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Lic. Romina Martín
      Profesorado de Psicología
Para Educación Media y Superior
        Cátedra Guillermo Ruiz
Conjunto organizado de
    instituciones que, bajo la
regulación del Estado, posibilitan
  el ejercicio del derecho a la
            educación.
•   Unificado
•   Diferenciado
•   Sistematizado
•   Especializado
•   Mixto
Es el gobierno del sistema
educativo, es la distribución de
competencias y atribuciones, entre el
Estado Nacional y las provincias
• Artículo 5
• Artículo 75 inciso 19
Establece que las provincias
deben garantizar la educación
primaria dentro de su
jurisdicción.
Establece que es responsabilidad del
Congreso Nacional dictar planes de
instrucción general y universitaria.
Debe legislar las bases orgánicas del
sistema educativo, en todos sus
niveles y modalidades.
• Respecto a las provincias puede
  tener una acción directa, cuando
  construya escuelas, por ej.
• Y tendrá acciones indirectas a
  través de la asistencia técnica y
  financiera.
• Reforma educativa en curso
• Contexto de sanción: año 2006
•   Crisis político- institucional- económica-
    social y educativa, luego de la aplicación
    de políticas neoliberales.
•   La educación pasa a ser vista como una
    variable de inclusión social de aquellos
    sectores que fueron excluidos del
    sistema.
•   El congreso nacional sanciona una serie
    de leyes que buscan re-centralizar el
    diseño de la política educativa.
• En 2004 Ley de Incentivo Docente y Ley de
  180 días de clase.
• En 2005 Ley de Formación Técnico-
  Profesional.
• En 2006 Ley de Financiamiento Educativo, Ley
  de Educación Sexual.
• La LEN obtuvo mayor consenso, al ser
  incluidos los sectores
  gremiales, especialistas, instituciones, organiz
  aciones sociales, etc. en la redacción del
  proyecto.
• Centralización en el diseño, descentralización
  en la ejecución.
• Ministerio sin escuelas
• Contexto de sanción: año 1993
• Estado en plena
  “restructuración”, desregulación
  económica, flexibilización laboral, ajuste
  fiscal, privatizaciones de servicios públicos.
• Estado ineficiente- Mercado eficaz y racional.
• Los organismos multilaterales de crédito
  “aconsejan” una reforma educativa…
• En 1992 se sanciona “la Ley de
  Transferencias”, que inicia el último ciclo de
  transferencias, que termina de trasladar a las
  provincias las escuelas medias y terciarias, que
  aún pertenecían a la nación.
• El gobierno enviaría los recursos y las
  provincias los administrarían…
  garantizando el federalismo.
• Se profundiza la heterogeneidad y las
  diferencias regionales ya existentes
Ley Federal de Educación                  Ley de Educación Nacional


Autoridades Presidente: Dr. Carlos Menem               Presidente: Dr. Néstor Kirchner
             Ministro de Educ.: Dr. Jorge Rodríguez    Ministro de Educ.: Lic. Daniel Filmus

                                                       Educación como derecho
                                                       Acceso libre y permanencia dentro del S.E.
                                                       Respeto por la diversidad
             Calidad, eficiencia, equidad
Principios                                             Acceso y dominio de tecnologías
             Educación como un bien social
                                                       Condiciones dignas de trabajo, formación,
                                                       materiales, estructurales para docentes y
                                                       alumnos

                                                       Sostiene la transferencia de servicios
                                                       educativos
             Subsidiario: Estado evaluador
                                                       Sostiene la subvención a los privados
             No tiene a su cargo escuelas, no provee
                                                       Políticas de financiamiento compensatorias,
Rol del      servicio educativo (ejecución
                                                       no garantiza igualdad de derechos
Estado       descentralizada)
                                                       Define políticas educativas de promoción de
             Define política educativa y distribuye
                                                       igualdad de derechos y los lineamientos
             financiamiento
                                                       curriculares, controla su implementación y
                                                       evalúa sus resultados
Nacional: PEN a través del Ministerio de
                                                            Educación (hasta el 2007 fue Ministerio de
                                                            Educación, Ciencia y Tecnología, luego se
                                                            desdoblaron en 2 ministerios diferentes)
      Nacional: PEN a través del Ministerio de Cultura y    - fijar políticas y estrategias nacionales,
      Educación                                             acordadas en el CFE. , controla la
      - supervisa y administra el S.E.,                     implementación y evalúa los resultados.
