SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 37
Descargar para leer sin conexión
MARCO LEGAL Y FISCAL DE ALTOS
DIRECTIVOS:
Alternativas de optimización fiscal
de la retribución de los altos cargos


                                                 MARIO SOLER

                                                               Barcelona, 27 de marzo de 2003



HUMAN CAPITAL SERVICES
© 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
INDICE
                               ALTERNATIVAS DE OPTIMIZACIÓN FISCAL DE LA
                                            RETRIBUCIÓN DE LOS ALTOS CARGOS



         I.          La nueva Ley del IRPF y su efecto en el diseño del paquete retributivo
         II.          Fiscalidad de los esquemas retributivos ligados con instrumentos de
                     previsión social
         III.        Tratamiento fiscal del régimen indemnizatorio




    HUMAN CAPITAL SERVICES
2   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Paquetes retributivos y reforma IRPF 2003

                  Efecto de la reforma del IRPF en los esquemas retributivos:

                                   Ampliación límites
                                      exención
                                                                                          Eliminación de límites
                                                           Retribuciones
                                                                                              en la reducción
                                                              flexibles
                                                         (retribuciones en
                                                                                    Retribuciones
                                                               especie)
                    Retribución fija                                         +    dinerarias a medio/
                                                                                      largo plazo
                                                          Retribuciones
                                                     +   obtenidas en el
                     Retribución                            extranjero
                   variable a corto
                        plazo                                                     Incentivos basados
                                                                             +        en acciones
                                                          Sistemas de
                                                         Previsión Social
                                                                                 Establecimiento de
                                                                                  planes protegidos



    HUMAN CAPITAL SERVICES
3   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
I. LA NUEVA LEY DEL IRPF Y SU
    EFECTO EN EL DISEÑO DEL
    PAQUETE RETRIBUTIVO




HUMAN CAPITAL SERVICES
© 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Reducción del 40% para rendimientos irregulares

                  Reducciones aplicables a los rendimientos irregulares del trabajo hasta 31
                   de diciembre de 2002:


                                             Rentas irregulares                      Rentas notoriamente
                                                en general                                irregulares




            Rentas dinerarias                                Sistemas de opciones
               irregulares                                       sobre acciones




                                            30% de reducción                          30% de reducción


                                   Límite de 17.900 euros por                       Límite de 17.900 euros
                                       año de generación                                por cinco años


    HUMAN CAPITAL SERVICES
5   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Reducción del 40% para rendimientos irregulares

                  Reducciones aplicables a los rendimientos irregulares del trabajo desde 1 de
                   enero de 2003:

                                                       Rentas irregulares                                Rentas notoriamente
                                                          en general                                          irregulares




            Rentas dinerarias                          Planes generales de         Resto planes de
               irregulares                           opciones sobre acciones   opciones sobre acciones




           40% de reducción                             40% de reducción          40% de reducción        40% de reducción


                 Sin límite                           Límite de 35.800 euros   Límite de 17.900 euros         Sin límite
                                                      por año de generación    por año de generación

    HUMAN CAPITAL SERVICES
6   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Reducción del 40% para rendimientos irregulares

                 Concepto de “periódica o recurrente”:
                          Requisito de carácter indeterminado.
                          Criterio de la Administración (DGT 6 de marzo y 18 de febrero de 2000 entre
                           otras):
                            “Los rendimientos del trabajo que inicialmente pudieran tener un periodo de generación
                           superior a dos años perderán la reducción del 30% si se trata de retribuciones que se
                           devengan con una determinada periodicidad, o que tienden a repetirse en el tiempo, aunque
                           el tiempo transcurrido entre los citados devengos no sea el mismo”.  (…)
                           “La finalidad de esta norma es impedir la aplicación de la reducción del 30 a rendimientos
                           que, aún cuando pudieran transcurrir varios años hasta resultar ser exigibles, una vez
                           producida ésta, se obtengan con una periodicidad tal que quepa considerar que su obtención
                           es regular en el tiempo, sin presencia del elemento excepcionalidad u ocasionalidad
                           necesarios para que resulte aplicable la reducción del 30%” . (…)
                            “La valoración de si un rendimiento se obtiene de forma periódica o recurrente puede
                           efectuarse tanto a priori, si las retribuciones están ya así definidas en el tiempo, como a
                           posteriori, si una vez percibidas las retribuciones los hechos demuestran que éstas se
                           repitieron en el tiempo, sin más límite temporal que la existencia de un plazo suficientemente
                           dilatado, de tal manera que no quepa apreciar que el para el trabajador se convierta en una
                           fórmula retributiva normal.”



    HUMAN CAPITAL SERVICES
7   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Reducción del 40% para rendimientos irregulares

                       (…)
                       “Para la correcta valoración de si un rendimiento tiende a repetirse en el tiempo, no debe
                      confundirse la forma o valoración bajo la cual se satisface dicha retribución, ya se trate de
                      bonos por antigüedad, entrega de acciones, primas por cumplimiento de objetivos, etc. sino
                      que debe atenderse a la concurrencia de las circunstancias que permiten apreciar que el
                      trabajador obtiene, con independencia de la forma, estas retribuciones de forma periódica o
                      regular en el tiempo.”
                     No es posible extrapolar la definición de renta no periódica o recurrente
                      establecida en el Reglamento del IRPF para las opciones sobre acciones a otros
                      supuestos. DGT 18/2/2000 :
                       “Resulta claro que esta disposición, y en particular, el hecho de que la periodicidad se
                      defina en función de un límite temporal, resulta sólo aplicable a las opciones de
                      compra de acciones, ya que este precepto no se expresa en términos generales, sino
                      que se limita a este supuesto específico.”




    HUMAN CAPITAL SERVICES
8   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Reducción del 40% para rendimientos irregulares

                BONUS DIFERIDO:



                         INVITACIÓN A                  PERÍODO DE       EVALUACIÓN DE      OBTENCIÓN DEL
                         PARTICIPAR EN EL            CONSECUCIÓN DE       OBJETIVOS         RENDIMIENTO
                         SISTEMA Y FIJACIÓN             OBJETIVOS
                         DE OBJETIVOS




                                 NO HAY                NO HAY           NO HAY          RENDIMIENTO DEL
                               TRIBUTACION           TRIBUTACION      TRIBUTACIÓN           TRABAJO
                                                                                           IRREGULAR




    HUMAN CAPITAL SERVICES
9   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Exención en la entrega de acciones
             MODIFICACION ARTICULO 43.2.a)
                      Entrega de acciones
                                Se eleva de 3.005,06 a 12.000 euros anuales la no tributación en supuestos
                                 de entrega de acciones o participaciones de la propia Sociedad o de otras
                                 empresas del grupo de sociedades (y ejercicio de opciones), en las
                                 condiciones que reglamentariamente se establezcan.
                                No se han modificado los requisitos reglamentarios aplicables:
                                       ü       Que la oferta se realice dentro de la política retributiva general de la
                                                empresa o, en su caso, del grupo de sociedades y que contribuya a
                                                la participación de los trabajadores en la empresa.
                                       ü       Que cada uno de los trabajadores, conjuntamente con sus cónyuges
                                                o familiares no tengan una participación, directa o indirecta superior
                                                al 5 por cien.
                                       ü       Que los títulos se mantengan, al menos, durante tres años.




     HUMAN CAPITAL SERVICES
10   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Bonus anual con entrega de acciones




                       INVITACIÓN A                   EVALUACIÓN DEL   OBTENCIÓN DEL    MANTENIMIENTO
                       PARTICIPAR EN EL                  GRADO DE       RENDIMIENTO:   DE LAS ACCIONES
                       SISTEMA Y FIJACIÓN             CONSECUCIÓN DE     ENTREGA DE     DURANTE TRES
                       DE OBJETIVOS                      OBJETIVOS        ACCIONES          AÑOS Y
                                                                                       POSTERIOR VENTA




                                                                       RTO. TRABAJO    CONSOLIDACIÓN
                                                                        EN ESPECIE       EXENCIÓN /
                               NO HAY                    NO HAY          EXENCIÓN
                             TRIBUTACION               TRIBUTACION                       GANANCIA
                                                                       12.000 EUROS     PATRIMONIAL
                                                                          ANUALES




     HUMAN CAPITAL SERVICES
11   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Entrega diferida de acciones: plan de ahorro




                          INVITACIÓN AL PLAN            PERÍODO DE       ADQUISICIÓN Y      PERÍODO DE
                                                         AHORRO           ENTREGA DE      MANTENIMIENTO Y
                                                                           ACCIONES      VENTA DE ACCIONES




                                                                      RENDIMIENTO DEL
                                                                         TRABAJO         CONSOLIDACIÓN
                                 NO HAY                 NO HAY       IRREGULAR POR LA    DE LA EXENCION /
                               TRIBUTACION            TRIBUTACIÓN        ENTREGA            GANANCIA
                                                                     EXENCIÓN :12000 €     PATRIMONIAL




     HUMAN CAPITAL SERVICES
12   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Entrega diferida de acciones: RSU




                          ASIGNACION DE                  PERÍODO DE        OBTENCIÓN DEL     MANTENIMIENTO
                          UNIDADES                     FIDELIZACIÓN Y       RENDIMIENTO     ACCIONES (>3 años)
                                                      CUMPLIMIENTO DE
                                                      OBJETIVOS     (>2
                                                            años)




