1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERRECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y
POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Materia: Derecho Procesal
Penal I
Prof. Eleana Santander
Estudiante: María Peroza
C.I.: 27.967.574
Enero 2021
2. Los Sujetos
Procesales
Personas capaces legalmente
para poder participar en una
relación procesal de un proceso,
ya sea como parte esencial o
accesoria.
Todas las personas naturales y
jurídicas, así como todos los
órganos estadales que intervienen
en el proceso penal.
Son
Características
Se clasifican en:
Fundamentales;
Connaturales y Eventuales
Son a su vez los sujetos del
litigio o sujetos litigiosos,
con prescindencia del juez,
que es el que se encarga de
tomar la decisión judicial
reclamada.
Según el COPP los sujetos
procesales serán el juez, el
Ministerio Público, el
imputado y su defensor, la
víctima, el acusador
particular, testigos, perito,
terceros intervinientes, etc.
Atribuciones
Como Juez unipersonal en
las causas por delito que no
tengan asignada la pena
privativa de libertad y
aquellas cuya pena privativa
no sea mayor de cuatro años;
en el procedimiento
abreviado y en el
procedimiento de faltas.
Como Juez presidente de un
tribunal mixto en las causas por
delito cuya pena privativa de
libertad sea mayor de cuatro
años y no exceda de dieciséis.
Dirigirá la audiencia oral y
redactara la sentencia
respectiva.
Como Juez presidente de
un tribunal de jurado en
las causas por delito cuya
pena privativa de libertad
sea superior a dieciséis
años. Dirigirá la audiencia
oral y dictara la sentencia
conforme al veredicto del
jurado.
3. Jurisdicción y
Competencia
Nociones
Generales
Jurisdicción
Es la facultad de
declarar la aplicación
de la Ley a los casos
concretos mediante un
juicio, es decir, la
jurisdicción es la
potestad de imponer la
fuerza ejecutiva a la
declaración con que se
aplica esa ley a un caso
concreto.
Competencia
Es la capacidad o
derecho que tiene el
juez otorgado por la ley
para conocer lo
relacionado a la
comisión de un delito o
para juzgarlo en el
marco de un proceso
penal. Existen dos tipos
de competencia: la
penal y la competencia
objetiva.
Según el artículo
2 del COPP esta
actividad de
administrar
justicia penal
emana de los
ciudadanos y se
imparte en
nombre de la
república por
autoridad de la
ley.
La competencia es
una medida de
jurisdicción
determinada por
diversos factores
según la legislación y
la rama jurídica para
descentralizar la
función del Estado de
impartir justicia a
través de tribunales.
Características
• Pública: La Jurisdicción es
ejercida por Órganos del
Estado, porque sólo éste tiene la
facultad para administrar
justicia y lo que persigue es la
aplicación de la ley para dirimir
conflictos.
• Improrrogable: Pues en materia
penal, la regla es que la
jurisdicción es improrrogable o
• Indelegable: porque los
Jueces están investidos de
potestad para ejercer la
función jurisdiccional; por
consiguiente cuando en un
juicio concreto tienen
jurisdicción y competencia
no pueden desasirse del
conocimiento de la causa
La competencia se encuentra
clasificada en dos clases:
Por Razón del Territorio donde la regla
general de competencia territorial de los
Tribunales está establecida en el Art. 58 del
COPP. Y Por Razón de la Materia la cual se
determina por la entidad cualitativa y
cuantitativa del hecho que se ventila.
Conforme lo establecido en los Arts. del
COPP 65,66,67,68 y 69.