7. Establece que las provincias
deben garantizar la educación
primaria dentro de su
jurisdicción.
8. Establece que es responsabilidad del
Congreso Nacional dictar planes de
instrucción general y universitaria.
Debe legislar las bases orgánicas del
sistema educativo, en todos sus
niveles y modalidades.
9. • Respecto a las provincias puede
tener una acción directa, cuando
construya escuelas, por ej.
• Y tendrá acciones indirectas a
través de la asistencia técnica y
financiera.
12. • Crisis político- institucional- económica-
social y educativa, luego de la aplicación
de políticas neoliberales.
• La educación pasa a ser vista como una
variable de inclusión social de aquellos
sectores que fueron excluidos del
sistema.
• El congreso nacional sanciona una serie
de leyes que buscan re-centralizar el
diseño de la política educativa.
13. • En 2004 Ley de Incentivo Docente y Ley de
180 días de clase.
• En 2005 Ley de Formación Técnico-
Profesional.
• En 2006 Ley de Financiamiento Educativo, Ley
de Educación Sexual.
• La LEN obtuvo mayor consenso, al ser
incluidos los sectores
gremiales, especialistas, instituciones, organiz
aciones sociales, etc. en la redacción del
proyecto.
• Centralización en el diseño, descentralización
en la ejecución.
• Ministerio sin escuelas
15. • Estado en plena
“restructuración”, desregulación
económica, flexibilización laboral, ajuste
fiscal, privatizaciones de servicios públicos.
• Estado ineficiente- Mercado eficaz y racional.
• Los organismos multilaterales de crédito
“aconsejan” una reforma educativa…
• En 1992 se sanciona “la Ley de
Transferencias”, que inicia el último ciclo de
transferencias, que termina de trasladar a las
provincias las escuelas medias y terciarias, que
aún pertenecían a la nación.
16. • El gobierno enviaría los recursos y las
provincias los administrarían…
garantizando el federalismo.
• Se profundiza la heterogeneidad y las
diferencias regionales ya existentes
17. Ley Federal de Educación Ley de Educación Nacional
Autoridades Presidente: Dr. Carlos Menem Presidente: Dr. Néstor Kirchner
Ministro de Educ.: Dr. Jorge Rodríguez Ministro de Educ.: Lic. Daniel Filmus
Educación como derecho
Acceso libre y permanencia dentro del S.E.
Respeto por la diversidad
Calidad, eficiencia, equidad
Principios Acceso y dominio de tecnologías
Educación como un bien social
Condiciones dignas de trabajo, formación,
materiales, estructurales para docentes y
alumnos
Sostiene la transferencia de servicios
educativos
Subsidiario: Estado evaluador
Sostiene la subvención a los privados
No tiene a su cargo escuelas, no provee
Políticas de financiamiento compensatorias,
Rol del servicio educativo (ejecución
no garantiza igualdad de derechos
Estado descentralizada)
Define políticas educativas de promoción de
Define política educativa y distribuye
igualdad de derechos y los lineamientos
financiamiento
curriculares, controla su implementación y
evalúa sus resultados
18. Nacional: PEN a través del Ministerio de
Educación (hasta el 2007 fue Ministerio de
Educación, Ciencia y Tecnología, luego se
desdoblaron en 2 ministerios diferentes)
Nacional: PEN a través del Ministerio de Cultura y - fijar políticas y estrategias nacionales,
Educación acordadas en el CFE. , controla la
- supervisa y administra el S.E., implementación y evalúa los resultados.
- establece los objetivos y los CBC, más un espacio - promover la unidad del S.E., y la
N para los contenidos propios de c/jurisdicción, asistencia cuando no pueda garantizarse el
i G acordados con el CFCyE. efectivo ejercicio del derecho
v o - creación de una red federal para la formación - Diseño de los Contenidos Curriculares
e b docente Comunes (CCC) o NAP, que contenidos
l i - evaluación del S.E. deben ser transmitidos a nivel nacional
e e - asistencia técnica y financiera - Mayor centralidad, para una unificación
s r del S.E.
n - Declarar la Emergencia Educativa.
d o - Crea el INFOD, (Inst. nacional de
e Formación Docente)
Federal: CFCyE: coordinación y planificación de
acciones e/ Estado Nac. y las prov. (concertar
Federal: CFE: órgano interjurisdiccional de
diseños curriculares, modalidades, formas de
concertación, acuerdo y coordinación de la
evaluación), validación de títulos, acordar
política educativa nacional, con menos
contenidos para la formación docente. Para
margen para la decisión de las provincias.
asegurar la unidad y articulación del S.E.,
unificando criterios entre las jurisdicciones
19. CFCyE: Ministro del área CFE: Ministro de Educ. Nacional (1), Ministro de Educ. Provincial,
(1), Ministro provincial Consejo de Univ. (3)
(1), Consejo de Univ. (3) - Asamblea Gral. : órgano superior del CFE: ministro de educ. +
- Asamblea Gral. responsable del área de c/ jurisdicción + 3 C.U. + 2 comisión de educ.
