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Franyely García
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
La Integración
Según Pedro Furtial (2007) la integración, forma parte del derecho
internacional público, la cual se define como la fusión de ciertas
competencias estatales en un órgano súper estatal o supranacional.
La integración no debe restringir la soberanía de las partes que
acuerdan establecer un órgano supranacional.
Integración Económica:
Según Jean Carlos Fuenmayor (2007)
define la integración económica como el
flujo de capital, del flujo de personas o
labor y también la abolición de barreras al
comercio libre. La integración económica
puede tener uno de dos propósitos: el
establecimiento de un mercado común o
un área de comercio libre. Esta toma
ventaja de la proximidad geográfica y la
naturaleza complementaria del desarrollo
económico y tecnológico entre países
vecinos.
Derecho de Integración:
Según Luis Enrique Solañuela Parra
(2004) afirma que el Derecho de
integración es el conjunto de normas que
regulan la conducta de los Estados en
cuanto a la integración o integración
económica. Es decir, son las normas
nacionales e internacionales que rigen la
actuación del Estado en relación con
todas áreas de la integración. Por ejemplo
el comercio, los aranceles, o el flujo de
personas.
• Los convenios y tratados internacionales.
• La legislación Nacional.
• La jurisprudencia de órganos jurídicos súper estatales y nacionales.
• Los acuerdo bilaterales y multilaterales.
Objeto de Tutela.
Integración Integración Económica Derecho De Integración
Si bien el objeto de tutela
del derecho de integración
es el establecimiento de
un órgano súper estatal o
supranacional el cual tiene
jurisdicción sobre ciertas
áreas de interés común, se
tendrá que concluir que la
región de América Latina
no ha logrado establecer
los órganos súper
estatales necesarios como
lo ha logrado la comunidad
Europea
En la Integración
Económica el derecho
regula las áreas
nacionales de transporte,
derecho aéreo, la libre
circulación de
trabajadores, el
movimiento libre de
comercio, la eliminación
de aduanas o impuestos;
la integración requiere de
una coordinación de la
macroeconomía y política
de los Estados en las
áreas de relaciones
exteriores, agraria,
industria, fiscalización, el
sistema monetario, entre
muchos más.
La tiene como objetivo la
libre circulación de bienes,
servicios y factores
productivos entre los
países a través de la
eliminación de derechos
aduaneros y restricciones
no arancelarias a la
circulación de
mercancía. También
provee el establecimiento
de un arancel externo
común, además de la
adopción de una política
comercial común con
relación a terceros, entre
otras. Finalmente, tiene
como objetivo la
armonización de
legislación en las áreas
pertinentes, para lograr el
fortalecimiento del proceso
de integración.
Niveles de Integración
 A. Zona De Preferencias Arancelarias
Consiste en que los Estados partes acuerdan suprimir las tarifas arancelarias y otras barreras o restricciones cuantitativas al
comercio recíproco de bienes, pero conservando cada uno de ellos autonomía e independencia respecto de su comercio con
terceros Estados. Para llegar a una Zona de Libre Comercio se fijan plazos, condiciones y mecanismos de desgravación
arancelarios.
 B. Zona de Libre Comercio
Implica un proceso en el que los estados participantes, además de liberar las corrientes comerciales por medio de la
desgravación arancelaria entre ellos, adoptan frente a terceros países una política arancelaria común o tarifa externa común.
En este orden de ideas, la zona de libre comercio perfecta radica en lograr:
1) La completa eliminación de tarifas entre sus Estados miembros.
2) El establecimiento de una tarifa uniforme sobre las importaciones del exterior de la Unión.
3) La distribución de los ingresos aduaneros entre sus miembros conforme a una fórmula acordada.
 C. Mercado Común
En la etapa del mercado común, los países miembros que componen la unión aduanera le agregan la posibilidad de la libre
circulación de personas, servicios y capitales sin discriminación, por tanto, se establece la libre circulación de los factores
productivos; se lleva a cabo una política comercial común, se permite el libre desplazamiento de los factores de la
producción (capital, trabajo, bienes y servicios), es decir, las cuatro libertades fundamentales de la comunidad, y se adopta
un arancel aduanero exterior unificado.
 D. Unión Económica
La unión económica se da cuando los Estados que han conformado un mercado común, le incorporan la armonización de
las políticas económicas nacionales, entre ellas, las políticas monetaria, financiera, fiscal, industrial, agrícola; con la
finalidad de eliminar las discriminaciones que puedan hallarse de las disparidades entre las políticas nacionales de cada
uno de los Estados que la componen.
