Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Bases legales de la prevencion integral
1. .
Mensaje de amor para el Pueblo de mi Venezuela
Siempre todo lo he hecho por amor.
Por amor al árbol, al río, me hice pintor.
Por amor al saber, al estudio,
me fui de mi pueblo querido, a estudiar.
Por amor al deporte me hice pelotero.
Por amor a la patria me hice soldado.
Por amor al pueblo me hice Presidente,
ustedes me hicieron Presidente.
He gobernado estos años por amor.
Por amor hicimos Barrio Adentro.
Por amor hicimos Misión Robinson.
Por amor hicimos Mercal.
Todo lo hemos hecho por amor.
Aún hay mucho por hacer.
Necesito más tiempo.
Hugo Rafael Chávez Frías
Comandante Supremo de la Revolución
Bolivariana
07 de noviembre de 2006
2. BASES LEGALES DE LA PREVENCION
INTEGRAL
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La complejidad del problema de las drogas, indica un análisis en todos
los contextos, con una visión sistémica que permita la interconexión de las
políticas y estrategias a seguir; por tanto, requiere identificar las causas,
factores de riesgo y prevalencia que originan el uso indebido y tráfico ilícito
de drogas para abordarlo de forma integral.
La República Bolivariana de Venezuela presenta una serie de características
geográficas que son apetecibles para los grupos delictivos organizados que
se dedican al tráfico ilícito de drogas; cintando las siguientes: La extensión de
casi cuatro mil kilómetros de costas con una fachada atlántica y caribeña, en
la cual operan múltiples puertos, entre los cuales destacan: Puerto Cabello,
Maracaibo, La Guaira, Guanta y el Guamache; la diversidad y características
de las regiones; la red fluvial que se extiende prácticamente por todo el
territorio nacional.
PARTICIPANTE: S/1RO.CARLOS ALEXIS LUNA GUEVARA
CI: 18.545.636
3. BASES LEGALES DE LA PREVENCION
INTEGRAL
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1. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA G.O. N° 5453 DEL
24MAR2000 SUSTENTACIÓN LEGAL LEY ORGÁNICA DE DROGAS 05NOV2010 PLAN
NACIONAL ANTIDROGAS 2015-2019 DIRECTIVA GENERAL MPPD- INGEFANB-OAFANB-001-
2014 INSTRUCTIVO DE LA OFICINA ANTIDROGAS DEL EJERCITO BOLIVARIANO
2. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA En el Artículo N° 2
de la Carta Magna, establece que “Venezuela se constituye en un estado democrático y social de
derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su
actuación, la vida, la libertad, la igualdad, la justicia, La Solidaridad, La Democracia, La
Responsabilidad Social y en general… La Preeminencia de los Derechos Humanos, La Ética y el
Pluralismo Político.
4. BASES LEGALES DE LA PREVENCION
INTEGRAL
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3. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA En nuestra
carta magna en su Art. 55. Textualmente indica que toda persona tiene derecho a la
protección por parte del Estado, a través de los órganos de seguridad ciudadana
regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenazas, vulnerabilidad o
riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus
derechos y el cumplimiento de sus deberes.
4. Art 55. La participación de los ciudadanos y ciudadanas en los programas destinados
a la prevención Los cuerpos de seguridad del Estado respetarán la dignidad y los
derechos humanos de todas las personas. El uso de armas o sustancias tóxicas por
parte del funcionario policial y de seguridad estará limitado por principios de necesidad,
conveniencia, oportunidad y proporcionalidad, conforme a la ley.
5. BASES LEGALES DE LA PREVENCION
INTEGRAL
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5. En la formulación de este PNA 2015-2019, la ONA tomó los valores superiores
recogidos en el artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
(CRBV): la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la
responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y
el pluralismo político, como marco orientador del fin último de la política pública aquí
desarrollada.
6. Este PNA 2015-2019 contempla la implementación de mecanismos y medidas de
control, vigilancia, fiscalización en lo concerniente al tráfico ilícito de drogas, así como lo
atinente a la prevención del consumo de drogas, el tratamiento, rehabilitación y
reinserción social de las personas con problema de adicción en el territorio nacional.
Finalmente, vale acotar que el legislador declara como de interés público tanto la
prevención integral como la prevención del tráfico ilícito de drogas.
6. BASES LEGALES DE LA PREVENCION
INTEGRAL
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7. GRAN MISIÓN A TODA VIDA VENEZUELA
8. DIRECTIVA GENERAL MPPD-INGEFANB-OAFANB-001-2014 Normas y procedimientos a seguir,
en materia de prevención integral , para el control efectivo del trafico, posesión y consumo licito e
ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, así como el tratamiento y la rehabilitación de la
persona consumidora del sector defensa.
