clases según los horarios asignados por curso a inicio del año escolar.  Para los alumnos/as del establecimiento educacional el timbre de inicio de la jornada de se tocará a la 8:00 horas, momento en que los alumnos y alumnas cervantino deberán ingresar a las respectivas sala de clases, junto al profesor de turno en cada nivel y/o ciclo.  Los alumnos y alumnas cervantinos, deberán ingresar responsable y puntualmente a sus respectivas salas de clase al momento que el Timbre y/o Campana, indique el comienzo de una nueva jornada de clases, estos horarios serán como sigue: (Los horarios en general se conforman de la siguiente forma, pudiendo sufrir modificaciones dependiendo de la realidad del momento Horarios Toques Timbre Pre-Básica 1er ciclo Básico (1° a 4° Básico) 2° Ciclo Básico (5° a 8° Básico) Educación Media (1° a 4° Medio Inicio Jornada escolar 08:00 hrs 08:00 hrs 08:00 hrs 08:00 hrs Primer Recreo 09:30 hrs 09:30 hrs 09:30 hrs 09:30 hrs Jornada Segundo recreo 11:15 hrs 11:15 hrs 11:15 hrs 11:15 hrs Inicio Jornada 11:30 hrs 11:30 hrs 11:30 hrs 11:30 hrs Horario Almuerzo 13:00 hrs 13:00 hrs 13:00 hrs 13:45 hrs Recreo 13:30 hrs 13:30 hrs 13:30 hrs 14:30 hrs Horario Salida 15:30 hrs 15:30 hrs 15:30 hrs 17:20 hrs Horario Salida D.- Los Atrasos  La coordinación de convivencia (Inspectoría General) registrará la fecha y número de atrasos, los cuales tendrán su proceso de seguimiento para corregir la acción o sancionarla, según pauta siguiente: 1º atraso: Profesor Jefe realiza conversación con el estudiante. 2° atraso: Profesor Jefe realiza conversación con el estudiante 3º atraso: Se informa vía agenda al apoderado, el cual firma su recepción. 4º atraso: Se registra el hecho en el libro de clases y plataforma mateo 5º atraso: Se registra el hecho en la hoja de vida.
  • 36. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 36 6º atraso: Se cita al apoderado a conversar con el profesor jefe, registrándose en hoja de vida. 7º atraso: El hecho se registra nuevamente en hoja de vida. 8º atraso: se cita nuevamente al apoderado para una entrevista con el coordinador de convivencia y el estudiante, registrándose en hoja de vida 9º atraso: se informa al apoderado del aviso de condicionalidad de matrícula al estudiante. 10º atraso: se informa al apoderado de la condicionalidad de matrícula al estudiante. 11º atraso: citación al apoderado y estudiante con director, profesor jefe, coordinador de convivencia para acordar compromisos. 12º atraso: se informa al apoderado del aviso de caducidad de matrícula al estudiante. 13º atraso: se informa al apoderado de la caducidad de matrícula al estudiante para el año siguiente.  Los alumnos de 2do Ciclo y Enseñanza media que acumulen 5 atrasos al inicio de la jornada serán sancionados con una Permanencia y desarrollarán Trabajos Comunitarios ( se entenderá por tal el aseo y ornato de salas de clases u otras dependencias del establecimiento educacional)  Alumnos que lleguen atrasados a una evaluación deberán esperar que termine la evaluación para hacer ingreso a su sala de clases, esta evaluación deberá rendirla durante el periodo estipulado para pruebas pendientes con un 60% de exigencia.  Estas medidas serán aplicadas para alumnos que ingresen atrasados tanto al inicio de la Jornada, como en horas intermedias  Un atraso a clases, luego de un recreo, es considerado un atraso más, por lo tanto, se seguirá el mismo procedimiento de registro señalado anteriormente. El estudiante ingresará a clases con un documento firmado y timbrado, denominado “pase”.  Ningún alumno(a) podrá salir del colegio durante el horario de clases sin la debida autorización de Inspectoría, excepto si lo solicitase en forma personal el apoderado titular, quien deberá firmar el Libro de Registro de Salida de Inspectoría.  Los alumnos no pueden ingresar al colegio en horarios que no les corresponde asistir. El colegio no se hace responsable de aquellos alumnos(as) que asistan sin ser citados.  Toda inasistencia, deberá ser justificada personalmente por el apoderado en Inspectoría.  De acuerdo a la reglamentación vigente del Ministerio de Educación, un alumno/a para ser promovido/a necesita el 85% de asistencia.