 E. Integración Económica Completa
Este es el mayor grado de profundidad al que puede aspirar un proceso de integración y se produce cuando la integración
avanza mas allá de los mercados, porque en el transcurso de este proceso, los Estados involucrados tienden no solo a
armonizar, sino a unificar las políticas en el campo monetario, fiscal, social, etc., y más allá incluso, en cuestiones relativas a
las políticas exteriores y de defensa.
El Derecho Comunitario es el conjunto de normas dictadas por los bloques o
comunidades de naciones en proceso de integración económica y política.
a.- Derecho Originario
El Derecho originario es aquel contenido en los diversos tratados que los Estados miembros suscriben,
siendo las fuentes de mayor rango, y aquellas que posibilitan la aparición del Derecho derivado, que está
sometido al originario. El Derecho derivado no sólo cederá en caso de contradicción con el originario, sino
que además debe estar fundamentado y originado en los diferentes Tratados que lo componen.
b.- Tratados Fundacionales
Dentro de la categoría de tratados fundacionales, se incluyen todas las normas contenidas en el Tratado de
la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (mientras existió), el Tratado de la Comunidad Económica
Europea y el Tratado de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.
c.- Tratados Modificativos Y Complementarios
Se incluyen en esta categoría los tratados que, a lo largo del tiempo, han ido modificando las disposiciones
fundacionales. Los más importantes son:
1. El Tratado De Fusión.
2. El Acta Única Europea.
3. El Tratado De La Unión Europea.
4. El Tratado De Ámsterdam.
5. El Tratado de Niza.
d.- Reglamentos
Los reglamentos son normas jurídicas emanadas de las instituciones europeas que poseen efecto directo
en los países miembro, y que prevalecen sobre el Derecho nacional de cada uno de ellos. Existen cuatro
procedimientos para la aprobación de reglamentos. En primer lugar, el reglamento será adoptado por el
Consejo a propuesta de la Comisión y con la aprobación del Parlamento.
Por otro lado, los reglamentos pueden clasificarse en:
Reglamentos autónomos: También conocidos como autosuficientes, suelen ser adoptados por el Consejo.
Reglamentos marco: Adoptados por el Consejo, facultan a la Comisión para emitir reglamentos de
aplicación o ejecución.
Reglamentos de la Comisión: Algún Tratado declara competente a la Comisión para emitir un determinado
tipo de reglamento.
e.- Directivas
Las directivas comunitarias son mandatos dirigidos a uno o varios países miembro, siendo competentes
para su emisión el Consejo; la Comisión; y el Consejo junto con el Parlamento.
f.- Actos Convencionales
Convenios en aplicación de una disposición de los Tratados.
Convenios no previstos en tratados, pero de objeto ligado a su ejecución.
Decisiones de los representantes en el Consejo.
Acuerdos entre la UE y terceros Estados.
Autonomía del Ordenamiento Jurídico
Comunitario.
El contenido del Primacía del Derecho comunitario, es cual establece la primacía de la norma
comunitaria prima sobre cualquier norma de carácter nacional, ya sea una ley, un reglamento, un decreto,
una resolución, una circular, etc. Y en lo que se refiere a las Constituciones Nacionales, éstas también
estarán sujetas a dicho principio. En base a lo mencionado, surge la reticencia de algunos órganos
jurisdiccionales nacionales a tal aplicación( en lo que respecta a la protección de Derechos
Fundamentales) dando lugar a la instauración por parte del Tribunal de Justicia un conjunto de
principios generales de Derecho que engloban los Derechos Fundamentales en el ámbito del Derecho
Comunitario. El Tribunal de Justicia considera que tal principio beneficia a todas las normas, no solo del
Derecho Primario sino también a las del Derecho Derivado.
Derecho Comunitario y Derecho Nacional.
Las relaciones entre Derecho comunitario y Derecho nacional se caracterizan igualmente por el hecho de que el
ordenamiento jurídico comunitario y los ordenamientos nacionales a veces se enfrentan. Se habla entonces de un
conflicto entre uno y otros.
Esta situación se produce siempre que una disposición de Derecho comunitario establece derechos y
obligaciones directos para los ciudadanos de la Comunidad y su contenido contradice una norma de Derecho
nacional. Tras esta problemática en apariencia tan sencilla, se ocultan dos cuestiones fundamentales acerca de la
estructura de la CE, cuya solución vendría a constituir la piedra de toque de la existencia del ordenamiento
jurídico comunitario: la aplicabilidad directa del Derecho comunitario y la primacía del Derecho comunitario
sobre el Derecho nacional correspondiente. La aplicabilidad directa del Derecho comunitario. La aplicabilidad
directa del Derecho comunitario implica que este último confiere derechos e impone obligaciones directos tanto
a las instituciones comunitarias y a los estados miembros como a los ciudadanos de la Comunidad.
