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UNIDAD ECONÓMICA ADMINISTRATIVA CHINECAS
MINERAS NO METÁLICAS
CONCESIONES
CHINECAS 1 Y CHINECAS 2
DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
D.I.A.
TITULAR
GLUBER ROQUE CHAVEZ RUPAY
UBICACIÓN:
• DISTRITO: Nuevo Chimbote
• PROVINCIA: Santa
• CONCESIÓN: Chineca 1 – Chinecas 2
• CÓDIGO: 01009710 - 01009740
2017
3
CONTENIDO
• Introducción
1. Capítulo 1: Marco de Estudio
2. Capítulo 2: Marco Legal
3. Capítulo 3: Descripción del Proyecto
4. Capítulo 4: Estudio Ambiental y Social
5. Capítulo 5: Consideraciones Ambientales
6. Capítulo 6: Control de Operaciones Mineras
7. Capítulo 7: Consideraciones Geológicas
8. Capítulo 8: Plan de Contingencia
9. Capítulo 9: Plan de Cierre
4
INTRODUCCIÓN
Teniendo como base legal, el Decreto Supremo N°013-2002-EM del Ministerio
de Energía y Minas, que aprueba el Reglamento de la Ley de Formalización y
Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal, para la adecuada
formalización, promoción y desarrollo de las actividades mineras de los
pequeños productores mineros y productores mineros artesanales. El presente
Reglamento regula los requisitos, límites y procedimientos para acreditar y
renovar la acreditación de la condición de Pequeño Productor Minero y
Productor Minero Artesanal como la caducidad de tal condición; regula los
acuerdos o contratos de explotación y derecho de preferencia para la
formulación de petitorios mineros; regula las medidas excepcionales sobre
medio ambiente; establece las medidas de apoyo especial a la Minería
Artesanal; y señala los procedimientos de fiscalización de las actividades de
Pequeña Minería y Minería Artesanal. El presente proyecto es evaluado con la
presente Declaración de Impacto Ambiental (DIA), de la Unidad Económica
Administrativa Económica U.E.A. Chinecas que tiene como concesiones:
Chinecas 1 y Chinecas 2 ubicados en el Distrito de Nuevo Chimbote en la
Provincia del Santa, que pertenece a Gluber Roque Chávez Rupay con DNI N0
32847029 (en adelante el Titular). Con el presente Proyecto, el titular requiere
contar con la Resolución de Certificación Ambiental para legalizar las
actividades de extracción de la sustancia no metálica de agregados, que es
usado en las actividades de la construcción, en la presente Declaración de
Impacto Ambiental, todos los antecedentes técnicos y legales definen el
alcance de esta actividad. Se ha realizado la evaluación de impactos
ambientales donde se concluye que la explotación de agregados de las
concesiones minera no metálica ““Chinecas 1 y Chinecas 2”, no tiene efectos
negativos significativos en el ecosistema del entorno (calidad de aire, suelos,
agua, flora y fauna); así mismo, la explotación de agregados tiene
repercusiones positivas y favorables por la generación de empleos y el
desarrollo económico de su entorno, especialmente del distrito de Nuevo
Chimbote de la Provincia del Santa y Ciudades cercanas a ella, como Casma,
Huarmey y Chimbote.
5
CAPÍTULO 1
MARCO DE ESTUDIO
1.1. ANTECEDENTES GENERALES
En la Declaración de Impacto Ambiental se planifica para realizar un trabajo
racional de la explotación de las canteras de agregados de las concesiones
Chinecas 1 y Chinecas 2 considerando los procesos racionales y técnicos para
su comercialización, que nos permita la producción con valor agregado, por
parte del titular de la Unidad Económica Administrativa U.E.A. Chinecas de las
concesiones Chinecas 1 y Chinecas 2 que pondrá en el mercado Regional este
producto que satisfaga la demanda.
La Declaración de Impacto Ambiental ha sido elaborada conforme a los
requerimientos del Ministerio de Energía y Minas, teniendo en cuenta las leyes
y el Reglamento de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y
Minería Artesanal (Decretos Supremos Nº 013-2002-EM; 005 – 2016 – EM; 018
– 2017 - EEM), Guía de Manejo Ambiental para Minería No Metálica y la Guía
Ambiental del Ministerio de Energía y Minas para la Elaboración de
Declaraciones de Impacto Ambiental.
En el presente estudio se indican los datos del titular y de los proyectos
““Chinecas 1 y Chinecas 2” constituidos por datos o fuentes básicas de
información, antecedentes de conocimiento público y de fácil acceso
Datos del Titular y del Proyecto
Del Titular
• Titular Gluber Roque Chávez Rupay
• D.N.I. 32847029
• R.U.C. 10325470298
• Domicilio Legal Jr: Leoncio Prado 2249 P.J. Miraflores Zona 3
Del Proyecto
• Proyecto “Chinecas 1 y Chinecas 2”
• Resolución 03437-2005-INACC/J
• Código 01009710 - 01009740
Fuente: Elaboración propia
6
1.2. OBJETIVOS DEL PROYECTO
1.2.1. Objetivo General
El objetivo del presente estudio, es dar cumplimiento a la Ley Nº 27651 y su
Reglamento D.S Nº 013-2002-EM, por medio de una “Declaración de Impacto
Ambiental” (DIA) para el proyecto ““Chinecas 1 y Chinecas 2”, a favor del Señor
Gluber Roque Chávez Rupay con D.N.I. N0
32847029, para ser entregado a la
Dirección Regional de Energía y Minas, de la Región Ancash, para su
conocimiento y evaluación correspondiente.
1.2.2. Objetivos Específicos
a) Cumplir con la normatividad ambiental correspondiente y obtener la
certificación ambiental para iniciar la extracción de agregados en el Distrito
Nuevo Chimbote de la Provincia del Santa, donde se ubican los Proyectos
Chinecas 1 y Chinecas 2, para ser utilizados en la minería no metálica de
agregados para la construcción.
b) Identificar y evaluar los componentes físicos, biológicos y socioeconómicos
del área de influencia del proyecto.
c) Identificar y evaluar los impactos ambientales que pudieran generarse
durante las diferentes etapas para el establecimiento de los proyectos.
d) Identificar y evaluar los impactos ambientales que pudieran generarse
durante las diferentes etapas para el establecimiento de los proyectos.
Figura N0
1
7
CAPÍTULO 2
MARCO LEGAL
2.1. ANTECEDENTES LEGALES
Los Proyectos “Chinecas 1 y Chinecas 2”, se enmarca dentro de las
actividades de la minería Artesanal y como tal se rige principalmente por la Ley
Nº 27651 y su respectivo reglamento Decreto Supremo Nº 013-2002-EM, que
define la condición de minero artesanal, y entre otras disposiciones establece
que la autoridad competente en asuntos ambientales del sector Energía y
Minas es el Ministerio de Energía y Minas a través de las Direcciones
Regionales de Energía y Minas ante las cuales los mineros artesanales
deberán presentar Declaraciones de Impacto Ambiental para los Proyectos.
De acuerdo a la legislación vigente del Perú, a continuación, se hace una breve
descripción de las principales normas de carácter general y específico al
proyecto, cuyo objetivo principal es lograr el ordenamiento de las actividades
económicas dentro del marco de la conservación ambiental y el
aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.
1) Los principios generales de protección del medio ambiente en el Perú están
incorporados en la Constitución Política del Perú, que es la norma legal de
mayor jerarquía. El inciso 22 del artículo 22, Título I, Capítulo 1, establece
que “toda persona tiene derecho a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del
tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y
adecuado al desarrollo de su vida”.
2) Ley de Formalización y Promoción de la Minería Artesanal – Ley Nº 27651
y su Reglamento Decreto Supremo Nº 013-2002-EM. En el artículo 15° de
la mencionada Ley se indica que para el inicio o reinicio de actividades los
mineros artesanales presentarán una Declaración de Impacto Ambiental o
un Estudio de Impacto Ambiental Semi detallado, según sea el caso. En el
titulo VI del Reglamento de la Ley se describe todo lo relacionado al Medio
Ambiente en la Pequeña Minería y Minería Artesanal
3) Ley General del Ambiente – Ley Nº 28611, señala que toda persona tiene
el derecho irrenunciable a gozar de un ambiente saludable, ecológicamente
equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida, y, asimismo, a la
8
preservación del paisaje y la naturaleza. Todos tienen el deber de
conservar dicho ambiente. Establece también, que el Estado promueve el
equilibrio dinámico entre el desarrollo socioeconómico, la conservación y el
uso sostenido del ambiente y los recursos naturales.
4) Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA) -
Ley Nº 27446. Establece que el SEIA es un sistema único y coordinado de
identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de
los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas
expresadas por medio del proyecto de inversión. La Ley del SEIA incorpora
la obligación de todo proyecto de inversión pública y/o privada que implique
actividades, construcciones u obras que puedan causar impactos
ambientales negativos de contar con una certificación ambiental, previa a
su ejecución. La certificación ambiental es la resolución que emite la
autoridad competente aprobando. Esta Ley propone las siguientes
categorías de acuerdo al riesgo ambiental: Categoría I – Declaración de
Impacto Ambiental, Categoría II – Estudio de Impacto Ambiental Semi
detallado, Categoría III – Estudio de Impacto Ambiental Detallado.
5) Ley del Sistema General de Gestión Ambiental - Ley Nº 28245, tiene por
objeto asegurar el eficaz cumplimiento de los objetivos ambientales de las
entidades públicas; fortaleciendo los mecanismos de transectorialidad en la
gestión ambiental, el rol que le corresponde al Ministerio del Ambiente y a
las entidades sectoriales, regionales y locales en el ejercicio de sus
atribuciones ambientales.
6) Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada - Decreto Legislativo
Nº 757, establece las competencias sectoriales de los Ministerios para
tratar los asuntos ambientales, señalados en el Código del Medio Ambiente
y los Recursos Naturales.
7) Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, esta Ley norma la
organización, autonomía, competencia, funciones y recursos de los
gobiernos regionales. Define la organización democrática, descentralizada
y desconcentrada del Gobierno Regional conforme a la Constitución y a la
Ley de Bases de la Descentralización.
8) El instrumento de gestión vigente para proteger los suelos de uso agrario y
forestal es el Reglamento de Clasificación de Tierras – Decreto Supremo
9
Nº 062-75-AG. Este consiste en un sistema interpretativo para clasificar las
tierras según su capacidad de uso mayor o utilización óptima permisible
que corresponda a sus características ecológicas intrínsecas
9) Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y
Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2003-EM, las direcciones
relacionadas con la explotación de canteras son la Dirección General de
Asuntos Ambientales Mineros (DGAAM) y la Dirección General de Minería
(DGM).
10) Ley de Evaluación de Impacto Ambiental para Obras y Actividades,
promulgada por Ley Nº 26786, establece que los Ministerios deberán
comunicar al Consejo Nacional del Ambiente CONAM las regulaciones que
cada sector desarrolle al respecto. Las actividades de explotación minera
no metálica de las canteras no requieren una coordinación directa con el
CONAM. El MEM, en su calidad de autoridad competente a nivel sectorial
en materia ambiental podrá elevar al CONAM la Información respectiva
sobre las actividades relacionadas con la explotación de canteras si el caso
lo requiere.
11) Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación - Ley Nº. 28296, reconoce
como bien cultural los sitios arqueológicos. El Instituto Nacional de Cultura -
INC, es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio
de la Cultura, con personería jurídica de derecho público interno, con
autonomía técnica, administrativa, económica y financiera. El INC es
responsable de ejecutar la política del Estado en materia cultural. Entre sus
funciones se encuentra el formular y ejecutar las políticas y estrategias del
Estado en materia de desarrollo cultural, defensa, conservación, difusión e
investigación del Patrimonio Cultural de la Nación.
12) Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, dispone que ningún vertimiento
de residuos sólidos, líquidos o gaseosos podrá ser efectuado en las aguas
marítimas o terrestres del país sin la previa aprobación de la autoridad
sanitaria.
13) Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad de Aire – Decreto
Supremo Nº 074- 2001-PCM, establece los valores correspondientes para
los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental de Aire.
10
14) Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido –
Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM. Sin embargo, dado que esta norma
no considera una categoría rural, no será aplicable para el presente
estudio.
15) Ley Orgánica sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la
Diversidad Biológica - Ley 26839.
16) Ley General de Residuos Sólidos – Ley Nº 27314 y su Reglamento Decreto
Supremo Nº 0572004-PCM. Estas normas legales regulan la gestión y
manejo de los residuos sólidos; siendo de cumplimiento obligatorio para
toda persona natural o jurídica, pública o privada dentro del territorio
nacional.
17) Especies amenazadas de fauna silvestre que se encuentre dentro del
Decreto Supremo N° 034 - 2004 -AG y la Resolución Ministerial N° 01710-
77-AG/DGFF.
18) Decreto Supremo Nº043-2006-AG (categorización del INRENA). Que
establece concerniente a la reserva natural, como de la Sernanp
19) D.L. Nº 1105 (Establece las disposiciones para el proceso de formalización
de las actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal).
20) D.L. 1107 (Establece medidas de control y fiscalización en la distribución,
transporte y comercialización de maquinarias y equipos que puedan ser
utilizados en la minería ilegal, así como del producto minero obtenido en
dicha actividad).
21) D.L. 1107 (Establece medidas de control y fiscalización en la distribución,
transporte y comercialización de maquinarias y equipos que puedan ser
utilizados en la minería ilegal, así como del producto minero obtenido en
dicha actividad).
22) Ley Nº 28090 (Ley que regula el Cierre de Minas), y su Reglamento para
el Cierre de Minas (D.S. Nº 033-2005-EM).
23) Ley Nº 28234 (Ley que modifica la primera disposición complementaria de
la Ley Nº 28090), que establece que el plazo de presentación del Plan de
Cierre, dentro del plazo máximo de un año, a partir de la vigencia de esta
Ley.
24) R.M. Nº 011-96-EM (Aprueban los niveles máximos permisibles para
efluentes líquidos minero - metalúrgicos).
11
2.2. PERMISOS Y AUTORIZACIONES EN EL MARCO
NORMATIVO
El Titular de los Proyectos, de Explotación Minera No Metálico de agregados
“Chinecas 1 y Chinecas 2” donde se ubican los Yacimientos, se encuentran
emplazados sobre la formación geológica de la costa y de formación chimú, de
origen sedimentario. Donde el titular ha gestionado los siguientes permisos y
autorizaciones ante las autoridades respectivas. En base a las siguientes
normas.
• Constitución de la Empresa.
• Vigencia de Poderes.
• Título de Concesión Minera.
• Constancia de Productor Minero Artesanal
• Constancia de Inexistencia de Restos Arqueológico (CIRA).
• Terreno Superficial.
Y en base a la Legislación aplicable.
❖ Ley General del Ambiente (Ley N° 28611)
Esta Ley, promulgada el 13 de octubre del 2005, es la norma ordenadora
del marco normativo legal para la gestión ambiental en el Perú.
❖ Aprueban el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental
del Aire. D.S 074-2001
❖ Mediante D.S. N° 002-2008-MINAM de fecha 31 de julio del 2008, se
aprueba los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua.
❖ Ley. N0
27444 Ley General de Administrativa Pública, que norma el
procedimiento administrativo del sector público los procedimientos
formales.
❖ Decreto Supremo N° 014-92-EM, Texto Único Ordenado de la Ley General
de Minería. Norma las actividades mineras para ser autorizadas.
❖ Ley N0
27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales sobre
transferencia de Funciones Específicas del sector minero, energía e
hidrocarburos.
12
❖ Ley N0
25707. Reglamento de Seguridad e Higiene Minera, que permite
reducir los accidentes que se puedan producir por la actividad.
❖ Decreto Supremo N. º 046-2012-EM que menciona las oportunidades de la
formalización minera artesanal.
❖ Decreto Legislativo N. º 1105.
❖ Decreto Supremo N0
005 – 2016 EM.
2.3. PROPIEDAD DE TERRENO SUPERFICIAL
Las concesiones otorgadas a los Proyectos “Chinecas 1 y Chinecas 2”, se
cuenta con las autorizaciones de bienes del estado, por ser terrenos ereaceo
por lo que no se presentaron ningún impedimento legal de acuerdo a los
Derechos del Concesionario Artículo 37º TUO de la Legislación General de
Minería, en la que se establece:
Aun máxime la concesión ha sido adquirida mediante la adquisición de las
acciones en su totalidad como lo señala la partida registral ante la SUNARP,
así mismo se tiene expedito el uso del terreno superficial.
2.4. PROTECCIÓN DE RECUERSO ARQUEOLÓGICO
La Legislación Peruana sobre Patrimonio Arqueológico establece las normas
tendientes a la regulación del patrimonio arqueológico para protegerlo respecto
del impacto de ciertas actividades económicas y sociales. Dado su carácter
sistémico y transversal, el patrimonio arqueológico cruza los diversos sectores
de la actividad humana. Dentro de estas normas tenemos:
▪ Decreto supremo Nº 008-98-AG. Procedimientos de transferencias de
terrenos eriazos en casos de superposición con zonas arqueológicas.
▪ Ley Nº 24792 que modifica Ley de bases de la regionalización.
▪ Ley Nº 25323. Ley de creación del sistema nacional de archivos.
▪ Ley Nº 26576. Que modifica la ley Nº 24047 en cuanto al inciso 2) del Art.
4; Art. 14 y se añade un Art. Incluye a los restos paleontológicos dentro de
los bienes culturales muebles y expresa la prohibición de trasladar o
transferir la propiedad de partes de un todo declarado como bien cultural.
▪ Ley General del Ambiente, Nº 28611.
▪ Ley de Áreas Naturales Protegidas Nº 26834.
13
▪ Ley General de Turismo Nº 29408.
▪ Ley General de Minería, el decreto legislativo Nº 143.
▪ Ley Orgánica del Ministerio de Vivienda y Construcción, el Decreto
Supremo Nº 025-99-MTC que Aprueba el Reglamento de la ley de acceso
al crédito para la formalización de la propiedad (Art. 2).
▪ Reglamento Nacional de Construcciones (título IV – Patrimonio
Arquitectónico).
No habiendo restos arqueológicos en las áreas de los Proyectos, la actividad
minera de no metálicos de agregados, se da por consentida de acuerdo a Ley.
2.5. PROFESIONALES QUE PARTICIPAN EN EL PRESENTE ESTUDIO
La declaración de impacto ambiental es el documento descriptivo de una
actividad o proyecto que se pretende realizar, o de las modificaciones que se
le introducirán, otorgado bajo juramento por el respectivo titular, cuyo
contenido permite al organismo competente evaluar si su impacto ambiental se
ajusta a las normas ambientales vigentes
La declaración de impacto ambiental se enmarca dentro del Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental, que es un instrumento de gestión destinado
a prevenir el deterioro ambiental debido a la ejecución de los proyectos de
inversión. Todo proyecto o actividad susceptible de causar impacto ambiental,
incluidas sus modificaciones, sólo se puede ejecutar o modificar previa
evaluación de su impacto ambiental, mediante la presentación de
una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto
Ambiental (EIA). Sometidos los proyectos a la actividad que permitan acreditar
el cumplimiento de la normativa y obtener las autorizaciones ambientales
respectivas.
Para tal planteamiento participan profesionales titulados tanto de ingeniería de
Medio Ambiente como de minas que tienen el diseño de explotación mediante
el Plan de minado del proyecto “Chinecas 1 y Chinecas 2” en el Distrito de
Nuevo Chimbote en la Provincia del Santa.
14
2.6. LEGISLACIÓN APLICABLE
2.6.1. NORMA JERÁRQUICA NACIONAL
❖ Ley General del Ambiente (Ley N° 28611)
Esta Ley, promulgada el 13 de octubre del 2005, es la norma ordenadora
del marco normativo legal para la gestión ambiental en el Perú.
❖ Aprueban el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad
Ambiental del Aire. D.S 074-2001
❖ Mediante D.S. N° 002-2008-MINAM de fecha 31 de julio del 2008, se
aprueba los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua.
❖ Ley. N0
27444 Ley General de Administrativa Pública, que norma el
procedimiento administrativo del sector público los procedimientos
formales.
❖ Decreto Supremo N° 014-92-EM, Texto Único Ordenado de la Ley
General de Minería. Norma las actividades mineras para ser autorizadas.
❖ Ley N0
27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales sobre
transferencia de Funciones Específicas del sector minero, energía e
hidrocarburos.
❖ Ley N0
25707. Reglamento de Seguridad e Higiene Minera, que permite
reducir los accidentes que se puedan producir por la actividad.
❖ Decreto Supremo N. º 046-2012-EM que menciona las oportunidades de
la formalización minera artesanal.
❖ Decreto Legislativo N. º 1105.
❖ Decreto Supremo N0 005 – 2016 EM.
2.7. NORMAS RELACIONADAS CON LA PRESERVACIÓN DEL MEDIO
AMBIENTE Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE
• Ley General del Ambiente (Ley N° 28611)
Esta Ley, promulgada el 13 de octubre del 2005, es la norma ordenadora del
marco normativo legal para la gestión ambiental en el Perú. En la que
establece:
TÍTULO PRELIMINAR DERECHOS Y PRINCIPIOS Artículo I.- Del derecho y
deber fundamental Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un
ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la
vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el
15
ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud
de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la
diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales
y el desarrollo sostenible del país.
Artículo II.- Del derecho de acceso a la información Toda persona tiene el
derecho a acceder adecuada y oportunamente a la información pública sobre
las políticas, normas, medidas, obras y actividades que pudieran afectar,
directa o indirectamente, el ambiente, sin necesidad de invocar justificación o
interés que motive tal requerimiento.
Toda persona está obligada a proporcionar adecuada y oportunamente a las
autoridades la información que éstas requieran para una efectiva gestión
ambiental, conforme a Ley.
Artículo III.- Del derecho a la participación en la gestión ambiental Toda
persona tiene el derecho a participar responsablemente en los procesos de
toma de decisiones, así como en la definición y aplicación de las políticas y
medidas relativas al ambiente y sus componentes, que se adopten en cada
uno de los niveles de gobierno. El Estado concertar con la sociedad civil las
decisiones y acciones de la gestión ambiental.
Teniendo en consideración el aspecto legal, es pertinente implementar el
estudio de impacto ambiental para una actividad racional y técnica que no
altere el hábitat y la ecología donde se desarrolla la actividad minera.
• Aprueban el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad
Ambiental del Aire. D.S 074-2001
Que, el Artículo 2° inciso 22) de la Constitución Política del Perú establece que
es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar
de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, el
Artículo 67° de la Constitución Política del Perú señala que el Estado determina
la política nacional del ambiente y promueve el uso sostenible de los recursos
naturales; Que la Ley N° 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento
Sostenible de los Recursos Naturales, establece la responsabilidad del Estado
de promover el aprovechamiento sostenible de la atmósfera y su manejo
16
racional, teniendo en cuenta su capacidad de renovación; Que, el Código del
Medio Ambiente y los Recursos Naturales, en su Título Preliminar, Artículo 1°
establece que es obligación de todos la conservación del ambiente y consagra
la obligación del Estado de prevenir y controlar cualquier proceso de deterioro o
depredación de los recursos naturales que puedan interferir con el normal
desarrollo de toda forma de vida y de la sociedad; Lo cual se cumple con los
estudios de monitoreo de Aire en la zona de operaciones, dentro de los
parámetros establecidos por norma y de los rangos permisibles.
• Mediante D.S. N° 002-2008-MINAM de fecha 31 de julio del 2008, se
aprueba los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua.
Que, en el inciso 22 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú
establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y
adecuado al desarrollo de su vida; señalando en su artículo 67° que el Estado
determina la Política Nacional del Ambiente; Que, el artículo I del Título
Preliminar de la Ley W 28611- Ley General del Ambiente, establece que toda
persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable,
equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de
contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como
sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en
forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el
aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible
del país;
Que, el artículo 1 ° de la Ley N° 28817- Ley que establece los plazos para la
elaboración y aprobación de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y de
Límites Máximos Permisibles (LMP) de Contaminación Ambiental, dispuso que
la Autoridad Ambiental Nacional culminaría la elaboración y revisión de los ECA
y LMP en un plazo no mayor de dos (02) años, contados a partir de la vigencia
de dicha Ley;
Que con fecha 16 de junio de 1999 se instaló el GESTA AGUA, cuya finalidad
fue elaborar los Estándares de Calidad Ambiental para Agua - ECA para Agua,
estando conformado dicho Grupo de Trabajo por 21 instituciones del sector
17
público, privado y académico, actuando la Dirección General de Salud
Ambiental- DIGESA como Secretaria Técnica;
Que, mediante Oficio W 8262-2006/DG/DIGESA de fecha 28 de diciembre de
2006, la Dirección General de Salud Ambiental -DIGESA, en coordinación con
el Instituto Nacional de Recursos Naturales -INRENA.
