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USMP – FACULTAD DE DERECHO
CURSO: DERECHO LABORAL II
PROFESOR: CARLOS M. CARDÓ
1
ORIGEN
2
ORIGEN
3
NEGOCIACIÓN Y CONVENIO COLECTIVO
4
SOLUCIÓN AL CONFLICTO
5
CUESTIONES TERMINOLÓGICAS
6
OIT: CONVENIO COLECTIVO
7
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO
8
ARTÍCULO 41º DEL T.U.O. DEL DECRETO LEY Nº 25593, LEY DE RELACIONES
COLECTIVAS DE TRABAJO, APROBADO POR EL DECRETO SUPREMO Nº 010-2003-TR
“LA CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO ES EL ACUERDO DESTINADO A REGULAR LAS
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A LAS RELACIONES ENTRE TRABAJADORES Y EMPLEADORES, CELEBRADO DE UNA PARTE, POR
UNA O VARIAS ORGANIZACIONES SINDICALES DE TRABAJADORES Y, DE LA OTRA POR UN
EMPLEADOR, UN GRUPO DE EMPLEADORES O VARIAS ORGANIZACIONES DE EMPLEADORES”.
9
PARTES
SON PARTE DEL CONVENIO COLECTIVO
QUIENES LO NEGOCIAN Y SUSCRIBEN
OSTENTANDO LA REPRESENTACIÓN DE LOS
INTERESES DE LOS EMPRESARIOS Y
TRABAJADORES INCLUIDOS EN LA UNIDAD
DE CONTRATACIÓN.
10
INICIATIVA Y OBLIGACIÓN DE NEGOCIAR
LA INICIATIVA CORRESPONDE A LA
PARTE LABORAL Y SED EJERCITA
MEDIANTE UNA PROPUESTA
ESCRITA Y RAZONADA QUE
CONTIENE LOS PUNTOS
FUNDAMENTALES QUE HAN DE
SER OBJETO DE DELIBERACIÓN.
LAS PARTES NO PUEDEN SER
OBLIGADAS A CONVENIR, PERO SÍ
A NEGOCIAR DE BUENA FE, CON
EL ÁNIMO DE LLEGAR A UN
CONVENIO.
11
FUERZA VINCULANTE
ARTÍCULO 28º DE LA
CONSTITUCIÓN DE 1993
LA CONVENCIÓN COLECTIVA
TIENE FUERZA VINCULANTE EN
EL ÁMBITO DE LO CONCERTADO.
ARTÍCULO 42º DE LA LRCT
EL CONVENIO COLECTIVO TIENE FUERZA VINCULANTE PARA LAS PARTES QUE
LO ADOPTARON, ES DECIR, OBLIGA A ÉSTAS, A LAS PERSONAS EN CUYO
NOMBRE SE CELEBRÓ Y A QUIENES LES SEA APLICABLE, ASÍ COMO A LOS
TRABAJADORES QUE SE INCORPOREN CON POSTERIORIDAD A LAS EMPRESAS
COMPRENDIDAS EN DICHO CONVENIO, CON EXCEPCIÓN DE QUIENES
OCUPAN PUESTOS DE DIRECCIÓN O DESEMPEÑAN CARGOS DE CONFIANZA.
12
FUERZA VINCULANTE
LAS PARTES PUEDEN
PACTAR EN DICHAS
CONVENCIONES EL
ALCANCE, LAS
LIMITACIONES O
EXCLUSIONES QUE
AUTÓNOMAMENTE
ACUERDEN.
NO SE AGOTA EN LA
SIMPLE OBLIGATORIEDAD
DE LAS DISPOSICIONES
PACTADAS EN EL
CONVENIO COLECTIVO,
IMPLICA, ADEMÁS, EL
RECONOCIMIENTO DEL
MISMO COMO UNA
NORMA JURÍDICA.
13
EFECTOS DEL CONVENIO COLECTIVO
14
NATURALEZA NORMATIVA DEL CONVENIO COLECTIVO
ARTÍCULO 43º DE LA LRCT ESTABLECE
DOS CARACTERÍSTICAS ADICIONALES
QUE CONFIRMAN LA NATURALEZA
NORMATIVA DEL CONVENIO
COLECTIVO.