Es un bloque comercial y una organización internacional del ámbito europeo
dedicada a incrementar la integración económica y política entre sus
actualmente 27 estados miembros, y a reforzar la cooperación entre ellos.
La Unión Europea nació con el anhelo de acabar con los frecuentes
y cruentos conflictos entre vecinos que habían culminado en la
Segunda Guerra Mundial. En los años 50, la Comunidad Europea
del Carbón y del Acero es el primer paso de una unión económica y
política de los países europeos para lograr una paz duradera. Sus
seis fundadores son Alemania, Bélgica, Francia, Italia, Luxemburgo
y los Países Bajos.
Por otro lado, ese periodo se caracteriza por la guerra fría entre el
este y el oeste. Las protestas contra el régimen comunista en
Hungría son aplastadas por los tanques soviéticos en 1956; al año
siguiente, la Unión Soviética toma la delantera en la carrera
espacial al lanzar el Sputnik 1, primer satélite artificial. También en
1957 se firma el Tratado de Roma, por el que se constituye la
Comunidad Económica Europea (CEE) o “mercado común”.
Funciones de la Unión Europea.
 Lograr la libre circulación de mercancías, uno de los ejes básicos de la creación
de la Unión Europea.
 Propiciar la libre circulación de capitales es uno de los funciones a través de sus
objetivos fundamentales de la Unión Europea, ya que para algunos es el núcleo
clave de la misma.
 Favorecer la libre circulación de personas y servicios, sobre todo en lo referente
a los trabajadores, a los que se garantizan todos los derechos.
 Establece un arancel común ante las mercancías llegadas de terceros
países. Armonizar la política social de todos los países, de manera que sea
parecida en cualquier país de la comunidad, y un ciudadano tenga garantizados
los mismos derechos en todos ellos.
 Lograr un sistema monetario europeo, así como una uniformidad fiscal, para
evitar la formación de paraísos fiscales que concentren la mayoría de los
capitales.
 Establecer una moneda única de comercialización.
Competencias de la Unión Europea.
 Promover y garantizar la coordinación de las políticas económicas y de
empleo de los Estados miembros.
 2. Definir y realizar una política exterior y de seguridad común que
incluya la definición progresiva de una política común de defensa.
 3. Realizar actuaciones con el objetivo de apoyar, coordinar y
complementar la acción de los Estados miembros, en determinados
ámbitos y en las condiciones que determina la Constitución. En todo caso,
dichas acciones emprendidas por la Unión con la finalidad señalada, no
podrán sustituir la competencia de los Estados miembros sobre las mismas
materias. Los ámbitos propios de acción de apoyo, coordinación o
complemento son, la industria, la protección y la mejora de la salud
humana, la educación, formación profesional, juventud y deporte , la
cultura y la protección civil.
Instituciones de la Unión Europea.
 El Parlamento Europeo (PE),
que representa a los ciudadanos de la UE
y es elegido directamente por ellos.
 El Consejo de la Unión Europea),
que representa a los Estados miembros.
 La Comisión Europea, que defiende los intereses
de la Unión en su conjunto.
Órganos de la Unión Europea.
 El Comité Económico y Social europeo representa a la sociedad civil, los
patronos y los empleados;
 El Comité de las Regiones representa a las autoridades regionales y locales;
 El Banco Europeo de Inversiones financia proyectos de inversión de la UE y
ayuda a las pequeñas empresas a través del Fondo Europeo de Inversiones;
 El Banco Central Europeo es responsable de la política monetaria europea;
 El Defensor del Pueblo europeo investiga las denuncias de los ciudadanos sobre
la mala gestión de las instituciones y organismos de la UE;
 El Supervisor Europeo de Protección de Datos protege la intimidad de los datos
personales de los ciudadanos;
 La Oficina de Selección de Personal de las Comunidades Europeas contrata al
personal de las instituciones de la UE y otros organismos;
 La Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas publica
información sobre la UE;
 La misión de la Escuela Europea de Administración es ofrecer formación en
áreas concretas para el personal de la UE.
.
Integración Regional.
 ALALC: La Asociación Latinoamericana de Libre Comercio identificado con las
siglas “ALALC” es un organismo intergubernamental latinoamericano existente
entre 1960-1980. Creado el 18 de febrero de 1960 por el Tratado de Montevideo.
Reemplazado posteriormente por la ALADI.
 ALADI: La Asociación Latinoamericana de Integración; identificado con las siglas
“ALADI” Es el mayor grupo latinoamericano de integración. Sus 12 países miembros
comprenden a Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Cuba, Ecuador, México,
Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela, representando en conjunto 20 millones de
kilómetros cuadrados y más de 500 millones de habitantes.
