Este curso permitirá conocer adecuadamente el nuevo procedimiento inspectivo y sancionador en materia laboral, permitiendo tomar mejores decisiones con enfoque preventivo.
2. I. BASE
NORMATIVA
Ley N° 28806. Ley General de Inspección de Trabajo, y normas
modificatorias
D.S N° 019-2006-TR. Reglamento de la Ley General de Inspección de
Trabajo.
D.S N° 004-2019-JUS. Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, que
regula el Procedimiento Administrativo General.
Ley N° 29981 . Ley que crea la Superintendencia Nacional de
Fiscalización Laboral.
D.S N° 007-2013-TR. Reglamento de Organización y Funciones de la
SUNAFIL, y normas modificatorias.
D.Leg N° 1499. que regula medidas para garantizar y fiscalizar la
protección de derechos sociolaborales.
D.S N° 021-2007-TR. Reglamento del Sistema de Inspección de
Trabajo.
Resolución de Superintendencia N° 103-2020-SUNAFIL, que regula
el Protocolo N° 005-2020-SUNAFIL-INNI sobre el ejercicio de la
Inspección del Trabajo dentro del marco de la declaratoria de
emergencia sanitaria derivada del COVID-19.
3. II.
CONCEPTOS
GENERALES
DE
INSPECCIÓN
Y
FISCALIZACI
ÓN
1. Sistema de Inspección deTrabajo.
Único, Povivalente e Integrado
Normas, Órganos, Servidores Públicos, Recursos
Cumplimiento de nomas sociolaborales y de SST.
2. Inspección de trabajo.
Servicio público, orientar, vigilar, exigir, asesorar el cumplimiento
de normas sociolaborales y de SST.
Artículo 3 del Convenio 81 de la Organización Internacional del
Trabajo, establece que el sistema debe velar por el cumplimiento
de condiciones de trabajo, protección de trabajadores, seguridad,
higiene, bienestar, entre otros.
4. CONCEPTOS
GENERALES
DE
INSPECCIÓN
Y
FISCALIZACI
ÓN
3. Inspectores.
Inspectores deTrabajo
Inspectores Auxiliares (materias que no revistan complejidad).
* Se define a través de Resoluciones de Superintendencia. (puede
considerar características del sujeto inspeccionado).
4. Acciones Previas.
Actividades o diligencias presenciales y/o virtuales que se realizan
antes del inicio de la función inspectiva para vigilar el
cumplimiento de normatividad laboral .
(verificación / constatación de hechos y/o documentos)
5. CONCEPTOS
GENERALES
DE
INSPECCIÓN
Y
FISCALIZACIÓ
N
5. Acciones de Orientación.
Brindar asesoría técnica a empleadores y/o trabajadores.
6. Acciones Inspectivas.
Diligencias de “Inspección de Trabajo” que se sigue de oficio
previo al inicio del procedimiento administrativo sancionador.
Fin de cumplimiento de normas sociolaborales y de SST.
6.1 Función Inspectiva.- Función que comprende el ejercicio de la
vigilancia y exigencia del cumplimiento de las normas
6. III.
PRINCIPIOS
DEL SISTEMA
DE
INSPECCIÓN
DETRABAJO.
El TUO de la Ley N° 27444, establece las reglas mínimas
establecidas para cualquier procedimiento administrativo.
(General / Sancionador).
Ley N° 28806:
i. Fija principios del proceso y para los servidores públicos que
cumplen la función inspectiva.
ii. Norma especial para los Inspectores deTrabajo
Artículo 2. -
“ Los Inspectores de Trabajo, además de observar todas las disposiciones
legales que regulan la actividad inspectiva, deberán ejercer las funciones
y cometidos que tienen atribuidos de conformidad con los principios
señaladas”
7. PRINCIPIOS
DELSISTEMA
DE
INSPECCIÓN
DETRABAJO.
