1. Revista de Marco legal
vigente en venezuela
Por Daniela Camacho
Julio 2020
2. DIFERENTESTIPOS
DE SOCIEDADES
QUE EXISTEN EN
VENEZUELA
Una compañía o empresa enVenezuela y en el mundo,
representa la unidad económica fundamental para el desarrollo
de un país, mediante la construcción y producción de bienes y
servicios, y creando fuentes de empleo.
Clases yTipos de Compañías en
Venezuela
Sociedad de Personas: Se forma entre dos o más
personas, entre las cuales existe la mutua confianza.
Sociedad en Nombre Colectivo: Está conformada por
dos o más personas con un fin lucrativo y la administración
es llevada por ellos mismo.
Sociedad en Comandita Simple: Es una sociedad de
tipo personalista que se caracteriza por la coexistencia de
socios colectivos.
Firma Unipersonal: También conocida como firma
personal, está conformada por una sola persona que
obtiene el derecho a usar un nombre comercial y a asumir
las funciones que cumpliría cualquier empresa o sociedad
mercantil, solo la persona responde ante cualquier
obligación con terceros.
3. DIFERENTESTIPOS
DE SOCIEDADES
QUE EXISTEN EN
VENEZUELA
(continuacion…)
Sociedades de Capital o Compañía Anónima: Es una
sociedad cuyo capital, dividido en acciones negociables, está
formado por el aporte de los accionistas que responden
únicamente por el monto de sus acciones.
Sociedades Anónimas: Las obligaciones sociales están
garantizadas por un capital determinado, los accionistas no
responden con su patrimonio personal de las deudas de la
sociedad, sino únicamente hasta el monto del capital
aportado.
Sociedades en Comandita por Acciones: El capital
social está representado por acciones y la responsabilidad
de los socios está limitada por el valor de sus acciones.
Sociedades Anónimas de Capital Autorizado
(S.A.C.A.): Es un tipo de sociedad en el cual el capital
autorizado, una vez aprobado y analizado el aumento del
capital social, va a pasar del capital suscrito al capital
autorizado por la vía de nuevas acciones, sin pasar el límite
del capital autorizado.
4. DIFERENTESTIPOS
DE SOCIEDADES
QUE EXISTEN EN
VENEZUELA
(continuacion…)
Sociedades Anónimas Inscritas de Capital Abierto
(S.A.I.C.A): Son aquellas sociedades anónimas de capital
abierto, debidamente autorizadas por la Comisión Nacional
deValores.
Sociedades Mixtas: Son sociedades que combinan
características de las sociedades de personas y las de
capital.
Sociedades de Responsabilidad Limitada
(S.R.L.): Son aquellas sociedades donde el capital está
dividido en cuotas de participación, no son negociables y un
socio para venderlas, requiere de la aprobación de los
demás socios.Además, la sociedad puede estar limitada a un
máximo de socios y la responsabilidad de cada socio está
limitada al capital aportado.
Sociedades Cooperativas: Las cooperativas son
sociedades no mercantiles, agrupadas con el fin de realizar
una actividad económica-social, donde predomina el
principio de solidaridad.
5. CIVILES,
MERCANTILES(C.A)
Las primeras sociedades de comercio tienen su origen
Cartago fenicia y Roma donde a pesar de las prohibiciones
patricias el ejercicio del comercio de la ley pluvia, surgen las
¨societas publicanorum¨, que los autores romanos
definían como reunión de varias personas que se obligaban
aportar un capital, trabajo o ambas cosas con el fin de tomar a
su cargo la recaudación de impuestos o efectuar obras o
proveer suministros con el fin de obtener ganancias.
El sistema jurídicoVenezolano actualmente reconoce diversas
clases de sociedades, entre ellas, las mercantiles.Atendiendo a
su definición estas sociedades son la "asociación de personas
que crean un fondo patrimonial común para colaborar en la
explotación de una empresa, con ánimo de obtener un
beneficio individual participando en el reparto de las ganancias
que se obtengan.
