El documento argumenta que el modelo español de contratación pública debe cambiar a uno más competitivo y transparente. Propone adoptar criterios de precalificación y concurso restringido en lugar de subastas, para priorizar la calidad sobre el precio. También aboga por mayor transparencia en los procesos de licitación, adjudicación y ejecución de proyectos, de acuerdo con las directivas de la UE y las normas de Transparencia Internacional.
1. Hacia un modelo
competitivo de
contratación pública
José Javier Díez Roncero
Secretario General del Colegio de Ingenieros de
Caminos, Canales y Puertos
2. Hacia un modelo competitivo de
contratación pública
Las obras públicas deben conciliar en los países de nuestro ámbito la financiación
pública, con los criterios de la economía de mercado, porque se utilizan fórmulas de
cooperación público-privada en la financiación y en la gestión de las grandes
infraestructuras públicas.
La situación en España
Gran patrimonio en el campo de las obras públicas.
Es deseable que cuanto se proyecte y se construya se tengan todas las garantías de
una regulación y un control públicos refinados y cuidadosos.
Una gestión transparente de los contratos públicos, permite explicar a
la ciudadanía la gestión de los recursos públicos y , bien practicada, se
convierte en la principal herramienta para una gestión íntegra y
profesionalizada.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia publicó en
2015 Análisis de la contratación pública en España en el que reconoce
una serie de fortalezas y oportunidades para la consecución de mayores
niveles de transparencia y competencia y cifra en 47.000 millones de
euros la posible “ineficiencia” del modelo de contratación pública en
España.
3. Los criterios de la Unión Europea y su trasposición a España
La Unión Europea, ha promulgado unas directivas que mejoran la competencia,
facilitan la información, otorgan mayor transparencia a los procesos de licitación y, en
definitiva, reducen la posibilidad de que se realicen prácticas corruptas en perjuicio del
interés general.
Las tres Directivas comunitarias de 2014 sobre contratación pública, señalan
expresamente como criterios de adjudicación:
• El valor técnico de la oferta;
• Sus características estéticas y funcionales;
• La organización, la cualificación y la experiencia del personal encargado de ejecutar el
contrato, en caso de que la calidad del personal empleado pueda afectar de manera
significativa a la ejecución del contrato;
• El servicio de asistencia técnica, y
• Las condiciones de entrega tales como la fecha de entrega, el proceso de entrega y el
plazo de entrega o el plazo de ejecución.
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contratación pública
4. El modelo de contratación español ha permitido licitar y ejecutar en plazos de
tiempo muy cortos, en detrimento de la seguridad jurídica y de la propia calidad de
las obras.
El recurso sistemático a la subasta en las últimas décadas, no solo de las obras sino
también de los proyectos, ha mostrado irregularidades, especialmente grandes bajas
en las licitaciones –hasta del 50%— que con frecuencia habían de ser compensadas
a través de reformados que encarecían sustancialmente las obras.
El cambio de modelo de nuestro sistema de contratación debe ser radical y ha de
virar hacia modelos de precalificación y concurso restringido, como ya proceden las
grandes agencias mundiales de contratación, como la propia Unión Europea, el
Banco Mundial o las agencias de la Naciones Unidas.
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contratación pública
5. La contratación de trabajos de ingeniería
En la contratación de proyectos y trabajos de ingeniería, la calidad contrastable ha de primar
sobre el precio. Las leyes norteamericanas así lo han entendido, y por ello el sistema se basa en
una precalificación, en la elección de la oferta óptima y en el pago de los trabajos conforme a
una tarifa previamente establecida.
En relación con los proyectos de Ley sobre contratación pública, que son la trasposición de las
directivas, la posición del Colegio de Ingenieros de Caminos es garantizar la solvencia técnica y
profesional en los contratos de servicios, mejor relación calidad/precio en los contratos públicos.
Igual que es necesaria la colegiación obligatoria al tratarse nuestro trabajo de una materia
sensible y que afecta a la seguridad de la personas y a la preservación del medio ambiente, en
los contratos de servicios, la solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá
apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad.
Como principio general de adjudicación del contrato se propone que la adjudicación tenga en
cuenta los criterios relacionados con los costes con una valoración del 30% y los criterios
cualitativos con una valoración del 70%.
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contratación pública
6. La necesidad de transparencia
El Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, ha firmado con
Transparencia Internacional un convenio para fomentar los comportamientos éticos
de los ingenieros, impulsar la transparencia en la contratación de servicios de
ingeniería y obras públicas, así como en la propia gestión colegial, que se adapta
en todos sus extremos a la ley de Transparencia vigente, creándose además un
Foro de Transparencia en la Gestión Pública en el que se involucren todos los
actores de la contratación, las Administraciones Públicas y los empresarios, para
favorecer una contratación pública transparente y eficiente.
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7. El Convenio del Colegio con Transparencia Internacional establece un conjunto de
criterios estrictos de obligado cumplimiento que pueden resumirse así:
En los Procedimientos de contratación de servicios y obras:
• Se informa sobre composición, forma de designación y convocatorias de las Mesas
de contratación.
• Se publican criterios de adjudicación y reglas para la valoración de los mismos.
• Se publican las Actas de las Mesas de Contratación.
• Se tienen criterios de adjudicación definidos y homogéneos para contratos de
similares o idénticas características.
• Se motiva suficientemente en el expediente la elección, la ponderación y las
fórmulas o métodos concretos de valoración de los criterios de adjudicación
• Se valoran las proposiciones técnicas con carácter previo a la apertura de las ofertas
económicas, con objeto de favorecer la mayor transparencia del procedimiento
• Se evita competencia desleal en base a ofertas anormalmente bajas que no son
posibles de cumplir sin incurrir en competencia desleal o en base a incumplimiento
de normativa (incluyendo al laboral) o de condiciones del Pliego base del Concurso.
• Se publica una guía o manual del usuario para las entidades contratantes de bienes,
servicios y obras con las Administraciones.
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contratación pública
8. En el Seguimiento y control de la ejecución de obras:
• Se aporta información precisa sobre cada una de las obras más importantes
de infraestructura que están en curso (Objeto de la obra; contratista/s
responsable/s; importe de adjudicación, plazo de ejecución, fecha de inicio
y de finalización).
• Se publica información sobre las modificaciones, reformados,
complementarios y rescisiones de los proyectos de las obras más
importantes.
• Se publica la fecha concreta prevista para la finalización de las obras más
importantes, o bien la fecha concreta de inicio y el plazo de ejecución de
dichas obras, publicando, en su caso, las prórrogas habidas.
• Se difunde de forma periódica información sobre las obras de
infraestructura realizadas, y/o las aprobadas pendientes de ejecución.
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9. Algunas ideas para la mejora de la transparencia y de la eficiencia en la contratación
publica:
1. Impulso a la profesionalización
2. Nulidad por incumplimiento de publicidad.
3. Reconocer, singularmente, el carácter intelectual de los servicios de ingeniería
4. Repensar los mecanismos de control configurando sistemas de control rápido y
efectivo, así como el sistema de la función de inspección y control de los
Tribunales de Cuentas o la creación de autoridades de vigilancia sobre los
contratos públicos.
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