2. 2
A veces, el secreto de un viaje bien
organizado está en los pequeños detalles.
Hay que prestar atención a los preparativos
para evitar situaciones desagradables.
Documentación necesaria, medios de pago,
seguros, tasas, controles fronterizos,…
4. 4
MONEDAS Y BILLETES
Es necesario llevar una cantidad de
dinero en efectivo para hacer frente
a los pagos de los primeros días del
viaje.
En los países miembros no existen cupos o
restricciones para el movimiento de capitales. Sin
embargo por motivos de seguridad, algunos estados
miembros han fijado límites a partir de los cuales es
obligatorio declarar las cantidades transferidas o
declarar el dinero que se lleva al entrar o salir de su
territorio
5. 5
EN ESPAÑA:
La orden EHA 1439 regula la declaración de movimientos
de medios de pago en el ámbito de la prevención del
blanqueo de capitales. Según ella se solicitará la
declaración de medios de pagos por importe superior
a 10.000€ por persona y viaje.
En cuanto a las cantidades que el viajero puede llevar
encima, los límites oscilan de un país miembro a otro y van
desde los 2.000€ el más bajo hasta los 10.000€ o más.
En cualquier caso son límites muy por encima de lo que el
viajero suele llevar en metálico en sus desplazamientos.
6. 6
CHEQUES DE VIAJE
Se usan como medio
de pago de bienes y
servicios en hoteles,
agencias de viaje etc.
Cada vez se aceptan
menos en los
comercios porque son
más fácil de falsificar
que las tarjetas de
crédito y débito.
7. 7
CARACTERÍSTICAS DEL CHEQUE DE VIAJE:
Se extienden por cantidades estándares e invariables.
Van numerados y se hace constan que son cheques de
viaje. Es conveniente anotar los números de los mismo
pues en caso de pérdida o robo son restituidos de
forma gratuita en el plazo de 48 horas
Implican el abono de comisiones de emisión y de cambio
de moneda si se emite en una divisa distinta.
El comprador los firma cuando los adquiere y también
en el momento del pago para que la entidad donde se
paga verifique la firma.
8. 8
Se adquieren en bancos y en algunas agencias de
viajes
Se emiten en diversas monedas pero no todas.
Dependiendo de dónde viajemos nos interesarán dólares,
euros, yen, libras,…
Lo más rentable es llevarlos en la moneda del país que
se visita.
Si eso no es posible, en dólares americanos o euros.
Los emitidos por bancos con pocas sucursales
internacionales pueden ser difíciles de cobrar. Los más
usados son de cadenas como American Express o Visa.
9. 9
EUROCHEQUES
A principios de los 70 se hicieron bastante populares,
sobre todo en Alemania.
Van asociados a una tarjeta de crédito.
Con ellos se puede pagar en los países europeos, sin
coste adicional alguno.
Actualmente se usan poco, por lo engorroso del proceso y
debido al gran número de países que se encuentran en la
zona euro.
10. 10
TARJETAS BANCARIAS:
TARJETA DE DÉBITO:
Las transacciones se cargan de forma
inmediata en la cuenta del cliente.
Red 6000, 4B, Servired, Visa Electrón….
TARJETA DE CRÉDITO:
•Dan lugar a la apertura de una cuenta específica, en la
que se adeudan los pagos realizados con ellas durante un
período, normalmente, de un mes, aunque también se
puede fraccionar en varios pagos.
•Existe un límite de disponibilidad y se cobran intereses
LAS COMISIONES de utilización son mayores para la
tarjeta de crédito que para la de débito.
11. 11
MONEDERO ELECTRÓNICO (tarjetas monedero)
Consiste en una tarjeta que incorpora un pequeño chip
en que se almacena un valor monetario pre-pagado
que puede ser gastado en cualquier comercio que haya
instalado un lector de tales tarjetas
Resulta cómodo para transacciones de escaso valor.
Las tarjetas telefónicas constituyen un ejemplo de
monedero.