En calidad de Secretaria Técnica Colegiada del GESTA AGUA, remitió al
CONAM, la propuesta de Estándares de Calidad Ambiental-ECA para Agua
con la finalidad tramitar su aprobación formal;
Teniendo en consideración de los parámetros establecidos, el agua será
recolectada a través de pozas y mantas de invernadero, para luego ser
tratadas según su uso, para disminuir las partículas de polvo como para el
consumo humano
2.8. NORMA RELACIONADA CON LOS DELITOS ECOLÓGICOS Y
CONTRA EL PATRIMONIO CULTURAL
Artículo 304°. - Contaminación. Responsabilidad Culposa El que, infringiendo
las normas sobre protección del medio ambiente, lo contamina vertiendo
residuos sólidos, líquidos, gaseosos o de cualquier otra naturaleza por encima
de los límites establecidos, y que causen o puedan causar perjuicio en la flora,
fauna y recursos hidrobiológicos, será reprimido con pena privativa de la
libertad no menor de uno ni mayor de tres años o con ciento ochenta a
trescientos sesenticinco días-multa. Si el agente actuó por culpa, la pena será
privativa de libertad no mayor de un año o prestación de servicio comunitario
de diez a treinta jornadas.
Artículo 308°. - Depredación de Flora y Fauna Legalmente Protegidas El que
caza, capture, recolecta, extrae o comercializa especies de flora o fauna que
están legalmente protegidas será reprimido con pena privativa de libertad no
menor de uno ni mayor de tres años. La pena será no menor de dos ni mayor
de cuatro años y de ciento ochenta a trescientos sesenticinco días-multa
cuando: 1. El hecho se comete en período de producción de semillas o de
reproducción o crecimiento de las especies. 2. El hecho se comete contra
18
especies raras o en peligro de extinción. 3. El hecho se comete mediante el
uso de explosivos o sustancias tóxicas.
Teniendo en consideración estos aspectos, se trabajará mediante el Plan de
Declaración de Impacto Ambiental y Plan de Minado enmarcado en los
dispositivos expuestos, para el racional uso de los recursos no metálicos.
2.9. NORMAS RELACIONADAS CON LA PRESERVACIÓN
DEL PATRIMONIO CULTURAL
Por la Ley Nº 29565, de fecha 15 de julio de 2010 y publicada en el Diario
Oficial El Peruano el 22 de julio de 2010 se creó el Ministerio de Cultura.
Mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, la estructura orgánica del
Instituto Nacional de Cultura (INC) pasó a convertirse en la estructura del
Ministerio de Cultura. Por ello toda mención al INC deber ser entendida como
al Ministerio de Cultura. La Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.
Ley N° 28296 establece en sus artículos:
Artículo I.- Objeto de la Ley: La presente Ley establece políticas nacionales de
defensa, protección, promoción, propiedad y régimen legal y el destino de los
bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de la Nación.
Artículo II.- Definición: Se entiende por bien integrante del Patrimonio Cultural
de la Nación toda manifestación del quehacer humano –material o inmaterial–
que, por su importancia, valor y significado paleontológico, arqueológico,
arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional,
religioso, etnológico, científico, tecnológico o intelectual, sea expresamente
declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo. Dichos
bienes tienen la condición de propiedad pública o privada con las limitaciones
que establece la presente Ley.
Artículo III.- Presunción legal: Se presume que tienen la condición de bienes
integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, los bienes materiales o
inmateriales, de la época prehispánica, virreinal y republicana,
independientemente de su condición de propiedad pública o privada, que
tengan la importancia, el valor y significado referidos en el artículo precedente
y/o que se encuentren comprendidos en los tratados y convenciones sobre la
19
materia de los que el Perú sea parte. La presunción legal queda sin efecto por
declaración expresa de la autoridad competente, de oficio o a solicitud de parte.
Artículo IV.- Declaración de interés social y necesidad pública: Declárase de
interés social y de necesidad pública la identificación, registro, inventario,
declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en
valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los
casos pertinentes.
Artículo V.- Protección: Los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la
Nación, independientemente de su condición privada o pública, están
protegidos por el Estado y sujetos al régimen específico regulado en la
presente Ley. El Estado, los titulares de derechos sobre bienes integrantes del
Patrimonio Cultural de la Nación y la ciudadanía en general tienen la
responsabilidad común de cumplir y vigilar el debido cumplimiento del régimen
legal establecido en la presente Ley.
El Estado promoverá la partición activa del sector privado en la conservación,
restauración, exhibición y difusión de los bienes integrantes del Patrimonio
Cultural de la Nación y su restitución en los casos de exportación ilegal o
cuando se haya vencido el plazo de permanencia fuera del país otorgado por el
Estado.
Artículo VI. - Imprescriptibilidad de derechos: Los derechos de la Nación sobre
los bienes declarados Patrimonio Cultural de la Nación, son imprescriptibles.
Artículo VII.- Organismos competentes del Estado: El Instituto Nacional de
Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están
encargados de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la
Nación, dentro de los ámbitos de su competencia.
Consecuentemente bajo los preceptos legales de la presente Ley, no se han
encontrado bienes culturales que dañen el patrimonio del estado por lo que el
consentimiento para las concesiones “Chinecas 1 y Chinecas 2” se encuentran
allanados dentro del marco legal para las actividades mineras no metálicas de
agregados.
20
2.10. NORMAS RELACIONADAS CON EL SANEAMIENTO Y GESTIÓN DE
RESIDUOS
La Ley N° 27314.- Ley General de Residuos Sólidos. Establece, derechos,
obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto,
para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y
ambientalmente adecuada, con sujeción a los principios de minimización,
prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y el bienestar de la
persona humana.
La Ley 27314 se aplica a las actividades, procesos y operaciones de la gestión
y manejo de residuos sólidos, desde la generación hasta su disposición final,
incluyendo las distintas fuentes de generación de dichos residuos, en los
sectores económicos, sociales y de la población. Asimismo, comprende las
actividades de internamiento y tránsito por el territorio nacional de residuos
sólidos.
En el título II. De la gestión ambiental de residuos sólidos en el capítulo I,
establece lo siguiente: lineamientos de gestión
Artículo 3.- Finalidad
La gestión de los residuos sólidos en el país tiene como finalidad su manejo
integral y sostenible, mediante la articulación, integración y compatibilización de
las políticas, planes, programas estrategias y acciones de quienes intervienen
en la gestión y el manejo de los residuos sólidos, aplicando los lineamientos de
política que se establecen en el siguiente artículo.
Artículo 4.- Lineamientos de política
La presente Ley se enmarca dentro de la política nacional ambiental y los
principios establecidos en el Código del Medio Ambiente y los Recursos
Naturales, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 613. La gestión y manejo
de los residuos sólidos se rige especialmente por los siguientes lineamientos
de política, que podrán ser exigibles programáticamente, en función de las
posibilidades técnicas y económicas para alcanzar su cumplimiento:
1. Desarrollar acciones de educación y capacitación para una gestión de los
residuos sólidos eficiente, eficaz y sostenible.
21
2. Adoptar medidas de minimización de residuos sólidos, a través de la
máxima reducción de sus volúmenes de generación y características de
peligrosidad.
3. Establecer un sistema de responsabilidad compartida y de manejo integral
de los residuos sólidos, desde la generación hasta su disposición final, a fin de
evitar situaciones de riesgo e impactos negativos a la salud humana y el
ambiente, sin perjuicio de las medidas técnicamente necesarias para el mejor
manejo de los residuos sólidos peligrosos.
4. Adoptar medidas para que la contabilidad de las entidades que generan o
manejan residuos sólidos refleje adecuadamente el costo real total de la
prevención, control, fiscalización, recuperación y compensación que se derive
del manejo de residuos sólidos.
5. Desarrollar y usar tecnologías, métodos, prácticas y procesos de producción
y comercialización que favorezcan la minimización o reaprovechamiento de los
residuos sólidos y su manejo adecuado.
6. Fomentar el reaprovechamiento de los residuos sólidos y la adopción
complementaria de prácticas de tratamiento y adecuada disposición final.
7. Promover el manejo selectivo de los residuos sólidos y admitir su manejo
conjunto, cuando no se generen riesgos sanitarios o ambientales significativos.
8. Establecer acciones orientadas a recuperar las áreas degradadas por la
descarga inapropiada e incontrolada de los residuos sólidos.
9. Promover la iniciativa y participación activa de la población, la sociedad civil
organizada, y el sector privado en el manejo de los residuos sólidos.
10. Fomentar la formalización de las personas o entidades que intervienen en
el manejo de los residuos sólidos.
Teniendo en consideración estos lineamientos generales se tiene presente
para su ejecución y la inducción a los trabajadores que se involucren en la
actividad minera de las dos concesiones. Donde laboraran para el manejo de
residuos sólidos personal preparado.
2.11. NORMAS RELACIONADAS CON LOS GOBIERNOS LOCALES
De acuerdo al Plan de Transferencia de Competencias Sectoriales a los
Gobiernos Regionales y Locales del año 2005, aprobado por el Decreto
22
Supremo Nº 052-2005- PCM; en el año 2005, se autorizó la transferencia de
las siguientes funciones del gobierno nacional a los gobiernos regionales:
a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, fiscalizar, dirigir, controlar y
administrar los planes y políticas en materia de energía, minas e
hidrocarburos de la región, en concordancia con las políticas nacionales y
los planes sectoriales. Respecto a esta función, se transfieren las
siguientes facultades:
• Formular, aprobar y evaluar los planes y políticas en materia de minas
de la región, en concordancia con las políticas y planes sectoriales
nacionales.
• Formular y aprobar los planes y políticas en materia de energía de la
región, en concordancia con las políticas y planes sectoriales
nacionales.
b) Inventariar y evaluar los recursos mineros y el potencial minero, de
hidrocarburos regionales. Respecto a esta función, se transfieren las
siguientes facultades:
• Elaborar el inventario de los recursos energéticos regionales.
• Inventariar los recursos y el potencial de hidrocarburos regionales.
Asimismo, se continuará con la transferencia de facultades de las siguientes
funciones sectoriales cuya transferencia se inició en el año 2004:
c) Otorgar concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance
regional. Respecto a esta función, se transfiere la siguiente facultad:
• Otorgar concesiones mineras para pequeña minería y minería artesanal de
alcance regional.
d) Aprobar y supervisar los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental
(PAMA) de su circunscripción, implementando las acciones correctivas e
imponiendo las sanciones correspondientes. Respecto a esta función, se
transfieren las siguientes facultades:
• Implementar las acciones correctivas para la pequeña minería y minería
artesanal.
• Imponer las sanciones correspondientes para la pequeña minería y minería
artesanal.
23
Concordante a los dispositivos legales establecidos, se implementa el presente
estudio de Declaración de Impacto Ambiental (DIA), para su evaluación y
aprobación a través de la Dirección Regional de Minería de Ancash.
Seguidamente se realizará con el estudio de Plan de minado correspondiente
para las operaciones mineras en los proyectos “Chinecas 1 y Chinecas 2” en el
Distrito de Nuevo Chimbote de la Provincia del Santa Región Ancash.
Los estudios desarrollados contemplan considerando las sustancias a ser
explotados, no metálica de agregados para ello se tiene que zonificar como dar
las condiciones necesarias para el desplazamiento y el transporte del material,
daño inicialmente las condiciones de acceso los proyectos señalados.
Teniéndose inicialmente en consecuencia el acceso, para luego acondicionar el
proyecto con la instalación del campamento para dar las facilidades del
personal para el trabajo entre ellos guardianía, oficinas, talleres, comedor,
tópico, almacén, lugar del polvorín si se va usar explosivos.
Del mismo modo se tendrá que acondicionar la cancha de acumulación,
procurando que este por debajo del nivel de las canteras de agregados para
evitar el polvo y el desplazamiento por el aire los contenidos de agregados.
Se tendrá que preparar la cubicación de la explotación de agregados con total
que se tenga una explotación racional para dañar el medio ambiente, como
para el fácil manejo proceso de remediación con el cierre del proyecto.
Así mismo se tendrá que delimitar la marea de explotación en la se pueda
medir el proceso de explotación como del resto de etapas del proyecto, para el
fácil manejo en el trabajo de explotación.
Del mismo se tendrá que realizar el monitoreo del trabajo a desarrollar de
manera periódica cada seis meses para el control ambiental en el proyecto,
garantizándose de este modo el manejo del proyecto en concordancia las
normas y leyes ambientales, en la que no perjudique el medio ambiente y se
deje al cierre de los proyectos.
24
CAPÍTULO 3
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
3.1. GENERALIDADES
El objetivo del Proyecto es la extracción de agregados en las canteras
“Chinecas 1 y Chinecas 2” ubicada en el del Distrito de Nuevo Chimbote de la
Provincia del Santa.
Las explotaciones mineras no metálicas en las canteras serán, a cielo abierto,
empleando el método de Corte y Relleno horizontal, en este método los
procesos extractivos se realizan en las superficies de los terrenos,
proyectándose con un horizonte estimado de 10 años. Se propone extraer
material a razón de 20 metros cúbicos por día de agregados por cantera.
3.2. TIPO DE PROYECTO
El Proyecto evaluado en la presente Declaración de Impacto Ambiental (DIA),
se denomina “Chinecas 1 y Chinecas 2”, y pertenece a Gluber Roque Chávez
Rupay con D.N.I. N0
32847029 y R.U.C. 10325470298 titular de las
Concesiones Mineras no metálicas.
Mediante los referidos Proyectos, el titular considera realizar actividades de
extracción de agregados dentro de las concesiones, los cuales serán utilizados
principalmente en la minería metálica para obras de construcción.
3.3. LOCALIZACIÓN Y ACCESO AL PROYECTO
3.3.1. Ubicación de la Concesión
Las concesiones mineras no metálicas de agregados, “Chinecas 1 y Chinecas
2”, se localizan en el Distrito de Nuevo Chimbote de la Provincia del Santa en la
Región Ancash abarcan una superficie de 100 Hectáreas cada una y se
encuentran a una altitud de 285 m.s.n.m. Las mencionadas Concesiones se
encuentran en la carta nacional del Ingemmet en la zona 18 L
Las concesiones en referencia se ubican al Sur Este de la Ciudad de Nuevo
Chimbote a unos 30 minutos de viaje en vehículo liviano, aproximadamente a
12 kilómetros, siendo en primer lugar a través de la Panamericana de 5
kilómetros para virar hacia el este por una trocha.
25
Tabla N° 1
Coordenadas geográficas UTM de las Concesiones
“Chinecas 1 y Chinecas 2”
VÉRTICE
Concesión Chinecas 1
Coordenadas UTM PSAD56 Coordenadas WGS 84
NORTE ESTE NORTE ESTE
1 8,987,000.0 785,000.00 8,986,638.20 784,741.56
2 8,986,000.0 785,000.00 8,985,638.20 784,741.56
3 8,986,000.0 783,000.00 8,985,638.21 782,741.56
4 8,987,000.0 783,000.00 8,986,638.21 782,741.57
VÉRTICE
Concesión Chinecas 2
Coordenadas UTM PSAD56 Coordenadas WGS 84
NORTE ESTE NORTE ESTE
1 8,986,000.0 783,000.00 8,985,638.21 782,741.58
2 8,985,000.0 783,000.00 8,984,638.21 782,741.58
3 8,985,000.0 782,000.00 8,984,638.21 781,741.58
4 8,986,000.0 782,000.00 8,985,638.21 781,741.58
Fuente: Elaboración propia
Figura Nº 02
Imagen Satelital de la Ubicación de la Concesiones
“U.E.A. CHINECAS CONCESIONES CHINECAS 1 Y 2”
26
3.3.2. Ubicación del Proyecto
Los proyectos se encuentran ubicados dentro de la concesiones Mineras No
Metálicas “Chinecas 1 y Chinecas 2”, comprenden áreas de 3.0 Hectáreas y
tiene un perímetro de 800.00 m. Las áreas de los proyectos se encuentran
ubicadas en las siguientes coordenadas WGS 84
Tabla N° 2
Coordenadas WGS 84 de los Proyectos de la U.E.A. Mario
“EEMI y Mario 2015”
VÉRTICE
Concesión Chinecas 1
Coordenadas WGS 84
NORTE ESTE
A 8,985,638.21 782,441.56
B 8,985,938.21 782,441.56
C 8,985,938.21 782,741.56
D 8,985,638.21 782,741.56
VÉRTICE
Concesión Chinecas 2
Coordenadas WGS 84
NORTE ESTE
A 8,985,638.21 782,741.58
B 8,985,338.21 782,741.58
C 8,985,338.21 783,041.58
D 8,985,638.21 783,041.58
Fuente: Elaboración propia
Figura Nº 03
Imagen satelital de la Ubicación de los Proyectos
“Chinecas 1I y Chinecas 2”
27
3.3.3. Acceso
Para acceder a las áreas de los Proyectos, se realiza a través de la
Panamericana a 5 kilómetros de norte a sur saliendo de la ciudad de Nuevo
Chimbote y virando luego al Este a 7 kilómetros donde se encuentran los dos
proyectos colindantes. Encontrándonos luego con los proyectos de “Chinecas
1 y Chinecas 2” respectivamente, a 280 m.s.n.m. El tiempo de viaje desde la
ciudad de Nuevo Chimbote a los referidos proyectos son de 30 minutos
respectivamente yendo el vehículo a 50 kilómetros por hora.
Tabla Nº 3
Vías de accesos a las áreas de los Proyectos
Proyecto Chinecas 1
Ruta
Distancia
(km)
Tiempo
(min)
Tipo de
Carretera
Nuevo Chimbote - Desvió 5.0 10 Asfaltada
Desvió - Cantera 7.0 20 Trocha
TOTAL 12.0 30
Proyecto Chinecas 2
Ruta
Distancia
(km)
Tiempo
(min)
Tipo de
Carretera
Nuevo Chimbote - Desvió 5.0 20 Asfaltada
Desvió - Cantera 7.0 5 Trocha
TOTAL 12.0 30
Fuente: Elaboración propia
3.4. JUSTIFICACIÓN Y/O NECESIDAD
3.4.1. Del Proyecto
Considerando el incremento de la demanda de agregados en la minería no
metálica y para la construcción de diversas obras en la Región Ancash, el
Titular del Proyecto, ha estimado necesario ejecutar el Proyecto para cubrir la
demanda existente por este material, el proyecto se realizará con un manejo
adecuado de los recursos naturales acordes con el Principio del Desarrollo
Sostenible. Para el caso del presente proyecto, se busca no alterar el entorno
natural, situándolo en un área de fácil manejo con una clasificación de uso de
las “Tierras de Protección”. Para garantizar un desarrollo adecuado del
proyecto motivo de la presente DIA, es necesario realizar dentro de su
planeamiento, diseño y puesta en marcha, se introduzca criterios ambientales,
los que nos permitirán que se constituyan realmente en actividades eficaces al
desarrollo sostenible de la zona, con oportunidades de trabajo y de comercio
28
como son la adquisición de insumos y instrumentos propios del trabajo en los
proyectos.
3.4.2. De la Localización
Independiente de la calidad del material extraíble presente en el lugar, cabe
destacar que una de las razones que llevaron a considerar esta localización
para los proyectos, fue que el terreno se encontraba en condiciones de fácil
acceso y de manejo adecuado de tierras. Sumado a lo anterior, se pueden
mencionar las siguientes condiciones que hacían factible el emplazamiento de
los proyectos en los lugares escogidos:
• Alta pedregosidad y roca del lugar y suelos clase X, que se caracteriza por la
abundante presencia de piedras internas y externas que imposibilitan las
labores de suelo, presentan baja retención de humedad.
• La población se encuentra prácticamente ausente de las áreas de los
proyectos.
• En los proyectos en ninguna de sus partes, acciones u obras físicas incluye
la remoción, destrucción o modificación de algún Monumento Nacional,
debido a que no existe alguno en las áreas de influencias.
3.5. MINA
Los proyectos son yacimientos sedimentarios, el cual se encuentran aflorando
en su totalidad y en forma masiva con relieves de inclinación de 30 grados en
la cresta de los cerros favorables para la explotación, por lo cual serán
explotados a cielo abierto empleando el método por bloques, en el cual
consisten en arrancar el material desde la cota más alta hasta la cota mínima
definida por los límites de explotación.
3.6. SUPERFICIE DE EXTRACCIÓN
Las Concesiones Mineras No Metálicas “Chinecas 1 y Chinecas 2” tienen
superficies totales de 100 hectáreas cada una de ellas, de las cuales 3.0 ha
son susceptibles por el momento para ser explotadas viendo costo beneficio
para empezar. Pudiendo ampliarse posteriormente para una explotación
racional que no perjudique el entorno de los proyectos y de preservar el medio
ambiente de trabajo.
29
3.7. RECURSOS MINERALES
3.7.1. Tipo de Recurso a explotar
Los agregados provenientes de rocas sedimentarias compuestas
mayoritariamente por carbonato de calcio (CaCO3), de silicatos (OSi),
frecuentemente presentan trazas de magnesita (MgCO3) y otros carbonatos.
También puede contener pequeñas cantidades de minerales
como arcilla, hematita, siderita, cuarzo, etc., que modifican (a veces
sensiblemente) el color y el grado de coherencia de la roca. Las rocas que
afloran en la zona corresponden a cuerpos plutónicos que constituyen el
batolito de la costa. En la zona se asientan los depósitos cuaternarios
(cuartarios) aluviales, coluviales y fluvioaluviales, teniendo importancia los
primeros como materiales de construcción.
3.7.2 Reservas Probadas, Probables y Totales
Las reservas Probadas de material a extraer de los proyectos “Chinecas 1 y
Chinecas 2” se calcularon por el método clásico geométrico por secciones
siguiendo la siguiente metodología: Se ha realizado el levantamiento
topográfico de la superficie total de la zona de explotación. Las Reservas
Probadas para los proyectos son de:
a) Chinecas 1: El volúmen es de 60,000.00 m3
y las Reservas Probables
ascienden a 15,000.00 m3
y las reservas totales es de 75,000.000 m3
.
b) Chinecas 2: El volúmen es de 60,000.00 m3
y las Reservas Probables
ascienden a 15,000.000 m3
y las reservas totales es de 75,000.000 m3
.
Siendo la producción total de 150,000.000 m3
.
3.8. VOLUMEN DE EXTRACCIÓN
La producción diaria por proyecto, será de aproximadamente 10.00 m3
/día,
obteniéndose una producción mensual promedio de 300.00 m3
/ mes y 3,600.00
m3
/año. Debe tenerse en cuenta que la producción estará en función a la
demanda del mercado; pudiéndose reducirse la producción diaria muy por
debajo de la capacidad instalada durante períodos considerables, así también
podría darse el caso contrario. Cabe mencionar que los precios de los
materiales a ser de ser explotados estan susceptibles a cambios procurando
30
que los límites de explotación máximos se especifican acorde a la
normatividad.
3.9. TIEMPO DE VIDA ÚTIL DEL PROYECTO
Se consideran una vida útil por proyecto de 26 años. Este es el plazo
establecido por el cálculo de las reservas totales y el volumen de extracción de
agregados. En la práctica, existen una serie de factores que pueden afectar
ese período, tales como el agotamiento anticipado de las reservas y/o
imposibilidad de obtener este recurso a un costo razonable, descubrimiento de
nuevas reservas, etc. El tiempo de vida esperada también va a depender de
cómo sea el comportamiento de los mercados vinculados con el rubro, los
cuales evolucionan constantemente. Por lo tanto, no se descarta una
prolongación de la vida útil del proyecto.