                                                                          RENDIMIENTO
                                                                          DEL TRABAJO      CONSOLIDACIÓN
                                  NO HAY                NO HAY             IRREGULAR         EXENCIÓN /
                                TRIBUTACION           TRIBUTACION           EXENCIÓN         GANANCIA
                                                                          (12.000 EUROS     PATRIMONIAL
                                                                             ANUALES)




     HUMAN CAPITAL SERVICES
13   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Revalorización de acciones: SAR




                          ASIGNACION DE                  PERÍODO DE        OBTENCIÓN DEL      REINVERSION
                          UNIDADES                     FIDELIZACIÓN Y       RENDIMIENTO        ACCIONES
                          EQUIVALENTES A              CUMPLIMIENTO DE
                          ACCIONES                    OBJETIVOS     (>2
                                                            años)




                                                                          RENDIMIENTO       GANANCIA
                                  NO HAY                NO HAY            DEL TRABAJO      PATRIMONIAL
                                TRIBUTACION           TRIBUTACION          IRREGULAR




     HUMAN CAPITAL SERVICES
14   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Límite de reducción en el ejercicio de opciones
            NUEVO ARTÍCULO 44 bis
             Opciones                sobre acciones
                           El límite máximo de reducción del 17.2.a) se duplicará para los rendimientos
                            del trabajo en especie derivados del ejercicio de opciones de compra sobre
                            acciones o participaciones por los trabajadores que cumplan los siguientes
                            requisitos (desaparece la referencia al desarrollo reglamentario):
                                        ü    Las acciones deben mantenerse, al menos, durante 3 años, a contar
                                              desde el ejercicio de compra.
                                        ü    La oferta deberá realizarse en las mismas condiciones a todos los
                                              trabajadores de la empresa, grupo o subgrupos de empresa.
                           Modificación del artículo 68 del Reglamento (nuevo apartado 3): En los
                            planes generales de entrega de opciones no hay consecuencias para la
                            Sociedad del incumplimiento posterior por parte del empleado en relación
                            con el mantenimiento de las acciones durante un período de tres años. El
                            empleado debe presentar una declaración complementaria, con inclusión de
                            los intereses de demora.



     HUMAN CAPITAL SERVICES
15   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Opciones sobre acciones




                          CONCESIÓN DE LAS            FIN DEL PERÍODO       FECHA DE    VENTA DE LAS
                          OPCIONES                      DE EXCLUSIÓN        EJERCICIO     ACCIONES




                                                                        RENDIMIENTO
                                  NO HAY                NO HAY          DEL TRABAJO      GANANCIA
                                TRIBUTACION           TRIBUTACIÓN        EN ESPECIE     PATRIMONIAL
                                                                         IRREGULAR




     HUMAN CAPITAL SERVICES
16   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Trabajos realizados en el extranjero




                                                      FES




                 Apoyar el desplazamiento al extranjero dentro de un marco de seguridad jurídica



     HUMAN CAPITAL SERVICES
17   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Trabajos realizados en el extranjero

            Concepto                                   Requisitos                   Beneficios



                                                      Trabajos realizados para
                                                      una empresa o entidad no
                                                      residente o estableci-
                                                      miento permanente (en el
                                                      extranjero).
                                                                                 Exención por los rendi-
                  Trabajos
                                                                                 mientos percibidos por
               efectivamente
                                                                                 estos trabajos con el límite
              realizados en el
                 extranjero                                                      anual de 60.101,21 €.
                                                      Que aplique un impuesto
                                                      de naturaleza idéntica o
                                                      similar al IRPF.




                                                       Que no se trate de un
                                                       paraíso fiscal.



       q Incompatible con el régimen de excesos por destino en el extranjero.

     HUMAN CAPITAL SERVICES
18   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Salario emocional y retribución flexible
           RETRIBUCIÓN FLEXIBLE
                  La retribución flexible pretende:
                           Optimizar la retribución neta de los empleados, mediante el aprovechamiento de las distintas
                            alternativas de planificación fiscal que ofrece la Ley del Impuesto sobre la Renta de las
                            Personas Físicas.
                           Adecuar el salario del empleado a sus necesidades.
                           Pagar en función de las expectativas del empleado, no de la empresa.
                           Aprovechar las condiciones más ventajosas que puede disfrutar una sociedad en la
                            contratación de determinados servicios para sus empleados.

                  La nota de flexibilidad viene dada por la posibilidad que tendría cada
                   trabajador por optar entre las distintas fórmulas alternativas a la mera
                   retribución dineraria, dentro de los límites fijados por la sociedad, que
                   pudieran resultar de la normativa aplicable. Se distinguen:
                           Retribuciones a la carta: págame como yo quiera.
                           Planes menú: déjame escoger lo que yo quiera.




     HUMAN CAPITAL SERVICES
19   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Salario emocional y retribución flexible

                  Artículo 43. D): Gasto en guarderías exento. Está incluido dentro de la
                   exención la posibilidad de que este servicio pueda ser prestado por un
                   tercero debidamente autorizado.
                  Primas de seguro de enfermedad: exentas siempre que:
                           La cobertura de enfermedad alcance al propio trabajador, pudiendo
                            alcanzar también a su cónyuge y descendientes.
                           Las primas no excedan de 500 euros anuales por cada asegurado. El
                            exceso sobre dicha cuantía tiene la consideración de retribución en
                            especie.




     HUMAN CAPITAL SERVICES
20   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Salario emocional y retribución flexible

                               Retribuciones flexibles (Retribuciones en especie)
              Economías de contratación


                                                                             Vehículo


                                                          Teléfonos                          Seguro             Seguro
                                                          móviles                            médico             accidentes


                                          Cuotas de                                          Previsión          Ordenador
                                          clubes                                             social             Internet

                                          Asesor legal/
                                          financiero                                         Vivienda

                                          Viajes                                          Guardería

                                                            Préstamos bajo              Ticket                  Formación
                                                            interés                     Restaurant


                                                                                                         Ahorros fiscales



     HUMAN CAPITAL SERVICES
21   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Salario emocional y retribución flexible

                   Ejemplo sistema de retribución flexible
                                  IMPUESTOS                                     NECESIDADES                                      NETO

          Situación
            inicial                                                      Asistencia médica              1.502
                                                                                                                      Ret. dineraria      60.100
                    Ret. dineraria       60.100                          Tickets-restaurant             1.727
                                                                                                                      Impuestos          -14.790
                    Ret. en especie             0                        Ordenador e internet           1.502
                                                                     -                                            =
                                                                                                                      Necesidades       - 13.550
                    S. Social y reducc. -13.538                          Vivienda vacaciones           1.202
                                                                                                                                        ------------
                                       ------------                      Segundo Vehículo              7.614
                                                                                                   ------------
                                                                                                                      RENTA NETA         31.770
                       CUOTA INTEGRA                   14.790            TOTAL                       13.550

          Situación                                                      PAGADAS POR LA COMPAÑÍA
             SIC
                                                                         Efecto fiscal:                               Ret. Dineraria       46.553
                  Ret. dineraria                         46.553
                                                                            Asistencia médica          300            Impuestos           -11.000
                  Ret. en especie                        - 4.600
                  S. Social y reducc.                   -13.538
                                                      ------------
                                                                     -      Tickets-restaurant
                                                                            Ordenador e internet
                                                                                                         0
                                                                                                         0        =    Necesidades                0
                                                                                                                                        ------------
                                                                            Vivienda vacaciones        500
                                                                            Segundo vehículo         3.800            RENTA NETA          35.553
                        CUOTA INTEGRA 11.000                                                        -----------
                                                                            TOTAL                    4.600

                                                                                                                              AHORRO 3.783 €

     HUMAN CAPITAL SERVICES
22   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
II. FISCALIDAD DE LOS ESQUEMAS
     RETRIBUTIVOS LIGADOS CON
     INSTRUMENTOS DE PREVISIÓN
     SOCIAL




HUMAN CAPITAL SERVICES
© 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Salario diferido: Planes jubilación
           CONSIDERACIONES PREVIAS
                  La previsión social privada se ha consolidado en España como un elemento
                   de compensación habitual. Teniendo en cuenta los datos demográficos así
                   como la incertidumbre en materia de previsión pública, se espera que la
                   previsión social privada tienda a incrementarse en los próximos años.
                  Ventajas de la implantación de un sistema de previsión social:
                           Proporciona un cierto nivel de seguridad a los empleados frente al futuro,
                            especialmente a los empleados de más antigüedad.
                           Recompensa la fidelidad a la empresa con independencia de los resultados, ya
                            que normalmente no suele estar ligado a la consecución de objetivos.
                           Potencia el efecto de retención de los empleados si la percepción de la retribución
                            se liga a la permanencia en la empresa.
                           Es una forma de retribución fiscalmente eficaz al tratarse de una retribución
                            diferida con un buen régimen fiscal.




