Este documento define la actividad financiera del Estado como la gestión de ingresos y gastos públicos con el fin de satisfacer las necesidades de la sociedad. Explica que la actividad financiera tiene dos fases: los gastos públicos e ingresos públicos. Los ingresos públicos son las entradas de dinero que recibe el Estado para financiar el gasto público. El gasto público son las erogaciones dinerarias que realiza el Estado para cumplir sus fines de satisfacer necesidades públicas. Finalmente, introduce el derecho financiero como el conjunto de normas que regulan la activ
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERRECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO Y EL DERECHO
FINANCIERO
ELABORADO POR JUAN DIEGO MOLINA
2. LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO VENEZOLANO
Concepto
Con el objetivo de cumplir con las funciones que le corresponden, es
necesario que el Estado ejecute un conjunto de gastos que le permitan
satisfacer ciertas necesidades de la sociedad: Servicios públicos, salud,
educación, defensa, seguridad, entre otras. Cada acción gubernamental
orientada a la satisfacción parcial o total de estas necesidades trae consigo
una erogación de dinero, erogación que no sería posible ejecutar sin la
recaudación previa de los recursos que permitan financiar las diferentes
actividades gubernamentales. Como puede inferirse, la actuación del Estado
se traduce de esta forma en la gestión de un conjunto de gastos y en la
consecución de ingresos suficientes para financiar los primeros; esta gestión
de ingresos y gastos en el sector público, que se realiza con la finalidad de
que éste pueda cumplir con su función en la sociedad, es lo que se conoce
con el nombre de Actividad Financiera, denominada también por algunos
autores como Fenómeno Financiero (Fariñas, 1986:12), o Hecho Financiero
(Laya, 1989: 50), “Tanto cuando el Estado efectúa gastos públicos como
cuando por distintos procedimientos obtiene ingresos públicos provenientes
de sus recursos, desarrolla un tipo especial de actividad que se denomina
„actividad financiera” (Villegas, 1992:9). A este respecto, puede compararse
la posición de diferentes autores al esbozar una definición de actividad
3. financiera. Luis Tamayo la define simplemente como "la acción que
desarrolla el Estado para procurarse los recursos necesarios e invertirlos en
la satisfacción de las necesidades públicas"
Fases de la Actividad Financiera
La actividad financiera se encuentra conformada fundamentalmente por dos
variables, también denominadas fases: gastos públicos e ingresos públicos.
En cuanto al Gasto Público, el punto de partida es la estimación de los
recursos que se requerirán para satisfacer un conjunto determinado de
necesidades en la colectividad; una vez cuantificado el nivel de gasto
requerido, el Estado decide las fuentes de ingreso público que le permitirán
financiarlo adecuadamente. Luego de recaudar los ingresos planificados, se
procede a utilizarlos en la satisfacción de las necesidades seleccionadas en
la ejecución del respectivo gasto público
Ingresos Públicos
Los Ingresos Públicos, pueden definirse de manera general y sencilla como
todas aquellas entradas de dinero que recibe el Estado y que le permiten
financiar la satisfacción de necesidades de la colectividad, es decir, que le
permiten financiar el gasto público y cumplir su función dentro de la sociedad.
Si se revisan las definiciones esbozadas por diferentes autores que han
estudiado el tema puede observarse como coinciden en confirmar lo anterior,
4. es el caso de Valdés Costa (citado por Fariñas, 1986:48), quien señala que
los ingresos públicos “son las entradas de dinero a la Tesorería del Estado,
cualquiera que sea su naturaleza”; por su parte, Sáinz de Bujanda define los
ingresos públicos como “las cantidades de dinero que el Estado y los demás
organismos públicos se procuran para cumplir los fines que en cada
momento histórico tienen asignados”. (citado por Fariñas, 1986:49), el mismo
Fariñas (1986:49) los define como “los medios económicos, generalmente
representados en dinero, que el Estado obtiene de sus propios bienes o
actividades o de las rentas o bienes del sector privado y que se destinan a
cubrir los gastos del Estado o a lograr otros fines económico-sociales”. Los
autores mencionados coinciden en la idea de que el Estado recauda ingresos
públicos de acuerdo con su necesidad de cumplir con un conjunto de fines
asociados al papel que representa.
Gastos Públicos
El Gasto Público, citando a Villegas (1992: 31-36) puede definírsele como
“...las erogaciones dinerarias que realiza el Estado en virtud de ley para
cumplir sus fines consistentes en la satisfacción de necesidades públicas”.
Analiza el mencionado autor esta definición afirmando que el gasto público lo
conforman erogaciones dinerarias ya que, en la época moderna, tanto su
estimación y ejecución están valoradas en términos monetarios, y están
representadas en dinero o en bienes que pueden ser objeto de valoración
5. monetaria; estas erogaciones son efectuadas por el Estado ya que se
incluyen todas las sumas de dinero que egresan del Tesoro Público y deben
ser financiadas por los ingresos recaudados por éste. Asimismo, el gasto
público se realiza en virtud de la ley en vista de que “no hay gasto público
legítimo sin ley que lo autorice” (principio de legalidad del gasto), es decir, los
entes públicos solo pueden ejecutar el gasto cuando éste ha sido autorizado
previamente por algún tipo de instrumento legal
EL DERECHO FINANCIERO
Concepto
Giuliani (S/F), señala que el Derecho Financiero corresponde al Derecho
Público, que persigue fines colectivos, y como lo precisa la doctrina se refiere
exclusivamente a la actividad del Estado, y las Finanzas Públicas.
Otra definición del Derecho Financiero, hace referencia a aquel conjunto de
normas jurídicas que se encarga de regular la Actividad Financiera de un
Estado en el establecimiento, obtención, manejo y erogación del gasto
público; además de ajustar la relación entre el Estado, sus órganos y los
particulares. Conforme a Pugliese (1939), el Derecho Financiero es:
La disciplina que tiene por objeto el estudio sistemático del conjunto de
normas que reglamentan la recaudación, la gestión y la erogación de los
medios económicos que necesita el Estado y los otros órganos públicos para
6. el desarrollo de sus actividades, así como, el estudio de las relaciones
jurídicas entre los poderes y los órganos del Estado entre los mismos
ciudadanos que derivan de la aplicación de esas normas.
Autonomía
Corriente Administrativa
Es sustentada por Pérez de Ayala, Mayer y Giorgio del Vecchio. Según estos
autores, agrupados en la llamada Escuela Administrativista Clásica, el
Derecho Financiero es una parte, un capítulo especializado del Derecho
Administrativo y por consiguiente no tiene autonomía, pues éstos autores
firman que el Derecho Financiero forma parte del Derecho Administrativo,
porque su objeto es una función administrativa que se sintetiza en la
actividad que despliega el Estado para conseguir recurso.
Corriente Autonomista
Es sustentada por Myrbach, Rheinfeld y Mario Pugliese, para quienes los
problemas jurídicos que surgen de la Actividad Financiera del Estado se
resuelven mediante principios propios de carácter unitario.