Este documento describe conceptos clave relacionados con el matrimonio, divorcio y concubinato desde una perspectiva legal. Explica el concepto de matrimonio, sus tipos y fines. También describe los requisitos, impedimentos y efectos del matrimonio como la creación de deberes y derechos entre los cónyuges. Explica los tipos de divorcio y sus efectos legales y sentimientos. Por último, define el concubinato y los derechos y obligaciones que surgen de esta unión.
2. MATRIMONIO
Concepto
• Se trata de la unión de un hombre y una mujer que se concreta a
través de determinados ritos o trámites legales. Para realizar la
comunidad de vida, en la que ambos se procuran respeto,
igualdad, asistencia y ayuda mutua, pudiendo o no procrear
hijos.
•
3. TIPOS DE MATRIMONIO
• el matrimonio civil :que se concreta frente a una autoridad
estatal competente
• el matrimonio religioso :que legitima la unión ante los ojos
de Dios
4. LOS FINES DEL MATRIMONIO
• Estabilizar las relaciones sexuales
• Crear una familia y libre procreación
• Generar en ella condiciones de óptimo desarrollo e igualdad
• Cohabitación y fidelidad
• La ayuda mutua
• La generación de deberes, derechos y obligaciones.
5. ELEMENTOS DEL MATRIMONIO
• Son esencial y de validez
• Esencial: constituye manifestación de su voluntad , los consorte
y oficial de registro civil.
• Validez: la capacidad , ausencia de vicios de consentimientos,
formalidades, legales, etc.,
6. REQUISITOS MATRIMONIO
• Son de existencia y validez:
• Existencia:
• Diferencia del sexo, unidad de personas
• Consentimiento
• Celebración: presencia de oficial de registro civil y dos testigos.
• Validez:
• Consentimiento libre y espontaneo: error, fuerza o rapto.
• Capacidad de las partes: impedimentos , dirimentes, son absolutos y
relativos.
• Formalidades: anteriores, posteriores y coetáneos.
7. IMPEDIMENTOS MATRIMONIO
• a) La falta de edad
• b) La falta de consentimiento
• c) El parentesco de consanguinidad
• d) El parentesco por afinidad en línea recta sin límite de grado
• e) El adulterio entre las personas que quieren contraer
matrimonio, siempre que el adulterio se haya probado judicialmente
• f) El atentado contra la vida de uno de los miembros de un
matrimonio preexistente para contraer nupcias con otra persona o con
el que quede libre
• g) La violencia física o moral para la celebración del matrimonio
• h) La impotencia incurable para la cópula.
8. • i) Padecer una enfermedad crónica e incurable, que sea,
además, contagiosa o hereditaria
• j) Padecer alguno de los estados de incapacidad consistentes
en el su-puesto de un mayor de edad que: por causa de
enfermedad reversible o irreversible, o por su estado
particular de discapacidad, ya sea; carácter físico, sensorial,
intelectual, emocional, mental o varias de ellas a la vez,
• k) El matrimonio subsistente con persona distinta de aquella
con que se pretende contraer nupcias
• l) El parentesco civil extendido hasta los descendientes
del adoptado; por lo tanto, el adoptante no puede
contraer matrimonio con el adoptado o sus descendientes
9. DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE
NACEN DEL MATRIMONIO
• Son tres caracteres fundamentales
• 1.Legales: la raíz de los deberes y derechos conyugales sea de carácter ético, desde el
punto de vista jurídico se trata simplemente de obligaciones y facultades legales.
• 2.Orden Público: los deberes y derechos que hace nacer el matrimonio constituyen el
núcleo del estado conyugal
• 3.Recíprocos: corresponden al marido frente a la mujer y a ésta respecto de aquél.
10. DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE
NACEN DEL MATRIMONIO
• Estos Deberes y Derechos son:
• Cohabitación
• •Fidelidad.
• •Asistencia.
• •Socorro.