     HUMAN CAPITAL SERVICES
24   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Salario diferido: Planes jubilación




                        ADHESIÓN AL                      PAGO DE LAS       PERÍODO DE      PAGO DE LA
                        SISTEMA                            PRIMAS            ESPERA       PRESTACIÓN
                                                                                          (EN FORMA DE
                                                                                             CAPITAL)




                               NO HAY                   NO HAY           NO HAY         RENDIMIENTO DEL
                             TRIBUTACION              TRIBUTACION      TRIBUTACIÓN         TRABAJO
                                                                                        REDUCCIÓN 40%




     HUMAN CAPITAL SERVICES
25   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
III. TRATAMIENTO FISCAL DEL
      REGIMEN INDEMNIZATORIO




HUMAN CAPITAL SERVICES
© 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Despidos improcedentes

               Art. 7 Ley de IRPF: INDEMNIZACIONES EXENTAS


                   “Estarán exentas las siguientes rentas: (...)
                   e) Las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, en la cuantía
                      establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores,
                      en su normativa de desarrollo o, en su caso, en la normativa reguladora
                      de la ejecución de sentencias, sin que pueda considerarse como tal la
                      establecida en virtud de convenio, pacto o contrato.
                          Cuando se extinga el contrato de trabajo con anterioridad al acto de
                         conciliación, estarán exentas las indemnizaciones por despido que no
                         excedan de la que hubiera correspondido en el caso de que el mismo
                         hubiera sido declarado improcedente, y no se trate de extinciones de
                         mutuo acuerdo en el marco de planes o sistemas colectivo de bajas
                         incentivadas.”



     HUMAN CAPITAL SERVICES
27   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Despidos improcedentes

           Ø  RELACIÓN                    LABORAL COMÚN

             Art. 56 Estatuto de los Trabajadores:
           “1. Cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario, en el plazo
           de cinco días desde la notificación de la sentencia, podrá optar entre la
           readmisión del trabajador o la extinción del contrato con abono de una
           indemnización. El abono de la indemnización determinará la extinción del
           contrato de trabajo, que se entenderá producida en la fecha del cese efectivo
           en el trabajo.
           2. En el caso de readmisión el trabajador tendrá derecho a los salarios dejados
           de percibir en los términos previstos en el artículo 57 de esta Ley.
           En el caso de indemnización ésta consistirá en una cantidad de cuarenta y
           cinco días de salario, por año de servicio, prorrateándose por meses los
           períodos de tiempo inferiores a un año hasta un máximo de cuarenta y dos
           mensualidades. (...)”



     HUMAN CAPITAL SERVICES
28   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Despidos improcedentes
        Ø  PERSONAL                      DE ALTA DIRECCIÓN

          Art. 11 RD 1382/1985:
        “1. El contrato de trabajo podrá extinguirse por desistimiento del empresario,
        comunicado por escrito, debiendo mediar un preaviso en los términos fijados en
        el artículo 10.1. El alto directivo tendrá derecho en estos casos a las
        indemnizaciones pactadas en el contrato; a falta de pacto la indemnización será
        equivalente a siete días del salario en metálico por año de servicio con límite de
        seis mensualidades.
        (...)
        2. El contrato podrá extinguirse por decisión del empresario mediante despido
        basado en el incumplimiento grave y culpable del alto directivo, en la forma y
        con los efectos establecidos en el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores;
        respecto a las indemnizaciones, en el supuesto de despido declarado
        improcedente se estará a las cuantías que se hubiesen pactado en el contrato,
        siendo en su defecto de veinte días de salario en metálico por año de servicio y
        hasta un máximo de doce mensualidades. (...).”


     HUMAN CAPITAL SERVICES
29   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Despidos improcedentes
         JURISPRUDENCIA Y DOCTRINA SOBRE APLICABILIDAD DE LA EXENCIÓN EN IRPF
         EN CONTRATOS DE ALTA DIRECCIÓN

           TSJC          30/05/96
         “cuantías que no son propiamente obligatorias según Ley (...) pero que sí tienen una
         función similar y subsidiaria para el caso de que las partes nada pacten al respecto y que
         participa de la naturaleza indemnizatoria por pérdida del derecho de trabajo, cuantía
         equiparable al límite máximo que, con carácter obligatorio, señala el Estatuto de los
         trabajadores y que no constituye renta – y no está sujeta a tributación – sólo en cuanto a
         ese límite, pero sí tendrán la consideración de renta y quedan sujetas al impuesto el exceso
         de las cantidades percibidas en concepto de indemnización, (...)”

           TEAC           23/10/98
         “las indemnizaciones por cese laboral no sujetas son las que no excedan del límite máximo
         que con carácter obligatorio señale la legislación vigente, concluye estableciendo que las
         citadas indemnizaciones resultan sujetas en su totalidad al Impuesto sobre la Renta de las
         Personas Físicas. (...)
         en los supuestos de indemnización por cese laboral resultante de contratos de alta
         dirección, queda sujeta y no exenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas la
         totalidad de dichas indemnizaciones.”

     HUMAN CAPITAL SERVICES
30   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Despidos improcedentes
           AN 22/10/01
         “resulta que tal Real Decreto no establece ningún límite, ni máximo ni mínimo, de “carácter
         obligatorio” respecto de las indemnizaciones del personal de alta dirección, toda vez que los
         señalados en su art. 11 son “a falta de pacto” y “en su defecto” y, por ello meramente
         subsidiarias de lo convenido, (...)
         No habiendo ningún límite máximo señalado con carácter obligatorio (...), las
         indemnizaciones que por el cese de este personal se perciban quedan sujetas al Impuesto
         por imperio de la norma general que contiene el artículo 14 de su entonces ley reguladora.”

           DGT 09/03/00
         “Si, como señala el TS, no existe ningún límite máximo fijado con carácter obligatorio por el
         Real Decreto 1382/1985, no puede sino concluirse que la totalidad de la indemnización
         satisfecha estará plenamente sometida al Impuesto, y su sistema de retenciones a cuenta.”
           DGT 17/05/02
         “ al no existir límite máximo fijado con carácter obligatorio por el Real Decreto 1382/1985,
         la totalidad de la indemnización satisfecha estará plenamente sometida al Impuesto y su
         sistema de retenciones a cuenta. (...)”


     HUMAN CAPITAL SERVICES
31   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Despidos improcedentes

          Art.         17.2 Ley IRPF: RENTA IRREGULAR

        “Como regla general, los rendimientos íntegros se computarán en su totalidad,
        excepto que les sea de aplicación alguna de las reducciones siguientes:
        a)  El
             40 por 100 de reducción, en el caso de rendimientos que tengan un período
        de generación superior a dos años y que no se obtengan de forma periódica o
        recurrente, así como aquellos que se califiquen reglamentariamente como
        obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo.
        El cómputo del período de generación, en el caso de que estos rendimientos se
        cobren de forma fraccionada, deberá tener en cuenta el número de años de
        fraccionamiento, en los términos que reglamentariamente se establezcan. (...)”




     HUMAN CAPITAL SERVICES
32   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Despidos improcedentes
         CRITERIO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS

         Ø  RELACIÓN                 LABORAL COMÚN

           DGT         16/11/00
         “las cantidades que excedan de las cuantías que marcan con carácter obligatorio los
         artículos del Estatuto de los Trabajadores en relación a los distintos supuestos de despidos
         o ceses del trabajador, en función estricta del tiempo trabajado en la empresa con la que se
         establece la relación laboral estarán sujetas a tributación (...), con la calificación de rentas
         de carácter irregular a efectos de su liquidación, por cuanto se consideran rendimientos del
         trabajo generados en función del número de años trabajados en la empresa.


           DGT         28/11/00
         “el derecho económico derivado del acuerdo como consecuencia de la extinción de la
         relación laboral por despido improcedente no se ha ido consolidando durante el tiempo que
         duró la relación laboral, sino que nace ex-novo a raíz de dicho acuerdo realizado entre las
         partes para llevar a cabo el abono del tal indemnización voluntaria. (...) En conclusión, “la
         indemnización voluntaria” percibida por el interesado, no podrá ser objeto de la reducción
         del 30 por 100 prevista en el artículo 17.2.a) de la Ley 40/1998”


     HUMAN CAPITAL SERVICES
33   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Despidos improcedentes

           DGT 16/02/01
         “A estos efectos, el período de generación vendrá calculado de acuerdo con el tiempo
         durante el cual prestó sus servicios el trabajador en la empresa. (...) Las cantidades
         percibidas, una vez superado el límite exento (...), en la medida que tengan un período de
         generación superior a dos años, se computarán como sigue: (...) procederá a practicar la
         reducción del 30 por 100 en los rendimientos íntegros a que se refiere el artículo 17.2.a) de
         la Ley 40/1998.”


         Ø  PERSONAL                  DE ALTA DIRECCIÓN

           DGT         09/03/00
         “dichas cantidades tendrán la consideración de renta irregular siendo su período de
         generación el número de años trabajados, contados de fecha a fecha, de acuerdo con lo
         señalado en los artículos 59.uno.b) y 64 de la Ley del Impuesto.”




     HUMAN CAPITAL SERVICES
34   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Despidos de mutuo acuerdo

              No aplica la exención contemplada en el artículo 7.e) de la Ley de IRPF ya
              que la indemnización percibida se establece en virtud de pacto entre las
              partes.


               Art. 10 Reglamento de IRPF: reducción del 40%
              “A efectos de la aplicación de la reducción prevista en el artículo 17.2.a) de la
              Ley del Impuesto, se consideran rendimientos del trabajo obtenidos de forma
              notoriamente irregular en el tiempo, exclusivamente, los siguientes, cuando se
              imputen en un único periodo impositivo: (...)
                f)            Cantidades satisfechas por la empresa a los trabajadores por la
                           resolución de mutuo acuerdo de la relación laboral.”