3.10. DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES A REALIZAR
3.10.1. Etapa de Construcción
Esta etapa corresponde a la disposición del equipamiento y de la
infraestructura necesaria en los terrenos y a la construcción de las
instalaciones requeridas para iniciar las distintas actividades de operaciones
que estarán presentes durante el desarrollo del proyecto. Las áreas a ser
usadas para la explotación de las canteras, son las siguientes
• Caminos de acceso
• Instalaciones temporales
a. Caminos de acceso
Los caminos de acceso a los sectores de explotación, así como los de salidas
hacia las rutas y caminos principales ya existen, por lo cual no se proyecta
construir nuevas vías de circulación de entrada y salida. Solo se contemplan
mejorar las trochas existentes a través de la limpieza y compactación con
material extraído de la misma zona, a fin de minimizar las emisiones fugitivas
de polvo producto de la circulación de vehículos. Estos caminos de acceso
serán regados con agua.
b. Área de Almacenamiento
El material extraído de las canteras se almacenará en canchas acondicionadas
temporalmente en lugares por debajo de los niveles que no ocasionen la fuga
de polvo de manera provisional, en que el tiempo debe ser mínimo en su
31
almacenamiento para ser cargados a los volquetes, para su traslado a los
centros de comercialización.
c. Instalaciones temporales.
La proximidad a la ciudad de Nuevo Chimbote, permitirá abastecer los servicios
de alimentación que serán trasladados a los proyectos y el alojamiento del
personal serán en las canteras donde se acondicionarán cuartos para el
personal, como podrán trasladarse a la ciudad de Casma. Los funcionamientos
de las canteras están proyectados bajo modelos simples y funcionales, dado
que solo se consideran la extracción de material y carga directa en los
camiones generalmente para su transporte.
Por lo tanto, solo se requiere de instalaciones simples que permitan la
adecuada operación de las canteras, para lo cual solo se contempla la
construcción de las siguientes instalaciones.
• Casetas de guardianía
• Letrinas
• Área de almacenamiento de residuos sólidos
• Oficinas
• Cuartos eventuales
• Comedor
Tabla Nº4
Instalaciones Temporales
Concesión Chinecas 1
INSTALACIONES NORTE ESTE
•Caseta de Guardianía 8,985,938.21 782,441.56
• Letrinas /residuos solidos 8,985,958.21 782,441.56
• Campamento 8,985,958.21 782,461.56
Concesión Chinecas 2
INSTALACIONES NORTE ESTE
• Caseta de Guardianía 8,985,338.21 783,041.58
• Letrinas /residuos solidos 8,985,348.21 783,041.58
• Campamento 8,985,958.21 782,461.56
Fuente: Elaboración propia
32
• Caseta de guardianía:
La construcción de la caseta de guardianía se realizará con material de triplay,
la misma que tendrá las dimensiones de 4 x 3 m, y abarcará un área de 20 m2
.
• Letrina:
Se construirá 01 letrina, que tendrá la dimensión convencional es decir un área
de 1.0 x 1.0 m, con paredes de 2.5 m de altura, con techo colocado a una
altura de 2.0 metros, para la ventilación del pozo de la letrina se colocará un
tubo de desfogue de gases de malos olores de 3 metros de altura. Dicha letrina
será tratada con cal para evitar malos olores y proliferación de vectores.
3.10.2. Etapa de Operación
Esta fase del proyecto contemplará las actividades de extracción de agregados
y su clasificación según tamaño. La explotación se realizará mediante el
método de bloques por Corte y Relleno ascendente, consiste en barrer los
agregados de manera paralela a lo largo del área e ir rellenando con material
cuaternario las zonas alteradas producto de la explotación, hasta completar
todo el lecho con material ganga.
a. Preparación de la Cantera (Desbroce).
Se realizará la limpieza o desbroce de la superficie de las áreas de trabajo del
proyecto, eliminando limos, y todo tipo de material inservible, etc. en un
espesor de aproximadamente de 0,20 m., de manera manual para luego ser
evacuado a volquetes de bajo perfil para su traslado en la misma zona del
proyecto para ser rellenados las zonas y dar a las plataformas la estabilidad.
En forma horizontal.
b. Extracción de Rocas / Piedras Calizas
Las características del material existentes donde se realizarán las extracciones
hacen que solo se requiera de herramientas manuales y de perforadora
mediana Jack Leg de barreno integral de 6 píes para el pre corte, para generar
los taladros para voladuras controladas de bajo detonación, para desprender el
material naturalmente consolidado existente.
Según el planeamiento de minado el proceso de extracción avanzará en tajos
de 2.0 m de altura por 4 por 4 en planta.
33
c. Depósito de Estériles
El material estéril que se generará al explotar las canteras será dispuesto en
capas de 0,30 cm de espesor a lo largo de cada sección transversal que se
explote de manera dinámica; es decir que los estériles serán prácticamente
mínimos y lo que se hará con ellos es terraplenar toda el área del proyecto de
explotación.
d. Carguío y Transporte
Para el transporte de los agregados se utilizarán mayormente camiones tipo
volquete de 5 m3
, la cantidad de camiones estará en función de la demanda del
material; la frecuencia del transporte estará en función de la capacidad máxima
de la demanda.
El transporte, será efectuado por camiones Tolva según la demanda del
mercado local. Las explotaciones de las canteras se realizarán en solo un turno
de trabajo por día, pudiendo suspenderse los trabajos parcial o totalmente
durante el invierno o si las condiciones climáticas no permiten una operación
segura y rentable
3.10.3. Etapa de Cierre
Es importante advertir que la etapa de cierre y abandono no es un evento que
se realice una vez terminada la vida útil del proyecto, muy por el contrario, esta
etapa se puede definir como un proceso simultáneo a la etapa de operación.
Es decir, la continua implementación de las actividades de cierre propiamente
tal desarrolladas durante la vida útil del proyecto, permite lograr o establecer
una situación de cuidado pasivo que evolucione a una condición de
desocupación.
Una condición de cuidado pasivo es aquella en que se necesita un mínimo de
mantención y de monitoreo posteriores al término de las operaciones mineras y
de cierre. Una condición de desocupación es aquella en que no son necesarios
mantención ni monitoreo adicionales.
La etapa de cierre se llevará a cabo en 3 meses, las principales actividades
que se desarrollarán en esta etapa son:
34
a. Retiro de Instalaciones
Durante la fase de cierre, todas las instalaciones superficiales que existirán en
las canteras de agregados “Chinecas 1 y Chinecas 2”, serán removidas,
incluyendo el retiro de equipos.
b. Cierre de vías de acceso
Se contempla el cierre de los caminos que conducen a las áreas de explotación
y otros caminos internos para evitar el acceso de personas o animales. Se
considera el cierre de todos los caminos de acceso que no sean requeridos
para labores de monitoreo post cierre.
Se propone dejar un camino de acceso al fondo del área de extracción para
trabajos de monitoreo
c. Estabilización de Taludes
Los taludes finales corresponderán a los de la última etapa de operación,
excepto en aquellos sectores donde, a la fecha del cierre, se estime que no
existe seguridad de estabilidad apropiada en el largo plazo
d. Reacondicionamiento del Terreno
Una vez limpio el terreno, se devolverá a sus condiciones iniciales mediante la
nivelación y esparcimiento principalmente del material de rechazo y el
circundante al área del proyecto
3.11. MAQUINARIA, EQUIPO Y HERRAMIENTAS
Para desarrollar las labores extractivas y de traslado de material interno se
requiere de herramientas manuales, como Picos, Lampas, Combas de 25 y 40
libras, cinceles de 6, 8 y 12 pulgadas barretas, perforadora Jack Leg, bidón de
combustible y agua, carretillas de 1 yarda cúbica, maquinaria adecuada para
dicha tarea como volquete de 5 cubos.
La ventaja que el proyecto cuenta con un ojo de agua, que será aprovechada,
pues se encuentra dentro de la concesión, que nos permitirá el uso para medir
y controlar la polvareda que pueda tenerse en las horas de operación de la
cantera. Así como para otros usos importantes para el bienestar del proyecto.
35
Del mismo moldo se usarán herramientas manuales generalmente para la
explotación de las canteras, que nos permitan mitigar el impacto ambiental de
los proyectos.
A continuación, en la Tabla se presenta la maquinarias y equipos a utilizar en
los proyectos.
Tabla Nº 5
Herramientas a Usar
Maquinaria, Herramienta y
Equipo
Nº
Características
principales
Actividad
Picos
12
Para escarificar y
desbrozar el
terreno
Extracción
Lampas
12
Evacuación de
material
desbrozado
Limpieza y
Evacuación
Combas
06 Rotura de Roca y
Piedras
Rotura de blocks
Cinceles
06
Kit de Cinceles
para permitir
abertura
Rotura y abertura
de Rocas
Barreta
06 Palanqueo de
Rocas rotas
Palanqueo y
extracción de
trozos de Roca
36
Tabla N0
6
Maquinaria y Equipos a Usar
Maquinaria, Herramienta y
Equipo
Nº
Características
principales
Actividad
Perforadora Jack Leg
01
Perforadora de
manera manual
para realizar
taladros
Perforación en
Roca para hacer
taladros para
voladura.
Compresora de 185 C.F.M.
01
Compresora de
aire neumático
para un martillo
Suministro de aire
comprimido, para
perforadora
Bidón
06
Cilindro de
plástico de 42
galones
Depósito de
combustible y
agua
Carretillas
10
Carretilla de latón
de 0.09 m3
Transporte de
desmonte y
Agregados
Volquete
01
Mediano de bajo
perfil de 5 cubos
Transporte de
Agregados desde
el Proyecto a
acopios
37
3.12. INSUMOS REQUERIDOS POR EL PROYECTO
3.12.1. Agua
a. Para humectación
Se contempla la utilización de agua para el riego o humectación, la que será
aplicada a la zona de extracción y en las vías de acceso que se implementarán
dentro de los proyectos, por medio de bidones. La cantidad requerida es de 5
bidones de 42 galones cada uno. La humectación se realizará a las 14 horas
donde aumenta la cantidad de ventarrones de aire.
c. Para consumo
Para consumo de los trabajadores (5) será necesario un aproximado de 15
litros de agua potable al día. El suministro de agua potable, para el personal
obrero, se realizará mediante bidones rotulados y verificados, los cuales serán
traídos desde la Ciudad de Nuevo Chimbote para salvaguardar la salud de los
trabajadores y tratados si es necesario en los mismos proyectos, donde deberá
circular para su mantenimiento y potabilidad durante las 48 horas.
3.12.2. Combustible
Los Proyectos requerirán combustible (Diesel) para la voladura y volquetes en
lugares establecidos, fuera del área del proyecto.
3.13. FUERZA LABORAL
Para la etapa de operación el personal requerido será de 5 personas por
proyecto. A continuación, en la tabla Nº 9 se detalla el personal requerido por
proyecto, para las actividades de los proyectos de acuerdo a su función:
Tabla Nº 7
Fuerza Laboral
N0
Cantidad Función
1 01 Chofer Volquete (*)
2 01 Operador Perforadora neumática
3 01 Ayudante Operador Perforadora neumática
4 05 Peones
5 01 Guardian
6 01 Administradora
7 01 Asistente de Ingeniería
8 01 Ingeniero Residente
Fuente: Elaboración propia
38
(*) Dependiendo de la demanda del mercado por el producto, se puede llegar a
contratar hasta 2 operadores de camiones volquetes
3.14. VOLUMEN ESTIMADO DE RESIDUOS SÓLIDOS A GENERARSE
Los residuos sólidos originados en el proyecto serán principalmente
categorizados como “domiciliarios o asimilables a domiciliarios” dado que éstos
provendrán principalmente de los restos de materia orgánica que generarán los
individuos que laboren en la obra, como por ejemplo restos de comida, envases
plásticos de bebidas, latas u otro.
Se considera una generación per cápita de residuos de 0,5 kg. /día-persona. La
generación total diaria máxima alcanzará a aproximadamente 2 kg. /día. La
disposición de los residuos en el lugar del proyecto se realizará según lo
estipulado en la Ley Nº 27314 Ley General de Residuos Sólidos y su
Reglamento.
3.15. MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPOS
En relación a la mantención de los Volquetes, Compresora, Perforadora y
herramientas, éstas no se realizarán por ningún motivo en la zona de
explotación, sino que se realizarán en un taller mecánico o en las estaciones de
servicio, ubicadas en la Ciudad de Nuevo Chimbote, mientras que las
herramientas en el taller - almacén de los campamentos de los Proyectos.
Del mismo modo la reparación de los equipos y maquinarias, van estimadas
sus costos en la que realmente se tiene estimado en la operatividad y de los
posibles desperfectos por el mismo trabajo que desarrollan.
Los equipos y maquinas deben ser homologados con la garantía no menor de
un año en el que dé estabilidad de los proyectos, y de un trabajo productivo
que deben desarrollar.
3.16. CRONOGRAMA Y COSTOS DEL PROYECTO
3.16.1. Cronograma
El cronograma que se presentan a continuación en la Tabla, está referido a los
tiempos de habilitación, operación y cierre de sus instalaciones asociadas y la
extracción de agregados de las áreas de los proyectos.
39
Tabla Nº 8
Cronograma del proyecto por Etapas/Actividades
Etapa Actividad
Semanas Meses Años
1 2 3 4 1 2 … 12 1 2 … 10
Construcción
Módulo: Oficina, Tópico,
Comedor, Almacén –
Taller; Polvorín, SSHH;
Garita; Rampas
Operación
Preparación de la
cantera (desbroce)
Extracción y carguío
Carguío y Transporte
Cierre Retiro de instalaciones
Restauración del Terreno
Fuente: Elaboración propia
3.16.2. Costos
El monto de inversión considerado para el desarrollo de los Proyectos, se
describe en los rubros de mano de obra calificada y mano de obra no
calificada, en el que hay que considerar en los proyectos al personal necesario
e indispensable, como del mismo modo de los equipos, maquinarias e insumos.
Para el cual realizamos el costo mensual. Así mismo, para los que significa
para los equipos y maquinarias hay que establecer su tiempo de vida útil y del
costo total del equipo para ir estimando el costo mensual. En este caso nos
acercaremos al costo real en el tiempo del uso de los equipos y máquinas, para
tener el costo de los proyectos que nos permita incluso la renovación de los
mismos para darle continuidad a los proyectos. Para ello elegantemente en el
lenguaje, podemos decir que se hará caja para la renovación de equipos y
máquinas. Así mismo se prevé para los insumos diarios a ser empleados.
Tabla Nº 9
Costo Mensual de Personal
N0
Personal Cantidad Hh Precio S/ Mensual Total
1 Chofer Volquete (*) 01 8 9.17 2,200 2,200
2 Operador Perforadora neumática 01 8 10.42 2,500 2,500
3 Ayudante Perforadora neumática 01 8 6.25 1,500 1,500
4 Peones 05 8 7.50 1,800 9,000
5 Guardián 02 8 7.50 1,800 3,600
6 Administradora 01 8 6.25 1,500 1,500
7 Asistente de Ingeniería 01 8 9.17 2,200 2,200
8 Ingeniero Residente 01 8 16.66 4,000 4,000
28,700
40
Costo de Máquinas, Equipos e Insumos
Etapa Actividad Und Cantidad
Costo
Unitario
Costo
Diario
Costo
Mensual
Construcción
Módulos Und Cantidad (S/.) (S/.) Parcial (S/.) Total (S/.)
Oficina Glb 1 1,050.00 0.97 29.16 29.16
Tópico Glb 1 830.00 0.76 23.05 23.05
Comedor Glb 1 2,300.00 2.13 63.90 63.90
Almacén – Taller Glb 1 1,209.60 1.12 33.60 33.60
Polvorín Glb 1 1,598.40 1.48 44.40 44.40
SSHH Glb 1 2,872.80 2.66 79,80 79.80
Garita Glb 1 669.60 0.62 18.60 18.60
Rampas Glb 1 3,013.20 2.79 83.70 83.70
Sub Total 376.21
Operación
Preparación (desbroce) Und Cantidad (S/.) (S/.) Parcial (S/.) Total (S/.)
Picos (Filo- Punta) Und 12 25.00 0.20 6.25 75.00
Lampas (Cuchara) Und 12 28.00 0.23 7.00 84.00
Combas (24 lb) Und 06 45.00 0.25 7.50 45.00
Cinceles (Filo) Und 06 9.00 3.33 3.00 54.00
Barretas (25 lb) Und 06 60.00 0.40 12.00 360.00
Perforadora Jack Leg Und 01 4,815.00 20.06 601.88 601.88
Dinamita, Anfo, Full, Mecha Glb 30 500.000 500.00 15,000.00 15,000.00
Bidón Und 06 320.00 1.78 8.88 53.33
Carretillas Und 10 200.00 1.85 5.56 55.56
Volquete Und 01 42,184.80 23.44 703.08 703.08
Sub Total 2031.85
Cierre
Desinstalación Und Cantidad (S/.) (S/.) Parcial (S/.) Total (S/.)
Retiro de instalaciones Glb 1 5,000.00 83.34 2,500.00 2,500.00
Restauración del Terreno Glb 1 7,000.00 116.67 3,500.00 3,500.00
Sub Total 6,000.00
TOTAL 8,408.06
Costo Global por Proyecto/ Mes
N
0
DESCRIKPCIÓN PARCIAL TOTAL
1 Costo Mensual de Personal 28,700.00
2 Costo de Máquinas, Equipos e Insumos 8,408.06 37,108.06
Figura N0
3
Vista Satelital U.E.A. Chinecas
41
CAPÍTULO 4
LÍNEA DE BASE AMBIENTAL Y SOCIAL
4.1. ÁREAS DE INFLUENCIA
4.1.1 Área de Influencia Ambiental
a. Área de Influencia Directa (AID)
Se ha establecido como área de influencia directa, aquella zona
correspondiente a aquellos componentes del ambiente afectados directamente
por las instalaciones y las etapas de construcción y operación de los Proyectos.
Se debe mencionar que en las áreas directamente a afectarse por las labores
de explotación no existen unidades habitacionales.
El AID incluye las áreas para las canteras, instalaciones, entre otros. Tomando
en cuenta esto es que las áreas de influencias directas de los proyectos
calculados ascienden a: 0.5 ha. Cada uno de los proyectos
b. Área de Influencia Indirecta (AII)
Se establece en base a la determinación de áreas o sectores del proyecto que
generan influencia más no directa por lo tanto las áreas de influencia indirecta
están en función de los impactos indirectos de los Proyectos que abarcan un
ámbito geográfico más extenso, cuyas características físicas, biológicas serán
indirectamente impactadas por los Proyectos.
Se consideran para las áreas de influencias indirectas de las concesiones las
zonas ubicadas en la vía de la Panamericana a unos 5 kilómetros de distancia
al Nor Este.
4.1.2 Área de Influencia Social
Está determinada por los espacios sociales comprendidos por los sectores de
la Ciudad de Nuevo Chimbote, asimismo dichos espacios locales guardan un
orden geopolítico, socioeconómico, cultural, administrativo y político, por tanto,
dadas las características del área de influencia de los proyectos se establece el
Área de Influencia Social Directa e Indirecta.
42
El criterio para el planteamiento del área de influencia social responde al actual
trazo de las áreas de los proyectos, y a las actividades que van a ser
implementadas acorde a los proyectos, como son las obras para su
construcción y explotación. Para efectos de los Proyectos el área de influencia
social tiene un radio de 5 kilómetros y un área calculada de 20,000 ha.
a. Área de influencia social directa
Está comprendida por los asentamientos y los que provén artículos a los
proyectos.
b. Área de influencia social indirecta
Está comprendida por el límite de los espacios locales de las áreas de
concesiones, estos se encuentran interrelacionadas por aspectos sociales,
económicos y culturales.
4.2. DESCRIPCIÓN DEL MEDIO FÍSICO
4.2.1. Topografía y Fisiografía
Las áreas de los proyectos corresponden a afloramientos de agregados de las
referidas concesiones, con dirección Sur Este desde la Ciudad de Nuevo
Chimbote, en el que se presentan en relieves arenosos virando hacia el Oeste
teniéndose una topografía de pendientes del 8%. Y 12% respectivamente en
cada una de las concesiones
.4.2.2. Geomorfología
Geomorfológicamente el área de estudio está compuesta por la Zona
Costanera, el Flanco Pacífico de la Cordillera Occidental y la Cordillera
Occidental. La zona costanera está formada por una faja de dirección NO-SE
de 16 a 45 Km y altitudes entre 0 a 1000 msnm donde se encuentran la
desembocadura de los valles y las lomas y planicies costaneras. El Flanco
Pacífico de la Cordillera Occidental se presenta como una franja de dirección
NO-SE con una altitud que varía entre los 1000 y 3000 msnm. Está disectado
por valles transversales y quebradas secas. La Cordillera Occidental está
formada por cumbres y mesetas con altitudes que varían entre los 3000 y 5200
msnm. La geología está compuesta por rocas volcano-sedimentarias del
Jurásico superior-Cretácico inferior que comprenden el Grupo Chimú y Casma
del Albiano-Cenomaniano. Estas secuencias se encuentran intruídas por
granitoides del Batolito de la Costa con edades que van desde el Albiano-
43
Paleoceno. Hacia la parte occidental afloran rocas volcánicas del Paleógeno y
Neógeno.
Anteriormente se realizaron estudios sobre la geología en la zona comprendida
entre Chimbote, Casma y Culebras en el departamento de Ancash (Sánchez et
al., 1995) basados en la estratigrafía, geología estructural y geología
económica. De la misma forma, numerosos estudios sobre la evolución
geológica de Lima (Pardo, 1961; Rivera, 1951 y 1975; Fernández, 1966;
Palacios et al, 1992) han sido publicados. Mas adelante surgen estudios
regionales que relacionan la formación de cuencas volcano-sedimentarias en el
flanco oeste de los Andes peruanos del Centro con la subducción oblicua del
Cretácico superior (Polliand et al., 2005). El 2007, estudios de geología regional
y metalogenia reconocen que las secuencias superiores del Grupo Casma del
Albiano-Cenomaniano en realidad son de edad Cretácico superior-Paleoceno,
estableciendo esta última unidad como un metalotecto para la exploración de
yacimientos VMS (Romero, 2007).
4.2.3. Geología
El área está compuesta por tres dominios estratigráficos (Romero, 2007)
Geológico: de la Zona costera y Flanco pacífico de la Cordillera Occidental, de
las cuencas Paleógeno-Neógenas y la Faja Cretácica de la Cordillera
Occidental La Zona costera y Flanco Pacífico de la Cordillera Occidental está
formada por rocas que van desde el Jurásico superior al Paleoceno, donde se
ha resumido su evolución geológica en 5 periodos. ¿El primer periodo del
Oxfordiano o Kimmerigiano? -Berriasiano comprende una secuencia volcano-
sedimentaria de ambiente marino, definida como Grupo Chimú y Casma. El
segundo periodo del Valanginiano-Hauteriviano está compuesto por rocas
silicoclásticas y calcáreas,
a. Geología Regional
De acuerdo con [5] “las búsquedas de futuras reservas de minerales tendrán
que realizarse mejorando los conocimientos existentes en el estudio de las
rocas sedimentarias utilizando el principio básico de que las rocas
sedimentarias son buenas rocas huésped para albergar los fluidos mineralizan
tés que vienen de profundidades. Los prospectares de minerales se interesan
44
más en el aspecto, pero-mineralógico y estructural de las rocas dando menos
importancia a los aspectos y características sedimentarios. Muchas rocas
sedimentarias tienen todas las cualidades para alojar yacimientos
mineralógicos
b. Geología Local
El Grupo Chimú y Casma son yacimientos que corresponden a granitoides del
Batolito de la Costa así mismo se tienen las franjas metalogenéticas de
yacimientos de Cu-Fe-Au del Cretácico inferior a lo largo de la Zona Costera y
Constituye una franja estrecha que varía entre 40 y menos de 10 Kms. de
rocas volcano-sedimentarias de la cuenca de Nuevo Chimbote y granitoides del
batolito de la Costa. La Formación Chimú y Casma, que data del cretáceo
inferior, donde se encuentran derrames volcánicos de andesita y algunos
sedimentos intercalados.
La geología en la faja costanera en el inicio de las estribaciones de la Cordillera
Occidental de los Andes Peruanos cuyas elevaciones siguen un rumbo general
NE-SO a N-S sobre las unidades lito estratigráficas constituidas por rocas
cretáceas y cenozoicas ígneas intrusivas y volcánicas que forman los grupos
Goyllarisquizga, Casma y Calipuy y depósitos cuaternarios no consolidados.
