articulo 87 Ley General de Sociedades Ley N° 26887.pptx
Revista Laboral Express Derecho Procesal Laboral
1. LABORAL EXPRESS
Información de interés a tu alcance Rasgos
Históricos
del
Derecho
del
Trabajo
Sabia usted la
estructura de
los Tribunales
Diferencias de
las leyes
fundamentales
para su
conocimiento
Entretenimient
o
Editora: Núñez F. Joselyn M
Tutora Abg Marolyn Montilla
Saia C
Derecho Procesal Laboral
2. ÍNDICE
Rasgos históricos del derecho
adjetivo del trabajo.
La ley orgánica de tribunales y
procedimientos del trabajo. Ley
orgánica procesal del trabajo y
ley del estatuto de la función
pública.
Principios que orientan la
actuación de los jueces del
trabajo
Estructura de los tribunales del
trabajo en Venezuela y sus
competencias
El litisconsorcio consecuencias
en el procedimiento del trabajo
Inhibición y de la recusación.
Diferencias junta de arbitraje
judicial del trabajo - junta de
arbitraje en materia
administrativa del trabajo.
Entretenimiento
Referencias
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3. NOS REMONTAMOS A LA HISTORIA
• Posee su génesis en la Ley de
Tribunales y Procedimientos de
Trabajo de 1959
• En el 2,002 entra en vigencia
una novedosa Ley, denominada
Ley Orgánica Procesal del
Trabajo (LOPT), en la cual se
establece una garantía
fundamental para el eficaz
desarrollo del proceso, con unos
nuevos procedimientos que
agilizarían en ámbito laboral todo
lo relacionado con la materia.
Denominado un proceso
lento debido a la
excesividad de formalismo,
que además dificultaban
,la tutela judicial (la
accesibilidad a los órganos
de justicia) no contaban
con los mecanismos que
garantizaran la celeridad
del proceso
Desprendimiento del
procedimiento ordinario,
creando un proceso
autónomo
Rasgos Históricos
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4. GENERALIDADES
L E Y D E
T R I B U N A L E S Y
P R O C E D I M I E N T O
D E L T R A B A J O
Los asuntos contenciosos del
trabajo, que no
correspondan a la
conciliación ni al
arbitraje, y en todo caso,
las cuestiones de
carácter contencioso que
suscite la aplicación de
las disposiciones legales
y de las estipulaciones
de los contratos de
trabajo, serán
sustanciados y decididos
por los Tribunales del
Trabajo que se indican
en la presente Ley.
L E Y O R G Á N I C A
P R O C E S A L D E L
T R A B A J O
Garantiza la protección de
los trabajadores,
acatando la carta
magna y siguiendo los
principios
fundamentales para su
desarrollo, una
jurisdicción laboral
“autónoma, imparcial y
especializada»
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5. LA ACTUACIÓN DEL JUEZ
Uniformidad
Brevedad
Oralidad
Publicidad
Gratuidad
Celeridad
Inmediatez
Concentración
prioridad de la realidad de los hechos y
equidad
«Promover la verdad e inquirirla
por todos los medios a su
alcance, considerando la
naturaleza de los derechos en
discusión»
Debe impulsarlo hasta su conclusión,
puede contar con la posibilidad de
promover la utilización de medios
alternativos de solución de conflictos
En caso de duda con
alguna ley se debe
aplicar la mas
favorable al trabajador
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Fuente ART 2 LOPTRA
Sabias
que?
6. ¿SABIAS LA ESTRUCTURA DE LOS
TRIBUNALES?
Los tribunales del trabajo son:
Tribunales del trabajo que conocen en primera instancia.
Tribunales Superiores del trabajo que conocen en segunda
instancia;
Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social.
Organizació
n
Primera instancia
Tribunales de
Sustanciación, Mediación
y Ejecución del Trabajo, y
los Tribunales de Juicio del
Trabajo
Segunda
Instancia
Tribunales Superiores del
Trabajo. Su organización,
composición y funcionamiento
se regirá por la LOPT
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Fuente ART 15LOPTRA
7. LAS CONSECUENCIAS DEL
LITISCONSORCIO
Es cuando dos o más personas pueden litigar en un mismo
proceso judicial del trabajo en forma conjunta, puede
llegarse a presentar de forma activa o pasiva,
destacado que las pretensiones deber guardar entre si
relación con la causa u objeto. O también puede llegar a
sucedes que al momento de dictar sentencia esta pueda
llegar a afectar a una de las partes como a la otra.