La ley define la sociedad como un contrato. Modernamente,
según sostienen algunos autores, la sociedad no es un
contrato, sino un acuerdo o acto colectivo, por que le falta la
oposición de intereses de las partes que caracteriza al
contrato, ya que los intereses de los socios son por lo menos
paralelos y por que no siempre es necesaria la unanimidad.-
6. COOPERATIVAS
CONSEJOS
COMUNALES
En el marco del ejercicio de la democracia participativa y
protagónica, son el medio que permite al pueblo organizado
asumir directamente la gestión de las políticas y proyectos,
orientados a responder las necesidades y aspiraciones de las
comunidades en la construcción de una sociedad de equidad
y justicia social.
Es la organización más avanzada que se puede construir entre
vecinos de una misma comunidad, para afrontar problemas
comunes en lo social, en lo político, en lo económico, etc.,
desarrollando proyectos de hábitat, complejos agro
productivos, industriales, granjas integrales, vialidad, núcleos
de desarrollo endógeno, factorías, plantas procesadoras,
viveros, centros recreacionales, etc.
Es la base sobre la cual se construye la democracia
participativa y protagónica que plantea la Constitución
Bolivariana.
También se le define como un órgano de participación y
protagonismo del pueblo, de articulación e integración entre
las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los
ciudadanos que conforman y hacen vida común.
7. EPS. FORMAS DE
CONSTITUCION
Un grupo de personas desocupadas dan iniciativa
proponiendo la factibilidad técnica, económico y financiera a
la Comisión Nacional de Propiedad Social ((CONAPS), una
vez aprobado, en coordinación con el “Sistema Nacional de
Planificación”, se nombra el Comité de Gestión integrado por
representantes de la CONAPS, de la institución financiera
del Sector que es Fondo Nacional de Propiedad Social
(FONAPS) y representantes de los proponentes.
El comité de gestión, capacita a los proponentes que han de
ser los futuros trabajadores –empresarios en los conceptos y
fundamentos básicos de la empresa. Verificada su factibilidad
se comunica a la Corporación Financiera de Desarrollo
(COFIDE)Y/O Fondo Nacional de Propiedad Social, quienes
adquieren el Proyecto y en coordinación con el Comité de
Gestión y CONAPS se encarga de su implementación física y
organización de la empresa autogestionaria. “En forma
simultanea a la implementación de la empresa, los
trabajadores que se van incorporando, son capacitados
íntegramente, tanto en lo que se refiere al conocimiento del
proyecto como en lo tocante a la capacitación técnica
laboral, de gestión contable y en aspectos más destacados
acerca del funcionamiento de las empresas de propiedad
social”(CARTILLA BASICA sobre P. S -Comisión Nac. de P. S.
1976).
8. EPS. FORMAS DE
CONSTITUCION
“Terminado el proceso de implementación y estando la
empresa en condiciones de iniciar el proceso productivo, así
como también los trabajadores ya estarán en condiciones de
iniciar sus labores dentro de la empresa de propiedad social,
se procederá a la constitución de la empresa, mediante el
acuerdo de los trabajadores que la inician, que constará en
acta con firmas legalizadas en donde conste el objeto, la
organización y todas las demás normas y reglamentos que
regirán la actividad de la empresa propiedad social”(Pág. 09 –
Cartilla Básica sobre la Propiedad Social)
Luego de la firma del acuerdo de la constitución la CONAPS
deberá emitir resolución sobre la misma y a partir de la
cual, se deberá proceder a la inscripción de la empresa
propiedad social en el Registro de Personas Jurídicas”. “Desde
la inscripción de su constitución, comienza la vida legal de la
empresa y los actos y contratos realizados con cargo a la
empresa propiedad social antes de su inscripción legal
quedarán convalidados de esta forma”. (CARTILLA BASICA
sobre PROPIEDAD SOCIAL-Comisión Nacional de
Propiedad Social-1976- Pág.8).
9. MARCO LEGAL
Las bases legales se encuentran constituidas por todas aquellas
leyes que sobre la materia de estudio se han dictado en el país. En
relación a lo señalado por Palella, S. y Martins, F. (2004) las bases
legales "Se refiere a la normativa jurídica que sustenta el estudio,
desde las Leyes, reglamentos, Normas, Resoluciones y Decretos,
entre otros." (p. 55). En consecuencia, esta investigación está
fundamentada legalmente en las Leyes, Reglamentos y
Resoluciones que norman y establecen las bases para impulsar la
participación y el protagonismo del pueblo en ejercicio de su
soberanía económica a través de la autogestión, cogestión, las
empresas comunitarias y demás formas asociativas.