 MCCA: El Mercado Común Centroamericano identificado con las siglas " MCCA" es
una Organización económica que agrupa a varios estados de América Central,
fundada en 1960 en virtud del Tratado General de Integración económica o Tratado
de Managua, por el cual Guatemala, Honduras, El Salvador y Nicaragua y dos años
más tarde se incorporó Costa Rica. En esta organización los países miembros se
comprometieron a eliminar los aranceles y otras restricciones a los intercambios y
establecer una política comercial y un arancel común frente a terceros países, con el
fin de crear un espacio económico integrado en la región.
 CAN: La Comunidad Andina de Naciones, identificada con las siglas "CAN"
fue fundada el 26 de Mayo de 1969.Es una organización regional económica y
política constituida por: Chile, Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela.
Teniendo como caracteristicas:
 Es una organización con personalidad jurídica internacional.
 La Comunidad Andina con una Secretaría General de carácter ejecutivo, cuya
sede está en Lima; Perú.
 Sus antecedentes se remontan a 1969 cuando se firmó el Acuerdo de Cartagena,
también conocido como Pacto Andino. La CAN inició sus funciones en agosto de
1997.
 NAFTA: El Tratado de Libre Comercio de América del Norte identificado con
las siglas TLCAN o también TLC más conocido como NAFTA por sus siglas en
inglés (North American Free Trade Agreement), es un bloque comercial entre
Canadá, Estados Unidos y México que establece una zona de libre comercio.
Entró en vigor el 01 de Enero de 1994. A diferencia de tratados o convenios
similares (como el de la Union Europea) no establece organismos centrales de
coordinación política o social. Existe sólo una secretaría para administrar y
ejecutar las resoluciones y mandatos que se derivan del tratado mismo.
 ALCA: El Área de Libre Comercio de las Américas identificado con las
siglas ALCA es un proyecto de integración comercial en el continente
americano. La iniciativa nació en la primera Cumbre de las Americas celebrada
en la ciudad de Miami, Estados Unidos, en diciembre de 1994 y en su versión
original contemplaba la gradual reducción de las barreras arancelarias y a la
inversión en 34 países de la región (todos menos Cuba) y los países
independientes. Con el paso del tiempo, el cambio de regímenes en America
del Sur complicó las negociaciones y en la Cumbre Extraordinaria de las
Américas celebrada en Monterrey, Mexico, se acordó implementar una versión
menos ambiciosa para el 01 de Enero de 2005 y que la presidencia del proceso se
compartiera entre los Estados Unidos y Brasil.
 ALBA: La Alianza Bolivariana Para Los Pueblos De Nuestra
América identificado con las siglas “ALBA” /es el espacio de encuentro de los
pueblos y gobiernos que entienden que la América Latina Caribeña conforma
una Gran Nación, que nuestros países deben unirse para enfrentar
conjuntamente los desafíos del presente y del futuro.
 MERCOSUR: El Mercado Comun del Sur identificado con las siglas
"MERCOSUR"; es un bloque comercial cuyos estados miembros son Argentina,
Brasil, Paraguay, Venezuela y Uruguay. Su propósito es promover el libre
intercambio y movimiento de bienes, personas y capital entre los países que lo
integran y avanzar a una mayor integración política y cultural entre sus países
miembros y asociados. La Fecha de creación de este organismo fue 30 de
Noviembre de 1985. Finalmente, es menester señalar que en fecha 09 de Enero
del 2010, el Senado brasileño dio su aprobación al ingreso de Venezuela en el
Mercosur, después de tres años de idas y venidas, en los que una mayoría muy
hostil retuvo la decisión. La mayoría logró ahora culminar con el proceso de
adhesión, al que sólo le resta la aprobación de Paraguay, donde, por el
momento, la actitud parlamentaria es negativa.
Globalización.
Es un conjunto de propuestas teóricas que subrayan especialmente dos grandes
tendencias: Los sistemas de comunicación mundial; y las condiciones
económicas, especialmente aquellas relacionadas con la movilidad de
los recursos financieros y comerciales.
 EFECTOS
 · La estandarización de productos significa que estos tienen poca o nula
variación entre los distintos países o regiones donde se distribuye.
 · La reducción de las barreras arancelarias, permitiendo que tengan acceso
a estos muchos países con respecto a la oferta y la demanda en contraste con los
productos y servicios ofrecidos.
 · Incentiva los procesos creativos, aumentando la productividad y
distribuyendo los costos fijos entre un mayor número de unidades.
 · El aumento de la cadena productiva y la creación de grandes sociedades
mercantiles de expansión a mercados foráneos.