(I) LAS CLÁUSULAS NORMATIVAS
MODIFICAN AUTOMÁTICAMENTE LAS
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(II) CONSTITUYEN DERECHO
NECESARIO RELATIVO PARA LOS
CONTRATOS DE TRABAJO, LOS CUALES
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BENEFICIOS MENORES A LOS
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15
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DE NORMAS LEGALES DEL DIARIO OFICIAL EL PERUANO
16
ALCANCE DEL CONVENIO COLECTIVO
17
CONVENIO COLECTIVO DE RAMA DE ACTIVIDAD
CONVENIO COLECTIVOS TENDRÁ EFECTOS GENERALES
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18
NEGOCIACIÓN ARTICULADA
19
NEGOCIACIÓN ARTICULADA
20
CARACTERÍSTICAS DEL CONVENIO COLECTIVO (LRCT. ART. 43°)
MODIFICA DE PLENO DERECHO LOS ASPECTOS DE LA RELACIÓN DE TRABAJO QUE SON REGULADOS EN
ELLA.
RIGE DESDE EL DÍA SIGUIENTE AL DE CADUCIDAD DE LA CONVENCIÓN ANTERIOR.
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EN CASO DE FUSIÓN, TRASPASO, VENTA, CAMBIO DE GIRO DE NEGOCIO U OTRAS FIGURAS SIMILARES,
LA CONVENCIÓN COLECTIVA CONTINUA VIGENTE HASTA EL VENCIMIENTO DE SU PLAZO.
21
CLASES DE CLÁUSULAS
NORMATIVAS:
AQUELLAS QUE SE INCORPORAN
AUTOMÁTICAMENTE A LOS
CONTRATOS INDIVIDUALES DE
TRABAJO Y LAS QUE ASEGURAN
O PROTEGEN SU CUMPLIMIENTO.
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22
CLASES DE CLÁUSULAS
OBLIGACIONALES:
ESTABLECEN DERECHOS Y
DEBERES DE NATURALEZA
COLECTIVA LABORAL ENTRE LAS
PARTES DEL CONVENIO.
SE INTERPRETAN SEGÚN LAS
REGLAS DE LOS CONTRATOS.
POR EJEMPLO, LA CLÁUSULA
POR LA QUE SE ESTABLECE LA
OBLIGACIÓN DEL EMPLEADOR
DE OTORGAR AL SINDICATO UN
LOCAL PARA SUS REUNIONES.
23
CLASES DE CLÁUSULAS
DELIMITADORAS:
DESTINADAS A REGULAR EL
ÁMBITO Y VIGENCIA DEL
CONVENIO COLECTIVO.
SE INTERPRETAN SEGÚN LAS
REGLAS DE LOS CONTRATOS.
POR EJEMPLO, LA CLÁUSULA QUE
ESTABLECE EL PLAZO DE VIGENCIA
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TRABAJADORES A LOS CUALES
DEBEN APLICARSE LAS
DISPOSICIONES DEL MISMO.
24
JERARQUÍA NORMATIVA DEL CONVENIO COLECTIVO
25
JERARQUÍA NORMATIVA DEL CONVENIO COLECTIVO
26
JERARQUÍA NORMATIVA DEL CONVENIO COLECTIVO
27
MODEDLO DE CONVENIO COLECTIVO
CONVENIO COLECTIVO CELEBRADO ENTRE …………………………. Y LA ORGANIZACIÓN SINDICAL …………………………………….
En Lima, a los …. días del mes de …. del 200.., en …………………………………………, se reunieron de una parte y en representación de ……………………………. (en lo sucesivo LA EMPRESA), don …………………………………., identificado con
DNI Nº ……………………….., y de la otra parte y en representación de …………………………………………….., los señores miembros de la Comisión de Negociación ……………………………….., identificado con DNI Nº ……………………………….,
…………………………………, identificado con DNI Nº ……………………….., ………………………………………………, identificado con DNI Nº ………………………………….. y ……………………………………., identificado con DNI N° …………………………. Se deja
constancia que el número de expediente asignado en el Ministerio de Trabajo y Promoción Social a la presente negociación colectiva es el expediente N° ………………………………………….
Luego de amplias deliberaciones, las partes convienen en celebrar el presente convenio colectivo.
PRIMERO: ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente convenio colectivo es aplicable a todo el personal de LA EMPRESA que al … de …….. del 200… cuenten con vínculo laboral vigente y que haya superado el período de prueba, con excepción de personal de
dirección y de confianza, conforme a lo dispuesto por el artículo 34° del Decreto Supremo N° 011-92-TR, Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo.