1. Legalidad (Jerarquía de las normas)
2.Primacía de la realidad (Formales / Reales)
3. Imparcialidad y objetividad. (No interés propio o de terceros).
4. Equidad (Tratamiento igualitario)
5. Autonomía técnica. (Independencia).
6. Jerarquía (sujeción del Sistema de Inspección del Trabajo).
7. Eficacia (Finalidad).
8.Confidencialidad.
8. IV.
INSPECCION
DETRABAJO
1. Funciones y Facultades
Actos y acciones vinculadas al servidor público (inspector).
Se debe identificar con fotocheck y DNI (web SUNAFIL).
Es de OFICIO .
i. Decisión interna.
ii. Denuncia.
iii. Requerimiento de autoridad.
iv. Iniciativa de inspectores. Actuaciones en flagrancia. (48 horas
informe para convalidar).
v. Solicitud de empleadores, trabajadores, gremios sindicales y
empresariales
9. INSPECCION
DETRABAJO
Previo al inicio de actuaciones inspectivas de investigación o
comprobación, pueden iniciarse acciones previas
(presencial/virtual). Ejemplo: Suspensión perfecta/COVID-19.
No avisa, puede pedir intervención, auxilio y colaboración PNP,
FFAA, MP, Ministerios, Municipalidades), define quien interviene
en la inspección.
No tiene horario.
Se puede realizar en días hábiles e inhábiles
Sobre los centros de trabajo, instalaciones, lugares donde se
ejecute prestación de labores y/o sobre sus bienes.
10. INSPECCION
DETRABAJO
Confidencialidad de declaraciones de trabajadores.
Puede grabar, tomar muestras (medios probatorios).
Puede pedir información del empleador.
Puede pedir información a Essalud y SUNAT.
Puede solicitar apoyo técnico (peritos).
Se desarrolla en el ámbito privado / público.
Requerir cumplimiento de normas, aconsejar la adopción de
medidas, modificar instalaciones.
11. INSPECCION
DETRABAJO
Ordenar el cierre temporal del área de una unidad económica o la
unidad económica, la paralización y/o prohibición inmediata de
trabajos o tareas por inobservancia a normas de STT.
Informar a otras entidades (Ministerio Público).
Brindar apoyo a directivos y responsables del Sistema de
Inspección Laboral.
Dictar medidas de recomendación, asesoramiento técnico, de
advertencia y/o requerimiento.
Iniciar procedimiento sancionador (actas de infracción u
obstrucción a labor inspectiva)
12. INSPECCION
DETRABAJO
2. Colaboración del empleador.
i. Atenderlos y prestar facilidades en la inspección. (sino se
encuentra representante, no invalida)
ii. Identificarse y brindar información del personal.
iii. Declarar sobre hechos que tengan relación con la inspección.
iv. Brindar información y/o documentación.
13. INSPECCION
DETRABAJO
3.Finalidad.
Vigilar y exigir el cumplimiento de normas laborales.
i. Ordenación de relaciones laborales y sindicales.
ii. Prevención de riesgos laborales.
iii. Empleo y migraciones.
iv.Trabajo infantil.
v. Prestaciones de salud y sistema previsional.
vi. Personas con discapacidad.
vii.Trabajadora gestante y/o maternidad.
14. INSPECCION
DETRABAJO
4. Actuaciones inspectivas.
i. Se inicia con una orden de inspección (emitida por disposición
superior (puede ser especial sobre un sujeto –específica-; ó a un
grupo de sujetos determinados en función a criterios objetivos-
genérica-)
ii. ¿Que pasa ante error material?
iii. Las actuaciones inspectivas se deben realizarse en el plazo
establecido en la orden de inspección, salvo aquellos casos que
ameriten intervención inmediata (Ejemplo: Accidente de trabajo).
iv. Se realizan por el mismo inspector o grupo de inspectores, salvo
situaciones excepcionales (demora, especialización, , abstenciones
v. El inicio de actuaciones de vigilancia y control interrumpe el
plazo de prescripción de las infracciones.
vi. Plazo para concluir las actuaciones solo puede ser prorrogado
una sola vez.