      - establece los objetivos y los CBC, más un espacio   - promover la unidad del S.E., y la
N     para los contenidos propios de c/jurisdicción,        asistencia cuando no pueda garantizarse el
i G   acordados con el CFCyE.                               efectivo ejercicio del derecho
v o   - creación de una red federal para la formación       - Diseño de los Contenidos Curriculares
e b   docente                                               Comunes (CCC) o NAP, que contenidos
l i   - evaluación del S.E.                                 deben ser transmitidos a nivel nacional
e e   - asistencia técnica y financiera                     - Mayor centralidad, para una unificación
s r                                                         del S.E.
  n                                                         - Declarar la Emergencia Educativa.
d o                                                         - Crea el INFOD, (Inst. nacional de
e                                                           Formación Docente)

      Federal: CFCyE: coordinación y planificación de
      acciones e/ Estado Nac. y las prov. (concertar
                                                            Federal: CFE: órgano interjurisdiccional de
      diseños curriculares, modalidades, formas de
                                                            concertación, acuerdo y coordinación de la
      evaluación), validación de títulos, acordar
                                                            política educativa nacional, con menos
      contenidos para la formación docente. Para
                                                            margen para la decisión de las provincias.
      asegurar la unidad y articulación del S.E.,
      unificando criterios entre las jurisdicciones
CFCyE: Ministro del área    CFE: Ministro de Educ. Nacional (1), Ministro de Educ. Provincial,
(1), Ministro provincial    Consejo de Univ. (3)
(1), Consejo de Univ. (3)   - Asamblea Gral. : órgano superior del CFE: ministro de educ. +
- Asamblea Gral.            responsable del área de c/ jurisdicción + 3 C.U. + 2 comisión de educ.
- Comité Ejecutivo          de diputados y senadores (sin voto)
- Secretaría Gral.          - Comité Ejecutivo: ejecuta las acciones adoptadas por la asamblea
Consejos Consultivos:       gral. : ministro de educación + representantes de las regiones que lo
- Económico- Social: org.   componen
empresariales de la         - Secretaría Gral.: coordinación de comisión federal de registro y
producción, la CGT y el     evaluación permanente de la oferta educativa a distancia, la
C.U.                        implementación del fondo de incentivo docente y el programa de
- Técnico- Pedagógico:      compensación salarial
especialistas designados    Consejos Consultivos:
por el CFCyE y              - Políticas Educativas: proponer temas para ser considerados en la
especialistas designados    elaboración de la política educativa, que surjan de la implementación
por el gremio docente de    de la LEN- Formado por: Academia Nac. Educ. + Gremios docentes +
mayor representatividad     representantes de la Educ. Gestión Privada + representantes del C.U.
nacional                    + organizaciones sociales
                            - Económico Social: participar en discusiones sobre educación y el
                            mundo del trabajo y la producción – Formado por: org. empresariales
                            + org. trabajadores + org. no gubernamentales + autoridades del
                            comité ejecutivo del CFE
                            - Actualización Curricular: proponer innovaciones en los contenidos
                            curriculares comunes- Formado por: personalidades de la cultura, la
                            ciencia, la técnica, el mundo del trabajo y la producción, designados
                            por el ministerio de educ. en acuerdo con el CFE
Jurisdiccional: Gobiernos Provinciales y
             CABA.                                           Jurisdiccional: administración de los respectivos
             - organizar y administrar el S.E.               S.E., aplicación de las resoluciones del CFE,
             correspondiente a su jurisdicción               pueden definirse además otros contenidos
             - implementación de las resoluciones            curriculares acordes a su realidad
             acordadas en el CFCyE                           - aprobar el curriculum de los diferentes niveles
             - elaboración de los PEI (proyectos             y modalidades, según lo acordado en el CFE
             educativos institucionales), que toman lo       - elaboración de los PEI, conforme los
             elaborado a nivel nac. y prov. y lo             lineamientos establecidos por la nación y la
             enriquecen con lo propiamente regional          provincia.