SEGUNDO: AUMENTO GENERAL
Con efectividad a partir del … de marzo del 200.., LA EMPRESA conviene en otorgar a los trabajadores comprendidos en la presente convención colectiva un incremento único de remuneraciones ascendente a la suma de S/.
….. diarios, el cual será incorporado en su salario básico.
Este incremento formará parte de cualquier incremento de remuneraciones dispuesto por el Gobierno Central a favor de los trabajadores del régimen común de la actividad privada, aún cuando éste sea otorgado a favor de
los trabajadores sujetos a negociación colectiva.
TERCERO : BONIFICACIÓN POR RETORNO DE VACACIONES
LA EMPRESA conviene en otorgar a los trabajadores comprendidos en la presente convención colectiva una bonificación por retorno de vacaciones equivalente a ………………...
CUARTO : UNIFORMES DE TRABAJO
Las partes acuerdan que es de cargo de LA EMPRESA otorgar una vez al año, con carácter permanente, un uniforme compuesto de: … camisas, …. pantalones, ….. polos y …. botines, obligándose los trabajadores a usarlos
durante la jornada de trabajo.
Asimismo, LA EMPRESA se compromete a hacer entrega de los uniformes de trabajo que a la fecha aún no hayan sido entregados a los trabajadores, en cumplimiento del convenio colectivo del año 200…-200….
QUINTO : ASIGNACIÓN POR FALLECIMIENTO
LA EMPRESA conviene en otorgar a los trabajadores comprendidos en la presente convención colectiva o a sus herederos, según sea el caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19° inciso g) del Decreto
Legislativo 650 una asignación por fallecimiento; en caso de fallecimiento del hijo, cónyuge o conviviente del trabajador la suma de ……………………………. Nuevos Soles y de producirse el deceso del padre o madre del
trabajador, la suma de S/. …………………………. Nuevos Soles.
28
MODELO DE CONVENIO COLECTIVO
SEXTO: PERMISO POR FALLECIMIENTO
LA EMPRESA conviene en otorgar a los traabajadores comprendidos en la presente convención colectiva, en caso de fallecimiento del padre, madre, hijo, cónyuge o conviviente del trabajador, licencia con goce de haber de
… días si el deceso se produce en el departamento de Lima o Provincia Constitucional del Callao y ……días si el deceso se produce en cualquier otro Departamento del País. Sin embargo, en virtud de consideraciones
especiales, LA EMPRESA podrá extender el plazo del permiso de acuerdo a las características de cada caso.
SETIMO : LICENCIA PARA ATENCIÓN MÉDICA
LA EMPRESA conviene en otorgar a los trabajadores comprendidos en la presente convención colectiva, licencia con goce de haber para su atención en el Instituto Peruano de Seguridad Social en caso de enfermedad
debidamente comprobada.
OCTAVO: ASIGNACIÓN DE MOVILIDAD POR TRABAJO NOCTURNO
LA EMPRESA conviene en otorgar a los trabajadores comprendidos en la presente convención colectiva que laboran de 3.00 p.m. a 11.00 p.m. y de 11.00 p.m. a 7.00 a.m., de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 19°
inciso e) del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 650, una bonificación por movilidad ascendente a la suma de S/. ….. Nuevos Soles) por cada día de prestación de servicios.
NOVENO : ASIGNACIÓN POR EDUCACIÓN
LA EMPRESA conviene abonar a los trabajadores comprendidos en la presente convención colectiva, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 19° inciso e) del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 650, una
asignación por educación inicial, primaria y secundaria ascendente a la suma de S/. ………….. Nuevos Soles anuales, por cada hijo menor de 18 años que curse estudio escolares. Para tener derecho al presente beneficio el
trabajador deberá presentar a LA EMPRESA la constancia de matrícula correspondiente por cada uno de los hijos beneficiarios.
DÉCIMO : GRATIFICACIÓN POR NAVIDAD
LA EMPRESA conviene en otorgar por única vez, y al amparo del inciso g) del artículo 19° del TUO del Decreto Legislativo N° 650, Ley de la Compensación por tiempo de Servicios, una gratificación por Navidad ascendente a
la suma de ……………………. Nuevos Soles para cada uno de los trabajadores.
Este beneficio se otorga en forma adicional a las gratificaciones legales otorgadas a favor de los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada.