     HUMAN CAPITAL SERVICES
35   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Otras consideraciones

                  Supuestos de nueva contratación (art. 1 del Reglamento del IRPF):
                          “ El disfrute de la exención prevista en el artículo 7 e) de la Ley del
                         Impuesto quedará condicionado a la real efectiva desvinculación del
                         trabajador con la empresa. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que
                         no se da dicha desvinculación cuando en los tres años siguientes al
                         despido o cese el trabajador vuelva a prestar servicios a la misma
                         empresa o a otra empresa vinculada a aquélla en los términos previstos
                         en el artículo 16 de la Ley 43/1995 (...).”

             q      Movilidad dentro del Grupo de empresas:
                   A efectos de calcular la indemnización por despido exenta de tributación se
                   tendrá en cuenta el número de años de servicio prestados en el grupo (DGT
                   14/09/01).




     HUMAN CAPITAL SERVICES
36   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
Otras consideraciones

                  Promoción interna y posterior cese de la relación laboral:
                    La parte indemnizatoria correspondiente a la relación laboral común se
                   calculará de acuerdo con la cuantía establecida en el ET, teniendo en cuenta
                   el periodo de permanencia con exclusión de la duración de la relación laboral
                   especial. (Sentencia de 17 de enero de 2000 del TSJ de Madrid).




     HUMAN CAPITAL SERVICES
37   © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved

Más contenido relacionado

La actualidad más candente (17)

Minuta febrero 2012
Minuta febrero 2012Minuta febrero 2012
Minuta febrero 2012
 
Seguridad social v 1
Seguridad social v 1Seguridad social v 1
Seguridad social v 1
 
Minuta enero 2012
Minuta enero 2012Minuta enero 2012
Minuta enero 2012
 
Nic 19
Nic 19Nic 19
Nic 19
 
Sección 28 beneficios a empleados
Sección 28 beneficios a empleadosSección 28 beneficios a empleados
Sección 28 beneficios a empleados
 
Renta total
Renta totalRenta total
Renta total
 
Sección 28: Beneficios a Empleados
Sección 28: Beneficios a EmpleadosSección 28: Beneficios a Empleados
Sección 28: Beneficios a Empleados
 
NIF-1 Ejercicios Practicos
NIF-1 Ejercicios PracticosNIF-1 Ejercicios Practicos
NIF-1 Ejercicios Practicos
 
Minuta abril 2011
Minuta abril 2011Minuta abril 2011
Minuta abril 2011
 
Minuta julio 2010
Minuta julio 2010Minuta julio 2010
Minuta julio 2010
 
Minuta agosto 2011
Minuta agosto 2011Minuta agosto 2011
Minuta agosto 2011
 
Modernizacion del estado, fondo de amortizacion de perdidas
Modernizacion del estado, fondo de amortizacion de perdidasModernizacion del estado, fondo de amortizacion de perdidas
Modernizacion del estado, fondo de amortizacion de perdidas
 
Nic 26
Nic 26Nic 26
Nic 26
 
Minuta marzo 2011
Minuta marzo 2011Minuta marzo 2011
Minuta marzo 2011
 
Minuta julio 2011
Minuta julio 2011Minuta julio 2011
Minuta julio 2011
 
Introduccionalaretencion
IntroduccionalaretencionIntroduccionalaretencion
Introduccionalaretencion
 
Compensacion salarial mapa concep
Compensacion  salarial mapa concepCompensacion  salarial mapa concep
Compensacion salarial mapa concep
 

Similar a Marco legal fiscal alto directivo

Conferencia tributaria 16032007 (1)
Conferencia tributaria 16032007 (1)Conferencia tributaria 16032007 (1)
Conferencia tributaria 16032007 (1)irving peña anampa
 
Mercer Retribucion Flexible AEDIPE 2009-2010
Mercer Retribucion Flexible AEDIPE 2009-2010Mercer Retribucion Flexible AEDIPE 2009-2010
Mercer Retribucion Flexible AEDIPE 2009-2010Inspiring Benefits
 
Impuesto sobre la renta guatemala
Impuesto sobre la renta guatemalaImpuesto sobre la renta guatemala
Impuesto sobre la renta guatemalaJBORRAYO
 
Propuesta plan de pensiones privado
Propuesta plan de pensiones privadoPropuesta plan de pensiones privado
Propuesta plan de pensiones privadoCota Stats
 
Presentación eig ley 7 2012 lucha fraude (modificaciones lgt)
Presentación eig ley 7 2012 lucha fraude (modificaciones lgt)Presentación eig ley 7 2012 lucha fraude (modificaciones lgt)
Presentación eig ley 7 2012 lucha fraude (modificaciones lgt)Escuela Internacional de Gerencia
 
Movilidad internacional y fiscalidad
Movilidad internacional y fiscalidadMovilidad internacional y fiscalidad
Movilidad internacional y fiscalidadMario Soler
 
Recomendaciones de la ocde para méxico
Recomendaciones de la ocde para méxicoRecomendaciones de la ocde para méxico
Recomendaciones de la ocde para méxicoAtenas Quintal
 
Resumen de planeacion tributaria
Resumen de planeacion tributariaResumen de planeacion tributaria
Resumen de planeacion tributariareyna20121
 
Taller reforma triutaria pymes df
Taller reforma triutaria pymes dfTaller reforma triutaria pymes df
Taller reforma triutaria pymes dfFranco Gorziglia
 
Retribución Flexible. Proyecto fin de master 2010
Retribución Flexible. Proyecto fin de master 2010Retribución Flexible. Proyecto fin de master 2010
Retribución Flexible. Proyecto fin de master 2010Andres Ballester Camus
 
La contabilidad andy perez 3ero c. diocesano
La contabilidad andy perez 3ero c. diocesanoLa contabilidad andy perez 3ero c. diocesano
La contabilidad andy perez 3ero c. diocesanoUPEL-IPB
 
¿Cómo se determina la condición de “empleado” con fines impositivos?
¿Cómo se determina la condición de “empleado” con fines impositivos?¿Cómo se determina la condición de “empleado” con fines impositivos?
¿Cómo se determina la condición de “empleado” con fines impositivos?Miguel Ramírez
 
Presentacion lunes 17
Presentacion lunes 17Presentacion lunes 17
Presentacion lunes 17lugopolis
 

Similar a Marco legal fiscal alto directivo (20)

Conferencia tributaria 16032007 (1)
Conferencia tributaria 16032007 (1)Conferencia tributaria 16032007 (1)
Conferencia tributaria 16032007 (1)
 
Mercer Retribucion Flexible AEDIPE 2009-2010
Mercer Retribucion Flexible AEDIPE 2009-2010Mercer Retribucion Flexible AEDIPE 2009-2010
Mercer Retribucion Flexible AEDIPE 2009-2010
 
Regimen fiscal
Regimen fiscalRegimen fiscal
Regimen fiscal
 
Impuesto sobre la renta guatemala
Impuesto sobre la renta guatemalaImpuesto sobre la renta guatemala
Impuesto sobre la renta guatemala
 
Propuesta plan de pensiones privado
Propuesta plan de pensiones privadoPropuesta plan de pensiones privado
Propuesta plan de pensiones privado
 
Presentación eig ley 7 2012 lucha fraude (modificaciones lgt)
Presentación eig ley 7 2012 lucha fraude (modificaciones lgt)Presentación eig ley 7 2012 lucha fraude (modificaciones lgt)
Presentación eig ley 7 2012 lucha fraude (modificaciones lgt)
 
Revista Diciembre 2009
Revista Diciembre 2009Revista Diciembre 2009
Revista Diciembre 2009
 
Movilidad internacional y fiscalidad
Movilidad internacional y fiscalidadMovilidad internacional y fiscalidad
Movilidad internacional y fiscalidad
 
Nic 19
Nic 19Nic 19
Nic 19
 
Recomendaciones de la ocde para méxico
Recomendaciones de la ocde para méxicoRecomendaciones de la ocde para méxico
Recomendaciones de la ocde para méxico
 
Impuestos sobre la renta de personas físicas
Impuestos sobre la renta de personas físicasImpuestos sobre la renta de personas físicas
Impuestos sobre la renta de personas físicas
 
Resumen de planeacion tributaria
Resumen de planeacion tributariaResumen de planeacion tributaria
Resumen de planeacion tributaria
 
Taller reforma triutaria pymes df
Taller reforma triutaria pymes dfTaller reforma triutaria pymes df
Taller reforma triutaria pymes df
 
Retribución Flexible. Proyecto fin de master 2010
Retribución Flexible. Proyecto fin de master 2010Retribución Flexible. Proyecto fin de master 2010
Retribución Flexible. Proyecto fin de master 2010
 
La contabilidad andy perez 3ero c. diocesano
La contabilidad andy perez 3ero c. diocesanoLa contabilidad andy perez 3ero c. diocesano
La contabilidad andy perez 3ero c. diocesano
 
Evento DHS Reforma Ley 1607 de 2012 20 de Marzo Microsoft
Evento DHS Reforma Ley 1607 de 2012 20 de Marzo MicrosoftEvento DHS Reforma Ley 1607 de 2012 20 de Marzo Microsoft
Evento DHS Reforma Ley 1607 de 2012 20 de Marzo Microsoft
 
¿Cómo se determina la condición de “empleado” con fines impositivos?
¿Cómo se determina la condición de “empleado” con fines impositivos?¿Cómo se determina la condición de “empleado” con fines impositivos?
¿Cómo se determina la condición de “empleado” con fines impositivos?
 
