1. Concepto de hecho imponible y señalar los aspectos del hecho imponible:
a) Material
b) Formal
2. ¿Cuáles son los efectos del acaecimiento:
a) Obligaciones condicionadas.
b) A plazo
c) Prorroga
Obligaciones provenientes de actividades ilícitas o inmorales.
Excepciones
Exoneraciones.
Beneficios tributarios y privilegios.
Base imponible.
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
ALUMNA:
JOSGEYRLETH DUDAMEL
CI: V-27.868.523
SECCIÓN: M-624
BARQUISIMETO, JUNIO DEL 2020
2.
El presupuesto establecido en la
ley para tipificar el tributo, y
cuya realización origina el
nacimiento de la obligación
tributaria
HECHO
IMPONIBLE
Contiene las normas que el
Fisco utiliza para comprobar
si corresponde que cierta
persona pague determinado
tributo y cual será la
cantidad a pagar
ASPECTO FORMAL
Identificar el
obligado ante el
hecho imponible, se
refiere al sujeto que
debe realizarlo
ASPECTO
SUBJETIVO
Lugar donde se realiza
el hecho imponible, es
decir, que tipo de
Tributo Nacional,
Estatal o Municipal
ASPECTO
ESPACIAL
Consiste en los hechos, las
circunstancias o las
situaciones cuya realización
origina el nacimiento de la
obligación tributaria
principal
ASPECTO MATERIAL
3.
EL
ACAECIMIENTO
Es lo que se
deriva de la
consecuencia
del acto de
acaecer
EFECTOS
Obligaciones
condicionadas
Son aquellas cuya
eficacia dependen de la
realización de una
condición, entendida
como un hecho futuro e
incierto
A PLAZO
Son aquellas cuya eficacia
depende de un día cierto, de
manera que el señalamiento de
una fecha concreta determina el
comienzo o la cesación de sus
efectos
Esta fecha se denomina
término y se
caracteriza por la
certeza de su
acaecimiento
El plazo otorgado no
debe excederse de 30 o
36meses de Prorroga
A PRÓRROGA
art. 46 COT
El Ejecutivo Nacional podrá conceder,
con carácter general, prórrogas y demás
facilidades para el pago de obligaciones
no vencidas, así como fraccionamientos
y plazos para el pago de deudas
atrasadas
cuando el normal cumplimiento
de la obligación tributaria se vea
impedido por caso fortuito o
fuerza mayor, o en virtud de
circunstancias excepcionales que
afecten la economía del país
4.
OBLIGACIONES
PROVENIENTES
DE ACTIVIDADES
ILÍCITAS O
INMORALES
Es la dispensa total o
parcial de pago de la
obligación Tributaria
otorgada por la Ley. La
ley que autorice al
poder ejecutivo para
conceder exoneraciones
establecerá el plazo
máximo de duración
del beneficio
Es la dispensa total o parcial del
pago de la Obligación Tributaria
concedida por el Poder Ejecutivo en
los casos autorizados por la Ley.
Estas serán concedidas con carácter
general, a favor de todos los que se
encuentren en los presupuestos y
condiciones establecidos en la Ley
Las excepciones, como las
exoneraciones y las franquicias son
concesiones que puede otorgar el
Estado a la población en materia
tributaria perteneciendo todas estas
al género de los beneficios
tributarios
Del impuesto es la
cuantía de esa renta
obtenida por el sujeto en
el impuesto sobre el
patrimonio. Es el
patrimonio que pertenece
a un sujeto, la magnitud
dineraria o de otra
naturaleza que resulta de
la valoración del hecho.
Es en definitiva la
magnitud que se utiliza
en cada impuesto para
medir la capacidad
económica del sujeto.
EXCEPCIONES
EXONERACIONES
BENEFICIOS TRIBUTARIOS
Y PRIVILEGIOS
BASE IMPONIBLE