Es un Ensayo que hace un acercamiento al análisis de la Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad de Guatemala en relación a la Defensa Nacional.
Además, es un pequeño aporte que se suma a la generación y promoción de la defensa nacional ya que Defensa somos todos y todas las guatemaltecas.
¿Marco Normativo del Sistema Nacional de Seguridad?
1. DIPLOMADO DE SEGURIDAD NACIONAL, DEFENSA NACIONAL Y
GOBERNANZA LOCAL. MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL.
Ensayo: ¿Marco Normativo del Sistema Nacional de Seguridad?.
Institución: Asociación Política CAMINEMOS.
Por: Alexander Sandoval Portillo.
Guatemala, 12 de septiembre de 2018.
¿Marco Normativo del Sistema Nacional de Seguridad?
Al hacer referencia del Marco Normativo del Sistema Nacional de Seguridad de Guatemala
tomo como base la Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad, el Libro Blanco y la Agenda
Nacional de Riesgos y Amenazas -ANRA-; esto no significa que se deje a un lado la Constitución
Política de la República, la Ley del Ejército, la Política Pública y otras leyes, reglamentos o
documentos conexos.
Se parte de 2 interrogantes muy básicas pero que vale la pena considerar: ¿Marco Normativo
del Sistema Nacional de Seguridad? y ¿Cuál Defensa Nacional? tiene Guatemala.
Es impresionante saber que Guatemala cuenta con un marco normativo muy bueno, pero que,
en la práctica, poco o nada, no se pone en práctica tal como debiera ser y esto se debe a que existen
falencias dentro del mismo marco en referencia; para muestra un botón, las responsabilidades de las
instituciones que conforman el Sistema Nacional de Seguridad.
Las instituciones forman parte de un Consejo Nacional de Seguridad, quien al momento de
una emergencia toma las decisiones que permiten mantener el orden público, así como la paz; pero,
la institución que por mandato constitucional vela por la seguridad interna y externa es el Ejército de
Guatemala. En este sentido, por conducto del Ministerio de la Defensa Nacional el Ejército es quien
ejerce ese papel para el resguardo de la ciudadanía y del territorio; preocupa, entonces que, la Ley
Marco del Sistema Nacional de Seguridad y su Reglamento no contemplen de forma categórica e
imperativa la Defensa Nacional.
El que no se contemple la defensa nacional pudo deberse a muchos factores; desde mi
particular punto de vista podría haberse debido a la debilidad que sufrió la institución luego de los
Acuerdos de Paz, coyuntura que aprovechó la oposición para no admitir el papel importante que la
Defensa Nacional juega constitucionalmente para el país. También pudo deberse a que
estratégicamente el Ministerio de la Defensa Nacional considerara oportuno evitar contradicciones o
bien no se le haya permitido incluir la defensa en la referida ley. Pero, como quiera que haya sido es
importante saber que las responsabilidades que las instituciones tienen, en el marco de la ley, se
limitan a objetivos y acciones en donde estas responsabilidades no quedan explícitas.
Habría que replantearse la posibilidad de reformar la Ley Marco del Sistema de Seguridad
Nacional ya que el artículo 244 de la Constitución indica que “El Ejército de Guatemala, es una
institución destinada a mantener la independencia, la soberanía y el honor de Guatemala, la integridad
2. DIPLOMADO DE SEGURIDAD NACIONAL, DEFENSA NACIONAL Y
GOBERNANZA LOCAL. MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL.
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Institución: Asociación Política CAMINEMOS.
Por: Alexander Sandoval Portillo.
Guatemala, 12 de septiembre de 2018.
del territorio, la paz y la seguridad interior y exterior”, de lo contrario, hasta la misma ley o parte de
ella podría ser inconstitucional. No obstante, lo ideal sería contar con una ley de defensa nacional.
¿Qué es lo que pasa alrededor de la Ley Marco de SNS? Podrían pensar muchas cosas, como
por ejemplo el hecho mismo que no toma en cuenta al Ministerio de Educación y a los gobiernos
locales para su conocimiento, promoción y difusión; que las instituciones parte del Consejo Nacional
de Seguridad basen sus estrategias en objetivos y acciones y no en las funciones propias que la ley
les debería indicar, entre otros ejemplos.
