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   El contrato de aprendizaje es una forma
    especial de vinculación dentro del
    Derecho Laboral, sin subordinación y por
    un plazo no mayor a dos años en la que
    una persona natural recibe formación
    teórica en una entidad de formación
    autorizada con el auspicio de una
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    administrativo, operativo, comercial o
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    exclusividad en las actividades propias del
    aprendizaje y el reconocimiento de un
    apoyo de sostenimiento que garantice el
    proceso de aprendizaje y el cual, en
    ningún caso, constituye salario.
 El Salario integral es aquel salario en el
  que se considera que ya esta incluido
  dentro del valor total del salario, además
  del trabajo ordinario, las
  prestaciones, recargos y beneficios tales
  como el correspondiente al trabajo
  nocturno, extraordinario, dominical y
  festivo, el de primas
  legales, extralegales, las cesantías y sus
  intereses, subsidios y suministros en
  especie; y en general, las que se incluyan
  en dicha estipulación.
 Dentro del salario integral, no se
  considera incluidas ni remuneradas
  las vacaciones, por lo que un
  empleado, aun con la figura de salario
  integral, tiene todo el derecho de
  disfrutar sus vacaciones plenamente
  según lo estipulado por el código
  sustantivo del trabajo.
   Adicionalmente, describe
    detalladamente todos y cada uno
    de los artículos y parágrafos que se
    deben incluir en este tipo de
    contrato.
   Es el formato de un contrato de
    trabajo a término definido para
    vigilantes, que cuenta con las
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    propias de este oficio.
   Es un acuerdo entre el trabajador y el empresario por el
    cual el primero está obligado a ofrecer determinados
    servicios y el empresario, a su vez, está obligado a
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   Pueden contratar la prestación de sus servicios:
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    independiente, con el consentimiento de sus padres o de
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   En ningún caso, los trabajadores menores de 18 años
    podrán realizar horas extraordinarias, trabajos nocturnos ni
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   es de carácter civil y no laboral, por lo tanto no está
    sujeto a la legislación de trabajo y no es
    considerado un contrato con vinculo laboral al no
    haber relación directa entre empleador y
    trabajador, por ello, no cuenta con período de
    prueba y no genera para el contratante la
    obligación de pagar prestaciones sociales.
   Sin embargo, según la Doctrina "el contrato de
    trabajo no requiere términos específicos o
    sacramentales que identifiquen la relación jurídica
    que se establece entre las partes. Basta que
    concurran los elementos constitutivos del contrato
    para que éste exista y las partes queden sometidas a
    las regulaciones del Código Sustantivo del Trabajo.
   Es un contrato en donde la obra se hace en nombre del
    propietario del proyecto, y este último es quien asume los
    sobre costos o se gana los descuentos. Es decir que el dueño
    del proyecto debe responder a todas las obligaciones que
    tengan lugar en la obra independientemente de que allá un
    tercero encargado de las labores de intervención.
   En este tipo de Contrato denominado con frecuencia llave en
    mano el Constructor se compromete a entregar una
    construcción completamente terminada y en estado de
    funcionamiento contra la entrega de una cantidad fija,
    repartida en plazos pactados previamente, de acuerdo con el
    avance de la obra. La oferta del Constructor se basa en un
    estudio del proyecto suministrado por el Contratista, pero
    los riesgos de errores en dicho Proyecto se entienden asumidos
    por el Constructor que debe por tanto realizar un estudio
    completo y exhaustivo del proyecto que le entrega el
    Contratista y añadir en él todo aquello que considera que falte
    ya que la cifra de su oferta se considera "cerrada" una vez
    firmado el Contrato. El constructor se compromete a recibir
    exclusivamente la cantidad ofertada, incluyendo en ella todas
    aquellas cosas que en su opinión son necesarias para la
    correcta terminación y funcionamiento de la instalación
    aunque no estuvieran incluidas en el Proyecto recibido para el
    estudio de la oferta.
   Es un contrato mediante el cual es posible
    formalizar una relación de intermediación o
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    El contrato incluye las cláusulas necesarias para
    celebrar a buen término el contrato, entre ellas
    están:
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  • 1.
