Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa conceptual slide share Jaimari Peña
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y
POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Participante
Jaimari Peña
C.I: 24.409.886
Derecho Procesal Penal II
2. Audiencia oral de presentación de
aprehendido en delito Flagrante
Art. 373 del
C.O.P.P
Se tendrá como delito flagrante el que
se este cometiendo o el que acaba de
cometerse. También se tendrá como
delito flagrante aquel por el cual el
sospechoso se vea perseguido por la
autoridad policial, por la victima o por
el clamor publico, o en el que se
sorprenda a poco de haberse
cometido el hecho, en el mismo lugar
o cerca del lugar donde se cometió.
Es el que se esta realizando y
apreciando como tal por una
persona
Luego la autoridad deberá
aprehender al sospechoso,
entregándolo a la autoridad mas
cercana quien lo pondrá a la
disposición del Ministerio Publico,
dentro de un lapso que no excederá
de 12 horas a partir de la
aprehensión.
El juez de control verificará que
están dados los requisitos a que
se refiere el artículo anterior.
3. El juez de Control decidirá
sobre la solicitud fiscal,
dentro de las 48 horas
siguientes después que sea
puesto el aprehendido a su
disposición.
Dentro de 36 horas el
Ministerio Público presentara
ante el Juez de Control quien
expondrá como se produjo la
aprehensión, y según sea el
caso, solicitara la aplicación
del procedimiento ordinario o
abreviado.
El fiscal del MP decretará la
aplicación del procedimiento
abreviado, y remitirá las
actuaciones al tribunal
unipersonal, el cual convocará
directamente al juicio oral y
publico para que se celebre
dentro de los 10 a 15 días
siguientes.
4. Audiencia Oral de presentación por
detención policial
Art. 234 y
235 C.O.P.P
En primer lugar se le tiene
que permitir al detenido
comunicarme con sus
familiares, abogados o
asociación de asistencia
jurídica para informar de su
detención
Para que sea procedente, debe
ser In fraganti, es decir en el
preciso momento en que se esta
cometiendo el supuesto delito. Si
no es in fraganti debe ser
presentada una orden de
detención librada por un juez
competente.
Igualmente la autoridad
policial que realice la
detención debe dentro
de un lapso de 12 horas
poner al detenido a las
ordenes del Fiscal del
Ministerio Publico
Quien a su vez deberá dentro de las 36
hrs. Siguientes presentar a este ante el
Juez de Primera Instancia en lo Penal
En función de Control del lugar de
la detención para que se efectúe
la Audiencia de Presentación.
5. Desde el momento de la detención los
organismos policiales y judiciales
deben ser vigilantes del cumplimiento
del debido proceso
Bibliografía
https://www.monografias.com/trabajos72/detencion-policial-arresto-ciudadano/detencion-policial-
arresto-ciudadano.shtml
http://zdenkoseligo.blogspot.com/2009/04/tips-sobre-flagrancia.html
https://es.slideshare.net/yusmarraga1/procedimientos-oral-por-detencion-policial-y-audiencia-de-
presentacion-de-flagrancia