DÉCIMO PRIMERO: VIGENCIA DEL CONVENIO COLECTIVO
De acuerdo a lo establecido en los incisos c) y d) del artículo 43° de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, el presente convenio colectivo tiene una vigencia de un (01) año, comprendido entre el … de …… del 2001 y el
…. de …………… del 200….
En base a los acuerdos que anteceden queda total y definitivamente solucionado el petitorio planteado por las organización sindical ………………………………., así como las condiciones económicas correspondientes al período
200..-200…, quedando retirados los puntos que no hayan sido materia de avenimiento en los términos que anteceden, por lo que las partes luego de leer el contenido de este documento se ratificaron en el mismo y
procedieron a suscribirlo en seis (6) ejemplares del mismo tenor.
POR LA EMPRESA POR LOS TRABAJADORES
29
BIBLIOGRAFÍA
• NATURALEZA JURÍDICA, PARTES, ELABORACIÓN Y CONTENIDO DE LOS
CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO, POR MANUEL ALONSO OLEA, EN
DERECHO COLECTIVO LABORAL, DEPALMA, BS. AS., 1973.
• EL CONVENIO COLECTIVO EN LA TEORÍA DE LAS FUENTES DEL
DERECHO, POR GERMÁN BIDART CAMPOS, EN DERECHO COLECTIVO
LABORAL, DEPALMA, BS. AS., 1973.
• LEY DE RELACIONES COLECTIVAS DE TRABAJO, DECRETO LEY N° 25593.
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Clase 6 el convenio colectivo

  • 1. USMP – FACULTAD DE DERECHO CURSO: DERECHO LABORAL II PROFESOR: CARLOS M. CARDÓ 1
  • 9. ARTÍCULO 41º DEL T.U.O. DEL DECRETO LEY Nº 25593, LEY DE RELACIONES COLECTIVAS DE TRABAJO, APROBADO POR EL DECRETO SUPREMO Nº 010-2003-TR “LA CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO ES EL ACUERDO DESTINADO A REGULAR LAS REMUNERACIONES, LAS CONDICIONES DE TRABAJO, PRODUCTIVIDAD Y DEMÁS CONCERNIENTES A LAS RELACIONES ENTRE TRABAJADORES Y EMPLEADORES, CELEBRADO DE UNA PARTE, POR UNA O VARIAS ORGANIZACIONES SINDICALES DE TRABAJADORES Y, DE LA OTRA POR UN EMPLEADOR, UN GRUPO DE EMPLEADORES O VARIAS ORGANIZACIONES DE EMPLEADORES”. 9
  • 10. PARTES SON PARTE DEL CONVENIO COLECTIVO QUIENES LO NEGOCIAN Y SUSCRIBEN OSTENTANDO LA REPRESENTACIÓN DE LOS INTERESES DE LOS EMPRESARIOS Y TRABAJADORES INCLUIDOS EN LA UNIDAD DE CONTRATACIÓN. 10
  • 11. INICIATIVA Y OBLIGACIÓN DE NEGOCIAR LA INICIATIVA CORRESPONDE A LA PARTE LABORAL Y SED EJERCITA MEDIANTE UNA PROPUESTA ESCRITA Y RAZONADA QUE CONTIENE LOS PUNTOS FUNDAMENTALES QUE HAN DE SER OBJETO DE DELIBERACIÓN. LAS PARTES NO PUEDEN SER OBLIGADAS A CONVENIR, PERO SÍ A NEGOCIAR DE BUENA FE, CON EL ÁNIMO DE LLEGAR A UN CONVENIO. 11
  • 12. FUERZA VINCULANTE ARTÍCULO 28º DE LA CONSTITUCIÓN DE 1993 LA CONVENCIÓN COLECTIVA TIENE FUERZA VINCULANTE EN EL ÁMBITO DE LO CONCERTADO. ARTÍCULO 42º DE LA LRCT EL CONVENIO COLECTIVO TIENE FUERZA VINCULANTE PARA LAS PARTES QUE LO ADOPTARON, ES DECIR, OBLIGA A ÉSTAS, A LAS PERSONAS EN CUYO NOMBRE SE CELEBRÓ Y A QUIENES LES SEA APLICABLE, ASÍ COMO A LOS TRABAJADORES QUE SE INCORPOREN CON POSTERIORIDAD A LAS EMPRESAS COMPRENDIDAS EN DICHO CONVENIO, CON EXCEPCIÓN DE QUIENES OCUPAN PUESTOS DE DIRECCIÓN O DESEMPEÑAN CARGOS DE CONFIANZA. 12
  • 13. FUERZA VINCULANTE LAS PARTES PUEDEN PACTAR EN DICHAS CONVENCIONES EL ALCANCE, LAS LIMITACIONES O EXCLUSIONES QUE AUTÓNOMAMENTE ACUERDEN. NO SE AGOTA EN LA SIMPLE OBLIGATORIEDAD DE LAS DISPOSICIONES PACTADAS EN EL CONVENIO COLECTIVO, IMPLICA, ADEMÁS, EL RECONOCIMIENTO DEL MISMO COMO UNA NORMA JURÍDICA. 13
