2. ARBITRAJE
Es un mecanismo por medio del
cual las partes involucradas en un
conflicto de carácter transigible,
difieren la solución a un tercero, el
cual queda transitoriamente
investido de la facultad para
administrar justicia profiriendo una
definición llamada laudo arbitral. El
conflicto puede ser resuelto en
Derecho, en equidad o técnico.
3. LOS ÁRBITROS ...
Son llamados terceros neutrales , están envestidos de manera temporal de la
posición de jueces para decidir en derecho, equidad o técnico.
Uno a tres árbitros.
Deben ser objetivos , neutrales e
imparciales.
Los pronunciamientos de los árbitros son con efectos
interpretes, es decir los que se encuentran en el pacto
arbitral.
Su escogencia es voluntaria por las
partes.
4. CLASES DE ARBITRAJE
Derecho: Se fundamentan las decisiones en el
ordenamiento jurídico vigente en donde no se utiliza una
norma que ya estaba derogada.
Equidad: Es aquel en el que se decide bajo el sentido
común y la equidad es decir no se ven las normas.
Técnico: Es cuando versa sobre conflictos especializados
y se pronuncian de acuerdo a sus conocimientos.
5. CLASES DE ARBITRAJE
Arbitraje legal: Regula por por el decreto 229 y se rige por el
arbitraje institucional.
Arbitraje institucional: Rige por el reglamento de la entidad
encargada, si bien tiene características especiales en
realidad y se rige por la ley, decisiones voluntarias,
experiencias institucionales que se dedican a ello.
Arbitraje independiente: Las partes deciden como se
adelanta el tramite.
6. CLASES DE ARBITRAJE
Arbitraje de mayor cuantía: De 400 salarios mínimos
en adelante y se debe desarrollar con 3 árbitros.
Arbitraje de menor cuantía: Hasta 400 salarios
mínimos y se desarrolla con 1 arbitro.
Arbitro colegiado: Son tres árbitros, siempre numero
impar, además atienden la cuantía del proceso,
sabiendo que las partes pueden pactar con libertad.
7. CLASES DE ARBITRAJE
Arbitraje único: Un solo arbitro tendiendo la cuantía y la
libertad tiene para pactar con las partes.
Arbitro forzoso voluntario: de manera general el arbitraje se
desarrolla voluntariamente, pero tiene una excepción y es
en materia laboral, con respecto a modelos sindicales con
un tiempo largo sin solución y que tengan determinado
número de miembros.
Arbitraje nacional e internacional: Se pacta con libretas,
con respecto también a la cámara de comercio del país.
8. CUATRO ETAPAS DEL PRINCIPIO DEL ARBITRAJE
1. Celeridad.
2. Igualdad de las partes.
3. Confidencialidad.
4. Transparencia en los procedimientos.
9. FORMALIDADES DEL PACTO
Clases de arbitraje.
Tipo de arbitraje (derecho, equidad o técnico).
Numero de árbitros.
Asuntos sujetos o no sujetos.
10. BENEFICIOS
Procedimiento más ágil que el judicial.
Tienen mayor eficacia que los procesos judiciales.
Desaturación de la jurisdicción ordinaria.
Eficacia del veredicto: el arbitraje tiene garantías que a su vez conllevaban a la seguridad y eficacia
de la administración de justicia. Es importante anotar que la decisión tomada dentro del tramite
arbitral es idéntica que una decisión (fallo) judicial y cuenta con la posibilidad de interposición de
recursos.
Es un procedimiento más económico que el judicial ( por su rapidez, y fuerza vinculante), celeridad
procesal: el arbitraje es muy breve porque el conflicto debe ser solucionado en 6 meses.
11. NATURALEZA
JURIDICA
Fallo del 21 de
marzo del 91, se
adelanta el articulo
116 de la
constitución política.
JURISDICCIONAL
(parte de la
jurisdicción)
CONTRACTUAL
(Voluntad de las
partes)
Fallo de 29 de mayo
del 69, avalado por
la ley 105 de 31 y la
ley 2 del 38