• •Protección
11. EFECTOS
• Se clasifican :
• Cónyuges: Deber de fidelidad,cohabitación,asitencia,protección, elevación del
domicilio conyugal y contribución a los gastos hogar.
• Sus hijos: Obligación de mantener y educarlos a los hijos, ambos padres ejercen la
patria potestad sobre sus hijos.
• Bienes: Nace la sociedad conyugal de bienes, son bienes generales , separación
judicial de bienes.
12. NULIDAD DEL MATRIMONIO
Es la disolución del vínculo matrimonial en vida de concepto los cónyuges, o por
faltar formalidades. Es decir; es nulo todo acto o contrato a que falta alguno de los
requisitos que la ley prescribe para el valor del mismo acto o contrato, según su
especie y la calidad o estado de las partes.
Existen tres causas de nulidad
• El error
• Los impedimentos
• Falta de formalidades
13. DIVORCIO
Concepto
• Es la disolución del vínculo matrimonial quedando ambos
divorciados en la posibilidad de contraer nuevo matrimonio.
Pudiendo ser este voluntario o necesario
14. DIVORCIO
• Cuando se da por acuerdo de los cónyuges y hay hijos menores
de edad, debe ser parte del convenio: patria potestad, tenencia,
régimen de visitas, alimentos..
• Cuando se establece por mandato judicial: El Juez debe
determinar: la patria potestad, tenencia, régimen de visitas,
alimentos, etc.
15. TIPOS DE
DIVORCIO
• DIVORCIO NECESARIO: consiste en la demanda de uno de los
cónyuges a partir de la presentación de una o más causales
contempladas en el Código Civil o Código Familiar como, por
ejemplo, adulterio o abandono del hogar sin causa aparente.
• DIVORCIO VOLUNTARIO : la demanda es generada por ambas
partes y con el consentimiento de la pareja frente al tribunal.
16. • DIVORCIO INCAUSADO: es una reforma en la ley de
divorcio que permite la disolución del matrimonio sin la
necesidad de expresar la causa de la ruptura
• DIVORCIO EXPRESS: es una modalidad de divorcio
caracterizada porque la solicitud de divorcio se presenta de
forma unilateral, es de mayor rapidez, permitiendo que los
cónyuges se separen de forma más rápida y menos complicada
17. TIPOS DE DIVORCIO MEXICO
• 1. DIVORCIO NECESARIO: consiste en la demanda de uno de los
cónyuges a partir de la presentación de una o más causales contempladas en
el Código Civil o Código Familiar.
• 2. DIVORCIO VOLUNTARIO O POR MUTUO CONSENTIMIENTO:
la demanda es generada por ambas partes y con el consentimiento de la
pareja frente al tribunal.
• 3. DIVORCIO ADMINISTRATIVO: puede ser tramitado en una Oficina
del Registro Civil cumpliendo con algunos requisitos como, por ejemplo,
tener por lo menos un año de casados, no tener hijos.
• 4. DIVORCIO INCAUSADO: se caracteriza porque no necesita de una
causa para la ruptura y puede ser exigido unilateralmente14
18. EFECTOS DEL DIVORCIO
• CONSECUENCIAS DEL DIVORCIO
• Separación judicial si los cónyuges se reconcilian, solo tienen que (como si
nunca hubiese existido)
• Los cónyuges se reconcilien, el divorcio no puede dejarse sin efecto.
• CONSECUENCIAS DEL DIVORCIO (LEGALES)
• una vez dictado sentencia de divorcio, ya no hay marcha atrás
• los cónyuges quieren volver a estar casados, tendrán que volver a casarse, no
pueden recuperar el vínculo matrimonial por la vía de la reconciliación
"judicial",
19. • CONSECUENCIAS DEL DIVORCIO
(SENTIMENTALES)
Es irretractable y deja el vínculo matrimonial sin efectos, aunque
no las relaciones entre los progenitores y los hijos.