Carácter
de las
             Concertadas (“federal”)                         Obligatorias, vinculantes (“nacional”)
resolucio-
nes
             Consagra un solo Sistema Educativo con dos
             tipos de gestiones: pública y privada
             - pueden formular planes y programas de
             estudio propios y otorgar títulos reconocidos   Mantiene las denominaciones, incorpora a las
Educación
             (art. 36)                                       organizaciones sociales y cooperativas con la
privada
             - pueden recibir subvención estatal (art. 37)   capacidad de ofrecer servicio educativo
             - para garantizar el “derecho de enseñar”
             (art. 5)
10 años de obligatoriedad
                                                              13 años de obligatoriedad
           - nivel inicial: 3 años, último año obligatorio
                                                              - nivel inicial: 3 años, último año obligatorio
           - nivel primario: educación general básica, en
Estruc-                                                       - nivel primario: 6 o 7 años, según jurisdicción,
           tres ciclos de 3 años c/u (1ero, 2do y 3ero EGB)
tura                                                          obligatorios
acadé-
           - nivel secundario: polimodal, 3 años mínimo, no
                                                              - nivel secundario: 6 o 5 años, según
mica       obligatorios
                                                              jurisdicción, obligatorios
           - nivel superior: terciario, universitario y no
                                                              - nivel superior: terciario, universitario y no
           universitario, no obligatorio
                                                              universitario, no obligatorio.

           Contenidos Básicos Comunes o CBC (establecidos Núcleos de Aprendizajes Prioritarios o NAP
           por el CFCyE)                                  (establecidos por el CFE)
                                                          - fortalecimiento de la identidad nacional,
                                                          respetando la diversidad
                                                          - recuperación de Islas Malvinas
Conteni-
dos
                                                          - memoria colectiva (procesos históricos de
                                                          terrorismo de Estado)
                                                          - reconocimiento de los Derechos del Niño
                                                          - Diversidad cultural de los pueblos indígenas
                                                          - Educación Ambiental
                                                          - Lengua extranjera en nivel primario
                                                              Instituto Nacional de Formación Docente
                                                              (INFoD), dependiente del Ministerio de
Forma-
           Red Federal de Formación Docente Continua          Educación Nacional
ción
Docente    (RFFDoC), dependía de cada jurisdicción            - planes y programas de formación
                                                              - evaluación
                                                              - acreditación de instituciones y carreras
Gobierno:
                                                               Gobierno:
    - Consejo de Universidades- C.U. (órgano de
                                                               - Consejo de Universidades- C.U. (órgano de
    concertación y consulta)
                                                               concertación)
P   - Consejo Interuniversitario Nacional- C.I.N.
                                                               - Consejo Interuniversitario Nacional- C.I.N.
o   - Consejo de Rectores de Universidades Privadas-
                                                               - Consejo de Rectores de Universidades Privadas-
l   C.R.U.P.
                                                               C.R.U.P.
í   - Consejos Regionales de Planificación de Educación
                                                               - Consejos Regionales de Planificación de Educación
t   Superior (C.R.P.E.S.)
                                                               Superior (C.R.P.E.S.)
i   - C.F.C.yE.