En España los monederos electrónicos más extendidos
son:
Monedero 4B
Monedero Euro 6000
Monedero Visa CASH
El principal problema sigue siendo
la interoperabilidad entre monederos
12. 12
VIAJEROS EN TRÁNSITO Y ADUANAS:
Entre los Estados Miembros de la CEE, existe libre
circulación de mercancías y personas
En vuelos nacionales y comunitarios basta con el DNI ó el
pasaporte
Sin embargo en determinados países exigen la
presentación de otros documentos para entrar en su
territorio, tales como visados, certificados de sanidad, etc.
La documentación necesaria dependerá de los
acuerdos y tratados internacionales, bilaterales y
multilaterales firmados entre países e irán desde,
simplemente el pasaporte, hasta el visado, un billete de
retorno, recursos económicos suficientes,…… Pág 171
14. 14
PASAPORTE
Nació en la Conferencia Internacional de
Pasaportes, celebrada en París en 1920.
Es un documento homologado por todos los países
que las personas deben poseer para entrar o salir de
los mismos y poder demostrar su identidad.
SOLICITUD: Jefatura Superior ó Comisaría de
Policía
15. 15
En la U.E., desde 1985 , todos los
Estados miembros, utilizan un modelo
uniforme de pasaporte de color
burdeos.
PASAPORTES ORDINARIOS: se conceden a cualquier
persona que no esté sujeta a ningún tipo de limitaciones
legales. Su validez es temporal (5 años menores de 30 y
10 para los mayores)
PASAPORTES ESPECIALES: pasaportes concedidos a
diplomáticos, pasaportes familiares, concedidos a
colectivos de estudiantes, apátridas,….
16. 16
VISADO:
El visado es un permiso previo que otorga el
país de destino a través de su representación
consular o embajada en el país de origen de la
persona que va a viajar.
La principal diferencia entre el pasaporte y el visado es
que el primero lo emite el propio país del viajero, mientras
que en el caso del visado lo gestiona el país al que el
viajero se dirige
Se puede obtener en la embajada o Consulado del país
al que se viaja, antes de salir, aunque en otros casos se
gestiona en los puestos de control de aduanas a la llegada
a dicho país.
17. 17
Normalmente se expiden en 24 ó 48 horas, pero en
algunos casos como China o Camerún, ha de solicitarse
con al menos 5 días de antelación, y hasta 1 mes en el
caso de Libia, por ejemplo.
Los visado pueden ser:
Visados de tránsito. Sirven para moverse por el país,
para estar de paso mientras se realiza un viaje.
Visados de estancia. Sirven para hacer una visita
turística o a familiares.
Visados de residencia. Sirven para poder residir
durante un tiempo más largo que el de una visita
turística.
18. 18
PERMISO DE CONDUCIR:
La normativa comunitaria vigente establece el
principio de reconocimiento recíproco de los
permisos de conducción expedidos por los Estados
miembros.
De forma que si se tiene el permiso de conducción en
uno de los estados, éste será válido en el resto de los
estados.
Es conveniente preguntar en el consulado o embajada
del país que se piensa visitar para recibir información
al respecto.
19. 19
SEGURO DE AUTOMÓVILES:
CARTA VERDE: Se trata
de un seguro obligatorio
internacional que acredita
que se está asegurado por
los daños que pudieran
causarse a terceros.
Será facilitada por la
compañía de seguros o en la
aduana española antes de
cruzar la frontera,
dependiendo su precio del
número de días de
permanencia en el
extranjero.
20. 20
LA ASISTENCIA SANITARIA:
Si viajamos por Europa,
deberemos llevar la Tarjeta
Sanitaria Europea que nos
permitirá recibir asistencia
sanitaria gratuita en
cualquiera de los países
miembros. Se solicita en las
oficinas de la S.S.
Si viajamos por España, con la cartilla de la S.S.
estaremos cubiertos
Fuera de Europa, en un Estado que no tenga convenio de
S.S. con España, la asistencia sanitaria corre por cuenta de
seguros privados.