La topografía presente en la zona de estudio, no presenta depresiones de gran
importancia y se puede observar las laderas de los cerros tienen en promedio
un talud de 40º a 45º y una altura promedio de los bancos y terrazas que
afloran en el tramo de la carretera panamericana de 15 a 50 m de altura,
Geológicamente el tramo de interés está conformado por las siguientes
unidades:
❖ Grupo Goyllarisquizga. - El grupo goyllarisquizga se halla ubicada en los
valles de los ríos Casma, Sechein y la localidad de Casma y está constituidas
por rocas clásticas y calcáreas representa las facies occidentales que
constituyen la fase inicial de sedimentación en el llamado Miogeosinclinal de la
cuenca occidental de los Andes Peruanos.
45
❖ Grupo Casma. - El grupo Casma está constituido por una serie de
formaciones cuyos materiales constitutivos son piroclastos y lavas, lavas en
almohadillas brechas y tobas siendo en esencia rocas de origen volcánico que
se han emplazado en forma de seudo estratos y diques en los alrededores de
la localidad de Casma, en la quebrada del río seco.
❖ Grupo Calipuy. - El grupo Calipuy está conformado por una serie de
afloramientos de lava y tobas aglomeradas que presentan una variación vertical
y no presentan depósitos sedimentarios, existiendo pequeños afloramientos
localizados, las lavas andesíticas varían a rocas dacíticas que presentan
texturas afaníticas, porfiríticas y vesiculares de color gris a púrpura.
❖ El Batolito de la Costa. - El Batolito de la Costa forma parte de los
platones circunpacíficos del Mesozoico superior al Paleógeno, este batolito se
encuentra florando paralelo a la costa peruana y paralelo a la Cordillera
Occidental de los Andes Peruanos y se presenta como un afloramiento desde
Trujillo en el Norte hasta Ocoña en el Sur, a lo largo de los 1,100 Km. aflora en
forma de cuerpos aislados irregulares. Pitcher W (1978) describe al Batolito de
la Costa como un conjunto estructuralmente compuesto por un variado número
de intrusiones individuales y duques asociados en complejos plutónicos.
4.2.4. Suelos
De acuerdo al Mapa General de Suelos del Perú elaborado por INRENA, y bajo
el sistema de clasificación Soil Taxonomy (USDA), y de la observación directa
de campo, la zona del proyecto se encuentra en una zona de transición entre
inceptisoles y entisoles.
a. Capacidad de Uso Mayor.
La capacidad de uso del suelo en el área de influencia directa del proyecto es
de Clase VIII, según la clasificación del Manual Nº 18 de Reconocimiento de
Suelos del USDA. Estos suelos no tienen valor agrícola, ganadero ni forestal,
debido a que carecen de materia orgánica y están constituidos casi
exclusivamente por piedras o cantos rodados, en algunas partes del suelo del
proyecto se presenta una vegetación rala.
46
b. Usos del Suelo
Siguiendo la clasificación de la Comisión sobre el Inventario Mundial de Usos
de la Tierra de la Unión Geográfica Internacional (UGI), el área en estudio tiene
la siguiente categoría:
4.2.5. Climatología y Meteorología
De acuerdo al Mapa Bioclimático del Perú la Provincia del Santa tendría un
bioclima templado con una amplitud térmica moderada, y soleado durante todo
el año. La temperatura media anual es de 18º C, la máxima se registra entre
los meses de enero a marzo con un valor de 25º C y la mínima oscila en los 17º
C durante los meses de mayo y junio.
a. Temperatura
Según reportes del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú
SENAMHI, el promedio mensual de la temperatura máxima registrado durante
los meses de junio a octubre es de 25ºCy el promedio de la temperatura
mínima es de 17 ºC. En la siguiente tabla se muestra datos promedios
mensuales, de temperatura durante los meses de junio a octubre
correspondiente al año 2017 tomadas en la zona del proyecto.
Tabla Nº 10
Temperaturas en el Proyecto
Fuente: propia
b. Humedad Relativa
Del mismo modo se realizaron las mediciones respecto a la humedad en la
zona del proyecto, ya que se encuentra en la región Costa donde las
humedades son relativamente abundante en epócas de invierno teniéndose
despejados en épocas de verano en la que las precipitaciones son escasas,
ecxcepto en invierno don relativamente se tienen las llovisnas, pero sin
embargo se han tenido los siguientes resultados.
AÑO - 2017
Mes Prom. T0
. Máx. Prom. T0
. Mín.
• Junio 19.60
15.40
• Julio 19.80
18.70
• Agosto 20.10
18.90
• Setiembre 23.40
19.10
• Octubre 25.60
20.10
PROMEDIO 21.70
18.40
47
Tabla Nº 11
Humedad Relativa en la Zona del Proyecto
Fuente Propia
c. Velocidad y Dirección del Viento
La información obtenida mediante las mediciones realizadas, se ha registrado
en una semana en el lugar del proyecto, en horas punta de mayor incidencia la
velocidad del viento de 49.86 km/h, siendo en la estación de primavera la
mayor incidencia de la velocidad de los vientos con dirección de Sur Este a Nor
Oeste.
Tabla Nº 12
Promedio Mensual de Velocidad y Dirección del Viento horas Punta
Fuente Propia
d. Precipitación
Las precipitaciones son escasas con característica del área en estudio
presenta un comportamiento de llovizna en el periodo (Abril – Noviembre).
4.2.6. Calidad del Aire, Ruido y Suelo.
a. Aire
En el área de influencia directa del Proyecto, las principales fuentes de emisión
de material particulado en suspensión son de origen natural y antropogénicas,
movilizadas por los vientos. Así mismo no se exceden la calidad de aire acorde
a los siguientes parámetros. Los Estándares Ambientales establecidos para la
Calidad de Aire, se tiene
Año - 2017
Mes H.R. %
• Junio 60.17
• Julio 54.84
• Agosto 40.09
• Setiembre 39.33
• Octubre 25.21
PROMEDIO 43.92
Año - 2017
Mes Velocidad Km/ h Dirección Azimut
• Junio 20.11 720
• Julio 24.84 750
• Agosto 27.09 700
• Setiembre 29.33 780
• Octubre 30.21 1020
PROMEDIO 26.32 80.20
48
❖ ECA para compuestos orgánicos volátiles (COV)
✓ Hidrocarburos Totales (HT) será 100ug/m3
✓ Material Particulado con diámetros menores de 2.5 micras (PM2.5) será 50
ug/m3
de 01 de enero 2010 y 25 ug/m3
✓ Hidrogeno sulfurado (H2S) 150 ug/m3
por 24 horas.
✓ ECA para Dióxido de Azufre (SO2) será 20 ug/m3
b. Ruido
Los ruidos en las áreas de los proyectos, no existen por la ubicación que se
encuentran, alejado de áreas sonoras y actividad humana ya que la ciudad de
Casma se encuentra alejado de las zonas de trabajo.
❖ Estándares de Calidad Ambiental de Ruido
El Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido,
D.S. 085-2003-PCM. Establece los estándares nacionales de calidad ambiental
para ruido y los lineamientos para no excederlos.
Tabla N0
13
Límite Permisible para Ruidos
LAeqT Nivel de Presión Sonora Continuo Equivalente expresado en Decibeles con
ponderación “A”
C Suelo.
Se tiene el siguiente parámetro de la calidad de suelo, en el que debe tenerse
presente en el proyecto.
El cual nos permitirá medir la vulnerabilidad que esta puede sufrir en el
momento de la ejecución del proyecto. Estándares de Calidad Ambiental (ECA)
para Suelo - Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM
ZONAS DE
APLICACIÓN
VALORES EXPRESADOS en LAeqT
Horario Diurno Horario Nocturno
Protección Especial (1) 50 40
Zona Residencial 60 50
Zona Comercial 70 60
Zona Industrial 80 70
49
Tabla N0
14
Estándares de Calidad Ambiental para suelo.
N° Parámetros
Usos del Suelo
Método de ensayoSuelo
Agrícola
Suelo
Parques
Suelo
Comercial
Orgánicos
1 Benceno (mg/kg MS) 0,03 0,03 0,03 EPA 8260-B EPA 8021-B
2 Tolueno (mg/kg MS) 0,37 0,37 0,37 EPA 8260-B EPA 8021-B
3 Etilbenceno (mg/kg MS) 0,082 0,082 0,082 EPA 8260-B EPA 8021-B
4 Xileno (mg/kg MS) 11 11 11 EPA 8260-B EPA 8021-B
5 Naftaleno (mg/kg MS) 0,1 0,6 22 EPA 8260-B
6 Fracción de hidrocarburos F1 (C5-C10)
(mg/kg MS)
200 200 500 EPA 8015-B
7 Fracción de hidrocarburos F2 (C10-C28)
(mg/kg MS)
1 200 1 200 5 000 EPA 8015-M
8 Fracción de hidrocarburos F3 (C28-C40)
(mg/kg MS)
3 000 3 000 6 000 EPA 8015-D
9 Benzo(a) pireno (mg/kg MS) 0,1 0,7 0,7 EPA 8270-D
10 Bifenilospoliclorados PCB (mg/kg MS) 0,5 1,3 33 EPA 8270-D
11 Aldrin (mg/kg MS) (1) 2 4 10 EPA 8270-D
12 Endrín (mg/kg MS) (1) 0,01 0,01 0,01 EPA 8270-D
13 DDT (mg/kg MS) (1) 0,7 0,7 12 EPA 8270-D
14 Heptacloro (mg/kg MS) (1) 0,01 0,01 0,01 EPA 8270-D
II Inorgánicos
15 Cianuro libre (mg/kg MS) 0,9 0,9 8 EPA 9013-A/APHA
16 Arsénico total (mg/kg MS) (2) 50 50 140 EPA 3050-B EPA 3051
17 Bario total (mg/kg MS) (2) 750 500 2 000 EPA 3050-B EPA 3051
18 Cadmio total(mg/kg MS) (2) 1,4 10 22 EPA 3050-B EPA 3051
19 Croma VI (mg/kg MS) 0,4 0,4 1,4 DIN 19734
20 Mercurio total (mg/kg MS) (2) 6,6 6,6 24 EPA 7471-B
21 Plomo total (mg/kg MS) (2) 70 140 1 200 EPA 3050-B EPA 3051
❖ Ley de Recursos Hídricos. Ley N°29338. (Reglamento D.S. 001-2010-
AG)
La Legislación de Recursos Hídricos establece la prohibición de verter o emitir
desechos de cualquier naturaleza en cuerpos de agua debido de causar daño
al normal desarrollo de la flora y la fauna, tales descargas pueden ser
permitidas solamente si:
• Son sujetas a tratamiento previo.
• Puede acreditarse que las condiciones del cuerpo receptor permitan los
procesos de depuración natural.
• Pueda probarse que su vertimiento no causará perjuicio a otros usos del
agua.
• Donde no exista electrolitos sueltos
• El PH debe estar entre los rangos de 6.5 a 7.5
50
❖ Reglamento de Ley General de Residuos Sólidos. D.S N° 057 2004
PCM
Establece que el almacenamiento, tratamiento y disposición final de los
residuos generados por la actividad minera, deben estar de acuerdo a la
normatividad y especificaciones técnicas que propone la autoridad del sector,
cuando las actividades mineras no metálicas son realizados al interior de las
áreas de la cesión minera y que queda prohibida la alimentación de animales
con residuos orgánicos que no hayan recibido previamente el tratamiento
establecido en las normas vigentes.
❖ Reglamento de la Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña
Minería y la Minería Artesanal (D.S. N° 013. 2002-EM)
La presente Ley regula los requisitos, límites y procedimientos para acreditar y
renovar la acreditación de la condición de Pequeño Productor Minero y
Productor Minero Artesanal.
❖ Ley 28090 Ley que Regula el Cierre de Minas/Canteras (13 de octubre
del 2003)
La presente Ley regular las obligaciones y procedimientos que deben cumplir
los titulares de la actividad minera para la elaboración, presentación e
implementación del Plan de Cierre de Minas y la constitución de las garantías
ambientales correspondientes.
❖ Ley N°28721: Ley que Regula los Pasivos Ambientales de la Actividad
Minera/ Canteras (06 de Julio del 2004)
La presente Ley tiene por objetivo regular el proceso de los pasivos
ambientales de la actividad minera, la responsabilidad y el financiamiento para
la remediación de las áreas afectadas y a su reducción y/o eliminación, con la
finalidad de mitigar sus impactos negativos a la salud de la población, al
ecosistema circundante y la propiedad
4.2.7. Recurso Hídrico
En las áreas de estudio no existen ojos de agua a bajo caudal, por lo que existe
la posibilidad de evacuar agua de mar por ósmosis inversa se puede usar para
regadío de las canteras, en la que se disminuye el grado de salinidad.
Debiendo traerse agua potable desde la Ciudad de Nuevo Chimbote en
bidones rotulados para el consumo humano.
51
4.2.8. Riesgos Naturales
La Región, pertenece a una zona de gran actividad sísmica, el marco tectónico
regional a mayor escala está gobernado por la interacción de la placa
Sudamericana, que acontecen en un plano de subducción en el subsuelo del
océano Pacífico de la costa del Perú. La historia sísmica de la región indica
que se sitúa en el cinturón de fuego del Pacifico, una zona de alta actividad
sísmica, habiéndose registrado una serie de eventos de gran intensidad que
han afectado considerablemente la región La zonificación propuesta por la
Nueva Norma de Diseño Sismorresistente E.030 se basa en la distribución
espacial de la sismicidad observada y las características generales de estos
movimientos sísmicos. Según el mapa de regionalización sismo tectónica, el
área en estudio se localiza en la Zona 3, que corresponde a una zona de
sismicidad alta, la cual registra una posible intensidad de VIII grados en la
escala de Mercalli.
4.3. MEDIO BIOLÓGICO
4.3.1. Ecosistemas y/o Zonas de Vidas
En las áreas de estudio no se ha identificado zonas silvestres y de fauna
escaza propia de zonas que prevalecen en islas de mar, especialmente de
alcatraces que generan la producción de guano, y de una fauna de reptiles y
pájaros en escaza abundancia en las áreas de los proyectos. Hay que tener en
cuenta que los yacimientos de agregados se encuentran en cejas de mar
4.3.2. Flora
Para el levantamiento de información de la flora y vegetación se realizaron
visitas al terreno, realizándose el recorrido completo del área en estudio
obteniéndose como resultado la ausencia de especies de flora.
4.3.3. Fauna
Ya que los yacimientos se encuentran alejados del mar y de las poblaciones se
describen algunos que se pudieron visualizar y circundantes a los proyectos de
las concesiones Chinecas 1 y Chinecas 2 que pertenecen a la U.E.A.
Chinecas, que se ubican cerca de ellos, tales como:
52
• Aves: guanay (Phalacrocorax bougainvilii), piquero (Sula variegata),
pelícano (Pelecanus thagus), pingüino (Spheniscus humboldti), gaviotas
(Larus spp).
• Peces: Más de 300 especies destacando la anchoveta (Engraulis
ringens), atún (Thunnus alalunga), bonito (Sarda sarda).
4.4. MEDIO SOCIOECONÓMICO
4.4.1. Población y Demografía
Según información recopilada del INEI (Censo Nacional 2011), la población
circundante a los proyectos, que es la Ciudad de Nuevo Chimbote es del orden
de 371.012 habitantes conformando el 0,15 por ciento de la población total del
país, con una tasa de crecimiento promedio anual de 1,7 %.
4.4.2. Educación y Alfabetismo
En la actualidad la ciudad de Nuevo Chimbote gran parte de la población
tienen asistencia al sistema educativo Universitario. Básico, Cuentan con
Centros Educativos de Inicial, Primaria y Secundaria
4.4.3. Infraestructura social y física
De acuerdo al Compendio Estadístico, en la Ciudad de Nuevo Chimbote las
viviendas están construidas con material noble y de adobe de uno a dos niveles
en su mayoría, como de menor cuantía de material noble, es decir techo de
concreto armado, paredes de ladrillo o bloque de cemento. En cuanto al tipo
de vivienda predominante es de carácter independiente. Cabe destacar que en
las áreas de los proyectos no existen poblaciones aledañas.
4.4.4. Salud Pública
El sistema de salud, la Ciudad de Nuevo Chimbote con hospital Regional
Eleazar Guzmán Barrón del MINSA como del Seguro Social de Nivel
pertenecientes al litoral del Pacífico. Del mismo se debe tener presente que
para la atención médica deberá llevarse al personal en los referidos
nosocomios en casos de atención de salud, a unos 20 minutos de los
proyectos.
53
Tabla N0
15
Parámetros Límites
PARÁMETROS PARA DE AGUA
PARÁMETROS UNIDAD VALOR
Fisicoquímicos
Bicarbonatos mg/L 370
Calcio mg/L 200
Carbonatos mg/L 5
Cloruros mg/L 100-700
Conductividad (uS/cm) <2000
Demanda Bioquímica de Oxígeno mg/L 15
Demanda Química de Oxígeno mg/L 40
Fluoruros mg/L 1
Fosfatos – P mg/L 1
Nitratos (NO3-N) mg/L 10
Nitritos (NO2-N) mg/L 0,06
Oxígeno Disuelto mg/L >=4
PH Unidad de pH 6,5-8,5
Sodio mg/L 200
Sulfatos mg/L 300
Sulfuros mg/L 0,05
Inorgánicos
Aluminio mg/L 5
Arsénico mg/L 0,05
Bario total mg/L 0,7
Boro mg/L 0,5-6
Cadmio mg/L 0,005
Cianuro Wad mg/L 0,1
Cobalto mg/L 0,05
Cobre mg/L 0,2
Cromo (6+) mg/L 0,1
Hierro mg/L 1
Litio mg/L 2,5
Magnesio mg/L 150
Manganeso mg/L 0,2
Mercurio mg/L 0,001
Níquel mg/L 0,2
Plata mg/L 0,05
Plomo mg/L 0,05
Selenio mg/L 0,05
Zinc mg/L 2
Orgánicos
Aceites y Grasas mg/L 1
Fenoles mg/L 0,001
S.A.A.M. (detergentes) mg/L 1
54
CAPÍTULO 5
IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE
IMPACTOS AMBIENTALES
En el presente capítulo se identifican, describen, evalúan y jerarquizan los
impactos ambientales para cada una de las etapas del Proyecto: construcción,
operación y cierre. Para realizar el análisis de los impactos ambientales
potenciales, se identificaron las actividades ligadas a la implementación de los
proyectos en cada una de sus tres etapas (construcción, operación y cierre).
Luego se definieron los componentes ambientales que se verían
potencialmente afectados por estas actividades en los distintos medios,
identificando los posibles impactos, con el fin de analizarlos y considerar su
relación con las actividades que lo generan.
5.1. METODOLOGÍA PARA LA IDENTIFICACIÓN, PREDICCIÓN Y
VALORIZACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES
Este capítulo identifica, predice y valoriza los impactos ambientales y sociales
que se presentarán durante la puesta en marcha de los Proyectos de
explotación para extraer agregados que serán utilizados en la construcción y
otros afines. Para el análisis ambiental se ha confeccionado una lista de
verificación identificando las principales acciones que comprende las etapas de
construcción, operación y cierre; a partir de las cuales se definieron los
aspectos e impactos ambientales de los proyectos determinando su influencia
sobre los elementos del medio físico, biológico, socioeconómico y de interés
humano.
5.1.1. Matriz de Identificación de Impactos
Esta matriz presenta la relación directa entre las actividades de los proyectos
que generan un impacto en cualquiera de las etapas y los componentes
ambientales definidos en el capítulo de Línea Base, afectos a dichos impactos.
• Resultados de Calidad de Aire
Se realizó el correspondiente muestreo, para verificar el estado de la calidad
del aire antes de la etapa de inicio de las actividades de los proyectos, en
donde se pueden apreciar que los parámetros analizados que deben
enmarcarse De acuerdo a normas
55
Tabla N0
16
Niveles de Calidad de Aire
• Monitoreo de Ruidos
En el cuadro siguiente se da los niveles de ruido, las cuales no sobre pasen los
estándares de Calidad Ambiental.
Tabla N0
17
Niveles de Calidad de Ruido
Tabla N0
18
Resultados de Niveles de Ruido
Calidad Ambiental para Ruido Sustentado en DS N. º 085 – 2003 – PCM:
5.1.2. Matriz de Predicción y Valorización de Impactos
La matriz de predicción y valorización de impactos, corresponde a una matriz
de doble entrada, construida sobre la base de la aplicación de un modelo
predictivo de “Evaluación Multicriterio”, en donde se valoriza cualitativa y
cuantitativamente los impactos utilizando 5 criterios definidos de acuerdo a la
significancia de éstos. Para la elaboración de la matriz fue necesario identificar
los siguientes aspectos:
Identificación de actividades posibles de generar impacto.
Identificación de los impactos asociados a los componentes ambientales.
Aplicación de Metodología de Evaluación Multicriterio.
PARÁMETROS UNIDAD
ESTACIÓN ECA
PMA-01 PMA-02 VALOR
PM 10 (g) 0.0021 0.001 150
CO (ug/muestra) 2183 1760 20000
H2S (ug/muestra) <0.670 <0.671 150
PLOMO (ug/muestra) 0.05< 0.09< 0.5
Zonas de Aplicación Valores Expresados en dB
Diurno Nocturno
Zona de Protección Especial 50 40
Zona Residencia 60 50
Zona Comercial 70 60
Zona Industrial 80 70
Estación Niveles de Presión Sonora dB(A) Laeq T
PMR-01 20.31
PMR-02 24.27
ECA 44.58
56
5.2. IDENTIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES GENERADORAS DE
IMPACTO AMBIENTAL
De acuerdo al análisis realizado sobre la base de la Descripción del Proyecto
(Capitulo 3) y de la Línea Base (Capitulo 4), se relevaron las principales
acciones del Proyecto susceptibles de causar impactos sobre los diversos
componentes del Medio Físico, Medio Biótico, Medio Socioeconómico, durante
las etapas de construcción, operación y abandono. Las actividades de interés
del proyecto se presentan de manera sintética en la tabla, estas se definen de
acuerdo a las demandas en infraestructura, servicios, insumos y materiales del
Proyecto.
Tabla N° 19
Definición de las actividades del proyecto por etapas
Etapa Actividad Descripción
Construcción
Camino de acceso
Se refiere a mejorar el camino existente como
los asociados al área de extracción a través de
su estabilización y compactación
Instalaciones
temporales
Se refiere a la habilitación de instalaciones
simples que permitan la adecuada operación
de la cantera, incluye la construcción de letrina,
instalación de planta de clasificación,
construcción de caseta de guardianía y
construcción de casa fuerza
Operación
Preparación de la
cantera
(desbroce)
Se refiere al retiro de todo el material superficial
no apto para el proceso productivo, se
removerá la sobrecarga blanda de un espesor
de 0,1 a 0,15 m con la utilización de
herramientas manuales
Extracción y
Carguío
La extracción de Cal se realizará con
herramientas manuales, el cual se depositará el
material en la tolva de los carros y
acondicionará a un costado de la cancha
Transporte
Se refiere al transporte del material clasificado
que será transportado por medio de volquetes
de 5 cubos.
Cierre
Desmantelamiento
de instalaciones
Se refiere al retiro de toda la infraestructura e
instalaciones de la cantera.
Restauración del
terreno
Se refiere a la habilitación y restauración del
terreno. Recuperando el relieve en lo posible.
Fuente: Elaboración propia
57
5.3. IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES
Sobre la base de la intersección entre las actividades y los elementos
ambientales antes descritos, se genera la identificación de los impactos
ambientales de los proyectos. Al respecto, de acuerdo al análisis a priori
realizado sobre del cruce de variables entre la Descripción del Proyecto y de la
Línea Base, se presenta en el siguiente cuadro una síntesis de los impactos
identificados para las distintas etapas del proyecto. (Ver Tabla Nº 21)
Tabla N° 20
Síntesis de los Potenciales Impactos con Relación al Medio y Etapa del
Proyecto
Fuente: Elaboración propia
Los antecedentes señalados en el cuadro anterior permitieron confeccionar una
matriz de identificación de impactos compuesta por dos aspectos: actividades
de los proyectos y potenciales impactos. Las actividades contempladas por los
proyectos corresponden a las identificadas en la tabla N°19, estas fueron
relevadas de acuerdo al contexto espacial y temporal de ejecución. Finalmente,
el cruce de variables se desarrolla en interacción con el establecimiento de los
potenciales impactos generados sobre los distintos componentes ambientales
señalados en la tabla N°20.