 · Estimula la integración de las empresas, se trata de empresas que se
desarrollan exitosamente en mercados importantes.
 DESAFIOS
 · Mantener un equilibrio en las estructuras del sistema económico mundial.
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masivos.

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Integración y La union Europea

  • 2. La Integración Según Pedro Furtial (2007) la integración, forma parte del derecho internacional público, la cual se define como la fusión de ciertas competencias estatales en un órgano súper estatal o supranacional. La integración no debe restringir la soberanía de las partes que acuerdan establecer un órgano supranacional. Integración Económica: Según Jean Carlos Fuenmayor (2007) define la integración económica como el flujo de capital, del flujo de personas o labor y también la abolición de barreras al comercio libre. La integración económica puede tener uno de dos propósitos: el establecimiento de un mercado común o un área de comercio libre. Esta toma ventaja de la proximidad geográfica y la naturaleza complementaria del desarrollo económico y tecnológico entre países vecinos. Derecho de Integración: Según Luis Enrique Solañuela Parra (2004) afirma que el Derecho de integración es el conjunto de normas que regulan la conducta de los Estados en cuanto a la integración o integración económica. Es decir, son las normas nacionales e internacionales que rigen la actuación del Estado en relación con todas áreas de la integración. Por ejemplo el comercio, los aranceles, o el flujo de personas.
  • 3. • Los convenios y tratados internacionales. • La legislación Nacional. • La jurisprudencia de órganos jurídicos súper estatales y nacionales. • Los acuerdo bilaterales y multilaterales.
  • 4. Objeto de Tutela. Integración Integración Económica Derecho De Integración Si bien el objeto de tutela del derecho de integración es el establecimiento de un órgano súper estatal o supranacional el cual tiene jurisdicción sobre ciertas áreas de interés común, se tendrá que concluir que la región de América Latina no ha logrado establecer los órganos súper estatales necesarios como lo ha logrado la comunidad Europea En la Integración Económica el derecho regula las áreas nacionales de transporte, derecho aéreo, la libre circulación de trabajadores, el movimiento libre de comercio, la eliminación de aduanas o impuestos; la integración requiere de una coordinación de la macroeconomía y política de los Estados en las áreas de relaciones exteriores, agraria, industria, fiscalización, el sistema monetario, entre muchos más. La tiene como objetivo la libre circulación de bienes, servicios y factores productivos entre los países a través de la eliminación de derechos aduaneros y restricciones no arancelarias a la circulación de mercancía. También provee el establecimiento de un arancel externo común, además de la adopción de una política comercial común con relación a terceros, entre otras. Finalmente, tiene como objetivo la armonización de legislación en las áreas pertinentes, para lograr el fortalecimiento del proceso de integración.
  • 5. Niveles de Integración  A. Zona De Preferencias Arancelarias Consiste en que los Estados partes acuerdan suprimir las tarifas arancelarias y otras barreras o restricciones cuantitativas al comercio recíproco de bienes, pero conservando cada uno de ellos autonomía e independencia respecto de su comercio con terceros Estados. Para llegar a una Zona de Libre Comercio se fijan plazos, condiciones y mecanismos de desgravación arancelarios.  B. Zona de Libre Comercio Implica un proceso en el que los estados participantes, además de liberar las corrientes comerciales por medio de la desgravación arancelaria entre ellos, adoptan frente a terceros países una política arancelaria común o tarifa externa común. En este orden de ideas, la zona de libre comercio perfecta radica en lograr: 1) La completa eliminación de tarifas entre sus Estados miembros. 2) El establecimiento de una tarifa uniforme sobre las importaciones del exterior de la Unión. 3) La distribución de los ingresos aduaneros entre sus miembros conforme a una fórmula acordada.  C. Mercado Común En la etapa del mercado común, los países miembros que componen la unión aduanera le agregan la posibilidad de la libre circulación de personas, servicios y capitales sin discriminación, por tanto, se establece la libre circulación de los factores productivos; se lleva a cabo una política comercial común, se permite el libre desplazamiento de los factores de la producción (capital, trabajo, bienes y servicios), es decir, las cuatro libertades fundamentales de la comunidad, y se adopta un arancel aduanero exterior unificado.  D. Unión Económica La unión económica se da cuando los Estados que han conformado un mercado común, le incorporan la armonización de las políticas económicas nacionales, entre ellas, las políticas monetaria, financiera, fiscal, industrial, agrícola; con la finalidad de eliminar las discriminaciones que puedan hallarse de las disparidades entre las políticas nacionales de cada uno de los Estados que la componen.  E. Integración Económica Completa Este es el mayor grado de profundidad al que puede aspirar un proceso de integración y se produce cuando la integración avanza mas allá de los mercados, porque en el transcurso de este proceso, los Estados involucrados tienden no solo a armonizar, sino a unificar las políticas en el campo monetario, fiscal, social, etc., y más allá incluso, en cuestiones relativas a las políticas exteriores y de defensa.
