5. Con respecto a las solicitudes de determinación de herederos ante la Jurisdicción Inmobiliaria, las más comunes son las que provienen de un régimen de comunidad de bienes: una familia formada por los padres con sus hijos en la cual fallece uno de los progenitores.
9. En ocasiones hemos conocido ejecuciones testamentarias. Sin embargo, pocas veces proceden debido a que no cumplen con lo que establece la ley. Es el caso por ejemplo de los que provienen del extranjero sin seguir ninguna formalidad.
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12. Los litigios entre herederos son frecuentes, pero no tanto. Generalmente terminan poniéndose de acuerdo antes de que concluya el caso; o los hijos dejan lo que les corresponde a la madre.
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14. Cuando ocurre es mayormente porque uno no se quiere dividir, o solo uno quiere hacerlo; sin embargo, con que uno solo quiera proceder a la determinación es suficiente, debido a la regla que establece que nadie esta obligado a permanecer en indivisión.
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16. c) Ha adjudicado inmuebles a un cónyuge superviviente, en su condición de sucesor irregular?
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18. No es muy frecuente, pero ha ocurrido. Si existe un matrimonio formado bajo la comunidad de bienes, el 50% de los bienes adquiridos durante el mismo pertenecen al esposo, y el otro 50% a la esposa.
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20. Al morir un esposo sin descendencia, su parte de los bienes es entonces atribuida, en principio, a sus padres como sucesores regulares privilegiados. Sin embargo, hay padres que renuncian a la parte de sus hijos en provecho de la esposa superviviente, entendiendo que le corresponde por haber, generalmente, adquirido y disfrutad de esos bienes junto a su esposo fallecido.
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23. d) Ha adjudicado inmuebles al Estado en su condición de sucesor irregular?
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26. ¿Cuál es su experiencia con respecto a las solicitudes de determinación de herederos ante la Jurisdicción Inmobiliaria?
31. ¿Cual ha sido su experiencia con las determinaciones de herederos?
32. En los Tribunales de Jurisdicción Inmobiliaria, es muy frecuente la práctica de las determinaciones de herederos, y son conocidas no solo como determinaciones de herederos, sino que las mismas se pueden presentar en combinación de transferencia, es decir, cuando los herederos transfieren sus derechos que tienen sobre los bienes del decujus a un tercero. Por lo general son conocidas de forma administrativas, pero es valido expresar que una vez surgido un conflicto son conocidas de forma litigiosa.
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34. 2. ¿Son muy frecuentes los litigios entre herederos? la Magistrada Catalina Ferreras expresa que casi el 80% de las determinaciones de herederos son conocidas de forma administrativas, quedando solo un 20% como litigiosas, es decir, que son poco comunes los litigios entre los sucesores, pero en los casos cuando existen hijos que no están reconocidos por el padre pero si reclaman sus derechos se convierten en determinaciones litigiosas.
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37. Hay procesos contenciosos (negar calidad de herederos) que generan litigios, sin embargo no ha tenido experiencia mientras ha trabajado con la Ley 108-05. Al trabajar con la Ley 1542 los conflictos consistían en que Negaban la calidad entre colaterales y bisnietos
51. La Magistrada Sonia Perdomo nos manifestó que comenzó a conocer de Determinaciones de Herederos a partir de la entrada en vigor de la Ley 108-05. Expresándonos que este tipo de procesos viene a ser un tanto rutinarios por las distintas personas que les ayuda y que organizan el expediente antes de que llegue a sus manos.
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53. Agregó además, que el conocimiento de este tipo de expedientes, es decir, los de Determinación de Herederos, son procesos normales, rutinarios y que no tienen tanta envergadura. Establece que es fácil trabajar con estos casos, siempre y cuando no haya una Litis, un problema de partición en este tipo de casos.