  • 2. El contrato de aprendizaje es una forma especial de vinculación dentro del Derecho Laboral, sin subordinación y por un plazo no mayor a dos años en la que una persona natural recibe formación teórica en una entidad de formación autorizada con el auspicio de una empresa patrocinadora que suministra los medios para que adquiera formación profesional metódica y completa requerida en el oficio, actividad u ocupación dentro del manejo administrativo, operativo, comercial o financiero propios del giro ordinario de las actividades del patrocinador con exclusividad en las actividades propias del aprendizaje y el reconocimiento de un apoyo de sostenimiento que garantice el proceso de aprendizaje y el cual, en ningún caso, constituye salario.
  • 3.  El Salario integral es aquel salario en el que se considera que ya esta incluido dentro del valor total del salario, además del trabajo ordinario, las prestaciones, recargos y beneficios tales como el correspondiente al trabajo nocturno, extraordinario, dominical y festivo, el de primas legales, extralegales, las cesantías y sus intereses, subsidios y suministros en especie; y en general, las que se incluyan en dicha estipulación.  Dentro del salario integral, no se considera incluidas ni remuneradas las vacaciones, por lo que un empleado, aun con la figura de salario integral, tiene todo el derecho de disfrutar sus vacaciones plenamente según lo estipulado por el código sustantivo del trabajo.
  • 4. Adicionalmente, describe detalladamente todos y cada uno de los artículos y parágrafos que se deben incluir en este tipo de contrato.  Es el formato de un contrato de trabajo a término definido para vigilantes, que cuenta con las obligaciones y prohibiciones de las partes y características legales propias de este oficio.
  • 5. Es un acuerdo entre el trabajador y el empresario por el cual el primero está obligado a ofrecer determinados servicios y el empresario, a su vez, está obligado a retribuirlos.  Pueden contratar la prestación de sus servicios:  Mayores de 18 años.  Extranjeros, de acuerdo con lo que dispone la legislación.  Mayores de 16 años y menores de 18 que vivan de forma independiente, con el consentimiento de sus padres o de quien los tenga a su cargo.  En ningún caso, los trabajadores menores de 18 años podrán realizar horas extraordinarias, trabajos nocturnos ni actividades en lugares de trabajo insalubres o peligrosos para la salud o para su formación personal y humana.
  • 6. es de carácter civil y no laboral, por lo tanto no está sujeto a la legislación de trabajo y no es considerado un contrato con vinculo laboral al no haber relación directa entre empleador y trabajador, por ello, no cuenta con período de prueba y no genera para el contratante la obligación de pagar prestaciones sociales.  Sin embargo, según la Doctrina "el contrato de trabajo no requiere términos específicos o sacramentales que identifiquen la relación jurídica que se establece entre las partes. Basta que concurran los elementos constitutivos del contrato para que éste exista y las partes queden sometidas a las regulaciones del Código Sustantivo del Trabajo.
  • 7. Es un contrato en donde la obra se hace en nombre del propietario del proyecto, y este último es quien asume los sobre costos o se gana los descuentos. Es decir que el dueño del proyecto debe responder a todas las obligaciones que tengan lugar en la obra independientemente de que allá un tercero encargado de las labores de intervención.
  • 8. En este tipo de Contrato denominado con frecuencia llave en mano el Constructor se compromete a entregar una construcción completamente terminada y en estado de funcionamiento contra la entrega de una cantidad fija, repartida en plazos pactados previamente, de acuerdo con el avance de la obra. La oferta del Constructor se basa en un estudio del proyecto suministrado por el Contratista, pero los riesgos de errores en dicho Proyecto se entienden asumidos por el Constructor que debe por tanto realizar un estudio completo y exhaustivo del proyecto que le entrega el Contratista y añadir en él todo aquello que considera que falte ya que la cifra de su oferta se considera "cerrada" una vez firmado el Contrato. El constructor se compromete a recibir exclusivamente la cantidad ofertada, incluyendo en ella todas aquellas cosas que en su opinión son necesarias para la correcta terminación y funcionamiento de la instalación aunque no estuvieran incluidas en el Proyecto recibido para el estudio de la oferta.
  • 9. Es un contrato mediante el cual es posible formalizar una relación de intermediación o corretaje para la venta de un bien. El contrato incluye las cláusulas necesarias para celebrar a buen término el contrato, entre ellas están: - Objeto - Condiciones del bien - Obligaciones de los contratantes - Remuneración - Terminación - Cláusula compromisoria.
  • 10. Gracias por su atención