Pdf noviembre esep 2020 sesion 7 fiscalizacion laboral
1. DIPLOMADO EN LEGISLACION LABORAL Y
RELACIONES LABORALES
Sesión 7
Legislación Laboral
Mg. Jorge Quijandria Ascencio
ESCUELA EMPRESARIAL DEL PERÚ
2. FISCALIZACION LABORAL
1. SUNAFIL: Marco legal de acción.
2. Facultades del Inspector de Trabajo.
3. El inicio del procedimiento inspectivo.
4. El procedimiento sancionador.
5. Escala de multas vigentes.
https://www.youtube.com/watch?v=IW0L7GMozzw
https://www.youtube.com/watch?v=9_mrcK35rXQ
Contenido de la Sesión
3.
4. I.- Marco Legal de Acción: Ley Nº 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral
CREACION Y FINALIDAD:
La Superintendencia Nacional de
Fiscalización Laboral (Sunafil), es un
organismo técnico especializado, adscrito
al Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo, responsable de:
1.-Promover(orientación)
2.- Supervisar y fiscalizar
el cumplimiento del ordenamiento jurídico
sociolaboral y el de seguridad y salud en
el trabajo, así como brindar asesoría
técnica, realizar investigaciones y
proponer la emisión de normas sobre
dichas materias.
11. 1. Personas naturales o jurídicas.
2. Públicas o privadas.
3. Incluyendo a empresas pertenecientes al
ámbito de la actividad empresarial del
Estado.
❖ Siempre que estén sujetos al
Régimen Laboral de la Actividad
Privada.
❖ La inspección del trabajo no es
competente para inspeccionar el
cumplimiento de derechos y
obligaciones del:
❖ Régimen Laboral del Sector Público.
❖ Contrato Administrativo de Servicios
– CAS (excepto de obreros
SUNAFIL: AMBITO DE ACTUACION
12. Comprende a Inspectores auxiliares, inspectores de trabajo y
supervisores inspectores
Son autoridades públicas, cuyos actos merecen fe, seleccionados
por concurso público por razones de aptitud.
Sus facultades son:
•Entrar libremente de día o de noche a cualquier centro de trabajo
•Practicar cualquier investigación, diligencia a fin de ver la materia
inspeccionada.
•Requerir la presencia del inspeccionado en su centro de trabajo o en
las oficinas públicas.
•Examinar cualquier documentación, programas informáticos y
documentos de seguridad social, planillas declaración de impuesto a
la renta y cualquier tipo de documento relativo al cumplimiento.
•Adoptar medidas para exigir al empleador que cumplan sus
obligaciones.
II.- Facultades de los Inspectores de Trabajo
13. Origen y tipos de una Actuación Inspectiva
Denuncia del Trabajador /Sindicato
Lo solicita un Sector Público o el Poder
Judicial
De oficio a iniciativa de la propia SUNAFIL en
sus programas anuales.
A pedido del empleador.
https://www.youtube.com/watch?v=NthDQdU3yXA
ACTUACION INSPECTIVA DE ORIENTACION
ACTUACION INSPECTIVA DE INVESTIGACION
https://www.youtube.com/watch?v=N-VLDUokbP8
16. Modalidades de actuación inspectiva
Visitas de inspección a los
centros y lugares de
trabajo.
Requerimiento de
comparecencia del sujeto
inspeccionado.
Comprobación de datos o
antecedentes.
Requerimiento de
información por medio de
sistemas de comunicación
electrónicas (D.S.008-
2019-TR del
24/Junio/2019)
17. Modalidades de actuación
Visitas de inspección a los
centros y lugares de
trabajo.
Requerimiento de
comparecencia del sujeto
inspeccionado.
Comprobación de datos o
antecedentes.
Requerimiento de
información por medio de
sistemas de comunicación
electrónicas (D.S.008-2019-
TR del 24/Junio/2019)
18. Modalidades de actuación
Visitas de inspección a los
centros y lugares de trabajo.
Requerimiento de
comparecencia del sujeto
inspeccionado.
Comprobación de datos o
antecedentes.
Requerimiento de
información por medio de
sistemas de comunicación
electrónicas (D.S.008-2019-TR del
24/Junio/2019)
Comprobación de datos.-
Verificación de datos o
antecedentes del empleador
que obran en el sector
público.
Cuando del análisis de dicha
información se llega a la
conclusión que hay
incumplimientos, la
SUNAFIL debe continuar la
inspección en cualquiera de
las otras modalidades.
19. ¿QUE PASA SI HAY UN JUICIO
ABIERTO SOBRE LOS MISMOS
HECHOS QUE SE
INSPECCIONAN?
24. Instancias Administrativas
Primera Instancia
Sub Dirección de
Inspección en G.R.
Sub Intendencia
de Resolución
en SUNAFIL
Segunda Instancia
Dirección de
Inspección en
G. Regionales
Intendencia
Regional en
SUNAFIL
Tribunal de
Fiscalización
Laboral
IV.- El Procedimiento Inspectivo
33. Reglas de Insubsanabilidad
•Cuando los efectos de la
afectación del derecho o del
incumplimiento de la obligación
pueden ser revertidos.
Infracciones
Subsanables
•Cuando los efectos de la
afectación del derecho o del
incumplimiento de la obligación
no pueden ser revertidos.
Infracciones
Insubsanables
Son
insubsanables
Numeral 25.7
(Disposiciones sobre
trabajo de niños, niñas y
adolescentes)
Numeral 25.18 (Disposiciones sobre
trabajo forzoso y trata de personas)
Regla general: (Artículo 49° segundo párrafo)
Regla particular (48.1-D)
• Aquellas que tienen una
especial trascendencia por
la naturaleza del deber
infringido o afectan
derechos de los
trabajadores especialmente
protegidos por las normas
legales.
MUY
GRAVE
• Actos u omisiones
contrarios a los derechos
de los trabajadores o
cuando se incumplan
obligaciones que
trasciendan el àmbito
formal.
GRAVE
• Obligaciones formalesLEVE
Calificación de las
infracciones