Este documento describe la estructura y funcionamiento de las instituciones educativas de la provincia de Buenos Aires. Define a la comunidad educativa y los derechos y responsabilidades de sus miembros. También describe el rol de la dirección, los procesos de enseñanza y aprendizaje, y los programas y actividades complementarias destinadas a garantizar la inclusión educativa de todos los estudiantes.
Derechos de la comunidad educativa y roles en la institución escolar
1. Dirección General de Cultura y Educación
Decreto 2299/11
PERSPECTIVA POLÍTICO INSTITUCIONAL
Profesora: RAMOS, Vanesa L.
Estudiantes: MORELLO, Fernando -URRUTIA, M. Florencia
2. Es la unidad pedagógica del sistema, responsable de los procesos de enseñanza y
aprendizaje destinados al logro de los objetivos establecidos por la legislación.
Constituyen la comunidad
educativa
• Directivos
• Docentes
• Padres/Madres/Tutores
• Niños, Adolescentes, Jóvenes y
Adultos
• Ex Alumnos
• Personal Administrativo y
Auxiliar
• Profesionales
• Cooperadora
• Organizaciones vinculadas a la
institución
3. • Los integrantes de la comunidad
educativa como sujetos de derechos
son:
Titulares de Derechos y Obligaciones.
Deben:
Llevar adelante un proyecto compartido
y de cooperación.
Deberán:
Contribuir a la construcción de una
cultura institucional democrática,
respetuosa de los Derechos:
Humanos
Civiles
Políticos
Económicos
Sociales
Culturales.
Estudiantes
Son destinatarios esenciales del acto
educativo. Tienen los mismos derechos,
obligaciones y/o responsabilidades.
derechos
Una educación
integral igualitaria.
Ingresar,
permanecer y egresar
de todas las
propuestas educativas
públicas.
Ser protegidos
contra abusos físicos,
psicológicos o
morales.
Integrar centros de
estudiantes entre
otras asociaciones
4. • Se considera acto educativo a
toda actividad curricular,
extracurricular y/o
complementaria efectuada
bajo cuidado de la autoridad
educativa.
• En todo acto educativo
resultará de aplicación el
principio del interés superior
de l@s niñ@s. Considerando
su opinión, de acuerdo a su
desarrollo psicofísico.
5. Fines
Cumplir los lineamientos de la
política educativa provincial.
Evitar todo tipo de
discriminación.
Cumplir con el cuidado integral
de los alumnos.
Concretar prácticas
democráticas.
Mejorar las prácticas
pedagógicas en forma
constante.
Propiciar la integración y la
cooperación.
Facilitar la generación de
experiencias de aprendizaje
dentro y fuera del espacio
escolar.
Impulsar la participación de los
alumnos y sus padres en la
formulación de proyectos.
Se entiende trabajo docente el
realizado por el personal
docente y que constituya actos
educativos
6. Implican:
La obligación del cuidado
de l@s estudiantes en
todos los tiempos en que
se concreta el acto
educativo, con
responsabilidad
indelegable.
Ejecutar el diseño
curricular.
Evaluar en forma
sistemática.
Capacitarse y actualizarse.
Planificar y desarrollar
clases en coordinación con
el equipo docente.
Cumplir los horarios y
turnos.
Constituyen la materialización del
marco general de trabajo docente,
Son Irrenunciables
7. • COMPUESTO por: Director, Vicedirector, Regente,
(Técnico y de Estudio) y Secretario.
Supervisión.
Organización.
Coordinación.
Articulación.
Atención.
Orientación del personal a su cargo.
Acciones
8. Deberá facilitar
la identificación
de las
problemáticas
institucionales y
la elaboración
de estrategias
para darles
respuesta.
Es la planificación que busca
asegurar la mejor realización del
acto educativo, es el resultado del
acuerdo institucional celebrado por
la comunidad educativa.
