Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Procedimiento de fiscalizacion y determinacion
1. • 1) Providencia
administrativa,
debidamente notificada al
tenor de lo pautado en el
art. 178 del COT
• 2)Se intuye expediente
administrativo, el cual
contendrá las actuaciones
practicadas, luego se
levanta a acta fiscal (art 183
COT) deberá ser notificada
3) Se emplaza al sujeto
Pasivo a pagar dentro de
los 15. d. h sig a la
notificación, a tenor de lo
pautado en el
art 185 del COT
4) Si el contribuyente no
Cancela, se apertura el
sumario administrativo de
conformidad con lo
establecido en el art 188
COT
• 5) Una vez aperturado el
sumario administrativo, el
contribuyente dispone de
25 días hab. Para promover
pruebas
art. 25 COT
• 6) Vencido por el lapso
anterior siempre que se
haya promovido pruebas se
apertura un lapso d 15 días
hab. Para la evacuación de
pruebas, prorrogable según
lo dispuesto en el
art 189 COT
• 7) Vencido el lapso anterior,
la administración dictara
una resolución
culminatoria, que deberá
cumplir con los extremos
del art. 191 COT
• 8) La administración
dispondrá de un año como
máximo para decidir, desde
el vencimiento del lapso
para presentar escrito de
descargo (art 192 del COT
9) Una vez notificada la
resolución y dentro de los
25 días hábiles siguientes,
el contribuyente puede
recurrir bien en vía
administrativa o en sede
judicial art. 25 COT
PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACION Y
DETERMINACION
DERECHO TRIBUTARIO VENEZOLANO Yelitzi Chaparro