                                                               - C.F.E.
c
a   1995 se sanciona la ley 24.521 Educación Superior
    Garantiza la autonomía (dictar sus propias normas y regirse por ellas, dictar sus propios planes de estudio) y la
u   autarquía (administrar los recursos financieros que gira el Estado, sin intervención de este)
n   C.U.: Ministro de Educación + Comité Ejecutivo del C.I.N. + Comisión Directiva del C.R.U.P. + Representante
i   del C.R.P.E.S. + C.F.C.yE E.
v   Co.N.E.A.U: Consejo Nacional de Acreditación y Evaluación Universitaria, formado por 12 miembros, 3 del
e   sector universitario (3 CIN + 1 CRUP) y 9 del sector político (1 del PEN + 3 senadores + 3 diputados + 1
r   Academia Nac. Educ.)
s   1885- Ley Avellaneda:
i   Consagra la autonomía de las universidades (hasta 1955 eran solo 6 Universidades Nacionales)
t   1958- Ley 14.557 “Domingorena”
a   Autoriza la creación de universidades privadas (llegaron a ser 50 universidades)
r   Ley 17.604 “Ley de Universidades Privadas”
i   autoriza el otorgamiento de título habilitante
a   1968- se crean universidades provinciales
    1975- se nacionalizan todas las universidades, no se crearon más Universidades Privadas
    1995: Ley Educación Superior
• Entre 1991 y 1989 se plantearon las bases para un proceso de
  transformación educativa, ampliando las funciones de los institutos de
  formación docente, organizando y poniendo en marcha una red federal de
  planeamiento y gestión de la educación, integrándose a ella el Ministerio
  Nacional, los Provinciales y las Universidades Nacionales. Se diseñó
  también una reforma curricular de la enseñanza media y de la formación
  docente, funciones que todavía conservaba el gobierno Nacional.
• En 1989, los ministros de educación acuerdan un PACTO FEDERAL
  EDUCATIVO, que debía asegurar la disponibilidad de recursos necesarios
  para el eficaz funcionamiento del sistema.
• En 1983, con el retorno de la democracia, se produce un aumento muy
  importante de la matrícula de las escuelas.
• Entre 1976 y 1978 el gobierno de facto transfiere las escuelas primarias
  que aún quedaban en poder de la nación (6700), a las provincias, en el
  ámbito de asambleas del CNE, acción directa de las provincias, sin ayuda
  financiera del Gobierno Nacional.
• En 1970 se deroga la Ley Lainez, que facultaba al Estado Nacional para la
  construcción de escuelas en territorio provincial, a pedido explícito de
  estas, y donde debían implementarse los lineamientos curriculares de la
  Ley 1420 (esto rigió desde 1905).
• En 1969 la formación docente es elevada a “formación superior”, ya no se
  reciben de maestros al terminar la secundaria
• Entre 1968 y 1970, gobierno de Onganía, se transfieren 680 escuelas
• En 1964 se incorporan a la enseñanza oficial los establecimientos
  privados, con autonomía académica
• Entre 1961 y 1962, presidencia de Frondizi, se transfieren 23 escuelas
  dependientes del CNE
• Entre 1958 y 1962 se desregula al sector privado, ya no tienen que dar
  examen en instituciones públicas, pueden tener sus propios planes de
  estudio y administrar los recursos y personal
• En 1958 se crea la SNEP (Superintendencia Nacional de Educación Privada)
  organismo que representaba a los sectores privados y presionaba a favor
  de sus intereses en detrimento de lo público
• En 1956 comienza el ciclo de transferencias, que culminará en 1978 para
  la educación primaria y en 1993 (LFE) para el resto de S.E., exceptuando
  la educación superior
• En 1950 se cierra el CNE y se transforma en Dirección de Enseñanza
  Primaria
• En 1941 se establece un plan de estudios para la educación
  secundaria, Plan Rothe, que establecía contenidos básicos comunes para
  los primeros tres años de formación en los Bachilleratos Nacionales, el
  Magisterio y el Comercial. Luego seguía un ciclo de dos años de
  especialización en las orientaciones elegidas.