  • 6. El Derecho Comunitario es el conjunto de normas dictadas por los bloques o comunidades de naciones en proceso de integración económica y política. a.- Derecho Originario El Derecho originario es aquel contenido en los diversos tratados que los Estados miembros suscriben, siendo las fuentes de mayor rango, y aquellas que posibilitan la aparición del Derecho derivado, que está sometido al originario. El Derecho derivado no sólo cederá en caso de contradicción con el originario, sino que además debe estar fundamentado y originado en los diferentes Tratados que lo componen. b.- Tratados Fundacionales Dentro de la categoría de tratados fundacionales, se incluyen todas las normas contenidas en el Tratado de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (mientras existió), el Tratado de la Comunidad Económica Europea y el Tratado de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.
  • 7. c.- Tratados Modificativos Y Complementarios Se incluyen en esta categoría los tratados que, a lo largo del tiempo, han ido modificando las disposiciones fundacionales. Los más importantes son: 1. El Tratado De Fusión. 2. El Acta Única Europea. 3. El Tratado De La Unión Europea. 4. El Tratado De Ámsterdam. 5. El Tratado de Niza. d.- Reglamentos Los reglamentos son normas jurídicas emanadas de las instituciones europeas que poseen efecto directo en los países miembro, y que prevalecen sobre el Derecho nacional de cada uno de ellos. Existen cuatro procedimientos para la aprobación de reglamentos. En primer lugar, el reglamento será adoptado por el Consejo a propuesta de la Comisión y con la aprobación del Parlamento. Por otro lado, los reglamentos pueden clasificarse en: Reglamentos autónomos: También conocidos como autosuficientes, suelen ser adoptados por el Consejo. Reglamentos marco: Adoptados por el Consejo, facultan a la Comisión para emitir reglamentos de aplicación o ejecución. Reglamentos de la Comisión: Algún Tratado declara competente a la Comisión para emitir un determinado tipo de reglamento. e.- Directivas Las directivas comunitarias son mandatos dirigidos a uno o varios países miembro, siendo competentes para su emisión el Consejo; la Comisión; y el Consejo junto con el Parlamento. f.- Actos Convencionales Convenios en aplicación de una disposición de los Tratados. Convenios no previstos en tratados, pero de objeto ligado a su ejecución. Decisiones de los representantes en el Consejo. Acuerdos entre la UE y terceros Estados.
  • 8. Autonomía del Ordenamiento Jurídico Comunitario. El contenido del Primacía del Derecho comunitario, es cual establece la primacía de la norma comunitaria prima sobre cualquier norma de carácter nacional, ya sea una ley, un reglamento, un decreto, una resolución, una circular, etc. Y en lo que se refiere a las Constituciones Nacionales, éstas también estarán sujetas a dicho principio. En base a lo mencionado, surge la reticencia de algunos órganos jurisdiccionales nacionales a tal aplicación( en lo que respecta a la protección de Derechos Fundamentales) dando lugar a la instauración por parte del Tribunal de Justicia un conjunto de principios generales de Derecho que engloban los Derechos Fundamentales en el ámbito del Derecho Comunitario. El Tribunal de Justicia considera que tal principio beneficia a todas las normas, no solo del Derecho Primario sino también a las del Derecho Derivado. Derecho Comunitario y Derecho Nacional. Las relaciones entre Derecho comunitario y Derecho nacional se caracterizan igualmente por el hecho de que el ordenamiento jurídico comunitario y los ordenamientos nacionales a veces se enfrentan. Se habla entonces de un conflicto entre uno y otros. Esta situación se produce siempre que una disposición de Derecho comunitario establece derechos y obligaciones directos para los ciudadanos de la Comunidad y su contenido contradice una norma de Derecho nacional. Tras esta problemática en apariencia tan sencilla, se ocultan dos cuestiones fundamentales acerca de la estructura de la CE, cuya solución vendría a constituir la piedra de toque de la existencia del ordenamiento jurídico comunitario: la aplicabilidad directa del Derecho comunitario y la primacía del Derecho comunitario sobre el Derecho nacional correspondiente. La aplicabilidad directa del Derecho comunitario. La aplicabilidad directa del Derecho comunitario implica que este último confiere derechos e impone obligaciones directos tanto a las instituciones comunitarias y a los estados miembros como a los ciudadanos de la Comunidad.
  • 9.