9. “Es una herramienta de intervención institucional para asegurar
los actos educativos necesarios para el proceso de aprendizaje de
los alumnos y dar cumplimiento efectivo a la jornada escolar”
(DGCyE, p.48, 2012)
Alguna de las pautas de elaboración son:
- Participación de todo el equipo docente institucional
- Desarrollo de distintas estrategias didácticas
- Articulación con los contenidos curriculares y extracurriculares
10. Son espacios de regulación de las relaciones vinculares que
involucran y obligan a su efectivo cumplimiento a todos los
integrantes de la comunidad educativa. (DGCyE, 2012)
Deben garantizar:
-La construcción
democrática y participativa
- Su periódica actualización
y revisión
- Las particularidades del
Proyecto Institucional
- El respeto al principio de
inclusión educativa
11. La institución educativa,
como organización que
aprende, deberá
desarrollar mecanismos
y procesos de valoración
y diagnóstico a sí misma.
La autoevaluación será
tanto cualitativa como
cuantitativa y su
finalidad será, revisar
prácticas pedagógicas,
de gestión y mejorar los
rendimientos
académicos.
12. Se entiende por jornada
escolar de la institución
el horario de
funcionamiento de sus
turnos conforme la carga
horaria correspondiente
al diseño curricular
vigente. Puede adoptar
la forma de jornada
simple, jornada
completa o jornada
extendida.
Los turnos (franja horaria)
pueden ser:
- Diurnos (mañana y tarde);
- Vespertinos;
- Nocturnos.
13. Son las acciones
institucionales y áulicas
que se llevan a cabo para
garantizar la superación de
las situaciones de
vulnerabilidad social,
cultural y económica con
fines de inclusión
educativa. Éstas serán el
resultado de la aplicación
de Programas específicos
propios de la DGCyE y/o
con otras organizaciones
gubernamentales o no
gubernamentales y/o
organizaciones sociales.
Encontramos aquí:
PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS Y
ADOLESCENTES
SERVICIO ALIMENTARIO ESCOLAR
14. Podemos mencionar:
- BECAS ESTUDIANTILES
- BECAS DE RETENCION
- BECAS DE INCLUSION Y RETENCION
- Programa PATIOS ABIERTOS EN LAS ESCUELAS
- Programa CENTRO DE ACTIVIDADES JUVENILES
- Programa AJEDREZ EDUCATIVO
- Programa EDUCACION VIAL
Se consideran
acciones socio-
comunitarias las que
se ejecutan a través
de Programas
específicos propios
de la DGCyE y/o con
otras organizaciones
gubernamentales u
organizaciones
sociales con fines de
inclusión socio-
educativa para
garantizar la
superación de las
situaciones de
vulnerabilidad social,
cultural y
económica.
15. Se consideran actividades escolares
complementarias todas aquellas
que, debidamente autorizadas por
la DGCyE se organicen bajo la
forma de Programas propios, de
Programas resultantes e la
aplicación de convenios o de
acciones definidas en el marco del
Proyecto Institucional. Los
objetivos serán:
- La permanencia en el sistema
educativo en estudiantes en
situaciones de desigualdad o
vulnerabilidad.
- Intensificar el proceso e
democratización del espacio
escolar.
- Desarrollar actividades culturales,
deportivas, artísticas, de formación
laboral y recreación.
- Implementar los programas como
espacio de reflexión y resolución de
conflictos comunitarios.
Viajes de estudio
16. El acto de supervisión comprende las
intervenciones, el apoyo, el
seguimiento y la evaluación del
Proyecto Institucional, tanto en los
procesos de desarrollo curricular,
como en las demás dimensiones.
Los equipos de supervisión están
integrados por el personal jerárquico
docente que cumple tareas de
Inspector Jefe Regional, Inspector Jefe
Distrital e Inspector de Enseñanza.
El marco general de actuación
comprende:
- Actuar, en el ámbito de su
competencia.
- Atender los aspectos pedagógicos y
administrativos que inciden en la
calidad de los procesos escolares.
- Construir y ejecutar como equipo el
planeamiento estratégico regional y
distrital.
Inspectora Jefa
Regional (Región 18)
LAURA RODRIGUEZ
Inspector Jefe Distrital
(Distrito 123 – La Costa)
NÉSTOR FILOMENO
Inspector de Enseñanza
(Nivel Secundario)
NÉSTOR ZORZOLI
17.
18. Dirección General de Cultura y Educación. (2012). Reglamento
General de las Instituciones Educativas de la provincia de Buenos
Aires. La Plata: Dirección General de Cultura y Educación de la
provincia de Buenos Aires