El resultado de la matriz de identificación de impactos se expresa a través de la
identificación del origen del impacto, es decir de la interacción entre la actividad
y el impacto potencial. Esta identificación de impactos, se realiza bajo los
Medio Componente
Ambiental
Potenciales Impactos
Físico
Geomorfología y relieve Modificación del relieve
Suelo Riesgo de contaminación
Ruido
Aumento en los niveles de ruido en
los receptores cercanos al proyecto
Calidad de Aire
Alteración de la calidad de aire por
emisión de material particulado
Alteración de la calidad de aire por
emisión de gases
Biótico
Fauna
Modificación de hábitat por ruido de
maquinaria y obras de explotación.
Paisaje
Alteración de la Calidad Visual del
Paisaje
Mejoramiento de la Calidad Visual
Socio
Económico
Economía Generación de empleo
Población Riesgo de accidentes
58
siguientes parámetros:
Impacto Negativo (-) Impacto Positivo (+)
Impacto Directo (D) Impacto Indirecto (I)
Respecto a lo anterior, se elaborarán matrices para cada etapa del proyecto,
en donde se identifican los impactos en cada una de las tres etapas del
proyecto: construcción, operación y abandono.
Tabla N° 21
Matriz de Identificación de Impactos Ambientales y Sociales
Medio
Componente
ambiental
Atributo
INICIO OPERACIÓN CIERRE
Instalacióndefaenas
Habilitacióndevíasde
acceso
Desbroce
Extracción
Clasificación
CarguíoyTransporte
Retirode
instalaciones
Restauracióndel
terreno
Físico
Geomorfología
y relieve
Modificación del
relieve
-D -D -D -D - I
Suelo
Riesgo de
Contaminación
-D -I -I
Ruido
Aumento del nivel
de ruido
-D -D -D -D -D -D
Calidad de Aire Alteración calidad
de aire por emisión
de PM 10
-D -D -D -D -D -D -D
Alteración de
calidad de aire por
emisión de gases
-D -D -D -D -D -D
Biótico
Fauna
Modificación del
hábitat
-D -D -D
Paisaje
Alteración de la
Calidad Paisajística
-D -D -D
Socio
Económico
Población
Riesgo de
accidentes
-I -I -I -I -I -I -I -I
Economía
Generación de
empleo
+D +D +D +D +D +D +D +D
Fuente: Elaboración propia
De la matriz se desprende que, del total de impactos identificados, la mayor
cantidad de ellos (25) se generarán en la etapa de operación, en la etapa de
construcción se generarán 16 impactos y en la etapa de cierre se generarán 8
impactos. Los impactos sobre la calidad de aire son los que se generarán con
mayor frecuencia tanto en la etapa de construcción como en la de operación.
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  • 1. 1
  • 2. 2 UNIDAD ECONÓMICA ADMINISTRATIVA CHINECAS MINERAS NO METÁLICAS CONCESIONES CHINECAS 1 Y CHINECAS 2 DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL D.I.A. TITULAR GLUBER ROQUE CHAVEZ RUPAY UBICACIÓN: • DISTRITO: Nuevo Chimbote • PROVINCIA: Santa • CONCESIÓN: Chineca 1 – Chinecas 2 • CÓDIGO: 01009710 - 01009740 2017
  • 3. 3 CONTENIDO • Introducción 1. Capítulo 1: Marco de Estudio 2. Capítulo 2: Marco Legal 3. Capítulo 3: Descripción del Proyecto 4. Capítulo 4: Estudio Ambiental y Social 5. Capítulo 5: Consideraciones Ambientales 6. Capítulo 6: Control de Operaciones Mineras 7. Capítulo 7: Consideraciones Geológicas 8. Capítulo 8: Plan de Contingencia 9. Capítulo 9: Plan de Cierre
  • 4. 4 INTRODUCCIÓN Teniendo como base legal, el Decreto Supremo N°013-2002-EM del Ministerio de Energía y Minas, que aprueba el Reglamento de la Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal, para la adecuada formalización, promoción y desarrollo de las actividades mineras de los pequeños productores mineros y productores mineros artesanales. El presente Reglamento regula los requisitos, límites y procedimientos para acreditar y renovar la acreditación de la condición de Pequeño Productor Minero y Productor Minero Artesanal como la caducidad de tal condición; regula los acuerdos o contratos de explotación y derecho de preferencia para la formulación de petitorios mineros; regula las medidas excepcionales sobre medio ambiente; establece las medidas de apoyo especial a la Minería Artesanal; y señala los procedimientos de fiscalización de las actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal. El presente proyecto es evaluado con la presente Declaración de Impacto Ambiental (DIA), de la Unidad Económica Administrativa Económica U.E.A. Chinecas que tiene como concesiones: Chinecas 1 y Chinecas 2 ubicados en el Distrito de Nuevo Chimbote en la Provincia del Santa, que pertenece a Gluber Roque Chávez Rupay con DNI N0 32847029 (en adelante el Titular). Con el presente Proyecto, el titular requiere contar con la Resolución de Certificación Ambiental para legalizar las actividades de extracción de la sustancia no metálica de agregados, que es usado en las actividades de la construcción, en la presente Declaración de Impacto Ambiental, todos los antecedentes técnicos y legales definen el alcance de esta actividad. Se ha realizado la evaluación de impactos ambientales donde se concluye que la explotación de agregados de las concesiones minera no metálica ““Chinecas 1 y Chinecas 2”, no tiene efectos negativos significativos en el ecosistema del entorno (calidad de aire, suelos, agua, flora y fauna); así mismo, la explotación de agregados tiene repercusiones positivas y favorables por la generación de empleos y el desarrollo económico de su entorno, especialmente del distrito de Nuevo Chimbote de la Provincia del Santa y Ciudades cercanas a ella, como Casma, Huarmey y Chimbote.
  • 5. 5 CAPÍTULO 1 MARCO DE ESTUDIO 1.1. ANTECEDENTES GENERALES En la Declaración de Impacto Ambiental se planifica para realizar un trabajo racional de la explotación de las canteras de agregados de las concesiones Chinecas 1 y Chinecas 2 considerando los procesos racionales y técnicos para su comercialización, que nos permita la producción con valor agregado, por parte del titular de la Unidad Económica Administrativa U.E.A. Chinecas de las concesiones Chinecas 1 y Chinecas 2 que pondrá en el mercado Regional este producto que satisfaga la demanda. La Declaración de Impacto Ambiental ha sido elaborada conforme a los requerimientos del Ministerio de Energía y Minas, teniendo en cuenta las leyes y el Reglamento de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (Decretos Supremos Nº 013-2002-EM; 005 – 2016 – EM; 018 – 2017 - EEM), Guía de Manejo Ambiental para Minería No Metálica y la Guía Ambiental del Ministerio de Energía y Minas para la Elaboración de Declaraciones de Impacto Ambiental. En el presente estudio se indican los datos del titular y de los proyectos ““Chinecas 1 y Chinecas 2” constituidos por datos o fuentes básicas de información, antecedentes de conocimiento público y de fácil acceso Datos del Titular y del Proyecto Del Titular • Titular Gluber Roque Chávez Rupay • D.N.I. 32847029 • R.U.C. 10325470298 • Domicilio Legal Jr: Leoncio Prado 2249 P.J. Miraflores Zona 3 Del Proyecto • Proyecto “Chinecas 1 y Chinecas 2” • Resolución 03437-2005-INACC/J • Código 01009710 - 01009740 Fuente: Elaboración propia
  • 6. 6 1.2. OBJETIVOS DEL PROYECTO 1.2.1. Objetivo General El objetivo del presente estudio, es dar cumplimiento a la Ley Nº 27651 y su Reglamento D.S Nº 013-2002-EM, por medio de una “Declaración de Impacto Ambiental” (DIA) para el proyecto ““Chinecas 1 y Chinecas 2”, a favor del Señor Gluber Roque Chávez Rupay con D.N.I. N0 32847029, para ser entregado a la Dirección Regional de Energía y Minas, de la Región Ancash, para su conocimiento y evaluación correspondiente. 1.2.2. Objetivos Específicos a) Cumplir con la normatividad ambiental correspondiente y obtener la certificación ambiental para iniciar la extracción de agregados en el Distrito Nuevo Chimbote de la Provincia del Santa, donde se ubican los Proyectos Chinecas 1 y Chinecas 2, para ser utilizados en la minería no metálica de agregados para la construcción. b) Identificar y evaluar los componentes físicos, biológicos y socioeconómicos del área de influencia del proyecto. c) Identificar y evaluar los impactos ambientales que pudieran generarse durante las diferentes etapas para el establecimiento de los proyectos. d) Identificar y evaluar los impactos ambientales que pudieran generarse durante las diferentes etapas para el establecimiento de los proyectos. Figura N0 1
  • 7. 7 CAPÍTULO 2 MARCO LEGAL 2.1. ANTECEDENTES LEGALES Los Proyectos “Chinecas 1 y Chinecas 2”, se enmarca dentro de las actividades de la minería Artesanal y como tal se rige principalmente por la Ley Nº 27651 y su respectivo reglamento Decreto Supremo Nº 013-2002-EM, que define la condición de minero artesanal, y entre otras disposiciones establece que la autoridad competente en asuntos ambientales del sector Energía y Minas es el Ministerio de Energía y Minas a través de las Direcciones Regionales de Energía y Minas ante las cuales los mineros artesanales deberán presentar Declaraciones de Impacto Ambiental para los Proyectos. De acuerdo a la legislación vigente del Perú, a continuación, se hace una breve descripción de las principales normas de carácter general y específico al proyecto, cuyo objetivo principal es lograr el ordenamiento de las actividades económicas dentro del marco de la conservación ambiental y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. 1) Los principios generales de protección del medio ambiente en el Perú están incorporados en la Constitución Política del Perú, que es la norma legal de mayor jerarquía. El inciso 22 del artículo 22, Título I, Capítulo 1, establece que “toda persona tiene derecho a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida”. 2) Ley de Formalización y Promoción de la Minería Artesanal – Ley Nº 27651 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 013-2002-EM. En el artículo 15° de la mencionada Ley se indica que para el inicio o reinicio de actividades los mineros artesanales presentarán una Declaración de Impacto Ambiental o un Estudio de Impacto Ambiental Semi detallado, según sea el caso. En el titulo VI del Reglamento de la Ley se describe todo lo relacionado al Medio Ambiente en la Pequeña Minería y Minería Artesanal 3) Ley General del Ambiente – Ley Nº 28611, señala que toda persona tiene el derecho irrenunciable a gozar de un ambiente saludable, ecológicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida, y, asimismo, a la
  • 8. 8 preservación del paisaje y la naturaleza. Todos tienen el deber de conservar dicho ambiente. Establece también, que el Estado promueve el equilibrio dinámico entre el desarrollo socioeconómico, la conservación y el uso sostenido del ambiente y los recursos naturales. 4) Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA) - Ley Nº 27446. Establece que el SEIA es un sistema único y coordinado de identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas por medio del proyecto de inversión. La Ley del SEIA incorpora la obligación de todo proyecto de inversión pública y/o privada que implique actividades, construcciones u obras que puedan causar impactos ambientales negativos de contar con una certificación ambiental, previa a su ejecución. La certificación ambiental es la resolución que emite la autoridad competente aprobando. Esta Ley propone las siguientes categorías de acuerdo al riesgo ambiental: Categoría I – Declaración de Impacto Ambiental, Categoría II – Estudio de Impacto Ambiental Semi detallado, Categoría III – Estudio de Impacto Ambiental Detallado. 5) Ley del Sistema General de Gestión Ambiental - Ley Nº 28245, tiene por objeto asegurar el eficaz cumplimiento de los objetivos ambientales de las entidades públicas; fortaleciendo los mecanismos de transectorialidad en la gestión ambiental, el rol que le corresponde al Ministerio del Ambiente y a las entidades sectoriales, regionales y locales en el ejercicio de sus atribuciones ambientales. 6) Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada - Decreto Legislativo Nº 757, establece las competencias sectoriales de los Ministerios para tratar los asuntos ambientales, señalados en el Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales. 7) Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, esta Ley norma la organización, autonomía, competencia, funciones y recursos de los gobiernos regionales. Define la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización. 8) El instrumento de gestión vigente para proteger los suelos de uso agrario y forestal es el Reglamento de Clasificación de Tierras – Decreto Supremo
  • 9. 9 Nº 062-75-AG. Este consiste en un sistema interpretativo para clasificar las tierras según su capacidad de uso mayor o utilización óptima permisible que corresponda a sus características ecológicas intrínsecas 9) Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2003-EM, las direcciones relacionadas con la explotación de canteras son la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros (DGAAM) y la Dirección General de Minería (DGM). 10) Ley de Evaluación de Impacto Ambiental para Obras y Actividades, promulgada por Ley Nº 26786, establece que los Ministerios deberán comunicar al Consejo Nacional del Ambiente CONAM las regulaciones que cada sector desarrolle al respecto. Las actividades de explotación minera no metálica de las canteras no requieren una coordinación directa con el CONAM. El MEM, en su calidad de autoridad competente a nivel sectorial en materia ambiental podrá elevar al CONAM la Información respectiva sobre las actividades relacionadas con la explotación de canteras si el caso lo requiere. 11) Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación - Ley Nº. 28296, reconoce como bien cultural los sitios arqueológicos. El Instituto Nacional de Cultura - INC, es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de la Cultura, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía técnica, administrativa, económica y financiera. El INC es responsable de ejecutar la política del Estado en materia cultural. Entre sus funciones se encuentra el formular y ejecutar las políticas y estrategias del Estado en materia de desarrollo cultural, defensa, conservación, difusión e investigación del Patrimonio Cultural de la Nación. 12) Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, dispone que ningún vertimiento de residuos sólidos, líquidos o gaseosos podrá ser efectuado en las aguas marítimas o terrestres del país sin la previa aprobación de la autoridad sanitaria. 13) Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad de Aire – Decreto Supremo Nº 074- 2001-PCM, establece los valores correspondientes para los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental de Aire.
  • 10. 10 14) Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido – Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM. Sin embargo, dado que esta norma no considera una categoría rural, no será aplicable para el presente estudio. 15) Ley Orgánica sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica - Ley 26839. 16) Ley General de Residuos Sólidos – Ley Nº 27314 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 0572004-PCM. Estas normas legales regulan la gestión y manejo de los residuos sólidos; siendo de cumplimiento obligatorio para toda persona natural o jurídica, pública o privada dentro del territorio nacional. 17) Especies amenazadas de fauna silvestre que se encuentre dentro del Decreto Supremo N° 034 - 2004 -AG y la Resolución Ministerial N° 01710- 77-AG/DGFF. 18) Decreto Supremo Nº043-2006-AG (categorización del INRENA). Que establece concerniente a la reserva natural, como de la Sernanp 19) D.L. Nº 1105 (Establece las disposiciones para el proceso de formalización de las actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal). 20) D.L. 1107 (Establece medidas de control y fiscalización en la distribución, transporte y comercialización de maquinarias y equipos que puedan ser utilizados en la minería ilegal, así como del producto minero obtenido en dicha actividad). 21) D.L. 1107 (Establece medidas de control y fiscalización en la distribución, transporte y comercialización de maquinarias y equipos que puedan ser utilizados en la minería ilegal, así como del producto minero obtenido en dicha actividad). 22) Ley Nº 28090 (Ley que regula el Cierre de Minas), y su Reglamento para el Cierre de Minas (D.S. Nº 033-2005-EM). 23) Ley Nº 28234 (Ley que modifica la primera disposición complementaria de la Ley Nº 28090), que establece que el plazo de presentación del Plan de Cierre, dentro del plazo máximo de un año, a partir de la vigencia de esta Ley. 24) R.M. Nº 011-96-EM (Aprueban los niveles máximos permisibles para efluentes líquidos minero - metalúrgicos).
  • 11. 11 2.2. PERMISOS Y AUTORIZACIONES EN EL MARCO NORMATIVO El Titular de los Proyectos, de Explotación Minera No Metálico de agregados “Chinecas 1 y Chinecas 2” donde se ubican los Yacimientos, se encuentran emplazados sobre la formación geológica de la costa y de formación chimú, de origen sedimentario. Donde el titular ha gestionado los siguientes permisos y autorizaciones ante las autoridades respectivas. En base a las siguientes normas. • Constitución de la Empresa. • Vigencia de Poderes. • Título de Concesión Minera. • Constancia de Productor Minero Artesanal • Constancia de Inexistencia de Restos Arqueológico (CIRA). • Terreno Superficial. Y en base a la Legislación aplicable. ❖ Ley General del Ambiente (Ley N° 28611) Esta Ley, promulgada el 13 de octubre del 2005, es la norma ordenadora del marco normativo legal para la gestión ambiental en el Perú. ❖ Aprueban el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire. D.S 074-2001 ❖ Mediante D.S. N° 002-2008-MINAM de fecha 31 de julio del 2008, se aprueba los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua. ❖ Ley. N0 27444 Ley General de Administrativa Pública, que norma el procedimiento administrativo del sector público los procedimientos formales. ❖ Decreto Supremo N° 014-92-EM, Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería. Norma las actividades mineras para ser autorizadas. ❖ Ley N0 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales sobre transferencia de Funciones Específicas del sector minero, energía e hidrocarburos.
  • 12. 12 ❖ Ley N0 25707. Reglamento de Seguridad e Higiene Minera, que permite reducir los accidentes que se puedan producir por la actividad. ❖ Decreto Supremo N. º 046-2012-EM que menciona las oportunidades de la formalización minera artesanal. ❖ Decreto Legislativo N. º 1105. ❖ Decreto Supremo N0 005 – 2016 EM. 2.3. PROPIEDAD DE TERRENO SUPERFICIAL Las concesiones otorgadas a los Proyectos “Chinecas 1 y Chinecas 2”, se cuenta con las autorizaciones de bienes del estado, por ser terrenos ereaceo por lo que no se presentaron ningún impedimento legal de acuerdo a los Derechos del Concesionario Artículo 37º TUO de la Legislación General de Minería, en la que se establece: Aun máxime la concesión ha sido adquirida mediante la adquisición de las acciones en su totalidad como lo señala la partida registral ante la SUNARP, así mismo se tiene expedito el uso del terreno superficial. 2.4. PROTECCIÓN DE RECUERSO ARQUEOLÓGICO La Legislación Peruana sobre Patrimonio Arqueológico establece las normas tendientes a la regulación del patrimonio arqueológico para protegerlo respecto del impacto de ciertas actividades económicas y sociales. Dado su carácter sistémico y transversal, el patrimonio arqueológico cruza los diversos sectores de la actividad humana. Dentro de estas normas tenemos: ▪ Decreto supremo Nº 008-98-AG. Procedimientos de transferencias de terrenos eriazos en casos de superposición con zonas arqueológicas. ▪ Ley Nº 24792 que modifica Ley de bases de la regionalización. ▪ Ley Nº 25323. Ley de creación del sistema nacional de archivos. ▪ Ley Nº 26576. Que modifica la ley Nº 24047 en cuanto al inciso 2) del Art. 4; Art. 14 y se añade un Art. Incluye a los restos paleontológicos dentro de los bienes culturales muebles y expresa la prohibición de trasladar o transferir la propiedad de partes de un todo declarado como bien cultural. ▪ Ley General del Ambiente, Nº 28611. ▪ Ley de Áreas Naturales Protegidas Nº 26834.
  • 13. 13 ▪ Ley General de Turismo Nº 29408. ▪ Ley General de Minería, el decreto legislativo Nº 143. ▪ Ley Orgánica del Ministerio de Vivienda y Construcción, el Decreto Supremo Nº 025-99-MTC que Aprueba el Reglamento de la ley de acceso al crédito para la formalización de la propiedad (Art. 2). ▪ Reglamento Nacional de Construcciones (título IV – Patrimonio Arquitectónico). No habiendo restos arqueológicos en las áreas de los Proyectos, la actividad minera de no metálicos de agregados, se da por consentida de acuerdo a Ley. 2.5. PROFESIONALES QUE PARTICIPAN EN EL PRESENTE ESTUDIO La declaración de impacto ambiental es el documento descriptivo de una actividad o proyecto que se pretende realizar, o de las modificaciones que se le introducirán, otorgado bajo juramento por el respectivo titular, cuyo contenido permite al organismo competente evaluar si su impacto ambiental se ajusta a las normas ambientales vigentes La declaración de impacto ambiental se enmarca dentro del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que es un instrumento de gestión destinado a prevenir el deterioro ambiental debido a la ejecución de los proyectos de inversión. Todo proyecto o actividad susceptible de causar impacto ambiental, incluidas sus modificaciones, sólo se puede ejecutar o modificar previa evaluación de su impacto ambiental, mediante la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA). Sometidos los proyectos a la actividad que permitan acreditar el cumplimiento de la normativa y obtener las autorizaciones ambientales respectivas. Para tal planteamiento participan profesionales titulados tanto de ingeniería de Medio Ambiente como de minas que tienen el diseño de explotación mediante el Plan de minado del proyecto “Chinecas 1 y Chinecas 2” en el Distrito de Nuevo Chimbote en la Provincia del Santa.