Todo apunta a que la Ley se enfoca más a la seguridad de la ciudadanía en términos del
crimen organizado en donde el Ministerio de Gobernación sería el ente principal por el resguardo de
la seguridad interna, quien a su vez la delega en la Policía Nacional Civil, que, para mi criterio,
también debería ser un ente aparte, pero regido por un ente superior tal como se observa en países
como Colombia.
Con base a lo observado a la Ley Marco del SNS, podría decirse que la defensa queda a un
lado; no es comprendida su importancia, por ejemplo, las aportaciones del ejército podrían ser clave
para fortalecer las capacidades de los gobiernos locales por ejemplo en gestión de riesgos ya que el
Ejército siempre está presente cuando sucede algún desastre natural, incendios, etc. En estos tiempos
las y los guatemaltecos deberíamos pensar a futuro, estar prevenidos ante los acontecimientos como
la delincuencia organizada transnacional, el ciberataque, resguardo territorial, entre otros problemas
de seguridad que podrían suscitarse tanto en lo interno como en lo externo.
Bajo esa misma lógica, la del análisis de la Ley Marco del SNS, cabe mencionar que el Libro
Blanco de Seguridad, por su parte es quizá el documento que tiene más claro su accionar, es decir,
establece 4 funciones: Priorización, Regulación, Organización y Estabilidad. En cada una de las
funciones la Defensa Nacional es parte, ya que las mismas son complementarias e interdependientes;
un ejemplo podría ser: Función de Priorización. “Atención a riesgos, amenazas y vulnerabilidades,
cuya concreción pueda causar impactos mayores en la sociedad”. La Defensa del Estado por medio
de su Ejército está presente en la protección de las áreas protegidas; en apagar incendios forestales;
en catástrofes o desastres naturales como los sucedidos en El Cambray y en el Volcán de Fuego. Y
si a esto pudiera sumársele al apoyo de la PNC para la seguridad interna; además, con las misiones
de Paz como por ejemplo las realizadas al Congo, Haití, Sudán, etc.
En cuanto a la Agenda Nacional de Riesgos y Amenazas -ANRA- 2018 para Guatemala, es
clave, ya que la misma es base para la formulación de la Política Nacional de Seguridad y orienta las
labores de inteligencia de las instituciones del SIN. A esta es a donde hay que apostar para que la
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Por: Alexander Sandoval Portillo.
Guatemala, 12 de septiembre de 2018.
política sea coherente y congruente con las acciones de cara a las realidades que se van suscitando.
Las acciones que se implementen desde corto, mediano y largo plazo deben enfocarse a la magnitud
con que frecuentemente se estén dando o desarrollando las amenazas y riesgos a la seguridad de la
nación.
La Agenda entonces es el pilar fundamental que permite el desarrollo de objetivos y acciones
sobre indicadores que deben quedar bien claros en la política nacional de seguridad, en tanto que la
Ley del SNS es solo una ley que se enfoca más en la seguridad ciudadana sobre la base del crimen
organizado, más que en la defensa per se.
A manera de conclusión y queriendo interpretar la interrogante planteada ¿Marco Normativo
del Sistema Nacional de Seguridad?, sobre lo que es o debería ser, pero más que todo haciendo énfasis
en la Política y en la ANRA, podría decirse que urge una reforma a la Ley Marco de SNS, una revisión
a su reglamento, un análisis del impacto de la política en cuanto a su conocimiento por parte de la
población en general y principalmente en el ámbito local en donde no solo se centre en los gobiernos
departamentales y gobiernos municipales, sino que sea incluyente a todos los sectores y actores en la
toma decisiones. Asimismo, valorar aún más la importancia que tiene la ANRA porque de ella
dependerá el que se plantee de forma adecuada o idónea la Política Nacional de Seguridad; pero a su
vez, que se plantee una Política Nacional de la Defensa Nacional.
De no contemplarse una reforma, la Defensa Nacional no será de importancia para los
gobiernos central, departamental y local, y menos lo será para la ciudadanía en general y ante esa
situación, urge una Ley de Defensa Nacional.
Fuentes:
1. Constitución Política de la República de Guatemala (Aprobada en 1985 y vigente
desde el 14.01.1986; incluidas sus reformas).
2. Libro Blanco de Seguridad. Guatemala 2025 con Seguridad y desarrollo.
Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad. República de Guatemala.
Julio de 2015.
3. Política Nacional de Seguridad. Secretaría Técnica del Consejo Nacional de
Seguridad. República de Guatemala. Junio de 2017.
4. Agenda Nacional de Riesgos y Amenazas 2018 para Guatemala.