1. ACTIVIDAD I: ELEMENTOS DEL CONTRATO
CONTRATO DE TRABAJO
El contrato de trabajo es un acuerdo por virtud del cual una persona natural se obliga a prestar
un servicio personal a otra (natural o jurídica), cumpliendo órdenes e instrucciones y
recibiendo por su labor una remuneración.
PARTES
Intervienen en toda relación laboral dos partes:
1 El Trabajador: Quién presta el servicio
2 El Empleador: Quién ordena el servicio y paga el salario. Puede ser una persona natural o
una persona jurídica.
ELEMENTOSCONSTITUTIVOS DEL CONTRATO
Para que exista contrato de trabajo se deben presentar las siguientes condiciones:
1 La prestación de un servicio personal: La realización de labores por parte de una
persona en beneficio de otra
2 La subordinación jurídica: Es la facultad del empleador de dar órdenes o instrucciones al
trabajador sobre el modo, tiempo y cantidad de trabajo y la obligación para éste de
acatarlas.
3 Pago de una Remuneración: Es la retribución por el servicio prestado (salario).
CAPACIDAD PARA LABORAR
Toda persona que haya cumplido los 18 años de edad, tiene capacidad para celebrar un
contrato individual de trabajo, los menores de dicha edad necesitan autorización escrita del
Ministerio de Trabajo y Protección Social o del alcalde del lugar, previo consentimiento de sus
representantes legales.
CLASES DE CONTRATO
1 Por la forma: El contrato puede ser verbal o escrito
a Verbal: Por el simple acuerdo expresado oralmente, las partes convienen la índole del
trabajo y el sitio en donde ha de realizarse, la cuantía y la forma de remuneración, así como
los períodos que regulen su pago. Tienen el mismo valor que los contratos escritos.
b Escrito: Consta en un documento firmado por las partes y debe contener cuando menos
cláusulas sobre:
Identificación y domicilio de las partes
Lugar y fecha de celebración
Lugar donde se vaya a prestar el servicio
Naturaleza del contrato
2. Cuantía de la remuneración
Forma y períodos de pago
Estimación del valor cuando se haya pactado salario en especie
Los siguientes acuerdos siempre se deben pactar por escrito:
* Periodo de prueba
* Salario integral
* Los pagos que por acuerdo entre las partes no constituyen salario, dentro de lo permitido
por la ley.
Los siguientes contratos deben celebrarse siempre por escrito
* Contrato a término fijo, sus prórrogas y el preaviso
*
Los contratos que se celebren con extranjeros no residentes en el
país
* El enganche de trabajadores para el exterior
2 Por la duración:
a Contrato de trabajo ocasional, accidental o transitorio
Se pacta para la ejecución de trabajos ocasionales, accidentales o transitorios, es decir,
aquellos de corta duración, inferiores a un mes, siempre que se trate de labores ajenas a
las actividades normales del empleador. Este contrato se puede realizar en forma verbal.
En este tipo de contrato los trabajadores NO tienen derecho a (calzado y vestido de labor,
cesantías, intereses, prima y vacaciones), están excluidos de la obligación de la afiliación
al sistema de seguridad social (EPS, ARL, AFP).
b Por la duración de la obra o labor
El contrato dura tanto como dura la obra o labor encomendada, es fundamental consignar
expresamente la obra o labor de que se trate. Es ampliamente utilizado en empresas del
sector de la construcción. Este contrato se debe hacer por escrito. Tiene todos los
derechos de prestaciones sociales y seguridad social.
c Contrato a término fijo
Debe celebrarse por escrito y su duración no puede ser superior a tres (3) años. Admite
por lo menos dos modalidades. El contrato a término fijo inferior a un (1) año y el contrato a
término fijo de duración entre uno (1) y tres (3) años.
Para su terminación la ley exige su preaviso, es decir, que la parte interesada avisa a la
otra su determinación de no prorrogarlo, con una antelación no inferior a 30 días calendario
a la fecha de vencimiento del término estipulado. Si se omite este preaviso o no se surte
dentro la oportunidad legal, el contrato se entiende renovado por un período igual al
inicialmente pactado.
Los contratos a término fijo sólo podrán prorrogarse hasta 3 veces por períodos iguales al
inicialmente pactado, luego de éstas tres prórrogas se puede entender como un contrato a
término indefinido. En estos contratos también opera la prohibición de despido por motivo
de embarazo o lactancia, pero el estado de embarazo no impide que el contrato se termine
en la fecha pactada, siempre que cumpla con el preaviso de orden legal.
3. Tiene derecho a el pago de todas las prestaciones sociales y seguridad social, en
proporción al tiempo laborado, cualquiera que éste sea.
Los contratos a término fijo que se celebren verbalmente, se consideran para todos los
efectos como a término indefinido.
d Duración indefinida
Se da cuando las partes no determinan su duración. Esta modalidad de contratación puede
celebrarse en forma verbal o escrita.