Procede cuando
hay:
Relación jurídica con
pluralidad de sujetos
Proceso pendientes
solo entre algunos de
los varios sujetos de la
relación Jurídico
substancial
En litisconsorcio en el proceso laboral puede
llegar a dificultar la celeridad, debido a que hay
que tener ciertos parámetros de aplicabilidad
legal en no perjudicar ninguno de los
intervinientes antes de dictar la sentencia
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8. CAUSALES DE
INHIBICIÓN Y
RECUSACIÓN
Por parentesco de consanguinidad con alguna de
las partes o sus apoderados, en cualquier grado.
Por tener el inhibido o el recusado, su cónyuge o
algunos de sus consanguíneos o afines, dentro de
los grados indicados, interés directo en el pleito.
Por haber dado, el inhibido o el recusado
recomendación, o prestado su patrocinio a favor de
alguno de los litigantes, sobre el pleito en que se le
recusa.
Por tener, el inhibido o el recusado, sociedad de
interés o amistad intima con alguno de los litigantes.
Por haber, el inhibido o el recusado, manifestado su
opinión sobre lo principal del pleito o sobre la
incidencia pendiente entes de la sentencia
correspondiente.
Por enemistad entre el inhibido o el recusado y
cualquiera de los litigantes, demostrada por los
hechos que, sanamente apreciados, hagan
sospechable la imparcialidad del inhibido o del
recusado.
Por haber recibido el inhibido o el recusado, dádiva
de alguno e algunos de los litigantes, después de
iniciado el juicio.
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Fuente ART 31 AL 45 LOPTRA
9. PRINCIPALES
TRAMITES
INHIBICIÓN Y
RECUSACIÓN
Cuando el juez del trabajo advierta
que está incurso en alguna o
algunas de las causales de
recusación o inhibición previstas en
En los casos de inhibiciones o
recusaciones de los Jueces de
Sustanciación, Mediación y
Ejecución o de los Jueces de
Juicio, conocerá el Juez del
Tribunal Superior del Trabajo
La recusación se
propondrá
personalmente y
por escrito ante el
Juez recusado
La oportunidad
para recusar a
los funcionarios
judiciales será la
misma que para
recusar al juez
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Fuente ART 31 AL 45 LOPTRA
10. ¿SABIAS LAS DIFERENCIAS DE
JUNTAS?
Junta de Arbitraje
Judicial de
Trabajo
Junta de arbitraje en
materia
administrativa del
trabajo
Regulació
n
Ley Orgánica
Procesal del
Trabajo
Comision Nacional de
Mediacion (CONAMED) y
según el Art 188 del
Reglamento de la Ley del
Trabajo
Sujetos Sector Privado Sector Publico
Solicitud Art 138 LOPTRA
El juez, a petición de las
partes, ordenará la
realización de un arbitraje
que resuelva la
controversia, a fin de
estimular los medios
alternos de resolución de
conflictos, en la forma
prevista en esta Ley.
Art 188 RELOT
Podrá conocer de oficio o de
solicitud de partes los
conflictos colectivos de
trabajo que pudieran afectar
al sector publico y a los
servicios públicos
esenciales
Formación Por tres miembros los
cuales serán elegidos al
azar por el Juez de una
lista de árbitros
establecida oficialmente
por el TSJ en sala de
Casación Social, los
árbitros serán
juramentados
Titular del despacho o
funcionario
Organizaciones Sindicales
Procuraduría General
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12. REFERENCIAS
Ley Orgánica Procesal del Trabajo
LEY DE TRIBUNALES Y PROCEDIMIENTO
DEL TRABAJO
http://www.defiendete.org/html/de-
interes/LEYES%20DE%20VENEZUELA/LEYE
S%20DE%20VENEZUELA%20II/LEY%20DE
%20TRIBUNALES%20Y%20PROCEDIMIENT
O%20DEL%20TRABAJO.htm
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