- Comité Ejecutivo de diputados y senadores (sin voto)
- Secretaría Gral. - Comité Ejecutivo: ejecuta las acciones adoptadas por la asamblea
Consejos Consultivos: gral. : ministro de educación + representantes de las regiones que lo
- Económico- Social: org. componen
empresariales de la - Secretaría Gral.: coordinación de comisión federal de registro y
producción, la CGT y el evaluación permanente de la oferta educativa a distancia, la
C.U. implementación del fondo de incentivo docente y el programa de
- Técnico- Pedagógico: compensación salarial
especialistas designados Consejos Consultivos:
por el CFCyE y - Políticas Educativas: proponer temas para ser considerados en la
especialistas designados elaboración de la política educativa, que surjan de la implementación
por el gremio docente de de la LEN- Formado por: Academia Nac. Educ. + Gremios docentes +
mayor representatividad representantes de la Educ. Gestión Privada + representantes del C.U.
nacional + organizaciones sociales
- Económico Social: participar en discusiones sobre educación y el
mundo del trabajo y la producción – Formado por: org. empresariales
+ org. trabajadores + org. no gubernamentales + autoridades del
comité ejecutivo del CFE
- Actualización Curricular: proponer innovaciones en los contenidos
curriculares comunes- Formado por: personalidades de la cultura, la
ciencia, la técnica, el mundo del trabajo y la producción, designados
por el ministerio de educ. en acuerdo con el CFE
20. Jurisdiccional: Gobiernos Provinciales y
CABA. Jurisdiccional: administración de los respectivos
- organizar y administrar el S.E. S.E., aplicación de las resoluciones del CFE,
correspondiente a su jurisdicción pueden definirse además otros contenidos
- implementación de las resoluciones curriculares acordes a su realidad
acordadas en el CFCyE - aprobar el curriculum de los diferentes niveles
- elaboración de los PEI (proyectos y modalidades, según lo acordado en el CFE
educativos institucionales), que toman lo - elaboración de los PEI, conforme los
elaborado a nivel nac. y prov. y lo lineamientos establecidos por la nación y la
enriquecen con lo propiamente regional provincia.
Carácter
de las
Concertadas (“federal”) Obligatorias, vinculantes (“nacional”)
resolucio-
nes
Consagra un solo Sistema Educativo con dos
tipos de gestiones: pública y privada
- pueden formular planes y programas de
estudio propios y otorgar títulos reconocidos Mantiene las denominaciones, incorpora a las
Educación
(art. 36) organizaciones sociales y cooperativas con la
privada
- pueden recibir subvención estatal (art. 37) capacidad de ofrecer servicio educativo
- para garantizar el “derecho de enseñar”
(art. 5)
21. 10 años de obligatoriedad
13 años de obligatoriedad
- nivel inicial: 3 años, último año obligatorio
- nivel inicial: 3 años, último año obligatorio
- nivel primario: educación general básica, en
Estruc- - nivel primario: 6 o 7 años, según jurisdicción,
tres ciclos de 3 años c/u (1ero, 2do y 3ero EGB)
tura obligatorios
acadé-
- nivel secundario: polimodal, 3 años mínimo, no
- nivel secundario: 6 o 5 años, según
mica obligatorios
jurisdicción, obligatorios
- nivel superior: terciario, universitario y no
- nivel superior: terciario, universitario y no
universitario, no obligatorio
universitario, no obligatorio.
Contenidos Básicos Comunes o CBC (establecidos Núcleos de Aprendizajes Prioritarios o NAP
por el CFCyE) (establecidos por el CFE)
- fortalecimiento de la identidad nacional,
respetando la diversidad
- recuperación de Islas Malvinas
Conteni-
dos
- memoria colectiva (procesos históricos de
terrorismo de Estado)
- reconocimiento de los Derechos del Niño
- Diversidad cultural de los pueblos indígenas
- Educación Ambiental
- Lengua extranjera en nivel primario
Instituto Nacional de Formación Docente
(INFoD), dependiente del Ministerio de
Forma-
Red Federal de Formación Docente Continua Educación Nacional
ción
Docente (RFFDoC), dependía de cada jurisdicción - planes y programas de formación
- evaluación
- acreditación de instituciones y carreras
22. Gobierno:
Gobierno:
- Consejo de Universidades- C.U. (órgano de
- Consejo de Universidades- C.U. (órgano de
concertación y consulta)
concertación)
P - Consejo Interuniversitario Nacional- C.I.N.
- Consejo Interuniversitario Nacional- C.I.N.
o - Consejo de Rectores de Universidades Privadas-
- Consejo de Rectores de Universidades Privadas-
l C.R.U.P.
C.R.U.P.
í - Consejos Regionales de Planificación de Educación
- Consejos Regionales de Planificación de Educación
t Superior (C.R.P.E.S.)
Superior (C.R.P.E.S.)
i - C.F.C.yE.
