2. ANTECEDENTES
HISTORICOS
Historia: el sistema registral francés tiene una
historia que se remonta al siglo XIII, pero su
forma moderna y organizada se desarrolló
principalmente a partir de la Revolución
Francesa y la promulgación del Código
Napoleónico en 1804. Desde entonces, ha
evolucionado con leyes y decretos que han
establecido su marco legal y su función en la
protección de los derechos sobre bienes
inmuebles en Francia. Algunos de los nombres
que ha tenido son:
Registro Hipotecario
Servicio de Publicidad Inmobiliaria
(Service de la publicité foncière)
Registro de las transcripciones
3. Sistema registral Francés
Organización Interna y Externa: su organización Interna se compone de registros
públicos Conservatorios, de Derechos Inmobiliarios y A nivel externo, el sistema
registral francés está bajo la supervisión y regulación del Ministerio de Justicia de
Francia.
Base Normativa: Entre las leyes más importantes se encuentran Código Civil de
Francia, Código de Urbanismo, la ey de Registros Públicos Conservatorios de
Derechos Inmobiliarios y la Ley de Transcripciones del 14-01-1955.
Forma de Financiamiento o Presupuesto: Este sistema se financia principalmente
de las tasas y aranceles que se cobran por los servicios de registro y parte del
financiamiento puede provenir del presupuesto general del Ministerio de Justicia
de Francia.
4. Objeto registral
En el sistema registral
francés se pueden inscribir
una variedad de actos y
contratos que afectan los
derechos sobre bienes
inmuebles, así como otros
derechos relacionados con
propiedades y ciertos
aspectos comerciales y
legales.
Efectos jurídicos de la
inscripción
proporcionar seguridad jurídica,
publicidad y protección para los
derechos sobre bienes inmuebles.
El principal efecto sustantivo es
que la inscripción funciona como
condición de oponibilidad a
terceros
5. Principios Registrales
Principio de Publicidad Registral
Principio de Oponibilidad a Terceros
Principio de Legalidad
Principio de Fe Pública Registral
Principio de Tracto Sucesivo
Principio de Prioridad
6. Fases del
proceso de
Inscripción
Presentación de documentos ante el
registrador: El primer paso del
procedimiento es presentar los
documentos pertinentes ante el registro
público conservatorio de la jurisdicción
donde se encuentra ubicado el bien
inmueble.
Verificación de la legalidad de los
documentos: El registrador examina los
documentos presentados para verificar
su legalidad y cumplimiento con los
requisitos.
Asignación de número de registro y
expedición de certificados.
7. Similitudes entre el sistema registral
Francés y el costarricense
Objeto Registral: Ambos sistemas registran actos y contratos relacionados con bienes inmuebles.
Efectos Jurídicos de la Inscripción: Tanto en Francia como en Costa Rica, la inscripción confiere publicidad y
oponibilidad de los derechos reales.
Fases para la Inscripción: En ambos sistemas, el proceso de inscripción implica presentar documentos ante el
registrador, verificación y posteriormente si procede, la inscripción.
Principios que lo Rigen: Ambos sistemas comparten una serie de principios registrales.
Registro Electrónico: Tanto Francia como Costa Rica han avanzado hacia la digitalización de sus registros.
Seguridad Jurídica y Protección de Derechos: La función esencial de ambos sistemas es garantizar la seguridad
jurídica y la protección de los derechos sobre los bienes inmuebles.