15. INSPECCION
DETRABAJO
5. Modalidades y/o Medios de Investigacón.
Inspección física que se inicia sin dar aviso y dura el tiempo que
sea necesario.
Comparecencia. Exige la presencia del inspeccionado en oficina
pública.
Comparación de documentos
Requerimientos de información por medios de comunicación
electrónica.
16. INSPECCION
DETRABAJO
6. No comisión de infracción.
En caso durante las actuaciones de investigación o comprobación
no se compruebe comisión de infracción, se emite informe dando
fin a la etapa de fiscalización.
El informe debe contener:
i. Identificación del sujeto inspeccionado.
ii. Medios de investigación utilizados.
iii. Hechos constatados.
iv. Conclusiones
v. Datos del inspector.
vi. Fecha del informe.
17. INSPECCION
DETRABAJO
7. Detección de comisión de infracción.
i. Emiten medidas de advertencia, requerimientos, cierre
temporal, paralización de trabajos.
ii. Otorga plazo para subsanar.
Subsana dentro de plazo. Fin a etapa.
No Subsana dentro del plazo. Calificado en Procedimiento
Sancionador.
No subsana. Procedimiento Sancionador.
18. INSPECCION
DETRABAJO
iii. Dictan medidas de recomendación y asesoría técnica.
iv. Dictan medidas de advertencia y requerimiento (Cumplimiento
de normas sociolaborales y/o SST).
v. Dictan paralización y/o prohibición de trabajo (Riesgo grave o
inminente en la SST). Sin perjuicio del cumplimiento, podría
impugnarse.
Vi. Dictan medida de cierre temporal (Accidente laboral mortal).
No se dejan de pagar remuneraciones ni beneficios sociales.
No se pueden tomar vacaciones, salvo las ya programadas
19. V. REGIMEN
DE
INFRACCIÓN
Y
SANCIONES.
I. CONCEPTO.-
Constituyen infracciones administrativas los incumplimientos a
disposiciones legales y convencionales de trabajo, individuales y
colectivas, en materia sociolaboral y de seguridad y salud en el
trabajo.
Asimismo, constituye una infracción el impedimento o dificultar al
ejercicio de la labor inspectiva.
II. INFRACCIONES.-
i. LEVES. (Incumplimientos a obligaciones formales)
ii. GRAVES. (Cuando los actos sean contrarios a los derechos de
trabajadores o entorpecimiento a labor inspectiva)
iii. MUY GRAVES. (Mayor trascendencia en la afectación de
derechos de trabajadores)
20. REGIMEN DE
INFRACCIÓNY
SANCIONES.
1. En Materia de Relaciones Laborales.-
Incumplimientos a disposiciones legales y convencionales de
trabajo, individuales y colectivas, colocación, fomento de empleo
y modalidades formativas, así como incumplimientos de
conciliación administrativa.
LEVES.
1. No comunicar ni registrar información .
2. No entregar en los plazos boletas, liquidación de tiempo de
servicios, participación de utilidades, beneficios sociales.
3.No exponer horario de trabajo.
4. No entregar RIT.
5. No comunicar al MINTRA las denuncias por hostigamiento
sexual.
21. REGIMEN DE
INFRACCIÓNY
SANCIONES.
GRAVES.
1. No actualizar pago de planillas, registrar de trabajadores y
prestadores de servicio. Se considera Alta, Baja o envío de
información falsa.
2. No pago oportuno de remuneraciones y beneficios laborales.
3. No pago oportuno de CTS.
4. Modificación unilateral del empleador del contrato o
condiciones del contrato de trabajo.
5. Incumplimiento de facilidades para el ejercicio de la libertad
sindical.
6. No adoptar medidas para la prevención y sanción del
hostigamiento sexual.