• En 1949 se reforma la Constitución Nacional, el Estado comparte la
  responsabilidad educativa con las familias y los particulares
• Históricamente la educación primaria fue obligatorio, laica, gratuita, la
  educación media y superior estuvo reservada para las “elites”, que podían
  acceder a niveles más altos de educación
• En 1912, se establece el Plan Garro que determinó un plan de estudios
  para los colegios nacionales, diferente de los planes que tenían los
  colegios normales, los comerciales y los industriales (las escuelas
  nacionales tenían por objetivo la formación de elites homogéneas con
  aspiraciones al gobierno)
• Entre 1905 y 1853 (período fundacional) hubo acción directa y exclusiva de
  las provincias e indirecta del Estado Nacional, en virtud de las numerosas
  leyes que se sancionaron a tal efecto: Ley 1420, que regía para prov. de
  Bs. As. y territorios nacionales/ Ley 2797 de subvenciones a las provincias/
  Ley 4874 “Lainez” para la construcción de escuelas/ Ley 463
• El Consejo Nacional de Educación (CNE), administraba directamente las
  escuelas de Buenos Aires y los territorios nacionales, también las escuelas
  que hubiesen sido creadas por la Ley Lainez
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Final cátedra ruiz

  • 1. Lic. Romina Martín Profesorado de Psicología Para Educación Media y Superior Cátedra Guillermo Ruiz
  • 2. Conjunto organizado de instituciones que, bajo la regulación del Estado, posibilitan el ejercicio del derecho a la educación.
  • 3. Unificado • Diferenciado • Sistematizado • Especializado • Mixto
  • 4. Es el gobierno del sistema educativo, es la distribución de competencias y atribuciones, entre el Estado Nacional y las provincias
  • 5.
  • 6. • Artículo 5 • Artículo 75 inciso 19
  • 7. Establece que las provincias deben garantizar la educación primaria dentro de su jurisdicción.
  • 8. Establece que es responsabilidad del Congreso Nacional dictar planes de instrucción general y universitaria. Debe legislar las bases orgánicas del sistema educativo, en todos sus niveles y modalidades.
  • 9. • Respecto a las provincias puede tener una acción directa, cuando construya escuelas, por ej. • Y tendrá acciones indirectas a través de la asistencia técnica y financiera.
  • 10.
  • 11. • Reforma educativa en curso • Contexto de sanción: año 2006
  • 12. Crisis político- institucional- económica- social y educativa, luego de la aplicación de políticas neoliberales. • La educación pasa a ser vista como una variable de inclusión social de aquellos sectores que fueron excluidos del sistema. • El congreso nacional sanciona una serie de leyes que buscan re-centralizar el diseño de la política educativa.
  • 13. • En 2004 Ley de Incentivo Docente y Ley de 180 días de clase. • En 2005 Ley de Formación Técnico- Profesional. • En 2006 Ley de Financiamiento Educativo, Ley de Educación Sexual. • La LEN obtuvo mayor consenso, al ser incluidos los sectores gremiales, especialistas, instituciones, organiz aciones sociales, etc. en la redacción del proyecto. • Centralización en el diseño, descentralización en la ejecución. • Ministerio sin escuelas
  • 14. • Contexto de sanción: año 1993
  • 15. • Estado en plena “restructuración”, desregulación económica, flexibilización laboral, ajuste fiscal, privatizaciones de servicios públicos. • Estado ineficiente- Mercado eficaz y racional. • Los organismos multilaterales de crédito “aconsejan” una reforma educativa… • En 1992 se sanciona “la Ley de Transferencias”, que inicia el último ciclo de transferencias, que termina de trasladar a las provincias las escuelas medias y terciarias, que aún pertenecían a la nación.
