1. Licenciatura
Vanessa Olivia Sosa Castillo
Dra. Roció Margarita Uresti Marín
Cd. Victoria Tamps. México13 Noviembre 2016
UNIDAD III
POLITICAS ALIMENTARIAS
ECONOMÍA Y POLÍTICA ALIMENTARIA
2. 3.4 las políticas alimentarias
Conjunto de acciones e
iniciativas del estado
desarrolladas para
resolver el problema de la
inseguridad alimentaria y
nutricional
MEDIANTE:
Leyes
Planes
Programas
Presupuestos e
instituciones
Relacionadas
Con
El hambre
La desnutrición
La pobreza y
La malnutrición.
3. Busca complementar y corregir los efectos de las
principales variables macroeconómicas sobre la
disponibilidad y acceso alimentarios, con dependencia de
las políticas fiscal, monetaria y crediticia, salarial y de
comercio exterior, las cuales determinan los precios
relativos de los alimentos.
4. La importancia de la alimentación y de las actividades económicas
inherentes a ella ha hecho que las sociedades realicen acciones
para satisfacer las necesidades alimentarias de la nación.
La ley de desarrollo rural sustentable define la seguridad alimentaria
como el abasto oportuno, suficiente e incluyente de alimentos a la
población
3.4 FUNDAMENTOS DE LAS POLITICAS ALIMENTARIAS
5. El 29 de abril del 2011 se aprobó el reconocimiento a la
alimentación en el articulo 4° constitucional, vinculado al
articulo 27
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva,
suficiente y de calidad. El estado lo garantizara. ( articulo 27)
Los niños y las niñas tienen derecho a satisfacer
sus necesidades de alimentación, salud, educación
y sano esparcimiento para su desarrollo integral.
6. En lo que respecta a las leyes federales se han identificado varias leyes que
regulan el derecho a la alimentación en 4 sentidos.
1. Prestación entre particulares
2. Asistencia social
3. Prestación social
4. Derecho social
LEYES FEDERALES
7. El tema de la alimentación es
abordado en las leyes generales de:
Ley general de salud
Ley general de asistencia social
Ley general de protección civil
Ley general de fomento a las actividades realizadas
por las organizaciones de al sociedad civil
8. Promociona el mejoramiento de la nutrición.
Y la acciones de orientación y vigilancia
institucional fomentando a la lactancia
materna y en su caso la ayuda alimentaria
directa tendiente a mejorar el estado
nutricional del grupo materno infantil
Establece las medidas necesarias para
procurar el abasto de alimentos y productos
básicos a la población, en especial a los
sectores menos favorecidos
Ley general
de salud Ley general de
desarrollo rural
sustentable
9. Las NOM establecen las reglas,
especificaciones, atributos, directrices,
características o prescripciones aplicables
a un producto proceso, instalación,
sistema, actividad, servicio o método de
producción u operación, así como la
terminología, simbología, embalaje,
marcado y las que se refieren a su
cumplimiento o aplicación en material de
control y fomento sanitario
LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOM)
10. El propósito fundamental de esta Norma es establecer los
criterios generales que unifiquen y den congruencia a la
Orientación Alimentaria dirigida a brindar a la población
Opciones practicas
con respaldo
científico
Para la integración
de una alimentación
correcta
Elementos para
brindar información
homogénea y
consistente
Para el mejoramiento
del estado de
nutrición y prevenir
problemas de salud
relacionados con la
alimentación
La orientación es
prioridad y debe
proporcionarse a
toda la población
Debe atender todos
los grupos sociales
11. Puntos de
vista
nutricional
La evaluación
del estado
nutricional
La
prevalencia y
magnitud de
las
enfermedades
La evaluación
de la
disponibilidad y
capacidad de
compra de
alimentos.
Puntos para identificar los grupos de riesgo en la
orientación alimentaria
12. Sobre peso, obesidad,
hipertensión arterial,
ateroesclerosis, diabetes
mellitus, el cáncer y
osteoporosis
Baja estatura, bajo peso
y emaciación
¿Qué ha pasado con las enfermedades?
13. El Proyecto de Norma incluye contenidos relacionados con la nutrición y la alimentación a lo
largo de la vida, así como información sobre la prevención de las enfermedades relacionadas
con la alimentación a través de la dieta y la actividad física.
1. Objetivo y campo de
aplicación
1.1 Esta Norma Oficial
Mexicana establece los
criterios que deben seguirse
para orientar a la población
en materia de alimentación.
1.2 La presente norma
es de observancia
obligatoria para las
personas físicas o
morales de los
sectores público,
social y privado, que
forman parte del
Sistema Nacional de
Salud, que ejercen
actividades en
materia de orientación
alimentaria
14. 4. DISPOSICIONES GENERALES
4.1 Las actividades operativas de
orientación alimentaria deben ser
efectuadas por personal
capacitado o calificado con base
en la instrumentación de
programas y materiales
planificados por personal
calificado, cuyo soporte técnico
debe ser derivado de la presente
norma.
4.2 La orientación alimentaria
debe llevarse a cabo mediante
acciones de educación para la
salud, haciendo énfasis en el
desarrollo de capacidades y
competencias, participación social
y comunicación educativa.
15. ,
4.3 Criterios generales de
la alimentación.
4.3.1 Los alimentos
se agruparán en
tres grupos:
Verduras y frutas
Cereales
Leguminosas y
alimentos de origen
animal
4.3.2 Se deben
identificar los
alimentos y sus
productos
conforme a
la herramienta
gráfica El Plato
del Bien Comer
4.3.2.1 Se debe
promover el
consumo de
verduras y
frutas regionales
y de la estación
16. 4.3.2.6.1 Se debe recomendar que en
cada tiempo de comida se incluyan
alimentos de los tres grupos
4.3.2.6.2 Se debe
destacar la importancia
de combinar cereales
con leguminosas para
mejorar la calidad de
las proteínas y el índice
glucémico
4.3.2.6.3 Se debe
recomendar la
combinación de
alimentos fuente de
vitamina C con
alimentos
que contengan hierro,
conforme al Apéndice
Informativo B.
17. 4.3.2.6.4 Se debe insistir en la
importancia de variar la
alimentación e intercambiar los
alimentos dentro de cada
grupo. Esto da diversidad a la
dieta
4.3.2.6.5 Se debe insistir en la
importancia de la moderación en la
alimentación considerando la
frecuencia en el consumo y el
tamaño de las porciones
18. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-169-SSA1-1998, PARA LA
ASISTENCIA SOCIAL ALIMENTARIA A GRUPOS DE RIESGO.
OBJETIVO
Establecer los criterios para vigilar el estado de
nutrición, crecimiento y desarrollo de la población de
menores de un año, uno o cuatro años, cinco a nueve
años y diez a diecinueve años.
CAMPO DE APLICACIÓN
Esta norma se aplica en los servicios de salud de los sectores
publico, social y privado a nivel nacional, que brinden atención
al niño y al adolescente.
20. 5.6 valoración del desarrollo psicomotor
del menor de un año y de uno a cuatro
años.
5.7 Promoción de la salud en el menor de
un año y de uno a cuatro años .
5.8 valoración de la nutrición y
crecimiento de los cinco a los nueve
años y diez a diecinueve años.
5.5 valoración de la nutrición y crecimiento del
niño menor de un año y de uno a cuatro años.
21. 5.10 Promoción de la salud de
los cinco a los nueve y de los
diez a los diecinueve años.
5.9 Valoración del desarrollo de los
cinco a los nueve y de los diez a los
diecinueve años.