21. 21
SEGUROS DE ASISTENCIA EN VIAJES:
Este tipo de seguros cubre algunas de las situaciones
problemáticas lejos de casa.
Las prestaciones más comunes de estos seguros son:
•Gastos de convalecencia en el hotel por prescripción
médica.
•Suelen estar limitados a una cantidad máxima diaria
no superior a los 100€.
•Viaje y alojamiento de un acompañante, si el
asegurado tuviese que estar hospitalizado.
•Repatriación en caso de fallecimiento, que puede
incluir el transporte y acondicionamiento del cadáver.
•Regreso anticipado del titular de la póliza si un
familiar próximo fallece.
23. 23
NORMATIVA COMUNITARIA
VIAJAR A OTRO PAÍS DE LA UNIÓN EUROPEA:
Si la estancia en otro país de la Unión no supera los tres
meses, no se está obligado a solicitar documento de
residencia alguno,
Si la estancia supera dicho periodo, debe solicitarse una
“tarjeta de residencia”.
En ella figura el N.I.E., número de identidad de extranjero,
necesario para poder presentar declaraciones de
impuestos, establecer comercios, abrir cuentas bancarias y
para cualquier formulario que se deba cumplimentar en el
extranjero
24. 24
VIAJAR DESDE OTRO PAÍS A LA UNIÓN EUROPEA:
A Los nacionales de terceros países se les podrá
exigir, además del pasaporte, la posesión de un visado.
No necesitan visado para estancias inferiores a 90
días: Los países de la U.E., Australia, Canadá, Japón y
EEU, Andorra, Argentina, Aruba, …….
Ante la duda, lo mejor es consultar en el consulado
más cercano.
25. 25
CONTROLES FRONTERIZOS:
Desde enero de 1993 no se realizan controles
aduaneros ni fiscales de los equipajes o mercancías.
Los viajeros pueden cruzar cualquier frontera de la U.E.
sin controles, excepto armas, material pornográfico, etc.
En cuanto a importación-exportación de bienes
financieros, algunos Estados pueden exigir la declaración
de dichos bienes cuando excedan unos determinados
importes.
Desde 1 de mayo de 1997 España aplica el
“Convenio de Schengen”
Pág 172
27. 27
Durante los años ochenta se inició el debate sobre el
significado del concepto de libre circulación de
personas.
Mientras unos países pensaban que sólo debía
aplicarse a los ciudadanos de la U.E., otros deseaban
la libre circulación para todos los ciudadanos
europeos.
Ante la imposibilidad de alcanzar un acuerdo dentro de
la C.E., Francia, Alemania, Bélgica, Luxemburgo y
los Países Bajos decidieron en 1.985 crear entre
ellos un territorio sin fronteras: El espacio Schengen
(nombre la ciudad luxemburguesa donde se firmaron
los primeros acuerdos)
28. 28
Representa un territorio donde está garantizada la
libre circulación de las personas. Los Estados que
firmaron el Tratado han suprimido todas las fronteras
interiores y en su lugar han establecido una única
frontera exterior, dentro de la cual se aplican
procedimientos y normas comunes en lo referente a
visados para estancias cortas, solicitudes de asilo y
controles fronterizos.
También se ha intensificado la cooperación y la
coordinación entre los servicios policiales y las
autoridades judiciales para garantizar la seguridad
dentro del espacio Schengen.
29. 29
NORMATIVA ESTATAL:
En España rige la Ley Orgánica 4/2000 de 11
de enero sobre derechos y libertades de los
extranjeros en España y su integración social
En ella se establece la necesidad o no del
correspondiente visado o cualquier otro
documento para entrar en territorio español por
parte de ciudadanos no comunitarios.
En cuanto a controles fronterizos, se aplica los
dispuesto en el “Convenio de Schengen”
30. 30
NORMATIVA UTONÓMICA
En España, las Comunidades autónomas sólo
pueden legislar en materia de turismo.