  • 37. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 37  Los(as) alumnos(as) deberán velar por su integridad física manteniendo una conducta responsable y de autocuidado, respetando las normas de seguridad del Colegio, para su propia protección y la de terceros.  Los alumnos que no asisten a las evaluaciones en fechas fijadas y programadas, ya sea por problemas médicos, previa presentación del certificado respectivo; deberán rendir dicho exámenes pendiente en una fecha determinada por el departamento de evaluación y UTP.  Deben traer su agenda todos los días al colegio; en ella deben estar consignados todos los datos personales y la firma del apoderado. A través de la Agenda Escolar se comunicaran los apoderados con el colegio y viceversa. E.- Los certificados médicos relacionados con Educación Física u otra asignatura que impida al alumno /a rendir regularmente, deben ser entregados oportunamente en Inspectoría del Colegio, por su parte Jefe UTP y Evaluación, serán los encargado de agendar una nueva fecha para las respectivas evaluaciones y/o cumplimientos de los deberes escolares por parte del alumno(a). Sin perjuicio de lo anterior, el alumno que presenta certificado médico por reposo u otro está obligado a rendir las respectivas evaluaciones una vez que este se reincorpore nuevamente a sus respectivas clases. Importante es mencionar que cada certificado médico debe ser por el especialista competente y según la sintomatología que se presente (Ej. Si es por Problemas de salud un Médico General, Problemas de Depresión el Neurólogo, psicólogo o psiquiatra, etc) Los alumnos/as permanecerán en el establecimiento, desde el inicio y hasta el término de la jornada correspondiente según el horario señalado. Por causa justificada podrán ser retirados del Colegio por el apoderado o por quién esté autorizado por escrito. Los que regresen solos a sus casas deberán presentar al Inspector del Colegio la respectiva autorización de sus padres o apoderados. F.- El almuerzo será en el Colegio, no podrá salir del mismo, salvo excepciones por salud o convivencia familiar que será justificada por escrito. Deberán traer la colación de su casa en termo caliente, caso contrario, por motivos de orden, podrán traérsela hasta las 12:30 horas. Almorzarán por turno con su respectivo profesor. No se calentará almuerzo en el colegio. Sin perjuicio de lo anterior, y considerando que algunos alumnos(as) viven en los alrededores del establecimiento educacional y así lo estipulen sus padres y/o apoderados mediante un documento escrito, estos podrán asistir a almorzar a sus respectivos hogares, siendo ellos los absolutos responsables de cualquier problema fuera de las dependencias del colegio, como así mismo serán ellos los responsables de que sus alumnos regresen a la siguiente jornada escolar, caso contrario y no asisten por la tarde, el alumno quedará ausente y deberá al día siguiente presentarse con su apoderados antes de las 08:00hrs a justificar dicha inasistencia, si no se cumple con esta regla el colegio estará facultado para llamar al apoderado y avisarle de la suspensión de su hijo(a) hasta que este se presente en Inspectoría general para cumplir con el trámite de la respectiva justificación. G.- El libro de clases es de uso exclusivo del profesor, cualquier alumno(a) que sea sorprendido manipulado, adulterando, destrozando y/o realizando algún uso indebido de este
  • 38. COLEGIO PARTICULAR CERVANTES, AVDA ARAUCO N° 5394, VILLA LA FLORIDA, FONO 51-2272350 email. cervantesltda@hotmail.com pag web www.colegiocervanteslaserena.blogspot.com 38 libro, será causal de suspensión de clases, condicionalidad de matrícula, llamado de atención y notificación inmediata al respectivo padre y/o apoderado. H.- La ausencia por viajes durante el año escolar comprende una actividad que no se ajusta a la planificación académica del Colegio, por lo tanto, son de exclusiva responsabilidad del alumno(a) y apoderado. La ausencia de los alumnos(as) por viajes durante el año escolar lectivo deberán cumplir con todos los trabajos que le han sido encargado (a nivel de profesores y compañeros) antes o después de realizar dicho viaje. El apoderado del alumno(a) que viaje, tendrá la obligación de dejar CONSTANCIA por escrito en la Dirección del Colegio y/o UTP o Encargado de Convivencia, a lo menos con una semana de antelación, a la fecha que se ausentará el estudiante (no se aceptan mensajes informales por redes sociales tales como: wasapp, correo electrónicos, llamado telefónicos, otros). La ausencia prolongada por 1,2 y/o más meses debe ser justificada con el Documento medico respectivo que acredite problemas de salud de carácter grave (operación, hospitalizaciones, accidentes etc..) no somos responsable por ausencia prolongado de viaje sin una causal justificada por especialista. I.- La ausencia a la jornada escolar, como al inicio de cada hora escolar quedarán, registrada en libro de clases, respectivo. Así mismo la ausencia por más de un Día deberás ser justificada personalmente por el apoderado y con el respectivo certificado de atención médica, único documento que dará la posibilidad de dar algún examen pendiente. La ausencia prolongada de un alumno(as) por “MOTIVOS PERSONALES”, se considera ausencia, sin justificación y en caso de prueba pendiente se evaluará con nota mínima. J.- La asistencia anual mínima es equivalente al 85% de las horas lectivas determinada por el Ministerio de educación y se considera como uno de los factores de promoción. Ningún alumno que ha faltado más del 15% de las horas lectivas, podrá ser promovido al curso superior, salvo excepciones debidamente sancionadas en el reglamento de Evaluación. K.- Por razones de seguridad y de convivencia social, no deberán traer: autos, motos, bicicletas, dinero, joyas, adornos, celulares, mp3, ordenadores portátiles u otros objetos de valor; el colegio no se responsabiliza ante cualquier pérdida, hurto y/o deterioro, dentro o fuera del establecimiento educacional. Estos aparatos en la eventualidad que desconociendo la normativa los alumnos los porten, deberán permanecer apagados, si llegan a emitir un ruido o sonido, serán confiscado por el profesor de turno y devueltos al padre y/o apoderado únicamente en la próxima reunión de apoderados, además de recibir la prohibición por el resto del año escolar para ingresar con dicho elemento. 4.1.- Del Retiro de alumnos(as) durante la Jornada Escolar a) Ningún alumno podrá retirarse del Colegio durante la jornada de clases, salvo petición presencial de su apoderado. En circunstancia muy especiales el Profesor Jefe o Inspectoría (Encargado de Convivencia), en ausencia de ellos la Dirección del Colegio podrá autoriza, mediante solicitud escrita del apoderado en la cual justifique claramente los motivos para otorgar esta autorización. (No se considera la frase “MOTIVOS PERSONALES”, por ser considerada amplia, impersonal y NO aclaratoria). b) Este retiro del alumno se hará efectivo solo al término de una hora de clase o durante los recreos, con el objeto de no interrumpir el normal desarrollo de la actividad académica