1. COMISIONES DE REGULACIÓN PARA LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DERLY YULIETH CAMACHO PINZÓN DOCENTE NADIA FERNANDA MANTILLA UNIVERSIDAD DE SANTANDER INGENIERÍA AMBIENTAL SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS 2011
2. LEY 142 DE 1994 Régimen de los servicios públicos domiciliarios entre las labores de Comisión y Regulación de Agua Potable y Saneamiento básico (CRA) RESOLUCIÓN CRA 287 DE 2004 METODOLOGÍA PARA LA REGULACIÓN TARIFARIA DEL SERVICIO DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO Se basa en la determinación de los costos medidos a largo plazo calculados a partir de la información contable reportada por las empresas teniendo en cuenta que las tarifas resultantes debieran cubrir la operación, la administración, el mantenimiento y los planes de renovación y expansión. CARGO FIJO Es el Valor unitario por suscriptor o usuario, que refleja los costos económicos involucrados en garantizar la disponibilidad permanente del servicio, independientemente del nivel de uso.
3. El cargo fijo para la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado se determina con base en los costos medios de administración COSTO MEDIO DE ADMINISTRACION Acueducto Alcantarillado
4. RESOLUCIÓN CRA 287 DE 2004 CMAac= Costo medio de administración en acueducto CMAal= Costo medio de administración en alcantarilladlo CTAe= Costo total eficiente de administración de acueducto y alcantarillado Nac= Numero promedio inicial de subscriptores facturados de acueducto para los años 2002 y 2003. Nal= Numero promedio inicial de subscriptores facturados de alcantarillado para los años 2002 y 2003. Sac= Promedio del CTAeque el prestador asigna al servicio de acueducto en la cuenta 5 del PUC, en relación con la suma de costos de acueducto y alcantarillado. CA= Costo promedio de administración de acueducto y alcantarillado al que se aplica DEA (sin impuestos) E= Proporción de costos administrativos reconocidos a la entidad prestadora, considerando su puntaje de eficiencia y a los márgenes adicionales. ICTA= Valores mensualizado de impuestos, contribuciones y tasas clasificados dentro de los costos administrativos de acueducto y alcantarillado sin incluir tasas ambientales
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6. Se origina una tarifa particular para comercialización y recaudo, barrido y limpieza, recolección y transporte , disposición final y tramos excedente en aquellos casos donde la distancia al sitio de disposición final excede a los 20 km.Tarifa de berrido y limpieza Tarifa de recolección y transporte
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8. Se origina una tarifa particular para comercialización y recaudo, barrido y limpieza, recolección y transporte , disposición final y tramos excedente en aquellos casos donde la distancia al sitio de disposición final excede a los 20 km.Tarifa de berrido y limpieza Tarifa de recolección y transporte
9. RESOLUCIÓN 353 DE 2005 Tarifa de tramo excedente Tarifa de disposición final Trifa de facturación y recaudo CBLj= Costo de barrido y limpieza cuando el subscriptor solicita frecuencias adicionales, cuyo precio de techo es $15.460 = Relación entre los kilómetros barridos y el numero de subscriptores del servicio CRT= Costo de recolección y transporte promedio cuyo precio techo es $55.725 TDi= Toneladas promedio mes por subscriptor CTE= Costo de tramo excedente promedio CDT= Costo de disposición final promedio cuya función techo es CCS= Costo de comercialización del servicio cuyo precio techo es $726
10. DETERMINACIÓN TARIFARIA DEL SERVICIO PUBLICO DOMICILIARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA(COSTO SERVICIO) RES. CREG 119 DE 2007COSTO DE 2007 CARGO FIJO Suma que el usuario paga al comercializador de energía eléctrica, asociada con la disponibilidad permanente del servicio para el usuario, independientemente del nivel de consumo.
11. SERVICIO O COSTO UNITARIO (CU) : es un costo económico eficiente que resulta de agregar los costos de las actividades de Generación, Transmisión, Distribución, Comercialización y Otros costos relacionados con la operación y administración del sistema interconectado nacional Cuf= Costo base de comercialización que remunera los costos fijos de la actividad de comercialización. Este costo es igual a cero (0) hasta que se expida la metodología para la remuneración de la actividad de Comercialización para el próximo período Tarifario. Cuv= Componente variable del Costo Unitario de Prestación del Servicio. G= Corresponde al costo de compra de energía por parte del comercializador y representa el costo de producción de energía, independientemente del sitio donde sea generada. T= Con este valor se paga el transporte de energía desde las plantas de generación hasta las redes regionales de transmisión. D= Valor que se paga por transportar la energía desde las subestaciones del Sistema de Transmisión Nacional hasta el usuario final. Cv= Remunera el margen de Comercializar la energía e incluye los costos variables de la actividad de comercialización, asociados con la atención de los usuarios tales como facturación, lectura, atención, reclamos, etc. PR= Costos de pérdidas de energía, transporte y reducción de las mismas.R= Costos por restricciones y servicios asociados con la generación.
