SISTEMA OBLIGATORIO GARANTIA DE LA CALIDAD EN SALUD SOGCS.pdf
Leyes que castigan y nos protegen del intrusismo
1.
2. El intrusismo médico es el ejercicio fraudulento de la profesión sin la
titulación necesaria. De vez en cuando salen a la luz casos de
personas que abren clínicas ilegales en su domicilio y ofrecen sus
servicios a través de Internet sin ningún tipo de control. Se trata de
un problema de salud pública de primer orden que afecta al
bienestar de los pacientes y al prestigio de la profesión.
3. El Estado combate el intrusismo en la medicina como garantía para los
ciudadanos administrativa y penalmente.
Administrativamente a través del Colegio Médico del Perú, como institución del
Estado y de derecho público interno, que tiene como funciones el otorgamiento de
funcionamiento de médicos (colegiación). Tanto Universidades peruanas o
extranjeras. La colegiación es obligatoria por ley El Colegio Médico tiene
iniciativa legislativa.
Penalmente a través del Ministerio Público mediante el artículo 290° del Código
penal.
4.
5. El Comité tiene como función estudiar acciones para delimitar las competencias
profesionales, investigar y denunciar los casos de intrusismo profesional y difundir
los motivos por los cuales el intrusismo profesional debe ser denunciado;
contribuyendo así con la defensa de la salud individual y colectiva de la población.
6. Art. 20° El médico debe abstenerse de atender pacientes cuya dolencia no
corresponda al campo de su dominio o especialidad, salvo que se trate de una
atención de emergencia o de la solicitud expresa del paciente, o no haya otro
médico.