  • 16. • El gobierno enviaría los recursos y las provincias los administrarían… garantizando el federalismo. • Se profundiza la heterogeneidad y las diferencias regionales ya existentes
  • 17. Ley Federal de Educación Ley de Educación Nacional Autoridades Presidente: Dr. Carlos Menem Presidente: Dr. Néstor Kirchner Ministro de Educ.: Dr. Jorge Rodríguez Ministro de Educ.: Lic. Daniel Filmus Educación como derecho Acceso libre y permanencia dentro del S.E. Respeto por la diversidad Calidad, eficiencia, equidad Principios Acceso y dominio de tecnologías Educación como un bien social Condiciones dignas de trabajo, formación, materiales, estructurales para docentes y alumnos Sostiene la transferencia de servicios educativos Subsidiario: Estado evaluador Sostiene la subvención a los privados No tiene a su cargo escuelas, no provee Políticas de financiamiento compensatorias, Rol del servicio educativo (ejecución no garantiza igualdad de derechos Estado descentralizada) Define políticas educativas de promoción de Define política educativa y distribuye igualdad de derechos y los lineamientos financiamiento curriculares, controla su implementación y evalúa sus resultados
  • 18. Nacional: PEN a través del Ministerio de Educación (hasta el 2007 fue Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, luego se desdoblaron en 2 ministerios diferentes) Nacional: PEN a través del Ministerio de Cultura y - fijar políticas y estrategias nacionales, Educación acordadas en el CFE. , controla la - supervisa y administra el S.E., implementación y evalúa los resultados. - establece los objetivos y los CBC, más un espacio - promover la unidad del S.E., y la N para los contenidos propios de c/jurisdicción, asistencia cuando no pueda garantizarse el i G acordados con el CFCyE. efectivo ejercicio del derecho v o - creación de una red federal para la formación - Diseño de los Contenidos Curriculares e b docente Comunes (CCC) o NAP, que contenidos l i - evaluación del S.E. deben ser transmitidos a nivel nacional e e - asistencia técnica y financiera - Mayor centralidad, para una unificación s r del S.E. n - Declarar la Emergencia Educativa. d o - Crea el INFOD, (Inst. nacional de e Formación Docente) Federal: CFCyE: coordinación y planificación de acciones e/ Estado Nac. y las prov. (concertar Federal: CFE: órgano interjurisdiccional de diseños curriculares, modalidades, formas de concertación, acuerdo y coordinación de la evaluación), validación de títulos, acordar política educativa nacional, con menos contenidos para la formación docente. Para margen para la decisión de las provincias. asegurar la unidad y articulación del S.E., unificando criterios entre las jurisdicciones
  • 19. CFCyE: Ministro del área CFE: Ministro de Educ. Nacional (1), Ministro de Educ. Provincial, (1), Ministro provincial Consejo de Univ. (3) (1), Consejo de Univ. (3) - Asamblea Gral. : órgano superior del CFE: ministro de educ. + - Asamblea Gral. responsable del área de c/ jurisdicción + 3 C.U. + 2 comisión de educ. - Comité Ejecutivo de diputados y senadores (sin voto) - Secretaría Gral. - Comité Ejecutivo: ejecuta las acciones adoptadas por la asamblea Consejos Consultivos: gral. : ministro de educación + representantes de las regiones que lo - Económico- Social: org. componen empresariales de la - Secretaría Gral.: coordinación de comisión federal de registro y producción, la CGT y el evaluación permanente de la oferta educativa a distancia, la C.U. implementación del fondo de incentivo docente y el programa de - Técnico- Pedagógico: compensación salarial especialistas designados Consejos Consultivos: por el CFCyE y - Políticas Educativas: proponer temas para ser considerados en la especialistas designados elaboración de la política educativa, que surjan de la implementación por el gremio docente de de la LEN- Formado por: Academia Nac. Educ. + Gremios docentes + mayor representatividad representantes de la Educ. Gestión Privada + representantes del C.U. nacional + organizaciones sociales - Económico Social: participar en discusiones sobre educación y el mundo del trabajo y la producción – Formado por: org. empresariales + org. trabajadores + org. no gubernamentales + autoridades del comité ejecutivo del CFE - Actualización Curricular: proponer innovaciones en los contenidos curriculares comunes- Formado por: personalidades de la cultura, la ciencia, la técnica, el mundo del trabajo y la producción, designados por el ministerio de educ. en acuerdo con el CFE
