Este documento resume los procedimientos legales para perseguir delitos de acción privada y reclamar daños civiles resultantes de un delito en Venezuela. Explica que para iniciar un caso de acción privada, la víctima debe presentar una querella ante el tribunal que incluya detalles del delito y del acusado. Si se requiere investigación adicional, el juez puede ordenar al fiscal que realice diligencias preliminares. También cubre los requisitos para presentar una demanda civil de daños, el plazo para admitirla, posibles
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Procedimiento especiales daños COPP
1. T
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO PROCESAL PENAL II
INTEGRANTE:
YHOAN RODRIGUEZ C.I. 21.243.781
BARQUISIMETO, FEBRERO 2015
2. T
R
El procedimiento para
perseguir los delitos de acción
privada
Formalidades de la Querella (Artículo 400 y 401 COPP)
El enjuiciamiento por delitos de acción dependiente de
instancia de parte agraviada, sólo puede iniciarse por
acusación privada de la víctima presentada ante el tribunal
de juicio
En la acusación debe indicarse la identificación
y domicilio o residencia del acusador y el
acusado; la indicación del delito imputado y una
relación especificada de todas las
circunstancias esenciales del hecho
Los elementos de convicción en los que se
funda la atribución de la participación del
imputado en el delito; la justificación de la
condición de víctima; la firma del acusador o de
su apoderado con poder especial
La acusación privada deberá formularse por escrito
directamente ante el tribunal de juicio y deberá
contener:
-El nombre, apellido, edad, estado, profesión, domicilio o residencia del
acusador privado, el número de su cédula de identidad y sus relaciones
de parentesco con el acusado;
-El nombre, apellido, edad, domicilio o residencia del acusado;
-El delito que se le imputa, y del lugar, día y hora aproximada de su
perpetración;
-Una relación especificada de todas las circunstancias esenciales del
hecho;
-Los elementos de convicción en los que se funda la atribución de la
participación del imputado en el delito;
-La justificación de la condición de víctima;
-La firma del acusador o de su apoderado con poder especial;
-Si el acusador no supiere o no pudiere firmar, concurrirá
personalmente ante el juez y en su presencia, estampará la
huella digital.
Auxilio Judicial (Articulo. 402
COPP)
Dado que la víctima carece del poder de investigación que se otorga al fiscal
respecto de los delitos de acción pública, si fuere necesario llevar a cabo una
investigación preliminar para identificar al acusado
Si el Juez de Control considera que se trata efectivamente de un delito de
instancia privada, y luego de verificada la procedencia de la solicitud, ordenará
al Ministerio Público la práctica de las diligencias.
Inadmisibilidad de la Querella
Audiencia de Conciliación
Si la acusación fuere admitida, el tribunal debe fijar la celebración de una audiencia
de conciliación para un plazo no menor de diez días ni mayor de veinte.
Celebración del Juicio Oral y Público (Artículo 413 COPP)
Desistimiento Artículo 416
3. T
EL PROCEDIMIENTO PARA LA
REPARACION DEL DAÑO Y LA
INDEMNIZACION DE PERJUICIOS
La perpetración de una conducta típica, antijurídica y
culpable sabemos que genera responsabilidad penal
para sus autores y participes.
Pero de la misma manera el delito
puede causar daños al patrimonio
económicoymoral de quienessufren
sus consecuencias y por supuesto,
originatambiénresponsabilidad civil.
PROCEDENCIA DEL PROCEDIMIENTO PARA
LA REPARACION DEL DAÑO Y LA
INDEMNIZACION DE PERJUICIOS
ORIGINADOS POR EL HECHO PUNIBLE
(ART. 413 COPP)
La existencia de una sentencia firme, es
decirla sentenciacontralacual nopuede
ejercerse ningúnrecurso,ni el ordinario,
ni el extraordinario de Casación.
REQUISITOS DE LA DEMANDA
CIVIL (ART. 414)
1º. Los datos de identidad y el domicilio o residencia del
demandante y, en su caso, los de su representante; 2º. Los
datos necesarios para identificar al demandado y su
domicilio o residencia; si se desconoce alguno de estos
datospodrán solicitarse diligenciaspreliminares al juez con
el objeto de determinarlos, 3º Si el demandante o el
demandado es una persona jurídica, la demanda deberá
contener la denominación o razón social y los datos
relativos a su creación o registro.
º. La expresiónconcretaydetalladade losdaños
sufridosyla relaciónque ellostienenconel hecho
ilícito, 5º. La cita de lasdisposicioneslegalesenque
fundala responsabilidadcivil deldemandado;Debe
el demandante señalartodaslasdisposiciones
legales,tantosustantivascomoprocesalesenlos
cualesfundamentasuacción,yla responsabilidad
del demandado.6º.La reparacióndeseaday,ensu
caso, el montode la indemnizaciónreclamada
PLAZO O LAPSO DE ADMISION DE LA
DEMANDA CIVIL (ART 415)
CIRCUNSTANCIAS DE ADMISIBILIDAD DE LA
DEMANDA (ART. 416)
CONTENIDO DE LA DECISION EN CASO DE
ADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA (ART 417)
OBJECION A LA ORDEN DE REPARACION O
INDEMNIZACION ORDENADA (ART. 418)
El demandado podría objetar, porque no tenga cualidad la
víctima porquiense presenta,o porque se oponga a la clase
o extensión, o ambas de la reparación Acordado. AUDIENCIA DE CONCILIACION (ART. 419)
EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA (ART. 422)