  • 14. 14 2.6. LEGISLACIÓN APLICABLE 2.6.1. NORMA JERÁRQUICA NACIONAL ❖ Ley General del Ambiente (Ley N° 28611) Esta Ley, promulgada el 13 de octubre del 2005, es la norma ordenadora del marco normativo legal para la gestión ambiental en el Perú. ❖ Aprueban el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire. D.S 074-2001 ❖ Mediante D.S. N° 002-2008-MINAM de fecha 31 de julio del 2008, se aprueba los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua. ❖ Ley. N0 27444 Ley General de Administrativa Pública, que norma el procedimiento administrativo del sector público los procedimientos formales. ❖ Decreto Supremo N° 014-92-EM, Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería. Norma las actividades mineras para ser autorizadas. ❖ Ley N0 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales sobre transferencia de Funciones Específicas del sector minero, energía e hidrocarburos. ❖ Ley N0 25707. Reglamento de Seguridad e Higiene Minera, que permite reducir los accidentes que se puedan producir por la actividad. ❖ Decreto Supremo N. º 046-2012-EM que menciona las oportunidades de la formalización minera artesanal. ❖ Decreto Legislativo N. º 1105. ❖ Decreto Supremo N0 005 – 2016 EM. 2.7. NORMAS RELACIONADAS CON LA PRESERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE • Ley General del Ambiente (Ley N° 28611) Esta Ley, promulgada el 13 de octubre del 2005, es la norma ordenadora del marco normativo legal para la gestión ambiental en el Perú. En la que establece: TÍTULO PRELIMINAR DERECHOS Y PRINCIPIOS Artículo I.- Del derecho y deber fundamental Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el
  • 15. 15 ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país. Artículo II.- Del derecho de acceso a la información Toda persona tiene el derecho a acceder adecuada y oportunamente a la información pública sobre las políticas, normas, medidas, obras y actividades que pudieran afectar, directa o indirectamente, el ambiente, sin necesidad de invocar justificación o interés que motive tal requerimiento. Toda persona está obligada a proporcionar adecuada y oportunamente a las autoridades la información que éstas requieran para una efectiva gestión ambiental, conforme a Ley. Artículo III.- Del derecho a la participación en la gestión ambiental Toda persona tiene el derecho a participar responsablemente en los procesos de toma de decisiones, así como en la definición y aplicación de las políticas y medidas relativas al ambiente y sus componentes, que se adopten en cada uno de los niveles de gobierno. El Estado concertar con la sociedad civil las decisiones y acciones de la gestión ambiental. Teniendo en consideración el aspecto legal, es pertinente implementar el estudio de impacto ambiental para una actividad racional y técnica que no altere el hábitat y la ecología donde se desarrolla la actividad minera. • Aprueban el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire. D.S 074-2001 Que, el Artículo 2° inciso 22) de la Constitución Política del Perú establece que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, el Artículo 67° de la Constitución Política del Perú señala que el Estado determina la política nacional del ambiente y promueve el uso sostenible de los recursos naturales; Que la Ley N° 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, establece la responsabilidad del Estado de promover el aprovechamiento sostenible de la atmósfera y su manejo
  • 16. 16 racional, teniendo en cuenta su capacidad de renovación; Que, el Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, en su Título Preliminar, Artículo 1° establece que es obligación de todos la conservación del ambiente y consagra la obligación del Estado de prevenir y controlar cualquier proceso de deterioro o depredación de los recursos naturales que puedan interferir con el normal desarrollo de toda forma de vida y de la sociedad; Lo cual se cumple con los estudios de monitoreo de Aire en la zona de operaciones, dentro de los parámetros establecidos por norma y de los rangos permisibles. • Mediante D.S. N° 002-2008-MINAM de fecha 31 de julio del 2008, se aprueba los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua. Que, en el inciso 22 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; señalando en su artículo 67° que el Estado determina la Política Nacional del Ambiente; Que, el artículo I del Título Preliminar de la Ley W 28611- Ley General del Ambiente, establece que toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país; Que, el artículo 1 ° de la Ley N° 28817- Ley que establece los plazos para la elaboración y aprobación de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y de Límites Máximos Permisibles (LMP) de Contaminación Ambiental, dispuso que la Autoridad Ambiental Nacional culminaría la elaboración y revisión de los ECA y LMP en un plazo no mayor de dos (02) años, contados a partir de la vigencia de dicha Ley; Que con fecha 16 de junio de 1999 se instaló el GESTA AGUA, cuya finalidad fue elaborar los Estándares de Calidad Ambiental para Agua - ECA para Agua, estando conformado dicho Grupo de Trabajo por 21 instituciones del sector
  • 17. 17 público, privado y académico, actuando la Dirección General de Salud Ambiental- DIGESA como Secretaria Técnica; Que, mediante Oficio W 8262-2006/DG/DIGESA de fecha 28 de diciembre de 2006, la Dirección General de Salud Ambiental -DIGESA, en coordinación con el Instituto Nacional de Recursos Naturales -INRENA. En calidad de Secretaria Técnica Colegiada del GESTA AGUA, remitió al CONAM, la propuesta de Estándares de Calidad Ambiental-ECA para Agua con la finalidad tramitar su aprobación formal; Teniendo en consideración de los parámetros establecidos, el agua será recolectada a través de pozas y mantas de invernadero, para luego ser tratadas según su uso, para disminuir las partículas de polvo como para el consumo humano 2.8. NORMA RELACIONADA CON LOS DELITOS ECOLÓGICOS Y CONTRA EL PATRIMONIO CULTURAL Artículo 304°. - Contaminación. Responsabilidad Culposa El que, infringiendo las normas sobre protección del medio ambiente, lo contamina vertiendo residuos sólidos, líquidos, gaseosos o de cualquier otra naturaleza por encima de los límites establecidos, y que causen o puedan causar perjuicio en la flora, fauna y recursos hidrobiológicos, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de tres años o con ciento ochenta a trescientos sesenticinco días-multa. Si el agente actuó por culpa, la pena será privativa de libertad no mayor de un año o prestación de servicio comunitario de diez a treinta jornadas. Artículo 308°. - Depredación de Flora y Fauna Legalmente Protegidas El que caza, capture, recolecta, extrae o comercializa especies de flora o fauna que están legalmente protegidas será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años. La pena será no menor de dos ni mayor de cuatro años y de ciento ochenta a trescientos sesenticinco días-multa cuando: 1. El hecho se comete en período de producción de semillas o de reproducción o crecimiento de las especies. 2. El hecho se comete contra
  • 18. 18 especies raras o en peligro de extinción. 3. El hecho se comete mediante el uso de explosivos o sustancias tóxicas. Teniendo en consideración estos aspectos, se trabajará mediante el Plan de Declaración de Impacto Ambiental y Plan de Minado enmarcado en los dispositivos expuestos, para el racional uso de los recursos no metálicos. 2.9. NORMAS RELACIONADAS CON LA PRESERVACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL Por la Ley Nº 29565, de fecha 15 de julio de 2010 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de julio de 2010 se creó el Ministerio de Cultura. Mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, la estructura orgánica del Instituto Nacional de Cultura (INC) pasó a convertirse en la estructura del Ministerio de Cultura. Por ello toda mención al INC deber ser entendida como al Ministerio de Cultura. La Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación. Ley N° 28296 establece en sus artículos: Artículo I.- Objeto de la Ley: La presente Ley establece políticas nacionales de defensa, protección, promoción, propiedad y régimen legal y el destino de los bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de la Nación. Artículo II.- Definición: Se entiende por bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación toda manifestación del quehacer humano –material o inmaterial– que, por su importancia, valor y significado paleontológico, arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo. Dichos bienes tienen la condición de propiedad pública o privada con las limitaciones que establece la presente Ley. Artículo III.- Presunción legal: Se presume que tienen la condición de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, los bienes materiales o inmateriales, de la época prehispánica, virreinal y republicana, independientemente de su condición de propiedad pública o privada, que tengan la importancia, el valor y significado referidos en el artículo precedente y/o que se encuentren comprendidos en los tratados y convenciones sobre la
  • 19. 19 materia de los que el Perú sea parte. La presunción legal queda sin efecto por declaración expresa de la autoridad competente, de oficio o a solicitud de parte. Artículo IV.- Declaración de interés social y necesidad pública: Declárase de interés social y de necesidad pública la identificación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes. Artículo V.- Protección: Los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición privada o pública, están protegidos por el Estado y sujetos al régimen específico regulado en la presente Ley. El Estado, los titulares de derechos sobre bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y la ciudadanía en general tienen la responsabilidad común de cumplir y vigilar el debido cumplimiento del régimen legal establecido en la presente Ley. El Estado promoverá la partición activa del sector privado en la conservación, restauración, exhibición y difusión de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos de exportación ilegal o cuando se haya vencido el plazo de permanencia fuera del país otorgado por el Estado. Artículo VI. - Imprescriptibilidad de derechos: Los derechos de la Nación sobre los bienes declarados Patrimonio Cultural de la Nación, son imprescriptibles. Artículo VII.- Organismos competentes del Estado: El Instituto Nacional de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación, dentro de los ámbitos de su competencia. Consecuentemente bajo los preceptos legales de la presente Ley, no se han encontrado bienes culturales que dañen el patrimonio del estado por lo que el consentimiento para las concesiones “Chinecas 1 y Chinecas 2” se encuentran allanados dentro del marco legal para las actividades mineras no metálicas de agregados.
  • 20. 20 2.10. NORMAS RELACIONADAS CON EL SANEAMIENTO Y GESTIÓN DE RESIDUOS La Ley N° 27314.- Ley General de Residuos Sólidos. Establece, derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los principios de minimización, prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y el bienestar de la persona humana. La Ley 27314 se aplica a las actividades, procesos y operaciones de la gestión y manejo de residuos sólidos, desde la generación hasta su disposición final, incluyendo las distintas fuentes de generación de dichos residuos, en los sectores económicos, sociales y de la población. Asimismo, comprende las actividades de internamiento y tránsito por el territorio nacional de residuos sólidos. En el título II. De la gestión ambiental de residuos sólidos en el capítulo I, establece lo siguiente: lineamientos de gestión Artículo 3.- Finalidad La gestión de los residuos sólidos en el país tiene como finalidad su manejo integral y sostenible, mediante la articulación, integración y compatibilización de las políticas, planes, programas estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestión y el manejo de los residuos sólidos, aplicando los lineamientos de política que se establecen en el siguiente artículo. Artículo 4.- Lineamientos de política La presente Ley se enmarca dentro de la política nacional ambiental y los principios establecidos en el Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 613. La gestión y manejo de los residuos sólidos se rige especialmente por los siguientes lineamientos de política, que podrán ser exigibles programáticamente, en función de las posibilidades técnicas y económicas para alcanzar su cumplimiento: 1. Desarrollar acciones de educación y capacitación para una gestión de los residuos sólidos eficiente, eficaz y sostenible.
  • 21. 21 2. Adoptar medidas de minimización de residuos sólidos, a través de la máxima reducción de sus volúmenes de generación y características de peligrosidad. 3. Establecer un sistema de responsabilidad compartida y de manejo integral de los residuos sólidos, desde la generación hasta su disposición final, a fin de evitar situaciones de riesgo e impactos negativos a la salud humana y el ambiente, sin perjuicio de las medidas técnicamente necesarias para el mejor manejo de los residuos sólidos peligrosos. 4. Adoptar medidas para que la contabilidad de las entidades que generan o manejan residuos sólidos refleje adecuadamente el costo real total de la prevención, control, fiscalización, recuperación y compensación que se derive del manejo de residuos sólidos. 5. Desarrollar y usar tecnologías, métodos, prácticas y procesos de producción y comercialización que favorezcan la minimización o reaprovechamiento de los residuos sólidos y su manejo adecuado. 6. Fomentar el reaprovechamiento de los residuos sólidos y la adopción complementaria de prácticas de tratamiento y adecuada disposición final. 7. Promover el manejo selectivo de los residuos sólidos y admitir su manejo conjunto, cuando no se generen riesgos sanitarios o ambientales significativos. 8. Establecer acciones orientadas a recuperar las áreas degradadas por la descarga inapropiada e incontrolada de los residuos sólidos. 9. Promover la iniciativa y participación activa de la población, la sociedad civil organizada, y el sector privado en el manejo de los residuos sólidos. 10. Fomentar la formalización de las personas o entidades que intervienen en el manejo de los residuos sólidos. Teniendo en consideración estos lineamientos generales se tiene presente para su ejecución y la inducción a los trabajadores que se involucren en la actividad minera de las dos concesiones. Donde laboraran para el manejo de residuos sólidos personal preparado. 2.11. NORMAS RELACIONADAS CON LOS GOBIERNOS LOCALES De acuerdo al Plan de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2005, aprobado por el Decreto
  • 22. 22 Supremo Nº 052-2005- PCM; en el año 2005, se autorizó la transferencia de las siguientes funciones del gobierno nacional a los gobiernos regionales: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, fiscalizar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de energía, minas e hidrocarburos de la región, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales. Respecto a esta función, se transfieren las siguientes facultades: • Formular, aprobar y evaluar los planes y políticas en materia de minas de la región, en concordancia con las políticas y planes sectoriales nacionales. • Formular y aprobar los planes y políticas en materia de energía de la región, en concordancia con las políticas y planes sectoriales nacionales. b) Inventariar y evaluar los recursos mineros y el potencial minero, de hidrocarburos regionales. Respecto a esta función, se transfieren las siguientes facultades: • Elaborar el inventario de los recursos energéticos regionales. • Inventariar los recursos y el potencial de hidrocarburos regionales. Asimismo, se continuará con la transferencia de facultades de las siguientes funciones sectoriales cuya transferencia se inició en el año 2004: c) Otorgar concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional. Respecto a esta función, se transfiere la siguiente facultad: • Otorgar concesiones mineras para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional. d) Aprobar y supervisar los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) de su circunscripción, implementando las acciones correctivas e imponiendo las sanciones correspondientes. Respecto a esta función, se transfieren las siguientes facultades: • Implementar las acciones correctivas para la pequeña minería y minería artesanal. • Imponer las sanciones correspondientes para la pequeña minería y minería artesanal.
  • 23. 23 Concordante a los dispositivos legales establecidos, se implementa el presente estudio de Declaración de Impacto Ambiental (DIA), para su evaluación y aprobación a través de la Dirección Regional de Minería de Ancash. Seguidamente se realizará con el estudio de Plan de minado correspondiente para las operaciones mineras en los proyectos “Chinecas 1 y Chinecas 2” en el Distrito de Nuevo Chimbote de la Provincia del Santa Región Ancash. Los estudios desarrollados contemplan considerando las sustancias a ser explotados, no metálica de agregados para ello se tiene que zonificar como dar las condiciones necesarias para el desplazamiento y el transporte del material, daño inicialmente las condiciones de acceso los proyectos señalados. Teniéndose inicialmente en consecuencia el acceso, para luego acondicionar el proyecto con la instalación del campamento para dar las facilidades del personal para el trabajo entre ellos guardianía, oficinas, talleres, comedor, tópico, almacén, lugar del polvorín si se va usar explosivos. Del mismo modo se tendrá que acondicionar la cancha de acumulación, procurando que este por debajo del nivel de las canteras de agregados para evitar el polvo y el desplazamiento por el aire los contenidos de agregados. Se tendrá que preparar la cubicación de la explotación de agregados con total que se tenga una explotación racional para dañar el medio ambiente, como para el fácil manejo proceso de remediación con el cierre del proyecto. Así mismo se tendrá que delimitar la marea de explotación en la se pueda medir el proceso de explotación como del resto de etapas del proyecto, para el fácil manejo en el trabajo de explotación. Del mismo se tendrá que realizar el monitoreo del trabajo a desarrollar de manera periódica cada seis meses para el control ambiental en el proyecto, garantizándose de este modo el manejo del proyecto en concordancia las normas y leyes ambientales, en la que no perjudique el medio ambiente y se deje al cierre de los proyectos.
  • 24. 24 CAPÍTULO 3 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 3.1. GENERALIDADES El objetivo del Proyecto es la extracción de agregados en las canteras “Chinecas 1 y Chinecas 2” ubicada en el del Distrito de Nuevo Chimbote de la Provincia del Santa. Las explotaciones mineras no metálicas en las canteras serán, a cielo abierto, empleando el método de Corte y Relleno horizontal, en este método los procesos extractivos se realizan en las superficies de los terrenos, proyectándose con un horizonte estimado de 10 años. Se propone extraer material a razón de 20 metros cúbicos por día de agregados por cantera. 3.2. TIPO DE PROYECTO El Proyecto evaluado en la presente Declaración de Impacto Ambiental (DIA), se denomina “Chinecas 1 y Chinecas 2”, y pertenece a Gluber Roque Chávez Rupay con D.N.I. N0 32847029 y R.U.C. 10325470298 titular de las Concesiones Mineras no metálicas. Mediante los referidos Proyectos, el titular considera realizar actividades de extracción de agregados dentro de las concesiones, los cuales serán utilizados principalmente en la minería metálica para obras de construcción. 3.3. LOCALIZACIÓN Y ACCESO AL PROYECTO 3.3.1. Ubicación de la Concesión Las concesiones mineras no metálicas de agregados, “Chinecas 1 y Chinecas 2”, se localizan en el Distrito de Nuevo Chimbote de la Provincia del Santa en la Región Ancash abarcan una superficie de 100 Hectáreas cada una y se encuentran a una altitud de 285 m.s.n.m. Las mencionadas Concesiones se encuentran en la carta nacional del Ingemmet en la zona 18 L Las concesiones en referencia se ubican al Sur Este de la Ciudad de Nuevo Chimbote a unos 30 minutos de viaje en vehículo liviano, aproximadamente a 12 kilómetros, siendo en primer lugar a través de la Panamericana de 5 kilómetros para virar hacia el este por una trocha.
  • 25. 25 Tabla N° 1 Coordenadas geográficas UTM de las Concesiones “Chinecas 1 y Chinecas 2” VÉRTICE Concesión Chinecas 1 Coordenadas UTM PSAD56 Coordenadas WGS 84 NORTE ESTE NORTE ESTE 1 8,987,000.0 785,000.00 8,986,638.20 784,741.56 2 8,986,000.0 785,000.00 8,985,638.20 784,741.56 3 8,986,000.0 783,000.00 8,985,638.21 782,741.56 4 8,987,000.0 783,000.00 8,986,638.21 782,741.57 VÉRTICE Concesión Chinecas 2 Coordenadas UTM PSAD56 Coordenadas WGS 84 NORTE ESTE NORTE ESTE 1 8,986,000.0 783,000.00 8,985,638.21 782,741.58 2 8,985,000.0 783,000.00 8,984,638.21 782,741.58 3 8,985,000.0 782,000.00 8,984,638.21 781,741.58 4 8,986,000.0 782,000.00 8,985,638.21 781,741.58 Fuente: Elaboración propia Figura Nº 02 Imagen Satelital de la Ubicación de la Concesiones “U.E.A. CHINECAS CONCESIONES CHINECAS 1 Y 2”
  • 26. 26 3.3.2. Ubicación del Proyecto Los proyectos se encuentran ubicados dentro de la concesiones Mineras No Metálicas “Chinecas 1 y Chinecas 2”, comprenden áreas de 3.0 Hectáreas y tiene un perímetro de 800.00 m. Las áreas de los proyectos se encuentran ubicadas en las siguientes coordenadas WGS 84 Tabla N° 2 Coordenadas WGS 84 de los Proyectos de la U.E.A. Mario “EEMI y Mario 2015” VÉRTICE Concesión Chinecas 1 Coordenadas WGS 84 NORTE ESTE A 8,985,638.21 782,441.56 B 8,985,938.21 782,441.56 C 8,985,938.21 782,741.56 D 8,985,638.21 782,741.56 VÉRTICE Concesión Chinecas 2 Coordenadas WGS 84 NORTE ESTE A 8,985,638.21 782,741.58 B 8,985,338.21 782,741.58 C 8,985,338.21 783,041.58 D 8,985,638.21 783,041.58 Fuente: Elaboración propia Figura Nº 03 Imagen satelital de la Ubicación de los Proyectos “Chinecas 1I y Chinecas 2”
  • 27. 27 3.3.3. Acceso Para acceder a las áreas de los Proyectos, se realiza a través de la Panamericana a 5 kilómetros de norte a sur saliendo de la ciudad de Nuevo Chimbote y virando luego al Este a 7 kilómetros donde se encuentran los dos proyectos colindantes. Encontrándonos luego con los proyectos de “Chinecas 1 y Chinecas 2” respectivamente, a 280 m.s.n.m. El tiempo de viaje desde la ciudad de Nuevo Chimbote a los referidos proyectos son de 30 minutos respectivamente yendo el vehículo a 50 kilómetros por hora. Tabla Nº 3 Vías de accesos a las áreas de los Proyectos Proyecto Chinecas 1 Ruta Distancia (km) Tiempo (min) Tipo de Carretera Nuevo Chimbote - Desvió 5.0 10 Asfaltada Desvió - Cantera 7.0 20 Trocha TOTAL 12.0 30 Proyecto Chinecas 2 Ruta Distancia (km) Tiempo (min) Tipo de Carretera Nuevo Chimbote - Desvió 5.0 20 Asfaltada Desvió - Cantera 7.0 5 Trocha TOTAL 12.0 30 Fuente: Elaboración propia 3.4. JUSTIFICACIÓN Y/O NECESIDAD 3.4.1. Del Proyecto Considerando el incremento de la demanda de agregados en la minería no metálica y para la construcción de diversas obras en la Región Ancash, el Titular del Proyecto, ha estimado necesario ejecutar el Proyecto para cubrir la demanda existente por este material, el proyecto se realizará con un manejo adecuado de los recursos naturales acordes con el Principio del Desarrollo Sostenible. Para el caso del presente proyecto, se busca no alterar el entorno natural, situándolo en un área de fácil manejo con una clasificación de uso de las “Tierras de Protección”. Para garantizar un desarrollo adecuado del proyecto motivo de la presente DIA, es necesario realizar dentro de su planeamiento, diseño y puesta en marcha, se introduzca criterios ambientales, los que nos permitirán que se constituyan realmente en actividades eficaces al desarrollo sostenible de la zona, con oportunidades de trabajo y de comercio
  • 28. 28 como son la adquisición de insumos y instrumentos propios del trabajo en los proyectos. 3.4.2. De la Localización Independiente de la calidad del material extraíble presente en el lugar, cabe destacar que una de las razones que llevaron a considerar esta localización para los proyectos, fue que el terreno se encontraba en condiciones de fácil acceso y de manejo adecuado de tierras. Sumado a lo anterior, se pueden mencionar las siguientes condiciones que hacían factible el emplazamiento de los proyectos en los lugares escogidos: • Alta pedregosidad y roca del lugar y suelos clase X, que se caracteriza por la abundante presencia de piedras internas y externas que imposibilitan las labores de suelo, presentan baja retención de humedad. • La población se encuentra prácticamente ausente de las áreas de los proyectos. • En los proyectos en ninguna de sus partes, acciones u obras físicas incluye la remoción, destrucción o modificación de algún Monumento Nacional, debido a que no existe alguno en las áreas de influencias. 3.5. MINA Los proyectos son yacimientos sedimentarios, el cual se encuentran aflorando en su totalidad y en forma masiva con relieves de inclinación de 30 grados en la cresta de los cerros favorables para la explotación, por lo cual serán explotados a cielo abierto empleando el método por bloques, en el cual consisten en arrancar el material desde la cota más alta hasta la cota mínima definida por los límites de explotación. 3.6. SUPERFICIE DE EXTRACCIÓN Las Concesiones Mineras No Metálicas “Chinecas 1 y Chinecas 2” tienen superficies totales de 100 hectáreas cada una de ellas, de las cuales 3.0 ha son susceptibles por el momento para ser explotadas viendo costo beneficio para empezar. Pudiendo ampliarse posteriormente para una explotación racional que no perjudique el entorno de los proyectos y de preservar el medio ambiente de trabajo.
  • 29. 29 3.7. RECURSOS MINERALES 3.7.1. Tipo de Recurso a explotar Los agregados provenientes de rocas sedimentarias compuestas mayoritariamente por carbonato de calcio (CaCO3), de silicatos (OSi), frecuentemente presentan trazas de magnesita (MgCO3) y otros carbonatos. También puede contener pequeñas cantidades de minerales como arcilla, hematita, siderita, cuarzo, etc., que modifican (a veces sensiblemente) el color y el grado de coherencia de la roca. Las rocas que afloran en la zona corresponden a cuerpos plutónicos que constituyen el batolito de la costa. En la zona se asientan los depósitos cuaternarios (cuartarios) aluviales, coluviales y fluvioaluviales, teniendo importancia los primeros como materiales de construcción. 3.7.2 Reservas Probadas, Probables y Totales Las reservas Probadas de material a extraer de los proyectos “Chinecas 1 y Chinecas 2” se calcularon por el método clásico geométrico por secciones siguiendo la siguiente metodología: Se ha realizado el levantamiento topográfico de la superficie total de la zona de explotación. Las Reservas Probadas para los proyectos son de: a) Chinecas 1: El volúmen es de 60,000.00 m3 y las Reservas Probables ascienden a 15,000.00 m3 y las reservas totales es de 75,000.000 m3 . b) Chinecas 2: El volúmen es de 60,000.00 m3 y las Reservas Probables ascienden a 15,000.000 m3 y las reservas totales es de 75,000.000 m3 . Siendo la producción total de 150,000.000 m3 . 3.8. VOLUMEN DE EXTRACCIÓN La producción diaria por proyecto, será de aproximadamente 10.00 m3 /día, obteniéndose una producción mensual promedio de 300.00 m3 / mes y 3,600.00 m3 /año. Debe tenerse en cuenta que la producción estará en función a la demanda del mercado; pudiéndose reducirse la producción diaria muy por debajo de la capacidad instalada durante períodos considerables, así también podría darse el caso contrario. Cabe mencionar que los precios de los materiales a ser de ser explotados estan susceptibles a cambios procurando
  • 30. 30 que los límites de explotación máximos se especifican acorde a la normatividad. 3.9. TIEMPO DE VIDA ÚTIL DEL PROYECTO Se consideran una vida útil por proyecto de 26 años. Este es el plazo establecido por el cálculo de las reservas totales y el volumen de extracción de agregados. En la práctica, existen una serie de factores que pueden afectar ese período, tales como el agotamiento anticipado de las reservas y/o imposibilidad de obtener este recurso a un costo razonable, descubrimiento de nuevas reservas, etc. El tiempo de vida esperada también va a depender de cómo sea el comportamiento de los mercados vinculados con el rubro, los cuales evolucionan constantemente. Por lo tanto, no se descarta una prolongación de la vida útil del proyecto. 3.10. DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES A REALIZAR 3.10.1. Etapa de Construcción Esta etapa corresponde a la disposición del equipamiento y de la infraestructura necesaria en los terrenos y a la construcción de las instalaciones requeridas para iniciar las distintas actividades de operaciones que estarán presentes durante el desarrollo del proyecto. Las áreas a ser usadas para la explotación de las canteras, son las siguientes • Caminos de acceso • Instalaciones temporales a. Caminos de acceso Los caminos de acceso a los sectores de explotación, así como los de salidas hacia las rutas y caminos principales ya existen, por lo cual no se proyecta construir nuevas vías de circulación de entrada y salida. Solo se contemplan mejorar las trochas existentes a través de la limpieza y compactación con material extraído de la misma zona, a fin de minimizar las emisiones fugitivas de polvo producto de la circulación de vehículos. Estos caminos de acceso serán regados con agua. b. Área de Almacenamiento El material extraído de las canteras se almacenará en canchas acondicionadas temporalmente en lugares por debajo de los niveles que no ocasionen la fuga de polvo de manera provisional, en que el tiempo debe ser mínimo en su
  • 31. 31 almacenamiento para ser cargados a los volquetes, para su traslado a los centros de comercialización. c. Instalaciones temporales. La proximidad a la ciudad de Nuevo Chimbote, permitirá abastecer los servicios de alimentación que serán trasladados a los proyectos y el alojamiento del personal serán en las canteras donde se acondicionarán cuartos para el personal, como podrán trasladarse a la ciudad de Casma. Los funcionamientos de las canteras están proyectados bajo modelos simples y funcionales, dado que solo se consideran la extracción de material y carga directa en los camiones generalmente para su transporte. Por lo tanto, solo se requiere de instalaciones simples que permitan la adecuada operación de las canteras, para lo cual solo se contempla la construcción de las siguientes instalaciones. • Casetas de guardianía • Letrinas • Área de almacenamiento de residuos sólidos • Oficinas • Cuartos eventuales • Comedor Tabla Nº4 Instalaciones Temporales Concesión Chinecas 1 INSTALACIONES NORTE ESTE •Caseta de Guardianía 8,985,938.21 782,441.56 • Letrinas /residuos solidos 8,985,958.21 782,441.56 • Campamento 8,985,958.21 782,461.56 Concesión Chinecas 2 INSTALACIONES NORTE ESTE • Caseta de Guardianía 8,985,338.21 783,041.58 • Letrinas /residuos solidos 8,985,348.21 783,041.58 • Campamento 8,985,958.21 782,461.56 Fuente: Elaboración propia
  • 32. 32 • Caseta de guardianía: La construcción de la caseta de guardianía se realizará con material de triplay, la misma que tendrá las dimensiones de 4 x 3 m, y abarcará un área de 20 m2 . • Letrina: Se construirá 01 letrina, que tendrá la dimensión convencional es decir un área de 1.0 x 1.0 m, con paredes de 2.5 m de altura, con techo colocado a una altura de 2.0 metros, para la ventilación del pozo de la letrina se colocará un tubo de desfogue de gases de malos olores de 3 metros de altura. Dicha letrina será tratada con cal para evitar malos olores y proliferación de vectores. 3.10.2. Etapa de Operación Esta fase del proyecto contemplará las actividades de extracción de agregados y su clasificación según tamaño. La explotación se realizará mediante el método de bloques por Corte y Relleno ascendente, consiste en barrer los agregados de manera paralela a lo largo del área e ir rellenando con material cuaternario las zonas alteradas producto de la explotación, hasta completar todo el lecho con material ganga. a. Preparación de la Cantera (Desbroce). Se realizará la limpieza o desbroce de la superficie de las áreas de trabajo del proyecto, eliminando limos, y todo tipo de material inservible, etc. en un espesor de aproximadamente de 0,20 m., de manera manual para luego ser evacuado a volquetes de bajo perfil para su traslado en la misma zona del proyecto para ser rellenados las zonas y dar a las plataformas la estabilidad. En forma horizontal. b. Extracción de Rocas / Piedras Calizas Las características del material existentes donde se realizarán las extracciones hacen que solo se requiera de herramientas manuales y de perforadora mediana Jack Leg de barreno integral de 6 píes para el pre corte, para generar los taladros para voladuras controladas de bajo detonación, para desprender el material naturalmente consolidado existente. Según el planeamiento de minado el proceso de extracción avanzará en tajos de 2.0 m de altura por 4 por 4 en planta.