- C.F.E.
c
a 1995 se sanciona la ley 24.521 Educación Superior
Garantiza la autonomía (dictar sus propias normas y regirse por ellas, dictar sus propios planes de estudio) y la
u autarquía (administrar los recursos financieros que gira el Estado, sin intervención de este)
n C.U.: Ministro de Educación + Comité Ejecutivo del C.I.N. + Comisión Directiva del C.R.U.P. + Representante
i del C.R.P.E.S. + C.F.C.yE E.
v Co.N.E.A.U: Consejo Nacional de Acreditación y Evaluación Universitaria, formado por 12 miembros, 3 del
e sector universitario (3 CIN + 1 CRUP) y 9 del sector político (1 del PEN + 3 senadores + 3 diputados + 1
r Academia Nac. Educ.)
s 1885- Ley Avellaneda:
i Consagra la autonomía de las universidades (hasta 1955 eran solo 6 Universidades Nacionales)
t 1958- Ley 14.557 “Domingorena”
a Autoriza la creación de universidades privadas (llegaron a ser 50 universidades)
r Ley 17.604 “Ley de Universidades Privadas”
i autoriza el otorgamiento de título habilitante
a 1968- se crean universidades provinciales
1975- se nacionalizan todas las universidades, no se crearon más Universidades Privadas
1995: Ley Educación Superior
23. • Entre 1991 y 1989 se plantearon las bases para un proceso de
transformación educativa, ampliando las funciones de los institutos de
formación docente, organizando y poniendo en marcha una red federal de
planeamiento y gestión de la educación, integrándose a ella el Ministerio
Nacional, los Provinciales y las Universidades Nacionales. Se diseñó
también una reforma curricular de la enseñanza media y de la formación
docente, funciones que todavía conservaba el gobierno Nacional.
• En 1989, los ministros de educación acuerdan un PACTO FEDERAL
EDUCATIVO, que debía asegurar la disponibilidad de recursos necesarios
para el eficaz funcionamiento del sistema.
• En 1983, con el retorno de la democracia, se produce un aumento muy
importante de la matrícula de las escuelas.
• Entre 1976 y 1978 el gobierno de facto transfiere las escuelas primarias
que aún quedaban en poder de la nación (6700), a las provincias, en el
ámbito de asambleas del CNE, acción directa de las provincias, sin ayuda
financiera del Gobierno Nacional.
• En 1970 se deroga la Ley Lainez, que facultaba al Estado Nacional para la
construcción de escuelas en territorio provincial, a pedido explícito de
estas, y donde debían implementarse los lineamientos curriculares de la
Ley 1420 (esto rigió desde 1905).
24. • En 1969 la formación docente es elevada a “formación superior”, ya no se
reciben de maestros al terminar la secundaria
• Entre 1968 y 1970, gobierno de Onganía, se transfieren 680 escuelas
• En 1964 se incorporan a la enseñanza oficial los establecimientos
privados, con autonomía académica
• Entre 1961 y 1962, presidencia de Frondizi, se transfieren 23 escuelas
dependientes del CNE
• Entre 1958 y 1962 se desregula al sector privado, ya no tienen que dar
examen en instituciones públicas, pueden tener sus propios planes de
estudio y administrar los recursos y personal
• En 1958 se crea la SNEP (Superintendencia Nacional de Educación Privada)
organismo que representaba a los sectores privados y presionaba a favor
de sus intereses en detrimento de lo público
• En 1956 comienza el ciclo de transferencias, que culminará en 1978 para
la educación primaria y en 1993 (LFE) para el resto de S.E., exceptuando
la educación superior
• En 1950 se cierra el CNE y se transforma en Dirección de Enseñanza
Primaria
• En 1941 se establece un plan de estudios para la educación
secundaria, Plan Rothe, que establecía contenidos básicos comunes para
los primeros tres años de formación en los Bachilleratos Nacionales, el
Magisterio y el Comercial. Luego seguía un ciclo de dos años de
especialización en las orientaciones elegidas.
25. • En 1949 se reforma la Constitución Nacional, el Estado comparte la
responsabilidad educativa con las familias y los particulares
• Históricamente la educación primaria fue obligatorio, laica, gratuita, la
educación media y superior estuvo reservada para las “elites”, que podían
acceder a niveles más altos de educación
• En 1912, se establece el Plan Garro que determinó un plan de estudios
para los colegios nacionales, diferente de los planes que tenían los
colegios normales, los comerciales y los industriales (las escuelas
nacionales tenían por objetivo la formación de elites homogéneas con
aspiraciones al gobierno)
• Entre 1905 y 1853 (período fundacional) hubo acción directa y exclusiva de
las provincias e indirecta del Estado Nacional, en virtud de las numerosas
leyes que se sancionaron a tal efecto: Ley 1420, que regía para prov. de
Bs. As. y territorios nacionales/ Ley 2797 de subvenciones a las provincias/
Ley 4874 “Lainez” para la construcción de escuelas/ Ley 463
• El Consejo Nacional de Educación (CNE), administraba directamente las
escuelas de Buenos Aires y los territorios nacionales, también las escuelas
que hubiesen sido creadas por la Ley Lainez