Este documento resume las principales cuestiones relacionadas con la protección de datos personales en centros educativos. Explica qué se consideran datos personales y los tipos de datos que pueden recabar los centros. Además, analiza situaciones como grabar imágenes del alumnado, el uso de plataformas educativas y si se pueden recabar datos sobre la situación familiar o salud de los alumnos. Por último, ofrece recomendaciones sobre el tratamiento responsable de datos personales.
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
Datos centros educativos
1. Cuestiones de interés y recomendaciones para la
protección de datos personales en los centros educativos
Ignacio Vilalta Suárez
2. 2
Marco Normativo
●
Constitución Española (artículos 18.4 y 27).
●
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de
27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en
lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos (aplicable a partir del 25 de mayo de 2018).
●
Ley Orgánica de Protección de Datos 3/2018 LOPDGDD.
●
Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
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Datos personales
El nombre y apellidos de un alumno, de sus padres, su dirección, su
número de teléfono o su correo electrónico son datos de carácter
personal. También lo son las imágenes de los alumnos o, por
ejemplo, la profesión, los estudios o el lugar donde trabajan los
padres.
Los responsables de tramitar los datos pertinentes son los centros
educativos.
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Tipo de datos personales
Los centros docentes podrán recabar los datos personales de su
alumnado que sean necesarios para el ejercicio de su función
educativa. Dichos datos podrán hacer referencia al origen y
ambiente familiar y social, a características o condiciones
personales, al desarrollo y resultados de su escolarización, así como
a aquellas otras circunstancias cuyo conocimiento sea necesario
para la educación y orientación de los alumnos.
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Grabar imágenes del alumnado
Sí se puede, en el desarrollo de
la programación y enseñanza
de las áreas, materias y
módulos que tengan
encomendados, normalmente
de los propios alumnos, que
sólo deberán estar accesibles
para los alumnos involucrados
en dicha actividad, sus padres o
tutores.
Si son para la difusión del
centro y de sus actividades o
de eventos, se deberá disponer
del consentimiento de los
interesados o de sus padres o
tutores.
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Imágenes del alumnado en eventos
Sí, siempre y cuando estas imágenes sean para uso personal y
doméstico.
Si las imágenes se difundieran fuera del uso personal y doméstico
(redes abiertas), las familias que captaron dichas imágenes serían
responsables de pedir permiso a las familias del resto del alumnado
que aparezca en las mismas.
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¿Qué ocurriría con las
imágenes captadas en
actividades fuera del recinto
escolar?
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Imágenes fuera del centro educativo
Siempre requeriría el consentimiento de los
interesados, padres, madres o tutores
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¿Qué tipo de plataformas
educativas se pueden utilizar por
el profesorado, el alumnado y las
familias con seguridad?
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Principales tipos de plataformas educativas
●
Elaboración de materiales didácticos
materiales didácticos atrayentes para los alumnos y de utilidad para los
profesores, de diferentes materias (DIDAKIDS), incluyendo gamificación (CLASSCRAFT,
KAHOOT)
●
Elaboración de presentaciones
presentaciones (PREZI, TED).
●
Comunicación
Comunicación entre profesores, alumnado y familias. Esta funcionalidad se suele
incorporar en algunas plataformas educativas (pero también por WHATSAPP,
TELEGRAM...).
●
Creación y compartición de vídeos
vídeos. (ANIMOTO, MOVIE MAKER). Edición y compartición de
fotografías y vídeos (PicCOLLAGE)
●
Plataformas de aprendizaje
Plataformas de aprendizaje (MOODLE, LMS WORDPRESS, CLASSROOM, EDMODO).
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Recomendaciones I
●
Observar la
debida
diligencia
con los
tratamientos
de datos
personales
●
Utilizar únicamente
aquellas
aplicaciones que
ofrezcan
información
claramente definida
sobre los
tratamientos
efectuados
●
Evaluación de la
aplicación desde el
punto de vista de la
seguridad de la
información y
consiguiente
autorización o
denegación por
parte del Centro.
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Recomendaciones II
●
Informar a
los padres o
tutores del
comienzo de
la utilización
de la
tecnología
en las aulas
●
Dictar normas de
concienciación
orientadas hacia
la protección de
los datos
personales
●
Evitar incluir
datos personales
sensibles y crear
contraseñas
robustas
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¿Se pueden recabar datos
sobre la situación familiar de
los padres de los alumnos?
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Padres/madres divorciados
En caso de separación o divorcio, debe recabarse información sobre
quién ostenta la patria potestad, si ambos o uno sólo, y quién
ostenta la guarda y custodia.
También de quiénes son las personas autorizadas a recoger al
alumno/a.
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Datos sobre la salud del alumnado
●
Sí, en la matriculación del alumno: discapacidades, enfermedades
crónicas, TDAH, intolerancias alimentarias...
●
Sí, durante el curso escolar: tratamiento médico
tratamiento médico que reciba un
alumno a través del servicio médico o enfermería del centro, o los
informes de centros sanitarios a los que se le haya trasladado como
consecuencia de accidentes o indisposiciones
accidentes o indisposiciones sufridas en el centro o
los informes
informes de los equipos de orientación psicopedagógica.
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Guías Agencia Española de Protección de Datos
●
GUÍA AEPD PARA CENTROS EDUCATIVOS
●
INFORME SOBRE LA UTILIZACIÓN POR PARTE DE PROFESORES Y ALU
MNOS DE APLICACIONES QUE ALMACENAN DATOS EN NUBE CON SIS
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