Constitución de la República Bolivariana deVenezuela
(CRVB, 1999)
Artículo 70. Son medios de participación y protagonismo del
pueblo en ejercicio de su soberanía,(…) y en lo económico, las
instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las
cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter
financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás
formas asociativas guiadas por los valores de la mutua
cooperación y la solidaridad.
Artículo 118: Se reconoce el derecho de los trabajadores y
trabajadoras, así como de la comunidad para desarrollar
asociaciones de carácter social y participativo, como las
cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativas.
10. MARCO LEGAL
Ley de los Consejos Comunales (2006)
Artículo 22. Funciones de la Unidad de Gestión Financiera. Son
funciones del Banco Comunal (a) Promover la constitución de
cooperativas para la elaboración de proyectos de desarrollo
endógeno, sostenibles y sustentables. (b) Promover formas
alternativas de intercambio, que permitan fortalecer las economías
locales. (c) Promover el desarrollo local, los núcleos de desarrollo
endógeno y cualquier otra iniciativa que promueva la economía
popular y solidaria.
Decreto relativo al Desarrollo endógeno y empresas de
producción social (2005)
Consideración Primera. Corresponde al Ejecutivo Nacional
impulsar el desarrollo endógeno que permita la transformación, en
el país de materias primas e insumos provenientes del territorio
nacional a través de la producción, transferencia, difusión y uso de
conocimientos y tecnologías al sector transformador, dirigido al
sector industrial, teniendo en cuenta su potencial para sustentar
un proceso de crecimiento económico y el empleo productivo,
estable y bien remunerado..
11. CARACERISTICAS
1. Propiedad Colectiva: los trabajadores son los dueños de
la empresa, no existiendo una separación entre el capital y
el trabajo, ni contratación de trabajo asalariado.
2. Empleo: dirigido a la población históricamente excluida,
en especial a los egresados de las misiones sociales.
3. Compromiso social y desarrollo integral: la remuneración
del trabajador podrá ser presentada con formas alternativas
de pago, distintas al dinero.
4. Producción: debe ser destinada a satisfacer necesidades
básicas y esenciales de la comunidad.
5. Cadena productiva: Desarrollan aquellos sectores
vinculados a la industria básica.
6. Finalidad: reinversión de sus excedentes en la producción
social, no en la generación de lucro.
7. Forma: La forma jurídica preestablecida, es la que prevé la
LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA ECONÓMICO
COMUNAL, en su artículo 16: Las organizaciones socio
productivas contempladas en la presente Ley, adquirirán
personalidad jurídica una vez formalizado su registro por
ante el órgano coordinador, atendiendo los siguientes
procedimientos:
.8. Precios de venta: deben ser solidarios con sus productos
y servicios; y no establecer los precios que rigen las leyes
del mercado.
12. BENEFICIOSY
VENTAJAS
OFRECIDAS A LAS
EPS.Hasta los momentos, únicamente el Acuerdo Marco de
Promoción, Estímulo y Desarrollo de las Empresas de
Producción Social (Ciudad Guayana, Sep. 2005), establece una
referencia respecto a los incentivos de los cuales puede
beneficiarse una EPS; “Artículo 4: El Gobierno Bolivariano
tiene la función de ordenar, orientar, capacitar, financiar y
garantizar la constitución de las Empresas de Producción
Social (EPS).
Para ello, implementará las siguientes acciones:
Ø Otorgar incentivos fiscales, como exoneraciones de
Impuesto alValor Agregado, Sobre la Renta y Arancel de
Aduanas.
Ø Conceder financiamiento en condiciones especiales de
tasas, plazos, garantías y formas de pago.
Ø Suscribir contratos de suministro de materias primas con
las industrias básicas, en condiciones favorables, para su
transformación en beneficio de la comunidad.
Ø Procurar las compras gubernamentales, dirigiendo la
demanda pública a estas empresas de la economía popular.
Ø Proporcionar asistencia técnica y promover convenios de
transferencia tecnológica y de capacitación del recurso
humano.
Ø Dotar de los medios necesarios para la instalación de las
Empresas de Producción Social (EPS), mediante la facilitación
de locales, galpones y bienes muebles.