Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
El auge del teletrabajo en la nueva era digital
1.
2. Estamos viviendo una nueva era en donde el uso de las
nuevas Tecnologías de Información y Comunicación
denominadas TIC´s han evolucionado el modo de vida
del ser humano, el cual se ha encontrado con la
necesidad de conocer y aprender de esta nueva
modalidad la cual se ha incursionado de forma
eficiente en el ámbito social, cultural, educativo y
laboral.
Esta nueva modalidad es conocida como
teletrabajo, el cual es realizado a distancia con tan
solo contar con herramientas como lo son PC, internet,
celular, cámara, teléfono, entre otras. El motivo de
incursionar esta nueva modalidad en el ámbito laboral
tiene una razón de ser así como ventajas y desventajas
de realizar esta actividad.
3. En la OIT, en una de las primeras definiciones de
teletrabajo, ya se ponía el acento en dos aspectos
básicos del concepto –distancia y tecnología-, al
describir el fenómeno como una forma de trabajo
donde la prestación se localizaba en forma remota de
las Oficinas centrales, produciendo una separación
entre el trabajador y el resto de los trabajadores de la
empresa, mediante las nuevas tecnologías que facilitan
la comunicación.
La Organización Internacional del Trabajo refiere “los
estudios demuestran que el teletrabajo reduce la
rotación del personal, lo cual se traduce en el ahorro
de miles de dólares en costos de formación y
contratación de los nuevos empleados” aludiendo
entonces a un aspecto positivo, ello iría más acorde a
lo que sería en buena cuenta el sector privado por
ejemplo, en donde los empleadores no confían del todo
–como bien señalábamos en líneas anteriores- en la
eficiencia y eficacia de los teletrabajadores.
4. La telecontratacion versan los siguientes objetivos de las
Agenda Digital Peruana:
Objetivo 2. Integrar, expandir y asegurar el desarrollo de
competencias para el acceso y participación de la población en
la Sociedad de la Información y del Conocimiento
Objetivo 3. Garantizar mejores oportunidades de uso y
apropiación de las TIC que aseguren la inclusión social, el acceso
a servicios sociales que permitan el ejercicio pleno de la
ciudadanía y el desarrollo humano en pleno cumplimiento de las
metas del milenio
5. Objetivo 5. Incrementar la productividad y competitividad a
través de la innovación en la producción de bienes y servicios, con
el desarrollo y aplicación de las TIC
Objetivo 7. Promover una Administración Pública de calidad
orientada a la población
Todos ellos, son de sustancial o importancia en base al objeto
previsto en el artículo 2 de la Ley de Teletrabajo.
6. Hace 2 años se publicó en Perú la Ley que regula el Teletrabajo,
esta ley establece expresamente que la prestación de servicios
mediante la modalidad de teletrabajo no implicará disminución
alguna en la categoría del trabajador, su remuneración y demás
condiciones laborales. Además, el teletrabajo deberá formalizarse
por escrito pudiendo emplearse cualquier de las modalidades de
contratación previstas por la normatividad laboral (a plazo
indeterminado o plazo fijo sujeto a modalidad).
7. Actualmente existen varios países que han adoptado legislación
específica para regular los términos y condiciones bajo los que
puede proporcionarse “trabajo a domicilio”, dentro de éstos
países podemos mencionar a: Argentina, Austria, Alemania,
Italia, Marruecos, Perú, Uruguay.
Por otro lado, la legislación sobre “trabajo a domicilio” sólo se
aplica a ciertas industrias o actividades económicas en las que
principalmente tiene lugar esta forma de organización, dentro
de este aspecto podemos mencionar a los siguientes países:
India, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Suiza