  • 14. EFECTOS DEL CONVENIO COLECTIVO 14
  • 15. NATURALEZA NORMATIVA DEL CONVENIO COLECTIVO ARTÍCULO 43º DE LA LRCT ESTABLECE DOS CARACTERÍSTICAS ADICIONALES QUE CONFIRMAN LA NATURALEZA NORMATIVA DEL CONVENIO COLECTIVO. (I) LAS CLÁUSULAS NORMATIVAS MODIFICAN AUTOMÁTICAMENTE LAS RELACIONES INDIVIDUALES DE TRABAJO SIN NECESIDAD DE QUE ÉSTAS SE ACOJAN A AQUÉL. (II) CONSTITUYEN DERECHO NECESARIO RELATIVO PARA LOS CONTRATOS DE TRABAJO, LOS CUALES QUEDAN IMPEDIDOS DE ESTABLECER BENEFICIOS MENORES A LOS PACTADOS EN EL CONVENIO COLECTIVOS. 15
  • 16. PUBLICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES DEL DIARIO OFICIAL EL PERUANO 16
  • 17. ALCANCE DEL CONVENIO COLECTIVO 17
  • 18. CONVENIO COLECTIVO DE RAMA DE ACTIVIDAD CONVENIO COLECTIVOS TENDRÁ EFECTOS GENERALES PARA TODOS LOS TRABAJADORES DEL ÁMBITO SIEMPRE Y CUANDO SE CUMPLAN LOS SIGUIENTES REQUISITOS Y DE NO CUMPLIRLOS, EL PRODUCTO DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA TIENE UNA EFICACIA LIMITADA A LOS TRABAJADORES AFILIADOS A LA ORGANIZACIÓN U ORGANIZACIONES SINDICALES CORRESPONDIENTES. (ART. 46° DE LA LRCT Y 35° DEL RLRCT) LA ORGANIZACIÓN SINDICAL U ORGANIZACIONES SINDICALES REPRESENTEN A LA MAYORÍA ABSOLUTA DE LAS EMPRESAS Y TRABAJADORES DE LA ACTIVIDAD O GREMIO RESPECTIVO, EN EL ÁMBITO LOCAL, REGIONAL O NACIONAL. CONVOCAR, DIRECTA O INDIRECTAMENTE, A TODAS LAS EMPRESAS RESPECTIVAS. 18
  • 21. CARACTERÍSTICAS DEL CONVENIO COLECTIVO (LRCT. ART. 43°) MODIFICA DE PLENO DERECHO LOS ASPECTOS DE LA RELACIÓN DE TRABAJO QUE SON REGULADOS EN ELLA. RIGE DESDE EL DÍA SIGUIENTE AL DE CADUCIDAD DE LA CONVENCIÓN ANTERIOR. RIGE DURANTE EL PERIODO QUE ACUERDEN LAS PARTES. CONTINÚA RIGIENDO MIENTRAS NO SEA MODIFICADA POR UNA CONVENCIÓN COLECTIVA POSTERIOR. EN CASO DE FUSIÓN, TRASPASO, VENTA, CAMBIO DE GIRO DE NEGOCIO U OTRAS FIGURAS SIMILARES, LA CONVENCIÓN COLECTIVA CONTINUA VIGENTE HASTA EL VENCIMIENTO DE SU PLAZO. 21
  • 22. CLASES DE CLÁUSULAS NORMATIVAS: AQUELLAS QUE SE INCORPORAN AUTOMÁTICAMENTE A LOS CONTRATOS INDIVIDUALES DE TRABAJO Y LAS QUE ASEGURAN O PROTEGEN SU CUMPLIMIENTO. DURANTE SU VIGENCIA SE INTERPRETAN COMO NORMAS JURÍDICAS. POR EJEMPLO, LA CLÁUSULA QUE ESTABLECE EL DERECHO DE TODOS LOS TRABAJADORES A PERCIBIR UN INCREMENTO DE REMUNERACIONES APLICABLE AL BÁSICO. 22
  • 23. CLASES DE CLÁUSULAS OBLIGACIONALES: ESTABLECEN DERECHOS Y DEBERES DE NATURALEZA COLECTIVA LABORAL ENTRE LAS PARTES DEL CONVENIO. SE INTERPRETAN SEGÚN LAS REGLAS DE LOS CONTRATOS. POR EJEMPLO, LA CLÁUSULA POR LA QUE SE ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DEL EMPLEADOR DE OTORGAR AL SINDICATO UN LOCAL PARA SUS REUNIONES. 23
  • 24. CLASES DE CLÁUSULAS DELIMITADORAS: DESTINADAS A REGULAR EL ÁMBITO Y VIGENCIA DEL CONVENIO COLECTIVO. SE INTERPRETAN SEGÚN LAS REGLAS DE LOS CONTRATOS. POR EJEMPLO, LA CLÁUSULA QUE ESTABLECE EL PLAZO DE VIGENCIA DEL CONVENIO COLECTIVO O LOS TRABAJADORES A LOS CUALES DEBEN APLICARSE LAS DISPOSICIONES DEL MISMO. 24
  • 25. JERARQUÍA NORMATIVA DEL CONVENIO COLECTIVO 25
  • 26. JERARQUÍA NORMATIVA DEL CONVENIO COLECTIVO 26
  • 27. JERARQUÍA NORMATIVA DEL CONVENIO COLECTIVO 27