  • 10. Es un bloque comercial y una organización internacional del ámbito europeo dedicada a incrementar la integración económica y política entre sus actualmente 27 estados miembros, y a reforzar la cooperación entre ellos. La Unión Europea nació con el anhelo de acabar con los frecuentes y cruentos conflictos entre vecinos que habían culminado en la Segunda Guerra Mundial. En los años 50, la Comunidad Europea del Carbón y del Acero es el primer paso de una unión económica y política de los países europeos para lograr una paz duradera. Sus seis fundadores son Alemania, Bélgica, Francia, Italia, Luxemburgo y los Países Bajos. Por otro lado, ese periodo se caracteriza por la guerra fría entre el este y el oeste. Las protestas contra el régimen comunista en Hungría son aplastadas por los tanques soviéticos en 1956; al año siguiente, la Unión Soviética toma la delantera en la carrera espacial al lanzar el Sputnik 1, primer satélite artificial. También en 1957 se firma el Tratado de Roma, por el que se constituye la Comunidad Económica Europea (CEE) o “mercado común”.
  • 11. Funciones de la Unión Europea.  Lograr la libre circulación de mercancías, uno de los ejes básicos de la creación de la Unión Europea.  Propiciar la libre circulación de capitales es uno de los funciones a través de sus objetivos fundamentales de la Unión Europea, ya que para algunos es el núcleo clave de la misma.  Favorecer la libre circulación de personas y servicios, sobre todo en lo referente a los trabajadores, a los que se garantizan todos los derechos.  Establece un arancel común ante las mercancías llegadas de terceros países. Armonizar la política social de todos los países, de manera que sea parecida en cualquier país de la comunidad, y un ciudadano tenga garantizados los mismos derechos en todos ellos.  Lograr un sistema monetario europeo, así como una uniformidad fiscal, para evitar la formación de paraísos fiscales que concentren la mayoría de los capitales.  Establecer una moneda única de comercialización.
  • 12. Competencias de la Unión Europea.  Promover y garantizar la coordinación de las políticas económicas y de empleo de los Estados miembros.  2. Definir y realizar una política exterior y de seguridad común que incluya la definición progresiva de una política común de defensa.  3. Realizar actuaciones con el objetivo de apoyar, coordinar y complementar la acción de los Estados miembros, en determinados ámbitos y en las condiciones que determina la Constitución. En todo caso, dichas acciones emprendidas por la Unión con la finalidad señalada, no podrán sustituir la competencia de los Estados miembros sobre las mismas materias. Los ámbitos propios de acción de apoyo, coordinación o complemento son, la industria, la protección y la mejora de la salud humana, la educación, formación profesional, juventud y deporte , la cultura y la protección civil.
  • 13. Instituciones de la Unión Europea.  El Parlamento Europeo (PE), que representa a los ciudadanos de la UE y es elegido directamente por ellos.  El Consejo de la Unión Europea), que representa a los Estados miembros.  La Comisión Europea, que defiende los intereses de la Unión en su conjunto.
  • 14. Órganos de la Unión Europea.  El Comité Económico y Social europeo representa a la sociedad civil, los patronos y los empleados;  El Comité de las Regiones representa a las autoridades regionales y locales;  El Banco Europeo de Inversiones financia proyectos de inversión de la UE y ayuda a las pequeñas empresas a través del Fondo Europeo de Inversiones;  El Banco Central Europeo es responsable de la política monetaria europea;  El Defensor del Pueblo europeo investiga las denuncias de los ciudadanos sobre la mala gestión de las instituciones y organismos de la UE;  El Supervisor Europeo de Protección de Datos protege la intimidad de los datos personales de los ciudadanos;  La Oficina de Selección de Personal de las Comunidades Europeas contrata al personal de las instituciones de la UE y otros organismos;  La Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas publica información sobre la UE;  La misión de la Escuela Europea de Administración es ofrecer formación en áreas concretas para el personal de la UE.
  • 15. .
  • 16. Integración Regional.  ALALC: La Asociación Latinoamericana de Libre Comercio identificado con las siglas “ALALC” es un organismo intergubernamental latinoamericano existente entre 1960-1980. Creado el 18 de febrero de 1960 por el Tratado de Montevideo. Reemplazado posteriormente por la ALADI.  ALADI: La Asociación Latinoamericana de Integración; identificado con las siglas “ALADI” Es el mayor grupo latinoamericano de integración. Sus 12 países miembros comprenden a Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Cuba, Ecuador, México, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela, representando en conjunto 20 millones de kilómetros cuadrados y más de 500 millones de habitantes.  MCCA: El Mercado Común Centroamericano identificado con las siglas " MCCA" es una Organización económica que agrupa a varios estados de América Central, fundada en 1960 en virtud del Tratado General de Integración económica o Tratado de Managua, por el cual Guatemala, Honduras, El Salvador y Nicaragua y dos años más tarde se incorporó Costa Rica. En esta organización los países miembros se comprometieron a eliminar los aranceles y otras restricciones a los intercambios y establecer una política comercial y un arancel común frente a terceros países, con el fin de crear un espacio económico integrado en la región.
