1. UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA
EXTENSION CULAPA SANTA ROSA
CUNSARO
Ana Luisa Taques Monzón
Octavo Semestre en Ciencias Jurídicas y Sociales
Sistemas de Valoración de la Prueba
Derecho Probatorio.
2.
3. INTRODUCCION
Los sistemas de valoración de la prueba son esenciales en los
procesos para llegar a solventar lo requerido por ambas partes.
Los sistemas de valoración de la prueba tienen diferentes reglas para
lo cual debemos saber y conocer cada uno de ellos para saber
entender.
4. SISTEMAS DE VALORACION DE LA PRUEBA
SEGÚN FRANCISCO JAVIER VIVAS LOPEZ: La valoración de la
prueba constituye, indudablemente, una operación fundamental, de
gran importancia en todo proceso y, más aún en el proceso penal,
puesto que de ella depende que el tribunal llegue o no a una certeza;
es decir va a determinar el carácter absolutorio o condenatorio de la
sentencia para el acusado.
El sistema de la prueba legal o tasada, es aquella donde la ley
procesal establece cuándo el juez debe o no darse por conve ncido del
cometimiento de una infracción y de la responsabilidad de un individuo;
aquí involucra el cumplimiento o no de ciertas condiciones y es la ley
la que señala el carácter y valor jurídico de las pruebas, además de la
forma, número y tipo de hechos que se prueban.
El sistema de la libre valoración de la prueba o íntima convicción
en cambio, es aquel donde la ley no establece ninguna regla para la
apreciación de las pruebas, el juez o tribunal es libre de convence rse
según su íntimo parecer de la existencia o inexistencia de los hechos,
así como de la responsabilidad del acusado, según como le hubiesen
impactado las pruebas presentadas.
El sistema de la sana crítica racional, de acuerdo con las reglas de
la lógica, de la psicología, de la sociología y de la experiencia. Aquí,
el juez o tribunal se convence de los hechos y de la responsabili dad
en base a las pruebas presentadas que son valoradas con libertad,
pero enmarcadas a dichas reglas.
SEGÚN EDUARDO ALEJOS TORIBIO: Un sistema probatorio es aquel
estatuto que regula la forma de indagación en los hechos dentro del
proceso, que se manifiesta en las formas y medios a través de los
cuales se puede arribar a una verdad de los hechos, y en el modo de
5. valorar esos medios. Este sistema nos permite saber cómo el
magistrado deberá formar su convenci miento respecto a los hechos.
La prueba legal o tasada En este sistema la labor del legislador se
enfocaba en la idea de que los jueces debían tener una limitaci ón
frente a lo que pensaran o sintieran. Visto así, la confianza que el
primero tenía por el segundo era escaso, pues se indicaba cuál era el
peso específico de cada prueba, llevando al magistrado ante una
limitación. Entonces, al estar las reglas de valoración establecidas en
las leyes, se indicaba al juez cuándo y en qué medida debía considerar
un enunciado fáctico como probado, motivo por el cual es que se podría
decir que se estaba ante un sistema de numerus clausus.
El criterio de íntima convicción este sistema surge como reacción al
sistema de prueba legal, pues se intentaba erradicar los excesos que
se habían cometido por parte del legislador. En este sistema se
concedió al juzgador amplias facultades sobre la apreciación de las
pruebas al no estar sometido a reglas.
Sistema de libre valoración o sana crítica, se tiene que determi nar
el valor probatorio de cada medio de prueba a través de una valoraci ón
libre, según el caso en concreto; pues, este sistema se dirige al juez
para que éste descubra la verdad, de los hechos derivados del
proceso, solamente, basándose en un apoyo racional y cognitivo que
ofrecen los medios de pruebas que se encuentran al alcance.
SEGÚN JOSE MYNOR PAR USEN: Existen distintos sistemas para
valorar la prueba, a continuación, se señalan los más importantes:
Sistema de Prueba Legal: En este sistema, la ley procesal expli ca
bajo qué condiciones el juez debe condenar y bajo cuales debe
absolver, independientemente de su criterio propio. El Código Procesal
6. Penal anterior (derogado) se basaba en este sistema. Por ejemplo, el
artículo 710 estipulaba que la confesión lisa y llana, con las
formalidades de la ley, hacía plena prueba o el artículo 705 que
establecía que no hacía prueba en adulterio la confesión de uno solo
de los encausados. De fondo este sistema se basa en la desconfi anza
hacia los jueces y pretende limitar su criterio interpretati vo.
La Íntima Convicción: En el sistema de íntima convicción, la persona
toma su decisión sin tener que basarse en reglas abstractas y
generales de valoración probatoria, sino que en base a la prueba
presentada debe decidir cuál es la hipótesis que estima como cierta. A
diferencia del sistema de sana crítica razonada, no se exige la
motivación de la decisión. Este sistema es propio de los procesos con
jurados.
La Sana Crítica Razonada: El juez debe convencerse sobre la
confirmación o no de la hipótesis, pero en base a un análisis racional
y lógico. Por ello es obligatorio que el juez motive todas sus decisiones,
demostrando el nexo entre sus conclusiones y los elementos de prueba
en los que se basa. La motivación requiere que el juez describa el
elemento probatorio y realice su valoración crítica, ya que de lo
contrario la resolución del juez sería incontrolable y podría ser
arbitraria. El Código Procesal Penal vigente recoge este principio en
sus artículos 186 y 385. Si bien la valoración de la prueba es tarea
eminentemente judicial, el fiscal deberá recurrir a la sana crítica para
elaborar sus hipótesis y fundamentar sus pedidos.
Tomando en cuenta varias opiniones de autores tanto internaciona les
como nacionales se llega a la conclusión que el sistema de valoraci ón
de la prueba, es fundamental en un proceso ya que por medio de estos
sistemas el tribunal declara la veracidad de la prueba y declarar la
sentencia absolutoria o condenatori a. Se analizan tres sistemas de
7. valoración de la prueba muy importantes los cuales cada uno tiene sus
principales características así mismo sus formalidades para que el
tribunal basándose en ello pueda tomar la decisión adecuada al
acusado.
Entre los sistemas que puede analizar se menciona.
Prueba legal o tasada: De lo entendido en este sistema el tribunal debe
acatarse a lo que está estipulado en ley para poder tomar la decisión
de carácter absolutorio o condenatorio.
Íntima convicción: En este sistema lo comprendido que el tribunal tiene
libre conocimiento acá el tribunal no se basa en las reglas plasmadas
legalmente sino debe basarse en las pruebas presentadas así
determinar la veracidad de los hechos.
La sana critica razonada: En este sistema es el más utilizado en la
actualidad ya que el tribunal se basa en su conocimiento lógico y
principios sobre las pruebas presentadas así mismo moralmente poder
tomar la decisión.
Después de analizar cada uno de los sistemas de valoración de la
prueba, se llega a conocer aún más sobre ellos y se solucionan muchas
dudas y las confusiones que pueden surgir, por lo tanto, es necesari o
estar informados sobre cada uno de ellos así mismo observar los
procesos donde toman en cuenta estos sistemas lo cual es muy
importante para lograr lo convenido.
La valoración de la prueba es fundamental dentro del proceso ya que
solo así determinamos la verdad.