Presentacion lunes 17
Presentacion lunes 17Presentacion lunes 17
Presentacion lunes 17
 
Ahorro previsional voluntario2
Ahorro previsional voluntario2Ahorro previsional voluntario2
Ahorro previsional voluntario2
 
Ahorro previsional voluntario3
Ahorro previsional voluntario3Ahorro previsional voluntario3
Ahorro previsional voluntario3
 

Más de Mario Soler

Finanzas & Contabilidad (Stock Options)
Finanzas & Contabilidad (Stock Options)Finanzas & Contabilidad (Stock Options)
Finanzas & Contabilidad (Stock Options)Mario Soler
 
Medidas crisis empresarial
Medidas crisis empresarialMedidas crisis empresarial
Medidas crisis empresarialMario Soler
 
Organos gobierno ef ii
Organos gobierno ef iiOrganos gobierno ef ii
Organos gobierno ef iiMario Soler
 
Gestión estrategica rrhh
Gestión estrategica rrhhGestión estrategica rrhh
Gestión estrategica rrhhMario Soler
 
Retail meeting point on-line
Retail meeting point on-lineRetail meeting point on-line
Retail meeting point on-lineMario Soler
 
Procesos expansión
Procesos expansiónProcesos expansión
Procesos expansiónMario Soler
 
Compensación flexible y talento
Compensación flexible y talentoCompensación flexible y talento
Compensación flexible y talentoMario Soler
 
Profesionalizacion empresa familiar
Profesionalizacion empresa familiarProfesionalizacion empresa familiar
Profesionalizacion empresa familiarMario Soler
 
Partipació financera dels empleats
Partipació financera dels empleatsPartipació financera dels empleats
Partipació financera dels empleatsMario Soler
 

Más de Mario Soler (9)

Finanzas & Contabilidad (Stock Options)
Finanzas & Contabilidad (Stock Options)Finanzas & Contabilidad (Stock Options)
Finanzas & Contabilidad (Stock Options)
 
Medidas crisis empresarial
Medidas crisis empresarialMedidas crisis empresarial
Medidas crisis empresarial
 
Organos gobierno ef ii
Organos gobierno ef iiOrganos gobierno ef ii
Organos gobierno ef ii
 
Gestión estrategica rrhh
Gestión estrategica rrhhGestión estrategica rrhh
Gestión estrategica rrhh
 
Retail meeting point on-line
Retail meeting point on-lineRetail meeting point on-line
Retail meeting point on-line
 
Procesos expansión
Procesos expansiónProcesos expansión
Procesos expansión
 
Compensación flexible y talento
Compensación flexible y talentoCompensación flexible y talento
Compensación flexible y talento
 
Profesionalizacion empresa familiar
Profesionalizacion empresa familiarProfesionalizacion empresa familiar
Profesionalizacion empresa familiar
 
Partipació financera dels empleats
Partipació financera dels empleatsPartipació financera dels empleats
Partipació financera dels empleats
 

Último

Apuntadorkeurjeh4jj4by un 4hh4j4u4jj4h4y4jh4
Apuntadorkeurjeh4jj4by un 4hh4j4u4jj4h4y4jh4Apuntadorkeurjeh4jj4by un 4hh4j4u4jj4h4y4jh4
Apuntadorkeurjeh4jj4by un 4hh4j4u4jj4h4y4jh4hassanbadredun
 
modelo de flujo maximo unidad 4 en modelos de optimización de recursos
modelo de flujo maximo unidad 4 en modelos de optimización de recursosmodelo de flujo maximo unidad 4 en modelos de optimización de recursos
modelo de flujo maximo unidad 4 en modelos de optimización de recursosk7v476sp7t
 
La electrónica y electricidad finall.pdf
La electrónica y electricidad finall.pdfLa electrónica y electricidad finall.pdf
La electrónica y electricidad finall.pdfDiegomauricioMedinam
 
T.A CONSTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pptx
T.A CONSTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pptxT.A CONSTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pptx
T.A CONSTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pptxLizCarolAmasifuenIba
 
Continex para educación, Portafolio de servicios
Continex para educación, Portafolio de serviciosContinex para educación, Portafolio de servicios
Continex para educación, Portafolio de serviciosFundación YOD YOD
 
estadistica funcion distribucion normal.ppt
estadistica funcion distribucion normal.pptestadistica funcion distribucion normal.ppt
estadistica funcion distribucion normal.pptMiguelAngel653470
 
PLANILLA DE CONTROL LIMPIEZA TRAMPA DE GRASA
PLANILLA DE CONTROL LIMPIEZA TRAMPA DE GRASAPLANILLA DE CONTROL LIMPIEZA TRAMPA DE GRASA
PLANILLA DE CONTROL LIMPIEZA TRAMPA DE GRASAAlexandraSalgado28
 
T.A- CONTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pdf
T.A- CONTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pdfT.A- CONTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pdf
T.A- CONTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pdfLizCarolAmasifuenIba
 
Clima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdf
Clima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdfClima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdf
Clima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdfConstructiva
 
sistemas de produccion de la palta en el peru moises.pptx
sistemas de produccion de la palta en el peru moises.pptxsistemas de produccion de la palta en el peru moises.pptx
sistemas de produccion de la palta en el peru moises.pptxJaredmoisesCarrillo
 
CODIGO DE ETICA PARA EL PROFESIONAL DE LA CONTABILIDAD IFAC (4).pdf
CODIGO DE ETICA PARA EL PROFESIONAL DE LA CONTABILIDAD IFAC (4).pdfCODIGO DE ETICA PARA EL PROFESIONAL DE LA CONTABILIDAD IFAC (4).pdf
CODIGO DE ETICA PARA EL PROFESIONAL DE LA CONTABILIDAD IFAC (4).pdfmelissafelipe28
 
JOSSELYN SALINfffffffAS- CAPITULO 4 Y 5.pptx
JOSSELYN SALINfffffffAS- CAPITULO 4 Y 5.pptxJOSSELYN SALINfffffffAS- CAPITULO 4 Y 5.pptx
JOSSELYN SALINfffffffAS- CAPITULO 4 Y 5.pptxJosVidal41
 
Pensamiento Lógico - Matemático USB Empresas
Pensamiento Lógico - Matemático USB EmpresasPensamiento Lógico - Matemático USB Empresas
Pensamiento Lógico - Matemático USB Empresasanglunal456
 
Coca cola organigrama de proceso empresariales.pptx
Coca cola organigrama de proceso empresariales.pptxCoca cola organigrama de proceso empresariales.pptx
Coca cola organigrama de proceso empresariales.pptxJesDavidZeta
 
Proyecto TRIBUTACION APLICADA-1.pdf impuestos nacionales
Proyecto TRIBUTACION APLICADA-1.pdf impuestos nacionalesProyecto TRIBUTACION APLICADA-1.pdf impuestos nacionales
Proyecto TRIBUTACION APLICADA-1.pdf impuestos nacionalesjimmyrocha6
 
MANUAL SKIDDER manual manual manual manua
MANUAL SKIDDER manual manual manual manuaMANUAL SKIDDER manual manual manual manua
MANUAL SKIDDER manual manual manual manuaasesoriam4m
 
Evaluacion Final de logistica - trabajo final
Evaluacion Final de logistica - trabajo finalEvaluacion Final de logistica - trabajo final
Evaluacion Final de logistica - trabajo finalssuser4a0361
 
¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?
¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?
¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?Michael Rada
 
15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx
15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx
15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptxAndreaAlessandraBoli
 
AFILIACION CAJA NACIONAL DE SALUD WOM 1 .pdf
AFILIACION CAJA NACIONAL DE SALUD WOM 1 .pdfAFILIACION CAJA NACIONAL DE SALUD WOM 1 .pdf
AFILIACION CAJA NACIONAL DE SALUD WOM 1 .pdfOdallizLucanaJalja1
 

Último (20)

Apuntadorkeurjeh4jj4by un 4hh4j4u4jj4h4y4jh4
Apuntadorkeurjeh4jj4by un 4hh4j4u4jj4h4y4jh4Apuntadorkeurjeh4jj4by un 4hh4j4u4jj4h4y4jh4
Apuntadorkeurjeh4jj4by un 4hh4j4u4jj4h4y4jh4
 
modelo de flujo maximo unidad 4 en modelos de optimización de recursos
modelo de flujo maximo unidad 4 en modelos de optimización de recursosmodelo de flujo maximo unidad 4 en modelos de optimización de recursos
modelo de flujo maximo unidad 4 en modelos de optimización de recursos
 
La electrónica y electricidad finall.pdf
La electrónica y electricidad finall.pdfLa electrónica y electricidad finall.pdf
La electrónica y electricidad finall.pdf
 
T.A CONSTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pptx
T.A CONSTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pptxT.A CONSTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pptx
T.A CONSTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pptx
 
Continex para educación, Portafolio de servicios
Continex para educación, Portafolio de serviciosContinex para educación, Portafolio de servicios
Continex para educación, Portafolio de servicios
 
estadistica funcion distribucion normal.ppt
estadistica funcion distribucion normal.pptestadistica funcion distribucion normal.ppt
estadistica funcion distribucion normal.ppt
 
PLANILLA DE CONTROL LIMPIEZA TRAMPA DE GRASA
PLANILLA DE CONTROL LIMPIEZA TRAMPA DE GRASAPLANILLA DE CONTROL LIMPIEZA TRAMPA DE GRASA
PLANILLA DE CONTROL LIMPIEZA TRAMPA DE GRASA
 
