2. ¿QUE SON ?
Son instrumentos
mediante los cuales se
busca la integración
de los ciudadanos a la
democracia interna de
un país.
3. ARTICULO 103 DE LA
CONSTITUCION
POLITICA DE COLOMBIA
• La constitución Política de Colombia en su
articulo 103, establece: “son mecanismos
de participación del pueblo en ejercicio de
su soberanía:
4. ELVOTO
• Es el mecanismo a través
del cual los Colombianos,
mayores de 18 años, eligen
a quienes desean que los
represente .
• Es la expresión publica o
secreta de los ciudadanos
ante una opción o
preferencia.
5. PLEBISCITO
•Art 7 de la ley 134 de 1994 “El
plebiscito es el pronunciamiento del
pueblo convocado por el presidente
de la Republica, mediante el cual
apoya o rechaza una determinada
decisión del ejecutivo”
6. PLEBISCITO
•Para que el plebiscito sea valido debe ser
aprobado por el Congreso de la Republica
y la firma de todos los ministros
7. CONSULTA
POPULAR
• Derecho de los Ciudadanos a
presentar proyectos ante:
Congreso de la Republica
Asamblea Departamental
Consejos Municipales y Distritales
Juntas Administrativas Locales.
• Los Ciudadanos serán los que
aprueben o no el proyecto
8. CABILDO ABIERTO
• Art 9, Ley 134 de 1994. “ Es la reunión publica
de los Concejos distritales, municipales o de
las juntas administradoras locales, en la cual
los habitantes pueden participar directamente
con el fin de discutir asuntos de interés para la
comunidad.
• Debe ser solicitado por el 0,5% del censo
electoral del respectivo municipio ante la
secretaria del concejo o la Junta
Administradora local.
• Solo podrán intervenir el vocero de quienes
solicitaron el cabildo y aquellos que se
inscriban, al menos con tres días de
antelación.
9. INICIATIVA LEGISLATIVA
• Art 2 , Ley 134 de 1994 “ Derecho que tiene los ciudadanos de presentar
proyectos:
• Acto legislativo y de ley Congreso de la Republica
• De ordenanza Asambleas Departamentales.
• De acuerdo Concejos Municipales o Distritales .
• De resolución Las juntas administradoras locales”
10. REVOCATORIA DEL MANDATO
• Art 6, Ley 134 de 1994 “ Es un derecho político, por medio del cual los
ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido aun
gobernador o a un alcalde”
11. REVOCATORIA
DEL MANDATO
• El tramite inicia con el 40% de
los votos que obtuvo el
gobernante.
• Se solicita ante la Registraduría
del Estado Civil.
• El registrador informa a la
persona cuyo mandato
pretenden revocar
• Se convoca a votación