9. La directiva tiene su basamento legal en: • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
G.O N° 5453 de fecha 24 MAR2000. • Ley Orgánica de Drogas G.O. N° 39.546 de fecha 05
NOV2010. • Decreto con rango valor y fuerza de la Ley Orgánica de la administración pública G.O N°
5.890 de fecha 31JUL2008. • Decreto con rango valor y fuerza de la Ley Orgánica de la Fuerza
Armada Bolivariana G.O N° 6.020 de fecha 21MAR2011 DIRECTIVA GENERAL MPPD-INGEFANB-
OAFANB-001-2014
7. BASES LEGALES DE LA PREVENCION
INTEGRAL
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10. Código Orgánico Procesal Penal. • Reglamento Orgánico del Ministerio del Poder Popular Para la
defensa G.O. N° 39.137 de fecha 12MAR2009. • Decreto N° 8225 , mediante el cual se crea el
sistema publico nacional para la adicción y tratamiento de las adicciones G.O N° 36.676 de fecha
18MAY2011. • Decreto N° 506, mediante el cual se crea el despacho del Viceministro para la
Suprema Felicidad del pueblo, integrada a la estructura organizacional del Ministerio del Poder
Popular del despacho de la presidencia y seguimiento de la gestión de gobierno G.O. N° 40.283 de
fecha 30OCT2013. DIRECTIVA GENERAL MPPD-INGEFANB-OAFANB-001-2014
11. INSTRUCTIVO DE LA OFICINA ANTIDROGAS DEL EJÉRCITO BOLIVARIANO
PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE DROGAS QUE APLICARAN LOS COMITES ANTIDROGAS
(COAD) EN LAS UNIDADES Y DEPENDENCIAS DEL EJERCITO BOLIVARIANO.
8. BASES LEGALES DE LA PREVENCION
INTEGRAL
.12. El Instructivo tiene su basamento legal en: • Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela G.O N° 5453 de fecha 24MAR2000. • Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional
(LOFAN). G.O Nº 38.280 del 26SEP2.005 • Ley Orgánica de Drogas (LOD). Gaceta Oficial Nº 39.546
del 05NOV10. • Ley Orgánica del Trabajo. Gaceta Oficial Nº 6.052 del 29ABR2.008 • Ley Orgánica de
Seguridad Social de la Fuerza Armada Nacional (LOSSFAN). Gaceta Oficial Nº 35.752 del
13JUL1.995. • Ley Orgánica de la Administración Pública. Gaceta Oficial Nº 37.305 del 17OCT2001.
INSTRUCTIVO QUE ESTABLECE LOS PROCEDIMIENTOS DE LA OFICINA ANTIDROGAS DEL
EJÉRCITO BOLIVARIANO
13. Ley de Conscripción y Alistamiento Militar. G.O Nº 2499 del 11SEP1979 • Código
Orgánico de Justicia Militar. G.O Nº 5.263 del 17SEP1.998 • Código Orgánico Procesal
Penal. G.O Nº 38.183 del 10MAY2005 • Código Penal. G.O Nº 38.412 del 04ABR2006 •
Reglamento de Castigos Disciplinarios N° 6. • Directiva General MPPD-INGEFANB-
OAFANB-001-2014 • Plan Nacional Antidrogas 2008-2013. de la Oficina Nacional
Antidrogas. • Manual un paso al frente en la Prevención, 2013. • Manual de normas y
procedimientos de la OAEB, 2013. INSTRUCTIVO QUE ESTABLECE LOS
PROCEDIMIENTOS DE LA OFICINA ANTIDROGAS DEL EJÉRCITO BOLIVARIANO.
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9. Aprobado por el presidente de la República Bolivariana de
Venezuela, Nicolás Maduro Moros, en
Punto de Cuenta N0 064-15, de fecha 17 de noviembre de 2015.
Máxima ofensiva antidrogas ¡Independencia o nada!
10. Este Plan se orienta desde un enfoque humanista, complejo y
multidisciplinario, fundamentado en los principios socialistas que se expresan
en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV). En su
formulación se consideró, entre otros documentos, la declaración política y el
plan de acción sobre la cooperación internacional en favor de una estrategia
integral y equilibrada para contrarrestar el problema mundial de las drogas,
adoptada por la Asamblea General de la Naciones Unidas (2009), que prioriza
la salud y el bienestar de los individuos.
En concordancia con la LOD, demás leyes, reglamentos, resoluciones y
actos normativos, el presente PNA 2015 – 2019, orienta sus acciones a
minimizar el problema de las drogas bajo una visión sistémica que articula
la reducción de la demanda, con la reducción de la oferta y la cooperación
internacional.
PLAN NACIONAL ANTIDROGAS 2015- 2019
11. ACTIVIDADES REALIZADAS POR LA ONA
Y LAS INSTITUCIONES CORRESPONSABLES PARA LA PREVENCION
EN MATERIA DE DROGAS
Este Plan se orienta desde un enfoque humanista, complejo y
multidisciplinario, fundamentado en los principios socialistas que se expresan
en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV). En su
formulación se consideró, entre otros documentos, la declaración política y el
plan de acción sobre la cooperación internacional en favor de una estrategia
integral y equilibrada para contrarrestar el problema mundial de las drogas,
adoptada por la Asamblea General de la Naciones Unidas (2009), que prioriza
la salud y el bienestar de los individuos.