Todo lo relativo a desplazamientos de
personas fuera/dentro del territorio nacional es
materia exclusiva del Estado
31. 31
NORMATIVA INTERNACIONAL
El profesional de secretariado deberá informarse sobre
la legislación específica del país a cual se viaja.
CONTROLES FRONTERIZOS
La burocracia relacionada con ellos varía de un
país a otro (cuestionarios personales, formularios,
cacheos, interrogatorios, etc.), por ello es
aconsejable informarse sobre ello, así como de las
franquicias de entrada y salida.
32. 32
Impuestos que los Gobiernos de los países exigen y cuya
finalidad es grava el movimiento de importaciones y
exportaciones.
Los turistas tienen un tratamiento especial. No están sujetos a
pagos de aranceles, tasas o impuestos de ningún tipo.
Sí existen controles sobre los automóviles, motos,
embarcaciones de recreo, etc., para evitar importaciones y
exportaciones ilegales
Para viajar a algunos países se exige el previo pago de unas
tasas que no están incluidas en el precio del billete.
Normalmente, estas tasas se pagan en el aeropuerto de salida,
ya sea en dólares o en la moneda local del país al que se viaja.
ARANCELES
TASAS
33. 33
VACUNAS
Cuando se viaja a países de Asia, África,
Centroamérica y América del Sur, es conveniente
saber qué vacunas son obligatorias y cuáles
recomendables.
Para obtener información hay que dirigirse a los
centros de vacunación internacional autorizados
por la OMS que se encuentran en la mayoría de las
provincias españolas.
Allí se puede conseguir el “Certificado
Internacional de Vacunación”.
34. 34
Algunas vacunas deben administrarse con
semanas de antelación a la fecha de realización
del viaje.
Cáceres no tiene centro. Los más cercanos son
Badajoz o Salamanca.
En Badajoz:
Servicio Extremeño de Salud
Hospital Perpetuo Socorro, planta 7ª
Avda. Damián Téllez Lafuente, s/n
Teléfono: 924 21 52 24
35. 35
Se trata de un contrato (póliza) por el cual el
asegurador, mediante la percepción de una
determinada cantidad (prima) , se obliga frente al
asegurado a la entrega de una indemnización en caso
de que se produzca el suceso contratado (siniestro),
siempre dentro de los límites pactados.
Es el mejor respaldo para que las consecuencias de los
posibles imprevistos sean soportadas de la manera más
fácil
Es importante leer bien la póliza y las condiciones que lo
rigen, así como cerciorarse de las coberturas, poniendo
especial atención en las limitaciones y exclusiones
36. 36
Puede cubrir los siguientes riesgos:
Asistencia a personas
Seguro de equipajes
Indemnización por accidentes ocurridos durante el
viaje
Demoras
Seguro de responsabilidad civil privada
Gastos de anulación y reembolso de vacaciones
Asistencia al vehículo
37. 37
SEGURO DE EQUIPAJES:
Cubre la indemnización en caso de robo o pérdida del
equipaje, demora en la entrega de más de 24 horas, pérdida
de documentos de viaje, indemnización para la compra de
artículos de primera necesidad, como ropa y artículos de
aseo.
INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTES OCURRIDOS
DURANTE EL VIAJE:
Las indemnizaciones serán cantidades fijadas en la póliza
en el caso de muerte o invalidez.
DEMORAS:
Tanto en salidas del medio de transporte (mínimo 6 horas),
como anulación de la salida por huelga, demoras del viaje
38. 38
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PRIVADO:
Incluye indemnizaciones, así como costas y gastos
judiciales.
GASTOS DE ANULACIÓN Y REEMBOLSO DE
VACACIONES:
Garantiza el pago de las cantidades desembolsadas en
caso de no poder realizar el viaje.