  • 17.  CAN: La Comunidad Andina de Naciones, identificada con las siglas "CAN" fue fundada el 26 de Mayo de 1969.Es una organización regional económica y política constituida por: Chile, Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela. Teniendo como caracteristicas:  Es una organización con personalidad jurídica internacional.  La Comunidad Andina con una Secretaría General de carácter ejecutivo, cuya sede está en Lima; Perú.  Sus antecedentes se remontan a 1969 cuando se firmó el Acuerdo de Cartagena, también conocido como Pacto Andino. La CAN inició sus funciones en agosto de 1997.  NAFTA: El Tratado de Libre Comercio de América del Norte identificado con las siglas TLCAN o también TLC más conocido como NAFTA por sus siglas en inglés (North American Free Trade Agreement), es un bloque comercial entre Canadá, Estados Unidos y México que establece una zona de libre comercio. Entró en vigor el 01 de Enero de 1994. A diferencia de tratados o convenios similares (como el de la Union Europea) no establece organismos centrales de coordinación política o social. Existe sólo una secretaría para administrar y ejecutar las resoluciones y mandatos que se derivan del tratado mismo.
  • 18.  ALCA: El Área de Libre Comercio de las Américas identificado con las siglas ALCA es un proyecto de integración comercial en el continente americano. La iniciativa nació en la primera Cumbre de las Americas celebrada en la ciudad de Miami, Estados Unidos, en diciembre de 1994 y en su versión original contemplaba la gradual reducción de las barreras arancelarias y a la inversión en 34 países de la región (todos menos Cuba) y los países independientes. Con el paso del tiempo, el cambio de regímenes en America del Sur complicó las negociaciones y en la Cumbre Extraordinaria de las Américas celebrada en Monterrey, Mexico, se acordó implementar una versión menos ambiciosa para el 01 de Enero de 2005 y que la presidencia del proceso se compartiera entre los Estados Unidos y Brasil.  ALBA: La Alianza Bolivariana Para Los Pueblos De Nuestra América identificado con las siglas “ALBA” /es el espacio de encuentro de los pueblos y gobiernos que entienden que la América Latina Caribeña conforma una Gran Nación, que nuestros países deben unirse para enfrentar conjuntamente los desafíos del presente y del futuro.
  • 19.  MERCOSUR: El Mercado Comun del Sur identificado con las siglas "MERCOSUR"; es un bloque comercial cuyos estados miembros son Argentina, Brasil, Paraguay, Venezuela y Uruguay. Su propósito es promover el libre intercambio y movimiento de bienes, personas y capital entre los países que lo integran y avanzar a una mayor integración política y cultural entre sus países miembros y asociados. La Fecha de creación de este organismo fue 30 de Noviembre de 1985. Finalmente, es menester señalar que en fecha 09 de Enero del 2010, el Senado brasileño dio su aprobación al ingreso de Venezuela en el Mercosur, después de tres años de idas y venidas, en los que una mayoría muy hostil retuvo la decisión. La mayoría logró ahora culminar con el proceso de adhesión, al que sólo le resta la aprobación de Paraguay, donde, por el momento, la actitud parlamentaria es negativa.
  • 20. Globalización. Es un conjunto de propuestas teóricas que subrayan especialmente dos grandes tendencias: Los sistemas de comunicación mundial; y las condiciones económicas, especialmente aquellas relacionadas con la movilidad de los recursos financieros y comerciales.
  • 21.  EFECTOS  · La estandarización de productos significa que estos tienen poca o nula variación entre los distintos países o regiones donde se distribuye.  · La reducción de las barreras arancelarias, permitiendo que tengan acceso a estos muchos países con respecto a la oferta y la demanda en contraste con los productos y servicios ofrecidos.  · Incentiva los procesos creativos, aumentando la productividad y distribuyendo los costos fijos entre un mayor número de unidades.  · El aumento de la cadena productiva y la creación de grandes sociedades mercantiles de expansión a mercados foráneos.  · Estimula la integración de las empresas, se trata de empresas que se desarrollan exitosamente en mercados importantes.  DESAFIOS  · Mantener un equilibrio en las estructuras del sistema económico mundial.  · Neutralizar la explotación del ser humano en los procesos productivos masivos.