  • 33. 33 c. Depósito de Estériles El material estéril que se generará al explotar las canteras será dispuesto en capas de 0,30 cm de espesor a lo largo de cada sección transversal que se explote de manera dinámica; es decir que los estériles serán prácticamente mínimos y lo que se hará con ellos es terraplenar toda el área del proyecto de explotación. d. Carguío y Transporte Para el transporte de los agregados se utilizarán mayormente camiones tipo volquete de 5 m3 , la cantidad de camiones estará en función de la demanda del material; la frecuencia del transporte estará en función de la capacidad máxima de la demanda. El transporte, será efectuado por camiones Tolva según la demanda del mercado local. Las explotaciones de las canteras se realizarán en solo un turno de trabajo por día, pudiendo suspenderse los trabajos parcial o totalmente durante el invierno o si las condiciones climáticas no permiten una operación segura y rentable 3.10.3. Etapa de Cierre Es importante advertir que la etapa de cierre y abandono no es un evento que se realice una vez terminada la vida útil del proyecto, muy por el contrario, esta etapa se puede definir como un proceso simultáneo a la etapa de operación. Es decir, la continua implementación de las actividades de cierre propiamente tal desarrolladas durante la vida útil del proyecto, permite lograr o establecer una situación de cuidado pasivo que evolucione a una condición de desocupación. Una condición de cuidado pasivo es aquella en que se necesita un mínimo de mantención y de monitoreo posteriores al término de las operaciones mineras y de cierre. Una condición de desocupación es aquella en que no son necesarios mantención ni monitoreo adicionales. La etapa de cierre se llevará a cabo en 3 meses, las principales actividades que se desarrollarán en esta etapa son:
  • 34. 34 a. Retiro de Instalaciones Durante la fase de cierre, todas las instalaciones superficiales que existirán en las canteras de agregados “Chinecas 1 y Chinecas 2”, serán removidas, incluyendo el retiro de equipos. b. Cierre de vías de acceso Se contempla el cierre de los caminos que conducen a las áreas de explotación y otros caminos internos para evitar el acceso de personas o animales. Se considera el cierre de todos los caminos de acceso que no sean requeridos para labores de monitoreo post cierre. Se propone dejar un camino de acceso al fondo del área de extracción para trabajos de monitoreo c. Estabilización de Taludes Los taludes finales corresponderán a los de la última etapa de operación, excepto en aquellos sectores donde, a la fecha del cierre, se estime que no existe seguridad de estabilidad apropiada en el largo plazo d. Reacondicionamiento del Terreno Una vez limpio el terreno, se devolverá a sus condiciones iniciales mediante la nivelación y esparcimiento principalmente del material de rechazo y el circundante al área del proyecto 3.11. MAQUINARIA, EQUIPO Y HERRAMIENTAS Para desarrollar las labores extractivas y de traslado de material interno se requiere de herramientas manuales, como Picos, Lampas, Combas de 25 y 40 libras, cinceles de 6, 8 y 12 pulgadas barretas, perforadora Jack Leg, bidón de combustible y agua, carretillas de 1 yarda cúbica, maquinaria adecuada para dicha tarea como volquete de 5 cubos. La ventaja que el proyecto cuenta con un ojo de agua, que será aprovechada, pues se encuentra dentro de la concesión, que nos permitirá el uso para medir y controlar la polvareda que pueda tenerse en las horas de operación de la cantera. Así como para otros usos importantes para el bienestar del proyecto.
  • 35. 35 Del mismo moldo se usarán herramientas manuales generalmente para la explotación de las canteras, que nos permitan mitigar el impacto ambiental de los proyectos. A continuación, en la Tabla se presenta la maquinarias y equipos a utilizar en los proyectos. Tabla Nº 5 Herramientas a Usar Maquinaria, Herramienta y Equipo Nº Características principales Actividad Picos 12 Para escarificar y desbrozar el terreno Extracción Lampas 12 Evacuación de material desbrozado Limpieza y Evacuación Combas 06 Rotura de Roca y Piedras Rotura de blocks Cinceles 06 Kit de Cinceles para permitir abertura Rotura y abertura de Rocas Barreta 06 Palanqueo de Rocas rotas Palanqueo y extracción de trozos de Roca
  • 36. 36 Tabla N0 6 Maquinaria y Equipos a Usar Maquinaria, Herramienta y Equipo Nº Características principales Actividad Perforadora Jack Leg 01 Perforadora de manera manual para realizar taladros Perforación en Roca para hacer taladros para voladura. Compresora de 185 C.F.M. 01 Compresora de aire neumático para un martillo Suministro de aire comprimido, para perforadora Bidón 06 Cilindro de plástico de 42 galones Depósito de combustible y agua Carretillas 10 Carretilla de latón de 0.09 m3 Transporte de desmonte y Agregados Volquete 01 Mediano de bajo perfil de 5 cubos Transporte de Agregados desde el Proyecto a acopios
  • 37. 37 3.12. INSUMOS REQUERIDOS POR EL PROYECTO 3.12.1. Agua a. Para humectación Se contempla la utilización de agua para el riego o humectación, la que será aplicada a la zona de extracción y en las vías de acceso que se implementarán dentro de los proyectos, por medio de bidones. La cantidad requerida es de 5 bidones de 42 galones cada uno. La humectación se realizará a las 14 horas donde aumenta la cantidad de ventarrones de aire. c. Para consumo Para consumo de los trabajadores (5) será necesario un aproximado de 15 litros de agua potable al día. El suministro de agua potable, para el personal obrero, se realizará mediante bidones rotulados y verificados, los cuales serán traídos desde la Ciudad de Nuevo Chimbote para salvaguardar la salud de los trabajadores y tratados si es necesario en los mismos proyectos, donde deberá circular para su mantenimiento y potabilidad durante las 48 horas. 3.12.2. Combustible Los Proyectos requerirán combustible (Diesel) para la voladura y volquetes en lugares establecidos, fuera del área del proyecto. 3.13. FUERZA LABORAL Para la etapa de operación el personal requerido será de 5 personas por proyecto. A continuación, en la tabla Nº 9 se detalla el personal requerido por proyecto, para las actividades de los proyectos de acuerdo a su función: Tabla Nº 7 Fuerza Laboral N0 Cantidad Función 1 01 Chofer Volquete (*) 2 01 Operador Perforadora neumática 3 01 Ayudante Operador Perforadora neumática 4 05 Peones 5 01 Guardian 6 01 Administradora 7 01 Asistente de Ingeniería 8 01 Ingeniero Residente Fuente: Elaboración propia
  • 38. 38 (*) Dependiendo de la demanda del mercado por el producto, se puede llegar a contratar hasta 2 operadores de camiones volquetes 3.14. VOLUMEN ESTIMADO DE RESIDUOS SÓLIDOS A GENERARSE Los residuos sólidos originados en el proyecto serán principalmente categorizados como “domiciliarios o asimilables a domiciliarios” dado que éstos provendrán principalmente de los restos de materia orgánica que generarán los individuos que laboren en la obra, como por ejemplo restos de comida, envases plásticos de bebidas, latas u otro. Se considera una generación per cápita de residuos de 0,5 kg. /día-persona. La generación total diaria máxima alcanzará a aproximadamente 2 kg. /día. La disposición de los residuos en el lugar del proyecto se realizará según lo estipulado en la Ley Nº 27314 Ley General de Residuos Sólidos y su Reglamento. 3.15. MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPOS En relación a la mantención de los Volquetes, Compresora, Perforadora y herramientas, éstas no se realizarán por ningún motivo en la zona de explotación, sino que se realizarán en un taller mecánico o en las estaciones de servicio, ubicadas en la Ciudad de Nuevo Chimbote, mientras que las herramientas en el taller - almacén de los campamentos de los Proyectos. Del mismo modo la reparación de los equipos y maquinarias, van estimadas sus costos en la que realmente se tiene estimado en la operatividad y de los posibles desperfectos por el mismo trabajo que desarrollan. Los equipos y maquinas deben ser homologados con la garantía no menor de un año en el que dé estabilidad de los proyectos, y de un trabajo productivo que deben desarrollar. 3.16. CRONOGRAMA Y COSTOS DEL PROYECTO 3.16.1. Cronograma El cronograma que se presentan a continuación en la Tabla, está referido a los tiempos de habilitación, operación y cierre de sus instalaciones asociadas y la extracción de agregados de las áreas de los proyectos.
  • 39. 39 Tabla Nº 8 Cronograma del proyecto por Etapas/Actividades Etapa Actividad Semanas Meses Años 1 2 3 4 1 2 … 12 1 2 … 10 Construcción Módulo: Oficina, Tópico, Comedor, Almacén – Taller; Polvorín, SSHH; Garita; Rampas Operación Preparación de la cantera (desbroce) Extracción y carguío Carguío y Transporte Cierre Retiro de instalaciones Restauración del Terreno Fuente: Elaboración propia 3.16.2. Costos El monto de inversión considerado para el desarrollo de los Proyectos, se describe en los rubros de mano de obra calificada y mano de obra no calificada, en el que hay que considerar en los proyectos al personal necesario e indispensable, como del mismo modo de los equipos, maquinarias e insumos. Para el cual realizamos el costo mensual. Así mismo, para los que significa para los equipos y maquinarias hay que establecer su tiempo de vida útil y del costo total del equipo para ir estimando el costo mensual. En este caso nos acercaremos al costo real en el tiempo del uso de los equipos y máquinas, para tener el costo de los proyectos que nos permita incluso la renovación de los mismos para darle continuidad a los proyectos. Para ello elegantemente en el lenguaje, podemos decir que se hará caja para la renovación de equipos y máquinas. Así mismo se prevé para los insumos diarios a ser empleados. Tabla Nº 9 Costo Mensual de Personal N0 Personal Cantidad Hh Precio S/ Mensual Total 1 Chofer Volquete (*) 01 8 9.17 2,200 2,200 2 Operador Perforadora neumática 01 8 10.42 2,500 2,500 3 Ayudante Perforadora neumática 01 8 6.25 1,500 1,500 4 Peones 05 8 7.50 1,800 9,000 5 Guardián 02 8 7.50 1,800 3,600 6 Administradora 01 8 6.25 1,500 1,500 7 Asistente de Ingeniería 01 8 9.17 2,200 2,200 8 Ingeniero Residente 01 8 16.66 4,000 4,000 28,700
  • 40. 40 Costo de Máquinas, Equipos e Insumos Etapa Actividad Und Cantidad Costo Unitario Costo Diario Costo Mensual Construcción Módulos Und Cantidad (S/.) (S/.) Parcial (S/.) Total (S/.) Oficina Glb 1 1,050.00 0.97 29.16 29.16 Tópico Glb 1 830.00 0.76 23.05 23.05 Comedor Glb 1 2,300.00 2.13 63.90 63.90 Almacén – Taller Glb 1 1,209.60 1.12 33.60 33.60 Polvorín Glb 1 1,598.40 1.48 44.40 44.40 SSHH Glb 1 2,872.80 2.66 79,80 79.80 Garita Glb 1 669.60 0.62 18.60 18.60 Rampas Glb 1 3,013.20 2.79 83.70 83.70 Sub Total 376.21 Operación Preparación (desbroce) Und Cantidad (S/.) (S/.) Parcial (S/.) Total (S/.) Picos (Filo- Punta) Und 12 25.00 0.20 6.25 75.00 Lampas (Cuchara) Und 12 28.00 0.23 7.00 84.00 Combas (24 lb) Und 06 45.00 0.25 7.50 45.00 Cinceles (Filo) Und 06 9.00 3.33 3.00 54.00 Barretas (25 lb) Und 06 60.00 0.40 12.00 360.00 Perforadora Jack Leg Und 01 4,815.00 20.06 601.88 601.88 Dinamita, Anfo, Full, Mecha Glb 30 500.000 500.00 15,000.00 15,000.00 Bidón Und 06 320.00 1.78 8.88 53.33 Carretillas Und 10 200.00 1.85 5.56 55.56 Volquete Und 01 42,184.80 23.44 703.08 703.08 Sub Total 2031.85 Cierre Desinstalación Und Cantidad (S/.) (S/.) Parcial (S/.) Total (S/.) Retiro de instalaciones Glb 1 5,000.00 83.34 2,500.00 2,500.00 Restauración del Terreno Glb 1 7,000.00 116.67 3,500.00 3,500.00 Sub Total 6,000.00 TOTAL 8,408.06 Costo Global por Proyecto/ Mes N 0 DESCRIKPCIÓN PARCIAL TOTAL 1 Costo Mensual de Personal 28,700.00 2 Costo de Máquinas, Equipos e Insumos 8,408.06 37,108.06 Figura N0 3 Vista Satelital U.E.A. Chinecas
  • 41. 41 CAPÍTULO 4 LÍNEA DE BASE AMBIENTAL Y SOCIAL 4.1. ÁREAS DE INFLUENCIA 4.1.1 Área de Influencia Ambiental a. Área de Influencia Directa (AID) Se ha establecido como área de influencia directa, aquella zona correspondiente a aquellos componentes del ambiente afectados directamente por las instalaciones y las etapas de construcción y operación de los Proyectos. Se debe mencionar que en las áreas directamente a afectarse por las labores de explotación no existen unidades habitacionales. El AID incluye las áreas para las canteras, instalaciones, entre otros. Tomando en cuenta esto es que las áreas de influencias directas de los proyectos calculados ascienden a: 0.5 ha. Cada uno de los proyectos b. Área de Influencia Indirecta (AII) Se establece en base a la determinación de áreas o sectores del proyecto que generan influencia más no directa por lo tanto las áreas de influencia indirecta están en función de los impactos indirectos de los Proyectos que abarcan un ámbito geográfico más extenso, cuyas características físicas, biológicas serán indirectamente impactadas por los Proyectos. Se consideran para las áreas de influencias indirectas de las concesiones las zonas ubicadas en la vía de la Panamericana a unos 5 kilómetros de distancia al Nor Este. 4.1.2 Área de Influencia Social Está determinada por los espacios sociales comprendidos por los sectores de la Ciudad de Nuevo Chimbote, asimismo dichos espacios locales guardan un orden geopolítico, socioeconómico, cultural, administrativo y político, por tanto, dadas las características del área de influencia de los proyectos se establece el Área de Influencia Social Directa e Indirecta.
  • 42. 42 El criterio para el planteamiento del área de influencia social responde al actual trazo de las áreas de los proyectos, y a las actividades que van a ser implementadas acorde a los proyectos, como son las obras para su construcción y explotación. Para efectos de los Proyectos el área de influencia social tiene un radio de 5 kilómetros y un área calculada de 20,000 ha. a. Área de influencia social directa Está comprendida por los asentamientos y los que provén artículos a los proyectos. b. Área de influencia social indirecta Está comprendida por el límite de los espacios locales de las áreas de concesiones, estos se encuentran interrelacionadas por aspectos sociales, económicos y culturales. 4.2. DESCRIPCIÓN DEL MEDIO FÍSICO 4.2.1. Topografía y Fisiografía Las áreas de los proyectos corresponden a afloramientos de agregados de las referidas concesiones, con dirección Sur Este desde la Ciudad de Nuevo Chimbote, en el que se presentan en relieves arenosos virando hacia el Oeste teniéndose una topografía de pendientes del 8%. Y 12% respectivamente en cada una de las concesiones .4.2.2. Geomorfología Geomorfológicamente el área de estudio está compuesta por la Zona Costanera, el Flanco Pacífico de la Cordillera Occidental y la Cordillera Occidental. La zona costanera está formada por una faja de dirección NO-SE de 16 a 45 Km y altitudes entre 0 a 1000 msnm donde se encuentran la desembocadura de los valles y las lomas y planicies costaneras. El Flanco Pacífico de la Cordillera Occidental se presenta como una franja de dirección NO-SE con una altitud que varía entre los 1000 y 3000 msnm. Está disectado por valles transversales y quebradas secas. La Cordillera Occidental está formada por cumbres y mesetas con altitudes que varían entre los 3000 y 5200 msnm. La geología está compuesta por rocas volcano-sedimentarias del Jurásico superior-Cretácico inferior que comprenden el Grupo Chimú y Casma del Albiano-Cenomaniano. Estas secuencias se encuentran intruídas por granitoides del Batolito de la Costa con edades que van desde el Albiano-
  • 43. 43 Paleoceno. Hacia la parte occidental afloran rocas volcánicas del Paleógeno y Neógeno. Anteriormente se realizaron estudios sobre la geología en la zona comprendida entre Chimbote, Casma y Culebras en el departamento de Ancash (Sánchez et al., 1995) basados en la estratigrafía, geología estructural y geología económica. De la misma forma, numerosos estudios sobre la evolución geológica de Lima (Pardo, 1961; Rivera, 1951 y 1975; Fernández, 1966; Palacios et al, 1992) han sido publicados. Mas adelante surgen estudios regionales que relacionan la formación de cuencas volcano-sedimentarias en el flanco oeste de los Andes peruanos del Centro con la subducción oblicua del Cretácico superior (Polliand et al., 2005). El 2007, estudios de geología regional y metalogenia reconocen que las secuencias superiores del Grupo Casma del Albiano-Cenomaniano en realidad son de edad Cretácico superior-Paleoceno, estableciendo esta última unidad como un metalotecto para la exploración de yacimientos VMS (Romero, 2007). 4.2.3. Geología El área está compuesta por tres dominios estratigráficos (Romero, 2007) Geológico: de la Zona costera y Flanco pacífico de la Cordillera Occidental, de las cuencas Paleógeno-Neógenas y la Faja Cretácica de la Cordillera Occidental La Zona costera y Flanco Pacífico de la Cordillera Occidental está formada por rocas que van desde el Jurásico superior al Paleoceno, donde se ha resumido su evolución geológica en 5 periodos. ¿El primer periodo del Oxfordiano o Kimmerigiano? -Berriasiano comprende una secuencia volcano- sedimentaria de ambiente marino, definida como Grupo Chimú y Casma. El segundo periodo del Valanginiano-Hauteriviano está compuesto por rocas silicoclásticas y calcáreas, a. Geología Regional De acuerdo con [5] “las búsquedas de futuras reservas de minerales tendrán que realizarse mejorando los conocimientos existentes en el estudio de las rocas sedimentarias utilizando el principio básico de que las rocas sedimentarias son buenas rocas huésped para albergar los fluidos mineralizan tés que vienen de profundidades. Los prospectares de minerales se interesan
  • 44. 44 más en el aspecto, pero-mineralógico y estructural de las rocas dando menos importancia a los aspectos y características sedimentarios. Muchas rocas sedimentarias tienen todas las cualidades para alojar yacimientos mineralógicos b. Geología Local El Grupo Chimú y Casma son yacimientos que corresponden a granitoides del Batolito de la Costa así mismo se tienen las franjas metalogenéticas de yacimientos de Cu-Fe-Au del Cretácico inferior a lo largo de la Zona Costera y Constituye una franja estrecha que varía entre 40 y menos de 10 Kms. de rocas volcano-sedimentarias de la cuenca de Nuevo Chimbote y granitoides del batolito de la Costa. La Formación Chimú y Casma, que data del cretáceo inferior, donde se encuentran derrames volcánicos de andesita y algunos sedimentos intercalados. La geología en la faja costanera en el inicio de las estribaciones de la Cordillera Occidental de los Andes Peruanos cuyas elevaciones siguen un rumbo general NE-SO a N-S sobre las unidades lito estratigráficas constituidas por rocas cretáceas y cenozoicas ígneas intrusivas y volcánicas que forman los grupos Goyllarisquizga, Casma y Calipuy y depósitos cuaternarios no consolidados. La topografía presente en la zona de estudio, no presenta depresiones de gran importancia y se puede observar las laderas de los cerros tienen en promedio un talud de 40º a 45º y una altura promedio de los bancos y terrazas que afloran en el tramo de la carretera panamericana de 15 a 50 m de altura, Geológicamente el tramo de interés está conformado por las siguientes unidades: ❖ Grupo Goyllarisquizga. - El grupo goyllarisquizga se halla ubicada en los valles de los ríos Casma, Sechein y la localidad de Casma y está constituidas por rocas clásticas y calcáreas representa las facies occidentales que constituyen la fase inicial de sedimentación en el llamado Miogeosinclinal de la cuenca occidental de los Andes Peruanos.
  • 45. 45 ❖ Grupo Casma. - El grupo Casma está constituido por una serie de formaciones cuyos materiales constitutivos son piroclastos y lavas, lavas en almohadillas brechas y tobas siendo en esencia rocas de origen volcánico que se han emplazado en forma de seudo estratos y diques en los alrededores de la localidad de Casma, en la quebrada del río seco. ❖ Grupo Calipuy. - El grupo Calipuy está conformado por una serie de afloramientos de lava y tobas aglomeradas que presentan una variación vertical y no presentan depósitos sedimentarios, existiendo pequeños afloramientos localizados, las lavas andesíticas varían a rocas dacíticas que presentan texturas afaníticas, porfiríticas y vesiculares de color gris a púrpura. ❖ El Batolito de la Costa. - El Batolito de la Costa forma parte de los platones circunpacíficos del Mesozoico superior al Paleógeno, este batolito se encuentra florando paralelo a la costa peruana y paralelo a la Cordillera Occidental de los Andes Peruanos y se presenta como un afloramiento desde Trujillo en el Norte hasta Ocoña en el Sur, a lo largo de los 1,100 Km. aflora en forma de cuerpos aislados irregulares. Pitcher W (1978) describe al Batolito de la Costa como un conjunto estructuralmente compuesto por un variado número de intrusiones individuales y duques asociados en complejos plutónicos. 4.2.4. Suelos De acuerdo al Mapa General de Suelos del Perú elaborado por INRENA, y bajo el sistema de clasificación Soil Taxonomy (USDA), y de la observación directa de campo, la zona del proyecto se encuentra en una zona de transición entre inceptisoles y entisoles. a. Capacidad de Uso Mayor. La capacidad de uso del suelo en el área de influencia directa del proyecto es de Clase VIII, según la clasificación del Manual Nº 18 de Reconocimiento de Suelos del USDA. Estos suelos no tienen valor agrícola, ganadero ni forestal, debido a que carecen de materia orgánica y están constituidos casi exclusivamente por piedras o cantos rodados, en algunas partes del suelo del proyecto se presenta una vegetación rala.