ASISTENCIA AL VEHÍCULO:
Incluye un servicio de grúa, asistencia en carretera, envío
de piezas de recambio, repatriación del vehículo, etc.
40. 40
Dependen del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Son órganos estatales que un Estado establece
en ciertas ciudades de otro Estado, con el fin de
proteger sus intereses y los de sus nacionales.
El jefe de la oficina consular recibe el nombre de
cónsul y será nombrado por el Estado que envíe y
admitido al ejercicio de sus funciones por el Estado
receptor.
CONSULADOS:
41. 41
FUNCIONES:
Renovación y establecimiento de pasaportes y demás
documentos oficiales.
Transcripción de nacimientos, defunciones, casamientos,
divorcios, adopciones etc, ocurridos en el extranjero
Arreglo de la situación militar de los militares viviendo en el
extranjero
Asistencia y ayuda financiera a los compatriotas indigentes o
en otra situación emergencia.
Cuidado a los compatriotas detenidos o encarcelados y
vigilancia sobre la legitimidad de procedimientos judiciales.
Establecimiento de visados a ciudadanos extranjeros e
información sobre los trámites para recibir permisos de
entrada, de residencia, de trabajo, etc.
42. 42
EMBAJADAS:
Órganos diplomáticos al que pertenecen
una serie de agentes que un Estado envía
ante otro para desarrollar las relaciones
internacionales entre ambos.
Esta función de las embajadas es lo que se
conoce como “misión diplomática”.
43. 43
Informar a su gobierno sobre los eventos importantes
políticos, sociales, económicos, militares y otros que
ocurren en el país de residencia.
Preparar tratados y visitas de estado.
Promover la cultura, la economía y las ciencias de su
país.
El agregado de defensa o el agregado militar son
responsables de los contactos entre las dos fuerzas
armadas y de los negocios de armamento.
Muchas embajadas (pero no todas) tienen una sección
consular encargada de las funciones de un consulado.
FUNCIONES:
44. 44
OFICINAS DE INFORMACIÓN TURÍSTICA:
OFICINA TURÍSTICA DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL:
Dependen del Instituto de Turismo de España.
Su función principal es promocionar el turismo en nuestro país y están
situadas en las principales ciudades y capitales del mundo que pudieran
ser clientes turísticos potenciales.
OFICINAS TURÍSTICAS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS:
Se encuentran en las principales localidades turísticas de cada
comunidad
Actúan como centros de información.
OFICINAS TURÍSTICAS DE LOS AYUNTAMIENTOS:
Proporcionan información local y comarcal sobre todo tipo de
actividades turísticas, culturales, artísticas, etc, de la región
45. 45
En la Unión Europea:
Transporte aéreo
Alquiler de vehículos
Viajes combinados (visto en el tema anterior)
Compras para uso personal
En España:
Organismos de información y asesoramiento del
consumidor.
46. 46
Se produce cuando el número de pasajeros con
reserva de vuelo confirmada sobrepasa el número
de plazas disponibles en el mismo vuelo
Se trata de una práctica legal que deja al pasajero
en evidente situación de indefensión y por ello es
necesario regular las oportunas indemnizaciones
¿QUÉ ES
OVERBOOKING?
47. 47
¿CÓMO EVITARLO?
En determinadas épocas del año (vacaciones de Navidad,
Semana Santa o verano) es difícil evitarlo pero, es conveniente
tener en cuenta:
El billete de avión no asegura una plaza en el vuelo, eso lo hace
la tarjeta de embarque. Intenta sacar tu tarjeta de embarque con
suficiente antelación.
Conserva tu billete de avión hasta el final del trayecto, como
mínimo, ya que será indispensable para tramitar cualquier
reclamación.
Si se produce algún problema, intenta arreglarlo con la compañía
aérea. La aerolínea debe facilitarte un impreso con las normas
de compensación por denegación de embarque.
Todos los aeropuertos tienen a disposición de los clientes hojas
de reclamaciones
48. 48
Reglamento (CE) n° 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre
compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación
de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el
Reglamento (CEE) n° 295/91.