  • 28. MODEDLO DE CONVENIO COLECTIVO CONVENIO COLECTIVO CELEBRADO ENTRE …………………………. Y LA ORGANIZACIÓN SINDICAL ……………………………………. En Lima, a los …. días del mes de …. del 200.., en …………………………………………, se reunieron de una parte y en representación de ……………………………. (en lo sucesivo LA EMPRESA), don …………………………………., identificado con DNI Nº ……………………….., y de la otra parte y en representación de …………………………………………….., los señores miembros de la Comisión de Negociación ……………………………….., identificado con DNI Nº ………………………………., …………………………………, identificado con DNI Nº ……………………….., ………………………………………………, identificado con DNI Nº ………………………………….. y ……………………………………., identificado con DNI N° …………………………. Se deja constancia que el número de expediente asignado en el Ministerio de Trabajo y Promoción Social a la presente negociación colectiva es el expediente N° …………………………………………. Luego de amplias deliberaciones, las partes convienen en celebrar el presente convenio colectivo. PRIMERO: ÁMBITO DE APLICACIÓN El presente convenio colectivo es aplicable a todo el personal de LA EMPRESA que al … de …….. del 200… cuenten con vínculo laboral vigente y que haya superado el período de prueba, con excepción de personal de dirección y de confianza, conforme a lo dispuesto por el artículo 34° del Decreto Supremo N° 011-92-TR, Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo. SEGUNDO: AUMENTO GENERAL Con efectividad a partir del … de marzo del 200.., LA EMPRESA conviene en otorgar a los trabajadores comprendidos en la presente convención colectiva un incremento único de remuneraciones ascendente a la suma de S/. ….. diarios, el cual será incorporado en su salario básico. Este incremento formará parte de cualquier incremento de remuneraciones dispuesto por el Gobierno Central a favor de los trabajadores del régimen común de la actividad privada, aún cuando éste sea otorgado a favor de los trabajadores sujetos a negociación colectiva. TERCERO : BONIFICACIÓN POR RETORNO DE VACACIONES LA EMPRESA conviene en otorgar a los trabajadores comprendidos en la presente convención colectiva una bonificación por retorno de vacaciones equivalente a ………………... CUARTO : UNIFORMES DE TRABAJO Las partes acuerdan que es de cargo de LA EMPRESA otorgar una vez al año, con carácter permanente, un uniforme compuesto de: … camisas, …. pantalones, ….. polos y …. botines, obligándose los trabajadores a usarlos durante la jornada de trabajo. Asimismo, LA EMPRESA se compromete a hacer entrega de los uniformes de trabajo que a la fecha aún no hayan sido entregados a los trabajadores, en cumplimiento del convenio colectivo del año 200…-200…. QUINTO : ASIGNACIÓN POR FALLECIMIENTO LA EMPRESA conviene en otorgar a los trabajadores comprendidos en la presente convención colectiva o a sus herederos, según sea el caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19° inciso g) del Decreto Legislativo 650 una asignación por fallecimiento; en caso de fallecimiento del hijo, cónyuge o conviviente del trabajador la suma de ……………………………. Nuevos Soles y de producirse el deceso del padre o madre del trabajador, la suma de S/. …………………………. Nuevos Soles. 28
