3. Sujeto Activo: Ser una persona natural o jurídica. Es el
beneficiario o quien tiene la ventaja de la norma jurídica,
es decir aquel que puede exigir el cumplimento de cierta
obligación a otra persona. “Acreedor”
Sujeto Pasivo: Ser una persona natural o jurídica. Es
aquel sobre quien recae la obligación de cumplir la norma
jurídica, en beneficio del sujeto activo. “Deudor”
4. Tienen como requisitos Posibilidad, Determinación,
Moralidad y Licitud. Son la actividad a la que esta obligado
el sujeto pasivo a favor del sujeto activo.
6. Dar: es aquellas en las que el deudor se obliga a transferir a su
acreedor un derecho real sobre una cosa. Ej. El contrato de compra
venta, hace referencia a la prestación de Dar.
Hacer: cuando el sujeto pasivo se obliga para con su acreedor o
sujeto activo a efectuar determinada acción permitida por la ley. Ej.
Los servicios que debe prestar el trabajador a su empleador según lo
acordado.
No hacer: cuando el sujeto pasivo esta obligado para con el sujeto
activo a abstenerse a ejecutar determinada acción. Ej. La que
contrae el arrendatario… “No usar la cosa arrendada para fines
distintos a los acorados”.
7. Debe existir una coerción o sanción por lo tanto es la fuerza externa
que obliga al respeto de la regla jurídica.
La garantía explica la existencia de una Autoridad Social que
sancione correctivamente al responsable de la violación de la regla
jurídica.
8. Hay dos formas en las que la Autoridad puede hacer cumplir estas
garantías:
1. Función Preventiva: Es la forma directa para asegurar el respeto
del Derecho, impidiendo con los medios pertinentes la ejecución
por parte de los individuos de actos que puedan violarlo.
2. Función Represiva: Es la forma indirecta de protección del
derecho, interviniendo después de la ocurrencia de los hechos
violatorios del precepto jurídico a fin de reestablecer el equilibrio
alterado.
9. Para mas información ingresa al siguiente link
http://www.academia.edu/17072242/ELEMENTOS_ESENCIALES_DEL_DEREC
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