El presente Reglamento se aplica:
A los pasajeros que partan de un aeropuerto situado en el territorio de
un Estado miembro de la UE
A los pasajeros que partan de un aeropuerto situado en un tercer país
con destino a otro situado en el territorio de un Estado miembro de la UE.
En este caso siempre y cuando se trate de vuelos prestados por un
transportista comunitario y a condición de que el pasajero no haya
recibido ya algún tipo de beneficios o compensación y asistencia en el
tercer país del que provenga el vuelo.
LEGISLACIÓN APLICABLE
49. 49
COMPENSACIONES
Siempre y cuando el pasajero disponga de una reserva
confirmada en el vuelo de que se trate y, excepto en el caso de la
cancelación, se presenten a facturación a la hora indicada
previamente o, de no indicarse hora alguna, con una antelación
mínima de cuarenta y cinco minutos respecto de la hora de
salida anunciada. El Reglamento reconoce derechos en las
situaciones siguientes:
Denegación de embarque contra su voluntad
Cancelación de su vuelo
Retraso de su vuelo.
El presente Reglamento no se aplicará a los pasajeros que viajen
gratuitamente o con un billete de precio reducido que no esté
directa o indirectamente a disposición del público
50. 50
COMPENSACIONES EN CASO DE OVERBOOKING
El usuario tiene derecho a elegir entre:
Reembolso del coste íntegro del billete, en un plazo de
siete días, sin penalización.
En caso de vuelos combinados, un vuelo gratis de
vuelta al primer punto de partida lo más rápido posible
Transporte a su destino, lo más rápido posible.
Transporte en fecha posterior que decidirá el usuario.
Además, la compañía proporcionará al usuario atención,
posibilitando contacto telefónico, fax, etc, al lugar de destino,
así como comida y bebida en la espera incluso alojamiento si
la espera es por más de una noche.
51. 51
COMPENSACIONES EN METÁLICO
En estos casos, la compañía deberá pagar una indemnización
económica mínima o compensación automática por overbooking:
250 € para vuelos de menos de 1.500 km.
400€ para vuelos intracomunitarios de más de 1.500 Km y
todos los demás entre 1.500 y 3.500 km
600€ para los vuelos no incluidos en los puntos anteriores
Estas indemnizaciones se reducen en un 50% si se ofrece al
usuario vuelos alternativos con diferencias en las horas de
llegada:
Inferior a 2 horas en vuelos de hasta 1.500 km
3 horas en vuelos intracomunitarios de más de 1.500km y
los demás entre 1.500 y 3.000 km.
4 horas para los no incluidos en los puntos anteriores
52. 52
Si el usuario acepta viajar en una clase
inferior tiene derecho al reembolso de la
diferencia
Si se le acomoda en clase superior, no
pagará más.
Si la ciudad o región dispone de varios
aeropuertos y el transportista ofrece vuelo con
dirección a otro, estará obligado a pagar los
gastos de desplazamiento entre aeropuertos.
CAMBIO DE CLASE O AEROPUERTO
53. 53
ALQUILER DE
VEHÍCULOS EN OTRO PAÍS DE
LA U.E.
Para ello es necesario presentar en la
agencia el permiso de conducir.
El vehículo nos lo entregarán con el
depósito lleno y así habrá que devolverlo.
El contrato no podrá contener cláusulas
abusivas.
54. 54
COMPRAS PARA USO PERSONAL
IVA:
El viajero tiene derecho a adquirir
en otro Estado miembros bienes y
servicios para su uso personal en
las mismas condiciones de
imposición que los ciudadanos de
ese país.
Excepción vehículos nuevos
ALCOHOL Y TABACO:
Para más de 800 cigarrillos, 10 lt de bebida de alta graduación,
110 lt de cerveza o 90 lt de vino espumoso se puede pedir al
viajero que justifique el carácter privado de esa compra.