12. COSTO DEL SERVICIO O COSTO UNITARIO DE GAS NATURAL El Costo Unitario de gas natural (M) es un costo económico eficiente que resulta de agregar los costos de las actividades de Producción, Transporte, Distribución y Comercialización. = rango j de consumo m = Mes de prestación del servicio Gm = Costo promedio máximo unitario en $/m3 para compras de gas natural destinado a Usuarios Regulados, aplicable en el mes m.
13. Tm = Costo promedio máximo unitario en $/m3 para el transporte de gas en el Sistema Nacional de Transporte destinado a Usuarios Regulados, aplicable en el mes m. p = Porcentaje reconocido de pérdidas de gas en el Sistema Nacional de Transporte y en el Sistema de Distribución equivalente a 3.5%, desagregado en un 1% para el Sistema Nacional de Transporte y un 2.5% para el Sistema de Distribución. TVm = Costo máximo unitario en $/m3 para el transporte de gas natural comprimido en vehículos de carga de acuerdo con la metodología definida por la CREG. Pm = Costo de compresión del gas natural expresado en $/m3. Dvjm = Componente variable del cargo de distribución en $/m3 permitido al Distribuidor por uso de la red aplicable en el mes m correspondiente al rango j de consumo. No incluye la conexión. Dfjm = Componente fijo del cargo de distribución, expresado en $/factura, aplicable en el mes m correspondiente al rango j de consumo. El componente fijo para los usuarios del primer rango de consumo de la canasta de tarifas será igual a cero. Cm = Cargo máximo de Comercialización expresado en pesos por factura aplicable en el mes m de facturación.
14. CONTRATO DE CONDICIONES UNIFORMES Es un contrato uniforme y consensual entre la empresa de servicios públicos (comercializador) y los usuarios, en el cual la empresa se compromete a prestar el servicio a cambio de un precio en dinero. Los contratos de condiciones uniformes deben estar acordes con la Leyes que rigen los servicios públicos y las normas regulatorias. Las empresas deben informar con tanta amplitud como sea posible en el territorio donde prestan sus servicios, acerca de las condiciones uniformes de los contratos que ofrecen. Las empresas tienen el deber de disponer siempre de copias con el fin entregarlas cuando los usuarios las soliciten. EJEMPLO Ver anexo de Word titulado ejemplo de contrato de condiciones uniformes
15. DEFINICIÓN Y REGULACIÓN DE LOS SERVICIOS ESPECIALES DE ASEO Es el relacionado con las actividades de recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos que por su naturaleza, composición, tamaño, volumen y peso no puedan ser recolectados manejados, tratados o dispuestos normalmente por la persona prestadora del servicio. Incluye las actividades de corte de césped y poda de árboles ubicados en las vías y áreas públicas; la recolección, transporte, transferencia, tratamiento, aprovechamiento y disposición final de los residuos originados por estas actividades; el lavado de las áreas en mención; y el aprovechamiento de los residuos sólidos de origen residencial y de aquellos provenientes del barrido y limpieza de vías y áreas públicas.
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17. Se origina una tarifa particular para comercialización y recaudo, barrido y limpieza, recolección y transporte , disposición final y tramos excedente en aquellos casos donde la distancia al sitio de disposición final excede a los 20 km.Tarifa de berrido y limpieza Tarifa de recolección y transporte
18. VENTA DE AGUA EN BLOQUE El suministro de agua en bloque es un contrato que tiene por objeto la entrega de unos volúmenes de agua en un punto, bajo ciertas condiciones de calidad y precioal comprador, las partes deberán atenerse precisamente a lo dispuesto en el contrato correspondiente en relación con dichos elementos. De hecho el artículo 14 de la mencionada resolución CRA 353 de 2005, establece que el precio del servicio de agua en bloque se negociará libremente entre las partes, teniendo en cuenta los valores máximos establecidos en dicha resolución. El proveedor potencial deberá establecer sus costos del servicio de agua en bloque diferenciando los componentes del sistema. Deberá considerar, además: La determinación de los costos para el servicio de agua en bloque incluirá un estudio detallado de la infraestructura y costos operativos en los que habría de incurrir el proveedor. El estudio incluirá todos aquellos costos de tasas ambientales, aducción, tratamiento, conducción y transporte en general de agua hasta el punto de entrega, relacionados con la prestación del servicio de agua en bloque.