  • 29. MODELO DE CONVENIO COLECTIVO SEXTO: PERMISO POR FALLECIMIENTO LA EMPRESA conviene en otorgar a los traabajadores comprendidos en la presente convención colectiva, en caso de fallecimiento del padre, madre, hijo, cónyuge o conviviente del trabajador, licencia con goce de haber de … días si el deceso se produce en el departamento de Lima o Provincia Constitucional del Callao y ……días si el deceso se produce en cualquier otro Departamento del País. Sin embargo, en virtud de consideraciones especiales, LA EMPRESA podrá extender el plazo del permiso de acuerdo a las características de cada caso. SETIMO : LICENCIA PARA ATENCIÓN MÉDICA LA EMPRESA conviene en otorgar a los trabajadores comprendidos en la presente convención colectiva, licencia con goce de haber para su atención en el Instituto Peruano de Seguridad Social en caso de enfermedad debidamente comprobada. OCTAVO: ASIGNACIÓN DE MOVILIDAD POR TRABAJO NOCTURNO LA EMPRESA conviene en otorgar a los trabajadores comprendidos en la presente convención colectiva que laboran de 3.00 p.m. a 11.00 p.m. y de 11.00 p.m. a 7.00 a.m., de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 19° inciso e) del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 650, una bonificación por movilidad ascendente a la suma de S/. ….. Nuevos Soles) por cada día de prestación de servicios. NOVENO : ASIGNACIÓN POR EDUCACIÓN LA EMPRESA conviene abonar a los trabajadores comprendidos en la presente convención colectiva, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 19° inciso e) del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 650, una asignación por educación inicial, primaria y secundaria ascendente a la suma de S/. ………….. Nuevos Soles anuales, por cada hijo menor de 18 años que curse estudio escolares. Para tener derecho al presente beneficio el trabajador deberá presentar a LA EMPRESA la constancia de matrícula correspondiente por cada uno de los hijos beneficiarios. DÉCIMO : GRATIFICACIÓN POR NAVIDAD LA EMPRESA conviene en otorgar por única vez, y al amparo del inciso g) del artículo 19° del TUO del Decreto Legislativo N° 650, Ley de la Compensación por tiempo de Servicios, una gratificación por Navidad ascendente a la suma de ……………………. Nuevos Soles para cada uno de los trabajadores. Este beneficio se otorga en forma adicional a las gratificaciones legales otorgadas a favor de los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada. DÉCIMO PRIMERO: VIGENCIA DEL CONVENIO COLECTIVO De acuerdo a lo establecido en los incisos c) y d) del artículo 43° de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, el presente convenio colectivo tiene una vigencia de un (01) año, comprendido entre el … de …… del 2001 y el …. de …………… del 200…. En base a los acuerdos que anteceden queda total y definitivamente solucionado el petitorio planteado por las organización sindical ………………………………., así como las condiciones económicas correspondientes al período 200..-200…, quedando retirados los puntos que no hayan sido materia de avenimiento en los términos que anteceden, por lo que las partes luego de leer el contenido de este documento se ratificaron en el mismo y procedieron a suscribirlo en seis (6) ejemplares del mismo tenor. POR LA EMPRESA POR LOS TRABAJADORES 29
  • 30. BIBLIOGRAFÍA • NATURALEZA JURÍDICA, PARTES, ELABORACIÓN Y CONTENIDO DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO, POR MANUEL ALONSO OLEA, EN DERECHO COLECTIVO LABORAL, DEPALMA, BS. AS., 1973. • EL CONVENIO COLECTIVO EN LA TEORÍA DE LAS FUENTES DEL DERECHO, POR GERMÁN BIDART CAMPOS, EN DERECHO COLECTIVO LABORAL, DEPALMA, BS. AS., 1973. • LEY DE RELACIONES COLECTIVAS DE TRABAJO, DECRETO LEY N° 25593. 30