2. Conceptuar la actividad financiera del
estado venezolano
Tiene el objetivo de cumplir con las funciones que le corresponden, es
necesario que el estado ejecute un conjunto de gastos que le permitan
satisfacer ciertas necesidades de la sociedad: servicios públicos, educación,
salud, defensa seguridad, entre otras.
Cada acción gubernamental orientada a la satisfacción parcial o total de estas
necesidades trae consigo una erogación de dinero, que no seria posible
ejecutar sin la recaudación previa de los recursos que permitan financiar las
diferentes actividades gubernamentales.
3. La actuación del estado se traduce
de esta forma en la gestión de un
conjunto de gastos y en la
consecución de ingresos suficientes
para financiar los primeros : esta
gestión de ingresos y gastos en el
sector publico, que se realiza con
la finalidad de que este pueda
cumplir con su función en la
sociedad.
La ejecución de estas funciones
trae como consecuencia una serie
de transferencias monetarias de
signo inverso, a que supone salidas
de dinero de las cajas publicas que
constituyen los gastos públicos.
La relación de esta actividad con
las demás funciones del estado
desde el momento en que este no
puede llevar adelante ninguna de
sus funciones
4. El estado tiene la potestad de recaudar los recursos que necesita el resto de
los miembros de la sociedad de la que el mismo forma parte, constituyéndose
desde este punto de vista, el resto de la sociedad en el sujeto pasivo de la
actividad financiera, donde surgen los recursos que serán recaudados y ha
quien va dirigido el gasto que permitirá satisfacer cierto conjunto de
necesidades.
5. El régimen político y administrativo del estado, el predominio de una
determinada clase social, la orientación política del partido o grupo dirigente,
la situación política general del estado, el desarrollo de las funciones publicas
y determinadas circunstancias de carácter político, son los que condicionan la
organización financiera de todo país.
6. Fases de la actividad financiera
La actividad financiera se encuentra conformada fundamentalmente por dos
variables, también denominadas fases: gastos públicos e ingresos públicos .
En cuanto al gasto publico, el punto de partida es la estimación de los
recursos que se requerirán para satisfacer un conjunto determinado de
necesidades en la colectividad, el estado decide las fuentes de ingreso
publico que le permitirán financiarlo adecuadamente. Luego de recaudar los
ingresos planificados, se procede a utilizarlos en la satisfacción de las
necesidades seleccionadas en la ejecución del respectivo gasto publico.
7. La actividad financiera comienza desde el momento en que el estado logra
ingresos públicos, ya de la renta que producen los bienes que el posee como
un particular o de las rentas que el obtiene de los entes privados impuestos,
tasas, crédito publico. Continua la actividad financiera, cuando tales
recursos, así obtenidos, los invierte o gasta el estado en las necesidades
colectivas, a través de los servicios públicos.
8. La actividad tiene dos fases principales
La fase de los ingresos públicos y fase de la inversión de los recursos
obtenidos en la fase recaudatoria, para satisfacción de las necesidades
publicas , ósea la fase del gasto publico.
9. Ramas del derecho financiero
El derecho tributario forma parte del derecho financiero, lo cual es necesario
tener en cuenta para un conocimiento mas amplio del tema, es decir , forma
parte de otra rama del derecho.
Ejemplo dentro del derecho privado, empresarial y corporativo de derecho
comercial abarca a societario.
Derecho administrativo: hay quienes piensan que el derecho tributario es una
rama del derecho administrativo ante lo cual sucede lo siguiente, se acepta
que el derecho tributario se estudiado independientemente del derecho
administrativo .
10. Derecho privado: se encuentra quienes afirman que el derecho tributario no
ha logrado desprenderse del derecho privado, lo cual sucede principalmente
porque el concepto mas importante del derecho tributario es la obligación y
se asemeja a la obligación del derecho privado diferenciándose por el objeto
de una y de otra.