El documento presenta el cálculo de las prestaciones sociales de Pedro Ramírez tras su salida de la compañía Anros C.A. donde trabajó durante 1 año y 11 meses. Se calcula el salario integral, los depósitos trimestrales y anuales en la cuenta de fideicomiso, las prestaciones sociales (30 días de salario por cada año trabajado), y las utilidades, vacaciones y bono vacacional de forma fraccionada por el tiempo trabajado. El total a pagar a Pedro Ramírez es de Bs. 5.828.308,20
1. República Bolivariana de Venezuela
Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado
Decanato de Ciencias y Tecnología
Ingeniería de Producción
Integrantes:
Martín, Janiver C.I: 24.159.067
Docente: Mailen Camacaro
Barquisimeto, Junio del 2018
2. Calculo de Prestaciones Sociales
A continuación presentamos el caso para el cálculo de las prestaciones
sociales del señor Pedro Ramírez durante su estancia en la compañía Anros C.A.
1) Cálculo del tiempo de servicio
Feche de Ingreso: 24-02-2017
Fecha de Egreso: 04-02-2019
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10- 11 - 01 es decir, 1 años, 11 meses y 10 días
2) Cálculo del Salario Integral
a) Salario Diario:
3.300.000 Bs / 30 d = 110.000 Bs/diario
b) Incidencia de las utilidades (120 días por año):
110.000 Bs/d X 120 d = 13.200.000 (Utilidades por año)
Luego 13.200.000 / 360 = 36.666,67 (Utilidades por día)
c) Incidencia del Bono Vacacional (15 + 1 = 16 días)
110.000 Bs/ d X 16 d = 1.760.000 (Bono Vacacional por año)
1.760.000 / 360 = 4.888,89 (Bono Vacacional por día)
Entonces el Salario Integral seria la suma de los tres conceptos calculados:
Salario diario + Incidencia de utilidades + Incidencia del Bono Vacacional
Salario Integral : 110.000 + 36.666,67+ 4.888,89 = 151.555,56
Deposito trimestral de garantía (Artículo 142 letra "a" de la LOTTT)
Cada trimestre se le debe depositar al trabajador el equivalente a 15 días de
salario, calculados sobre el último salario. El derecho se adquiere desde el primer
día del trimestre. En total serán 60 días de salario por cada año trabajado que
tendrá depositados el trabajador como garantía del pago de sus prestaciones
sociales.
Deposito anual adicional (Artículo 142 letra "b" de la LOTTT)
3. En relación con el caso que estamos tratando, tenemos que la empresa ha
venido realizando los depósitos trimestrales en un cuenta de Fideicomiso que
contrato en un banco, en este sentido vemos que el monto depositado la cantidad
de Bs. 2.652.125,40 entonces procedemos a calcular el monto del presente
trimestre de la siguiente forma
15 días X Bs. 151.555,56 = 2.273.333,40
Luego, sumamos ambas cantidades para obtener el total del Literal a y b del
artículo 142 hasta la fecha de la renuncia:
2.652.125,40 + 2.273.333,40= 4.925.458,80
Prestaciones Sociales (Artículo 142 letra "C" de la LOTTT)
Al dejar la empresa por cualquier causa, el trabajador tiene derecho a que se le
paguen al menos treinta (30) días de salario por cada año trabajado o fracción
superior a seis (6) meses, calculados según el último salario:
Serían entonces: 30 días X 2 años = 60 Días
60 días X Bs. 151.555,56 = 9.093.333,60
El literal d del artículo 142 de la LOTTT nos dice: " El trabajador recibirá por
concepto de prestaciones sociales el monto que resulte mayor entre el total de la
garantía depositada de acuerdo a lo establecido en los literales a y b, y el cálculo
efectuado al final de la relación laboral de acuerdo al literal c."
Total literal C: 9.093.333,60 > Total literal A y B: 4.925.458,80
En conclusión, lo que se le va a entregar al trabajador es lo calculado según el
literal c debido a que este monto es mayor que la sumatoria de lo calculado según
los literales a y b.
Beneficio por Utilidades (Fraccionadas) Art. 131 de la LOTTT
Tenemos entonces para calcular la cantidad de días que le tocan por el 1 mes:
120 días / 12 meses = 10 días por mes
10 días x 1 (meses completos trabajados) = 10 días
10 días X 110.000,00 Bs/días = 1.100.000,00
4. Vacaciones y Bono Vacacional Fraccionados
En el caso de las vacaciones y el bono vacacional al igual que las utilidades,
estos conceptos se deben calcular de manera fraccionada.
Vacaciones Fraccionadas artículo 196 de la LOTTT
15 días más 1 día adicional por cada año
Como el trabajador tiene 1 año en la empresa, le tocan
15 + 1 = 16 días
por la fracción de 1 mes serian:
16 días / 12 meses = 1,33 por mes, luego 1,33 X 1 meses = 1,33
El cálculo de las vacaciones fraccionadas quedaría de la siguiente forma
1,33 dias X 110.000,00 Bs/Diario = 146.300,00
Bono Vacacional Fraccionado Artículo 192 de la LOTTT
15 días más 1 día adicional por cada año
Como el trabajador tiene 1 año en la empresa, le tocan
15 + 1 = 16 días
por la fracción de 1 mes serian:
16 días / 12 meses = 1,33 por mes, luego 1,33 X 1 mes = 1,33
El cálculo del Bono vacacional fraccionado quedaría de la siguiente forma
1,33 días X 110.000,00 Bs/Diario = 146.300,00
Deducciones
En este caso lo calculamos de la siguiente manera:
Utilidades X 1/2% = Aporte del trabajador
1.100.000,00 X 0,5% = Bs. 5.500
RESUMEN DE LA LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES
5. PRESTACIONES SOCIALES (ART.142, LITERAL C)
30 días de salario por cada año o fracción superior a 6 meses
serian entonces: 30 días X 6 años = 180 Días
60 días X 151.555,56 9.093.333,60
UTILIDADES/BONIFICACIONES FRACCIONADAS (ART. 131)
Son 120 días a Ultimo Sueldo,
Entonces Por la fracción de 1 meses seria = 120/12 X 1 =10
10,00 días x 110.000,00 1.100.000,00
VACACIONES FRACCIONADAS (ART. 196)
15 dias + 1 Dia Adicional por cada año sucesivo son 15+5=20
Por la fraccion de 1 mes seria entonces= 16/12X1=1,33333
1,33 días x 110.000,00 146.300,00
BONO VACACIONAL FRACCIONADO (ART. 192)
15 días + 1 día Adicional por cada año trabajado son 15+5=20
Por la fracción de 1 mes seria entonces= 16/12X1=1,33333
1,33 días x 110.000,00 146.300,00
TOTAL ASIGNACIONES 10.485.933,60
DEDUCCIONES
Depositado en Fondo Garantía de Prestaciones Sociales: 4.652.125,40
I.N.C.E. SOBRE UTILIDADES 0,50% 5.500,00
TOTAL DEDUCCIONES 4.657.625,40
TOTAL NETO A CANCELAR 5.828.308,20