  • 46. 46 b. Usos del Suelo Siguiendo la clasificación de la Comisión sobre el Inventario Mundial de Usos de la Tierra de la Unión Geográfica Internacional (UGI), el área en estudio tiene la siguiente categoría: 4.2.5. Climatología y Meteorología De acuerdo al Mapa Bioclimático del Perú la Provincia del Santa tendría un bioclima templado con una amplitud térmica moderada, y soleado durante todo el año. La temperatura media anual es de 18º C, la máxima se registra entre los meses de enero a marzo con un valor de 25º C y la mínima oscila en los 17º C durante los meses de mayo y junio. a. Temperatura Según reportes del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú SENAMHI, el promedio mensual de la temperatura máxima registrado durante los meses de junio a octubre es de 25ºCy el promedio de la temperatura mínima es de 17 ºC. En la siguiente tabla se muestra datos promedios mensuales, de temperatura durante los meses de junio a octubre correspondiente al año 2017 tomadas en la zona del proyecto. Tabla Nº 10 Temperaturas en el Proyecto Fuente: propia b. Humedad Relativa Del mismo modo se realizaron las mediciones respecto a la humedad en la zona del proyecto, ya que se encuentra en la región Costa donde las humedades son relativamente abundante en epócas de invierno teniéndose despejados en épocas de verano en la que las precipitaciones son escasas, ecxcepto en invierno don relativamente se tienen las llovisnas, pero sin embargo se han tenido los siguientes resultados. AÑO - 2017 Mes Prom. T0 . Máx. Prom. T0 . Mín. • Junio 19.60 15.40 • Julio 19.80 18.70 • Agosto 20.10 18.90 • Setiembre 23.40 19.10 • Octubre 25.60 20.10 PROMEDIO 21.70 18.40
  • 47. 47 Tabla Nº 11 Humedad Relativa en la Zona del Proyecto Fuente Propia c. Velocidad y Dirección del Viento La información obtenida mediante las mediciones realizadas, se ha registrado en una semana en el lugar del proyecto, en horas punta de mayor incidencia la velocidad del viento de 49.86 km/h, siendo en la estación de primavera la mayor incidencia de la velocidad de los vientos con dirección de Sur Este a Nor Oeste. Tabla Nº 12 Promedio Mensual de Velocidad y Dirección del Viento horas Punta Fuente Propia d. Precipitación Las precipitaciones son escasas con característica del área en estudio presenta un comportamiento de llovizna en el periodo (Abril – Noviembre). 4.2.6. Calidad del Aire, Ruido y Suelo. a. Aire En el área de influencia directa del Proyecto, las principales fuentes de emisión de material particulado en suspensión son de origen natural y antropogénicas, movilizadas por los vientos. Así mismo no se exceden la calidad de aire acorde a los siguientes parámetros. Los Estándares Ambientales establecidos para la Calidad de Aire, se tiene Año - 2017 Mes H.R. % • Junio 60.17 • Julio 54.84 • Agosto 40.09 • Setiembre 39.33 • Octubre 25.21 PROMEDIO 43.92 Año - 2017 Mes Velocidad Km/ h Dirección Azimut • Junio 20.11 720 • Julio 24.84 750 • Agosto 27.09 700 • Setiembre 29.33 780 • Octubre 30.21 1020 PROMEDIO 26.32 80.20
  • 48. 48 ❖ ECA para compuestos orgánicos volátiles (COV) ✓ Hidrocarburos Totales (HT) será 100ug/m3 ✓ Material Particulado con diámetros menores de 2.5 micras (PM2.5) será 50 ug/m3 de 01 de enero 2010 y 25 ug/m3 ✓ Hidrogeno sulfurado (H2S) 150 ug/m3 por 24 horas. ✓ ECA para Dióxido de Azufre (SO2) será 20 ug/m3 b. Ruido Los ruidos en las áreas de los proyectos, no existen por la ubicación que se encuentran, alejado de áreas sonoras y actividad humana ya que la ciudad de Casma se encuentra alejado de las zonas de trabajo. ❖ Estándares de Calidad Ambiental de Ruido El Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido, D.S. 085-2003-PCM. Establece los estándares nacionales de calidad ambiental para ruido y los lineamientos para no excederlos. Tabla N0 13 Límite Permisible para Ruidos LAeqT Nivel de Presión Sonora Continuo Equivalente expresado en Decibeles con ponderación “A” C Suelo. Se tiene el siguiente parámetro de la calidad de suelo, en el que debe tenerse presente en el proyecto. El cual nos permitirá medir la vulnerabilidad que esta puede sufrir en el momento de la ejecución del proyecto. Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para Suelo - Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM ZONAS DE APLICACIÓN VALORES EXPRESADOS en LAeqT Horario Diurno Horario Nocturno Protección Especial (1) 50 40 Zona Residencial 60 50 Zona Comercial 70 60 Zona Industrial 80 70
  • 49. 49 Tabla N0 14 Estándares de Calidad Ambiental para suelo. N° Parámetros Usos del Suelo Método de ensayoSuelo Agrícola Suelo Parques Suelo Comercial Orgánicos 1 Benceno (mg/kg MS) 0,03 0,03 0,03 EPA 8260-B EPA 8021-B 2 Tolueno (mg/kg MS) 0,37 0,37 0,37 EPA 8260-B EPA 8021-B 3 Etilbenceno (mg/kg MS) 0,082 0,082 0,082 EPA 8260-B EPA 8021-B 4 Xileno (mg/kg MS) 11 11 11 EPA 8260-B EPA 8021-B 5 Naftaleno (mg/kg MS) 0,1 0,6 22 EPA 8260-B 6 Fracción de hidrocarburos F1 (C5-C10) (mg/kg MS) 200 200 500 EPA 8015-B 7 Fracción de hidrocarburos F2 (C10-C28) (mg/kg MS) 1 200 1 200 5 000 EPA 8015-M 8 Fracción de hidrocarburos F3 (C28-C40) (mg/kg MS) 3 000 3 000 6 000 EPA 8015-D 9 Benzo(a) pireno (mg/kg MS) 0,1 0,7 0,7 EPA 8270-D 10 Bifenilospoliclorados PCB (mg/kg MS) 0,5 1,3 33 EPA 8270-D 11 Aldrin (mg/kg MS) (1) 2 4 10 EPA 8270-D 12 Endrín (mg/kg MS) (1) 0,01 0,01 0,01 EPA 8270-D 13 DDT (mg/kg MS) (1) 0,7 0,7 12 EPA 8270-D 14 Heptacloro (mg/kg MS) (1) 0,01 0,01 0,01 EPA 8270-D II Inorgánicos 15 Cianuro libre (mg/kg MS) 0,9 0,9 8 EPA 9013-A/APHA 16 Arsénico total (mg/kg MS) (2) 50 50 140 EPA 3050-B EPA 3051 17 Bario total (mg/kg MS) (2) 750 500 2 000 EPA 3050-B EPA 3051 18 Cadmio total(mg/kg MS) (2) 1,4 10 22 EPA 3050-B EPA 3051 19 Croma VI (mg/kg MS) 0,4 0,4 1,4 DIN 19734 20 Mercurio total (mg/kg MS) (2) 6,6 6,6 24 EPA 7471-B 21 Plomo total (mg/kg MS) (2) 70 140 1 200 EPA 3050-B EPA 3051 ❖ Ley de Recursos Hídricos. Ley N°29338. (Reglamento D.S. 001-2010- AG) La Legislación de Recursos Hídricos establece la prohibición de verter o emitir desechos de cualquier naturaleza en cuerpos de agua debido de causar daño al normal desarrollo de la flora y la fauna, tales descargas pueden ser permitidas solamente si: • Son sujetas a tratamiento previo. • Puede acreditarse que las condiciones del cuerpo receptor permitan los procesos de depuración natural. • Pueda probarse que su vertimiento no causará perjuicio a otros usos del agua. • Donde no exista electrolitos sueltos • El PH debe estar entre los rangos de 6.5 a 7.5
  • 50. 50 ❖ Reglamento de Ley General de Residuos Sólidos. D.S N° 057 2004 PCM Establece que el almacenamiento, tratamiento y disposición final de los residuos generados por la actividad minera, deben estar de acuerdo a la normatividad y especificaciones técnicas que propone la autoridad del sector, cuando las actividades mineras no metálicas son realizados al interior de las áreas de la cesión minera y que queda prohibida la alimentación de animales con residuos orgánicos que no hayan recibido previamente el tratamiento establecido en las normas vigentes. ❖ Reglamento de la Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal (D.S. N° 013. 2002-EM) La presente Ley regula los requisitos, límites y procedimientos para acreditar y renovar la acreditación de la condición de Pequeño Productor Minero y Productor Minero Artesanal. ❖ Ley 28090 Ley que Regula el Cierre de Minas/Canteras (13 de octubre del 2003) La presente Ley regular las obligaciones y procedimientos que deben cumplir los titulares de la actividad minera para la elaboración, presentación e implementación del Plan de Cierre de Minas y la constitución de las garantías ambientales correspondientes. ❖ Ley N°28721: Ley que Regula los Pasivos Ambientales de la Actividad Minera/ Canteras (06 de Julio del 2004) La presente Ley tiene por objetivo regular el proceso de los pasivos ambientales de la actividad minera, la responsabilidad y el financiamiento para la remediación de las áreas afectadas y a su reducción y/o eliminación, con la finalidad de mitigar sus impactos negativos a la salud de la población, al ecosistema circundante y la propiedad 4.2.7. Recurso Hídrico En las áreas de estudio no existen ojos de agua a bajo caudal, por lo que existe la posibilidad de evacuar agua de mar por ósmosis inversa se puede usar para regadío de las canteras, en la que se disminuye el grado de salinidad. Debiendo traerse agua potable desde la Ciudad de Nuevo Chimbote en bidones rotulados para el consumo humano.
  • 51. 51 4.2.8. Riesgos Naturales La Región, pertenece a una zona de gran actividad sísmica, el marco tectónico regional a mayor escala está gobernado por la interacción de la placa Sudamericana, que acontecen en un plano de subducción en el subsuelo del océano Pacífico de la costa del Perú. La historia sísmica de la región indica que se sitúa en el cinturón de fuego del Pacifico, una zona de alta actividad sísmica, habiéndose registrado una serie de eventos de gran intensidad que han afectado considerablemente la región La zonificación propuesta por la Nueva Norma de Diseño Sismorresistente E.030 se basa en la distribución espacial de la sismicidad observada y las características generales de estos movimientos sísmicos. Según el mapa de regionalización sismo tectónica, el área en estudio se localiza en la Zona 3, que corresponde a una zona de sismicidad alta, la cual registra una posible intensidad de VIII grados en la escala de Mercalli. 4.3. MEDIO BIOLÓGICO 4.3.1. Ecosistemas y/o Zonas de Vidas En las áreas de estudio no se ha identificado zonas silvestres y de fauna escaza propia de zonas que prevalecen en islas de mar, especialmente de alcatraces que generan la producción de guano, y de una fauna de reptiles y pájaros en escaza abundancia en las áreas de los proyectos. Hay que tener en cuenta que los yacimientos de agregados se encuentran en cejas de mar 4.3.2. Flora Para el levantamiento de información de la flora y vegetación se realizaron visitas al terreno, realizándose el recorrido completo del área en estudio obteniéndose como resultado la ausencia de especies de flora. 4.3.3. Fauna Ya que los yacimientos se encuentran alejados del mar y de las poblaciones se describen algunos que se pudieron visualizar y circundantes a los proyectos de las concesiones Chinecas 1 y Chinecas 2 que pertenecen a la U.E.A. Chinecas, que se ubican cerca de ellos, tales como:
  • 52. 52 • Aves: guanay (Phalacrocorax bougainvilii), piquero (Sula variegata), pelícano (Pelecanus thagus), pingüino (Spheniscus humboldti), gaviotas (Larus spp). • Peces: Más de 300 especies destacando la anchoveta (Engraulis ringens), atún (Thunnus alalunga), bonito (Sarda sarda). 4.4. MEDIO SOCIOECONÓMICO 4.4.1. Población y Demografía Según información recopilada del INEI (Censo Nacional 2011), la población circundante a los proyectos, que es la Ciudad de Nuevo Chimbote es del orden de 371.012 habitantes conformando el 0,15 por ciento de la población total del país, con una tasa de crecimiento promedio anual de 1,7 %. 4.4.2. Educación y Alfabetismo En la actualidad la ciudad de Nuevo Chimbote gran parte de la población tienen asistencia al sistema educativo Universitario. Básico, Cuentan con Centros Educativos de Inicial, Primaria y Secundaria 4.4.3. Infraestructura social y física De acuerdo al Compendio Estadístico, en la Ciudad de Nuevo Chimbote las viviendas están construidas con material noble y de adobe de uno a dos niveles en su mayoría, como de menor cuantía de material noble, es decir techo de concreto armado, paredes de ladrillo o bloque de cemento. En cuanto al tipo de vivienda predominante es de carácter independiente. Cabe destacar que en las áreas de los proyectos no existen poblaciones aledañas. 4.4.4. Salud Pública El sistema de salud, la Ciudad de Nuevo Chimbote con hospital Regional Eleazar Guzmán Barrón del MINSA como del Seguro Social de Nivel pertenecientes al litoral del Pacífico. Del mismo se debe tener presente que para la atención médica deberá llevarse al personal en los referidos nosocomios en casos de atención de salud, a unos 20 minutos de los proyectos.
  • 53. 53 Tabla N0 15 Parámetros Límites PARÁMETROS PARA DE AGUA PARÁMETROS UNIDAD VALOR Fisicoquímicos Bicarbonatos mg/L 370 Calcio mg/L 200 Carbonatos mg/L 5 Cloruros mg/L 100-700 Conductividad (uS/cm) <2000 Demanda Bioquímica de Oxígeno mg/L 15 Demanda Química de Oxígeno mg/L 40 Fluoruros mg/L 1 Fosfatos – P mg/L 1 Nitratos (NO3-N) mg/L 10 Nitritos (NO2-N) mg/L 0,06 Oxígeno Disuelto mg/L >=4 PH Unidad de pH 6,5-8,5 Sodio mg/L 200 Sulfatos mg/L 300 Sulfuros mg/L 0,05 Inorgánicos Aluminio mg/L 5 Arsénico mg/L 0,05 Bario total mg/L 0,7 Boro mg/L 0,5-6 Cadmio mg/L 0,005 Cianuro Wad mg/L 0,1 Cobalto mg/L 0,05 Cobre mg/L 0,2 Cromo (6+) mg/L 0,1 Hierro mg/L 1 Litio mg/L 2,5 Magnesio mg/L 150 Manganeso mg/L 0,2 Mercurio mg/L 0,001 Níquel mg/L 0,2 Plata mg/L 0,05 Plomo mg/L 0,05 Selenio mg/L 0,05 Zinc mg/L 2 Orgánicos Aceites y Grasas mg/L 1 Fenoles mg/L 0,001 S.A.A.M. (detergentes) mg/L 1
  • 54. 54 CAPÍTULO 5 IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES En el presente capítulo se identifican, describen, evalúan y jerarquizan los impactos ambientales para cada una de las etapas del Proyecto: construcción, operación y cierre. Para realizar el análisis de los impactos ambientales potenciales, se identificaron las actividades ligadas a la implementación de los proyectos en cada una de sus tres etapas (construcción, operación y cierre). Luego se definieron los componentes ambientales que se verían potencialmente afectados por estas actividades en los distintos medios, identificando los posibles impactos, con el fin de analizarlos y considerar su relación con las actividades que lo generan. 5.1. METODOLOGÍA PARA LA IDENTIFICACIÓN, PREDICCIÓN Y VALORIZACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES Este capítulo identifica, predice y valoriza los impactos ambientales y sociales que se presentarán durante la puesta en marcha de los Proyectos de explotación para extraer agregados que serán utilizados en la construcción y otros afines. Para el análisis ambiental se ha confeccionado una lista de verificación identificando las principales acciones que comprende las etapas de construcción, operación y cierre; a partir de las cuales se definieron los aspectos e impactos ambientales de los proyectos determinando su influencia sobre los elementos del medio físico, biológico, socioeconómico y de interés humano. 5.1.1. Matriz de Identificación de Impactos Esta matriz presenta la relación directa entre las actividades de los proyectos que generan un impacto en cualquiera de las etapas y los componentes ambientales definidos en el capítulo de Línea Base, afectos a dichos impactos. • Resultados de Calidad de Aire Se realizó el correspondiente muestreo, para verificar el estado de la calidad del aire antes de la etapa de inicio de las actividades de los proyectos, en donde se pueden apreciar que los parámetros analizados que deben enmarcarse De acuerdo a normas
  • 55. 55 Tabla N0 16 Niveles de Calidad de Aire • Monitoreo de Ruidos En el cuadro siguiente se da los niveles de ruido, las cuales no sobre pasen los estándares de Calidad Ambiental. Tabla N0 17 Niveles de Calidad de Ruido Tabla N0 18 Resultados de Niveles de Ruido Calidad Ambiental para Ruido Sustentado en DS N. º 085 – 2003 – PCM: 5.1.2. Matriz de Predicción y Valorización de Impactos La matriz de predicción y valorización de impactos, corresponde a una matriz de doble entrada, construida sobre la base de la aplicación de un modelo predictivo de “Evaluación Multicriterio”, en donde se valoriza cualitativa y cuantitativamente los impactos utilizando 5 criterios definidos de acuerdo a la significancia de éstos. Para la elaboración de la matriz fue necesario identificar los siguientes aspectos: Identificación de actividades posibles de generar impacto. Identificación de los impactos asociados a los componentes ambientales. Aplicación de Metodología de Evaluación Multicriterio. PARÁMETROS UNIDAD ESTACIÓN ECA PMA-01 PMA-02 VALOR PM 10 (g) 0.0021 0.001 150 CO (ug/muestra) 2183 1760 20000 H2S (ug/muestra) <0.670 <0.671 150 PLOMO (ug/muestra) 0.05< 0.09< 0.5 Zonas de Aplicación Valores Expresados en dB Diurno Nocturno Zona de Protección Especial 50 40 Zona Residencia 60 50 Zona Comercial 70 60 Zona Industrial 80 70 Estación Niveles de Presión Sonora dB(A) Laeq T PMR-01 20.31 PMR-02 24.27 ECA 44.58
  • 56. 56 5.2. IDENTIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES GENERADORAS DE IMPACTO AMBIENTAL De acuerdo al análisis realizado sobre la base de la Descripción del Proyecto (Capitulo 3) y de la Línea Base (Capitulo 4), se relevaron las principales acciones del Proyecto susceptibles de causar impactos sobre los diversos componentes del Medio Físico, Medio Biótico, Medio Socioeconómico, durante las etapas de construcción, operación y abandono. Las actividades de interés del proyecto se presentan de manera sintética en la tabla, estas se definen de acuerdo a las demandas en infraestructura, servicios, insumos y materiales del Proyecto. Tabla N° 19 Definición de las actividades del proyecto por etapas Etapa Actividad Descripción Construcción Camino de acceso Se refiere a mejorar el camino existente como los asociados al área de extracción a través de su estabilización y compactación Instalaciones temporales Se refiere a la habilitación de instalaciones simples que permitan la adecuada operación de la cantera, incluye la construcción de letrina, instalación de planta de clasificación, construcción de caseta de guardianía y construcción de casa fuerza Operación Preparación de la cantera (desbroce) Se refiere al retiro de todo el material superficial no apto para el proceso productivo, se removerá la sobrecarga blanda de un espesor de 0,1 a 0,15 m con la utilización de herramientas manuales Extracción y Carguío La extracción de Cal se realizará con herramientas manuales, el cual se depositará el material en la tolva de los carros y acondicionará a un costado de la cancha Transporte Se refiere al transporte del material clasificado que será transportado por medio de volquetes de 5 cubos. Cierre Desmantelamiento de instalaciones Se refiere al retiro de toda la infraestructura e instalaciones de la cantera. Restauración del terreno Se refiere a la habilitación y restauración del terreno. Recuperando el relieve en lo posible. Fuente: Elaboración propia
  • 57. 57 5.3. IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES Sobre la base de la intersección entre las actividades y los elementos ambientales antes descritos, se genera la identificación de los impactos ambientales de los proyectos. Al respecto, de acuerdo al análisis a priori realizado sobre del cruce de variables entre la Descripción del Proyecto y de la Línea Base, se presenta en el siguiente cuadro una síntesis de los impactos identificados para las distintas etapas del proyecto. (Ver Tabla Nº 21) Tabla N° 20 Síntesis de los Potenciales Impactos con Relación al Medio y Etapa del Proyecto Fuente: Elaboración propia Los antecedentes señalados en el cuadro anterior permitieron confeccionar una matriz de identificación de impactos compuesta por dos aspectos: actividades de los proyectos y potenciales impactos. Las actividades contempladas por los proyectos corresponden a las identificadas en la tabla N°19, estas fueron relevadas de acuerdo al contexto espacial y temporal de ejecución. Finalmente, el cruce de variables se desarrolla en interacción con el establecimiento de los potenciales impactos generados sobre los distintos componentes ambientales señalados en la tabla N°20. El resultado de la matriz de identificación de impactos se expresa a través de la identificación del origen del impacto, es decir de la interacción entre la actividad y el impacto potencial. Esta identificación de impactos, se realiza bajo los Medio Componente Ambiental Potenciales Impactos Físico Geomorfología y relieve Modificación del relieve Suelo Riesgo de contaminación Ruido Aumento en los niveles de ruido en los receptores cercanos al proyecto Calidad de Aire Alteración de la calidad de aire por emisión de material particulado Alteración de la calidad de aire por emisión de gases Biótico Fauna Modificación de hábitat por ruido de maquinaria y obras de explotación. Paisaje Alteración de la Calidad Visual del Paisaje Mejoramiento de la Calidad Visual Socio Económico Economía Generación de empleo Población Riesgo de accidentes
  • 58. 58 siguientes parámetros: Impacto Negativo (-) Impacto Positivo (+) Impacto Directo (D) Impacto Indirecto (I) Respecto a lo anterior, se elaborarán matrices para cada etapa del proyecto, en donde se identifican los impactos en cada una de las tres etapas del proyecto: construcción, operación y abandono. Tabla N° 21 Matriz de Identificación de Impactos Ambientales y Sociales Medio Componente ambiental Atributo INICIO OPERACIÓN CIERRE Instalacióndefaenas Habilitacióndevíasde acceso Desbroce Extracción Clasificación CarguíoyTransporte Retirode instalaciones Restauracióndel terreno Físico Geomorfología y relieve Modificación del relieve -D -D -D -D - I Suelo Riesgo de Contaminación -D -I -I Ruido Aumento del nivel de ruido -D -D -D -D -D -D Calidad de Aire Alteración calidad de aire por emisión de PM 10 -D -D -D -D -D -D -D Alteración de calidad de aire por emisión de gases -D -D -D -D -D -D Biótico Fauna Modificación del hábitat -D -D -D Paisaje Alteración de la Calidad Paisajística -D -D -D Socio Económico Población Riesgo de accidentes -I -I -I -I -I -I -I -I Economía Generación de empleo +D +D +D +D +D +D +D +D Fuente: Elaboración propia De la matriz se desprende que, del total de impactos identificados, la mayor cantidad de ellos (25) se generarán en la etapa de operación, en la etapa de construcción se generarán 16 impactos y en la etapa de cierre se generarán 8 impactos. Los impactos sobre la calidad de aire son los que se generarán con mayor frecuencia tanto en la etapa de construcción como en la de operación.