EFECTOS DEL DIVORCIO
20. ESTOS DERECHOS Y DEBERES
(OBLIGACIONES) SON, ENTRE OTROS:
• Derecho a tomar decisiones sobre la vida de los hijos (mientras estos son
menores de edad).
• Derecho a estar informado y conocer cualquier aspecto importante sobre la
vida de los hijos.
• Derecho a cuidarlos.
• Derecho a pasar tiempo con ellos, es decir, a tener un régimen de visitas
cuando no tenemos una guarda y custodia compartida.
• Deber de alimentarlos, pasar una pensión alimenticia.
• Deber de cuidarlos y protegerlos
21. TIPOS DE EFECTOS
• EFECTOS DE CARÁCTER PROVISIONAL:
que se producen mientras dura el juicio de divorcio
• EFECTOS DEFINITIVOS:
que se dan, una vez que se pronuncia la sentencia ejecutoria se
disuelve el vínculo matrimonial
22. • EFECTOS PROVISIONALES
• Efectos entre consorte
• Efectos con relación a los bienes.
• Efectos con relación a los hijos
.
EFECTOS DEFINITIVOS
• Situación jurídica de los hijos
Patria potestad
Alimento
Legitimidad e ilegitimidad
• Situación definitiva de los cónyuges
Capacidad de contraer nuevamente
matrimonio (divorcio)
Derecho a llevar o no apellido(esposo).
Capacidad jurídica
Alimentos
Daños y prejuicios
Seguridad social
23. • Estos se presentan principalmente en la sociedad conyugal y en las donaciones.
• 1. Sociedad conyugal.: permiten a la pareja convenir sobre los productos delos
bienes que posees o de algunos de ellos, especificándolos con relación a los
productos de su trabajo, profesión, industria o comercio.
• El artículo 163 del CCSLP, señala : “el hombre y la mujer al celebrar el contrato
de matrimonio, conservaran la propiedad y administración de los bienes que
respectivamente le pertenezcan; todos los frutos y acciones de dichos bienes no
serán comunes, sino de dominio exclusivo de la persona a quien aquellos
correspondan”.
• 2. Devolución de donaciones. El artículo 247 del CCSLP, previene que; “el
cónyuge que diere causa al divorcio perderá todo lo que se le hubiere dado o
prometido por su consorte o por otra persona a este; el cónyuge inocente
conservará lo recibido, y podrá reclamar lo pactado en su provecho.
EFECTOS DEFINITIVOS
CON RELACIÓN A LOS BIENES
24. CONCUBINATO
Concepto
• Es un hecho jurídico que consiste en la unión de dos personas
de distinto sexo, es decir, un hombre y una mujer, sin
impedimento, de conformidad a la ley, para contraer
matrimonio, que hagan vida en común, como si estuvieran
casados, por dos años, o bien que hayan vivido por menos de
dos años, pero que hayan concebido un hijo en común de esta
relación.
25. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE
LOS CONCUBINOS
• La concubina y el concubinario tienen derechos y obligaciones recíprocos
siempre que sin impedimentos legales para contraer matrimonio, hayan
vivido en común en forma constante y permanente por un periodo mínimo de
dos inmediatos.
• Demandar por una indemnización por daños y perjuicios el concubino(a) que
actuó de buena fe.
• Regirán al concubinato todos los derechos y obligaciones inherentes a la
familia
• A una pensión alimenticia por un tiempo igual al que ha durado el
concubinato
• A una indemnización civil y a la reparación del daño moral por causa de
lesiones o muerte del otro
26. LA DIFERENCIA CON OTRAS
UNIONES SEXUALES
• En la actualidad existen otras uniones reconocidas por el
derecho, ya sea que éstas se establezcan entre personas de
diferente o mismo sexo.
• Unión de hecho homosexual
• Sociedad de convivencia
un acto jurídico bilateral que se constituye cuando dos personas físicas
de diferente o del mismo sexo, mayores de edad y con capacidad jurídica
plena, establecen un hogar común, con voluntad de permanencia y de
ayuda mutua.