T.A- CONTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pdf
T.A- CONTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pdfT.A- CONTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pdf
T.A- CONTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pdf
 
Clima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdf
Clima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdfClima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdf
Clima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdf
 
sistemas de produccion de la palta en el peru moises.pptx
sistemas de produccion de la palta en el peru moises.pptxsistemas de produccion de la palta en el peru moises.pptx
sistemas de produccion de la palta en el peru moises.pptx
 
CODIGO DE ETICA PARA EL PROFESIONAL DE LA CONTABILIDAD IFAC (4).pdf
CODIGO DE ETICA PARA EL PROFESIONAL DE LA CONTABILIDAD IFAC (4).pdfCODIGO DE ETICA PARA EL PROFESIONAL DE LA CONTABILIDAD IFAC (4).pdf
CODIGO DE ETICA PARA EL PROFESIONAL DE LA CONTABILIDAD IFAC (4).pdf
 
JOSSELYN SALINfffffffAS- CAPITULO 4 Y 5.pptx
JOSSELYN SALINfffffffAS- CAPITULO 4 Y 5.pptxJOSSELYN SALINfffffffAS- CAPITULO 4 Y 5.pptx
JOSSELYN SALINfffffffAS- CAPITULO 4 Y 5.pptx
 
Pensamiento Lógico - Matemático USB Empresas
Pensamiento Lógico - Matemático USB EmpresasPensamiento Lógico - Matemático USB Empresas
Pensamiento Lógico - Matemático USB Empresas
 
Coca cola organigrama de proceso empresariales.pptx
Coca cola organigrama de proceso empresariales.pptxCoca cola organigrama de proceso empresariales.pptx
Coca cola organigrama de proceso empresariales.pptx
 
Proyecto TRIBUTACION APLICADA-1.pdf impuestos nacionales
Proyecto TRIBUTACION APLICADA-1.pdf impuestos nacionalesProyecto TRIBUTACION APLICADA-1.pdf impuestos nacionales
Proyecto TRIBUTACION APLICADA-1.pdf impuestos nacionales
 
MANUAL SKIDDER manual manual manual manua
MANUAL SKIDDER manual manual manual manuaMANUAL SKIDDER manual manual manual manua
MANUAL SKIDDER manual manual manual manua
 
Evaluacion Final de logistica - trabajo final
Evaluacion Final de logistica - trabajo finalEvaluacion Final de logistica - trabajo final
Evaluacion Final de logistica - trabajo final
 
¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?
¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?
¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?
 
15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx
15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx
15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx
 
AFILIACION CAJA NACIONAL DE SALUD WOM 1 .pdf
AFILIACION CAJA NACIONAL DE SALUD WOM 1 .pdfAFILIACION CAJA NACIONAL DE SALUD WOM 1 .pdf
AFILIACION CAJA NACIONAL DE SALUD WOM 1 .pdf
 