22. REGIMEN DE
INFRACCIÓNY
SANCIONES.
MUY GRAVES.
1. No pagar RMV.
2. Incumplimiento de disposiciones para contratos sujetos a
modalidad.
3. Incumplimiento a disposiciones relacionadas a la jornada de
trabajo, sobretiempo, refrigerio, trabajo nocturno, descanso
vacacional, licencias, permisos, otros.
4. Incumplimiento a disposiciones relacionadas a trabajo infantil.
5. Negativa a recibir pliego de reclamos.
6. Limitación a actos que afecten el libre ejercicio de huelga.
7. Limitación de actos que afecten la libertad sindical.
8. Actos de hostilidad y hostigamiento sexual.
9. Incumplimiento a disposiciones relacionadas a madres gestantes.
10. Discriminación del trabajador.
23. REGIMEN DE
INFRACCIÓNY
SANCIONES.
2. En Materia de Seguridad y Salud en elTrabajo.-
Incumplimientos a disposiciones legales en materia de SST entre
ellas a la omisión a la inscripción al régimen de prestaciones de
salud y sistema de pensiones.
Como criterios de graduación se observaran la peligrosidad de las
actividades , gravedad de los daños producidos, entre otras
LEVES.
1. Falta de orden y limpieza en el lugar de trabajo.
2. Incumplimientos formales en materia de SST.
3. Otras.
24. REGIMEN DE
INFRACCIÓNY
SANCIONES.
GRAVES.
1. Falta de orden y limpieza en el lugar de trabajo que implique
riesgo a la SST.
2. No comunicar accidentes fatales.
3. No realizar actividades de prevención ni efectuar la evaluación
de riesgos.
4. No comunicar los resultados de los exámenes médicos al
trabajador.
5. No adoptar medidas en materia de primeros auxilios, incendios
y evacuación.
6. No constituir el CSST o representante.
7. No verificar el cumplimiento normativo en materia de SST por
parte de contratistas.
25. REGIMEN DE
INFRACCIÓNY
SANCIONES.
MUY GRAVES.
1. No observar normas sobre embarazo, lactancia y personas con
discapacidad.
2. No observar normas de SST.
3. Designar a trabajadores en puestos incompatibles con sus
capacidades y que atenten la SST.
4. Acciones y omisiones para evitar mayores riesgos para la SST.
5. No implementar un Sistema de gestión de seguridad y salud en
el trabajo o no tener Reglamento de SST.
6. Incumplimiento de normas de SST que ocasione muerte o
enfermedad ocupacional.
7. No cumplir con realizar exámenes médicos.
26. REGIMEN DE
INFRACCIÓNY
SANCIONES.
3. En Materia de Empleo y Colocación.
Incumplimientos por registro fraudulento de micro y pequeña
empresa, incumplimiento a normas de registro en el plazo
establecido, entre otras.
27. REGIMEN DE
INFRACCIÓNY
SANCIONES.
4. En Materia de Intermediación Labora y Empresas Usuarias
5. En Materia de Promoción y Formación del Empleo.
i. Exceder límites de contratación bajo modalidades formativas.
ii. No emitir informes al Centro de Formación Profesional.
6. En Materia de Contratación de Extranjeros.
28. REGIMEN DE
INFRACCIÓNY
SANCIONES.
7. En Materia de Seguridad Social
Constituyen infracciones la omisión a la inscripción en el régimen
de prestaciones de salud y en los sistemas de pensiones, entre
otros.
8. En Materia de Labor Inspectiva.
i. No brindar colaboración.
ii. Perturbar, retrasar, abandonar o impedir inspección.
iii. No cumplir con orden de paralización o prohibición de trabajos.
iv. Inasistencia a comparecencia.
v. No cumplir con orden de cierre temporal.
29. REGIMEN DE
INFRACCIÓNY
SANCIONES.
III. EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD.-
1. Caso Fortuito y Fuerza Mayor.
2. Ejercicio de un derecho de defensa.
3. Derivado de una orden de la autoridad.
4. Subsanación.
IV. CONCURSO DE INFRACCIONES.
V. REDUCCIÓN y REITERANCIA
Reiteración Leves 25%
Reiteración Grave 50%
Reiteración Muy Grave 100%
30. VI.
PROCEDEIMI
ENTO
SANCIONAD
OR
I. PRINCIPIOS.-
1. Legalidad (rango de ley)
2. Debido Procedimiento.
3. Motivación.
4. Razonabilidad (Conducta a sancionar no más ventajosa).
5.Tipicidad (establecidas en norma)
6. Irretroactividad.
7. Concurso de infracciones
8. Continuación de infracciones (30 días hábiles). Reiterancia.
9. Causalidad
10. Presunción de licitud
11. Culpabilidad (subjetivo, salvo norma establezca objetiva)
12. Non bis in idem
31. PROCEDEIMIE
NTO
SANCIONADO
R
II. FASES.-
1. Instructora.-
i. Inicia con acta de Infracción.
ii.Traslada imputación de cargos.
iii. Descargos los 5 días hábiles.
iv. Se pueden recabar medios de prueba.
v. Se emite Informe Final en un plazo no mayor de 10 días de vencido
el plazo para descargos.
2. Sancionadora.-
i. Notifica informe final de instrucción.
ii. Descargos en 5 días hábiles.
iii. Emite resolución en un plazo no mayor de 15 días de vencido el
plazo para descargos.
i. Se puede reconsiderar o apelar en 15 días hábiles.
32. VII.
PROTOCOLO
INSPECCIÓN
SITUACION
EMERGENCIA
SANITARIA
COVID -19
La Resolución de Superintendencia N° 103-2020-SUNAFIL, ha
establecido:
1. Priorizado Acciones Previas a través de mecanismos virtuales
y/o electrónicos.
2. Prioriza el requerimiento de información como modalidad de
actuación inspectiva a través de casilla electrónica, mensajes de
texto, correos electrónicos, entre otros.
3. Emisión de Cartas Inductivas, Cartas Disuasivas, Check List para
los Planes de Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19.
3. Prioriza accidentes de trabajo, despidos arbitrarios, suspensión
perfecta de labores, liquidación de pago de beneficios sociales,
pago de remuneraciones, verificación de aprobación del Plan de
vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo, trabajo
remoto,, licencia con goce de haber, otros.
33. VIII .CASO
ABC es una empresa que se dedica a la actividad de a la actividad de explotación de
hidrocarburos. Cierto día recibió una visita de inspectores de SUNAFIL; los cuales recibió y dejó
en las instalaciones de campo minero por un espacio mayor a 15 minutos; con lo cual el
empleador concluyó sus actuaciones de inspección, procediendo a retirarse. Minutos después,
los inspectores ingresaron a otra instalación del sujeto inspeccionado; procediendo a
entrevistarse con algunos trabajadores de contratistas, pudiendo verificar que ciertos
trabajadores no tenían los equipos de protección personal.
Ante ello, sírvase responder las siguientes preguntas:
1. ¿Es válido que el inspector levante un acta de infracción por obstrucción a la labor
inspectiva?. ¿Porqué?
2. Al reingresar a las instalaciones del empleador ¿Debería anular el acta de infracción por
obstrucción a la labor inspectiva?. ¿Porqué?
3. ¿Es válido que el inspector se entreviste con trabajadores de la empresa contratista de ABC,
sin dar preaviso a la empresa ABC? ¿Porqué?
4. ¿La empresa ABC podría solicitar su intervención obligatoria con los trabajadores
entrevistados?. ¿Porqué?
5. Si la orden de inspección corresponde a fiscalización en materia de SST. ¿Pueden los
inspectores levantar observaciones en materia de cumplimento de sistema previsional?
¿Porqué?