Aunque hay Estados más restrictivos.
VENTAS LIBRES DE
IMPUESTOS:
Se pueden hacer en los
aeropuertos, aviones y
transbordadores y en las
terminales de acceso al
túnel del Canal de la
Mancha.
55. 55
La Ley 26/1984 de 19 de julio, general para la defensa de
los consumidores y usuarios pretende:
Establecer los procedimientos eficaces para la
defensa de los consumidores y usuarios
Disponer del marco legal adecuado para favorecer un
desarrollo óptimo del movimiento asociativo en este
campo
Declarar los principios, criterios, obligaciones y
derechos que configuren la defensa de los
consumidores y usuarios
En España:
56. 56
ORGANISMOS DE INFORMACIÓN
Y ASESORAMIENTO
EUROVENTANILLA:
Apoyo e información al consumidor para compras en
Europa.
CENTROS EUROPEOS DE INFORMACIÓN AL
CONSUMIDOR:
Su personal tiene experiencia jurídica sobre distintas
situaciones a ambos lados de la frontera.
57. 57
A NIVEL NACIONAL:
INC: Instituto Nacional de Consumo
Que depende de la Administración Central
Oficina Municipal del Consumidor
OCU: Organización de Consumidores y Usuarios
FUCI: Federación de Usuarios y Consumidores
Independientes
59. 59
HOTELES
Cuando el hotel asignado no tiene la categoría
indicada en el folleto o contrato, el cliente puede exigir
el cambio, si no existiera en ese lugar uno de la categoría
adecuada se puede pedir el reembolso o la diferencia.
Si el número de reservas superara el de las
habitaciones, el hotel estará obligado a buscar al cliente
otro alojamiento, en estos casos no debemos olvidar
pedir un certificado al gerente, para posteriores
reclamaciones.
El sistema de clasificación de los establecimientos
hoteleros puede variar de un lugar a otro
60. 60
CLASIFICACIÓN DE LOS ALOJAMIENTOS
HOTEL
Se clasifican por estrellas de 1 a 5. Salvo los
de 1 estrella deben estar dotados con cuarto
de baño
HOSTAL
En algunos casos la diferencia con el hotel es
pequeña.
PENSIÓN Cuentan con un máximo de 12 habitaciones
FONDA
Las habitaciones son más pequeñas y el servicio
suele ser común
MOTEL Están situados fuera de los núcleos urbanos.
CAMPING
Independientemente de la categoría deben tener
una serie de servicios mínimos
APARTMTOS
El precio suele incluir el suministro de agua, luz,
etc.
61. 61
RECLAMACIONES
Existen dos procedimientos:
VÍA ADMINISTRATIVA: a través de “Consumo”
donde se remite la reclamación acompañada de las
pruebas.
VÍA CIVIL: ante los tribunales. Mediante esta vía se
puede solicitar reclamación de daños
(indemnizaciones)
En ambos casos se necesita la hoja de
reclamaciones.
62. 62
LA HOJA DE RECLAMACIONES
Todas las empresas de hostelería, agencias de viajes,
restaurantes, bares, cafeterías, alojamientos turísticos y
empresas de transporte de viajeros, deben tenerlas.
Es el instrumento adecuada para que el consumidor
pueda hacer una reclamación o denuncia.
Consta de tres copias: una se queda en el establecimiento,
otra es para el reclamante y la tercera debemos enviarla a
los organismos de consumo
Cuando las reclamaciones son sobre el precio, sólo se
puede exigir la hoja de reclamaciones previo pago de la
factura que deberemos añadir a la copia de la hoja de
reclamación para hacer la oportuna denuncia.
63. 63
Una vez completado el viaje hay que repasar de
manera ordenada y cronológica los documentos en
nuestro poder que dan derecho al uso de los servicios
del viaje:
Billetes de ferrocarril, autocar o avión.
El bono emitido por la agencia de viajes
Las facturas, tanto de la agencia como de los
hoteles y restaurantes.