  • 20. Jurisdiccional: Gobiernos Provinciales y CABA. Jurisdiccional: administración de los respectivos - organizar y administrar el S.E. S.E., aplicación de las resoluciones del CFE, correspondiente a su jurisdicción pueden definirse además otros contenidos - implementación de las resoluciones curriculares acordes a su realidad acordadas en el CFCyE - aprobar el curriculum de los diferentes niveles - elaboración de los PEI (proyectos y modalidades, según lo acordado en el CFE educativos institucionales), que toman lo - elaboración de los PEI, conforme los elaborado a nivel nac. y prov. y lo lineamientos establecidos por la nación y la enriquecen con lo propiamente regional provincia. Carácter de las Concertadas (“federal”) Obligatorias, vinculantes (“nacional”) resolucio- nes Consagra un solo Sistema Educativo con dos tipos de gestiones: pública y privada - pueden formular planes y programas de estudio propios y otorgar títulos reconocidos Mantiene las denominaciones, incorpora a las Educación (art. 36) organizaciones sociales y cooperativas con la privada - pueden recibir subvención estatal (art. 37) capacidad de ofrecer servicio educativo - para garantizar el “derecho de enseñar” (art. 5)
  • 21. 10 años de obligatoriedad 13 años de obligatoriedad - nivel inicial: 3 años, último año obligatorio - nivel inicial: 3 años, último año obligatorio - nivel primario: educación general básica, en Estruc- - nivel primario: 6 o 7 años, según jurisdicción, tres ciclos de 3 años c/u (1ero, 2do y 3ero EGB) tura obligatorios acadé- - nivel secundario: polimodal, 3 años mínimo, no - nivel secundario: 6 o 5 años, según mica obligatorios jurisdicción, obligatorios - nivel superior: terciario, universitario y no - nivel superior: terciario, universitario y no universitario, no obligatorio universitario, no obligatorio. Contenidos Básicos Comunes o CBC (establecidos Núcleos de Aprendizajes Prioritarios o NAP por el CFCyE) (establecidos por el CFE) - fortalecimiento de la identidad nacional, respetando la diversidad - recuperación de Islas Malvinas Conteni- dos - memoria colectiva (procesos históricos de terrorismo de Estado) - reconocimiento de los Derechos del Niño - Diversidad cultural de los pueblos indígenas - Educación Ambiental - Lengua extranjera en nivel primario Instituto Nacional de Formación Docente (INFoD), dependiente del Ministerio de Forma- Red Federal de Formación Docente Continua Educación Nacional ción Docente (RFFDoC), dependía de cada jurisdicción - planes y programas de formación - evaluación - acreditación de instituciones y carreras
  • 22. Gobierno: Gobierno: - Consejo de Universidades- C.U. (órgano de - Consejo de Universidades- C.U. (órgano de concertación y consulta) concertación) P - Consejo Interuniversitario Nacional- C.I.N. - Consejo Interuniversitario Nacional- C.I.N. o - Consejo de Rectores de Universidades Privadas- - Consejo de Rectores de Universidades Privadas- l C.R.U.P. C.R.U.P. í - Consejos Regionales de Planificación de Educación - Consejos Regionales de Planificación de Educación t Superior (C.R.P.E.S.) Superior (C.R.P.E.S.) i - C.F.C.yE. - C.F.E. c a 1995 se sanciona la ley 24.521 Educación Superior Garantiza la autonomía (dictar sus propias normas y regirse por ellas, dictar sus propios planes de estudio) y la u autarquía (administrar los recursos financieros que gira el Estado, sin intervención de este) n C.U.: Ministro de Educación + Comité Ejecutivo del C.I.N. + Comisión Directiva del C.R.U.P. + Representante i del C.R.P.E.S. + C.F.C.yE E. v Co.N.E.A.U: Consejo Nacional de Acreditación y Evaluación Universitaria, formado por 12 miembros, 3 del e sector universitario (3 CIN + 1 CRUP) y 9 del sector político (1 del PEN + 3 senadores + 3 diputados + 1 r Academia Nac. Educ.) s 1885- Ley Avellaneda: i Consagra la autonomía de las universidades (hasta 1955 eran solo 6 Universidades Nacionales) t 1958- Ley 14.557 “Domingorena” a Autoriza la creación de universidades privadas (llegaron a ser 50 universidades) r Ley 17.604 “Ley de Universidades Privadas” i autoriza el otorgamiento de título habilitante a 1968- se crean universidades provinciales 1975- se nacionalizan todas las universidades, no se crearon más Universidades Privadas 1995: Ley Educación Superior