Marco legal fiscal alto directivo

  • 1. MARCO LEGAL Y FISCAL DE ALTOS DIRECTIVOS: Alternativas de optimización fiscal de la retribución de los altos cargos MARIO SOLER Barcelona, 27 de marzo de 2003 HUMAN CAPITAL SERVICES © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 2. INDICE ALTERNATIVAS DE OPTIMIZACIÓN FISCAL DE LA RETRIBUCIÓN DE LOS ALTOS CARGOS I. La nueva Ley del IRPF y su efecto en el diseño del paquete retributivo II. Fiscalidad de los esquemas retributivos ligados con instrumentos de previsión social III. Tratamiento fiscal del régimen indemnizatorio HUMAN CAPITAL SERVICES 2 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 3. Paquetes retributivos y reforma IRPF 2003   Efecto de la reforma del IRPF en los esquemas retributivos: Ampliación límites exención Eliminación de límites Retribuciones en la reducción flexibles (retribuciones en Retribuciones especie) Retribución fija + dinerarias a medio/ largo plazo Retribuciones + obtenidas en el Retribución extranjero variable a corto plazo Incentivos basados + en acciones Sistemas de Previsión Social Establecimiento de planes protegidos HUMAN CAPITAL SERVICES 3 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 4. I. LA NUEVA LEY DEL IRPF Y SU EFECTO EN EL DISEÑO DEL PAQUETE RETRIBUTIVO HUMAN CAPITAL SERVICES © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 5. Reducción del 40% para rendimientos irregulares   Reducciones aplicables a los rendimientos irregulares del trabajo hasta 31 de diciembre de 2002: Rentas irregulares Rentas notoriamente en general irregulares Rentas dinerarias Sistemas de opciones irregulares sobre acciones 30% de reducción 30% de reducción Límite de 17.900 euros por Límite de 17.900 euros año de generación por cinco años HUMAN CAPITAL SERVICES 5 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 6. Reducción del 40% para rendimientos irregulares   Reducciones aplicables a los rendimientos irregulares del trabajo desde 1 de enero de 2003: Rentas irregulares Rentas notoriamente en general irregulares Rentas dinerarias Planes generales de Resto planes de irregulares opciones sobre acciones opciones sobre acciones 40% de reducción 40% de reducción 40% de reducción 40% de reducción Sin límite Límite de 35.800 euros Límite de 17.900 euros Sin límite por año de generación por año de generación HUMAN CAPITAL SERVICES 6 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 7. Reducción del 40% para rendimientos irregulares   Concepto de “periódica o recurrente”:   Requisito de carácter indeterminado.   Criterio de la Administración (DGT 6 de marzo y 18 de febrero de 2000 entre otras): “Los rendimientos del trabajo que inicialmente pudieran tener un periodo de generación superior a dos años perderán la reducción del 30% si se trata de retribuciones que se devengan con una determinada periodicidad, o que tienden a repetirse en el tiempo, aunque el tiempo transcurrido entre los citados devengos no sea el mismo”. (…) “La finalidad de esta norma es impedir la aplicación de la reducción del 30 a rendimientos que, aún cuando pudieran transcurrir varios años hasta resultar ser exigibles, una vez producida ésta, se obtengan con una periodicidad tal que quepa considerar que su obtención es regular en el tiempo, sin presencia del elemento excepcionalidad u ocasionalidad necesarios para que resulte aplicable la reducción del 30%” . (…) “La valoración de si un rendimiento se obtiene de forma periódica o recurrente puede efectuarse tanto a priori, si las retribuciones están ya así definidas en el tiempo, como a posteriori, si una vez percibidas las retribuciones los hechos demuestran que éstas se repitieron en el tiempo, sin más límite temporal que la existencia de un plazo suficientemente dilatado, de tal manera que no quepa apreciar que el para el trabajador se convierta en una fórmula retributiva normal.” HUMAN CAPITAL SERVICES 7 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 8. Reducción del 40% para rendimientos irregulares (…) “Para la correcta valoración de si un rendimiento tiende a repetirse en el tiempo, no debe confundirse la forma o valoración bajo la cual se satisface dicha retribución, ya se trate de bonos por antigüedad, entrega de acciones, primas por cumplimiento de objetivos, etc. sino que debe atenderse a la concurrencia de las circunstancias que permiten apreciar que el trabajador obtiene, con independencia de la forma, estas retribuciones de forma periódica o regular en el tiempo.”   No es posible extrapolar la definición de renta no periódica o recurrente establecida en el Reglamento del IRPF para las opciones sobre acciones a otros supuestos. DGT 18/2/2000 : “Resulta claro que esta disposición, y en particular, el hecho de que la periodicidad se defina en función de un límite temporal, resulta sólo aplicable a las opciones de compra de acciones, ya que este precepto no se expresa en términos generales, sino que se limita a este supuesto específico.” HUMAN CAPITAL SERVICES 8 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 9. Reducción del 40% para rendimientos irregulares   BONUS DIFERIDO: INVITACIÓN A PERÍODO DE EVALUACIÓN DE OBTENCIÓN DEL PARTICIPAR EN EL CONSECUCIÓN DE OBJETIVOS RENDIMIENTO SISTEMA Y FIJACIÓN OBJETIVOS DE OBJETIVOS NO HAY NO HAY NO HAY RENDIMIENTO DEL TRIBUTACION TRIBUTACION TRIBUTACIÓN TRABAJO IRREGULAR HUMAN CAPITAL SERVICES 9 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 10. Exención en la entrega de acciones MODIFICACION ARTICULO 43.2.a)   Entrega de acciones   Se eleva de 3.005,06 a 12.000 euros anuales la no tributación en supuestos de entrega de acciones o participaciones de la propia Sociedad o de otras empresas del grupo de sociedades (y ejercicio de opciones), en las condiciones que reglamentariamente se establezcan.   No se han modificado los requisitos reglamentarios aplicables: ü  Que la oferta se realice dentro de la política retributiva general de la empresa o, en su caso, del grupo de sociedades y que contribuya a la participación de los trabajadores en la empresa. ü  Que cada uno de los trabajadores, conjuntamente con sus cónyuges o familiares no tengan una participación, directa o indirecta superior al 5 por cien. ü  Que los títulos se mantengan, al menos, durante tres años. HUMAN CAPITAL SERVICES 10 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 11. Bonus anual con entrega de acciones INVITACIÓN A EVALUACIÓN DEL OBTENCIÓN DEL MANTENIMIENTO PARTICIPAR EN EL GRADO DE RENDIMIENTO: DE LAS ACCIONES SISTEMA Y FIJACIÓN CONSECUCIÓN DE ENTREGA DE DURANTE TRES DE OBJETIVOS OBJETIVOS ACCIONES AÑOS Y POSTERIOR VENTA RTO. TRABAJO CONSOLIDACIÓN EN ESPECIE EXENCIÓN / NO HAY NO HAY EXENCIÓN TRIBUTACION TRIBUTACION GANANCIA 12.000 EUROS PATRIMONIAL ANUALES HUMAN CAPITAL SERVICES 11 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 12. Entrega diferida de acciones: plan de ahorro INVITACIÓN AL PLAN PERÍODO DE ADQUISICIÓN Y PERÍODO DE AHORRO ENTREGA DE MANTENIMIENTO Y ACCIONES VENTA DE ACCIONES RENDIMIENTO DEL TRABAJO CONSOLIDACIÓN NO HAY NO HAY IRREGULAR POR LA DE LA EXENCION / TRIBUTACION TRIBUTACIÓN ENTREGA GANANCIA EXENCIÓN :12000 € PATRIMONIAL HUMAN CAPITAL SERVICES 12 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 13. Entrega diferida de acciones: RSU ASIGNACION DE PERÍODO DE OBTENCIÓN DEL MANTENIMIENTO UNIDADES FIDELIZACIÓN Y RENDIMIENTO ACCIONES (>3 años) CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS (>2 años) RENDIMIENTO DEL TRABAJO CONSOLIDACIÓN NO HAY NO HAY IRREGULAR EXENCIÓN / TRIBUTACION TRIBUTACION EXENCIÓN GANANCIA (12.000 EUROS PATRIMONIAL ANUALES) HUMAN CAPITAL SERVICES 13 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 14. Revalorización de acciones: SAR ASIGNACION DE PERÍODO DE OBTENCIÓN DEL REINVERSION UNIDADES FIDELIZACIÓN Y RENDIMIENTO ACCIONES EQUIVALENTES A CUMPLIMIENTO DE ACCIONES OBJETIVOS (>2 años) RENDIMIENTO GANANCIA NO HAY NO HAY DEL TRABAJO PATRIMONIAL TRIBUTACION TRIBUTACION IRREGULAR HUMAN CAPITAL SERVICES 14 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 15. Límite de reducción en el ejercicio de opciones NUEVO ARTÍCULO 44 bis   Opciones sobre acciones   El límite máximo de reducción del 17.2.a) se duplicará para los rendimientos del trabajo en especie derivados del ejercicio de opciones de compra sobre acciones o participaciones por los trabajadores que cumplan los siguientes requisitos (desaparece la referencia al desarrollo reglamentario): ü  Las acciones deben mantenerse, al menos, durante 3 años, a contar desde el ejercicio de compra. ü  La oferta deberá realizarse en las mismas condiciones a todos los trabajadores de la empresa, grupo o subgrupos de empresa.   Modificación del artículo 68 del Reglamento (nuevo apartado 3): En los planes generales de entrega de opciones no hay consecuencias para la Sociedad del incumplimiento posterior por parte del empleado en relación con el mantenimiento de las acciones durante un período de tres años. El empleado debe presentar una declaración complementaria, con inclusión de los intereses de demora. HUMAN CAPITAL SERVICES 15 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 16. Opciones sobre acciones CONCESIÓN DE LAS FIN DEL PERÍODO FECHA DE VENTA DE LAS OPCIONES DE EXCLUSIÓN EJERCICIO ACCIONES RENDIMIENTO NO HAY NO HAY DEL TRABAJO GANANCIA TRIBUTACION TRIBUTACIÓN EN ESPECIE PATRIMONIAL IRREGULAR HUMAN CAPITAL SERVICES 16 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 17. Trabajos realizados en el extranjero FES Apoyar el desplazamiento al extranjero dentro de un marco de seguridad jurídica HUMAN CAPITAL SERVICES 17 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 18. Trabajos realizados en el extranjero Concepto Requisitos Beneficios Trabajos realizados para una empresa o entidad no residente o estableci- miento permanente (en el extranjero). Exención por los rendi- Trabajos mientos percibidos por efectivamente estos trabajos con el límite realizados en el extranjero anual de 60.101,21 €. Que aplique un impuesto de naturaleza idéntica o similar al IRPF. Que no se trate de un paraíso fiscal. q Incompatible con el régimen de excesos por destino en el extranjero. HUMAN CAPITAL SERVICES 18 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 19. Salario emocional y retribución flexible RETRIBUCIÓN FLEXIBLE   La retribución flexible pretende:   Optimizar la retribución neta de los empleados, mediante el aprovechamiento de las distintas alternativas de planificación fiscal que ofrece la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.   Adecuar el salario del empleado a sus necesidades.   Pagar en función de las expectativas del empleado, no de la empresa.   Aprovechar las condiciones más ventajosas que puede disfrutar una sociedad en la contratación de determinados servicios para sus empleados.   La nota de flexibilidad viene dada por la posibilidad que tendría cada trabajador por optar entre las distintas fórmulas alternativas a la mera retribución dineraria, dentro de los límites fijados por la sociedad, que pudieran resultar de la normativa aplicable. Se distinguen:   Retribuciones a la carta: págame como yo quiera.   Planes menú: déjame escoger lo que yo quiera. HUMAN CAPITAL SERVICES 19 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 20. Salario emocional y retribución flexible   Artículo 43. D): Gasto en guarderías exento. Está incluido dentro de la exención la posibilidad de que este servicio pueda ser prestado por un tercero debidamente autorizado.   Primas de seguro de enfermedad: exentas siempre que:   La cobertura de enfermedad alcance al propio trabajador, pudiendo alcanzar también a su cónyuge y descendientes.   