El documento habla sobre el contencioso tributario en Venezuela. Establece que el marco legal se encuentra en la Constitución de Venezuela en su Artículo 206, el cual establece que la Corte Suprema de Justicia y otros tribunales determinados por la ley son responsables de la jurisdicción del contencioso administrativo. También describe los órganos que componen los tribunales administrativos y las acciones y efectos de los recursos contenciosos tributarios, incluida la caducidad de los recursos.