  • 23. • Entre 1991 y 1989 se plantearon las bases para un proceso de transformación educativa, ampliando las funciones de los institutos de formación docente, organizando y poniendo en marcha una red federal de planeamiento y gestión de la educación, integrándose a ella el Ministerio Nacional, los Provinciales y las Universidades Nacionales. Se diseñó también una reforma curricular de la enseñanza media y de la formación docente, funciones que todavía conservaba el gobierno Nacional. • En 1989, los ministros de educación acuerdan un PACTO FEDERAL EDUCATIVO, que debía asegurar la disponibilidad de recursos necesarios para el eficaz funcionamiento del sistema. • En 1983, con el retorno de la democracia, se produce un aumento muy importante de la matrícula de las escuelas. • Entre 1976 y 1978 el gobierno de facto transfiere las escuelas primarias que aún quedaban en poder de la nación (6700), a las provincias, en el ámbito de asambleas del CNE, acción directa de las provincias, sin ayuda financiera del Gobierno Nacional. • En 1970 se deroga la Ley Lainez, que facultaba al Estado Nacional para la construcción de escuelas en territorio provincial, a pedido explícito de estas, y donde debían implementarse los lineamientos curriculares de la Ley 1420 (esto rigió desde 1905).
  • 24. • En 1969 la formación docente es elevada a “formación superior”, ya no se reciben de maestros al terminar la secundaria • Entre 1968 y 1970, gobierno de Onganía, se transfieren 680 escuelas • En 1964 se incorporan a la enseñanza oficial los establecimientos privados, con autonomía académica • Entre 1961 y 1962, presidencia de Frondizi, se transfieren 23 escuelas dependientes del CNE • Entre 1958 y 1962 se desregula al sector privado, ya no tienen que dar examen en instituciones públicas, pueden tener sus propios planes de estudio y administrar los recursos y personal • En 1958 se crea la SNEP (Superintendencia Nacional de Educación Privada) organismo que representaba a los sectores privados y presionaba a favor de sus intereses en detrimento de lo público • En 1956 comienza el ciclo de transferencias, que culminará en 1978 para la educación primaria y en 1993 (LFE) para el resto de S.E., exceptuando la educación superior • En 1950 se cierra el CNE y se transforma en Dirección de Enseñanza Primaria • En 1941 se establece un plan de estudios para la educación secundaria, Plan Rothe, que establecía contenidos básicos comunes para los primeros tres años de formación en los Bachilleratos Nacionales, el Magisterio y el Comercial. Luego seguía un ciclo de dos años de especialización en las orientaciones elegidas.
  • 25. • En 1949 se reforma la Constitución Nacional, el Estado comparte la responsabilidad educativa con las familias y los particulares • Históricamente la educación primaria fue obligatorio, laica, gratuita, la educación media y superior estuvo reservada para las “elites”, que podían acceder a niveles más altos de educación • En 1912, se establece el Plan Garro que determinó un plan de estudios para los colegios nacionales, diferente de los planes que tenían los colegios normales, los comerciales y los industriales (las escuelas nacionales tenían por objetivo la formación de elites homogéneas con aspiraciones al gobierno) • Entre 1905 y 1853 (período fundacional) hubo acción directa y exclusiva de las provincias e indirecta del Estado Nacional, en virtud de las numerosas leyes que se sancionaron a tal efecto: Ley 1420, que regía para prov. de Bs. As. y territorios nacionales/ Ley 2797 de subvenciones a las provincias/ Ley 4874 “Lainez” para la construcción de escuelas/ Ley 463 • El Consejo Nacional de Educación (CNE), administraba directamente las escuelas de Buenos Aires y los territorios nacionales, también las escuelas que hubiesen sido creadas por la Ley Lainez