Las primas no excedan de 500 euros anuales por cada asegurado. El exceso sobre dicha cuantía tiene la consideración de retribución en especie. HUMAN CAPITAL SERVICES 20 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 21. Salario emocional y retribución flexible   Retribuciones flexibles (Retribuciones en especie) Economías de contratación Vehículo Teléfonos Seguro Seguro móviles médico accidentes Cuotas de Previsión Ordenador clubes social Internet Asesor legal/ financiero Vivienda Viajes Guardería Préstamos bajo Ticket Formación interés Restaurant Ahorros fiscales HUMAN CAPITAL SERVICES 21 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 22. Salario emocional y retribución flexible   Ejemplo sistema de retribución flexible IMPUESTOS NECESIDADES NETO Situación inicial Asistencia médica 1.502 Ret. dineraria 60.100 Ret. dineraria 60.100 Tickets-restaurant 1.727 Impuestos -14.790 Ret. en especie 0 Ordenador e internet 1.502 - = Necesidades - 13.550 S. Social y reducc. -13.538 Vivienda vacaciones 1.202 ------------ ------------ Segundo Vehículo 7.614 ------------ RENTA NETA 31.770 CUOTA INTEGRA 14.790 TOTAL 13.550 Situación PAGADAS POR LA COMPAÑÍA SIC Efecto fiscal: Ret. Dineraria 46.553 Ret. dineraria 46.553 Asistencia médica 300 Impuestos -11.000 Ret. en especie - 4.600 S. Social y reducc. -13.538 ------------ - Tickets-restaurant Ordenador e internet 0 0 = Necesidades 0 ------------ Vivienda vacaciones 500 Segundo vehículo 3.800 RENTA NETA 35.553 CUOTA INTEGRA 11.000 ----------- TOTAL 4.600 AHORRO 3.783 € HUMAN CAPITAL SERVICES 22 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 23. II. FISCALIDAD DE LOS ESQUEMAS RETRIBUTIVOS LIGADOS CON INSTRUMENTOS DE PREVISIÓN SOCIAL HUMAN CAPITAL SERVICES © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 24. Salario diferido: Planes jubilación CONSIDERACIONES PREVIAS   La previsión social privada se ha consolidado en España como un elemento de compensación habitual. Teniendo en cuenta los datos demográficos así como la incertidumbre en materia de previsión pública, se espera que la previsión social privada tienda a incrementarse en los próximos años.   Ventajas de la implantación de un sistema de previsión social:   Proporciona un cierto nivel de seguridad a los empleados frente al futuro, especialmente a los empleados de más antigüedad.   Recompensa la fidelidad a la empresa con independencia de los resultados, ya que normalmente no suele estar ligado a la consecución de objetivos.   Potencia el efecto de retención de los empleados si la percepción de la retribución se liga a la permanencia en la empresa.   Es una forma de retribución fiscalmente eficaz al tratarse de una retribución diferida con un buen régimen fiscal. HUMAN CAPITAL SERVICES 24 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 25. Salario diferido: Planes jubilación ADHESIÓN AL PAGO DE LAS PERÍODO DE PAGO DE LA SISTEMA PRIMAS ESPERA PRESTACIÓN (EN FORMA DE CAPITAL) NO HAY NO HAY NO HAY RENDIMIENTO DEL TRIBUTACION TRIBUTACION TRIBUTACIÓN TRABAJO REDUCCIÓN 40% HUMAN CAPITAL SERVICES 25 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 26. III. TRATAMIENTO FISCAL DEL REGIMEN INDEMNIZATORIO HUMAN CAPITAL SERVICES © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 27. Despidos improcedentes   Art. 7 Ley de IRPF: INDEMNIZACIONES EXENTAS “Estarán exentas las siguientes rentas: (...) e) Las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores, en su normativa de desarrollo o, en su caso, en la normativa reguladora de la ejecución de sentencias, sin que pueda considerarse como tal la establecida en virtud de convenio, pacto o contrato. Cuando se extinga el contrato de trabajo con anterioridad al acto de conciliación, estarán exentas las indemnizaciones por despido que no excedan de la que hubiera correspondido en el caso de que el mismo hubiera sido declarado improcedente, y no se trate de extinciones de mutuo acuerdo en el marco de planes o sistemas colectivo de bajas incentivadas.” HUMAN CAPITAL SERVICES 27 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 28. Despidos improcedentes Ø  RELACIÓN LABORAL COMÚN Art. 56 Estatuto de los Trabajadores: “1. Cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, podrá optar entre la readmisión del trabajador o la extinción del contrato con abono de una indemnización. El abono de la indemnización determinará la extinción del contrato de trabajo, que se entenderá producida en la fecha del cese efectivo en el trabajo. 2. En el caso de readmisión el trabajador tendrá derecho a los salarios dejados de percibir en los términos previstos en el artículo 57 de esta Ley. En el caso de indemnización ésta consistirá en una cantidad de cuarenta y cinco días de salario, por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año hasta un máximo de cuarenta y dos mensualidades. (...)” HUMAN CAPITAL SERVICES 28 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 29. Despidos improcedentes Ø  PERSONAL DE ALTA DIRECCIÓN Art. 11 RD 1382/1985: “1. El contrato de trabajo podrá extinguirse por desistimiento del empresario, comunicado por escrito, debiendo mediar un preaviso en los términos fijados en el artículo 10.1. El alto directivo tendrá derecho en estos casos a las indemnizaciones pactadas en el contrato; a falta de pacto la indemnización será equivalente a siete días del salario en metálico por año de servicio con límite de seis mensualidades. (...) 2. El contrato podrá extinguirse por decisión del empresario mediante despido basado en el incumplimiento grave y culpable del alto directivo, en la forma y con los efectos establecidos en el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores; respecto a las indemnizaciones, en el supuesto de despido declarado improcedente se estará a las cuantías que se hubiesen pactado en el contrato, siendo en su defecto de veinte días de salario en metálico por año de servicio y hasta un máximo de doce mensualidades. (...).” HUMAN CAPITAL SERVICES 29 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 30. Despidos improcedentes JURISPRUDENCIA Y DOCTRINA SOBRE APLICABILIDAD DE LA EXENCIÓN EN IRPF EN CONTRATOS DE ALTA DIRECCIÓN   TSJC 30/05/96 “cuantías que no son propiamente obligatorias según Ley (...) pero que sí tienen una función similar y subsidiaria para el caso de que las partes nada pacten al respecto y que participa de la naturaleza indemnizatoria por pérdida del derecho de trabajo, cuantía equiparable al límite máximo que, con carácter obligatorio, señala el Estatuto de los trabajadores y que no constituye renta – y no está sujeta a tributación – sólo en cuanto a ese límite, pero sí tendrán la consideración de renta y quedan sujetas al impuesto el exceso de las cantidades percibidas en concepto de indemnización, (...)”   TEAC 23/10/98 “las indemnizaciones por cese laboral no sujetas son las que no excedan del límite máximo que con carácter obligatorio señale la legislación vigente, concluye estableciendo que las citadas indemnizaciones resultan sujetas en su totalidad al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. (...) en los supuestos de indemnización por cese laboral resultante de contratos de alta dirección, queda sujeta y no exenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas la totalidad de dichas indemnizaciones.” HUMAN CAPITAL SERVICES 30 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 31. Despidos improcedentes   AN 22/10/01 “resulta que tal Real Decreto no establece ningún límite, ni máximo ni mínimo, de “carácter obligatorio” respecto de las indemnizaciones del personal de alta dirección, toda vez que los señalados en su art. 11 son “a falta de pacto” y “en su defecto” y, por ello meramente subsidiarias de lo convenido, (...) No habiendo ningún límite máximo señalado con carácter obligatorio (...), las indemnizaciones que por el cese de este personal se perciban quedan sujetas al Impuesto por imperio de la norma general que contiene el artículo 14 de su entonces ley reguladora.”   DGT 09/03/00 “Si, como señala el TS, no existe ningún límite máximo fijado con carácter obligatorio por el Real Decreto 1382/1985, no puede sino concluirse que la totalidad de la indemnización satisfecha estará plenamente sometida al Impuesto, y su sistema de retenciones a cuenta.”   DGT 17/05/02 “ al no existir límite máximo fijado con carácter obligatorio por el Real Decreto 1382/1985, la totalidad de la indemnización satisfecha estará plenamente sometida al Impuesto y su sistema de retenciones a cuenta. (...)” HUMAN CAPITAL SERVICES 31 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 32. Despidos improcedentes   Art. 17.2 Ley IRPF: RENTA IRREGULAR “Como regla general, los rendimientos íntegros se computarán en su totalidad, excepto que les sea de aplicación alguna de las reducciones siguientes: a)  El 40 por 100 de reducción, en el caso de rendimientos que tengan un período de generación superior a dos años y que no se obtengan de forma periódica o recurrente, así como aquellos que se califiquen reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo. El cómputo del período de generación, en el caso de que estos rendimientos se cobren de forma fraccionada, deberá tener en cuenta el número de años de fraccionamiento, en los términos que reglamentariamente se establezcan. (...)” HUMAN CAPITAL SERVICES 32 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 33. Despidos improcedentes CRITERIO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Ø  RELACIÓN LABORAL COMÚN   DGT 16/11/00 “las cantidades que excedan de las cuantías que marcan con carácter obligatorio los artículos del Estatuto de los Trabajadores en relación a los distintos supuestos de despidos o ceses del trabajador, en función estricta del tiempo trabajado en la empresa con la que se establece la relación laboral estarán sujetas a tributación (...), con la calificación de rentas de carácter irregular a efectos de su liquidación, por cuanto se consideran rendimientos del trabajo generados en función del número de años trabajados en la empresa.   DGT 28/11/00 “el derecho económico derivado del acuerdo como consecuencia de la extinción de la relación laboral por despido improcedente no se ha ido consolidando durante el tiempo que duró la relación laboral, sino que nace ex-novo a raíz de dicho acuerdo realizado entre las partes para llevar a cabo el abono del tal indemnización voluntaria. (...) En conclusión, “la indemnización voluntaria” percibida por el interesado, no podrá ser objeto de la reducción del 30 por 100 prevista en el artículo 17.2.a) de la Ley 40/1998” HUMAN CAPITAL SERVICES 33 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 34. Despidos improcedentes   DGT 16/02/01 “A estos efectos, el período de generación vendrá calculado de acuerdo con el tiempo durante el cual prestó sus servicios el trabajador en la empresa. (...) Las cantidades percibidas, una vez superado el límite exento (...), en la medida que tengan un período de generación superior a dos años, se computarán como sigue: (...) procederá a practicar la reducción del 30 por 100 en los rendimientos íntegros a que se refiere el artículo 17.2.a) de la Ley 40/1998.” Ø  PERSONAL DE ALTA DIRECCIÓN   DGT 09/03/00 “dichas cantidades tendrán la consideración de renta irregular siendo su período de generación el número de años trabajados, contados de fecha a fecha, de acuerdo con lo señalado en los artículos 59.uno.b) y 64 de la Ley del Impuesto.” HUMAN CAPITAL SERVICES 34 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 35. Despidos de mutuo acuerdo   No aplica la exención contemplada en el artículo 7.e) de la Ley de IRPF ya que la indemnización percibida se establece en virtud de pacto entre las partes.   Art. 10 Reglamento de IRPF: reducción del 40% “A efectos de la aplicación de la reducción prevista en el artículo 17.2.a) de la Ley del Impuesto, se consideran rendimientos del trabajo obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, exclusivamente, los siguientes, cuando se imputen en un único periodo impositivo: (...) f) Cantidades satisfechas por la empresa a los trabajadores por la resolución de mutuo acuerdo de la relación laboral.” HUMAN CAPITAL SERVICES 35 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 36. Otras consideraciones   Supuestos de nueva contratación (art. 1 del Reglamento del IRPF): “ El disfrute de la exención prevista en el artículo 7 e) de la Ley del Impuesto quedará condicionado a la real efectiva desvinculación del trabajador con la empresa. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que no se da dicha desvinculación cuando en los tres años siguientes al despido o cese el trabajador vuelva a prestar servicios a la misma empresa o a otra empresa vinculada a aquélla en los términos previstos en el artículo 16 de la Ley 43/1995 (...).” q  Movilidad dentro del Grupo de empresas: A efectos de calcular la indemnización por despido exenta de tributación se tendrá en cuenta el número de años de servicio prestados en el grupo (DGT 14/09/01). HUMAN CAPITAL SERVICES 36 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved
  • 37. Otras consideraciones   Promoción interna y posterior cese de la relación laboral: La parte indemnizatoria correspondiente a la relación laboral común se calculará de acuerdo con la cuantía establecida en el ET, teniendo en cuenta el periodo de permanencia con exclusión de la duración de la relación laboral especial. (Sentencia de 17 de enero de 2000 del TSJ de Madrid). HUMAN CAPITAL SERVICES 37 © 2003 J&A Garrigues, S.L. All rights reserved